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Transcripción:

Reslución de 24 de may de 2017, pr la que se autriza el gast y se aprueba la cnvcatria pública de subvencines a las Cmunidades Asturianas cn recncimient de asturianía de España para el ejercici 2017. Cnfrme La Directra General de Begña Serran Ortega En relación cn el expediente relativ a la cnvcatria pública de subvencines a las Cmunidades Asturianas cn recncimient de asturianía de España para el ejercici 2017 resultan ls siguientes ANTECEDENTES DE HECHO. PRIMERO.- El Principad de Asturias, a través de la de la Cnsejería de Presidencia y Participación Ciudadana, es cnsciente del papel que han de desempeñar las Administracines Públicas en atención a la emigración asturiana. El Principad de Asturias se caracteriza pr ser una cmunidad cn una imprtante tradición migratria, fenómen que ha tenid una gran trascendencia y la Asturias de hy se debe, en gran medida, al esfuerz y la iniciativa de quienes decidiern dejar su tierra en busca de una vida mejr sin lvidar su rigen. Este clectiv a su vez se caracteriza pr su capacidad de rganización en trn a Cmunidades Asturianas que ha cntribuid al enriquecimient y difusión de la Cultura Asturiana. El artícul 8 del Estatut de Autnmía del Principad de Asturias, recnce la labr desarrllada pr las persnas emigrantes asturianas y este afán rganizativ. En él se cntempla la psibilidad de la creación de las Cmunidades C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 1

Asturianas, asentadas fuera del ámbit reginal, quienes pdrán slicitar el recncimient de asturianía, entendiéndse cm el derech a clabrar y cmpartir la vida scial y cultural en Asturias. Es la Ley del Principad de Asturias 3/1984, de 9 de may, de Recncimient de la Asturianía, la que regula este cncept y desarrlla el cntenid de ls derechs que cmprta. SEGUNDO.- Cn fecha 17 de abril de 2017 se dictó Reslución de la Cnsejería de Presidencia y Participación Ciudadana, pr la que se aprueban las bases reguladras de la cncesión de subvencines a las Cmunidades Asturianas cn recncimient de asturianía, publicadas en el Bletín Oficial del Principad de Asturias nº 94 de 25 de abril de 2017. TERCERO.- Cn fecha de 8 de marz de 2016, se dictó Reslución de la Cnsejería de Presidencia y Participación Ciudadana, pr la que se aprbaba el Plan Estratégic de Subvencines para 2016-2017 (BOPA nº 59, de 11 de marz de 2016), el cual fue mdificad mediante Reslución de 19 de ener de 2017 (BOPA nº 19, de 25 de ener de 2017). La presente línea de subvención se encuentra recgida en el citad Plan Estratégic. CUARTO.- En us de las atribucines que tiene cnferidas, la Dirección General de ha elabrad la prpuesta de cnvcatria pública de subvencines a las Cmunidades Asturianas cn recncimient de asturianía de españa para el ejercici 2017, pr imprte de sesenta mil eurs (60.000,00 ) cn carg a la aplicación presupuestaria 11.03.313B.484.022 de la Ley del Principad de Asturias 6/2016, de 30 de diciembre, de Presupuests Generales para 2017. QUINTO.- Cnfrme a l dispuest en el artícul 44 de la Reslución del 16 de may de 2005, de la Cnsejería de Ecnmía y Administración Pública (BOPA de 13 de juni de 2005), pr la que se establece el sistema de infrmación cntable de la Administración del Principad de Asturias y su sectr públic y se aprueban las nrmas sbre ls prcedimients de gestión, tramitación y régimen de cntabilidad C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 2

en la ejecución del presupuest de gasts, se ha tramitad el crrespndiente expediente de autrización de gast, habiend sid fiscalizad de cnfrmidad pr la Intervención delegada cn fecha 23 de may de 2017. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- En cumplimient de l establecid en el artícul 9.2 y 22 de la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines, y ls artículs 6.2 y 7 del Decret 71/1992, de 29 de ctubre, pr el que se regula el régimen general de cncesión de subvencines en el ámbit del Principad de Asturias, el trgamient debe realizarse mediante cnvcatria pública, previa aprbación de las bases reguladras de las mismas. SEGUNDO.- La autrización del gast es cmpetencia del titular de la Cnsejería de Presidencia y Participación Ciudadana, de cnfrmidad cn l previst en ls artículs 8.c y 41.1 del Text Refundid del Régimen Ecnómic y Presupuestari aprbad pr Decret Legislativ del Principad de Asturias 2/1998, de 25 de juni, en relación cn el artícul 7 de la Ley del Principad de Asturias 6/2016, de 30 de diciembre, de Presupuests Generales para 2017. TERCERO.- La cmpetencia para aprbar la cnvcatria pública previa autrización del gast crrespnde al titular de la Cnsejería de Presidencia y Participación Ciudadana al ampar de l previst en el artícul 38 de la Ley del Principad de Asturias 6/1984, de 5 de juli, del Presidente y del Cnsej de Gbiern, y ls artículs 3 y 7 del Decret 71/1992, de 29 de ctubre, pr el que se regula el régimen general de cncesión de subvencines en el Principad de Asturias, en relación cn el Decret 62/2015, de 13 de agst, de estructura rgánica básica de la Cnsejería de Presidencia y Participación Ciudadana, mdificad pr Decret 14/2016, de 13 de abril. En su virtud, C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 3

RESUELVO PRIMERO.- Autrizar un gast pr imprte de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 ) para financiar la cnvcatria de subvencines a las Cmunidades Asturianas cn recncimient de asturianía de España para el añ 2017, cn carg a la aplicación presupuestaria 11.03.313B.484.022 de la Ley del Principad de Asturias 6/2016, de 30 de diciembre, de Presupuests Generales para 2017. SEGUNDO.- Aprbar la cnvcatria pública de subvencines a las Cmunidades Asturianas cn recncimient de asturianía de España para el ejercici 2017. 1. Régimen jurídic. El régimen reguladr de la cncesión de estas subvencines es el establecid en la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines, y su Reglament aprbad pr el Real Decret 887/2006, de 21 de juli; el Decret 71/1992, de 29 de nviembre, mdificad pr Decret 14/2000, de 10 de febrer, pr el que se regula el régimen general de cncesión de subvencines en el ámbit del Principad de Asturias y las bases reguladras de la cncesión de subvencines a las Cmunidades Asturianas cn recncimient de asturianía aprbadas pr Reslución de 17 de abril de 2017, de la Cnsejería de Presidencia y Participación Ciudadana, publicadas en el Bletín Oficial del Principad de Asturias nº 94 de 25 de abril de 2017. 2. Objet de la cnvcatria. La presente cnvcatria tiene pr bjet la cncesión de subvencines, mediante cnvcatria pública y en régimen de cncurrencia cmpetitiva a las Cmunidades Asturianas cn recncimient de asturianía de España cn las siguientes líneas de actuación: Línea 1. Actividades: C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 4

1.1. Actividades culturales: sn aquellas cuya finalidad sea el impuls y difusión de la cultura asturiana, así cm la prmción de Asturias en el municipi país en el que se ubica la Cmunidad Asturiana. En el cas de estas actividades, ls únics gasts de manutención bjet de subvención, serán ls destinads a la manutención de pnentes, cnferenciantes, artistas a quienes se invite, devengads en el desarrll de las actividades mencinadas en el párraf anterir. 1.2. Fiestas tradicinales asturianas y/ actividades de prmción de la gastrnmía asturiana: sn aquellas celebracines de tda índle en trn a fechas que tengan significación en Asturias vinculadas cn la cultura y tradición asturiana y/ cn la prmción de su gastrnmía. 1.3. Día de Asturias. 1.4. Actividades realizadas pr ls grups de cultura y/ deprte tradicinal asturian de las distintas Cmunidades Asturianas: Actividades frmativas, actuacines artísticas, trnes deprtivs realizads pr ls grups de cultura y deprte tradicinal que figuren en la relación de grups de cultura asturiana de la Dirección General cmpetente en materia de emigración. En el cas de estas actividades, ls únics gasts de manutención bjet de subvención, serán ls destinads a la manutención de ls miembrs de ls diferentes grups de cultura y/ deprte tradicinal, devengads en el desarrll de las actividades mencinadas en el párraf anterir. 1.5. Aniversaris de cnstitución de las Cmunidades Asturianas. 1.6. Actividades dirigidas y prtagnizadas pr la juventud asturiana. N serán bjet de subvención: Ls gasts derivads de actividades de carácter religis, ni aquellas que rganiza el Cnsej de Cmunidades Asturianas. Línea 2. Gasts crrientes: Pdrán ser bjet de subvención de esta línea, ls gasts crrientes de la sede dnde se ubique la Cmunidad Asturiana, cm sn ls derivads de la adquisición de suministrs n inventariables (material de ficina material C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 5

infrmátic n inventariable), mantenimient de página web, cmunicacines telefónicas, luz, agua. Línea 3. Gasts derivads de ls intereses de la adquisición del pag del arrendamient del inmueble en el que se ubique la sede scial. 3. Entidades beneficiarias. Pdrán cncurrir cm beneficiarias de esta subvención las Cmunidades Asturianas de España que cuenten cn recncimient de asturianía en ls términs prevists en el artícul 4 de la Ley del Principad de Asturias 3/1984, de 9 de may, de Recncimient de Asturianía. En ningún cas pdrán btener la cndición de beneficiarias de las subvencines reguladas en la presente cnvcatria, quienes se encuentren en alguna de las situacines previstas en el artícul 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines. 4. Criteris de valración. Línea 1. Actividades: 1.1. Actividades culturales: - Pr actividad cultural: 1 punt. - Pr especial relevancia. Hasta 5 punts: Hasta 5.000 eurs de presupuest: 1 punt. De 5.001 a 10.000 eurs de presupuest: 2 punts. De 10.001 a 15.000 eurs de presupuest: 3 punts. De 15.001 a 20.000 eurs de presupuest: 4 punts. A partir de 20.001 eurs: 5 punts. 1.2. Fiestas tradicinales asturianas y/ actividades de prmción de la gastrnmía asturiana: C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 6

- Pr fiesta tradicinal asturiana y/ actividad de prmción de la gastrnmía asturiana: 1 punt hasta un máxim de 5 punts. 1.3. Día de Asturias: - Día de Asturias: 1 punt pr jrnada que dure la celebración hasta un máxim de 4 punts. - Celebración institucinal del Día de Asturias: 5 punts. 1.4. Actividades realizadas pr ls grups de cultura y/ deprte tradicinal asturian de las distintas Cmunidades Asturianas: - Pr grup de cultura y/ deprte tradicinal asturian: 1 punt. - Pr númer de miembrs del grup. Hasta 3 punts: Hasta 20 miembrs: 1 punt. De 21 a 30 miembrs: 2 punts. Más de 30 miembrs: 3 punts. 1.5. Aniversaris de cnstitución de las Cmunidades Asturianas: - Slicitudes de las Cmunidades Asturianas que celebren: vigésim quint aniversari, quincuagésim aniversari, septuagésim quint aniversari y, el centenari de la Cmunidad Asturiana. Hasta 4 punts: Vigésim quint aniversari: 1 punt. Quincuagésim aniversari: 2 punts. Septuagésim quint aniversari: 3 punts. Centenari: 4 punts. 1.6. Actividades dirigidas y prtagnizadas pr la juventud asturiana: - Pr actividad dirigida y prtagnizada pr la juventud asturiana: 1 punt. A tdas aquellas actividades cmprendidas en la Línea 1, que tengan enfque de géner, se añadirá a la puntuación que btengan inicialmente 1 punt. C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 7

Línea 2. Gasts crrientes. Pr el númer de scis de la Cmunidad Asturiana. Hasta 2 punts: - Hasta 1.000 scis: 1 punt. - Más de 1.000 scis: 2 punts. Línea 3. Gasts derivads de ls intereses de la adquisición del pag del arrendamient del inmueble en el que se ubique la sede scial. Las cantidades destinadas a esta línea, que sn las fijadas en el apartad quint, se prrratearán entre las Cmunidades Asturianas que hayan slicitad esta línea, en prprción a las cantidades que las slicitantes hayan abnad en el añ anterir. 5.- Crédits presupuestaris para cada línea de actuación. Líneas Cncept Imprte Línea 1 Actividades culturales 9.000,00 Fiestas tradicinales asturianas 9.000,00 Día de Asturias 10.000,00 Grups de cultura y/ deprte 8.000,00 Aniversaris de cnstitución 2.000,00 Juventud asturiana 8.000,00 Línea 2 Gasts crrientes 9.000,00 Línea 3 Intereses/Arrendamient 5.000,00 De cnfrmidad cn l establecid en el apartad tercer de la base decimtercera, en el supuest de que la beneficiaria renunciase a la ttalidad de la ayuda prpuesta en la reslución de cncesión prvisinal, en cualquiera de las líneas slicitadas, dich crédit se incrprará a la Línea 2. 6.- Límite de las ayudas. Las cuantías máximas de las ayudas pr entidad beneficiaria será, para la Línea 1 de siete mil eurs (7.000,00 ), para la Línea 2 de cinc mil eurs (5.000,00 ) y para la línea 3 de cinc mil eurs (5.000,00 ). C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 8

presentar. 7.- Plaz y lugar de presentación de slicitudes. Dcumentación a Quienes deseen participar en esta cnvcatria pdrán presentar su slicitud en el plaz de VEINTE (20) días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extract de esta cnvcatria en el Bletín Oficial del Principad de Asturias, mediante algun de ls siguientes canales: a) Canal electrónic: Si desea realizar este prces pr internet deberá seguir el prcedimient: 1. Acceder a la sede electrónica, https://sede.asturias.es. 2. Intrducir en el buscadr el códig 201600018 y pinchar sbre el prcedimient respectiv. 3. La persna slicitante deberá dispner de algun de ls sistema de firma aceptads pr la sede electrónica del Principad de Asturias (DNI electrónic Certificad Digital). El sistema elegid pr la persna slicitante deberá estar instalad antes del pas siguiente. 4. Pinchar iniciar slicitud, y seguir ls pass para cumplimentar la slicitud y adjuntar la dcumentación digitalizada, hasta que quede cncluid el prces de Registr Electrónic. b) Canal presencial: Si desea realizar este prces de frma presencial deberá seguir el prcedimient: 1. Acceder a la sede electrónica, https://sede.asturias.es. 2. Intrducir en el buscadr el códig 201600018 y pinchar sbre el prcedimient respectiv. 3. Acceder a ls frmularis nrmalizads. Para est deberá seleccinar la pción Presencialmente dispnible en el apartad Otras frmas de tramitación, y seleccinar la pción Descargar frmularis de slicitud del apartad Cóm slicitarl. (Ls frmularis permiten su cumplimentación previa y psterir impresión). 4. Las slicitudes se frmalizarán pr escrit en el mdel nrmalizad que se determina en el ANEXO I que acmpaña a la presente Reslución presentándse en el registr de la Cnsejería de Presidencia y Participación Ciudadana, sit en la C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 9

C/ Eduard Herrera Herrerita S/N, 3ª planta, 33006, Ovied en cualquiera de ls registrs u ficinas pr ls medis a que se refiere el artícul 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de ctubre, del Prcedimient Administrativ Cmún y el artícul 8 de la Ley del Principad de Asturias 2/1995, de 13 de marz, del Régimen Jurídic de la Administración. Las slicitudes deberán presentarse acmpañadas de la dcumentación determinada en la base nvena de la Reslución de la Cnsejería de Presidencia y Participación Ciudadana, de fecha 17 de abril de 2017, pr la que se aprueban las bases reguladras para la cncesión subvencines a las Cmunidades Asturianas cn recncimient de asturianía y en cncret: a) Certificad de hallarse al crriente de sus bligacines tributarias del Estad y de la Cmunidad Autónma del Principad de Asturias y frente a la Seguridad Scial, cnfrme al artícul 14 de la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines. b) En td cas, declaración respnsable de la persna representante de la cmunidad asturiana relativa a n estar incursa en las prhibicines para btener la cndición de beneficiaria, previstas en el artícul 13 de la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines. Dicha declaración deberá incluir la relación de subvencines slicitadas y cncedidas cn la misma finalidad y que se ha prcedid n a la justificación de las subvencines y ayudas cncedidas cn anteriridad pr el Principad de Asturias, de cnfrmidad cn el ANEXO II. c) Ficher de acreedres de la Cmunidad Asturiana, de cnfrmidad al ANEXO III. En el supuest de que n se hayan prducid cambis en ls dats bancaris de las Cmunidades Asturianas, n será necesari el enví del mism, debiend cmunicar este dat a la. N bstante, en aplicación de l establecid en el artícul 53, apartad d) de la Ley 39/2015, de 1 de ctubre, del Prcedimient Administrativ Cmún de las C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 10

Administracines Públicas, se pdrá bviar la presentación de la dcumentación siempre que n haya caducad su validez, y que se hubiera aprtad cn anteriridad ante la Administración actuante, especificand la fecha y el órgan dependencia en que fuern presentads que hayan sid elabrads pr éstas. B) Dcumentación particular. a) En el cas de la Línea 1: Ficha pr cada línea de actividad, en la que se describa las actividades realizadas que se vayan a realizar, para las que se pide ayuda, dentr de ls distints apartads de la citada línea, de cnfrmidad cn el mdel establecid en el ANEXO IV de la presente cnvcatria. b) En el cas de la Línea 2: Certificad de la persna que ejerza la Secretaría de la Cmunidad Asturiana, cn el vist buen de quien ejerza la Presidencia, indicand ls gasts rdinaris distribuids pr cncepts del ejercici inmediatamente anterir a la cnvcatria, es decir, en el añ 2016. c) En el cas de la Línea 3: Cpia del cntrat de arrendamient y/ acreditación de la actualización del imprte de la renta abnada. Cpia de la escritura de cmpraventa y certificad de la entidad bancaria cmprensiv de ls gasts a abnar durante el ejercici de la cnvcatria, en el cas de la adquisición. Si las slicitudes n estuviesen debidamente cumplimentadas n viniesen acmpañadas de ls dcuments dats exigids se requerirá a las entidades slicitantes para que, en el plaz máxim de diez días hábiles, subsanen ls defects cn apercibimient de que, si n l hiciesen, se les tendrá pr desistidas en su petición en la reslución que deberá ser dictada en ls términs prevists en el artícul 68 de la Ley 39/2015, de 1 de ctubre, del Prcedimient Administrativ Cmún. La cmunicación a las entidades que deban subsanar su slicitud, se efectuará a través de la página web http://www.asturias.es. En cncret, en el C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 11

tablón de anuncis de su sede electrónica. La eficacia de la citada cmunicación será a partir del día siguiente a dicha publicación. Sin perjuici de l anterir, el Servici de Emigración remitirá a la dirección de crre electrónic de las entidades, siempre que éste cnste en las slicitudes presentadas, una cmunicación dand cuenta de la realización de esta publicación. N bstante, el plaz de diez días hábiles se cmputará desde la publicación en la página web anterirmente citada, de estas cmunicacines y n desde su cmunicación escrita. Pr últim, dicha cmunicación también pdrá publicarse en la página web: http://www.emigrastur.es, a títul infrmativ, sin que prduzca efect jurídic algun. 9.- Cmisión de valración. La cmpsición de la Cmisión de Valración se ajustará a l dispuest en la base dudécima de las ayudas. 10.- Instrucción y reslución del prcedimient de cncesión. El órgan instructr será el Servici de Emigración, el cual de cnfrmidad cn l establecid en la base decimtercera, frmulará la prpuesta de reslución prvisinal de cncesión y denegación de las ayudas, que deberá ntificarse a las Cmunidades Asturianas interesadas, cncediéndles un plaz de diez días para presentar alegacines. La ntificación a las entidades se efectuará a través de la página web http://asturias.es, en cncret, en el tablón de anuncis de su sede electrónica, de cnfrmidad cn l establecid en la base decimtercera. La eficacia de la citada cmunicación será a partir del día siguiente a dicha publicación. Sin perjuici de l anterir, el Servici de Emigración remitirá a la dirección de crre electrónic de las entidades, siempre que éste cnste en las slicitudes presentadas, una cmunicación dand cuenta de la realización de esta publicación. N bstante, el plaz de diez días se cmputará desde la publicación en la página web de estas cmunicacines y n desde su cmunicación escrita. Pr últim, dicha cmunicación también pdrá publicarse en la página web: http://emigrastur.es, a títul infrmativ, sin que prduzca efect jurídic algun. C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 12

Examinadas las alegacines, previ infrme de la Cmisión de Valración, se frmulará la prpuesta de reslución definitiva, y se elevará a través del Servici de Emigración al Cnsejer de Presidencia y Participación Ciudadana, el cual dictará la Reslución de cncesión definitiva. Dicha Reslución deberá ser dictada y ntificada en el plaz máxim de seis meses cntads a partir de la publicación del extract de la presente cnvcatria. En cas de n dictarse y ntificarse reslución en el plaz indicad, las slicitudes pdrán entenderse desestimadas. La Reslución que se dicte reslviend ls prcedimients de selección pne fin a la vía administrativa y cntra ella cabe recurs cntencis-administrativ, en su cas, recurs ptestativ de repsición que deberá interpnerse ante el órgan que dictó la reslución. De cnfrmidad cn el artícul 45.1.b) de la 39/2015, de 1 de ctubre, del Prcedimient Administrativ Cmún, y del artícul 18 de la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines, la Reslución de cncesión de las ayudas de referencia será bjet de publicación en el Bletín Oficial del Principad de Asturias, sin perjuici de su remisión a la Base de Dats Nacinal de Subvencines. 11.- Pag de la Subvención. El abn de la subvención se hará, de cnfrmidad cn la base decimsexta de las bases reguladras de la cncesión de subvencines a las Cmunidades Asturianas cn recncimient de asturianía, en un sól pag cn carácter anticipad mediante transferencia bancaria a la cuenta designada pr la entidad beneficiaria en su slicitud cnfrme al mdel cntemplad en el ANEXO III, que crrespnde al Ficher de Acreedres, de la cual deberá de ser titular. Cn arregl a l previst en la base decimsexta, puest en cnsideración cn el artícul 10, apartad 3, letra d, del Decret 71/1992, de 29 de ctubre, pr el que se regula el régimen general de cncesión de subvencines en el Principad de Asturias, las persnas beneficiarias de las ayudas cuy imprte n exceda de tres mil cinc eurs cn seis céntims (3.005,06 ), quedan exneradas de la bligación frmal de acreditar en el mment del cbr de la ayuda que se hallan al crriente en el cumplimient de sus bligacines tributarias y de la Seguridad Scial. C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 13

Las Cmunidades Asturianas estarán exneradas de la presentación de garantías en ls términs establecids en el artícul únic de la Reslución de 21 de marz de 2016, de la Cnsejería de Hacienda y Sectr Públic, de cuarta mdificación de la Reslución de 11 de febrer de 2000, de la Cnsejería de Hacienda, pr la que se regula el régimen de garantías para el abn anticipad de subvencines, dad que se trata de entidades sin ánim de lucr, para la realización de pryects de cperación al desarrll encaminads a prmver la mejra en las cndicines ecnómicas, sciales y culturales de clectivs desprtegids, tal y cm es el cas del clectiv de emigrantes. 12.- Plaz y frma de justificación. El plaz máxim para la justificación de las ayudas cncedidas será hasta el 31 de ener del 2018 inclusive. La justificación se hará mediante la presentación de ls dcuments cntemplads en la base decimséptima de las Bases reguladras de la cncesión de subvencines a las Cmunidades Asturianas cn recncimient de asturianía, debiend presentarse la cuenta justificativa cnfrme el ANEXO V. Tercer.- Dispner la publicación del extract de la presente cnvcatria en el Bletín Oficial del Principad de Asturias. Cntra la Presente Reslución, que pne fin a la vía administrativa, cabe interpner Recurs cntencis-administrativ ante la Sala de l Cntencis- Administrativ del Tribunal Superir de Justicia de Asturias, en el plaz de ds meses cntads a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuici de la previa interpsición, cn carácter ptestativ, de Recurs de repsición ante el Cnsejer de Presidencia y Participación Ciudadana, en el plaz de un mes cntad a partir del día siguiente al de su publicación, n pudiend en este cas simultanearse ambs recurss cnfrme a l establecid en el artícul 28 de la Ley del Principad de Asturias 2/1995, de 13 de marz, sbre Régimen Jurídic de la Administración del Principad de Asturias y en el artícul 116.2 de la Ley 30/92, de 26 de nviembre, de Régimen Jurídic de las Administracines Públicas y del Prcedimient Administrativ Cmún. Td ell, sin perjuici de que ls interesads las interesadas puedan ejercitar cualquier tr que estimen prtun. En Ovied a 24 de may de 2017 EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 14

Fd.: Guillerm Martínez Suárez C/ Eduard Herrera Herrerita, s/n, 3º - 33006 Ovied. Tlfn.: 985 668515 15