Boletín N Agosto de 2017

Documentos relacionados
Nº / Honorable Cámara de Diputados:

PROPUESTA TIPIFICACIÓN A DELITOS DE COHECHO Y SOBORNO BOLETÍN N

NUEVA LEGISLACIÓN EN CHILE PARA COMBATIR LA CORRUPCIÓN

Recomendaciones Legislativas N 17

I. AUMENTOS DE PENAS A FIGURAS DE MALVERSACIÓN, FRAUDE Y COHECHO 1

Proyecto de Ley que tipifica el delito de corrupción entre particulares y modifica delitos funcionarios. Recomendaciones Legislativas N 14

DESAFÍOS PENDIENTES: PENAS Y NUEVOS DELITOS

Delitos Contra la Administración Pública. MDPI Ricardo Matute Bertrand

COMPLIANCE PROGRAM. CUMPLIMIENTO DEL DEBER DE DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN (Ley N 20393) II:

Tipifica el delito de corrupción entre particulares y modifica disposiciones del Código Penal relativas a delitos funcionarios.

Convenciones Internacionales Anticorrupción: instrumentos de política pública POLÍTICAS PÚBLICAS PARA LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN

Taller. Implementación de medidas anticorrupción en el sector privado. Iquique Enero 2013

INFORME DE PRENSA SEMANA DEL 14 AL 20 DE AGOSTO

TIPIFICA EL DELITO DE CORRUPCIÓN ENTRE PARTICULARES Y MODIFICA DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL

PROYECTO DE LEY QUE TIPIFICA EL DELITO DE CORRUPCIÓN ENTRE PARTICULARES Y MODIFICA DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL RELATIVAS A DELITOS FUNCIONARIOS.

MOCIÓN DESTINACIÓN BOLETÍN N' PERÍODO LEGISLA! IVO LEGISLATURA 363 FECHA: PRIMER TRAMITE CONST.

Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo por la que se modifica el Código Penal.

Legislación internacional anticorrupción, auto-regulación y cumplimiento Comité de Ética y Responsabilidad del IMEF

LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN PERÚ: LEGISLACIÓN ACTUAL E INICIATIVAS EN CURSO. Bogotá, 2013

SISTEMAS COMPARADOS DE RESPONSABILIDAD PENAL DE PERSONAS JURÍDICAS EN PAISES DE LA OCDE

Ámbito y características de la corrupción de funcionarios públicos

BREVE RESUMEN DE LA REFORMA PENAL DE 2015 EN DIEZ PUNTOS CENTRADOS EN LA PARTE ECONOMICA Y EMPRESARIAL

Panel 6: Monitoreo y seguimiento de la Convención n para combatir el cohecho a funcionario público p extranjero en transacciones internacionales.

PROPUESTAS DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA EN MATERIA DE REGENERACIÓN

La Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y los programas de Compliance Penal

De la Reacción a la Prevención

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

COdigo PENAL. Edgardo Alberto Donna

COdigo PENAL. 2ª edición. Edgardo Alberto Donna

LAVADO DE ACTIVOS Y LOS DELITOS DE ORIGEN 1

D O C U M E N T O 1 5 FORMATO 4 DEL ANEXO SSPA DEL LISTADO DE REQUERIMIENTOS QUE DEBE CUMPLIR EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

SANCIÓN PENAL DE LA COLUSIÓN

Rol de las Fiscalías Especializadas en delitos contra la Administración. Funcionarios

Societas delinquere potest. Gonzalo Medina Schulz

CURSO 2007/08. Delitos graves son aquellos penados con pena grave (art. 13 CP), por lo

Situación y desafíos para Chile PROTECCIÓN AL DENUNCIANTE DE CORRUPCIÓN

La responsabilidad penal de la persona jurídica y Compliance. Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla

La responsabilidad penal de los entes colectivos. Modelos de responsabilidad

"EL SENADO Y CAMARA DE I)IPUTADOS, etc.

PROPUESTAS DEL CERMI EN MATERIA DE DISCAPACIDAD AL ANTEPROYECTO DE LEY DE LUCHA CONTRA EL EMPLEO IRREGULAR Y EL FRAUDE A LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUMEN de la Nueva Ley de Maltrato Infantil y Maltrato a personas vulnerables.

TRASPOSICIÓN DE LA NORMATIVA EUROPEA EN MATERIA DE DELITO AMBIENTAL

Encuentro Latinoamericano Sobre Responsabilidad del Sector Privado en la Lucha Contra la Corrupción

TEMA 2 LOS TIPOS PENALES EN MATERIA DE CORRUPCIÓN

COMENTARIO ACADÉMICO BREVES APUNTES SOBRE LOS CAMBIOS SUGERIDOS POR LA PROPUESTA DE NUEVO CÓDIGO PENAL EN LOS DELITOS DE CORRUPCIÓN 1

Reforma del Código Penal en el ámbito de los delitos societarios.

LEY No. 581 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO

ESTADO DE SITUACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD EN LA CABA, A PARTIR DE LOS DATOS PUBLICADOS POR EL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION CRIMINAL (SNIC)

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

Oficio Nº VALPARAÍSO, 15 de marzo de 2017

LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN URBANÍSTICA EN ESPAÑA

MODELO ACTUAL DE LA PERSECUCIÓN PENAL DE LA CORRUPCIÓN EN CHILE

La Convención Interamericana contra la Corrupción y los delitos previstos. Adaptación de normas penales por los países signatarios

CONTRALORIA GENERAL DE CUENTAS LIC: CARLOS HIPOLITO PANIAGUA MEJIA

Ley N , Sobre otorgamiento y uso de licencias médicas 1.

DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DELITOS CONTRA LA ADMINISTRCIÓN DE JUSTICIA.

I.- El riesgo de litigiosidad penal: II.- Necesidad de conjurar el riesgo del delito :

ARTICULADO : El proyecto consta de 2 artículos permanentes, que modifican la Ley de Control de Armas y el Código de Justicia Militar

LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL ENTRADA EN VIGOR 1 DE JULIO DE 2015

ENFOQUES ACTUALES EN LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE EN LA GESTIÓN DE FONDOS PÚBLICOS

RESPONSABILIDAD SOCIAL DEL PERITO CONTABLE FRENTE A LA CORRUPCION Y LAVADO DE ACTIVOS. MAGISTRADA IRMA TITO PALACIOS

Breves apuntes sobre los cambios sugeridos por la ppropuesta de nuevo Código Penal en los delitos de corrupción

EL PRINCIPIO DE INTEGRIDAD EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA

La obra se articula en tres partes claramente diferenciadas.

Proyecto de Ley Fortalecimiento Sistema de Defensa de la Libre Competencia (Boletín Nº )

FACULTADES DE LA AUDITORÍA SUPERIOR Y LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS LOCALES

Riesgo penal, un riesgo corporativo Nuevo Derecho: OCDE, GAFI, regulación de un campo de juego nivelado

El día sábado 22 de octubre se promulgó el Decreto Legislativo Nº 1243, ALGUNOS COMENTARIOS SOBRE LA MUERTE CIVIL POR DELITOS DE CORRUPCIÓN

Responsabilidad penal de las personas jurídicas ICAM, 24 de junio de 2015

PERSECUCIÓN N PENAL DE PERSONAS JURÍDICAS POR DELITO DE COHECHO. MODELO CHILENO

SECTOR CONCESIONARIOS

Antecedentes Sistema Nacional y Locales Anticorrupción

ÍNDICE DEL CÓDIGO PENAL

EL CONGRESO DE MICHOACÁN DE OCAMPO DECRETA:

RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS REFORMA DEL CÓDIGO PENAL 2015

Informaciones requeridas en la visita in situ PEPCA

DOSSIER DE RIESGOS PENALES - CUADRO RESUMEN DE RIESGOS PENALES - EL PASTORET DE LA SEGARRA, S.L. ANEXO I

LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS

las Oficio Nº PROYECTO DE LEY 1) Modifícase el artículo 176 en los siguientes términos:

La nueva estructura orgánica del Ministerio Público Fiscal, la entrada en vigencia de la Ley N 2784 y la Ley N 2893, y

PROYECTO DE LEY QUE REGULA LA ELECCIÓN DE GOBERNADORES REGIONALES Y REALIZA ADECUACIONES A DIVERSOS CUERPOS LEGALES. (Boletín N )

MINUTA DEL PROYECTO DE LEY.

Acciones para el fortalecimiento de política gubernamental en materia de transparencia y probidad públicas (período )

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA PRIMERA

PODER LEGISLATIVO H. Congreso del Estado de Baja California Sur

Cumplimiento Penal Un nuevo marco normativo. Elena Narváez Valdivia Marzo 2016

VI JORNADA SOBRE CONTROL INTERNO Y RIESGO EN ENTIDADES FINANCIERAS

UNIVERSIDAD TECNICA PARTICULAR DE LOJA Escuela de Ciencias Jurídicas

ASAMBLEA LEGISLATIVA LEY N 1 (De 5 de enero de 2004)

ÍNDICE GENERAL CÓDIGO PENAL LIBRO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES

Departamento de Derecho y Ciencia Política Carrera: ABOGACÍA. Programa 2013 DERECHO PENAL II UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA MATANZA UNLAM

La Actividad Empresarial Frente a las Leyes que Combaten la Corrupción.

Modifica el Código Penal con el objeto de tipificar el delito de maltrato de menores y otras personas vulnerables

Desayuno de Actualización. Novedades sobre el Proyecto de Ley de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas

Desafíos del compliance y la ética empresarial en Chile. Javier Cruz Tamburrino Director

Transcripción:

PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL EN LO RELATIVO A LOS DELITOS DE COHECHO Y SOBORNO, AUMENTANDO LAS PENAS, TIPIFICA LOS DELITOS DE SOBORNO ENTRE PARTICULARES Y DE ADMINISTRACIÓN DESLEAL; Y LA LEY N 20.393 Boletín N 10.739 Agosto de 2017

IDEA MATRIZ B u s c a m e j o r a r la n o r m a t i v a p e n a l en m a t e r i a de c o r r u p c i ó n. En e s t e s e n t i d o p r o p o n e e l e v a r l a s p e n a s de e s t o s i l í c i t o s ; a d e c u a r su c o n t e n i d o a l o s e s t á n d a r e s i n t e r n a c i o n a l e s ; t i p i f i c a r n u e v o s d e l i t o s en el á m b i t o de l a s r e l a c i o n e s p r i v a d a s y m o d i f i c a la n o r m a t i v a s o b r e r e s p o n s a b i l i d a d p e n a l de l a s p e r s o n a s j u r í d i c a s.

CONTENIDO INDICACIONES 08 de agosto de 2017 3

ANTECEDENTES Esta indicación encuentra su origen en los proyectos de ley, actualmente en tramitación, que se relacionan con sancionar diversos actos de corrupción. Estos proyectos son: 1) el boletín N 10155-07 (iniciativa presidencial) y 2) el boletín N 10.739 (iniciativa parlamentaria). La indicación tiene por objeto incorporar en la citada iniciativa parlamentaria -en lo que corresponda- aquello aprobado por la Cámara de Diputados, durante la tramitación del proyecto de ley de iniciativa presidencial, y, con ello, mantener lo primordial de ambos proyectos de ley. A su vez, la indicación introduce algunas mejoras nuevas al CP., coherentes con los objetivos de ambos proyectos y, en especial, busca mantener una proporcionalidad en las penas de estos delitos.

1. Modificaciones contenidas en el boletín N 10.155-07, aprobado por la Cámara de Diputados, que se incorporan en la indicación

Se modifica el delito de negociación incompatible (art. 240 del CP) elevando sus penas y reorganizando el tipo en siete numerales, en los cuales se mantienen los actuales sujetos activos y se incorporan tres nuevos. Se endurece la sanción del delito de negociación incompatible mediante el tráfico de influencias (art. 240 bis del CP). Se aumentan las penas del delito de exacciones ilegales (art. 241 del CP).

Se aumentan las penas del delito de cohecho (art. 248 del CP), de sus figuras agravadas (arts. 248 bis y 249, ambos del CP) y del soborno (art. 250 del CP). Se reformula el delito de cohecho a funcionario público extranjero (art. 251 bis del CP), adecuándolo a las recomendaciones que la OCDE ha hecho a nuestro país. Se incorpora una nueva pena accesoria para los delitos de cohecho, inhabilitando a sus responsables para ejercer cargos en empresas que provean al Estado o que suministren bienes o servicios de utilidad pública (art. 251 quáter del CP).

Se tipifica la corrupción entre particulares (arts. 287 bis y 287 ter, ambos del CP), sancionando a aquel que, para efectos de favorecer o por haber favorecido la contratación de un oferente sobre otro, entrega o promete un soborno. Se tipifica el delito de administración desleal mediante la incorporación de un nuevo numeral 11 al art. 470 del CP, sancionando al que, teniendo a su cargo la salvaguardia o la gestión del patrimonio de un tercero le irrogare perjuicio, ejerciendo abusivamente sus facultades de representación o ejecutando u omitiendo cualquier otra acción de modo manifiestamente contrario al interés del titular del patrimonio afectado. Esta innovación viene a saldar un antiguo vacío de nuestra legislación penal patrimonial.

Se incorporan dentro del catálogo de delitos sancionados por la ley N 20.303, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas, los nuevos ilícitos que se propone tipificar, esto es, la corrupción entre particulares y la administración desleal.

2. Modificaciones contenidas en el boletín N 10.739-07, aprobado por el Senado, que se mantienen

En los delitos de cohecho y corrupción entre particulares, se amplía la naturaleza que puede tener el beneficio percibido. En este sentido, ya no se exigirá que éste sea económico, sino que se aceptará que sea de cualquier otra naturaleza. Lo anterior ya estaba presente en el cohecho a funcionario público extranjero, mas no en el cohecho a funcionario público nacional, con lo cual esta propuesta soluciona una contradicción presente en nuestro CP desde el año 2009. Se mantiene un aumento superior al aprobado en la Cámara de Diputados respecto de las penas aplicables a las distintas figuras de cohecho, pero proporcional al resto de los ilícitos relacionados con la función pública.

3. Otras modificaciones nuevas contenidas en la indicación

Se aumentan las penas de los delitos de malversación de caudales públicos ( arts. 233 y 235 del CP) y de fraude al fisco (art. 239 del CP), para efectos de hacerlas armónicas con los aumentos efectuados a los demás delitos. Se modifican algunas de las sanciones a los delitos de cohecho y corrupción entre particulares aprobadas en los boletines en comento, para efectos de que exista una progresividad y adecuada proporcionalidad entre todas las figuras (arts. 248, 248 bis, 249, 250, 251 bis, 287 bis y 287 ter del CP).

Se aumentan las penas de multa de la ley N 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Esto, también en cumplimiento de las recomendaciones del Grupo de Trabajo sobre Cohecho de la OCDE (WGB, por sus siglas en inglés). Se amplía a los simples delitos la aplicación de la sanción de disolución de la persona jurídica, cuando ésta ha sido condenada por el mismo delito, dentro de los cinco años anteriores (art. 9, ley N 20.393).

Se establecen dentro de las penas accesorias reguladas en la ley N 20.393 la figura del comiso por equivalencia y el comiso de las ganancias que se derivan del ilícito. La primera figura permite, cuando no existe certeza sobre la identidad de los bienes ilícitos, decomisar otros, hasta por un valor equivalente.

GRACIAS