INSTITUCIÓN EDUCATIVA MONSEÑOR GERARDO VALENCIA CANO Proceso: GESTIÓN DIRECTIVA Nombre del Documento: Acuerdo 06 Página1 de 7

Documentos relacionados
COLEGIO ALTAMIRA SUR ORIENTAL

RESIGNIFICACIÓN DEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL GOBIERNO ESCOLAR INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL LAURA VICUÑA

GOBIERNO ESCOLAR. El Gobierno Escolar estará constituido por los siguientes órganos:

Institución Educativa Departamental JOSE MARIA OBANDO El Rosal Cundinamarca

POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO CEDID GUILLERMO CANO ISAZA - IED

RESOLUCIÓN RECTORAL EL SUSCRITO RECTOR,

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DIRECTIVO

FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO. DECRETO 1860 ART. 23

CONSIDERANDO ACUERDA:

Órganos del gobierno escolar y sus funciones

N de enero de 2017

Marco Legal Ley 115 de Febrero 8 de 1994 Por la cual se expide la ley general de educación. EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA DECRETA:

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CÁMARA DE RIESGO CENTRAL DE CONTRAPARTE DE COLOMBIA S.A. CRCC S.A.

FONDO DE EMPLEADOS DE CARACOL TELEVISION ACUERDO JUNTA DIRECTIVA N 010

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE MEDELLÍN INSTITUCION EDUCATIVA SANTOS ANGELES CUSTODIOS Resolución de Aprobación del 27 de Noviembre de 2002

RESOLUCIÓN RECTORAL No de octubre de 2015

INSTITUCIÓN EDUCATIVA PIO XI LA UNIÓN ANTIOQUIA REGLAMENTO CONSEJO ACADÉMICO ENERO 18 DE 2018 DECRETO 1860 DE 1994 CAPITULO IV

DECRETO 1860 DE (Agosto 3) Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994 en los aspectos pedagógicos y organizativos generales.

GOBIERNO ESCOLAR INSTITUCIÓN EDUCATIVA CORVIDE EXCELENCIA

COMITÉ DE AUDITORÍA. Reglamento COMITÉ DE AUDITORÍA. Reglamento.

INSTITUCIÓN EDUCATIVA MONSEÑOR GERARDO VALENCIA CANO

Colegio Calasanz de Cúcuta RECTORÍA

CONSIDERANDO. Que el Decreto 2105 de 14 de diciembre de 2017, modifica parcialmente el Decreto 1075 de 2015 sobre la Jornada Única Escolar

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR. RESOLUCIÓN No. 060 Noviembre 14 de 2014

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

RESOLUCIÓN 005 Enero 20 de 2015

Titulo I Definición, fines y funciones. Título II De la organización y funcionamiento del Centro de Alumnos.

LIBRO 2 GOBIERNO ESCOLAR. 1. CONSEJO DIRECTIVO: El Consejo Directivo está integrado por los siguientes miembros

COLEGIO TECNICO LORENZO DE SALAZAR JESUS MARIA SANTANDER Resolución No de diciembre 1 de 2005 NIT: DANE:

C O N S I D E R A N D O:

Calle 65 Nº Medellín. Tel

III. Normas para el funcionamiento de cuerpos colegiados 1. I. De los cuerpos colegiados.

COOPERATIVA DE TRABAJADORES DE COLMOTORES LTDA COOPECOL LTDA REGLAMENTO PARA EL COMITÉ DE EDUCACIÓN. ACUERDO No. 003

ACUERDO N CONSIDERANDO: ACUERDA: ARTICULO 3. PERFIL DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ.

FONDO DE EMPLEADOS DE GASES INDUSTRIALES DE COLOMBIA FONCRYOGAS REGLAMENTO DEL COMITÉ DE CONTROL SOCIAL

COOPERATIVA MULTIACTIVA DE TRABAJADORES DE LA CHEC COOTRACHEC REGLAMENTO DEL COMITÉ DE RECREACION, DEPORTE Y CULTURA ACUERDO NÚMERO 002 DE 2008

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE MEDELLÍN INSTITUCION EDUCATIVA SANTOS ANGELES CUSTODIOS Resolución de Aprobación del 27 de Noviembre de 2002

ACUERDO 31 DE 2010 (5 de octubre)

"Por la cual se reglamenta el procedimiento para elegir al representante de los estudiantes ante el Comité de Regionalización de la Universidad".

RESOLUCIÓN 173 (22 de noviembre de 2016)

GOBIERNO ESCOLAR. Darse su propia organización interna, sus reuniones serán dirigidas por el Presidente o Vicepresidente.

Por la cual se crea y conforma el Comité Institucional de Laboratorios

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE MEDELLÍN INSTITUCION EDUCATIVA SANTOS ANGELES CUSTODIOS Resolución de Aprobación del 27 de Noviembre de 2002

E S T A T U T O S.=========================================================

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE GRADO 2016

Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Superior de la Corporación Universitaria Rafael Núñez

ACUERDO DIRECTIVO No.006 (3 de marzo de 2016)

CAPÍTULO V DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR

REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE ALUMNOS COLEGIO LOUIS PASTEUR DE TRAIGUÉN.

RESOLUCIÓN RECTORAL No 14 DE 2014 (Noviembre 5 de 2014)

INSTITUCIÓN EDUCATIVA JUAN LOZANO SÁNCHEZ Resolución de aprobación de noviembre 11 de 2014 Registro DANE

NORMATIVA DE SECCIONES del CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS. Aprobada en sesión de junta del CULM con fecha 21 de noviembre de 2014

CONSEJO DIRECTIVO Artículo 28. Consejo Directivo. Artículo 29. Composición del Consejo Directivo Parágrafo Artículo 30

RESOLUCION RECTORAL Nº 051. Octubre 23 del 2012

ESTATUTO DEL CONSEJO ESTUDIANTIL. Colegio Kennedy IED

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO PARTIDO EVOLUCIÓN POLÍTICA

REGLAMENTO INTERNO ASAMBLEA GENERAL. ARTÍCULO 2. La Asamblea General es un organismo de dirección.

INSTITUCIÓN EDUCATIVA MONSEÑOR GERARDO VALENCIA CANO

CAPÍTULO V DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO - DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN.-

PROCESO DEMOCRÁTICO GOBIERNO ESCOLAR COLEGIO CRISTIANO LA ESPERANZA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. DECRETO No REPÚBLICA DE COLOMBIA

C O N S I D E R A N D O

Reglamento Comité de Auditoría y Riesgos

REGLAMENTO COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA MEDELLÍN CAPÍTULO I OBJETIVO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL CAPÍTULO II

Por medio del cual se reglamenta el Fondo de Educación de El Cedro Cooperativa Multiactiva.

El Consejo de Padres del Instituto Alberto Merani no requiere autoridad para cumplir con su objeto.

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA TÍTULO I: DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO RESOLUCIÓN NÚMERO ( )

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN. RESOLUCIÓN No. 01 del 17 de Enero de 2018 POR LA CUAL SE CONVOCA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ASOCIADOS

SEMINARIO TALLER SOBRE DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN DE ESTUDIANTES EN LA VIDA ESCOLAR

CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria)

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

RESOLUCIÓN RECTORAL No (29 de abril de 2015)

RESOLUCIÓN NÚMERO (27 MAR 2018)

REGLAMENTO DE ASAMBLEA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA SECRETARIA DE ACTAS ACTA Nº O-05 RESOLUCIÓN Nº CU-O FECHA:

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

INSTRUCTIVO PARA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE AFILIADOS QUIÉN ES UN AFILIADO HABIL PARA PARTICIPAR EN LA ASAMBLEA

RESOLUCIÓN RECTORAL No (06 de Febrero) CONVOCATORIA PÚBLICA

Reglamento Comité de Auditoría y Riesgos

REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO INDICE

CONSEJO NACIONAL PARA LA EDUCACIÓN EN TRABAJO SOCIAL

REGLAMENTO DEL COMITÉ RECTOR DEL ESQUEMA DE FORMACIÓN DEL INDICADOR BANCARIO DE REFERENCIA (IBR)

RESOLUCION RECTORAL No 003 DEL 24 ENERO DE 2018

-to (1( 1iiMO ~1ÓCW SENA 7A\

CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES MIXTAS DE IMPLEMENTACIÓN

Reglamento interno del Consejo Estatal de Atención a Víctimas

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE MATAMOROS REGLAMENTO DEL H. CONSEJO DIRECTIVO

REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ FINANCIERO Y DE INVERSIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

Transcripción:

Nombre del Documento: Acuerdo 06 Página1 de 7 ACUERDO DIRECTIVO No.06 (Julio 25 de 2015) Por medio del cual se aprueba el Reglamento del Consejo Directivo de la Institución Educativa MONSEÑOR GERARDO para la vigencia 2015. El Consejo Directivo de la Institución Educativa MONSEÑOR GERARDO, en ejercicio de la facultad conferida por el Literal N del Articulo 144 de la Ley 115 del 14 de diciembre de 1994 y: CONSIDERANDO Que la educación es un proceso de formación, personal, cultural y social que se fundamenta en la concepción de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y deberes. Que la Ley General de Educación señala las normas generales para regular el servicio público del proceso enseñanza-aprendizaje para que cumpla una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y de la comunidad. Que la filosofía de la Institución Educativa MONSEÑOR GERARDO, se basa en los principios de la Constitución Política sobre el derecho a la educación que tiene toda persona en las libertades de enseñanza-aprendizaje, investigación y cátedra y en su carácter de servicio público. Que para una mejor organización institucional, se requiere precisar las épocas y fechas de iniciación y finalización de actividades de cada Consejo Directivo, elegido democráticamente cada año. Que es necesario determinar el periodo de debates de proyectos e iniciativas de los futuros miembros del Consejo Directivo. Que es indispensable indicar los perfiles de los alumnos, padres de familia, exalumnos, profesores y representantes de los sectores productivos de la comunidad que aspiren al Consejo Directivo orientado todo ello a la armonía con la Filosofía propia de la institución. Que para garantizar una democracia participativa al interior de los diversos estamentos de la Institución Educativa MONSEÑOR GERARDO, se hace necesario y útil señalar los procedimientos de elección de los aspirantes al Consejo Directivo. Que en aras de un trabajo serio, responsable y eficiente del Consejo Directivo, es necesario fijar los mecanismos de aprobación de proyectos e iniciativas, los tipos de reunión a realizar y los salvamentos de voto que se efectúen al interior de éste. Que los miembros del Consejo Directivo, una vez elegidos, deben trabajar en pos del desarrollo educativo de la comunidad que les eligió y si faltares a sus deberes, recibirán las sanciones correspondientes del ente que lo ha designado.

Nombre del Documento: Acuerdo 06 Página2 de 7 ACUERDA PRIMERO: Dar posesión del cargo a los representantes del Consejo Directivo elegidos para el año lectivo 2014. SEGUNDO: Indicar los perfiles que deben reunir los alumnos, padres de familia, profesores, exalumnos y representantes del sector productivo que aspiren al Consejo Directivo de la Institución Educativa MONSEÑOR GERARDO, los cuales en su orden deben ser: A. Perfil de los alumnos: 1) Estar cursando el último grado de educación que ofrezca la institución, ser elegido por el Consejo Estudiantil. 2) Que se destaque positivamente en su rendimiento académico y en su comportamiento. 3) Que sirva de ejemplo a sus condiscípulos, especialmente por la práctica de principios morales, éticos y de buenas costumbres. 4) Que cumpla cabalmente con el Manual de Convivencia. 5) Que guarde la discrecionalidad propia de los temas tratados en las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo. 6) Que este comprometido con el proyecto Educativo institucional. B. Perfil de los Padres de Familia: 1) Que al menos uno de sus hijos esté matriculado en cualquiera de los grados que ofrece la institución. 2) Que tenga la disponibilidad del tiempo necesario para asistir a las periódicas sesiones del Consejo. 3) Que sirva de ejemplo a la comunidad Educativa por su honestidad, principios morales y buenas costumbres. 4) Que guarde la discrecionalidad propia de los temas tratados en las diferentes sesiones. 5) Que esté comprometido con el proyecto institucional. 6) Elegido en el Consejo de padres. C. Perfil de los Profesores: 1) Que haya sido nombrado por la Secretaria de Educación, como profesor de tiempo completo en la Institución. 2) Que sirva de ejemplo a la comunidad educativa por su honestidad, cumplimiento de sus deberes como docente, principios morales y buenas costumbres. 3) Que guarde la discrecionalidad propia de los temas tratados en las sesiones ordinarias y extraordinarias. 4) Que éste comprometido con el proyecto institucional. 5) Que sea elegido por todos los docentes de la institución. D. Perfil de los Exalumnos: 1) Que haya sido bachiller proclamado de la institución Resol. 1860 Art. 21 Numeral 5. 2) Que disponga del tiempo suficiente para asistir a las periódicas reuniones Del Consejo Directivo. 3) Que sirva de ejemplo a la comunidad educativa por su Honestidad, Principios morales y buenas costumbres.

Nombre del Documento: Acuerdo 06 Página3 de 7 4) Que guarde la discrecionalidad propia de los temas tratados en las sesiones ordinarias y extraordinarias. 5) Que este comprometido con el proyecto institucional. E. Perfil del Representante del Sector Productivo 1) Que sea un representante del sector productivo 2) Que disponga del tiempo suficiente para asistir a las periódicas reuniones del Consejo Directivo. 3) Que sea de reconocida honorabilidad. 4) Que guarde la discrecionalidad propia de los temas tratados en las sesiones ordinarias y extraordinarias. 5) Que este comprometido con el proyecto institucional. TERCERO: Precisar la elección, reelección y fechas de iniciación y finalización de las actividades de cada Consejo Directivo elegido anualmente y frente a lo cual se establece que: A. El actual Consejo Directivo, ejerce sus funciones hasta cuando sea elegido el del año siguiente a su elección, momento en el cual tomará posesión de su cargo el siguiente Consejo Directivo. B. Los aspirantes al Consejo Directivo, serán elegidos mediante voto universal y secreto. C. Los miembros del Consejo Directivo podrán ser reelegidos hasta por dos años consecutivos incluyendo el de la elección, en aras a una mayor participación democrática. Parágrafo: En el evento de renuncia irrevocable con justificación valida y presentada por escrito de uno de los miembros del consejo directivo este la estudiara y si se encuentra justa causa se procederá a aceptar la renuncia y se comunicara al estamento representado para nombrar su reemplazo. CUARTO: Señalar los mecanismos de elección de los candidatos al Consejo Directivo, quedando así: A. El día martes de la tercera semana del mes de marzo de cada año. Se llevará a efecto la designación del representante del sector productivo. Parágrafo 1: Hasta la tercera semana del mes de marzo de cada año: A. Se llevará a efecto la designación del sector productivo. B. Se tendrá plazo para la elección del representante de los exalumnos, al Consejo Directivo. C. Se dará la elección de los dos representantes de los padres de familia al Consejo Directivo. D. Se llevará a efecto la elección del representante de los estudiantes, al Consejo Directivo. E. Se efectuará la elección de los representantes de los docentes al Consejo Directivo. G. Se tendrá definido el Consejo estudiantil. Parágrafo 2: Para todas las elecciones están dispuestas las instalaciones de la institución. QUINTO: Decidir el tipo de reuniones del Consejo Directivo y las fechas en las cuales tendrán lugar, previendo en tal sentido que: A. Las sesiones serán de carácter ordinario y extraordinario.

Nombre del Documento: Acuerdo 06 Página4 de 7 B. Las reuniones ordinarias se realizaran el segundo jueves de cada mes y en el evento de un caso fortuito o fuerza mayor se trasladará para el jueves siguiente, comenzando en uno y otro caso, a las 11:15 a.m. (Duración máxima de tres horas). En rectoría. C. Las reuniones de carácter extraordinario, se efectuarán cuando las circunstancias lo ameriten. D. Las reuniones serán citadas mediante correo electrónico y llamada telefónica. Parágrafo 1: En ausencia definitiva del Rector, los miembros del Consejo Directivo, se acogerán a lo contemplado en el articulo 131 de la Ley 115 de de 1994. Parágrafo 2: Dar a conocer con anticipación la agenda para el Consejo Directivo. SEXTO: Las Funciones del Consejo Directivo son las siguientes: a) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución y que no sean competencia de otra autoridad. b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del plantel educativo. c) Adoptar el reglamento de la institución de conformidad con las normas vigentes. d) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. e) Aprobar el plan anual de actualización del personal de la institución presentado por el Rector. g) Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaria de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el Cumplimiento de los requisitos. h) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa. i) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno. j) Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, Culturales, deportivas y recreativas. k) Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas Culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa. l) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras Instituciones educativas. m) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de Recolectarlos. ñ) Tener su propio reglamento. Parágrafo 1. QUORUM Y MECANISMOS DE APROBACION Constituye quórum Deliberativo y decisorio la mitad más uno de los asistentes a la reunión del Consejo Directivo. El salvamento de voto se da solo cuando se asiste a las sesiones. Constituye quórum decisorio la mitad más uno del quórum deliberatorio. Los integrantes del Consejo Directivo que no asistan a las reuniones, se acogerán a las decisiones tomadas por la mayoría del quórum deliberativo. Las decisiones que se toman en el Consejo Directivo se podrán hacer mediante votación universal y voto secreto. Parágrafo 2: En ningún caso el Consejo Directivo podrá reunirse o sesionar sin poseer quórum deliberativo y decisorio. La mitad mas uno del total de sus integrantes.

Nombre del Documento: Acuerdo 06 Página5 de 7 Parágrafo 3: El miembro del Consejo Directivo que no quiera participar en una votación frente a una decisión, podrá hacer uso de salvamento de voto, dejando constancia escrita. Parágrafo 4: El Consejo Directivo podrá invitar a sus sesiones a cualquier integrante de la comunidad educativa u otra persona, para que asesore, explique, aclare o exponga sus puntos de vista frente a la institución, pero este invitado sólo tendrá voz pero no voto. Tales invitaciones se harán por escrito y con la aprobación al menos, de la mitad más uno de sus miembros. Parágrafo 5: Solo el Rector puede invitar a alguien al Consejo Directivo, sin previo aviso del mismo. Parágrafo 6: La coordinadora de la sede la Portada asistirá a las reuniones del Consejo Directivo con voz pero sin voto. Parágrafo 7: Cuando uno de los miembros por alguna causa no se haga presente a alguna de las sesiones del Consejo Directivo se acogerá a las decisiones se tomen y firmará actas y acuerdos en los casos en que lo estípula la Ley. El salvamento de voto se da solo cuando se asiste a las reuniones ordinarias o extraordinarias. Parágrafo 8: La correspondencia para el Consejo Directivo se recibirá hasta con veinticuatro (24) horas de anticipación a la sesión ordinaria del mismo. Parágrafo 9: Dar respuesta por escrito a la correspondencia recibida en un término de tres (3) días después de cada una de las reuniones. Parágrafo 10. Las demás que le asigne la Ley. SEPTIMO: Fijar las pautas de autocontrol de los miembros del Consejo Directivo y para tal efecto determina que: A. El integrante del Consejo Directivo que no asista a dos sesiones consecutivas ordinarias o extraordinarias después de haber sido convocado para ello deberá justificar por escrito, ante el Rector y demás miembros, la causa o causas de su ausencia. B. El integrante del Consejo Directivo que no asista a tres sesiones ordinarias o extraordinarias consecutivas después de haber sido convocado para ello se enviará oficio motivado al estamento que representa, para que nombren un nuevo representante a fin de Conservar una efectiva participación en el Gobierno Escolar. C. Las intervenciones en las reuniones por parte de los miembros deben ser muy puntuales, máximo 3 minutos. OCTAVO: El Consejo Directivo, excepto para establecer estímulos y reconocimientos, se manifestará mediante acuerdos y actos administrativos plasmados en resoluciones rectorales, los cuales llevarán un orden numérico y cronológico siendo susceptibles de los recursos de Ley. NOVENO: Las Funciones del Consejo Directivo Otorgadas por el Artículo 5 del Decreto 4791 de 2008 En relación con el Fondo de Servicios Educativos son: 1) Antes del inicio de cada vigencia fiscal, analizar, introducir ajustes y aprobar mediante acuerdo el presupuesto de ingresos y gastos del proyecto presentado por el rector.

Nombre del Documento: Acuerdo 06 Página6 de 7 2) Adoptar el reglamento para el manejo de la tesorería, el cual por lo menos determinará la forma de realización de los recaudos y de los pagos, según la normatividad existente en la entidad territorial certificada, así como el seguimiento y control permanente al flujo de caja y los responsables en la autorización de los pagos. 3) Aprobar las adiciones al presupuesto vigente así como los traslados presupuestales que afecten el mismo. 4) Verificar la existencia y presentación de los estados contables por parte del rector o director rural, elaborados de acuerdo con las normas contables vigentes expedidas por el Contador General de la Nación, con la periodicidad señalada por los organismos de control. 5) Determinar los actos o contratos que requieran su autorización expresa. 6) Reglamentar mediante acuerdo los procedimientos, formalidades y garantías para toda contratación que no supere los veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes. (s. m. l. 7) Aprobar la contratación de los servicios que requiera el establecimiento educativo y que faciliten su funcionamiento de conformidad con la ley. 8) Autorizar al rector para la utilización por parte de terceros de los bienes muebles o inmuebles dispuestos para el uso del establecimiento educativo, bien sea gratuita u onerosamente, previa verificación del procedimiento establecido por dicho órgano escolar de conformidad con lo dispuesto en el decreto 1860 de 1994. 9) Aprobar la utilización de recursos del Fondo de Servicios Educativos para la realización de eventos pedagógicos, científicos, culturales, deportivos, o la participación de los educandos en representación del establecimiento educativo y fijar la cuantía que se destine para el efecto. 10) Verificar el cumplimiento de la publicación en lugar visible y de fácil acceso del informe de ejecución de los recursos del Fondo de Servicios Educativos. DECIMO: El Secretario Académico o Auxiliar de la institución cumplirá la función de llevar las Actas del Consejo Directivo y convocará a las reuniones. UNDECIMO: Cada integrante del Consejo Directivo presentará un informe al estamento que representa. Tomará como base el acta aprobada en cada reunión. Se fijará en lugares visibles. El estudiante rendirá el informe a los estudiantes a través del Consejo Estudiantil y el Personero y el Contralor Escolar. El presente acuerdo rige a partir de su expedición.

Nombre del Documento: Acuerdo 06 Página7 de 7 COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Firmado en original Dado en Medellín a los 25 días del mes de Julio de 2015 LUZ ANGELA PUERTA GOMEZ Rectora JUAN FERNANDO MONTOYA Representante de los Ex Alumnos CESAR CARMONA Representante de los Docentes ALEJANDRO LIZARAZO Representante de los Docentes TATIANA ERAZO Representante de Padres de Familia ADRIANA GOMEZ Representante de Padres Familia MARIA DELCIRA MONSALVE Representante del Sector Productivo VANESA MOSQUERA PALOMEQUE Representante de los Alumnos