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Page 1 of 5 Bruselas, 24 de noviembre de 1999 13291/99 (Presse 372) PRESS RELEASE Subject : PRIMERA REUNION DEL CONSEJO CONJUNTO UNION EUROPEA - CHILE Bruselas, 24 de noviembre de 1999 COMUNICADO DE PRENSA CONJUNTO La Uni ón Europea y Chile comienzan las negociaciones sobre el futuro acuerdo de asociación En la ciudad de Bruselas, el día 24 de noviembre de 1999, se celebró la primera reunión del Consejo Conjunto previsto en el Acuerdo Marco de Cooperación, que fuera suscrito el 21 de junio de 1996 en Florencia, Italia, entre la República de Chile por una parte y la Comunidad Europea y sus Estados miembros por la otra, y que entrara en vigencia el día 1 de febrero de 1999, al haberse completado los respectivos procedimientos de ratificación. La reunión estuvo presidida por D.ª Tarja Halonen, en su calidad de Presidenta del Consejo de la Unión Europea. La Delegación de Chile estuvo dirigida por el Ministro de Asuntos Exteriores, Dr. Juan Gabriel VALDÉS. Particip ó asimismo en la reunión D. Javier SOLANA, Alto Representante de la Unión Europea. La Comisión estuvo representada por D. Chris PATTEN. Las Partes acordaron señalar la buena situación y las prometedoras perspectivas de sus relaciones bilaterales. El Consejo Conjunto recordó que en la Reunión Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea, Mercosur y Chile, celebrada en R ío de Janeiro, Brasil, el 28 de junio de 1999. - Los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea y de Chile reafirmaron el compromiso establecido en el Acuerdo Marco de Cooperación, de intensificar sus relaciones para fomentar el incremento y diversificación de sus intercambios comerciales, mediante una liberación progresiva y rec íproca del comercio y promoviendo condiciones conducentes al establecimiento de una asociación política y económica, tomando en cuenta, en conformidad con las normas de la OMC, el carácter especial de algunas mercanc ías y servicios. - Los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea y de Chile decidieron entablar negociaciones para la liberalización gradual y recíproca del comercio bilateral, que no excluya ning ún sector y conforme a las normas de la OMC. Han convenido que el resultado de las negociaciones constituirá un único compromiso, el cual será puesto en práctica por las Partes como un todo indivisible. Convinieron también que la expansión del intercambio, a través del desarrollo del libre comercio entre Chile y la Unión Europea, constituye un elemento central en la construcci ón de una interrelación más dinámica, en la promoción de sus procesos de intregración y en el fortalecimiento del sistema multilateral de comercio. - Los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea y de Chile decidieron que en noviembre de 1999 se efectuara una reunión del Consejo Conjunto Chile-UE, en la cual se formularan propuestas destinadas a definir la estructura, método y calendario de las negociaciones. Por lo tanto, el Consejo Conjunto acogió con satisfacción las conclusiones alcanzadas por los representantes de la Unión Europea y de Chile en lo que se refiere a la estructura, metodología y calendario. Estas conclusiones (véase el Anexo 2) serán utilizadas por cada Parte en las

Page 2 of 5 negociaciones, en conformidad con las normas y procedimientos internos de cada parte. La UE recuerda su posición, es decir, que estas negociaciones empezarán con asuntos no tarifarios. Chile, sin pronunciarse sobre esa posibilidad, entiende que esa última cuestión debe ser discutida en el seno del Comité de Negociaciones. De este modo se han iniciado las negociaciones sobre una asociación política y económica entre Chile y la Comunidad Europea y sus Estados miembros. El Comit é negociador se reunirá en Santiago el próximo mes de marzo o abril. El Consejo Conjunto reafirmó su deseo de mantener regularmente un di álogo político entre las Partes, basado en el Acuerdo Marco de Cooperación y en la Declaración Conjunta sobre Diálogo Político. Posteriormente, los Ministros de la UE y de Chile celebraron una reunión conjunta con Mercosur en la que examinaron la situación política y económica de las Partes y la evolución de su proceso de integración, abordaron el esquema para las negociaciones de la OMC, revisaron la aplicación de las iniciativas procedentes de la reuni ón de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina, el Caribe y la UE, celebrada el mes de junio en Rio de Janeiro y realizaron consultas sobre temas de mutuo interés basadas en la actualidad internacional. También se celebró este intercambio de puntos de vista durante el almuerzo ofrecido por la Presidencia finlandesa del Consejo de la UE, celebrado el mismo día. Las Partes acordaron que este mayor diálogo entre los países europeos, Mercosur y Chile favorecer á una coordinación mejor sobre temas de actualidad internacional. ANEXO I LISTA DE PARTICIPANTES UNION EUROPEA Bélgica : D. Frans VAN DAELE Embajador, Representante permanente Dinamarca : D. Christian OLDENBURG Jefe del Departamento de América Latina America, Ministerio de Asuntos Exteriores Alemania : D. Wilhelm SCHÖNFELDER Embajador, Representante permanente Grecia : D. Loucas TSILAS Embajador, Representante permanente España : D. Abel MATUTES Ministro de Asuntos Exteriores Francia : D. Pierre VIMONT Embajador, Representante permanente Irlanda : D. Ciaran MADDEN Primer Secretario, Representaci ón permanente ante la UE Italia : D. Luigi Guidobono CAVALCHINI GAROFOLI Embajador, Representante permanente Luxemburgo : D. Nicolas SCHMIT Embajador, Representante permanente Países Bajos : D. Bernard R. BOT Embajador, Representante permanente

Page 3 of 5 Austria : D. Gregor WOSCHNAGG Embajador, Representante permanente Portugal : D. Francisco SEIXAS da COSTA Secretario de Estado para Asuntos Europeos Finlandia : Dª Tarja HALONEN Ministra de Asuntos Exteriores Suecia : D. Gunnar LUND Embajador, Representante permanente Reino Unido : D. Mr Stephen WALL Embajador, Representante permanente * * * Comisión : D. Chris PATTEN Miembro Secretaría General del Consejo : D. Javier SOLANA Secretario General / Alto Representante para la PESC * * * CHILE D. Juan Gabriel VALDÉS Ministro de Relaciones Exteriories ANEXO II DESCRIPCION DE LA ESTRUCTURA, METODOLOGIA Y CALENDARIO DE NEGOCIACIONES PARA UN ACUERDO DE ASOCIACION POLITICA Y ECONOMICA ENTRE LA COMUNIDAD EUROPEA Y SUS ESTADOS MIEMBROS Y LA REPUBLICA DE CHILE. De acuerdo con las decisiones adoptadas de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea y Chile, durante la Reunión Cumbre efectuada en R ío de Janeiro en junio de 1999, y en conformidad con los objetivos del Acuerdo Marco de Cooperación, suscrito el 21 de junio de 1996, los representantes de ambas Partes acordaron los siguientes elementos relacionados con la estructura, metodología y calendario de las negociaciones destinadas a establecer una Asociación Política y Económica entre la Unión Europea y Chile. 1. ESTRUCTURA DE LAS NEGOCIACIONES Con el fin de alcanzar los objetivos establecidos en el Acuerdo Marco de Cooperación, las negociaciones serán llevadas a cabo sobre la base de la siguiente estructura: Se establecerá un Comité de Negociaciones, que se encargará de la supervisión general y de la conducción de las negociaciones en los aspectos comerciales y de cooperación. El Comité de Negociaciones será directamente responsable de las negociaciones comerciales. Se establecerá un Subcomité de Cooperación, que conducirá las negociaciones en este campo. El Subcomité de Cooperación dependerá directamente del Comité de Negociaciones. El Comité de Negociaciones, dentro de los límites y en conformidad con las disposiciones y procedimientos internos de cada Parte, podrá establecer Grupos Técnicos para llevar a cabo las actividades relacionadas con las negociaciones comerciales. Los Grupos Técnicos dependerán del Comité de Negociaciones y le informarán directamente de sus trabajos y resultados. Se establecerán las respectivas Secretarías de Coordinación, que serán ejercidas por representantes de la Comisión Europea y el Gobierno de Chile.

Page 4 of 5 2. METODOLOGIA DE LAS NEGOCIACIONES Las negociaciones se abordarán en función de la siguiente metodología: El Comité de Negociaciones será el responsable de la supervisión general y de la conducción de las negociaciones. El Comité de Negociaciones será el responsable directo de las negociaciones comerciales. El Comité de Negociaciones asegurará la consistencia de las negociaciones comerciales con las negociaciones de cooperación, las que serán llevadas a cabo por el Subcomité de Cooperación. El resultado de las negociaciones constituirá un compromiso único, el cual será implementado por las Partes como un todo indivisible. El Comité de Negociaciones informará regularmente acerca de sus actividades al Consejo Conjunto Unión Europea - Chile, creado en el Acuerdo Marco de Cooperación. Conforme a este Acuerdo, el Consejo Conjunto Chile - UE podrá efectuar recomendaciones y propuestas que contribuyan al objetivo último de lograr una Asociación Política y Económica. El Comit é de Negociaciones decidirá sus términos de referencia, calendarios y programa de trabajo así como los de los Grupos Técnicos y de cualquier otro subgrupo que estime conveniente crear. El Comit é de Negociaciones abordará también los aspectos institucionales del futuro Acuerdo y los aspectos de organización de las negociaciones. Las reuniones del Comit é de Negociaciones se efectuarán alternativamente en Bruselas y Chile, a menos que las Partes acuerden otro lugar. En principio, las reuniones durarán cinco días. El Subcomité de Cooperación informará sobre sus actividades al Comité de Negociaciones. Las Secretarías de Coordinaci ón (Comisión Europea y Gobierno de Chile) se responsabilizarán por la organización y preparación general de las reuniones, la distribución de los documentos oficiales y la mantención de buenas comunicaciones entre las Partes. Las negociaciones serán conducidas de una manera abierta y transparente. Con este propósito, ambas Partes mantendrán contactos con los representantes de su sociedad civil. 3. CALENDARIO DE LAS NEGOCIACIONES Las negociaciones se basarán en el siguiente calendario: El Comité de Negociaciones establecerá su propio calendario y frecuencia de reuniones, previendo en principio al menos tres reuniones por año. El Subcomité de Cooperación establecerá su propio calendario y frecuencia de reuniones, previendo al menos una reunión por año. Los Grupos Técnicos se reunirán simultáneamente con las sesiones del Comité de Negociaciones. En el período intersesional los miembros de los Grupos Técnicos mantendrán contactos informales destinados a hacer avanzar las actividades de sus grupos. La primera reunión del Comité de Negociaciones se efectuará durante el período marzo-abril 2000 en Santiago de Chile y en ella se establecerá el marco y términos de referencia de la negociación. También se establecerán los Grupos Técnicos, sus calendarios indicativos de reuniones y los términos de referencia para cada uno. La segunda reuni ón del Comité de Negociaciones se efectuará en el período junio-julio del 2000 en Bruselas, en conjunto con la primera reunión de los Grupos Técnicos y del Subcomité de Cooperación.

Page 5 of 5 El Comit é de Negociaciones decidirá el calendario ulterior de reuniones.