Aprobar el Informe de Gestión elaborado por el Consejo de Administración.

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2.- Aprobar la gestión social realizada por el Consejo de Administración de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. durante el ejercicio 2012.

V. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 LME, se hace constar:

Transcripción:

PROPUESTA DE ACUERDOS DE LA JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE BBVASEGUROS, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, QUE SE CELEBRARA EL 25 DE JUNIO DE 2015 EN PRIMERA CONVOCATORIA Y EL 26 DE JUNIO DE 2015 EN SEGUNDA CONVOCATORIA. 1.- EXAMEN Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS CUENTAS ANUALES, INFORME DE GESTIÓN Y PROPUESTA DE APLICACIÓN DEL RESULTADO, TODO ELLO REFERIDO AL EJERCICIO 2014. Aprobar las Cuentas Anuales de la compañía correspondientes al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2014, de conformidad con el artículo 272 de la Ley de Sociedades de Capital, compuestas de Balance, cuenta de Pérdidas y Ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto del ejercicio, el estado de flujos de efectivo y la memoria los cuales se unen al informe de Auditoría realizado por el auditor de cuentas de la Sociedad, Deloitte, S.L.. Aprobar el Informe de Gestión elaborado por el Consejo de Administración. Ratificar expresamente los acuerdos del Consejo de Administración sobre el reparto de dividendos y todas las demás actuaciones realizadas en el ejercicio 2014. La propuesta del consejo de distribución del resultado, que ha quedado aprobada por unanimidad, es la siguiente: Euros Beneficio después de impuestos 218.146.733 Dividendo 217.146.733 Reserva de estabilización 90.927 Reservas voluntarias 360.476 2.- EXAMEN Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA GESTIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2014. Aprobar la gestión social. 3.- CESE Y NOMBRAMIENTO DE CONSEJEROS. Sobre este punto no se formula ninguna propuesta. 4.- NOMBRAMIENTO O RENOVACIÓN DE AUDITORES DE CUENTAS DE LA SOCIEDAD, PARA EL EJERCICIO 2015. Reelegir como auditores de BBVASEGUROS, S.A., de Seguros y Reaseguros para el ejercicio 2014 a la firma Deloitte, S.L., con domicilio en Madrid, Plaza Pablo Ruiz Picasso número 1, C.I.F.B-79104469. 5.- EXAMEN Y APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LA FUSIÓN POR ABSORCIÓN DE BBVA VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS POR LA SOCIEDAD, AJUSTÁNDOSE AL PROYECTO COMÚN DE FUSIÓN, PARA LO CUAL HAN DE TRATARSE LOS SIGUIENTES ASUNTOS:

(i) Información, en su caso, por parte de los administradores sobre la existencia de modificaciones importantes del activo o del pasivo acaecidas entre la fecha de redacción del proyecto común de fusión y la celebración de la junta general. Aprobación, en su caso, de tales modificaciones. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 39 de la Ley 3/2009, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la LME ), los accionistas manifiestan que la Sociedad ha sido informada por los miembros del Consejo de Administración de que, desde la fecha de redacción del proyecto común de fusión y hasta esta fecha, las sociedades que participan en la fusión no han experimentado modificaciones importantes en su activo ni en su pasivo. (ii) Examen y aprobación, en su caso, del proyecto común de fusión de la Sociedad y BBVA Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros, mediante absorción de la segunda por la primera. Se aprueba el proyecto común de fusión por absorción entre la Sociedad (como sociedad absorbente) y BBVA Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros ( BBVA Vida ) (como sociedad absorbida), que fue aprobado por los respectivos órganos de administración de las sociedades el día 12 de marzo de 2015. El proyecto común de fusión quedó depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya el día 7 de abril de 2015 y en el Registro Mercantil de Barcelona el día 31 de marzo de 2015, siendo publicados dichos depósitos en el Boletín Oficial del Registro Mercantil los días 17 de abril de 2015 (respecto del depósito efectuado en el Registro Mercantil de Vizcaya) y 9 de abril de 2015 (respecto del depósito efectuado en el Registro Mercantil de Barcelona). Se adjunta a esta acta, como Anexo [1], una copia del proyecto común de fusión firmada por todos los miembros del consejo de administración de la Sociedad y de BBVA Vida. (iii) Examen y aprobación, en su caso, como balance de fusión, del balance del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2014. Conforme a lo previsto en los artículos 36 y 37 de la LME se aprueba, como balance de fusión de la Sociedad, el último balance anual cerrado el 31 de diciembre de 2014, formulado por el consejo de administración de la Sociedad en su reunión de fecha 4 de marzo de 2015, debidamente verificado por los auditores de cuentas de la Sociedad y aprobado por esta Junta General. El texto de este balance de fusión se incorpora como Anexo [2] a esta acta. (iv) Examen y aprobación, en su caso, de la fusión entre la Sociedad y BBVA Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros, mediante la absorción de la segunda entidad por la primera, con extinción de la segunda y traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio a la Sociedad, todo ello ajustándose al proyecto común de fusión, cuyas menciones mínimas legales se incluyen. De conformidad con el artículo 40 de la LME, se aprueba la fusión entre la Sociedad y BBVA Vida, mediante la absorción de la segunda entidad por la primera, con disolución sin liquidación de la segunda y traspaso en bloque, a título universal, de su patrimonio a la Sociedad, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquélla, ampliando su capital en

los términos que se expresan en esta misma junta, todo ello ajustándose al proyecto común de fusión de fecha 12 de marzo de 2015 depositado en los Registros Mercantiles de Vizcaya y Barcelona los días 7 de abril de 2015 y 31 de marzo de 2015 respectivamente, correspondiente a los domicilios de las sociedades que intervienen en la fusión y a la vista del informe del experto independiente emitido en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 34 de la LME. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 34 de la LME, se adjunta como Anexo [3] el preceptivo informe de experto independiente sobre la valoración del patrimonio aportado a la Sociedad y sobre la ecuación de canje de las acciones. Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 40 de la LME y 228 del Reglamento del Registro Mercantil y como parte integrante del contenido de este acuerdo de fusión, se expresan las siguientes circunstancias de la fusión: 1. Identificación de las sociedades participantes en la fusión: Sociedad Absorbente BBVASEGUROS, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS a) Denominación: BBVASeguros, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros. b) Domicilio social: Gran Vía D. Diego López de Haro, 12, 48001 Bilbao (Vizcaya). c) Código de Identificación Fiscal: Número A-48051098. d) Datos registrales: Figura inscrita en el Registro Mercantil de Vizcaya, al Tomo 3.678, Sección 8ª, Folio 38, Hoja número BI 854. Sociedad absorbida BBVA VIDA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS SOCIEDAD UNIPERSONAL a) Denominación: BBVA Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros Sociedad Unipersonal. b) Domicilio social: Rambla d Ègara 352, 08221, Terrassa (Barcelona). c) Código de Identificación Fiscal: Número A-58558081. d) Datos registrales: Figura inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, al Tomo 25.547, Sección 8ª, Folio 126, Hoja número B-90349. 2. Modificaciones estatutarias Tras la fusión, BBVASeguros continuará rigiéndose por sus estatutos sociales vigentes actualmente, salvo en lo referente al artículo 5º relativo al capital social, que será modificado en los términos previstos en el apartado 6 anterior. La nueva redacción del artículo 5º de los Estatutos Sociales de BBVASeguros será la siguiente: Artículo 5º, Capital Social.- El capital social se fija en doscientos noventa y siete millones doscientos veintisiete mil doscientos setenta y dos euros y cincuenta y tres céntimos de euro (297.227.272,53 euros), totalmente suscrito y desembolsado, representado por 49.455.453 acciones nominativas de 6,01 euros de valor nominal cada una, de una única clase y serie numeradas correlativamente del 1 al 49.455.453, ambos inclusive, todas ellas de idénticas características. 3. Tipo de canje de las acciones El tipo de canje de las acciones de las entidades que participan en la Fusión, que ha sido determinado sobre la base del valor real ajustado de los patrimonios sociales de BBVA Seguros y BBVA Vida; entendido como su patrimonio neto ajustado a fecha 31 de

diciembre de 2014 (fecha de valoración), corregido por el valor de los beneficios esperados de las pólizas y contratos en vigor a la fecha de valoración y de las pólizas y contratos nuevos que se esperan vender después de la fecha de valoración. Por tanto, el tipo de canje será de 1,33700759878419 acciones de nueva emisión de BBVA Seguros, de seis euros y un céntimo de euro (6,01 ) de valor nominal cada una, de las mismas características y con los mismos derechos que las acciones de BBVA Seguros existentes en el momento de su emisión, por cada acción de BBVA Vida, de treinta euros y cinco céntimos de euro (30,05 ) de valor nominal cada una, sin que se prevea compensación en metálico alguna para el accionista único de la Sociedad Absorbida. Por tanto, BBVA, como accionista único de la Sociedad Absorbida, recibirá un total de 2.639.253 acciones nominativas de nueva creación de la Sociedad Absorbente, de la misma clase y serie que las ya existentes, numeradas correlativamente de la 46.816.201 a la 49.455.453, ambos inclusive, por las 1.974.000 acciones de su titularidad en la Sociedad Absorbida. Como consecuencia de la Fusión, y en contraprestación por la absorción de la totalidad del patrimonio de BBVA Vida, BBVA Seguros aumentará su capital social en la cuantía de quince millones ochocientos sesenta y un mil novecientos diez euros y cincuenta y tres céntimos de euro (15.861.910,53 euros), mediante la emisión de 2.639.253 nuevas acciones nominativas de 6,01 euros de valor nominal cada una. El precio de emisión de las nuevas acciones de la Sociedad Absorbente será de 63,08 euros. Por tanto, el aumento de capital de la Sociedad Absorbente ascenderá a un total de 15.861.910,53 euros de valor nominal y 150.622.168,71 euros de prima de emisión, a razón de 57,07 euros por acción (diferencia entre el valor real ajustado y valor nominal de cada acción de la Sociedad Absorbente). Las acciones de nueva emisión de la Sociedad Absorbente pertenecerán a la misma clase y serie que las ya existentes y estarán numeradas correlativamente desde el número 46.816.201 a la 49.455.453, ambos inclusive. Como consecuencia de la Fusión el capital social de la Sociedad Absorbente ascenderá a doscientos noventa y siete millones doscientos veintisiete mil doscientos setenta y dos euros y cincuenta y tres céntimos de euro (297.227.272,53 euros), dividido en 49.455.453 acciones nominativas de 6,01 euros de valor nominal cada una, de una única clase y serie, numeradas correlativamente del 1 al 49.455.453, ambos inclusive, todas ellas de idénticas características. 4. Procedimiento de canje La totalidad de las nuevas acciones de la Sociedad Absorbente, que corresponderán a BBVA accionista único de BBVA Vida- en la forma descrita en el apartado anterior, le serán adjudicadas en la propia escritura de fusión, procediéndose a la emisión de las nuevas acciones y a su correspondiente anotación en el Libro Registro de Acciones Nominativas de la Sociedad Absorbente. Una vez inscrita la Fusión en los Registros Mercantiles correspondientes y, por tanto, la ampliación de capital mencionada en el apartado anterior, se procederá a canjear las acciones de la Sociedad Absorbida, por las acciones nuevas correspondientes de la Sociedad Absorbente, BBVA Seguros, de acuerdo con las siguientes reglas:

(i) Como consecuencia de la Fusión, las acciones de la Sociedad Absorbida quedarán anuladas. (ii) Las acciones de la Sociedad Absorbida habrán de presentarse para su canje en el domicilio social de la Sociedad Absorbente en el plazo de dos meses desde la inscripción de la Fusión en el Registro Mercantil de Vizcaya (lo que se notificará a los accionistas afectados). (iii) El canje de las acciones se efectuará mediante la presentación de los títulos físicos representativos de las acciones de la Sociedad Absorbida contra entrega de los títulos de las nuevas acciones emitidas por la Sociedad Absorbente. Transcurridos tres años desde el día en que las nuevas acciones emitidas por la Sociedad Absorbente se hayan puesto a disposición de los accionistas de la Sociedad Absorbida sin haber sido canjeadas, se procederá de conformidad con lo previsto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital. 5. Fecha a partir de la cual los titulares de las nuevas acciones tendrán derecho a participar en las ganancias sociales Las acciones que sean emitidas por BBVA Seguros para atender al canje darán derecho a sus titulares, desde la fecha de inscripción de la fusión en el Registro Mercantil, a participar en las ganancias sociales de BBVA Seguros. 6. Fecha a partir de la cual la fusión tendrá efectos contables Se establece el día 1 de enero de 2015 como fecha a partir de la cual las operaciones de BBVA Vida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de BBVA Seguros. 7. Derechos especiales No existen titulares de derechos especiales distintos de las acciones a quienes pudieran reconocerse derechos especiales. 8. Ventajas atribuidas a los administradores y a los expertos independientes No se atribuirá ventaja alguna a los administradores de ninguna de las sociedades que participan en la fusión ni al experto independiente participante en la misma. (v) Subrogación de la Sociedad en los derechos y obligaciones de BBVA Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros en los contratos de seguro. La Sociedad quedará subrogada, una vez inscrita la fusión en los registros mercantiles competentes, en todos los derechos y obligaciones que incumben a BBVA Vida en cada uno de los contratos de seguro que tiene suscritos, lo que hace constar a los efectos de lo dispuesto en el artículo 24.2 en relación con el 23.1.a) del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. (vi) Sometimiento a condición suspensiva de los acuerdos adoptados, en su caso, bajo los puntos (i) a (v) anteriores, 6 y 7 siguientes del orden del día, facultando al consejo de administración para darlas por cumplidas o incumplidas.

Toda vez que tanto la Sociedad, como BBVA Vida, son entidades aseguradoras, la eficacia de la fusión (los acuerdos (i) a (v) anteriores y, consecuentemente, los acuerdos 6 y 7 siguientes queda condicionada a la obtención de la preceptiva autorización administrativa del Ministro de Economía y Competitividad, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y en el artículo 72 del Real Decreto 2486/1998, de 20 noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. 6. AUMENTO DE CAPITAL DE LA SOCIEDAD MEDIANTE LA EMISIÓN DE 2.639.253 ACCIONES DE SEIS EUROS Y UN CÉNTIMO DE EURO (6,01 ) DE VALOR NOMINAL CADA UNA, EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS EN EL PROYECTO COMÚN DE FUSIÓN. Aumentar el capital social de la Sociedad en un importe de QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS DIEZ EUROS Y CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS DE EURO (15.861.910,53 euros), fijándolo en DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS EUROS Y CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS DE EURO (297.227.272,53 euros), mediante la emisión y puesta en circulación de DOS MILLONES SEISCIENTAS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTAS CINCUENTA Y TRES (2.639.253) nuevas acciones ordinarias de SEIS EUROS Y UN CÉNTIMO DE EURO (6,01 ) de valor nominal cada una, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, numeradas correlativamente de la 46.816.201 a la 49.455.453 ambas inclusive, quince millones ochocientos sesenta y un mil novecientos diez euros y cincuenta y tres céntimos de euro representadas por medio de títulos nominativos, todo ello en los términos expuestos en el proyecto común de fusión. Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal de 6,01 euros más una prima de emisión de 57,07 euros por acción. Por tanto, el aumento de capital de la Sociedad ascenderá a un total de 15.861.910,53 euros de valor nominal y 150.622.168,71 euros de prima de emisión. El valor nominal de las nuevas acciones quedará enteramente desembolsado como consecuencia de la transmisión en bloque del patrimonio social de BBVA Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros a la Sociedad, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquélla. 7. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 5 DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD RELATIVO AL CAPITAL SOCIAL. Modificar el artículo 5 de los estatutos de la Sociedad, con efectos desde la fecha de inscripción registral de la escritura de fusión en los registros mercantiles competentes, en los términos que se detallan a continuación: Artículo 5º, Capital Social.- El capital social se fija en doscientos noventa y siete millones doscientos veintisiete mil doscientos setenta y dos euros y cincuenta y tres céntimos de euro (297.227.272,53 euros), totalmente suscrito y desembolsado, representado por 49.455.453 acciones nominativas de 6,01 euros de valor nominal cada una, de una única clase y serie numeradas correlativamente del 1 al 49.455.453, ambos inclusive, todas ellas de idénticas características.

8. AUTORIZACION PARA LA ADQUISICIÓN DE ACCIONES PROPIAS, PARTICIPACIONES CREADAS O ACCIONES EMITIDAS POR SU SOCIEDAD DOMINANTE. Dejar sin efecto los acuerdos adoptados por la Junta General en ejercicios anteriores en lo no ejecutado y autorizar a la Sociedad para que, durante un plazo máximo de cinco años a partir de la fecha de celebración de la presente Junta pueda adquirir, en cualquier momento y cuantas veces lo estime oportuno acciones del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. por cualquiera de los medios admitidos en Derecho, incluso con cargo a beneficios del ejercicio y/o reservas de libre disposición, así como que se puedan enajenar o amortizar posteriormente las mismas, todo ello de conformidad con el artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital. Aprobar los límites o requisitos de estas adquisiciones, que serán las siguientes: -Que el valor nominal de las acciones adquiridas, uniéndose a las que ya posea la sociedad, no exceda en cada momento del cinco por ciento del capital social del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. respetándose, en todo caso, las limitaciones establecidas para la adquisición de acciones propias por las autoridades reguladoras de los mercados en que dicho Banco esté admitido a cotización. -Que se pueda dotar en el pasivo del Balance de la Sociedad una reserva indisponible equivalente al importe de las acciones propias. Esta reserva deberá mantenerse en tanto las acciones no sean enajenadas o amortizadas. -Que las acciones adquiridas estén íntegramente desembolsadas. -Que el precio de adquisición no sea inferior al nominal ni superior en un veinte por ciento al valor de la cotización o cualquier otro por el que se estén valorando las acciones en la bolsa de adquisición. Las operaciones de adquisición de acciones propias se ajustarán a las normas de los mercados de valores. Expresamente se autoriza a que las acciones adquiridas en uso de esta autorización puedan destinarse, en todo o en parte, a los trabajadores o administradores de la sociedad, bien directamente o como consecuencia del ejercicio de derechos de opción de que aquellos sean titulares, a los efectos previstos en el párrafo tercero del apartado a) del artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital 9. DELEGACION DE FACULTADES. Facultar al consejo de administración para realizar cuantos actos sean precisos o convenientes para la ejecución, desarrollo, efectividad y buen fin de las decisiones adoptadas y, en particular, para los siguientes actos, sin carácter limitativo y con expresa autorización para que el consejo de administración pueda delegar, a su vez, estas facultades en cualquiera de sus miembros, así como en el secretario del consejo de administración o en cualesquiera otras personas: (i) aclarar, precisar y completar las decisiones adoptadas y resolver cuantas dudas o aspectos se presenten, subsanando y completando cuantos defectos u omisiones impidan u obstaculicen la efectividad o inscripción de las correspondientes decisiones;

(ii) publicar, en la forma establecida en la Ley, los anuncios relativos a los acuerdos adoptados por la presente Junta General de Accionistas; (iii) efectuar las liquidaciones y garantizar los créditos a los acreedores que se opongan a la fusión en los términos que establece la LME; (iv) tomar los acuerdos que sean precisos o necesarios para la ejecución y desarrollo de las decisiones adoptadas, y suscribir los documentos públicos y/o privados y realizar cuantos actos, negocios jurídicos, contratos, declaraciones y operaciones sean procedentes al mismo fin; (v) otorgar la escritura de fusión así como la documentación complementaria, pública o privada, que sea precisa para que se opere la incorporación del patrimonio de BBVA Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros al de la Sociedad; Asimismo, facultar a los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad, así como al Secretario del Consejo de Administración para que cualquiera de ellos, solidaria e indistintamente, y sin perjuicio de cualquier otro apoderamiento ya existente para elevar a público los acuerdos sociales, pueda comparecer ante Notario y otorgar en nombre de la Sociedad las escrituras públicas que sean necesarias o resulten convenientes en relación con los acuerdos adoptados por esta Junta General. Igualmente, facultar a los miembros del consejo de administración de la Sociedad, así como al Secretario del Consejo de Administración, para que cualquiera de ellos, solidaria e indistintamente, pueda comparecer ante las autoridades administrativas competentes, en particular, el Ministerio de Economía y Competitividad, y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones así como ante cualquier otra autoridad, administración e institución que fuera competente, en relación con cualesquiera de las decisiones adoptadas, a fin de realizar los trámites y actuaciones necesarios para su más completo desarrollo y efectividad.