Hospital Universitario Ramón y Cajal Subdirección de Docencia, Investigación y Calidad Unidad de Docencia Médica



Documentos relacionados
Estancias formativas

Medicina. C/Francisco Silvela 106, Madrid Tfno.: (0034) /33/34 www. grupocto.

Hospital Universitario Ramón y Cajal Subdirección de Docencia, Investigación y Calidad Unidad de Docencia Médica

Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud GUIA PARA LA GESTIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS DE ESPECIALISTAS EN FORMACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD

PROCEDIMIENTO Y DIRECTRICES GENERALES PARA LA TRAMITACIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS EN FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA

1. ENSEÑANZAS OFICIALES DE DOCTORADO DEL CURSO

Guía de Matrícula para Programas de Doctorado

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID CURSO

NORMAS PARA EL PATROCINIO COMERCIAL DE LAS ACTIVIDADES DE FORMACIÓN CONTINUADA DE LAS PROFESIONES SANITARIAS

LINEAMIENTOS DE MOVILIDAD ACADÉMICA

ÍNDICE. 1. Estancias formativas de MIR externos al hospital

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID CURSO

ANEXO IV A LA NORMATIVA DE CONVENIOS RELATIVA A LOS CURSOS DE DOCTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID IMPARTIDOS EN UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA.

PROCEDIMIENTO DE COTUTELA DE TESIS DOCTORAL ENTRE UNIVERSIDADES EUROPEAS Y LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

TIPOS DE REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS:

NORMATIVA INTERNA PARA LA MOVILIDAD DE ESTUDIANTES CON UNIVERSIDADES IBEROAMERICANAS

Becas Titulación Formación Profesional de Grado Superior

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Sanidad RESUELVO

Becas FUNDACIÓN MAPFRE para estudios de postgrado en Seguro y Previsión Social

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS

XXIV Convocatoria para Ampliación de Estudios en el Extranjero

AYUDAS A LA MOVILIDAD INVESTIGADORA CEU BANCO SANTANDER XII CONVOCATORIA

1. Estar matriculado de un curso completo o de una parte equivalente a la duración del periodo de intercambio.

Manual de Procedimiento Movilidad Internacional Estudiantes

Respuestas a preguntas frecuentes sobre el reconocimiento de créditos en titulaciones de Grado (FAQ).

DATOS DE ADMISIÓN AL PROGRAMA DE DOCTORADO

NOTA INFORMATIVA PREVIA

Guía y Reglamento de Estudiantes de Intercambio

Solicitud de prácticas educativas, becas, subvenciones, premios y beca Leonardo da Vinci

BECA SECT RICARDO LOZANO MONZÓN PARA ESTANCIAS EN CENTROS DE CIRUGÍA TORÁCICA EN EL EXTRANJERO

Real Federación Española de Judo y Deportes Asociados JIU-JITSU - AIKIDO - KENDO - WU-SHU - DEFENSA PERSONAL Y NIHON-TAI-JITSU

NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE

RESUMEN DE LA NORMATIVA SOBRE EL ACCESO, LA MATRICULACIÓN EL PROCESO DE EVALUACIÓN Y LA ACREDITACIÓN ACADÉMICA EN LOS CICLOS FORMATIVOS.

Becas para la realización de Proyectos de fin de Grado o fin de Máster Universitario en líneas de Investigación

FUNDACIÓN ICO BECA DE MUSEOGRAFÍA

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA

PROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA (PAID 09 12)

REGLAMENTO DE CONVALIDACIONES Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS

Cesión de datos de salud a aseguradoras de asistencia sanitaria por profesionales de la medicina. Informe 449/2004

TÍTULO 1. ESTANCIA DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS.

2. CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDAS:

I.- OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA

ADIESTRAMIENTO DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Folleto Informativo

Medicina. C/Francisco Silvela 106, Madrid Tfno.: (0034) /33/34 www. grupocto.

1. OBJETIVOS Y AREAS DE INTERES

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE ESPECIALIDADES EN ENFERMERÍA

Convalidación Parcial de Estudios Universitarios Extranjeros

CARGOS Y PERSONAL DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO AGENCIA PARA LA CALIDAD DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE CATALUÑA

Los ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO.

VICERRECTORADO DE POSGRADO Y CONVERGENCIA EUROPEA

REGLAMENTO DE TITULACIÓN

Instituto de Prevención, Salud y Medio Ambiente SALUD BECA DE FORMACIÓN PARA FISIOTERAPÉUTAS UNIVERSIDAD DE LEÓN

POLÍTICA Y NORMAS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIOS INTERNACIONALES

PROGRAMA DE INTERCAMBIO ACADÉMICO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA

1. Consideraciones previas.

Resolución del Ararteko, de 26 de noviembre de 2013, por la que se pone fin a la actuación relativa al expediente de queja nº 2279/2013/20

Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales

Programa BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES. Convocatoria 2013

CONSIDERANDO. Por lo anterior, he tenido a bien a expedir los siguientes:

(Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 22 de junio de 2015)

ÁREA DE GESTION SANITARIA NORTE DE CADIZ HOSPITAL DE JEREZ

NORMATIVA REGULADORA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE MÁSTER O DOCTOR AL TÍTULO Y/O GRADO ACADÉMICO DE MÁSTER UNIVERSITARIO O DOCTOR

Programa de Becas-Mixtas en el Extranjero para Becarios CONACYT Nacionales

INTRODUCCIÓN. 1.-Ámbito de las Instrucciones.

XXII Convocatoria para Ampliación de Estudios en el Extranjero

Convocatoria 2015 XI Convocatoria de becas para la formación de especialistas en el diagnostico y prevención de la lepra.

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. B) Autoridades y Personal. Consejería de Sanidad

INVESTIGANT EL PRESENT, APROPANT EL FUTUR A N E X O

UNIVERSIDAD DE CANTABRIA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS

OFERTA DE SERVICIOS DE UNIVERSIDAD.ES A ESTUDIANTES CHINOS QUE VENGAN A ESTUDIAR A UNA UNIVERSIDAD ESPAÑOLA

ESTANCIAS DE MOVILIDAD EN EL EXTRANJERO JOSE CASTILLEJO PARA JOVENES DOCTORES INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

1. PREÁMBULO: MARCO LEGAL

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA TÉCNICOS EN FORMACIÓN EN GRUPOS DE INVESTIGACION DE LA ULPGC 2006 PROGRAMA PROPIO DE LA ULPGC

III. Otras Resoluciones

Ayudas DOCTORADO HACIA LA EXCELENCIA (Aprobada en Consejo de Gobierno de 18/12/2014)

Proceso. Gestión de la movilidad de estudiantes

DOCTORADO EN ECONOMÍA Y GOBIERNO. Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP)

Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español

Becas de formación en el extranjero para profesionales españoles

PROGRAMA DE LA FUNDACIÓN DOCTOR MORAZA DE RETENCIÓN DE TALENTO EN INVESTIGACIÓN DEL CÁNCER EN LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA.

PREÁMBULO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Gabinete Jurídico. Informe Jurídico 171/2008

5. Ley 3/2014, 27 de marzo, Ley que modifica el texto de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: disposición final octava.

Expte. DI-90/ I.- Antecedentes

PROCEDIMIENTO PARA TRÁMITE Y LEGALIZACIÓN DE COMISIONES DE ESTUDIO

Convocatoria-Movilidad Estudiantil

ASISTENCIAS A CONGRESOS Y/O CURSOS FUERA DEL PROGRAMA DE POSTGRADO EN MFyC.

Proceso: Programas de movilidad de la E.U. de Magisterio de Vitoria-Gasteiz

Becas de formación especializada en seguros dirigidas a Iberoamérica y Portugal

Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006

CONCESIÓN DE LICENCIAS POR PERMISO SABÁTICO PARA EL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR

Tarjeta Profesional de la Construcción Información general

Instrucciones para el trámite de una Tesis Doctoral en la Universitat Ramon Llull

BASES DEL PROGRAMA DE BECAS DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DEL ATLÁNTICO CURSO ACADÉMICO 2016/2017

Investigación CONVOCATORIA 2008 DE 75 AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN: SALUD, PREVENCIÓN Y MEDIO AMBIENTE Y SEGUROS.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10

CONVOCATORIA DE BECAS

PROCEDIMIENTO N 012 EGASA Revisión N 4 PROCEDIMIENTO DE ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE CAPACITACIÓN DE EGASA

Transcripción:

Hospital Universitario Ramón y Cajal Subdirección de Docencia, Investigación y Calidad Unidad de Docencia Médica ACTUALIZACIÓN DE LA RMATIVA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTANCIAS FORMATIVAS DE MÉDICOS Y FACULTATIVOS N RELACIÓN CONTRACTUAL CON EL HOSPITAL RAMÓN Y CAJAL (Aprobado Comisión de Docencia el 5 de octubre de 2006, Acta 7) (Aprobado en la Comisión de Formación Continuada el 15 de marzo de 2007, Acta 3/2007 ) Actualizado en Abril de 2007 La actualización de esta normativa (aprobada en la Comisión de Docencia del día 11 de noviembre de 2003) viene motivada por cambios recientes en la política del Ministerio de Sanidad respecto a las autorizaciones de estancias formativas en centros sanitarios, así como por la necesidad de clarificar algunas situaciones especiales. A continuación se detallan los procedimientos y normativas que, una vez aprobadas en la Comisión de Docencia y la Comisión de Formación Continuada del Área Médica, regulan la autorización de estancias formativas en el Hospital Ramón y Cajal. ÍNDICE 1. Estancias formativas de MIR externos al Hospital 2. Estancias formativas de facultativos con titulación obtenida o convalidada en España 2.1. Procedimiento para estancias comprendidas entre 1 y 6 meses. 2.2. Procedimiento para estancias no superiores a 1 mes 2.3. Estancias superiores a 6 meses 3. Estancias formativas para médicos y facultativos extranjeros (sin titulación obtenida o convalidado en España) 3.1. Procedimiento para profesionales de la Unión Europea (UE) 3.2. Procedimiento para profesionales de países no miembros de la UE 3.3. Visitas de breve duración 4. Estancias de alumnos de tercer ciclo (tesis doctoral) 5. Estancias formativas de estudiantes de pregrado

1. Estancias formativas de MIR externos al hospital El Hospital recibe anualmente a especialistas en formación (MIR, BIR, FIR,...). Para ello el trámite incluye una solicitud de la Comisión de Docencia del hospital de origen, un informe favorable por el Servicio/Unidad de nuestro hospital, la aceptación de nuestra Comisión de Docencia y la aprobación por el Ministerio de Sanidad y Consumo. El residente visitante o rotante debe integrarse en todas las labores del Servicio/Unidad correspondiente, incluida la realización de guardias cuando la especialidad así lo tuviera establecido en nuestro hospital. Dichas guardias serán sufragadas por el hospital de origen. Nuestro centro no facilitará batas, zuecos o pijamas personales a estos facultativos en formación. Sí se facilitará la comida, cena y desayuno correspondientes al día de guardia. 2. Estancias formativas de facultativitos con titulación obtenida o convalidada en España 2.1. Procedimiento para estancias comprendidas entre 1 y 6 meses Podrán ser autorizados como médicos visitantes aquellos facultativos de nacionalidad española (o con título convalidado en España) que deseen recibir formación en el Hospital Universitario Ramón y Cajal durante periodos comprendidos entre 1 y 6 meses que cumplan los requisitos indicados a continuación. 1º. Presentarán una solicitud dirigida a la Subdirección Médica de Docencia, Investigación y Calidad que incluirá: Impreso de solicitud cumplimentado (según modelo adjunto del anexo 1) Fotocopia compulsada del título de médico y/o especialista. Fotocopia del DNI Breve curriculum profesional Carta de presentación del candidato de su Centro de procedencia 2º. La Subdirección Médica requerirá: La aceptación del Jefe del Servicio receptor en la que declarará que la aceptación del candidato no interferirá con la docencia a los residentes del Servicio La aceptación de la Comisión de Formación Médica Continuada 3º. El Director Gerente emitirá la correspondiente autorización 4º. El médico autorizado firmará un documento por el que se comprometerá al cumplimento estricto de las normas y términos contemplados en su autorización.

Los facultativos autorizados se considerarán médicos visitantes y durante el periodo de tiempo que dure su estancia en el Hospital no podrán ser responsables directos de la asistencia a pacientes, debiendo ser supervisados, en todo momento, por facultativos de plantilla del Hospital. El incumplimiento de esta norma se considerará una falta muy grave e implicará la inmediata anulación de la autorización con la consiguiente invitación a abandonar el Hospital. Las responsabilidades que pudieran derivarse del incumplimiento de esta norma recaerán sobre el Jefe del Servicio receptor. Los facultativos autorizados estarán obligados a seguir las normas generales del Servicio Madrileño de la Salud y las internas del Hospital Universitario Ramón y Cajal, así como aquellas que señale la legislación vigente, en especial las relativas a Protección de Datos Personales. 2.2. Procedimiento para estancias no superiores a 1 mes Podrán ser autorizados como médicos invitados aquellos facultativos de nacionalidad española (o con título convalidado en España) que deseen recibir formación en el Hospital Universitario Ramón y Cajal durante periodos no superiores a un mes y cumplan los requisitos indicados a continuación. 1º. Deberán presentar a la Subdirección Médica de Docencia, Investigación y Calidad una carta de solicitud y aval del Jefe del Servicio receptor. 2º. La Subdirección Médica requerirá la aceptación de la Comisión de Formación Médica Continuada. 3º. El Director Gerente emitirá la correspondiente autorización. 4º. El médico autorizado firmará un documento por el que se comprometerá al cumplimento estricto de las normas y términos contemplados en su autorización. Los facultativos autorizados se considerarán médicos invitados y durante el periodo de tiempo que dure su estancia en el Hospital solo podrán actuar como observadores. Ello implica que no podrán realizar ninguna actuación sobre pacientes. El incumplimiento de esta norma se considerará una falta muy grave e implicará la inmediata anulación de la autorización con la consiguiente invitación a abandonar el Hospital. Las responsabilidades que pudieran derivarse del incumplimiento de esta norma recaerán sobre el Jefe del Servicio receptor. Los facultativos autorizados estarán obligados a seguir las normas generales del Servicio Madrileño de la Salud y las internas del Hospital Universitario Ramón y Cajal, así como aquellas que señale la legislación vigente, en especial las relativas a Protección de Datos Personales.

2.3. Estancias superiores a 6 meses En tanto se desarrolla lo previsto en la LOPS sobre Áreas de Capacitación Específica, el Hospital, consciente de la necesidad de satisfacer la existencia de una demanda de formación subespecializada, está estudiando la posibilidad de encontrar fórmulas que permitan autorizar, con las debidas garantías, la realización de estancias para la realización de programas formativos reglados, previamente aprobados por la Comisión de Docencia. 3. Estancias formativas para médicos y facultativos extranjeros (sin titulación obtenida o convalidado en España) El Hospital ha recibido desde su creación a médicos y titulados superiores como visitantes, españoles y de otras nacionalidades, con el fin de aprender y conocer nuestras actividades asistenciales, de investigación y de formación. De hecho existe una rutina de funcionamiento que ordena y posibilita las visitas, en función de una regulación ministerial (Ministerio de Sanidad y Consumo; Ministerio de Educación, Cultura y Deporte) sobre las estancias de médicos extranjeros. Por otra parte, en el hospital hay médicos extranjeros como residentes de pleno derecho, con contratos similares al resto de residentes, lo cual les excluye de esta norma. Las autoridades sanitarias autorizan la estancia formativa en calidad de OBSEVADOR cuando el título de licenciado en Medicina no ha sido HOMOLOGADO (en el caso de médicos procedentes de países no miembros de la Unión Europea) o RECOCIDO (en el caso de países miembros de la Unión Europea). La rotación en calidad de OBSERVADOR implica que no podrán realizarse actos médicos de ningún tipo, incluso bajo supervisión. Considerando que tiene poco sentido realizar estancias prolongadas como mero observador, NUESTRO HOSPITAL AUTORIZARÁ ESTANCIAS SUPERIORES A TRES MESES. Las estancias de médicos visitantes extranjeros no pueden ser tomados en consideración para la homologación del títulos extranjeros con el las titulaciones españolas. Tampoco ninguna de estas estancias puede llevar pareja vinculación laboral alguna con nuestro Hospital ni una responsabilidad directa en la labor asistencial por parte del visitante. La complejidad de los trámites que se detallan a continuación obliga a iniciar el proceso con mucho tiempo de antelación. 3.1. Procedimiento para profesionales de la Unión Europea (UE) La duración máxima contemplada por el MSC para estas estancias es de 6 meses en un curso o hasta 12 meses durante todo el periodo formativo. El procedimiento y requisitos se detallan a continuación y se esquematizan en la figura A (la figura B describe un procedimiento alternativo, también válido, en el que el solicitante se dirige en primer lugar al ministerio de Sanidad, para que sea éste quien nos solicite la probación de la estancia en nuestro centro).

Solicitud del visitante para asistir al Servicio/Unidad dirigida directamente a la Comisión de Docencia del Hospital (puede emplearse el modelo del anexo 1) o al servicio donde desea realizar la estancia formativa, detallando el motivo de la visita, el periodo de la misma y adjuntando el Curriculum vitae Carta del hospital o institución sanitaria o académica de origen, avalando la solicitud de la estancia en nuestro centro. Si el solicitante dispone de una beca de ampliación de estudios de alguna institución deberá comunicarlo, así como su cuantía. Carta de aceptación del facultativo responsable de la supervisión de la estancia en nuestro hospital, con el visto bueno del Jefe de Servicio/Unidad. Si la solicitud se ha realizado directamente a la Comisión de Docencia este trámite es interno (Comisión de Docencia y Servicio implicado). La Comisión de Docencia del Hospital estudiará la documentación y comunicará la aprobación, en su caso, de la estancia formativa al interesado y al Servicio/Unidad en que se llevará a cabo (siempre y cuando el Ministerio de Sanidad conceda la autorización). A continuación el interesado deberá remitir la mencionada aprobación al Ministerio de Sanidad (Subdirección General de Ordenación Profesional, Paseo del Prado 18-20. 28014 Madrid) acompañada de la siguiente documentación. Fotocopia cotejada y visada con el original del Título de Especialista o Certificación original de las autoridades de su país competentes en la formación sanitaria especializada. RECOCIMIENTO del título de Licenciado correspondiente (Licenciado en Medicina y Cirugía o Licenciado en Farmacia) emitido por el Ministerio de Educación y Ciencia o bien fotocopia cotejada y visada con el original del título de Licenciado. EN ESTE ÚLTIMO CASO SOLAMENTE SE PERMITIRÁ LA ESTANCIA COMO OBSERVADOR. Fotocopia cotejada y visada con el original del Pasaporte o del D.N.I. Para más información sobre el reconocimiento del título visitar la página web http://www.mec.es/mecd/jsp/plantilla.jsp?id=8&area=titulos Las solicitudes deberán dirigirse por correo ordinario, al menos con DOS MESES de antelación a la realización de la estancia, al Ministerio de Sanidad y Consumo. Una vez analizada la documentación anteriormente reseñada, se otorgará, por el citado Ministerio, la oportuna autorización si procede, indicando a partir de que fecha podría iniciarse la estancia formativa solicitada.

3.2. Procedimiento para profesionales de países no miembros de la UE Las estancias para la formación complementaria podrán ser: De un máximo de 12 meses en el caso de médicos o farmacéuticos. De un máximo de 12 meses, prorrogable a otros 12 más, en el caso de médicos especialistas. El procedimiento y requisitos se detallan a continuación y se esquematizan en la figura A (la figura B describe un procedimiento alternativo, también válido, en el que el solicitante se dirige en primer lugar al ministerio de Sanidad, para que sea éste quien nos solicite la aprobación de la estancia en nuestro centro). La tramitación de las estancias incluye la siguiente documentación y requisitos (figura A): Solicitud del visitante para asistir al Servicio/Unidad dirigida directamente a la Comisión de Docencia del Hospital (puede emplearse el modelo del anexo 1) o al servicio donde desea realizar la estancia formativa, detallando el motivo de la visita, el periodo de la misma y adjuntando el Curriculum vitae Carta del hospital o institución sanitaria o académica de origen, avalando la estancia en nuestro centro. Si el solicitante dispone de una beca de ampliación de estudios de alguna institución deberá comunicarlo, así como su cuantía. Carta de aceptación del facultativo responsable de la supervisión de la estancia en nuestro hospital, con el visto bueno del Jefe de Servicio/Unidad. Si la solicitud se ha realizado directamente a la Comisión de Docencia este trámite es interno (Comisión de Docencia y Servicio implicado). La Comisión de Docencia del Hospital estudiará la documentación y comunicará la aprobación, en su caso, de la estancia formativa al interesado y al Servicio/Unidad en que se llevará a cabo (siempre y cuando el Ministerio de Sanidad conceda la autorización). A continuación el interesado deberá remitir la mencionada aprobación al Ministerio de Sanidad (Subdirección General de Ordenación Profesional, Paseo del Prado 18-20. 28014 Madrid) acompañada de la siguiente documentación: Fotocopia cotejada y visada con el original del Título de Especialista o Certificación original de las autoridades académicas de su país del periodo de formación en que se encuentra, duración total de la especialidad y denominación de la misma.

Fotocopia cotejada y visada con el original del pasaporte. Fotocopia cotejada y visada con el original de la HOMOLOGACIÓN del título de Licenciado en Medicina o en Farmacia emitido por el Ministerio de Educación y Ciencia (Paseo del Prado nº 28, 28071 Madrid) o bien fotocopia del título de Licenciado expedido por el país que corresponda. EN ESTE ÚLTIMO CASO SOLAMENTE SE PERMITIRÁ LA ESTANCIA COMO OBSERVADOR. Para encontrar información sobre el trámite de homologación puede visitarse la siguiente página web: http://www.mec.es/mecd/jsp/plantilla.jsp?id=4&area=titulos 3.3. Visitas de breve duración Cuando se plantee una visita de breve duración (días o semanas), la Comisión de Docencia considera que no es exigible toda la tramitación descrita en los puntos anteriores y, evidentemente la autorización únicamente permitirá realizar una estancia como OBSERVADOR. El interesado deberá comunicar su solicitud acompañada de la aceptación del Jefe de Servicio receptor. 4. Estancias de alumnos de tercer ciclo (tesis doctoral) Siempre que el alumno vaya a compatibilizar la realización de la tesis doctoral con actividades formativas que impliquen la realización de actos médicos será preciso cumplir con toda la normativa expuesta en los apartados 2 Y 3. En caso contrario los requisitos precisos para la aceptación de nuestro hospital se limitan a los siguientes: Solicitud del alumno, especificando el tema y título de la tesis doctoral, adjuntando su CV Carta de aceptación del facultativo que es el director de la tesis, con el visto bueno del Jefe de Servicio/Unidad Aprobación por la Comisión de Docencia del Hospital Disponer de un seguro de accidentes (si realiza trabajo experimental en un Laboratorio) y asistencia sanitaria No dispondrán de vales de comida, ni se les facilitará batas u otros objetos personales de vestuario.

5. Estancias formativas de estudiantes de pregrado Los trámites correspondientes a esta situación se realizan en la Secretaria del Decanato de la Facultad (oficinas en el Pabellón Docente, junto al hospital).

A.- El interesado remite su solicitud a Docencia Médica B.- El interesado remite su solicitud al Ministerio de Sanidad Solicitud recibida por Docencia Médica Solicitud recibida por el Ministerio de Sanidad Docencia consulta al Servicio solicitado El Ministerio la remite a la Comisión de Docencia La Comisión de Docencia valora la solicitud Docencia lo notifica al interesado El interesado debe remitir la documentación al Ministerio de Sanidad Solicitud denegada La Comisión consulta al Servicio solicitado La Comisión de Docencia Valora la solicitud Docencia lo notifica al Ministerio de Sanidad El Ministerio lo notifica al solicitante y a la Comisión de Docencia SOLICITUD ACEPTADA El Ministerio lo notifica al solicitante y a la Comisión de Docencia