Financiación y Propiedad Industrial. XI Conferencia Anual de las Plataformas Tecnológicas de Investigación Biomédica, 6 de marzo de 2017

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Transcripción:

Financiación y Propiedad Industrial XI Conferencia Anual de las Plataformas Tecnológicas de Investigación Biomédica, 6 de marzo de 2017

Recursos para generar nuevos conocimientos con valor económico Capacidad para obtener rendimiento del conocimiento como incentivo Patentes: contribuyen a generar estos incentivos como opción La actividad inventiva implica Consecuencia: sirven para impulsar la innovación tecnológica

Beneficio Problema a resolver Nueva idea+ investigación + desarrollo + implantación (proceso, servicio o producto) INNOVACIÓN

Gestión de la innovación: política estratégica de Propiedad Industrial Qué requisitos para la protección se cumplen? Qué alcance se le va a dar a la protección? Es decir, nacional o internacional Ingresos Costes Costes de la protección, tasas de solicitud, trámite y mantenimiento. Este parámetro se tiene muy en cuenta para el alcance internacional de la protección Protección Competitividad Valorización Comercialización Ventajas competitivas que nos va a proporcionar la protección. Planes comerciales Valor económico del producto Estrategias de venta

Gestión de la innovación: política estratégica de Propiedad Industrial Proteger por PI? Vigilancia tecnológica En donde? Vigilancia de los derechos de terceros Defensa de los derechos propios Fabricar o licenciar?

Gestión de la innovación: política estratégica de Propiedad Industrial Proteger por PI Estrategia de PI: tener patentes no es la meta, el objetivo es generar valor a partir de la cartera de PI. Para ello es necesario desarrollar una estrategia de PI integrada en la estrategia de negocio. Para implementar la estrategia de PI es importante gestionar proactivamente el Portfolio de PI: Aconsejar al departamento de I+D sobre el tipo de invenciones interesantes, adquirir PI si es más barata o más rápida que los desarrollos propios, licenciar nuestras patentes.

Mercados y competidores Gestión de la innovación: política estratégica de Propiedad Industrial Dónde Dónde hay probabilidades de comercializar el producto patentado? Cuáles son los principales mercados para productos similares? Dónde se fabricará el producto? Dónde están los principales competidores? Costes Cuáles son los costes de patentar en cada uno de los mercados dónde va destinado el producto? y cuál es mi presupuesto? Litigios Qué dificultades tendrá hacer valer los derechos de patente en un país determinado? Representante, idioma

PATENTE NACIONAL: Costes de tasas de tramitación, con un valor medio de anualidades y excluyendo costes de agentes: Entre 2000-2500 euros PATENTE EUROPEA: Costes de tasas de tramitación incluyendo validaciones mínimo unos 5000 euros y luego multiplicaría al menos por 1000 por cada país y valor promedio de anualidades. Para 8 países serían como 13.000 euros más agentes. PCT: Tramitación 3000 euros. Y por cada país mínimo 3000 euros adicionales ya que el sesgo del PCT son los países más importantes en los que hay que hacer la tramitación completa más las anualidades. Luego para 10 países serían 33.000 euros más agentes.

Gestión de la innovación: política estratégica de Propiedad Industrial FABRICAR O LICENCIAR TIPOS DE LICENCIAS LICENCIAS CONTRACTUALES LICENCIAS DE PLENO DERECHO LICENCIAS OBLIGATORIAS

LICENCIAS CONTRACTUALES Acuerdo entre partes (licenciante-licenciatario): voluntarias Licencia exclusiva Licencia no exclusiva LICENCIAS CONTRACTUALES RELACION LICENCIANTE-LICENCIATARIO OBLIGACION DEL LICENCIANTE DE DAR LOS DATOS TÉCNICOS NECESARIOS PARA LA PUESTA EN PRACTICA OBLIGACION DEL LICENCIATARIO DE GUARDAR CONOCIMIENTOS SECRETOS EL LICENCIATORIO SÓLO PUEDE CEDERLA A TERCEROS O CONCEDER SUB- LICENCIAS PREVIO ACUERDO

LICENCIAS DE PLENO DERECHO SIEMPRE SON LICENCIAS NO EXCLUSIVAS RELACION OEPM-LICENCIANTE-LICENCIATARIO LA OEPM REGISTRA EL OFRECIMIENTO Y LO PUBLICITA LA OEPM REBAJA A LA MITAD LAS TASAS ANUALES LA OEPM FIJA LA COMPENSACION ECONÓMICA SI NO EXISTE ACUERDO LICENCIANTE-LICENCIATARIO SE EXTINGUE LA LICENCIA SI EL LICENCIATARIO NO INFORMA Y NO ABONA LA COMPENSACION

LICENCIAS OBLIGATORIAS REQUISITOS FALTA O INSUFICIENCIA DE EXPLOTACIÓN DEPENDENCIA ENTRE LAS PATENTES MOTIVOS DE INTERÉS PÚBLICO (DEFENSA, SALUD, PERJUICIO ECONÓMICO O TECNOLÓGICO)

Apoyo a PYME y emprendedores: reducción de un 50%: tasa de solicitud de Patente o Modelo de utilidad tasa realización del Informe sobre el Estado de la Técnica tasa realización Examen tasas mantenimiento: 3 primeras anualidades

Apoyo a Las Universidades : Disposición adicional décima. Aplicación del régimen de tasas para la obtención y mantenimiento de los títulos previstos en esta Ley. 1. Las universidades públicas tendrán derecho a una bonificación del cincuenta por ciento en el importe de las tasas abonadas para la obtención y mantenimiento de los títulos de propiedad industrial regulados en esta Ley y solicitados con posterioridad a la entrada en vigor de la misma. 2. La bonificación será del cien por cien, siempre que acrediten que en el plazo establecido en el artículo 90.2 se ha producido una explotación económica real y efectiva de la patente o del modelo de utilidad. En este caso, las universidades podrán solicitar la devolución del importe de las tasas abonadas, en los términos que se establezcan reglamentariamente

Programa de Subvenciones OEPM

PATENT BOX SELLO DE PYME INNOVADORA NUEVA LEY DE PATENTES

PATENT BOX Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización Introduce mejoras significativas en el régimen denominado Patent Box para cesiones de intangibles: trata de incentivar que las empresas identifiquen y exploten sus activos intangibles con la finalidad de impulsar su desarrollo e internacionalización Reducción del 60% de las rentas (diferencia positiva entre ingresos y gastos relativos al intangible objeto de cesión) derivadas de la cesión de los intangibles, procedentes tanto de la transmisión como de la cesión del derecho de uso o de explotación que hayan sido creadas al menos en un 25% por el propio cedente fruto del esfuerzo de su actividad innovadora

Pueden utilizarlo todo tipo de empresas, sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades, y aplica a: patentes, diseños, planos, fórmulas o procedimientos secretos, derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas PATENT BOX se amplía a aquéllas que hayan creado, al menos, el 25% del activo intangible, en vez del 100% que exigía la redacción anterior Objetivo: beneficiar aquellos contribuyentes que acrediten haber desarrollado directamente una actividad inventora respecto a aquellos que se limitan a encargar o comprar a terceros, en España o en el extranjero, el fruto de dicha actividad inventora

APOYO A LA I+D+I: SELLO PYME INNOVADORA El Real Decreto 475/2014 bonificaciones en la cotización la Seguridad Social del personal investigador con esta medida las empresas que hacen I+D+i podrán bonificarse del 40% de las cuotas por contingencias comunes permite la reducción inmediata de gastos empresariales y favorece la contratación del personal investigador. en su artículo 6 establece la definición de PYME innovadora Entre los requisitos para reconocer a una PYME como innovadora está: disponer de una Patente propia en explotación en un período no superior a cinco años anterior al ejercicio del derecho de bonificación.

MUCHAS GRACIAS @OEPM_es OEPM

Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM)