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Transcripción:

RESUMEN DE LAS PRINCIPALES MODIFICACIONES AL DICTAMEN FISCAL 2009 ANEXO Datos generales Estado de posición financiera Estado de resultados Estado de variaciones en el capital contable Estado de flujos de efectivo Notas a los estados financieros Estado de resultados segmentado (Aplica a contribuyentes que realizaron operaciones con partes relacionadas) Integración analítica de ventas o ingresos netos Determinación del costo de lo vendido para efectos contables y del las subcuentas de gastos las subcuentas de otros gastos las subcuentas del resultado integral de financiamiento Relación de contribuciones a cargo COMENTARIOS Requiere el RFC de los asesores fiscales del contribuyente. Adecua la presentación de los diferentes impuestos federales por recuperar y por pagar. Modifica la presentación de la PTU y la incorpora en el anexo " las subcuentas de otros gastos". Permite el uso del método directo o indirecto. Presentación opcional. Requiere se señalen los conceptos de ingresos operativos y no operativos considerados como otros ingresos. Elimina el requerimiento de clasificación de las partidas deducibles o no deducibles para IETU. Incorpora la PTU. Transfiere parte de la información a los anexos de datos informativos y al anexo de créditos fiscales.

del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador Declaratoria Relación de pagos provisionales y pagos mensuales definitivos Determinación de pagos provisionales y pagos mensuales definitivos Base para la determinación del impuesto retenido sobre honorarios, arrendamientos e intereses Operaciones con residentes en el Responsabilidad solidaria por operaciones de residentes en el (Exclusivamente enajenación de acciones) Determinación mensual del impuesto a los depósitos en efectivo Relación del impuesto a los depósitos en efectivo recaudado y pendiente de recaudar (Aplicable a las instituciones del Clarifica que el contribuyente o su representante legal debe presentar esta declaración bajo protesta de decir verdad en la que manifiesta que se incluyen todas las contribuciones federales a las que está obligado, así como las obligaciones en su carácter de retenedor o recaudador y que en el ejercicio dictaminado surtieron o no efectos las resoluciones, autorizaciones, subsidios, estímulos o exenciones aplicadas conforme lo establece el artículo 68 del RCFF. Elimina el requerimiento del IVA pagado en aduanas. Elimina la información relativa al Alcance de la Responsabilidad Solidaria. Sólo se requiere cuando el contribuyente cuando es recaudador de este impuesto.

sistema financiero a que se refiere la LIDE) Relación de contribuciones por pagar Conciliación entre el resultado contable y fiscal para efectos del Integración del inventario acumulable Integración de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores Cuenta de Utilidad Fiscal Neta. CUFIN Cuenta de Utilidad Fiscal Neta Reinvertida. CUFINRE Operaciones financieras derivadas contratadas con residentes en el Cuentas y documentos por cobrar y por pagar en moneda extranjera Préstamos del Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y afiliadas residentes en el Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes sociales Ingresos sujetos a regímenes fiscales Sólo se requiere cuando se hubieren aplicado pérdidas fiscales en el ejercicio; excepto que se trate de grandes contribuyentes, fusiones o escisiones. Sólo se requiere cuando se hayan distribuido dividendos provenientes de la CUFIN, excepto que se trate de grandes contribuyentes. Sólo se requiere cuando se hayan distribuido dividendos provenientes de la CUFINRE, excepto que se trate de grandes contribuyentes. Requiere la información del ejercicio fiscal de 2009 y de 2008. No requiere el detalle de las acciones colocadas entre el gran público inversionista.

preferentes Conciliación entre el resultado contable y el determinado para el Impuesto Empresarial a Tasa Única Acreditamiento de créditos fiscales determinados para efectos del Impuesto Empresarial a Tasa Única Conciliación entre los ingresos dictaminados, según estado de resultados, los acumulables para efectos del Impuesto Sobre la Renta, los percibidos para efectos del Impuesto Empresarial a Tasa Única y el total de actos o actividades para efectos del Impuesto al Valor Agregado Operaciones con partes relacionadas Información del contribuyente sobre sus operaciones con partes relacionadas Inversiones y terrenos Determinación de la renta gravable para efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas de conformidad con el artículo 16 de la Ley del Requiere la información de todo el anexo. Es recomendable conciliar individualmente las partidas que se incluyen en este anexo A diferencia del ejercicio anterior, requiere la información de todo el anexo. Se reformula este anexo eliminando diversos requisitos que se solicitaban hasta el ejercicio inmediato anterior además de que no se requerirá la información relativa al IETU que se señala en este anexo. Se reformula este anexo eliminando diversos requisitos que se solicitaban hasta el ejercicio inmediato anterior. A diferencia del ejercicio anterior, se requiere la información de todo el anexo.

Datos informativos Incluye parte de la información que antes se incluía en el anexo de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador. Requiere desglosar algunos datos relativos al IETU. Operaciones de comercio exterior Integración de cifras reexpresadas Operaciones realizadas a través de fideicomisos Cuestionario de diagnóstico fiscal Establece cuestionamientos específicos para los contribuyentes en relación con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y el seguimiento que el CPR debe dar al respecto. Los cuestionamientos relativos al alcance de la revisión podrán no presentarse. Cuestionario en materia de precios de transferencia Establece cuestionamientos específicos para los contribuyentes en relación con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y el seguimiento que el CPR debe dar al respecto. * * * * *