PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

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Transcripción:

ÁREA DESARROLLO HUMANO E INCLUSIÓN SOCIAL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Mg. ROCÍO MÓNICA VERA HERRERA Licenciada en Educación. Magíster en Gestión y Administración de la Educación. Docente y Consultora en Educación y Desarrollo Humano LIMA - PERÚ ENERO 2015

CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN. 2. PRINCIPALES NORMAS REGULADORAS DE LOS DERECHOS DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ. 3. EL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

1. INTRODUCCIÓN Las personas con discapacidad en el Perú forman parte de los estratos sociales más vulnerables y excluidos de la población a pesar, incluso, de su significativo número. En el país, según el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), existen más de un millón y medio de personas con algún tipo de discapacidad, lo que representa aproximadamente el 5% de nuestra población total 1. De allí la importancia del establecimiento de un adecuado marco legal para su promoción, protección y realización. 1 Según información de: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA (INEI). RESULTADOS DE LA PRIMERA ENCUESTA NACIONAL ESPECIALIZADA SOBRE DISCAPACIDAD. Lima, julio 2013.

2. PRINCIPALES NORMAS REGULADORAS DE LOS DERECHOS DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ. La Constitución Política del Perú reconoce en su artículo 7 el derecho de la persona con discapacidad al respeto de su dignidad y al goce de un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad. Igualmente los artículos 2 (inciso 2), 23, 26 (inciso1) y 59 reafirman sus derechos y trasladan al Estado la responsabilidad de hacerlos respetar.

PRINCIPALES NORMAS REGULADORAS DE LOS DERECHOS DE LA DISCAPACIDAD EN EL PERÚ. PERSONA CON CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, APROBADA MEDIANTE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA N 27484 Y RATIFICADA POR DECRETO SUPREMO N 052 2001 RE. Los objetivos de esta Convención son la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad.

PRINCIPALES NORMAS REGULADORAS DE LOS DERECHOS DE LA DISCAPACIDAD EN EL PERÚ. PERSONA CON CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SU PROTOCOLO FACULTATIVO, APROBADA MEDIANTE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA N 29127 Y RATIFICADA POR DECRETO SUPREMO N 073-2007-RE. El propósito de esta Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

PRINCIPALES NORMAS REGULADORAS DE LOS DERECHOS DE LA DISCAPACIDAD EN EL PERÚ. PERSONA CON DECRETO LEGISLATIVO N 1098, LEY DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES. Esta ley establece las competencias del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), regula su naturaleza jurídica, competencias exclusivas y competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, rectorías, funciones, estructura orgánica básica y relaciones con otras entidades. En su Artículo 3, señala que el MIMP diseña, establece, promueve, ejecuta y supervisa políticas públicas a favor de las mujeres y de las poblaciones vulnerables consideradas como grupos de personas que sufren discriminación o situaciones de desprotección: personas con discapacidad

PRINCIPALES NORMAS REGULADORAS DE LOS DERECHOS DE LA DISCAPACIDAD EN EL PERÚ. PERSONA CON LEY N 28530, LEY DE PROMOCIÓN DE ACCESO A INTERNET PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y DE ADECUACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO EN CABINAS PÚBLICAS DE INTERNET. Esta Ley establece y regula la promoción del acceso al uso de internet y de las tecnologías de la información a las personas con discapacidad y la progresiva eliminación de las barreras físicas y tecnológicas que les impida su integración a la Sociedad de la Información y su reinserción al mercado laboral.

PRINCIPALES NORMAS REGULADORAS DE LOS DERECHOS DE LA DISCAPACIDAD EN EL PERÚ. PERSONA CON LEY N 29973, LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD. Esta Ley tiene la finalidad de establecer el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica.

PRINCIPALES NORMAS REGULADORAS DE LOS DERECHOS DE LA DISCAPACIDAD EN EL PERÚ. PERSONA CON DECRETO SUPREMO Nº 015-2006-MIMDES, QUE DECLARA EL PERÍODO 2007-2016, COMO EL DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ. Mediante este decreto se declara el período 2007-2016 como el Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú y establece la obligación de todos los sectores y niveles de gobierno de impulsar programas, proyectos y acciones encaminadas a alcanzar la inclusión y la participación plena de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la sociedad.

PRINCIPALES NORMAS REGULADORAS DE LOS DERECHOS DE LA DISCAPACIDAD EN EL PERÚ. PERSONA CON DECRETO SUPREMO Nº 007-2008-MIMDES, QUE APRUEBA PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2009-2018 Y LA CONFORMACIÓN DE COMISIÓN MULTISECTORIAL PERMANENTE ENCARGADA DE SU MONITOREO Y SEGUIMIENTO. Este Decreto Supremo aprueba el Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018, orientado a contribuir con la mejora de la calidad de vida de la población con discapacidad por medio de la prevención, atención preferente, adopción de acciones afirmativas y el fortalecimiento y la ampliación de los servicios existentes, facilitando su acceso, calidad y cobertura. Asimismo, esta norma aprueba la constitución y conformación de la Comisión Multisectorial Permanente encargada del seguimiento y monitoreo de las acciones señaladas en el Plan de Igualdad de Oportunidades de las Personas con Discapacidad 2009-2018 con la finalidad de lograr su implementación por parte de los sectores involucrados.

PRINCIPALES NORMAS REGULADORAS DE LOS DERECHOS DE LA DISCAPACIDAD EN EL PERÚ. PERSONA CON DECRETO SUPREMO N 002-2014-MIMP, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY N 29973. Esta norma tiene como objeto establecer las disposiciones reglamentarias de la Ley N 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, con la finalidad de establecer las condiciones para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de las personas con discapacidad, así como su inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica.

3. EL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2009-2018 (DECRETO SUPREMO 007-2008-MIMDES)

El PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD PIO 2009 2018 (D.S 007-2008-MIMDES) O B J E T I V O INSTRUMENTO TÉCNICO-POLÍTICO DE PLANIFICACIÓN, ORIENTADO A CONTRIBUIR CON LA MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACIÓN DISCAPACITADA

POR MEDIO, de la prevención, atención preferente, adopción de acciones positivas y el fortalecimiento y la ampliación de los servicios existentes, facilitando su acceso, calidad y cobertura EL OBJETIVO ESTRATÉGICO DEL PIO 2009-2018: Transformar las políticas públicas: Cambiar el enfoque: Hacer visible la problemática de la discapacidad. De homogéneas y excluyentes a inclusivas. Trabajar intensamente entre el Estado, la sociedad civil y el sector privado De actividades aisladas de algunos organismos públicos, a ganar la atención y la acción de la sociedad

Qué es el Plan de Igualdad de Oportunidades-PIO? INQUIETUDES PROBLEMÁTICA Convención sobre DD -PcD Ley 29973 Convenios Internacionales ESTADO PERUANO Personas con Discapacidad Instrumento Técnico-Político beneficio

Quién es la Entidad encargada? Ministerio de Salud Ministerio de Educación Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Trabajo CONADIS

Qué busca? P I O proteger y fomentar el disfrute pleno de los derechos Personas con Discapacidad Respeto a su dignidad inherente.

Principios reconocidos por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Autonomía individual Tomar las propias decisiones El Respeto de la Dignidad Inherente Aceptación de la discapacidad Respeto de las capacidades Derecho a la Identidad igualdad entre el hombre y la mujer La igualdad de oportunidades Accesibilidad La no discriminación Participación e Inclusión plena efectiva SOCIEDAD

ÁREAS DE INTERVENCIÓN DESDE EL ESTADO: POBLACIONES VULNERABLES TRABAJO SALUD EDUCACIÓN

SALUD Prevención de discapacidades Acceso a los Servicios de Salud Servicios de Intervención Temprana. Fortalecimiento de los Servicios de Medicina de Rehabilitación Apoyo a las actividades y programas científicos.

EDUCACIÓN Pertinente, abierta, flexible y permanente La Equidad La Calidad La Inclusión iguales oportunidades de acceso Educación Integral Incorpora a la Sociedad

POBLACIONES VULNERABLES Desarrollo de capacidades humanas y respeto de los derechos fundamentales Promoción de oportunidades y capacidades económicas Inclusión de las Personas con Discapacidad por medio de la familia comunidad Establecimiento de una red de protección social

TRABAJO Sensibilización a la sociedad, respecto a la PcD en el ámbito laboral. Elaboración, Promoción y Difusión de normas laborales aplicables a Personas con Discapacidad. Acceso al mercado de trabajo en igualdad de Oportunidades Promoción de la inserción laboral de Personas con Discapacidad, en los sectores públicos y privados Erradicación de actos discriminatorios hacia la Persona con Discapacidad en el ámbito laboral

MONITOREO Y SEGUIMIENTO DEL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES MIMP Personas con Discapacidad artículo 5 del Decreto Supremo Nº 007-2007 Sociedad Organizac. que las representan CONADIS Civil