PROCEDIMIENTO DE TRABAJO PARA INVESTIGACIÓN LEGISLATIVA

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Transcripción:

HOJA 1 DE 8 PROCEDIMIENTO DE TRABAJO PARA INVESTIGACIÓN LEGISLATIVA CII-8.5-01 1. Objetivo 2. Alcance Ser el apoyo técnico jurídico, a través de la investigación documental y de campo, en las áreas, jurídica, histórica; política económica; y en las demás materias que sean motivo de legislación, para la elaboración de normas jurídicas. Inicia desde la solicitud de investigación por parte de las comisiones legislativas, en cuanto a temas jurídicos, históricos, políticos, económicos, y en las demás materias que sean motivo de legislación; y concluye con la entrega en tiempo y forma de lo solicitado. 3. Responsabilidades Puesto 3.1. Coordinador del Instituto de Investigaciones Legislativas 3.2. Unidad de análisis legislativo 3.3. Informática legislativa Responsabilidades Generales 3.1.1. Investigar en forma permanente los antecedentes históricos de las leyes, códigos, reglamentos y decretos vigentes en la entidad. 3.1.2. Efectuar estudios comparativos de la legislación del Estado, con la que rige en otras entidades federativas y en el orden federal. 3.1.3. Con la autorización del Comité del Instituto de Investigaciones Legislativas, participar en los seminarios, congresos y foros de consulta que se celebren en el Estado, en otras entidades o a nivel internacional. 3.1.4. Elaborar, preparar e impartir cursos de capacitación legislativa, y de otras materias que le sean le sean encomendados. 3.1.5. Elaborar, preparar, e impartir cursos por lo menos una vez al año, relacionados con elementos técnicos para elaboración de iniciativas, y conocimientos básicos del proceso legislativo para los diputados, luego de su toma de protesta al cargo. a fin de que cuenten con conocimientos y habilidades necesarias para cumplir con sus funciones parlamentarias bajo criterios de eficacia lee alidad. 3.2.1. Corresponde la investigación jurídica, documental y de campo, que fundamente el trabajo legislativo de las comisiones y que para el caso de la caeacitación legislativa, habrá de analizar la información a exponer. 3.3.1. A la que corresponde el acopio, clasificación, actualización, generación de bases de datos y actualización de la legislación del Estado; para el caso de la capacitación, habrán de generar la memoria del curso. 3.4. Biblioteca 3.4.1. El acopio, clasificación y resguardo de los documentos, material bibliográfico, hemerográfico y audiovisual, para la consulta del público en general y en su caso. el préstamo a los diputados y al personal del Congreso; y para el caso de la capacitación, servir de resguardo de las memorias producidas con motivo del curso. 3.5. Contralor 3.5.1. Revisa el cumplimiento de la norma ISO 9001-2008 4. Políticas. 4.1. Toda investigación del Instituto de Investigaciones, se realiza bajo cuatro perspectivas, a saber; jurídica, teórica, estadística e histórica. 4.2. Verificación de fuente de información. CI-7.5-01-00-02

PROCEDIMIENTO DE TRABAJO PARA INVESTIGACIÓN LEGISLATIVA HOJA 2 DE 8 CII-8 5-01 4.3. Establecimiento de tiempos. 4.4. Garantizar la confidencialidad y las demás que señalen los ordenamientos legales o que determine la Directiva y la JUCOPO. 5. Definiciones Términos mencionados en este Documento Término Definición 5.1. SGC Sistema de Gestión de Calidad 5.2. HL Instituto de Investigaciones Legislativas 5.3. CIIL Coordinador del Instituto de Investigaciones 5.4. Directiva Directiva del H. Congreso del Estado 5.5. JUCOPO Junta de Coordinación Política 6. Desarrollo 3 4 7 Responsable Diputado / Asesores de Comisión CIIL CIIL / Personal de apoyo del HL CIIL y/o CIIL y/o CIIL y/o Fuente de información Actividades Emite oficio de solicitud de investigación. Problematiza, es decir, identifica, selecciona, estructura y delimita el problema de investigación. De manera inmediata, define al investigador que se hará cargo de la investigación, toma en consideración su preparación académica y experiencia práctica. Si es un tópico dominado por el CIIL, podrá ser éste quien ejecute la investigación. Establece líneas de investigación, como consecuencia de reformas constitucionales, leyes federales y armonización de tratados internacionales, así como criterios jurisprudenciales novedosos. Establece la metodología que se habrá de emplear en la investigación, toma en consideración para ello, el tópico derivado de la línea de investigación. Define el tiempo total de investigación, habiendo seccionado la temporalidad de cada etapa de la investigación y define su fecha de entrega. Busca, clasifica y contrasta la información, siempre en el tiempo establecido y en todo momento con la referencia de ' la fuente de información. Expide información, con base en la legislación de transparencia. Documento de Trabajó Control y seguimiento CII-8.5-01-00-01 Problematización CII-8.5-01-00-02 9 CIIL y/o Compara y verifica la información con diversas fuentes, y procura que consta en documento público para ser prueba plena. Oficio de contestación CI-7.5-01-00-02

PROCEDIMIENTO DE TRABAJO PARA INVESTIGACIÓN LEGISLATIVA HOJA IDE 8 CII-8.5-01 ; \. 1 < 1, 1 I U 1 ) ( \ 10 CIIL y/o Si la información no pudo ser verificada, acude a la fuente de información para realizar nueva búsqueda. 11 CIIL Si la información pudo ser verificada, revisa en su totalidad proyecto de investigación, ortografía, sintaxis, fuentes y estilo de redacción. 12 Diputado Si aprueba investigación, concluye procedimiento. 13 Diputado Si no aprueba investigación, regresa la misma a su origen, N.A. es decir, al investigador encargado, desde la etapa del establecimiento de metodología. 14 CIIL Establece el indicador de cumplimiento en atención a las solicitudes (solicitudes realizadas/solicitudes solicitadas), es decir, determina un porcentaje de cumplimiento. 01-7 5-01-00-02 REV 00

' PROCEDIMIENTO DE TRABAJO PARA INVESTIGACIÓN LEGISLATIVA HOJA 4 DE 8 CII-8.5-01 7. Diagrama de flujo Investigación Legislativa Diputados / Asesores de Comisiones Coordinador del Instituto de Investigaciones Legislativas / Personal de Apoyo del Instituto de Investigaciones Legislativas Fuente de Información ( Inicio ) / Emiten Oficio de Solicitud de Investigación Define Investigador -- Establece línea y metodología de investigación 4, (5 Define fuentes de Información 4, Solicita Información a la fuente definida Expide la Información Solicitada Busca, Clasifica y contrasta la información Revisión de la Investigación < Tly Generación de Investigación C>. Aprueba la investigación? Si * Envía la información al solicitante Fin 01-7.5-01-00-02 REV 00

\ p, pi, i k. p,; PROCEDIMIENTO DE TRABAJO PARA INVESTIGACIÓN LEGISLATI VA HOJA 5 DE fi CII-8 5-01 8. Referencias Documentos a los cuales se hace referencia Titulo Código 8.1. Manual de Calidad MC 8.2. Procedimiento para el control de documentos CI-7.5-02 8.3. Instrucción de trabajo para codificación de documentos CI-7.5-01-01 9. Control de Registros Código Almacenado Recuperación Protección Retención Disposición CII-8.5-01-00-01 En forma Se localiza en la En protectores Durante la Cinco años Control y seguimiento Electrónica y carpeta de de plástico vigencia de CII-8.5-01-00-02 Problematización física procedimientos del S.G.C, así como en dos PC del HL. (impresos), hacer un respaldo en PC cada mes (electrónico) la legislatura 10. Anexos Formatos Anexo Código Titulo 10.1 CII-8.5-01-00-01 Control y seguimiento 10.2 CII-8.5-01-00-02 Problematización Cl-7.5-01-00-02

e PROCEDIMIENTO PARA CAPACITACIÓN LEGISLATIVA HOJA 6 DE 10 CII-7 2-01 30/07/14 Anexo 10.1 CII-7.2-01-00-01 Detección de Necesidades de Capacitación Legislativa Fecha: Fecha Nombre del curso Porque se requiere Puesto que lo requiere Fecha propuesta Rey. 00 ELABORÓ: CI-7.5-01-00-02

PROCEDIMIENTO PARA CAPACITACIÓN LEGISLATIVA HOJA 7 DE 10 CII-7.2-01 30/07/14 L Anexo 10.2 C11-7.2-01 -00-02 Lista de Verificación de Instructor Fecha: Instructor Nombre Nivel académico Grado de especialización Experiencia Referen cias Instructor Instructor Instructor Rey. 00 ELABORÓ: CI-7 5-01-00-02 REV 00

PROCEDIMIENTO DE TRAB 1J0 PARA INVESTIGACIÓN LEGISL ATIVA HOJA 8 DE fi CII-8 5-01 11. Control de cambios FECHA DEL ESTADO DE RAZON O MOTIVO DEL CAMBIO CAMBIO REVISIÓN 31-07-2014 00 Emisión del documento 14-06-2016 01 Revisión del Procedimiento, Cambio de logo y Revisión de Anexos 30-04 -2018 02 Adaptación a ISO 9001:2015 y Modificación a contenido y diagrama de flujo. 12. Cuadro de aprobación ELABORÓ: Coordinador del Instituto de Investigaciones Legislativas FIRMA FECHA: 30-04 -2018 REVISO: Presidente del Comité de Calidad FECHA: 30-04 -2018 REVISO: Junta de Coordinación Política FECHA: 30-04 - 2018 APROBO: Directiva FECHA: 30-04-2018 CI-7.5-01-00-02