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Transcripción:

P R O G R A M A D E P R E S T A C I O N E S A D I C I O N A L E S A F I L I A D O S P E N S I O N A D O S A Ñ O 2018 Aprobado en sesión de Directorio Nº 799, ordinaria, de 26 de Diciembre de 2017. Modificado en sesión de Directorio N 800, ordinaria, de 30 de Enero de 2018.

INTRODUCCION El presente documento tiene por finalidad establecer el programa de prestaciones adicionales que otorgará Los Héroes a sus afiliados pensionados durante el año 2018, conforme a las normas legales y reglamentarias vigentes sobre la materia En la primera parte, se indican las bases generales consideradas para el desarrollo del programa y se analizan los aspectos de mayor interés relacionados con el mismo. En la segunda, se efectúa una definición de cada una de las prestaciones y, además, se indican los montos, requisitos, plazos y documentación que se requiere en cada caso. 1

BASES DE DESARROLLO Las prestaciones adicionales que otorgará Los Héroes a sus Pensionados durante el año 2018, conforme al Régimen de Prestaciones Adicionales establecido en la Ley 18.833, reglamentado por Decreto Supremo Nº 94 de 1978, y en el artículo 16 de la Ley Nº 19.539, estarán sujetas a las disposiciones contenidas en dichos textos normativos, a las que contempla el texto refundido del Reglamento del Régimen de Prestaciones Adicionales de la CCAF Los Héroes y al presente Programa. 1. POBLACION AFILIADA Con el objeto de calcular el número de prestaciones adicionales que, en sus diversos tipos, se otorgarán en el curso del año 2018, se ha efectuado una estimación del número de afiliados pensionados con que contará Los Héroes al 31 de diciembre del año 2018, considerándose que a dicha fecha éste alcanzaría aproximadamente a 607.849 afiliados, de los cuales 421.879 serían pensionados tradicionales y 185.970 pensionados PBS. En el caso de los beneficios que se otorgan por los causantes de asignación familiar del pensionado, dichas cargas legales deberán estar reconocidas por la entidad pagadora de la pensión del beneficiario y acreditadas en tal condición ante la CCAF Los Héroes. 2

2. PRESTACIONES En el curso del año 2018, se considera otorgar los siguientes beneficios a los pensionados afiliados: P R E S T A C I O N M O N T O valor unitario 1. Bono de Nupcialidad $ 13.000.- 2. Bono Acuerdo de Unión Civil $ 13.000.- 3. Bono Bodas de Plata $ 20.000.- Bono Bodas de Oro $ 34.000.- 4. Bono de Natalidad $ 18.000.- 5. Asignación Capacitación Pensionado Nivel Básico $ 14.500.- 6. Asignación Capacitación Pensionado Nivel Medio $ 14.500.- 7. Asignación Matrícula Estudios Profesionales Pensionado (Anual) $ 14.500.- 8. Asignación Matrícula Estudios Profesionales Carga Familiar (Anual) $ 16.500.- 9. Estímulo Enseñanza Básica 7-8 y Media para Pensionados $ 24.000.- Estímulo Enseñanza Básica 7-8 y Media para Cargas Familiares $ 22.000.- 10. Reembolso Escolar Enseñanza Media para gasto en Útiles Escolares y Uniformes $ 10.000.- 11. Estímulo Carga Familiar Mejor Egresado Carrera Universitaria $ 240.000.- 12. Convenios Atención Dental 13. Cobertura Familiar Integral 14. Beneficios de Salud 15. Convenios Educacionales 16. Prestaciones y Convenios Recreacionales, Culturales, Comerciales, laborales, gremiales y otros 17. Llamadas de acompañamiento 18. Premio 2% crédito social colocados hasta 31 Enero 2011 19. Crédito Los Héroes sin interés $922.- 20. Recaudación Servicios Básicos y Recargas 21. Auxilio Social Financiero 22. Auxilio Contingencia Financiera 23. Auxilio Financiero para Pensionados con pensión menor o igual a Pensión Básica Solidaria 24. Intermediación Financiera Hipotecaria 25. Orientación Médica Telefónica Podrán acceder a este plan de beneficios aquellos pensionados que posean la condición de afiliado a Los Héroes tanto a la fecha de ocurrencia del evento o contingencia, como a la fecha en que se presente la solicitud del beneficio, requisitos ambos copulativos. No obstante, también podrán acceder a determinadas prestaciones en forma automática, sin solicitud previa, aquellos pensionados que cumplan los requisitos establecidos por Los Héroes, en los casos que tal procedimiento haya sido autorizado por la Superintendencia de Seguridad Social. 3

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo precedente, como regla general se establece un plazo de caducidad de 120 días corridos para presentar a cobro un beneficio, contado desde la fecha del evento o contingencia que lo motiva, y de 30 días corridos para cobrarlo efectivamente, contado desde el día en que se hubiere cursado favorablemente una prestación; transcurrido que sea el primer plazo, sin haberse presentado la solicitud, o el segundo, sin haberse cobrado la prestación, se perderá el derecho al beneficio. Se exceptúan de lo anterior aquellas prestaciones respecto de las cuales se establezcan plazos de presentación o de cobro diferentes. Cabe señalar que la cantidad de beneficiarios, los plazos y requisitos para solicitar y cobrar los diversos beneficios que se indican más adelante, pueden ser ampliados y/o exceptuados por la Gerencia General o por quien reciba delegación en esta materia, ante causas justificadas invocadas por los solicitantes, las cuales serán evaluadas en un Comité de Excepciones para determinar la aceptación o rechazo de las solicitudes presentadas. En todo caso, la aplicación de excepciones por causa justificada, no habilitan para superar el monto presupuestario total asignado, de modo que, en estos casos, se deberán realizar las reasignaciones presupuestarias internas del Programa correspondientes. Los afiliados y sus respectivas cargas debidamente acreditadas, cada uno de ellos por separado, podrán acceder sólo a uno de los beneficios educacionales tipificados en la tabla precedente de este documento, ya que éstos son excluyentes entre sí. Asimismo, sólo se otorgará un beneficio de naturaleza educacional, aun cuando un beneficiario o causante pudiere devengar más de una prestación, por realizar estudios paralelos en más de una institución o por seguir más de un curso escolar o carrera profesional de pregrado. Las prestaciones en dinero inferiores a $ 50.000 podrán ser solicitadas por el beneficiario o por quien éste comisione para tales efectos, considerando que serán representantes autorizados para solicitar y cobrar prestaciones en Los Héroes, mediante poder simple no notarial, los siguientes delegados: cónyuge o conviviente de unión civil vigente, hijos mayores de edad, padres o tutor legal designado por el Tribunal correspondiente. En tales casos deberá acreditarse la relación del mandatario con el afiliado y exhibirse la cédula de identidad original del beneficiario y del apoderado, además del poder. En caso que en la cédula de identidad del beneficiario conste que éste no firma, o si dicha imposibilidad fuese acreditada mediante certificado médico, el beneficio podrá ser solicitado y cobrado por la persona a quien el afiliado comisione para tales efectos, considerando que serán representantes autorizados para cobro de prestaciones en Los Héroes, mediante poder simple no notarial otorgado con huella dactilar, los siguientes delegados: cónyuge o conviviente de unión civil vigente, hijos mayores de edad, padres o tutor legal designado por el Tribunal correspondiente, quienes deberán exhibir la cédula de identidad propia y la del afiliado. En el caso que no fuese posible utilizar dicho procedimiento, se exigirá la presentación de un poder otorgado ante notario con firma a ruego y, además exhibir la cédula de identidad del afiliado y del apoderado. En todo caso, se exigirá poder otorgado ante notario para que un apoderado cobre prestaciones por un monto superior a $ 50.000. No tendrán derecho a las prestaciones adicionales, aquellos pensionados que al momento de impetrar un beneficio no tuvieren la calidad de afiliados a Los Héroes, ya que este último es un requisito general para acceder a todas las prestaciones. 4

Mayor información sobre los beneficios disponibles según periodos, valor de adquisición, requisitos, coberturas generales o específicas, modalidades de notificación de siniestros, plazos y caducidad, restricciones y demás condiciones de otorgamiento podrá obtenerse en nuestras sucursales, en la página web losheroes.cl o mediante nuestro call center 600 222 9999. 5

I. PRESTACIONES ADICIONALES De acuerdo a sus características, las prestaciones contempladas en el presente programa son, por una parte, en dinero, no sujetas a restitución y, por otra parte, se contempla un presupuesto para prestaciones y servicios, bonificados o no bonificados por Los Héroes, que se entregarán mediante convenios pactados con terceros proveedores, incluyendo eventos, actividades culturales, deportivas, turísticas y recreativas, atenciones de salud, servicios educacionales, servicios de pago de cuentas, servicios financieros y otros. La descripción, montos y requisitos de cada una de las prestaciones consideradas, son los que se señalan a continuación. Los beneficios que tengan cupos limitados se entregarán a quienes cumplan los requisitos establecidos conforme al orden de presentación de sus solicitudes, hasta su agotamiento; en caso de que existan dos o más solicitudes de la misma fecha y ellas no alcancen a ser cubiertas con las disponibilidades presupuestarias, los beneficios se asignarán por sorteo entre aquellos que cumplan con el máximo de méritos dentro de las condiciones solicitadas para esa prestación. Por otra parte, si se produjere empate entre dos o más solicitudes que deban ser presentadas dentro de un término establecido (por ejemplo, dentro de los 4 primeros meses de cada año) y se tratare de prestaciones con cupos limitados, que deban ser asignadas en función de características de mérito, su distribución definitiva también se hará por sorteo. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad que se confiere al Gerente General para reasignar internamente el presupuesto entre las prestaciones contempladas en este Programa, o de la modificación presupuestaria que podrá aprobar el Directorio. Las prestaciones de Auxilio Social Financiero, Auxilio Contingencia Financiera y de Auxilio Financiero para Pensionados con pensión menor o igual a la Pensión Básica Solidaria son incompatibles entre sí, de modo que el pensionado deberá optar a una de ellas en caso de tener derecho a acceder a más de una. 6

1. BONO DE NUPCIALIDAD. 1.1.- Descripción del Beneficio. El Bono de Nupcialidad consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará por una vez al afiliado cuando éste contraiga matrimonio En forma alternativa el afiliado podrá optar, en reemplazo del Bono otorgado en dinero, por una permanencia de tres (3) noches en las cabañas habilitadas en los Parques Los Héroes - San José de Maipo, La Huayca, San Juan, La Herradura, Parque Chillán y Llanquihue, caso en el cual los gastos de traslado y de alimentación serán de cargo del afiliado. Esta opción podrá hacerse efectiva entre los meses de Marzo y Diciembre de cada año por noches desde Lunes a Jueves; no se podrá acceder a este beneficio cuando existan días feriados dentro del período solicitado. Conjuntamente con dicha prestación, el afiliado podrá solicitar la concesión inmediata de un crédito social que tendrá un monto fijo y cuyo otorgamiento estará sujeto a las disposiciones legales y demás normas que regulan el Régimen de Crédito que administra Los Héroes. En caso que ambos contrayentes sean afiliados de Los Héroes, cada uno tendrá derecho a percibir el Bono de Nupcialidad correspondiente, a optar por el uso de cabañas y a solicitar el crédito a que se ha hecho referencia precedentemente. 1.2.- Monto del Beneficio. El Bono de Nupcialidad tendrá un monto único de $ 13.000.- 1.3.- Requisitos. Para solicitar el Bono de Nupcialidad será necesario que cumpla la condición de estar afiliado a Los Héroes a la fecha de ocurrencia del evento y de solicitud del beneficio, ambas condiciones copulativas. 1.4.- Plazo y Documentación a Presentar. El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 120 días contados desde la fecha de celebración del matrimonio. Certificado de Matrimonio emitido por el Registro Civil. Solicitud de autorización y pago de prestaciones firmada por el pensionado. Presentar cédula de identidad. 7

2. BONO DE ACUERDO DE UNION CIVIL. 2.1.- Descripción del Beneficio. El Bono de Acuerdo de Unión Civil consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará por una vez al afiliado, cuando éste celebre un Acuerdo de Unión Civil de acuerdo a la Ley Nº 20.830 y sus modificaciones. En caso que ambos contratantes sean afiliados de Los Héroes, cada uno tendrá derecho a percibir el Bono de Acuerdo de Unión Civil correspondiente. 2.2.- Monto del Beneficio. El Bono de Acuerdo de Unión Civil tendrá un monto único de $ 13.000.- 2.3.- Requisitos. Para solicitar el Bono será necesario que el pensionado cumpla la condición de estar afiliado a Los Héroes a la fecha de celebración del Acuerdo de Unión Civil y a la de solicitud del beneficio. 2.4.- Plazo y Documentación a Presentar. El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 120 días contados desde la fecha de celebración del Acuerdo de Unión Civil, y se deberá presentar la siguiente documentación. Certificado de Acuerdo de Unión Civil, emitido por el Registro Civil. Solicitud de autorización y pago de prestaciones firmada por el pensionado. Presentar cédula de identidad del afiliado. 8

3. BONOS BODAS DE PLATA Y BODAS DE ORO 3.1.- Descripción de los Beneficios. Los Bonos por Bodas de Plata y por Bodas de Oro consistirán en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará al pensionado cuando cumpla 25 y 50 años de matrimonio vigente, respectivamente, contados desde la fecha de las nupcias. En forma alternativa el afiliado podrá optar, en reemplazo del Bono otorgado en dinero, por una permanencia de tres (3) noches en una cabaña de Parques Los Héroes - San José de Maipo, La Huayca, San Juan, La Herradura, Parque Chillán y Llanquihue-, caso en el cual los gastos derivados del traslado y la alimentación serán de cargo del propio beneficiario. Esta opción podrá hacerse efectiva en estadías de Lunes a Jueves, entre los meses de marzo a diciembre; no se podrá acceder a este beneficio cuando existan días feriados dentro del período solicitado. En caso que ambos cónyuges sean pensionados afiliados de Los Héroes, cada uno tendrá derecho a percibir los Bonos, según corresponda. Por lo tanto, cada uno de ellos podrá optar por la ayuda económica o por el uso de cabañas. 3.2.- Monto de los Beneficios. i. El Bono por Bodas de Plata tendrá un monto único de $ 20.000.- ii. El Bono por Bodas de Oro tendrá un monto único de $ 34.000.- 3.3.- Requisitos. Bodas de Plata Cumplir la condición de estar afiliado a Los Héroes a la fecha la fecha de cumplir 25 años de matrimonio y de solicitud del beneficio, ambas condiciones copulativas. Bodas de Oro Cumplir la condición de estar afiliado a Los Héroes a la fecha la fecha de cumplir 50 años de matrimonio y de solicitud del beneficio, ambas condiciones copulativas. 3.4.- Plazo y Documentación a Presentar. El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 120 días contados desde la fecha de aniversario de matrimonio de 25 o 50 años, respectivamente. Certificado de matrimonio emitido por el Servicio de Registro Civil Solicitud de autorización y pago de prestaciones firmada del pensionado. Presentar cédula de identidad del afiliado y cedula de identidad del cónyuge. 9

4. BONO DE NATALIDAD 4.1 Descripción del Beneficio. El Bono de Natalidad consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará al pensionado afiliado con ocasión del nacimiento de un hijo. La prestación podrá otorgarse anticipadamente a la madre afiliada, después de cumplido el séptimo mes de embarazo, o al padre, si acredita vínculo matrimonial o de Acuerdo de Unión Civil con la madre. 4.2 Monto del Beneficio. El Bono de Natalidad tendrá un monto único de $ 18.000.- por el nacimiento de cada hijo. 4.3 Requisitos. Para solicitar el Bono de Natalidad será necesario que el pensionado cumpla con ser afiliado a Los Héroes, a la fecha de solicitud del beneficio y del nacimiento del hijo o del cumplimiento del séptimo mes de embarazo, ambas condiciones copulativas. 4.4 Plazo y Documentación a Presentar. El beneficio deberá ser solicitado entre la fecha de cumplimiento del séptimo mes de embarazo y hasta 120 días después del nacimiento del hijo, adjuntando, según el caso, la siguiente documentación: Si el beneficiario es la madre, deberá presentar certificado del séptimo mes de embarazo o certificado de nacimiento. Si el beneficiario es el padre deberá presentar el certificado de nacimiento del hijo. En caso de presentar el certificado del séptimo mes de embarazo deberá adicionar el certificado de matrimonio o de Acuerdo de Unión Civil correspondiente. Solicitud de autorización y pago de prestaciones firmada por el pensionado. Presentar cédula de identidad del afiliado. En caso que el padre y la madre sean cónyuges o partes de un Acuerdo de Unión Civil y estén afiliados a los Héroes, ambos podrán solicitar el Bono de Natalidad por el hijo. 10

5. ASIGNACIÓN CAPACITACIÓN PENSIONADO NIVEL BÁSICO 5.1 Descripción del Beneficio. La Asignación Capacitación Pensionado Nivel Básico, consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único, que se pagará al pensionado afiliado cuando éste siga cursos de capacitación laboral de una duración no inferior a 60 horas académicas en establecimientos del Estado o reconocidos por éste, o en entidades debidamente calificadas por la Institución, excluidos cursos de enseñanza básica y media. El pensionado podrá solicitar dentro del año hasta tres asignaciones de capacitación de nivel básico, siempre que acredite haber aprobado el curso anterior. 5.2 Monto del Beneficio. La Asignación Capacitación Pensionado Nivel Básico, tendrá un monto único de $ 14.500.- 5.3 Requisitos. Para solicitar el beneficio, será necesario que el pensionado sea afiliado a Los Héroes a la fecha de la matrícula y de la solicitud del beneficio, ambas condiciones copulativas. 5.4 Plazo y Documentación a Presentar. El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 120 días contados desde la fecha de iniciación del curso, adjuntando un certificado que acredite la inscripción del pensionado. Solicitud de autorización y pago de prestaciones firmada por pensionado. Presentar cédula de identidad del afiliado. 11

6. ASIGNACIÓN CAPACITACIÓN PENSIONADO NIVEL MEDIO 6.1 Descripción del Beneficio. La Asignación Capacitación Pensionado Nivel Medio, consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único que se pagará al pensionado afiliado cuando éste siga cursos de capacitación laboral en establecimientos del Estado o reconocidos por éste, o en entidades debidamente calificadas por la Institución, de una duración de a lo menos un semestre o con una duración mínima de 180 horas académicas, excluidos cursos de enseñanza básica y media. El pensionado podrá solicitar dentro del año hasta dos asignaciones de capacitación de nivel medio, siempre que acredite haber aprobado el curso anterior. Si la duración del curso que da derecho a la prestación es superior a un semestre, se pagarán hasta dos semestres en el año por el mismo curso. 6.2 Monto del Beneficio. La Asignación Capacitación Pensionado Nivel Medio, tendrá un monto único de $ 14.500.- por curso o semestre. 6.3 Requisitos. Para solicitar el beneficio, será necesario que el pensionado sea afiliado a Los Héroes, a la fecha de la matrícula y de la solicitud del beneficio, ambas condiciones copulativas. 6.4 Plazo y Documentación a Presentar. El beneficio deberá ser solicitado dentro de los 120 días contados desde la fecha de iniciación del curso, adjuntando un certificado que acredite la inscripción del pensionado. Deberá adjuntarse un certificado emitido por el establecimiento respectivo que acredite la inscripción del pensionado. Solicitud de autorización y pago de prestaciones firmada por pensionado. Presentar cédula de identidad del afiliado. 12

7. ASIGNACIÓN MATRICULA ESTUDIOS PROFESIONALES PENSIONADO 7.1 Descripción del Beneficio. La Asignación Matrícula Estudios Profesionales Pensionado, consistirá en una ayuda económica de monto único que se pagará al pensionado cuando éste siga cursos regulares en carreras de nivel profesional en alguna Universidad, Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica del país, cuya duración no sea inferior a cinco (5) semestres. Para estos efectos, la práctica profesional se contará como semestre siempre y cuando aparezca reflejada como semestre en la malla curricular oficial de la carrera. 7.2 Monto del Beneficio. La Asignación Estudios Profesionales Pensionado, tendrá un monto de $14.500.- que se pagará en dos cuotas semestrales de $ 7.250.- cada una. En caso de ser una carrera anual, se pagará el total del beneficio. 7.3 Requisitos. Para solicitar el beneficio, será necesario que el pensionado esté afiliado a Los Héroes, a la fecha de la matrícula y de la solicitud del beneficio, ambas condiciones copulativas. 7.4 Plazo y Documentación a Presentar. El plazo para solicitar el beneficio vence el último día hábil de los meses de Junio y Diciembre para los cursos del primer y segundo semestre, respectivamente. En caso de ser una carrera anual, el plazo se extinguirá el último día hábil de Junio del año respectivo. Deberá adjuntarse un certificado emitido por el establecimiento respectivo que acredite la condición de alumno regular del pensionado. Solicitud de autorización y pago de prestaciones firmada por pensionado. Presentar cédula de identidad del afiliado. 13

8. ASIGNACIÓN MATRICULA ESTUDIOS PROFESIONALES CARGA FAMILIAR 8.1 Descripción del Beneficio. La Asignación Matrícula Estudios Profesionales Carga Familiar, consistirá en el otorgamiento de una ayuda económica de monto único que se pagará al pensionado por cada carga familiar acreditada como tal por su entidad pagadora de la pensión, que curse estudios regulares en carreras de nivel profesional en cualquier Universidad, Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica del país, cuya duración no sea inferior a cinco (5) semestres. Para estos efectos, la práctica profesional se contará como semestre siempre y cuando aparezca reflejada como semestre en la malla curricular oficial de la carrera. 8.2 Monto del Beneficio. La Asignación Matrícula Estudios Profesionales Carga Familiar, tendrá un monto de $16.500.- y se pagará en dos cuotas semestrales de $ 8.250.- cada una. En caso de ser una carrera anual, se pagará el total del beneficio. 8.3 Requisitos. Para solicitar el beneficio, será necesario cumplir con los siguientes requisitos: Ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la Matrícula y de la solicitud del beneficio, ambas condiciones copulativas. El estudiante debe estar acreditado en Los Héroes como carga familiar del pensionado afiliado, reconocida por la entidad pagadora de su pensión, a la fecha de la solicitud. 8.4 Plazo y Documentación a Presentar. El beneficio podrá ser solicitado hasta el último día hábil de los meses de Junio y Diciembre, según se trate del primer y segundo semestre. En caso de ser una carrera anual, el plazo se extinguirá el último día hábil del mes de Diciembre del año respectivo. Deberá adjuntarse un certificado emitido por el establecimiento respectivo que acredite la la calidad de alumno regular del alumno. Solicitud de autorización y pago de prestaciones firmada por pensionado. Presentar cédula de identidad del afiliado 14

9. ESTIMULO ENSEÑANZA BASICA 7-8 Y MEDIA PARA PENSIONADOS Y CARGAS LEGALES 9.1 Descripción del Beneficio. El Estímulo de Enseñanza Básica 7-8 y Media consistirá en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar la capacidad de superación y el rendimiento escolar de aquellos pensionados afiliados y cargas familiares legales reconocidas por la entidad pagadora de su pensión, acreditadas en Los Héroes, que sigan cursos regulares en la enseñanza básica y media en establecimientos del Estado o reconocidos por éste. De acuerdo al programa se ha definido otorgar en el presente año un máximo, a nivel nacional, de 30 beneficios de este tipo para pensionados que cursen séptimo u octavo año de enseñanza básica o cursos de enseñanza media y de 30 beneficios para cargas legales de pensionados que cursen séptimo u octavo año de enseñanza básica o alguno de los niveles de enseñanza media. Su otorgamiento se efectuará previo un proceso de postulación y selección de los pensionados y cargas que cumplan con los requisitos establecidos al efecto. Los cupos de beneficios serán designados en función de características de mérito (en orden descendente) y si se produjere empate entre dos o más solicitudes con los mismos promedios de concentración de notas y los cupos fueren insuficientes, en este caso su distribución definitiva se realizará por sorteo. 9.2 Monto del Beneficio. El Estímulo de Enseñanza Básica 7-8 y Media tendrá un monto de $24.000.- para pensionados y de $22.000.- para las cargas legales acreditadas en Los Héroes. Se pagará un solo estímulo, aun cuando el beneficiario o su causante hubieren cursado simultáneamente más de un nivel de escolaridad en el mismo año. 9.3 Requisitos. Para postular al beneficio, se deberá reunir los siguientes requisitos: Pensionado. Ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la solicitud del beneficio. Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido por éste que imparta enseñanza básica o media para adultos. Haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas 6,6 el año escolar inmediatamente anterior. Cargas legales El estudiante debe estar acreditado en Los Héroes como carga familiar del pensionado afiliado a la fecha de la solicitud. 15

Haber cursado sus estudios en un establecimiento educacional del Estado o reconocido por éste que imparta enseñanza básica o media. Haber aprobado, como mínimo, con un promedio de notas 6,6 final el año escolar inmediatamente anterior a aquél de su postulación. 9.4 Plazo y Documentación a Presentar. El plazo para postular al beneficio se inicia el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año siguiente a aquel en que obtuvo el logro escolar. Deberá presentarse una concentración de notas emitida manual o electrónicamente por el establecimiento respectivo en que se indique el promedio de notas obtenido por el alumno en el año inmediatamente anterior es igual o superior a 6,6 final. Este documento puede ser original o en su defecto fotocopia fiel del original con timbre del establecimiento o de Los Héroes previa validación del documento original. El estudiante debe estar acreditado en Los Héroes como carga familiar del pensionado afiliado a la fecha de la solicitud, para lo cual debe estar previamente acreditado como carga legal en la respectiva entidad previsional que otorga la pensión. 16

10. REEMBOLSO ESCOLAR ENSEÑANZA MEDIA DE GASTO EN ÚTILES ESCOLARES Y UNIFORMES. 10.1 Descripción del Beneficio. El beneficio Reembolso Escolar Enseñanza Media para Útiles Escolares y Uniformes, consistirá en una ayuda económica de monto único, que se otorgará a pensionados afiliados por gastos escolares iguales o superiores al monto único establecido, realizados por sus cargas legales reconocidas, que durante el periodo académico respectivo cursen estudios regulares de enseñanza media en establecimientos del Estado o reconocidos por éste. El beneficio consiste en una bonificación de la compra de útiles o uniformes escolares en establecimientos del ramo a nivel nacional, por un monto único que se indica más adelante, por carga legal vigente que curse estudios de enseñanza media. Se establece un total de 500 cupos a nivel nacional a los que se podrá postular entre el 01 de marzo y el 30 de abril del año en que se realice el gasto o hasta que se produzca el agotamiento del total de los cupos disponibles, si ello ocurriere antes del vencimiento del plazo. El beneficio deberá solicitarse directamente en cualquier sucursal de Los Héroes, presentando los antecedentes requeridos y dentro de los plazos y condiciones estipulados para su otorgamiento. El pago de este beneficio será realizado de forma inmediata y en efectivo. Este beneficio no es excluyente para la postulación a otras prestaciones correspondientes a Estímulos Escolares. 10.2. Monto del Beneficio. El Reembolso Escolar Enseñanza Media para Útiles Escolares y Uniformes, por carga legal vigente en cursos de Enseñanza Media, tendrá un monto único de $ 10.000.- 10.3. Requisitos. Para postular al beneficio será necesario cumplir con los siguientes requisitos: Postular con todos los antecedentes requeridos desde el 01 de marzo y hasta el 30 de abril del año que corresponda o hasta que se produzca el agotamiento del total de 500 cupos disponibles. Los causantes deben ser cargas legales reconocidas por la entidad pagadora de la pensión del pensionado afiliado, acreditadas en Los Héroes. El pensionado debe acreditar que el causante es alumno regular de Enseñanza Media para el periodo académico en curso, en un establecimiento educacional del Estado o reconocido por éste. Acreditar gastos realizados entre el 01 de enero y el 30 de abril del año en curso, relacionados a la compra de útiles o uniformes escolares del causante. 17

10.3. Documentación a Presentar. Deberá presentarse certificado de alumno regular original emitido por el establecimiento respectivo, en que se indique que el causante es alumno regular para el año en curso, en el nivel de enseñanza media o un documento legalizado con las mismas características en su reemplazo. Comprobantes de compra por un monto total de $10.000.- o más por carga legal. Comprobantes originales de compra, de tipo tributario, que respalden gastos efectivos relacionados a compra de útiles o uniformes escolares realizados entre el 01 de enero y el 30 de abril del año en curso, con el correspondiente detalle de la compra. Lista de útiles escolares solicitada por el establecimiento educacional para la carga por la que se solicita el beneficio. En caso de que los gastos no sean presentados en original, por su presentación previa en alguna organización de bienestar, deberá presentar la correspondiente liquidación de beneficios que indique el monto bonificado previamente por el mismo gasto. Formulario prestación adicional Los Héroes, firmado por el pensionado beneficiario. Cédula de identidad vigente del pensionado beneficiario. 18

11. ESTIMULO CARGA FAMILIAR MEJOR EGRESADO CARRERA PROFESIONAL 11.1. Descripción del Beneficio. El Estímulo Carga Familiar Mejor Egresado Carrera Profesional, consistirá en una ayuda económica de monto único, cuyo objetivo es premiar entre todos los postulantes, a aquellas tres (3) cargas legales reconocidas por la entidad pagadora de la pensión del pensionado afiliado acreditadas en Los Héroes, que hubieren logrado el mejor rendimiento académico dentro del total de egresados de su promoción del año anterior al de la postulación. Se considera para estos efectos como carrera profesional los cursos de Pre Grado impartidos por Universidades, Institutos Profesionales o Centros de Formación Técnica del país, pertenecientes al Estado o reconocidos por éste, con una duración curricular no inferior a seis (6) semestres. 11.2. Monto del Beneficio. El Estímulo Carga Familiar Mejor Egresado Carrera Profesional, tendrá un monto único anual de $ 240.000.- 11.3 Requisitos. Para postular al beneficio será necesario cumplir con los siguientes requisitos: El beneficiario deberá ser pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha en que se postule al beneficio. El estudiante debe estar acreditado en Los Héroes como carga familiar del pensionado afiliado a la fecha de la solicitud del beneficio, o haber tenido tal calidad acreditada en Los Héroes hasta el 31 de Diciembre del año anterior, si tiene más de 24 años. El postulante al beneficio debe tener un promedio final de egreso igual o superior a 6,0 final para poder participar en el proceso de postulación y selección. 11.4 Plazo y Documentación a Presentar. El plazo para postular al beneficio se inicia el 01 de marzo y vence el 30 de abril del año de postulación. Certificado o Ranking emitido por la Universidad, Instituto Profesional o Centro de Formación Técnica en que se acredite haber obtenido el primer lugar como egresado de la carrera correspondiente a su promoción dentro del año anterior al de la postulación. Además, como requisito copulativo del anterior, se deberá presentar una concentración de notas emitida manual o electrónicamente por el establecimiento respectivo en que se indique que el promedio de notas de egreso de la carrera obtenido por el alumno es igual o superior a 6,0 final. Este 19

documento puede ser original o en su defecto fotocopia fiel del original con timbre del establecimiento o de Los Héroes previa validación del documento original. 20

12. CONVENIOS DE ATENCION DENTAL 12.1. Descripción del Beneficio. La Atención Dental consistirá en brindar a los pensionados afiliados y a su grupo familiar acreditado como cargas legales en Los Héroes, la posibilidad de diagnosticar y tratar sus necesidades en materia de salud odontológica, mediante profesionales o centros dentales con quienes Los Héroes tenga suscritos convenios para atenciones con descuentos preferenciales sobre los aranceles establecidos por tipo de prestación odontológica. 12.2. Monto del Beneficio. La evaluación dental y presupuesto serán gratuitos para el afiliado. Las prestaciones dentales se otorgarán sobre la base de aplicación de un descuento sobre el costo del tratamiento requerido por el paciente, de modo que su prestación resulte substancialmente inferior al arancel sugerido por el Colegio de Dentistas de Chile A.G. Los Héroes gestionará convenios con profesionales y centros dentales para poner a disposición de los beneficiarios y sus causantes, las distintas especialidades odontológicas asociadas a tratamientos dentales. El afiliado convendrá directamente con el profesional los honorarios, los que deberán enmarcarse en los contemplados en el arancel pactado con Los Héroes en el respectivo convenio. Las tarifas correspondientes a los servicios ofrecidos deberán ser pagadas directamente por el afiliado o el beneficiario al prestador. 12.3. Requisitos. Para acceder a la prestación, todos los beneficiarios, sean éstos el afiliado o sus cargas legales, deberán agendar su hora de atención a través de call center Los Héroes 600 222 9999 con el propósito de derivar y validar su evaluación dental al Centro Odontológico o especialista en convenio más cercano a su lugar de residencia, de preferencia o según especialidad odontológica requerida. La no realización de agendamiento dental a través de nuestra plataforma de call center 600 222 9999, invalida la aplicación de la correspondiente cobertura establecida como convenio de descuento y sus garantías con el prestador del servicio. 21

13. COBERTURA FAMILIAR INTEGRAL 13.1. Descripción del Beneficio. Consistirá en ofrecer al pensionado diversos planes alternativos tendientes a protegerlo a él y a su familia frente a riesgos de diversa naturaleza, tales como muerte, enfermedad, emergencias, accidentes, incendios, pérdida de mobiliarios o equipos, conflictos o dificultades legales, o contingencias de diversa naturaleza. La cobertura familiar integral será otorgada a través de pólizas de seguro o convenios de servicios que Los Héroes pueda convenir con alguna de las compañías o empresas especialistas en los distintos rubros, y que le merezcan confianza y seriedad en la prestación de los servicios y en el otorgamiento de los beneficios contratados. 13.2. Monto del Beneficio. Los seguros o servicios podrán ser contratados por montos alternativos, de acuerdo a las necesidades o contingencias que el pensionado desee incorporar en la cobertura familiar integral, de suerte que su costo resulte inferior al regular del mercado. Los Héroes convendrá con las empresas aquellas tarifas que garanticen lo anterior. 13.3. Requisitos. Para solicitar el beneficio será necesario que el contratante tenga la calidad de pensionado afiliado a Los Héroes a la fecha de la adquisición del servicio. 13.4. Plazo y Documentación a presentar. De conformidad a las exigencias de cada póliza o servicio que se contrate. Mayor información sobre los beneficios disponibles según periodos, valor de adquisición, requisitos, coberturas generales o específicas, modalidades de notificación de siniestros, plazos y caducidad, restricciones y demás condiciones de otorgamiento podrá obtenerse en nuestras sucursales, en la página web losheroes.cl o mediante nuestro call center 600 222 9999. 22

14. BENEFICIOS DE SALUD 14.1. Descripción del Beneficio. Consistirá en brindar a los pensionados afiliados y a su grupo familiar acreditado como cargas legales en Los Héroes, sin restricción de cantidad de eventos, la posibilidad de acceder a prestaciones médicas, descuentos, bonificaciones y acciones de salud orientadas a la prevención, tratamiento y recuperación del bienestar en salud. La cobertura de la red de salud Los Héroes, incluye acciones preventivas, elementos y procedimientos de diagnóstico, acciones curativas y quirúrgicas de carácter ambulatorio o con hospitalizaciones. Para los efectos anteriores, Los Héroes podrá pactar convenios con instituciones, empresas, profesionales o agrupaciones de los mismos, debidamente calificados, o bien, realizará los reembolsos directamente en sus sucursales. 14.2. Tipo de Beneficios. a) Convenios con descuentos preferenciales sin bonificación incluida. Consiste en disponibilizar una amplia gama de convenios con distintos prestadores de salud: médicos, ópticos y farmacológicos, para la aplicación de descuentos en forma directa al momento de la acreditación como afiliado en la adquisición de prestaciones médicas ambulatorias, servicios, medicamentos u otros artículos y elementos relacionados con la salud. Estas atenciones con descuentos preferenciales tienen topes variables según el tipo de prestador y servicios o insumos adquiridos. Para obtener información detallada y actualizada respecto a la Proveedores en convenio, las coberturas, condiciones de servicio, tarifas, requisitos, exclusiones y otras condiciones de otorgamiento se puede consultar periódicamente nuestras sucursales, visitar nuestra página web losheroes.cl o comunicarse a nuestro call center 600 222 9999. b) Convenios para prestaciones médicas con bonificación incluida. El beneficio consistirá en la obtención de bonificaciones o reembolsos otorgados por la Red de Prestadores de Salud de Los Héroes, conformada por los centros médicos en convenio a nivel nacional. Únicamente en el caso de afiliados afectos a los sistemas de salud de DIPRECA o de CAPREDENA, o que se atiendan en ciudades donde no exista un centro médico de la Red de Salud Los Héroes en convenio, se otorgarán reembolsos en dinero directamente por Los Héroes en las ciudades especificadas con esta cobertura. 23

El plan de beneficios para prestaciones médicas con bonificación incluida aplica para prestaciones médicas ambulatorias de acuerdo a las coberturas, condiciones y tarifas que se convengan con los respectivos prestadores de servicio y proveedores, todo ello, con el debido resguardo relacionado a calidad de servicio y costo. La bonificación o reembolso para consultas de medicina general, de especialidades y de exámenes que entregará Los Héroes será un determinado porcentaje del copago realizado por el beneficiario, con un máximo establecido. En todos los casos la bonificación o reembolso se realizará sobre el valor del copago efectivamente asumido por el beneficiario, después de aplicadas las bonificaciones de su entidad previsional de salud y del seguro complementario de salud, si lo tuviere. Exclusiones: Atenciones de urgencia en centros de atención pública o privadas, consultas psiquiátricas, consultas psicológicas, consultas de nutrición, consultas y tratamientos kinesiológicos, fonoaudiología, insumos médicos producto de atenciones de urgencia u otros, prestaciones que no se encuentren codificadas por FONASA, procedimientos médicos con uso de pabellón (biopsias, medios de contraste) y aquellas que no se realicen en el respectivo centro médico en convenio. c) Convenios para prestaciones farmacológicas c.1.- Convenios con descuentos preferenciales en compra de medicamentos (sin bonificación). El beneficio aplica para pensionados afiliados y sus cargas legales vigentes en Los Héroes al último día hábil del mes anterior. El beneficio de descuento aplica en la compra de medicamentos directamente en farmacias en convenio. Los descuentos preferenciales tienen topes variables según las condiciones establecidas en el convenio de acuerdo a una lista de medicamentos, servicios e insumos adquiridos. Los valores correspondientes a los productos, servicios e insumos adquiridos deberán ser pagados directamente por el afiliado o el beneficiario al prestador al momento de la compra. Los convenios asociados podrán requerir la exhibición de la cédula de identidad u otro documento que valide la condición de afiliación a Los Héroes, al momento de la compra para hacer efectivo el descuento. c.2.- Convenios especiales Farmacias El beneficio de descuento en compra directa de medicamentos en farmacias aplica sólo para los medicamentos en convenio y su detalle es el siguiente: 24

Farmacias Cruz Verde: 40% de descuento en Medicamentos Genéricos 12% de descuento en Medicamentos Marca Internacional 12% de descuento en Medicamentos Marca Nacional 20% de descuento Medicamentos Laboratorio Mintlab 15% de descuento en Medicamentos Marca Spring Natural 20% de descuento en Productos Vive Más y Gea. Exclusiones de convenio: Beneficios no aplican en pack de pañales, vacunas, medicamentos oncológicos, inmunológicos, medicina reproductiva, medicina veterinaria y/o cualquier otro comercializado por CESFAR Ltda. Farmacias Ahumada: 40% de descuento en Medicamentos Genéricos 30% de descuento en Recetario magistral 20% de descuento en Vademécum Preferente 12% de descuento en Medicamentos Marcas 10% de descuento no Medicamentos 20% de descuento en Vitaminas y minerales 50% de descuento en servicios de enfermería Exclusiones de convenio: medicamentos de medicina reproductiva, Oncológicos, Inmunológicos y Biológicos, servicios de recaudación y recargas telefónicas. c.3.-. Convenio con bonificación adicional por compra medicamentos en Farmacias Cruz Verde y Farmacias Ahumada. El beneficio aplica para pensionados afiliados y sus cargas legales vigentes en Los Héroes al último día hábil del mes anterior. El beneficio consiste en una bonificación adicional del 10% de la compra de medicamentos realizada exclusivamente en locales de Farmacia Cruz Verde, con un tope anual total de $ 100.000 para el afiliado y sus cargas legales. Para hacer efectivo el beneficio, el pensionado o el beneficiario legal debe concurrir a cualquier sucursal Los Héroes dentro de los siguientes 30 días corridos, contados desde fecha de compra, presentando la boleta original en la cual figure el respectivo descuento por compra de medicamentos en convenio Los Héroes. d. Bonificación o reembolsos directos para arriendo o compra de insumos médicos El beneficio consiste en la bonificación total o parcial de la compra o arriendo de productos farmacológicos, auditivos, oftalmológicos, ópticos, prótesis u otros insumos médicos, artículos o equipamiento relacionado con el área de la salud, en establecimientos del ramo dentro de Chile, por los insumos o productos, montos, período, requisitos y condiciones que Los Héroes defina en cada oportunidad. 25

La bonificación o reembolso se podrá realizar directamente en cualquier sucursal de Los Héroes o en las dependencias de prestador de servicios en convenio, si Los Héroes así lo definiera, previa exhibición de la cédula de identidad del afiliado, receta médica nominativa, boleta, factura o comprobante de pago, o contrato de que se trate, todo en original. 14.3. Requisitos. Beneficios aplican para Pensionados afiliados y cargas legales vigentes en Los Héroes antes del último día hábil del mes anterior al gasto. Será responsabilidad del afiliado incluir a sus cargas familiares como cargas legales acreditadas en Los Héroes para extender a ellos la cobertura de beneficios. Para el caso de acreditación de cargas legales como beneficiarias en Los Héroes, solo se les podrá otorgar el beneficio a estos nuevos beneficiarios a partir del 5 día hábil del mes siguiente de la gestión de acreditación. Se exigirá cédula de identidad al momento de la compra o solicitud de bonificación para hacer efectivos los beneficios. Adicionalmente, puede requerirse la presentación de documentos que validen la condición de afiliado, como credencial física o virtual, certificado de afiliación o cargas legales, cupones de descuento emitidos desde nuestra página web losheroes.cl o códigos de mensajería corta. El otorgamiento de beneficios se encuentra sujeto a plazos perentorios, sin excepción, por lo que el beneficiario deberá concurrir y solicitar las prestaciones dentro de los plazos establecidos; de no cumplir con lo anterior, caducará definitivamente su derecho. 14.4. Plazo y documentación exigida para bonificaciones del punto 14.2. letra b) Convenios para prestaciones médicas con bonificación incluida. Reembolsos directos en Centro Médicos en convenio: deben solicitarse el día de la atención en el mismo centro médico o clínica. Reembolsos en sucursales de Los Heroes autorizadas: deben ser solicitados dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados desde la atención médica efectiva. No se cursarán reembolsos solicitados después de los plazos antes mencionados. Para solicitar reembolsos directos en sucursales de Los Héroes se deberá presentar cualquier documento ORIGINAL que dé cuenta de los siguientes antecedentes: 1. Fecha de realización de la atención médica. 2. Detalle/ Certificado de las prestaciones médicas realizadas. 3. Detalle de las bonificaciones deben indicar el valor del copago efectivamente asumido por el beneficiario, esto es, después de haberse 26

aplicado la bonificación por parte de la entidad previsional de salud y del seguro de salud correspondiente, si procediere. 4. Timbre y/o Firma del prestador que certifique la prestación realizada, su costo total y el copago realizado por el beneficiario. 5. Boleta/Bonos/factura de atención médica con código FONASA en original o copias autorizadas por el prestador o entidad previsional de salud correspondiente. 6. Liquidación de seguro complementario de salud, cuando corresponda. 14.5. Revisiones de documentos de respaldo de solicitudes de bonificación del punto 14.2. letra b) por atención de prestadores sin convenio directo con Los Héroes. Los Héroes en el proceso de velar por la correcta utilización de los beneficios, se reserva el derecho de realizar una revisión técnica de los documentos presentados por los afiliados o sus cargas legales como respaldo de las solicitudes de bonificación en sucursales Los Héroes, de prestaciones médicas realizadas en prestadores que no tengan suscrito un convenio directo con nuestra institución (libre elección del afiliado). Esta revisión se realizará dentro de un plazo de hasta 5 días hábiles, contados desde la presentación en sucursal de los antecedentes y el resultado del análisis de documentos será notificado al interesado al teléfono indicado por éste en su solicitud, o bien por mensajería de texto o por correo electrónico, a través de la misma sucursal de atención o call center. El resultado del análisis técnico puede concluir en una de las siguientes tres alternativas: a) Prestador y prestaciones médicas aprobadas, con la autorización del pago total de la bonificación solicitada por el afiliado. b) Prestador y prestaciones médicas con cobertura parcial, implica que se realizaron observaciones sobre las prestaciones médicas realizadas y sólo se aprobaron aquellas que se encuentran validadas en plazo y dentro del plan de prestaciones con bonificación en Los Héroes. c) Prestador y prestaciones médicas rechazadas, implica que el análisis de documentos presentados requiere información adicional para ser aprobados, tales como certificado o diagnóstico médico, detalle de prestaciones médicas firmadas por el prestador u otro documento médico que permita respaldar el otorgamiento de las prestaciones o que según nuestros registros estas prestaciones fueron reembolsadas anteriormente. El análisis complementario con los nuevos antecedentes que se presenten puede concluir con la aprobación parcial o total de la bonificación y bien, con su rechazo definitivo. 14.6. Pérdida del derecho a beneficio: En el caso de que se detectare que algún pensionado estuviese realizando un mal uso del convenio (por ejemplo, cobro de reembolsos de terceros no beneficiarios ni causantes, adulteración de comprobantes de gastos y otros) Los Héroes podrá 27

suspender la entrega de los beneficios a dicho beneficiario y sus causantes, e iniciar las acciones extrajudiciales y judiciales para perseguir las responsabilidades correspondientes y obtener la reparación de los perjuicios ocasionados. 28

15. CONVENIOS EDUCACIONALES 15.1. Descripción del Beneficio. Este beneficio consiste en ofrecer a los pensionados y sus cargas familiares acreditadas como cargas legales en Los Héroes, la posibilidad de acceder a instituciones educacionales de reconocido prestigio, para cursar estudios de carácter profesional o técnico y participar de actividades coprogramáticas, para su desarrollo en el plano educativo y personal. Para estos efectos, Los Héroes suscribirá convenios con dichas instituciones, acordando rebajas en los aranceles de matrícula, inscripción y colegiatura, o el financiamiento de becas parciales o totales que irán en directo beneficio de los pensionados afiliados y su grupo familiar 15.2. Monto del Beneficio. El porcentaje de las rebajas de los aranceles o el monto de las becas, se convendrá procurando buscar las mejores condiciones económicas para los pensionados afiliados, como también las entidades que aseguren un óptimo nivel académico y acrediten seriedad en la prestación de sus servicios, no discriminatorio respecto al resto del alumnado. 15.3. Requisitos. Para solicitar el beneficio será necesario que el contratante tenga la calidad de pensionado afiliado o de carga legal acreditada en Los Héroes, a la fecha de la matrícula. 15.4. Plazo y Documentación a Presentar. De conformidad a las exigencias que se establezcan en los respectivos convenios que se celebren con las entidades educacionales. Puede requerir la presentación de documentos que validen la condición de afiliado, como credencial física o virtual, certificado de afiliación o cargas legales, cupones de descuento emitidos desde nuestra página web losheroes.cl o códigos de mensajería corta Para obtener información detallada y actualizada respecto a la Proveedores en convenio, las coberturas, condiciones de servicio, tarifas, requisitos, exclusiones y otras condiciones de otorgamiento puede consultar periódicamente nuestras sucursales, visitar nuestra página web losheroes.cl o comuníquese a nuestro call center 600 222 9999 29