COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 22.1.2016 COM(2016) 18 final ANNEX 5 ANEXO de la Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo de Asociación Económica entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y los Estados del AAE de la SADC, por otra ES ES
ANEXO ANEXOS IV a VI ANEXO IV SALVAGUARDIAS AGRÍCOLAS Los productos agrícolas y las respectivas cantidades de referencia contemplados en el artículo 35 se enumeran en el cuadro que figura a continuación. Cantidades de referencia (toneladas métricas) 1 Línea Arancelaria Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Año 7 Año 8 Año 9 Año 10 Año 11 Año 12 Despojos comestibles 1 02061090 100 110 121 133 146 161 177 195 214 236 259 285 2 02062100* 700 770 840 910 980 1050 1120 1190 1260 1330 1400 1470 3 02062900* 11000 12100 13200 14300 15400 16500 17600 18700 19800 20900 22000 23100 4 02063000 100 110 121 133 146 161 177 195 214 236 259 285 5 02064900* 6000 6600 7200 7800 8400 9000 9600 10200 10800 11400 12000 12600 Cereales trabajados 6 11041910* 475 522 574 632 695 764 841 925 1018 1120 1232 1355 7 11042910 100 110 121 133 146 161 177 195 214 236 259 285 8 11071010* 464 511 562 618 680 748 822 905 995 1094 1203 1324 9 11072010 100 110 121 133 146 161 177 195 214 236 259 285 1 Para las línea arancelarias señaladas con un asterisco, en el caso de que el presente Acuerdo entre en vigor después de 2015, para el año 1 la cantidad de referencia será la media de las importaciones de los últimos tres (3) años en la Unión Aduanera del África Meridional (SACU) procedentes de la UE. Las cantidades de referencia para los años siguientes (a partir del año 1) se ajustarán proporcionalmente a las cantidades de referencia de este cuadro. ES 2 ES
10 11081110 100 110 121 133 146 161 177 195 214 236 259 285 Preparados cárnicos 11 16021000 100 110 121 133 146 161 177 195 214 236 259 285 12 16025030 100 110 121 133 146 161 177 195 214 236 259 285 13 16025040 100 110 121 133 146 161 177 195 214 236 259 285 14 16029020 100 110 121 133 146 161 177 195 214 236 259 285 Leche tratada a temperatura ultra alta (UHT) o de larga duración 15 04011007 100 110 121 133 146 161 177 195 214 236 259 285 16 04012007* 311 342 377 414 456 501 551 606 667 733 807 887 17 04014007 100 110 121 133 146 161 177 195 214 236 259 285 18 04015007 100 110 121 133 146 161 177 195 214 236 259 285 Pepinos y aceitunas, conservados 19 20011000* 1022 1124 1237 1360 1496 1646 1810 1991 2191 2410 2651 2916 20 20019010* 359 395 435 478 526 579 637 700 770 847 931 1024 Chocolate 21 180631* 3000 3300 3600 3900 4200 4500 4800 5100 5400 5700 6000 6300 22 180632* 800 880 960 1040 1120 1200 1280 1360 1440 1520 1600 1680 23 180690* 6000 6600 7200 7800 8400 9000 9600 10200 10800 11400 12000 12600 ES 3 ES
ANEXO V SALVAGUARDIAS TRANSITORIAS DE BLNS Los productos liberalizados contemplados en el artículo 37 se enumeran en el cuadro que figura a continuación. Código SA Descripción 1 0207.12.10 Carne deshuesada mecánicamente de aves de la especie Gallus domesticus, congelada, sin trocear 2 0207.12.20 Canales (excepto cuellos y despojos) con todos los trozos eliminados de aves de la especie Gallus domesticus, congeladas, sin trocear 3 0207.12.90 Aves congeladas de la especie Gallus domesticus, sin trocear, [excepto. carne deshuesada mecánicamente, congelada, y canales congeladas (excepto cuellos y despojos) con todos los trozos eliminados] 4 0207.14.20 Despojos comestibles de aves de la especie Gallus domesticus, congelados 5 0207.14.90 Trozos congelados de aves de la especie Gallus domesticus, excepto deshuesados 6 0401.10.07 Leche y nata (crema) sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante: Con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1 % en peso: leche UHT 7 0409.00 Miel natural 8 0708.10 Guisantes «arvejas, chícharos» «Pisum sativum», aunque estén desvainados, frescos o refrigerados 9 0710.29 Hortalizas de vaina, incluso desvainadas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas (exc. guisantes y judías) 10 0710.30 Espinacas (incluidas las de Nueva Zelanda) y armuelles, congelados 11 0710.40 Maíz dulce, incl. cocido con agua o vapor, congelado 12 0710.90 Mezclas de hortalizas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas 13 0711.20 Aceitunas conservadas provisionalmente, p. ej., con gas sulfuroso o con agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para asegurar dicha conservación, pero todavía impropias para consumo inmediato 14 0711.40 Pepinos y pepinillos conservados provisionalmente, p. ej., con gas ES 4 ES
sulfuroso o con agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para asegurar dicha conservación, pero todavía impropios para consumo inmediato 15 0711.51 Hongos del género Agaricus, conservados provisionalmente, p. ej., con gas sulfuroso o con agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para asegurar dicha conservación, pero todavía impropios para consumo inmediato 16 0712.20 Cebollas secas, incluidas las cortadas en trozos o en rodajas o las trituradas o pulverizadas, pero sin otra preparación 17 1102.90.90 Harina de cereales (exc. trigo y morcajo «tranquillón», centeno, maíz, arroz, sorgo y avena) 18 1105.10 Harina, sémola y polvo de papa (patata) 19 1517.10.10 Margarina con un contenido de materias grasas de la leche superior al 10 % pero inferior o igual al 15 % en peso (excepto la margarina líquida) 20 1517.10.90 Margarina (excepto la líquida), las demás 21 1517.90.10 Mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, con un contenido de materias grasas de la leche superior al 10 % pero inferior o igual al 15 % en peso, excepto las grasas o aceites alimenticios o sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otro modo 22 1517.90.20 Mezclas o preparaciones culinarias para desmoldeo 23 1602.32.10 Pastas de aves de la especie Gallus domesticus, preparadas o conservadas 24 1602.32.90 Carne, despojos o sangre de aves de la especie Gallus domesticus, preparados o conservados, distintos de las pastas (excepto embutidos y productos similares, preparaciones homogeneizadas y preparaciones de hígado) 25 1602.39.10 Pastas de aves de la partida 01.05, distintos de las de las aves de la ES 5 ES
especie Gallus domesticus o de pavo, preparadas o conservadas 26 1603.00.10 Extractos de carne (excepto de carne de ballena) 27 1806.10 Cacao en polvo con adición de azúcar u otro edulcorante 28 1806.20.10 Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao, en bloques, tabletas o barras con peso > 2 kg, o en forma líquida, pastosa o en polvo, gránulos o formas similares, en recipientes o envases inmediatos de un contenido > 2 kg, Chocolate y artículos de confitería que contengan cacao 29 1806.20.90 Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao, en bloques, tabletas o barras con peso > 2 kg, o en forma líquida, pastosa o en polvo, gránulos o formas similares, en recipientes o envases inmediatos de un contenido > 2 kg, los demás 30 1806.31 Chocolate y demás preparaciones que contengan cacao, en bloques, tabletas o barras con peso inferior o igual a 2 kg, rellenos 31 1806.32 Chocolate y demás preparaciones que contengan cacao, en bloques, tabletas o barras con peso inferior o igual a 2 kg, sin rellenar 32 1902.11 Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma, que contengan huevo 33 1902.19 Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma que no contengan huevo 34 1905.20 Pan de especias, incluso con adición de cacao 35 1905.32 Barquillos y obleas, incluso rellenos (gaufrettes, wafers) y waffles (gaufres) 36 1905.40 Pan tostado y productos similares tostados 37 2003.10.10 Hongos del género Agaricus, preparados o conservados excepto en vinagre o ácido acético, congelados (excepto comidas preparadas) 38 2003.90.90 Hongos, preparados o conservados excepto en vinagre o ácido acético [excepto hongos del género Agaricus y congelados (excepto comidas preparadas)] 39 2004.90.30 Aceitunas preparadas o conservadas excepto en vinagre o en ácido acético, congeladas 40 2004.90.40 Maíz dulce (Zea mays var. saccharata) preparado o conservado (excepto ES 6 ES
en vinagre o en ácido acético), congelado 41 2005.51 Judías (porotos, alubias, frijoles, fréjoles) «Vigna spp.», «Phaseolus spp.», desvainadas, preparadas o conservadas sin vinagre ni ácido acético, sin congelar 42 2005.59 Las demás judías (Vigna spp., Phaseolus spp.), preparadas o conservadas excepto en vinagre o en ácido acético, sin congelar 43 2005.60 Espárragos, preparados o conservados excepto en vinagre o en ácido acético, sin congelar 44 2005.80 Maíz dulce (Zea mays var. saccharata) preparado o conservado excepto en vinagre o en ácido acético (excepto congelado) 45 2007.10 Preparaciones homogeneizadas de confituras, jaleas y mermeladas, purés y pastas de frutas u otros frutos, obtenidos por cocción, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante 46 2007.91 Confituras, jaleas y mermeladas, purés y pastas de cítricos, obtenidos por cocción, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante (excepto preparaciones homogeneizadas de la subpartida 2007.10) 47 2009.69 Jugo de uva (incluido el mosto) de un valor Brix superior a 30 48 2009.79 Jugo de manzana, de valor Brix superior a 20 49 2009.89.50 Jugo de fruta, sin fermentar, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante (excepto los que contienen alcohol, mezclas y jugo de cítricos, piña, tomate, uva, incluido el mosto, manzana, arándanos, kiwis, granadas, cerezas y frutos de la pasión) 50 2009.90.10 Mezclas de jugos de frutas, incluido el mosto, sin fermentar, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante (excepto los que contienen alcohol) 51 2203.00.90 Cerveza de malta, excepto la cerveza africana tradicional definida en la nota complementaria 1 del capítulo 22 52 3401.20 Jabón en formas que no sean barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas. 53 3406.00 Velas, cirios y artículos similares 54 4818.10 Papel higiénico en rollos de anchura inferior o igual a 36 cm 55 4818.20 Pañuelos, toallitas de desmaquillar, de pasta de papel, papel, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa ES 7 ES
56 4818.30 Manteles y servilletas de pasta de papel, papel, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa 57 4818.90 Papel, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa, de los tipos utilizados para fines domésticos o sanitarios, en rollos de una anchura igual o inferior a 36 cm o cortados en formato; manufacturas de pasta de papel, de papel, de guata de celulosa o de napa de fibras de celulosa de uso doméstico, higiénico o médico (excepto papel higiénico, pañuelos, toallitas de desmaquillar, manteles, servilletas, compresas y tampones higiénicos, pañales para bebés y artículos higiénicos similares) 58 6601.99 Paraguas, sombrillas y quitasoles, incluidos los paraguas bastón (excepto paraguas con astil o mango telescópico, quitasoles toldo y artículos similares, así como de juguete) 59 9607.11 Cierres de cremallera (cierres relámpago), con dientes de metal común 60 9607.19 Cierres de cremallera (cierres relámpago), excepto con dientes de metal común ES 8 ES
ANEXO VI PRODUCTOS Y SECTORES PRIORITARIOS DE MSF A continuación figuran los productos y sectores prioritarios contemplados en los artículos 60, letra b), y 65, letra e). A: Para armonización de los Estados del AAE de la SADC: Pescado, productos de la pesca, productos de la acuicultura, frescos o transformados Bovinos, ovinos y aves de corral Carne fresca Productos cárnicos transformados Cereales Hortalizas y especias Semillas oleaginosas Coco Copra Semillas de algodón Cacahuete Mandioca Cerveza, jugos Frutos secos y frutas en conserva B: Para exportación de los Estados del AAE de la SADC a la UE: Pescado, productos de la pesca y la acuicultura, frescos o transformados Carne de vacuno y productos a base de carne de vacuno Otros productos cárnicos Frutas y frutos de cáscara Legumbres y hortalizas Flores cortadas Café Azúcar ES 9 ES