PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2017 ESTRATEGIA PROGRAMÁTICA. RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 1 de 5

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Transcripción:

RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 1 de 5 El Ramo General 23 es un instrumento de política presupuestaria que permite atender las obligaciones del Gobierno Federal cuyas asignaciones de recursos no corresponden al gasto directo de las dependencias ni de las entidades; específicamente este ramo se encarga de las provisiones salariales y económicas para: i) el cumplimiento del balance presupuestario, ii) el control de las ampliaciones y reducciones al presupuesto aprobado, con cargo a modificaciones en ingresos, iii) la operación de mecanismos de control y cierre presupuestario y iv) otorgar provisiones económicas a través de fondos específicos a entidades federativas y municipios. Esquema Programático Presupuestario A continuación se detallan las acciones más relevantes que comprende el esquema programático presupuestario del Ramo General 23: a) Previsiones Salariales Considera las aportaciones que el Gobierno Federal realiza a favor de los servidores públicos al servicio del Estado sindicalizados y de confianza inscritos en el Fondo de Ahorro Capitalizable (FONAC) para apoyar a los servidores públicos en sus percepciones y fomentar en ellos el hábito del ahorro. Incorpora recursos para prestaciones de seguridad social, con relación al esquema de seguros a cargo del Gobierno Federal a favor de los servidores públicos de las dependencias y entidades. En complemento al cuadro de seguridad social, se prevén recursos para que el Gobierno Federal cumpla con las obligaciones pactadas en las pólizas de los seguros originadas por causas supervenientes.

RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 2 de 5 Previsión de plazas En el marco de la racionalidad y austeridad presupuestaria, el Ejecutivo Federal continuará llevando a cabo acciones para identificar y concentrar en el Ramo General 23 las plazas vacantes y los recursos asociados a las mismas. b) Provisiones económicas El artículo 37, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), establece que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos se deben incluir previsiones para llevar a cabo acciones preventivas y atender los daños ocasionados por fenómenos naturales. Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) El Fondo de Desastres Naturales, es un instrumento de coordinación intergubernamental e interinstitucional que tiene por objeto ejecutar acciones, autorizar y aplicar recursos para mitigar los efectos que produzca un fenómeno natural perturbador, que permitan apoyar a las entidades federativas, así como a dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuando los daños ocasionados superen su capacidad financiera y operativa de respuesta en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil. Fondo para la Prevención de Desastres Naturales (FOPREDEN) Este Fondo proporciona recursos tanto a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, como a las entidades federativas, para realizar acciones tendientes a reducir riesgos, así como evitar o disminuir los efectos del impacto destructivo originados por fenómenos naturales sobre la vida y bienes de la población, los servicios públicos y el medio ambiente.

RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 3 de 5 Servicios bancarios y financieros de la Tesorería de la Federación, "Comisiones y pago a CECOBAN" (Centro de Cómputo Bancario). El Artículo 51 de la LFPRH establece el sistema de la Cuenta Única de Tesorería, el cual constituye un instrumento que permite consolidar y maximizar la eficiencia y eficacia en la administración de los recursos públicos, buscando centralizar los recursos que deba percibir el Gobierno Federal en la Tesorería y realizar directamente los pagos a los beneficiarios finales a fin de coadyuvar a evitar la existencia de recursos ociosos, a reducir las cuentas bancarias de las dependencias y los costos por los servicios financieros de las mismas, contribuir al mejor control y fiscalización del registro de los movimientos de fondos de la Administración Pública Federal y brindar mayor transparencia a la gestión pública, en 2017 se establece una provisión económica en el Ramo General 23 para el pago de los servicios bancarios y financieros de la Tesorería de la Federación. c) Provisiones Salariales y Económicas Recursos destinados a cubrir las previsiones salariales y económicas por concepto de medidas de incremento en percepciones, creación de plazas, aportaciones en términos de seguridad social u otras medidas de carácter laboral o económico que perciben los servidores públicos de la Federación. d) Desarrollo Regional Programas para Apoyar el Desarrollo Regional La política de desarrollo regional tiene como propósito impulsar el desarrollo integral y equilibrado de las regiones del país, con el fin de que los tres órdenes de gobierno contribuyan al crecimiento de la actividad económica y la creación de empleos, se fortalecerán los mecanismos de coordinación intergubernamental.

RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 4 de 5 Las provisiones económicas para apoyar el desarrollo regional se concentran, principalmente, en los rubros de: Fondo Regional, programa destinado para apoyar a las 10 entidades federativas con el menor índice de desarrollo humano; Fondo Metropolitano, para impulsar la competitividad económica y las capacidades productivas de las zonas metropolitanas; e) Otras Provisiones Económicas Seguridad y Logística, se destinan recursos para apoyar actividades sustantivas de seguridad y logística en Seguridad Pública y Nacional; Programa de Separación Laboral recursos destinados a cubrir una compensación económica a los servidores públicos por la terminación de la relación laboral como consecuencia de reestructuraciones a la Administración Pública Federal, la desincorporación de entidades; la cancelación de plazas, o la eliminación de unidades administrativas de las dependencias o entidades; Subsidios a las Tarifas Eléctricas programa que tiene como finalidad cubrir el subsidio que otorga el Gobierno Federal a través de la Comisión Federal de Electricidad al usuario final del servicio de energía eléctricas; Provisión para la Armonización Contable recursos destinados para el otorgamiento de subsidios a las entidades federativas y a los municipios para la capacitación y profesionalización de las unidades administrativas competentes en materia de contabilidad gubernamental. f) Gastos asociados a Ingresos Petroleros Aportaciones a los Fondos de Estabilización A través del Ramo General 23 se prevé el mecanismo de distribución de ingresos excedentes, una vez efectuadas las compensaciones a que se refiere el artículo 19 y 21, fracción I, de la LFPRH, a fin de efectuar los depósitos a que se refiere los artículos 19, en la fracción IV y V y 87 en el caso de las transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo, de dicha Ley.

RAMO: 23 Provisiones Salariales y Económicas Página 5 de 5 Los gastos asociados a los ingresos petroleros se relacionan con la entrega de los recursos correspondientes al Fondo Mexicano del Petróleo en términos de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos. Acciones por motivos de control presupuestario En el marco de las acciones que se realizan por motivos de control presupuestario, al Ramo General 23 le corresponde la administración y control de las ampliaciones y reducciones líquidas al Presupuesto de Egresos, así como, de otras adecuaciones presupuestarias inherentes al ámbito del control presupuestario, incluyendo las operaciones por reasignación de ingresos excedentes autorizadas a las dependencias y entidades para el cumplimiento de los programas presupuestarios en términos de las disposiciones aplicables. Cabe señalar que mediante el mecanismo de ingresos excedentes se contemplan entre otros, los recursos que les corresponderán a las entidades federativas previstos en las disposiciones aplicables, los cuales se destinarán a proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento. Estos recursos se transferirán mediante el Fideicomiso para la Infraestructura en los Estados (FIES). Asimismo, se deberán entregar los recursos correspondientes al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios y al Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas.