Tarifas Acreditación 2011 Entidades

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INDICE 0. Campo de aplicación 1. Apertura de expediente 2. Coste de la evaluación 3. Certificado de acreditación. 4. Cuota de mantenimiento de la acreditación 5. Procedimiento de Facturación 6. Forma de pago 7. Punto de información Anexo. Tarifas de acreditación 2011 Este documento describe la estructura de tarifas de ENAC para las actividades de acreditación, así como el procedimiento de facturación y la forma de pago. Las tarifas de acreditación se estructuran en 4 conceptos: Apertura de expediente. Coste de la evaluación. Emisión del Certificado de acreditación. Cuota de mantenimiento de la acreditación. Los importes de estos conceptos se incluyen en el Anexo. 0. Campo de aplicación de Inspección, Certificación de Sistemas de Gestión, de Producto y de Personas, Organismos de Control, Verificadores Medioambientales y de Comercio de Emisiones de CO2, Proveedores de Programas de Intercomparación y Productores de Materiales de Referencia. 1. Apertura de expediente El proceso de acreditación comienza con la apertura de expediente, debiéndose abonar la correspondiente tarifa para la tramitación de la solicitud y la gestión del proceso de evaluación. Estas tarifas no serán reembolsadas en el caso de que el solicitante interrumpa el proceso de acreditación. Se distinguen 3 tipos de tarifas, en función del ciclo de acreditación: Inicial (Procedimiento de Acreditación. Véase apartado 6.2.), Ampliación (Procedimiento de Acreditación. Véase apartado 9) y Extraordinaria (Procedimiento de Acreditación. Véanse apartados 7.5., 7.8. y 12.2.). 1.1 Inicial Se distinguen dos importes de tarifa inicial: Inicial para la primera solicitud de acreditación dentro de un esquema de acreditación. Inicial consecutiva a partir de la segunda solicitud en un esquema de acreditación. Hoja 1 de 6

Estas tarifas tiene la consideración de entrega a cuenta, a la que se añadirá el 18% del IVA. Deberá adjuntarse justificante del ingreso o cheque bancario en el momento de presentar la solicitud. 1.2 Ampliación Hay dos tarifas de ampliación y su aplicación depende del tipo de evaluación que se realice: Tarifa de ampliación. Cuando el alcance de la ampliación requiere una evaluación in situ y ésta no coincide con un seguimiento. Tarifa de ampliación reducida. Cuando el alcance de la ampliación no requiere realizar una evaluación in situ (auditoria o visita de acompañamiento) o si la auditoría de ampliación coincide con una auditoría de seguimiento (en este caso será necesario presentar la solicitud al menos con tres meses de anticipo). Esta tarifa tiene la consideración de entrega a cuenta, a la que se añadirá el 18% de IVA. Deberá adjuntarse justificante del ingreso o cheque bancario en el momento de presentar la solicitud. 1.3. Extraordinaria Tarifa para la tramitación y gestión de una auditoría extraordinaria. Estas auditorías se realizan: a) Cuando tras una auditoría inicial la comisión de acreditación acuerda la realización de una auditoría extraordinaria para asegurarse de la subsanación de las desviaciones detectadas. b) Para determinar el cumplimiento de los requisitos de acreditación para el levantamiento de una suspensión temporal. 2. Coste de la evaluación 2.1 Presupuesto de la evaluación Antes de realizar una evaluación se envía al solicitante un presupuesto estimado del coste del proceso de evaluación. Este coste depende del número de auditores y días necesarios para cada una de las actividades de evaluación (estudio de documentación y auditoría y visita de acompañamiento). El coste por auditor/día se incluye en la tabla del Anexo I. En evaluaciones iniciales y extraordinarias con la aceptación del presupuesto, se solicitará que se haga efectivo el 50% de la cantidad estimada en concepto de entrega a cuenta. 2.2 Gastos de transporte, alojamiento y manutención Los gastos de transporte se facturan al solicitante a su coste real, kilometraje a 0,34 euros/km, Los gastos de alojamiento y manutención se facturan por dietas de 200 euros/noche. 2.3 Actividades de evaluación adicionales Si fueran necesarias actividades de evaluación adicionales como por ejemplo, estudio de documentación o visita de control (Procedimiento de Acreditación apartados 7.5,8.3 y 8.4), se emitirá el presupuesto estimado para su aceptación por el solicitante con los días que se prevé serán necesarios para realizar la actividad. Si es una visita de control se añade la tarifa de visita de control correspondiente. Hoja 2 de 6

2.4 Acreditación transfronteriza En las actividades de evaluación correspondientes a la acreditación transfronteriza (IAF GD 3:2003) o EA 2/13, cuando la evaluación de las oficinas críticas se efectúe en colaboración con el acreditador local se aplica una tarifa de acreditación transfronteriza por la gestión de la evaluación de cada uno de los expedientes en cada oficina. Cuando ENAC realice una evaluación de una oficina crítica a una entidad acreditada por otro organismo de acreditación por encargo de éste, se factura la tarifa de acreditación transfronteriza junto con los días dedicados a la evaluación y los costes de la traducción de informes, si fuera necesario. 3. Certificado de acreditación Coste de la emisión del Certificado de Acreditación cuando se concede la acreditación. Por otra parte, cuando a petición del solicitante, se emiten copias del Certificado de Acreditación/Anexo Técnico o cuando se solicita la emisión del Anexo Técnico en otro idioma diferente del español (inglés, francés,...,) se aplican los importes indicados en el Anexo I. 4. Cuota anual de mantenimiento de la acreditación Las entidades acreditadas deberán abonar una cuota anual en concepto de mantenimiento de las acreditaciones, que incluye la gestión de las actividades de evaluación para el mantenimiento de las acreditaciones (seguimientos y reevaluaciones) y la gestión de la información de las acreditaciones. Nota: Esta cuota también se aplica a acreditaciones que se encuentren en el momento de emisión de las facturas en situación de suspensión temporal. Así mismo, en de Inspección, de Certificación, Organismos de Control, con alcances de acreditación que incluyan más de un emplazamiento o más de un campo se factura junto con la cuota de mantenimiento: 31 por cada emplazamiento a partir del segundo 48 por cada campo acreditado a partir del segundo Se entiende por campo cada uno de los ámbitos del alcance que requieren una evaluación específica. Ejemplos: En inspección, ámbitos tales como Aparatos de gas, Accidentes graves, Aguas, Atmósfera...; En Organismos de Control, Directivas como Ascensores, Aparatos a presión, Instrumentos en enmarcados en el Real Decreto 889/2006, grupos de productos en la Directiva de Productos de la Construcción...; En Certificación de Productos, productos o familias de productos como Carne de vacuno, BRC, EUREP; Productos de la Seguridad contra Incendios, Señalización Vial, ; Hoja 3 de 6

5. Procedimiento de Facturación 5.1. Entregas a cuenta De todas las cantidades ingresadas como entrega a cuenta (inicial, ampliación extraordinaria y 50% del presupuesto de evaluación) se emite a la recepción del pago la correspondiente factura cuyo importe se descontará en la factura de evaluación correspondiente (ver 5.2.). 5.2. Evaluación La factura final, que se emite cuando se realiza la evaluación, incluye los siguientes conceptos: las tarifas los días dedicados a la evaluación in situ (auditoría y/o visita de acompañamiento) los días dedicados a estudio de documentación los gastos de transporte y manutención, en su caso y la regularización de las entregas a cuenta previas, en su caso. Si la evaluación se realiza en diferentes etapas (por ejemplo, primero la auditoría y posteriormente las visitas de acompañamiento), se emite una factura mensual con el importe de los trabajos realizados cada mes. La factura se emite de acuerdo a las tarifas vigentes en el momento en el que se realice la evaluación con independencia del año en que se emite el presupuesto. 5.3. Certificado de acreditación La factura de la tarifa de certificado de acreditación o de las copias de certificados y anexos técnicos se emiten cuando se envían los certificados /anexos técnicos. 5.4. Cuota anual de mantenimiento de la acreditación Esta cuota se factura: a) A las entidades acreditadas a 31 de diciembre del año anterior: durante el primer trimestre del año en curso. b) A las entidades acreditadas en el año en curso: en el mes siguiente al de concesión de la acreditación se factura la parte proporcional de la cuota de mantenimiento. 6. Forma de pago Los pagos podrán realizarse en efectivo, mediante talón a favor de Entidad Nacional de Acreditación o transferencia a la c/c: 0049 0496 82 2110091435 del Banco Santander Central Hispano, Paseo de la Castellana, 86 28046 Madrid o domiciliación bancaria (ver 6.1). El pago de las facturas deberá llevarse a cabo dentro del plazo de los 30 días siguientes a su recepción. El Procedimiento de Acreditación (apartado 11.2) establece entre las obligaciones de los acreditados la de abonar los costes de evaluación y del mantenimiento de las acreditaciones. Por ello, las decisiones de concesión o de renovación de la acreditación no se envían al solicitante hasta confirmar que se han abonado todos los costes correspondientes. Hoja 4 de 6

El incumplimiento de las condiciones de pago de los gastos derivados de la evaluación y la acreditación es motivo de apercibimiento y, de suspensión si éstos no se resuelven en el plazo establecido. Así mismo, es motivo de suspensión de la acreditación la reiteración de apercibimientos por incumplimiento de las condiciones de pago (Procedimiento de Acreditación 12.2). 6.1. Pago por domiciliación bancaria Aquellos clientes que opten por la domiciliación bancaria deberán cumplimentar y enviar a ENAC los datos que se indican en el formulario Domiciliación Bancaria, que está disponible en el enlace: http://www.enac.es/descargas/modelodomiciliacionbancariacuotasrev2.doc 6.2. Pago fraccionado de la Cuota de mantenimiento anual: Los clientes con más de 5 acreditaciones que lo soliciten podrán acogerse a la modalidad del pago fraccionado de la cuota de mantenimiento; en este caso, los pagos deberán realizarse mediante la modalidad de domiciliación bancaria (Ver apartado 6.1) con los siguientes plazos: Entre 5 y 15 acreditaciones en 2 pagos (a 30 y 60 días) A partir de 15 acreditaciones en tres pagos (a 30, 60 y 90 días) 7. Punto de información Equipo de Gestión Operativa (secent@enac.es y tfno. 914 573 289 ext. 145 y 170) para resolver dudas sobre las tarifas o el presupuesto recibido. Departamento de Administración (administración@enac.es y tfno. 914 573 289 opción 3) para aspectos relativos a las facturas emitidas. Hoja 5 de 6

1. Apertura de expediente Tarifa ANEXO Inicial 2.028 Inicial consecutiva (1) 1.411 Ampliación 1.411 Ampliación reducida (2) 460 Extraordinaria 1.411 2. Coste de la evaluación Auditor/día (4) 975 Visita de Control 1.112 Acreditación transfronteriza 1426 3. Certificado de acreditación Certificado de Acreditación 847 Copia certificado acreditación o anexos técnicos 62 4. Cuota anual de mantenimiento de la acreditación Cuota anual de mantenimiento de la acreditación por expediente acreditado (3) 1200 Coste por cada campo acreditado 48 Coste por cada emplazamiento incluido en el Anexo Técnico 31 Notas: (1) Inicial consecutiva a partir de la segunda solicitud para el mismo esquema de acreditación *. (2) Ampliación reducida si el alcance de la ampliación no requiere realizar una evaluación in situ (auditoria o visita de acompañamiento) o si la auditoría de ampliación coincide con una auditoría de seguimiento. (3) Cuota anual de mantenimiento de la acreditación. A partir del segundo expediente acreditado dentro de un mismo esquema de acreditación* se aplicarán las siguientes reducciones: 15% entre el 2º y el 15º expediente y 35% a partir del 16º expediente. (4) Auditor/día. En las auditorías a Colaboradoras para el Control de Licencias Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid (ECLUS) y Evaluadoras de Centros Sanitarios de Cataluña (EACS) el coste del auditor /día que hace la función de Experto Técnico es de 460. (5) A estos importes deberá añadirse el 18% en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido. * Esquemas de Acreditación: Inspección incluyendo Organismos de Control que se evalúan de acuerdo a la norma UNE EN ISO/IEC 17020 Certificación de Sistemas de Gestión incluyendo Organismos de Control que se evalúan de acuerdo a la norma UNE EN ISO/IEC 17021. Certificación de Producto incluyendo Organismos de Control que se evalúan de acuerdo a la norma UNE EN 45011 Certificación de Personas Verificadores Medioambientales Verificadores del Comercio de Emisiones de Gases Efecto Invernadero Proveedores de Programas de Intercomparación Productores de Materiales de Referencia Hoja 6 de 6