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Transcripción:

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División Auditoría Administrativa Área Educación, Trabajo y Previsión Social Informe Final Dirección del Trabajo. Fecha: 2 de septiembre de 2009 Informe N : 70/09

ARE A DE EDUCACION, TRABAJO y PREVISION SOCIAL D.A.A. N 851/09 REMITE INFORME FINAL N 70, DE 2009, SOBRE AUDITORIA DE SUS TRANSACCIONES EFECTUADA EN LA DIRECCION DEL TRABAJO. SANTIAGO, 02. SET O 9 * O ~ 810 9 Cumplo con enviar a Ud., para su conocimiento y fines pertinentes, copia del Informe Final N 70 de 2009, con el resultado de la auditoría practicada por funcionarios de esta División, en la Dirección del Trabajo. Sobre el particular, corresponde que esa autoridad disponga se adopten las medidas pertinentes y que se implementen las acciones informadas, cuya efectividad esta Contraloría General comprobará en futuras fiscalizaciones. Saluda atentamente a Ud., A LA SEÑORA PATRICIA SILVA MELÉNDEZ DIRECTORA DEL TRABAJO PRESENTE <:.J" mgr t-:r: Ref.:W57007/09 ~;Y c;jj

Informe Final N 70 sobre auditoría efectuada en la Dirección del Trabajo. SANTIAGO, - 2 SET, 2009 En cumplimiento del Plan Anual de Fiscalización, personal de esta Contraloría General se constituyó en la entidad señalada en la referencia, con el objeto de practicar una auditoría de sus transacciones, correspondiente al ejercicio 2008. Objetivo Esta fiscalización tuvo como propósito efectuar un examen de cuentas selectivo a los gastos ejecutados por la Entidad con cargo al subtítulo 22, Bienes y Servicios de Consumo, a fin de comprobar el grado de cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y la inversión de los fondos asignados en la Ley N 20.232, de Presupuestos para el Sector Público del año 2008. Metodología El examen se desarrolló conforme a las normas y procedimientos de control aceptados por esta Contraloría General, aprobadas mediante las resoluciones N s 1485 y 1486 de 1996, e incluyó la aplicación de otros medios técnicos que se estimaron necesarios de acuerdo con las circunstancias. Universo Según los datos consignados en el Estado de Ejecución de Requerimientos de Gastos del Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado (SIGFE), al 31 de diciembre del año 2008 se había comprometido un total de $2.945.759.356 en gastos en Bienes y Servicios de Consumo en el área 014, Dirección Nacional. Muestra La Auditoría se efectuó sobre una muestra de $758.318.076, equivalente al 25,74% de los recursos devengados y pagados. A LA SEÑORITA JEFE DE LA DIVISION DE AUDITaRlA ADMINISTRATI PRESENTE ~ MAPI Erhl Mlal (\ b~.;p ~:)}

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Sobre el particular, se emitió el Preinforme de Observaciones N 70, de 2009, cuyo resultado fue comunicado en forma confidencial a la Directora del Trabajo mediante Oficio N Q 27907/2009, con la finalidad de que formulara los alcances y precisiones que estimara procedentes, lo que se concretó a través del oficio N 2440 de 2009. En el citado Preinforme se mencionan las deficiencias que se detallan a continuación, con el siguiente resultado: 1.- Evaluación de control interno 1.1.- Respecto de la ejecución presupuestaria de los gastos, se constataron pagos por arriendo de salones para capacitación, en los que se incluyeron desembolsos por servicios de alimentación, que de acuerdo a su naturaleza corresponden al ítem 01 y no al 09. A modo de ejemplo, se presentan los siguientes casos: Imputación que debió Imputación que debió Total pagado devengarse en devengarse en el Proveedor según factura el ítem 09. hem 01. Servicios de ($) Otros Arriendos Alimentación ($) ($) Hotel Fundador 2.719.864 1.559.971 1.159.893 Diego de 4.532.628 2.727.286 1.805.342 Almagro Hoteles Hotel 1.562.113 Uso de salón sin costo 1.562.113 Antofagasta Arica Desarrollo 3.494.321 2.021.468 1.472.853 e Inversiones S.A Servitur Hoteles 414.834 196.350 218.484 S.A. En relación con lo observado, el Servicio señala que la actividad desarrollada en el Hotel Fundador no obedeció a una labor de capacitación financiada con recursos consultados para estos efectos en la Ley de Presupuestos, sino que a un encuentro de coordinación financiado con otros recursos, motivo por el que la imputación presupuestaria se efectuó en el subtítulo 22, ítem 09, asignación 999. En cuanto al pago efectuado al proveedor Diego de Almagro Hoteles, de acuerdo a lo expresado por la Entidad y a los documentos acompañados a la respuesta, los valores citados en el Preinforme se encuentran correctamente clasificados, situación que fue corroborada. Seguidamente, tratándose de los pagos realizados a los proveedores Hotel Antofagasta, Arica Desarrollo e Inversiones S.A. y Servitur Hoteles S.A., el Servicio argumenta que las actividades desarrolladas no obedecían a capacitación y por ende, no se financiaron con recursos por ese (l co~epto. \.~ tx'k) t/ \ r)j.-

De acuerdo con lo anterior, los antecedentes que se acompañan indican que las actividades desarrolladas corresponden a encuentros relacionados con temas sobre relaciones laborales, reuniones de los directores regionales con el objeto de evaluar el cumplimiento de los indicadores de gestión y, evaluación y planificación del Departamento de Estudios, actividades orientadas a lograr un mejoramiento del quehacer institucional, explicaciones que permiten dar por superada la observación. 1.2.- En la cuenta Mantenimiento y Reparación de Edificaciones, se advirtió falta de oportunidad en la realización de los Informes de Inspecciones Técnicas de Obras, mediante los cuales se autorizaron los pagos y la recepción conforme de las mismas. A modo de ejemplo se citan dos casos: a) Visita por parte del Inspector Técnico de Obras (ITO) a los trabajos de remodelación del primer piso de calle Moneda 723, con fecha 3 de diciembre de 2008, con el objeto de efectuar la recepción final de las obras contratadas por Resolución Exenta N 1167, de 27 de octubre de 2008, de la Dirección del Trabajo, a don Gustavo Silva Navarrete. Al respecto, cabe señalar que en la cláusula quinta del contrato se estableció que los referidos trabajos deberían haber quedado concluidos la primera quincena de noviembre de ese año, no obstante el documento denominado "Recepción Final Obras" de la ITO que autorizó el pago de $17.561.076, equivalente al 50% del valor de los mismos, no hace mención a la demora en la ejecución. Refiriéndose a este punto, el Servicio indica que hubo que aumentar las obras contratadas, atendido a que durante su ejecución, se verificó la necesidad de adicionar al proyecto originario los trabajos que se detallan en los documentos 4 y 5 que se acompañan en el anexo 2 de su respuesta, los cuales fueron aprobados por la ITO, razón por la cual carecía de sentido que en el informe de recepción final se hiciera mención a la demora en la realización. Sobre este punto, cabe señalar que los documentos 2, 3, 4 Y 5 del anexo 2, a los que hace referencia la Dirección en su oficio de respuesta, no se adjuntaron a este documento, en consecuencia, se mantiene lo observado. b) Se verificó que con fecha 23 de diciembre de 2008, la ITO autorizó el pago de la factura N 5321, por $73.139.306, de don Denees Michel Naim Flores, equivalente al total de los servicios contratados, según contrato aprobado por Resolución Exenta N 1247, de 10 de noviembre de 2008, de la Dirección del Trabajo. Dicho documento indica en su cláusula tercera que el pago al contratista se efectuaría en dos cuotas de igual valor; un 50% contra entrega y recepción conforme por parte de la ITO al 50% del avance de las obras y 50% contra entrega y recepción conforme por parte de la ITO del 100% de las obras, condiciones que no se respetaron, omitiéndose la inspección por concepto de avance de la obra. Al respecto, la Dirección señaló que efectivamente no se cumplió con las condiciones contractuales, atendido a que la obra se ejecutaría en un breve plazo, acordándose con el contratista, que se efectuaría un solo pago contra recepción final de la obra. Asimismo, se indicó que la ITO designada r- se mantuvo en permanente contacto con el contra. G r lo que la inspección de los avances de obra se efectuó mediante check. ", ':' de fotografías y con la tlj/tlc ~.'.~.'. uy S DIVISION DE ~\ } V U AUDITOR r 1 \ - 3 - ADMIN/S TtVA 6: ~ ~t _..a'9 '-.~

colaboración del encargado administrativo regional, quién verificaba en terreno que los trabajos se estuvieran ejecutando de acuerdo a los requerimientos técnicos y que las fotografías remitidas por el contratista fueran veraces. Analizada la información, se mantiene lo observado por este Organismo de Control, por cuanto la respuesta de la Dirección no hace sino confirmar lo detectado, demostrando que efectivamente no se dio cumplimiento a lo estipulado en las cláusulas tercera y octava del contrato, referidas al pago y a la supervisión respectivamente, toda vez que el pago debió efectuarse en dos cuotas previo estado de avance y final autorizado por la ITO, y la supervisión debió ser realizada por la Sra Francisca Hurtado, quién debía emitir la recepción conforme en ambas instancias. Se advirtió, además, que no hubo actualizaciones al contrato en cuanto a la modalidad de pago y a las inspecciones técnicas por una persona distinta de la consignada en el referido convenio. 1.3.- En cuanto a la cuenta Gastos de Representación, Protocolo y Ceremonial, cabe indicar que al solicitar la documentación de respaldo y la confirmación de las autoridades que asistieron a las celebraciones del Aniversario Institucional y del Día Internacional de la Mujer, se entregaron fotocopias de fotos sin fecha y fotocopias de un libro de correspondencia que registra las invitaciones emitidas con dos días de anticipación a la realización de los eventos respectivos, al ex Ministro del Trabajo, don Osvaldo Andrade y el Subsecretario del Trabajo, don Mauricio Jelvez Maturana, sin proporcionar otras evidencias que confirmen la asistencia de las autoridades mencionadas. Sobre el particular, solamente se adjuntó un correo de la Subsecretaría del Trabajo, de fecha 2 de abril de 2009, mediante el cual se confirmaba el recibo de las invitaciones y la asistencia del Subsecretario de esa cartera ministerial a la premiación de los funcionarios antiguos de esa Dirección, señalando que no pudo asistir a la celebración del Aniversario del Servicio en razón de otras reuniones agendadas con anticipación. En la respuesta la Dirección expone que es habitual en la Administración del Estado, la relación y concordancia de las agendas de las autoridades, la cual se realiza a través de los gabinetes, quienes comunican oportunamente las fechas para la realización de alguna actividad, con independencia del envío de la invitación, la que en la mayoría de los casos es posterior, o bien, se omite. Asimismo, señala que el Aniversario Institucional no fue la excepción, ya que la concordancia de las agendas y confirmación de la asistencia del Sr. Ministro del Trabajo a la actividad, fue con el gabinete de este último, asistencia que por imponderables, habituales de esos cargos, no pudo efectuarse oportunamente disculpando su inasistencia en pleno desarrollo de la celebración Institucional. En mérito de lo señalado por el Servicio, se aceptan las explicaciones entregadas, con lo cual se da por superada la observación lo observado en

1.4.- Al término del ejercicio presupuestario 2008, el Servicio devengó pagos por arriendo de estacionamientos por un monto de $8.384.803. Al respecto, corresponde hacer presente que se mantienen las debilidades de control observadas en la auditoría anterior, relacionadas con la falta de protocolo en la administración y asignación de los estacionamientos. Actualmente el Departamento de Administración y Gestión Financiera en conjunto con el Departamento de Computación, se encuentran realizando mejoras al sistema de administración de vehículos "SAV", a fin de fortalecer los controles existentes. No obstante lo anterior, efectuado un examen del cumplimiento de las disposiciones que regulan el uso de vehículos estatales contenidas en el Decreto Ley N 799, de 1973, se evidenció que el vehículo patente BTHL-93 a diferencia de los otros vehículos institucionales, no identifica al funcionario que utiliza este medio de movilización, el destino de cada salida, ni tampoco la dirección donde se estaciona al final de la jornada diaria, exigencia contemplada en las letras f) y g), párrafo XII, de la circular N 35.593/95 de esta Contraloría General. Respecto a esta materia, la Dirección del Trabajo informó que el citado vehículo se asignó a la Sra. Directora del Trabajo y que si bien los comprobantes de asignación temporal del vehículo identifican como usuario del móvil al Sr José Hernán Meneses, chofer de la Directora, no se precisa el destino de cada salida, señalándose al efecto la frase "comisión de servicios dentro de Santiago" por lo que a este respecto, ese Organismo reconoce la falta y señala que adoptará las medidas necesarias para corregir esa inobservancia. Asimismo, en cuanto a la observación formulada respecto a la falta de registro del lugar en que se estaciona el vehículo referido al término de cada jornada, se informó que la Dirección mediante Resolución Exenta N 658, de 16 de junio de 2009, estableció como aparcamiento permanente de los vehículos institucionales, placas patentes BTHL-93 y BTHL-94, los estacionamientos ubicados en calle Compañía N 1357, boxes 331 y 507, respectivamente. En razón de la información remitida y de las medidas adoptadas por el Servicio, se levantan las observaciones planteadas. 2.- Examen de cuentas Al respecto, cabe señalar que los gastos examinados, en general, se enmarcaron dentro de la normativa legal y/o reglamentaria vigente, sin perjuicio de las observaciones que se indican a continuación: 2.1.- Arriendo de Oficinas. De acuerdo a los registros consignados en las cuentas del mayor del ejercicio analizado, los pagos por este concepto ascendieron a $135.174.850. En el examen practicado, se observó el pago de la suma de $19.831.636, entre los meses de febrero a diciembre de 2008, a la Sociedad de Inversiones Santa María S.A por el arriendo del inmueble ubicado en calle Campo de Deportes N 787, de la comuna de Ñuñoa, para el us 'vp de la Inspección Comunal del Trabajo Sur Oriente. '1~\ ~, ::s DlVISION DE ~ I.t~ : J U AUDITORIA l ~. CD' ~ ~MINJSTRATI" 6 _ 5 _ < '~./ -~'y<::;i "~-: := J~/

Sobre el particular, cabe señalar que el contrato de arriendo del inmueble asciende a 81 UF mensuales y tiene vigencia de cinco años a contar del 2008 hasta febrero del 2013, el que puede ser renovado automáticamente por períodos iguales y sucesivos, si ninguna de las partes pone término al contrato. En visita practicada al inmueble en abril pasado se constató que a esa fecha permanecía sin utilización y, además, se verificó que a pesar que se tenía arrendado desde febrero de 2008, recién a contar del mes de diciembre se iniciaron obras de reparación también adjudicadas a don Gustavo Silva Navarrete, a quien se le ha pagado a la fecha un total de $81.780.097.- En suma, la Dirección del Trabajo ha gastado alrededor de $108.000.000 por una oficina que no ha utilizado. Al respecto, la Dirección en su respuesta seriala que desde mayo de el ario en curso, el inmueble se encuentra plenamente operativo y que la demora en su ocupación se debió por una parte, a la tardanza de la Dirección de Presupuestos en otorgar la autorización del arriendo respectivo y por otra, al protocolo establecido por la empresa Entel para la instalación de un sistema de enlace, materias que, a su juicio, son ajenas al control y procedimientos de esa Institución. Al tenor de esta respuesta se mantiene lo observado por cuanto la resolución que aprueba el contrato de arrendamiento del inmueble fue emitida con anterioridad a la solicitud de autorización remitida a la Dirección de Presupuestos, por lo que el referido arriendo se materializó sin contar con ella, en contravención a lo indicado en el oficio circular N 1 del Ministerio de Hacienda, de 8 de enero de 2008, referido a instrucciones para la ejecución de la Ley de Presupuestos para el Sector Público en esta materia. 2.2.- Gastos de Representación, Protocolo y Ceremonial. En la revisión practicada se comprobó que al término del ejercicio presupuestario, la Entidad comprometió recursos por concepto de Gastos de Representación por un monto de $25.900.813.- En el examen de los egresos efectuados se establecieron las siguientes situaciones: a} Se evidenció un gasto indebido de $2.135.556 por servicios de cóctel, presentaciones artísticas y servicios de sonido para la celebración del Día Internacional de la Mujer, actividad que no tiene relación con las funciones de esa Dirección. Dictámenes 9503/25.03.09 y 11315/16.05.85. Al respecto, el Servicio seriala que la conmemoración se enmarcó dentro de la celebración efectuada por organismos internacionales como la OIT, consistente en una jornada especial de divulgación de la legislación laboral aplicable a la mujer trabajadora, en el marco de las convenciones internacionales ratificadas como del ámbito propio de su competencias. no autorizado se

b) Asimismo, en razón de la celebración del aniversario de la institución, se verificó el pago $1.862.939 por concepto de regalos a funcionarios, gasto que resulta improcedente y no atribuible a las funciones propias de la Institución. Dictámenes 16561/14.06.84, 8129/27.03.84 Y 11315/16.05.85. Respecto de lo observado, esa Institución expone que uno de los objetos de la celebración del aniversario institucional, fue dar un reconocimiento a aquellos funcionarios antiguos del Servicio con la entrega de un presente recordatorio. No obstante, esa Dirección indica que incurrió en un error involuntario que será corregido en el futuro. Al igual que en la situación anterior, esta Contraloría formulará el reparo correspondiente por el citado desembolso. En mérito de los antecedentes presentados por el Servicio en su oficio de respuesta y los resultados del análisis de los mismos, es posible concluir lo siguiente: CONCLUSIONES. a) Se estima pertinente aceptar las explicaciones entregadas por la Dirección en cuanto a los gastos observados por el arriendo de salones, ya que ese Organismo manifestó que los referidos gastos no obedecieron a actividades de capacitación, sino a encuentros zonales, reuniones de directivos y de coordinación, razón por la cual la imputación presupuestaria del gasto generado fue hecha bajo el ítem "otros arriendos". b) Se aceptan también las acciones a las que se compromete la Dirección, con respecto a que en los comprobantes de asignación temporal del vehículo patente BTHL-93, se registrará el destino de cada salida y el lugar de estacionamiento permanente del vehículo institucional ubicado en calle Compañía N 1357. c) En relación con los contratos de obras, estos deberán actualizarse de manera que en ellos se estipulen las modificaciones convenidas, tanto respecto de las condiciones que se deben cumplir para el pago de las prestaciones, como en cuanto a los cambios de la persona que intervendrá en las inspecciones de terreno, a fin de no incurrir en futuros incumplimientos de contratos. d) En cuanto a los gastos observados por concepto de celebración del Día Internacional de la Mujer, esta Contraloría General procederá a evaluar la pertinencia de efectuar el correspondiente juicio de cuentas.

('l Respecto de las demás observaciones. se validará su cumplimiento en visitas posteriores que desarrolle este Organismo de Control. Saluda atentamente a Ud., \., ~ÁRM~~';~R OS! SUBJEFE DIVISiÓN DE AUDIToRlA ADMINISTRATIVA

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División Auditoría Administrativa Área Educación; Trabajo y Previsión Social