IMPLEMENTACION SISTEMA DE GESTION DE CONTROL SEGURIDAD Y GARANTÍA DEL ESTADO DE LOS ENVÍOS DE MENSAJERÍA EXPRESA

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PROCEDIMIENTO Y SEGURIDAD PARA GARANTIZAR EL MENSAJERIA EXPRESA HASTA LA ENTREGA AL DESTINATARIO 1.- Descripción: El régimen jurídico de protección de los derechos de los usuarios de los servicios postales está establecido principalmente en los artículos 24 y siguientes de la Ley 1369 de 2009 y la Resolución 3038 de 21 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones. Así mismo, será aplicable el régimen general de protección al consumidor y sus normas complementarias en lo no previsto en aquella. El régimen de protección de los derechos de los usuarios de los servicios de mensajería expresa aplica a las relaciones surgidas entre los operadores y los usuarios de este servicio en virtud del ofrecimiento y prestación del mismo. El Servicio de Mensajería Expresa es el servicio postal urgente que exige la aplicación y adopción de características especiales para la recepción, recolección, clasificación, transporte y entrega de objetos postales hasta de 5 kilogramos. El servicio de mensajería expresa debe contar al menos con las siguientes características: El objetivo integral de los prestadores de servicios postales es el de lograr una satisfacción general en los usuarios y brindarle respuesta satisfactoria de sus inquietudes de forma inmediata.

1. Registro individual. Todo servicio de mensajería expresa debe tener un número de identificación individual que cumpla las veces de admisión o guía, el cual igual debe de registrar la firma del destinatario en señal de satisfacción y debe de ser debidamente archivado y custodiado físicamente y contar con un soporte tecnológico y sus respectivos archivos de. 2. Recolección a domicilio. A solicitud del cliente, pero dejando la evidencia en debida forma en las respectivas guías hasta su entrega a satisfacción. 3. Curso del envío: Todo envío de mensajería expresa debe cursar, con una copia del recibo de admisión adherido al envío y su respectivo control y seguimiento de durante el desplazamiento, para evitar que sea manipulado por personas diferentes a su destinatario, es decir garantizar la no violación de la encomienda. 4. Tiempo de entrega. El servicio de mensajería expresa se caracteriza por la rapidez en la entrega, la cual debe de ser debidamente anunciada al usuario y cumplírsela dentro de la operación normal, y dejar las evidencias de las situaciones que no permitan el cumplimiento manifestado. 5. Prueba de entrega: Es la guía de recibo con la constancia de la fecha, hora de recibido e identificación de quien recibe a satisfacción, la cual debe de ser objeto de su respectivo archivo por el tiempo que determine la norma. 6. Rastreo. Es la operación que consiste en efectuar un efectivo seguimiento al curso del envío desde la recepción hasta la entrega, en donde en especial se garantice que la misma no es objeto de abertura durante su desplazamiento. 7. Garantía del correcto estado de los envíos: Es el proceso desarrollado por la empresa para preservar el correcto estado de los envíos en sus condiciones físicas, forma, color y condiciones de uso desde su recibido hasta su entrega a satisfacción.

De todo lo anterior, se dejarán evidencias físicas y en especial de su socialización y conocimiento al personal operativo de la organización. 1. Objetivo General: Garantizar como operador de mensajería expresa la correcta conservación y manejo de los objetos postales o elementos recibidos como envíos en lo relacionado con sus condiciones físicas, de forma, color, y condiciones para su uso de acuerdo al estado en que han sido recibidos, hasta la satisfacción integral del usuario 2. Objetivos específicos: Garantizar a los usuarios de los Servicios de mensajería expresa de una forma eficiente y eficaz, los siguientes derechos: 1. A que se divulguen de forma diaria y permanente y mediante medios idóneos, las condiciones de prestación de cada uno de los Servicios de mensajería expresa a saber, determinando con exactitud, la cobertura, frecuencia, tiempo de entrega, tarifas y trámite de las peticiones, quejas, sugerencias y reclamaciones, utilizando los puntos de atención y todos los recursos físicos, tecnológicos y humanos con que cuenta la persona jurídica. 2. A que se le reconozca y cancele dentro de los términos establecidos la indemnización por la pérdida, expoliación o avería de los objetos enviados. 3. A que se ordene la devolución de los objetos postales que no hayan sido entregados al destinatario y a la modificación de la dirección para una nueva remisión, mediante el pago de las tarifas correspondientes, siempre que las condiciones fijadas por el Operador para la prestación del servicio lo permitan y no se genere perjuicio al usuario.

4. A dejar debidamente registrado el proceso de respuesta escrita dentro de los términos estipulados dirigida a los usuarios cuando estos formulen quejas o reclamos por perdidas, averías, o expoliación por pérdidas o deterioros. Se dejarán evidencias físicas de las entradas y salidas de cada situación, las cuales serán debidamente archivadas y custodiadas conforme lo determina la norma. 3. Alcance: Este procedimiento es aplicable a todos los contratos de prestación de mensajería expresa, garantizando la observancia de los siguientes principios: 1. El secreto e inviolabilidad de las comunicaciones de mensajería expresa, garantizando su con un efectivo seguimiento y control. 2. El respeto a la intimidad de los usuarios, certificando que los envíos no sean objeto de violación o manipulación indebida 3. La neutralidad y confidencialidad de los servicios de mensajería expresa, con una operación integral segura y responsable hasta su destino final. 4. Garantizando la igualdad de trato a los usuarios de los Servicios de mensajería expresa que estén en condiciones semejantes, y ofreciéndoles respuestas de forma oportuna y satisfactoria. 5. A que le presten el servicio libre de cualquier tipo de discriminación, especialmente derivadas de consideraciones políticas, religiosas, ideológicas, étnicas, etc, pero respetando y cumpliendo con las prohibiciones de ley.

4. Términos y definiciones: SAC Servicio al Cliente, Identificar, seleccionar, revisar y confirmar, todas las transacciones que afecten la entidad. Servicio de Mensajería Expresa. Servicio postal urgente que exige la aplicación y adopción de características especiales para la recepción, recolección, clasificación, transporte y entrega de objetos postales hasta de 5 kilogramos. Este peso será reglamentado por la Comisión de Regulación de Comunicaciones, cumpliendo de forma integral el marco legal que enmarca la operación. Objetos Postales. Objetos con destinatario, presentados en la forma definitiva en que deban ser transportados por el Operador de Servicios de mensajería. Se consideran objetos postales entre otros las cartas, tarjetas postales, telegramas, extractos de cuentas, recibos de toda clase, impresos, periódicos, cecogramas, envíos publicitarios, muestras de mercaderías y pequeños paquetes. Operador de Mensajería Expresa. Es la persona jurídica, debidamente habilitada por el Ministerio de la tecnología, información y las Comunicaciones para ofrecer al público un servicio postal urgente con independencia de las redes postales oficiales de correo nacional e internacional, que exige la aplicación y adopción de características especiales para la recepción, recolección, clasificación, transporte y entrega final a su destinatario, quien debe de quedar debidamente satisfecho. IMPLEMENTACION SISTEMA

Remitente. Persona natural o jurídica que utiliza los servicios postales, con el fin de enviar objetos postales, a un destinatario local, nacional o internacional, garantizándole una trazabilidad en donde se resalte la y la inviolabilidad. Destinatario. Persona natural o jurídica a quien se dirige por parte del remitente un objeto postal, bien sea a dirección o a un punto determinado para reclamar, quien debe de quedar satisfecho. 5. Documentos relacionados o marco legal aplicable: Ley 1369 de diciembre 30 de 2009 artículos 24, 25 y subsiguientes. Resolución CRC 3038 de abril 4 de 21 Directivas internas de Transportes Armenia. 6. Descripción del procedimiento: 1.- El proceso se inicia cuando el usuario se acerca a nuestras oficinas a solicitar nuestros servicios de mensajería expresa, o se recibe llamada telefónica para recoger los paquetes en un domicilio determinado. 2.- Quien recibe el paquete elabora la guía teniendo en cuenta de preguntar al usuario los datos correspondientes a su identificación, que envía y la demás información que hace parte del contrato entre el operador y el remitente. Destinatario. Persona natural o jurídica a quien se dirige por parte del remitente un objeto postal, bien sea a dirección o a un punto determinado para reclamar, quien debe de quedar satisfecho.

PC- 7. Documentos relacionados o marco legal aplicable: Ley 1369 de diciembre 30 de 2009 artículos 24, 25 y subsiguientes. Resolución CRC 3038 de abril 4 de 21 Directivas internas de Transportes Armenia. 8. Descripción del procedimiento: 1.- El proceso se inicia cuando el usuario se acerca a nuestras oficinas a solicitar nuestros servicios de mensajería expresa, o se recibe llamada telefónica para recoger los paquetes en un domicilio determinado. 2.- Quien recibe el paquete elabora la guía teniendo en cuenta de preguntar al usuario los datos correspondientes a su identificación, que envía y la demás información que hace parte del contrato entre el operador y el remitente. 3.-El funcionario que recibe el envío deberá informar al usuario que tipos de elementos no se pueden transportar como perecederos, explosivos, vidrio, líquidos inflamables, elementos contaminantes y los demás contenidos en el artículo 14 de la resolución 3038 de abril 4 de 20 de la CRC. 4.- Una vez recibido el envío la empresa se hace cargo del contenido del mismo procediendo a revisar que este bien embalado a verificar su posible contenido de acuerdo a la información del usuario teniendo en cuenta los compromisos de reserva, intimidad, confidencialidad e inviolabilidad que determina el artículo 17 de la resolución No. 3038 de abril 4 de 21 de la CRC. IMPLEMENTACION SISTEMA PC-

5.- La persona encargada del despacho deberá proceder a adherir al paquete la copia de la guía en bolsa plástica asegurándola con cinta de plástico selladora o cinta adhesiva de refuerzo que tenga al menos 5 cm (2") de ancho, si el elemento contenido es frágil deberá colocarse en forma visible una cinta con la información de frágil o delicado. 6.- En el caso de cajas de cartón se utilizará el método de sellado H, aplicando al menos tres capas de cinta adhesiva de plástico de al menos 5 cm (2") de ancho en la parte superior e inferior del cartón, sellando todas las juntas y solapas, colocando la etiqueta del envío en la parte superior del lado más grande. 7.-De todo este manejo a partir de la recepción del paquete o sobre, hasta la oficina de destino o domicilio de entrega será responsabilidad de la empresa quedando constancia en la videograbación efectuada por las cámaras instaladas en cada oficina de mensajería expresa de S.A. y en los registros físicos relacionados con cada guía. 8.- Desde la oficina de recepción hasta el sitio de entrega el rastreo del envío se hace a través del software de la empresa que nos informa de acuerdo al número de guía donde se encuentra el despacho, fecha, persona encargada, vehículo que la transporta, conductor, destino final quien recibió, lugar de entrega firma a satisfacción por parte del destinatario y en especial que durante su desplazamiento no fue objeto de violación en su contenido. Este rastreo nos determina en todo momento el estado actual del envío, verificación de la entrega del mismo y opta por opciones de cambio de entrega en caso de presentarse algún inconveniente en el transcurso entre la recepción y la entrega.

9.- Cualquier reclamación surgida en el desarrollo del contrato de envío por mensajería expresa será atendido de acuerdo al procedimiento de PQRs establecido por la empresa, respetando los derechos de remitentes y destinatarios de acuerdo a lo establecido en los artículos 13, 14, 15, y subsiguientes de la resolución 3038 de abril 4 de 21 proferida por la CRC, de lo cual deben de quedar las evidencias físicas y debidamente archivadas y custodiadas durante el tiempo exigido. 9. Plan de Mejoramiento: IMPLEMENTACION SISTEMA PC- Creación de una oficina especializada en gestión de Calidad en el servicio, con personal debidamente capacitado y comprometido. Que se encargue de: Sensibilización general del eslogan empresarial EJERZO LA LABOR OPERATIVA BAJO LOS SISTEMAS DE CONTROL Y CONTROLO LO EJECUTADO. Verificación aleatoria pero permanente de la calidad del servicio, verificando tiempo de entrega, satisfacción del cliente, tarifas, ; mediante encuestas o parámetros que demuestren de forma efectiva la labor. Control mediante verificación y seguimiento diario de los vehículos; de la trazabilidad de los envíos postales, de lo cual debe de quedar la evidencia en el plan de ruta respectivo.

DE GESTION DE CONTROL PC- Actualización permanente del software, que permita alcanzar los ofrecimientos que se le hacen a los usuarios y ante todo registre de forma integral del resultado final de cada operación, en donde se evidencie de forma eficiente y eficaz la satisfacción del usuario en general. Implementación del uso de distintivos que identifiquen el tipo de envió (delicado- flechas de orientación), con el fin de garantizar un efectivo desplazamiento y en su llegada, el cual solo será retirado por el destinatario al recibo y satisfacción. Para lograr esta operatividad y eficiencia en lo determinado como plan de mejora, igual se diseñará y llevara a cabo un plan de capacitaciones continuas dirigidas a los funcionarios, con el fin de lograr de parte de estos una sensibilización y responsabilidad en la operación en donde se evidencie el sentido de pertenencia por la organización, capacitaciones de las cuales quedarán sus respectivas evidencias y registro de asistencia. Verificación permanente de lo ordenado, con el fin de evaluar y determinar correctivos que garanticen un crecimiento y cumplimiento de lo deseado y ordenado por la administración.

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