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vuelta de los hijos al hogar, generando conflictos y una readaptación difícil a una nueva situación familiar. Esta situación de malestar requiere de una intervención a nivel individual y grupal, así como de la formación de grupos de autoayuda que en un futuro se conviertan en una forma de intervención gestionada por los propios afectados, en este caso mayores o familias de los mismos. 2. OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es posibilitar un apoyo psicológico, en diferentes niveles de atención, individual, familiar y grupal, a los mayores detectados, como aquellos que, por iniciativa propia lo demanden y precisen, en situación de malestar emocional, de un tratamiento y atención psicológica especializada, así como la formación y promoción de grupos de autoayuda. 3. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución total del presente contrato estará comprendido entre el 6 de abril de 2015, o desde la fecha de formalización del contrato si está es posterior, y el 18 de diciembre de 2015, ambos incluidos, con excepción del mes de agosto en el que no se realizará actividad alguna. 4. DESTINATARIOS Los destinatarios principales del Programa serán los mayores de 65 años del Distrito de Fuencarral-El Pardo y los socios de los Centros Municipales de Mayores, pudiendo asistir, igualmente, familiares de los mismos si es requerido y pertinente para el tratamiento, únicamente cuando el afectado sea el mayor a tratar, así como vecinos del Distrito, en cuanto al nivel formativo, que presenten problemáticas relacionadas con mayores. 5. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS OBJETIVOS GENERALES - Mejorar la calidad de vida y el bienestar psicológico de los usuarios, mayores del Distrito de Fuencarral-El Pardo y sus familias. 2

OBJETIVOS ESPECIFICOS - Intervenir sobre las dificultades de adaptación al envejecimiento (pesimismo, irritabilidad, soledad, falta de apoyo.) - Promocionar, formar, diseñar e implementar grupos de apoyo mutuo y autoayuda. - Reconceptualizar el significado de la vejez y el impacto en las diversas áreas de funcionamiento del mayor. - Intervenir a nivel grupal mediante grupos dirigidos sobre problemáticas que afecten a los mayores. - Intervención sobre los procesos de duelo facilitando la aceptación de la realidad de la pérdida, así como la expresión y el manejo de los sentimientos ligados a ella. - Apoyar e intervenir sobre el impacto de la pérdida de las funciones cognitivas y psicomotrices y la adaptación a las mismas. - Intervenir sobre las situaciones sobre las que el regreso al hogar de los hijos represente una situación de malestar emocional en el mayor. 6. NIVELES DE ATENCIÓN 6.1 FORMATIVA Formación en grupos de autoayuda: Dicha formación debe ir dirigida a dotar a los participantes de herramientas básicas para conducir grupos de ayuda mutua, conceptualizados estos como espacios en donde los individuos que comparten un problema o situación similar, expresen emociones y sentimientos, intercambien experiencias y se brinden apoyo mutuo. La formación será dirigida a los mayores y a todas aquellas personas que presenten problemas relacionadas con temas de mayores, motivo por el que ésta será impartida además de en los seis Centros Municipales de Mayores del Distrito, en sus cuatro Centros Municipales de Día y en los dos Centros de Servicios Sociales. A dicha formación se dedicarán 304 horas durante la totalidad del plazo de ejecución del contrato, a razón de 38 horas mensuales, estando la misma abierta tanto a personas mayores socios/as de los Centros Municipales de Mayores, como a aquellos vecinos del Distrito que presenten problemas relacionados con el cuidado y la atención o convivencia con personas mayores. Para la difusión y publicidad de esta actividad, el contratista se encargará de la distribución de carteles divulgativos de la misma en el mes de abril, primer mes de ejecución, así como del mantenimiento de reuniones informativas organizadas por los Servicios Sociales del Distrito. 3

En los carteles utilizados como medio de difusión de esta actividad aparecerá en lugar prominente el nombre de la misma y el logotipo del Ayuntamiento de Madrid. En todo caso, cualquier material que se edite deberá contar con el visto bueno y aprobación del Ayuntamiento de Madrid. 6.2 GRUPAL Realización de talleres dirigidos por un profesional, a llevar a cabo exclusivamente en los seis Centros Municipales de Mayores, cuyo contenido verse sobre temas relacionados con la persona mayor, siendo los objetivos de los mismos fomentar vínculos de confianza entre los usuarios, posibilitar la mejora de las situaciones de malestar por medio de la actividad grupal, facilitar la expresión emocional, así como crear redes sociales que perduren más allá del taller. 6.3 INDIVIDUAL Tratamiento y atención a nivel individual. La atención individual, al igual que la grupal sólo se prestará en los seis Centros Municipales de Mayores, dirigiéndose a intervenir en situaciones específicas de crisis, ajuste de expectativas y resolución de conflictos personales de aquellos usuarios de dichos Centros que así lo necesiten, siempre que las mismas respondan a un malestar psicológico, descartando, por tanto, de dicha atención las patologías mentales, que serán derivadas al recurso procedente. En dicho nivel de atención podrán participar familiares de dichos mayores si se considera procedente para el tratamiento de esas situaciones, siendo este aspecto previamente consultado con el Departamento de Servicios Sociales, siendo, igualmente, requisito imprescindible para la prestación de esta atención la aceptación del mayor y, posteriormente, de sus familiares, circunstancia de la que quedará constancia por escrito. Podrá ser requerida la participación del profesional que dirija el tratamiento en los espacios de coordinación establecidos por el Departamento de Servicios Sociales, encontrándose aquel, consecuentemente, obligado a comunicar a Servicios Sociales cualquier situación de riesgo que pudiera conocer por su intervención con los mayores. 7 LUGAR DE EJECUCIÓN Y HORARIO DE ATENCIÓN El Programa de Atención Psicológica Grupal, Familiar e Individual, Especializada en Gerontología, se realizará en los siguientes Centros Municipales de carácter social del Distrito de Fuencarral-El Pardo: Centros Municipales de Mayores: Vaguada, Peñagrande, Ginzo de Limia, Vocal Vecino Justo Sierra, Alfonso XII e Islas Jarvi. 4

Centros Municipales de Día: Vocal Vecino Justo Sierra, Fray Luis de Léon, El Pardo y Peñagrande. Centros de Servicios Sociales: Badalona y San Vicente de Paúl. Las 948 horas de atención individual y grupal a prestar durante el plazo total de ejecución del contrato se dividirán en horario de mañana y tarde en los seis Centros Municipales de Mayores. Las 304 horas a dedicar a la formación en grupos de autoayuda prestar durante el plazo total de ejecución del contrato se distribuirán, igualmente, en horario de mañana y tarde en los Centros descritos en el párrafo anterior, en relación a los centros de día, dada su función de atención no residencial a mayores, se realizará una coordinación previa por parte de Servicios Sociales con los mismos, ajustando dicha formación al horario mas conveniente para su organización interna. En cuanto al resto de los Centros dicha distribución horaria se ajustará al número de personas inscritas, realizando un cuadrante previo y posterior a las inscripciones por parte del contratista, ajustando el número de grupos a realizar hasta dar cumplimiento a las 304 horas establecidas para la formación. 8 RECURSOS HUMANOS Los licitadores, en su respectivas proposiciones, deberán designar un/a Coordinador/a, responsable general, que actuará como interlocutor con el Distrito de Fuencarral-El Pardo, a través del Departamento de Servicios Sociales, con el fin de evitar cualquier error de interpretación o comprensión. Deberá encargarse de coordinar y supervisar todas las prescripciones descritas en el presente pliego, garantizando así que la empresa contratista cumpla correctamente con sus obligaciones contractuales. Igualmente, deberán designar un sustituto/a para supuestos de ausencia de dicho responsable. 1 Titulado de Grado Medio o superior (Diplomado, Licenciado o título equivalente a cualquiera de ambos en Psicología, Trabajo Social o Educación Social) que realizará las funciones de Coordinador del Programa y de apoyo al resto de profesionales. Deberá contar con una experiencia mínima de dos (2) años en trabajo con mayores y coordinación de equipos. Dicho profesional dedicará 25 horas mensuales al seguimiento y coordinación del equipo de psicólogos, coordinación con el Departamento de Servicios Sociales y reuniones con los Centros en los que se desarrollará el Programa. 3 Profesionales con titulación de Licenciado en Psicología. Todos ellos deberán contar con al menos un (1) año de experiencia laboral en materia de mayores, dedicando cada uno de ellos 6 horas diarias, de lunes a viernes laborables, a la atención grupal e individual. 5

1 profesional cuya titulación debe ser Diplomado, Licenciado o título equivalente a cualquiera de ambos en Psicología, Trabajo Social, Educación Social o Terapia Ocupacional, debiendo contar con experiencia demostrada en formación, que se dedicará a la formación en grupos de autoayuda, a lo que dedicará 38 horas mensuales. Para cada miembro del personal de ejecución del contrato, según la adscripción que el licitador realice, la titulación requerida se acreditará mediante copia del título o títulos correspondiente/s, y su formación y experiencia en trabajos relacionados con el objeto del contrato mediante curriculum vitae. El contratista deberá contar con los medios personales fijados durante todo el plazo de ejecución del contrato, garantizando la correcta calidad y continuidad de los trabajos descritos y resolviendo cualquier incidencia que pudiera producirse en el período de ejecución. El personal estará sometido al poder de dirección y organización del contratista (retribuciones, jornada laboral, instrucciones, etc.) y a todo ámbito y orden legalmente establecido siendo, por tanto, éste el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, Prevención de Riesgos Laborales y fiscal, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo. Las sustituciones del personal que se puedan llevar a cabo por parte del contratista deberán ser informadas al Departamento de Servicios Sociales con suficiente antelación, cumpliendo en todo caso el personal sustituto las condiciones fijadas para los sustituidos en el presente Pliego en cuanto a su titulación y experiencia. 9 COORDINACIÓN Se llevaran a cabo las siguientes coordinaciones: - Coordinación interna del equipo: El equipo de profesionales del Programa mantendrá reuniones periódicas para programar, evaluar y hacer seguimiento de las actividades a desarrollar. - Coordinación con el Departamento de Servicios Sociales: El Coordinador mantendrá coordinación mensual con el Departamento de Servicios Sociales, a través de la Jefa de Sección de Programas y la Coordinadora de Centros de 6

Mayores. En estas reuniones se intercambiará información para garantizar el correcto funcionamiento del programa, cumplimiento horario y cumplimiento de objetivos. El Coordinador o los Psicólogos, como ya se ha especificado anteriormente, podrán ser requeridos a participar en reuniones con el Departamento de Servicios Sociales para tratamiento de casos individuales. Previo a la coordinación, será entregado al Departamento de Servicios Sociales un informe descriptivo cualitativo de las actuaciones realizadas, distribución de las horas y número de asistentes. 10 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Se diseñará la siguiente documentación técnica que será valorada para la adjudicación dentro de los Criterios no valorables en cifras y porcentajes. - Informe mensual, ficha de inscripción, informe de derivación o información a servicios sociales, ficha de continuidad del tratamiento, modelo de aceptación del tratamiento, modelo de aceptación del tratamiento por familiares. - Memoria final a entregar a la finalización del contrato en el último mes de vigencia del mismo. Toda la documentación técnica descrita que contenga datos personales de los mayores será de uso exclusivo del Departamento de Servicios Sociales, en aras a preservar la identidad y problemáticas de los mismos, así como a dar cumplimiento a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal Así como la RECOMENDACIÓN 1/2005, de 5 de agosto, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre Archivo, Uso y Custodia de la Documentación que compone la Historia Social no informatizada, y la RECOMENDACIÓN 1/2008, de 14 de abril, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre el Tratamiento de datos personales en los Servicios Sociales de la Administración de la Comunidad de Madrid y en los Servicios Sociales de los Entes Locales. 11 RESPONSABILIDAD DE LAS INSTALACIONES Y EL MATERIAL El contratista será directamente responsable del buen uso de las dependencias y material de propiedad municipal en las que se lleve a cabo el programa. 7

Serán responsabilidad del contratista los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros durante la ejecución del contrato con ocasión del funcionamiento normal o anormal del servicio, siendo a cargo del contratista las indemnizaciones que deban satisfacer como consecuencia de las lesiones que aquellos sufran en sus bienes y derechos, todo ello con arreglo a la legislación sobre contratos y responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. A tal efecto, la empresa adjudicataria, deberá contar con un seguro de Responsabilidad Civil por un importe mínimo de 150.000,00 euros, del cual presentará póliza y el recibo de estar al corriente de pago. 12 PRESUPUESTO El presupuesto base de licitación de la presente contratación es de 67.560,00 euros, IVA excluido, al que corresponde por IVA (tipo 10 %) la cuantía de 6.756,00 euros, totalizándose el presupuesto en 74.316,00 euros, IVA incluido. Dicho gasto se imputará a la aplicación presupuestaria 001/208/231.03/227.99, Personas Mayores y Atención Social. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales, del Presupuesto del Distrito de Fuencarral-El Pardo aprobado para 2015. 13 OTRAS CONDICIONES TÉCNICAS 13.1 Los objetivos a desarrollar, así como la metodología concreta para su consecución, se definirán por el licitador en un programa de trabajo, que será valorado en la fase de adjudicación dentro de los Criterios no valorables en cifras y porcentajes, detallado para cada una de las actuaciones a realizar, en formato CD, archivo Pdf, y en formato papel, ajustándose a las directrices que se recogen en este Pliego. 13.2 Dicho programa incluirá un desarrollo detallado de la planificación y ejecución de todas las actuaciones contenidas en el presente pliego, especificando lo siguiente: Intervención individual y familiar, descripción de la fase de detección de casos, número de entrevistas iniciales; En la fase de tratamiento, duración y características del mismo, duración de las entrevistas de tratamiento, periodicidad de las mismas, descripción de la fase de cierre. Protocolo de intervención con familiares afectados en el tratamiento. Intervención grupal, tipos de grupos a llevar a cabo, frecuencia y duración de los mismos, presentación de una ficha/proyecto de planificación del grupo. Formación en grupos de autoayuda, planificación de espacios físicos y planificación temporal, descripción de las fases para la puesta en marca de los mismos: divulgación, desarrollo y finalización. 8

Coordinación entre el coordinador y los profesionales, y coordinación con Servicios Sociales, detallando todas las estrategias a llevar a cabo para una correcta coordinación. 13.3 Los licitadores presentarán un cronograma tipo que incluya las fechas y distribución horaria en las que se llevará a cabo cada actuación a realizar, intervención individual, intervención grupal y formación en grupos de autoayuda, dentro de las fechas de ejecución del contrato, contemplando la fase inicial de detección, intervención y evaluación, y ajustando el mismo a las horas a llevar a cabo en cada una de las actividades. 13.4 El Distrito se reserva el derecho a formular cuantas objeciones fundamentadas estime convenientes modificando las orientaciones, según las conveniencias del Programa, debiendo someterse el contratista a las directrices e instrucciones que le sean formuladas por el Responsable del contrato con objeto de tener la máxima eficacia y coordinación. El órgano contratante se reserva la facultad de inspeccionar en cualquier momento el desarrollo del servicio pudiendo variar aquello que no suponga modificación sustancial de los pliegos de condiciones y siendo dichas variaciones de obligado cumplimiento para el adjudicatario. 13.5 La empresa adjudicataria designara a un/a coordinador/a que será el interlocutor directo con el Departamento, siendo obligatorio nombrar a un sustituto para la cobertura de las bajas o ausencias del titular, de acuerdo con la Instrucción 5/2012. 13.6 En el eventual supuesto de huelga en el sector al que pertenecen los trabajadores adscritos al contrato, el contratista deberá mantener informado al Departamento de Servicios Sociales de este Distrito de las incidencias y desarrollo de la misma. Previo a la celebración de la huelga, el contratista deberá presentar un informe propuesta de servicios mínimos. Una vez finalizada ésta deberá presentarse otro informe en el que se indiquen los servicios efectivamente prestados y el número de horas en cada caso. 14 CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN El contratista y el personal que desarrolle su actividad en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del Órgano de contratación al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección 9

de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia. El contratista se obliga especialmente a lo siguiente: 1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del actividad (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir las actividades objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato. 2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del actividad objeto del presente pliego. La empresa contratista, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas. 3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa contratista como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso. 4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el Órgano de contratación le pueda especificar en concreto y que se incluyan como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del actividad objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido 10

Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD). 6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información. 7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello. 8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa contratista como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid. 9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. 10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD). 11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para garantizar la seguridad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Dicha memoria deberá contener el nivel de seguridad que permite alcanzar así como información sobre la posibilidad de definir distintos perfiles de acceso, existencia de un mecanismo de identificación y autenticación y, en su caso, descripción de la gestión de contraseñas. También y cuando proceda, el tratamiento que se aplicará a los soportes y documentos, el procedimiento de gestión de copias de respaldo y el contenido del registro de accesos. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación la persona que será 11

directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional. 12º) Si el contratista utilizara equipos informáticos para la realización de las prestaciones objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, previamente a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable por el Ayuntamiento habiéndolo comunicado por escrito, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados. En el desarrollo de este contrato el responsable del mismo, el Departamento de Servicios Especiales, vigilará que por parte del contratista y su personal se cumplan sus instrucciones, así como todas las condiciones que se recogen en la presente cláusula. Madrid, 30 de enero de 2015 JEFA DEL DEPARTAMENTO DE. Fdo.: Laura Carames Gutierrez. 12