CODIGO DE ETICA MUNICIPIO DE ASTREA CESAR ASTREA COMUNITARIA, PARTICIPATIVA Y EFICIENTE EDGAR ORLANDO BARRIOS ORTEGA Alcalde Municipal NOVIEMBRE DE 2008
1. CÓDIGO DE ÉTICA DEL FUNCIONARIO PÚBLICO MUNICIPIO DE ASTREA CESAR. 1.1 INTRODUCCION La Administración pública enmarcada en un Estado Social. Los principios éticos son parte del comportamiento moral, de la cultura, de las virtudes, de la actitud y de la conducta de las personas en general. El Municipio de Astrea considera que el comportamiento ético es la base fundamental para el ejercicio de las atribuciones del Sistema de Control Gubernamental, normado por la Ley 1178 de 20 de julio de 1990, cuyo último beneficiario es la colectividad, tal como lo establece la Constitución Política de Colombia: la misión social que debe cumplir. La participación ética de los servidores públicos en general, se asegura respetando un conjunto de valores o principios morales. El Código de Ética es un instrumento eficaz para promover la conducta moral en el ejercicio del control estatal. 1.2 ALCANCE DEL CÓDIGO Están comprendidos en el alcance de este Código, los servidores públicos que se desempeñan en todos los niveles y jerarquías bajo cualquier modalidad de vínculo contractual, temporal o permanente del Municipio Astrea Cesar.
1.3. PROPOSITO Este Código rige el comportamiento individual que debe observar el Servidor Público en cumplimiento de sus responsabilidades en el ejercicio de sus atribuciones, determinadas por el sistema de Control Gubernamental. 1.4 PRINCIPIOS ÉTICOS El Servidor Público debe practicar e incorporar en el ejercicio de las funciones públicas los siguientes principios éticos: Principio de imparcialidad: La imparcialidad implica actuar dentro de parámetros objetivos, sin consideraciones a favor o en contra de persona o personas, públicas o privadas, en interés particular. Principio de independencia: Para garantizar la independencia debe abstenerse de ejercer y rechazar cualquier tipo de presión, directa o indirecta, su actuar debe ser libre y autónomo. Principio de transparencia: La transparencia se concreta en actuar de manera clara, sin dar motivos de duda ni ambigüedades, y cumplir con los trámites y procedimientos establecidos por la Constitución, la Ley y el Reglamento para adoptar una decisión. Principio de solidaridad: Los criterios de lealtad, buena fe, compañerismo, respeto, cooperación y colaboración regulan las relaciones entre los servidores públicos del Municipio. 1.4.1. Comportamiento Personal 1. Integridad y Probidad El Servidor Público debe ser honesto y desempeñar sus funciones con rectitud y dignidad.
2. Conducta y Disciplina El Servidor Público debe mantener una conducta que fortalezca el prestigio de su actividad profesional y evidencie su voluntad de servicio a la entidad, al Estado y a la colectividad. Debe adherirse a las políticas, disposiciones legales, y normas administrativas y técnicas, establecidas por el Municipio de Astrea y/o la institución donde presta sus servicios, conciliándolas con las de la entidad. 3. Confidencialidad de la Información La confidencialidad y la utilización prudente de la información, son componentes básicos en el ejercicio de los servidores públicos en desarrollo de sus funciones. El Servidor Público debe guardar la reserva y el secreto profesional, sin revelar información que sea de su conocimiento por el ejercicio de sus funciones, excepto en los casos y formas exigidas por Ley. Ningún funcionario utilizará esta información en beneficio propio, ni en beneficio de terceros. 4. Lealtad Institucional El Servidor Público debe demostrar lealtad con el país, la sociedad y el Municipio de Astrea, así como con la profesión o actividad que ejerce; y deberá demostrar sentido de pertenencia. 1.4.2. Desempeño y Competencia Profesional y Técnica 1. Independencia El Servidor Público debe mantener y demostrar absoluta independencia de criterio con respecto al ejercicio de sus funciones o actividades que desarrolle, desempeñándolas con honestidad.
2. Objetividad El Servidor Público debe ser imparcial, objetivo y equitativo en el ejercicio de sus funciones y demostrarlo, evitando los conflictos de interés que comprometan su independencia y objetividad. 3. Desempeño Profesional El Servidor Público debe aplicar, tanto en el desempeño de sus funciones como en la supervisión del trabajo de sus subordinados, juicios con sensibilidad profesional y moral. Debe brindar su mayor esfuerzo, procurando mejorar su competencia profesional o técnica y la calidad de sus servicios. 4. Actividades Incompatibles El Servidor Público debe abstenerse de ejercer la práctica profesional particular cuando ésta genere conflicto con las disposiciones de este Código, las normas del Sistema de Control Gubernamental o el marco de lealtad en el servicio del municipio al cual presta sus servicios. Está impedido de participar en la administración de la institución donde ejerce alguna actividad de control o supervisión, de igual manera la persona que haya realizado actividades de control aplicables al municipio desde un ente de control externo deberá abstenerse de ser parte de la administración hasta el término que disponga la Ley. Para efectos del Sistema de Control Interno debe evitarse la duplicidad de funciones. 1.4.3. Responsabilidad ante Terceros 1. Prohibición de Recibir Beneficios El Servidor Público debe abstenerse de recibir beneficios de cualquier naturaleza que comprometan o aparenten comprometer su independencia y objetividad, debiendo informar de estos hechos a sus superiores. 2. Interés Público y Valor Agregado
El Servidor Público, en todos los casos, debe servir con prioridad al interés público, honrar la confianza pública y demostrar su compromiso con la profesión o actividad que cumpla. Procurará mejorar la eficiencia, efectividad y economicidad de las operaciones en la entidad, en beneficio de esta última. 2. CÓDIGO DE ÉTICA DEL MUNICIPIO DE ASTREA 2.1 OBJETIVO Incentivar la cultura ética en el seno del Municipio de Astrea, para cuyo efecto el presente Código servirá de orientación y guía de la conducta de los servidores públicos del Ente territorial, formalizando los valores y principios reconocidos, adoptados, respetados y que se hacen respetar en el ejercicio de sus funciones. 2.2 ÁMBITO DE APLICACIÓN El Código de Ética se aplica a todos los servidores públicos que prestan servicios en la Alcaldía del Municipio de Astrea y sus entes descentralizados. 2.3 DEFINICIONES 2.3.1 Servidor público Como señala la Constitución Política, los servidores públicos son exclusivos de los intereses de la colectividad y no de parcialidad o partido político alguno. Por norma deben desempeñar sus funciones con licitud, así como con eficacia, eficiencia y sentido de economía. 2.3.2 Valor Es la cualidad humana aceptada, apreciada y respetada por los servidores públicos del Municipio de Astrea. Los valores son permanentes y su validez no depende de circunstancias.
2.3.3 Principio Es la manera de ser y actuar de los servidores públicos del Municipio de Astrea de acuerdo con los valores definidos. 2.4 DE LOS VALORES Los principales valores que sirven de orientación y guía de la conducta de los servidores públicos del Municipio de Astrea son los siguientes: 2.4.1 Orden. Donde confluyan la ética, el compromiso a la vocación y la transparencia en la gestión pública. 2.4.2 Progreso. Político y social en los escenarios de lo local y lo regional, generar una institución pública fortalecida en su democracia y sólida en el ejercicio de la planeación. Con una población en condiciones sociales óptimas, saludables, recreativas con espacios públicos para el mejoramiento de la calidad de vida, el medio ambiente, con el compromiso de todos. 2.4.3 Responsabilidad. Dar la seguridad a toda la comunidad astreana, que pueden confiar en nosotros, que estamos dispuestos a responder por lo que hacemos y por lo que dejemos de hacer. 2.4.4 Honestidad. Transparencia frente al manejo de los bienes y recursos públicos encomendados. Tomar decisiones que garanticen el beneficio general y no el particular, generando espacios de confianza y credibilidad. 2.4.5 Respeto. Hacia nuestros símbolos patrios, superiores, compañeros de trabajo y los ciudadanos que solicitan nuestros servicios, tolerar las diferencias y aprender a valorar a los demás. 2.4.6 Servicio. Diligente, confiable y en condiciones adecuadas a las exigencias de nuestros demandantes. Aprender a escuchar y a entender al otro. Trabajar con espíritu de servicio, aplicando nuestro mayor esfuerzo. Responder con diligencia y entusiasmo para mejorar las relaciones y crear un ambiente cálido de trabajo. 2.4.7 Sentido de Pertenencia. Con nuestra Institución, para continuar generando credibilidad y confianza en la Administración Municipal. Hacer de la planta física en la cual laboramos, un lugar digno, sobrio, ordenado y limpio, creando un ambiente acogedor para todos los visitantes. 2.4.8 Calidad. Los servicios que prestamos son de óptima calidad. Hacer las cosas bien desde la primera vez, para avanzar por la senda del Mejoramiento Continuo y lograr la imagen de eficiencia y eficacia, como modelo organizacional.
2.4.9 Lealtad. Ser fiel a nuestra Institución, mantenernos firmes con nuestros principios y creencias, aun bajo las mayores y tempestuosas presiones. 2.4.10 Compromiso. Firme y confiable en el cumplimiento de las metas propuestas en los programas de gobierno. 2.4.11 Solidaridad. Con los más vulnerables que requieren de nuestros servicios y en la inversión social, brindar equidad y justicia en lo urbano y rural. 2.4.12 Justicia. Reconocimiento por la igualdad de derechos de los ciudadanos y equidad para brindar igual posibilidad a las personas menos favorecidas. 2.4.13 Integridad. Rectitud en el ejercicio profesional y labor intachable. 2.4.14 Liderazgo. En los momentos de grandes dificultades solo la unión y liderazgo de todos los estamentos de la sociedad alrededor del Municipio posibilitará salir de la crisis y construir un nuevo futuro. 2.4.15 Transparencia. Solo una administración honesta en el manejo de los recursos y decisiones públicas puede garantizar que no prime el interés particular sobre el general, se rescate la confianza en las instituciones del Estado. 2.4.16 Competitividad. En un mundo globalizado solo se mantienen y crecen los más competitivos. Acudiremos a todas las entidades del orden regional, nacional e internacional, públicas y privadas en el propósito de consolidar un Municipio Competitivo. 2.5 DE LOS PRINCIPIOS Los principios fundamentales que sirven de orientación y guía de la manera de ser y actuar de los servidores del Municipio de Astrea, son los siguientes: 2.5.1 La veracidad Es expresar la verdad, de acuerdo a su leal saber y entender. 2.5.2 La transparencia
Es actuar y comunicar con claridad, sin esconder lo que debe ser conocido. 2.5.3 La oportunidad Es comunicar a quien corresponda, en el tiempo y lugar convenientes. 2.5.4 La objetividad Es actuar en forma desinteresada y desapasionada. 2.5.5 El honor Es cumplir las obligaciones legales y morales y practicar las virtudes 2.5.6 La responsabilidad Es cumplir debidamente las funciones y asumir las consecuencias de las decisiones y de los actos u omisiones. 2.5.7 La lealtad Es asumir el compromiso de fidelidad, actuando siempre en bien del municipio y demás funcionarios públicos. 2.5.8 El respeto Es la atención y consideración para con los demás y consigo mismo, cuidando de no mellar la dignidad. 2.5.9 La equidad Es dar a cada uno lo que le corresponde o merece, sin discriminar. 2.5.10 La confidencialidad
Es la reserva y cuidado en el manejo de la información. 2.5.11 Independencia de criterio Es emitir opinión propia asumiendo responsabilidad por la misma, sin aceptar influencias orientadas a modificarla injustificadamente. 2.5.12 La prudencia Es actuar con cautela y moderación. 2.5.13 La discreción Es obrar con buen juicio y tacto, y evitar la generación y difusión de comentarios que puedan ocasionar perjuicios. 2.5.14 La superación Es hacer las cosas mejor que antes y vencer las limitaciones del pasado. 2.5.15 La dignidad Es actuar con sobriedad y decoro y exigir un trato reciproco. 2.5.16 La solidaridad Es actuar con magnanimidad y nobleza de ánimo, en auxilio del necesitado.
2.6 DEL COMITÉ DE ETICA 2.6.1 Creación y funciones Se crea el Comité de Ética del Municipio de Astrea, para regular el comportamiento de los servidores públicos, que se pongan a su consideración. Deberá asimismo actualizar con carácter deliberativo el Código de Ética y sus reglamentos, canalizando sus recomendaciones al Alcalde Municipal. 2.6.2 Conformación y duración El Comité de Ética estará conformado por el Alcalde Municipal o su delegado quien será el presidente y dos servidores públicos del Municipio de Astrea. Los miembros elegidos del Comité de Ética ejercerán sus funciones por un periodo de dos años, con renovación bianual, pudiendo ser reelegidos. 2.6.3 Reuniones El Comité de Ética se reunirá las veces que sea necesaria y por lo menos una vez cada dos meses, a convocatoria escrita del Presidente. Cualquier funcionario podrá solicitar la convocatoria del Comité al presidente quien la evaluará. El Alcalde podrá solicitar reuniones del Comité de Ética cuando las circunstancias así lo requieran. 2.7 Principios Constitucionales, Legales y Civiles; complementarios de la ética Constitucionales Cumplimiento de los fines del Estado (Art. 2º.)
Interés General (Arts. 209,123.2) Buena fe (Art. 83) Debido Proceso (Art.. 29) Ausencia de incompatibilidades (Art. 127) Ley 80 Transparencia Economía Responsabilidad Igualdad Derecho Civil Autonomía de Voluntad Imprevisión EDGAR ORLANDO BARRIOS ORTEGA Alcalde Municipal de Astrea