UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

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1 RECTQ. ENEPL Acuerdo REVOE Número 124/2013 Acuerdo que otorga el refrendo del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios que expide la Universidad de Guadalajara a favor de Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., por el período comprendido del ciclo escolar al ciclo escolar 2016-A para impartir la Licenciatura en Psicología en el plantel educativo ubicado en la Avenida Enrique Díaz de León número 404 en el municipio de Guadalajara, Jalisco. El maestro ltzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla, Rector General y el maestro José Alfredo Peña Ramos, Secretario General de la Universidad de Guadalajara, con fundamento en los artículos 32 y 42 fracción 1 de la Ley Orgánica, 2 y 6 fracción III, 26 y 28 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, ambos de esta Casa de Estudios, en atención al siguiente RESULTANDO 1. Que el 22 de octubre de 2012, la Coordinación de Estudios Incorporados (CEI) de la Universidad de Guadalajara, emitió el comunicado por el que informa el inicio del proceso para el refrendo del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 2. Que con fecha 22 de octubre de 2012, la CEI, giró el oficio número CEI/URT/10/2012/2410 a la institución Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., solicitando el cumplimiento de los requisitos necesarios para el refrendo del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 3. Que el 05 de diciembre de 2012, la institución Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., solicitó el refrendo del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, para impartir estudios de la Licenciatura en Psicología a partir del ciclo escolar al ciclo escolar 2016-A en el plantel educativo ubicado en la Avenida Enrique Díaz de León número 404 en el municipio de Guadalajara, Jalisco. Av. Juárez N 976, Piso 11, Col. Centro, C.P , Guadalajara, Jal., México, Te : (33)

2 RECTOR Al CEN EPAL 4. Que la Coordinación de Estudios Incorporados revisó y verificó la solicitud así como los documentos presentados por la institución Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., corroborando la debida integración del expediente, para su posterior remisión al titular del Centro Universitario correspondiente. 5. Que el Consejo del Centro Universitario de Ciencias de la Salud en su sesión celebrada el 25 de abril de 2013 aprobó dicha solicitud mediante Dictamen No. 379/2013 de fecha 28 de febrero de En atención a estos antecedentes, y: CONSIDERANDO 1. Que la Universidad de Guadalajara es un organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Jalisco con autonomía, personalidad jurídica y patrimonio propio cuyo fin es impartir educación media superior y superior, así como coadyuvar al desarrollo de la cultura en la entidad, según lo dispuesto por el artículo 1 de su Ley Orgánica. II. Que entre las atribuciones de la Universidad de Guadalajara, en la fracción IX del artículo 6 1 de su Ley Orgánica, se establece la facultad de otorgar y retirar el reconocimiento de validez oficial de estudios de nivel medio superior y superior a planteles particulares y por cooperación que se incorporen a la Universidad de Guadalajara. III. Que el H. Consejo General Universitario con fundamento en la fracción XI artículo 31 de la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara, aprobó en su sesión del 28 de octubre de 2000 el Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de la Universidad de Guadalajara, el cual fue publicado en la Gaceta Universitaria No. 183 de fecha 13 de noviembre de IV. Que el Rector General es el representante legal de la Universidad de Guadalajara de conformidad con el artículo 32 de la Ley Orgánica de esta Casa de Estudios y le corresponde emitir el Acuerdo de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, previo dictamen aprobado por el Consejo Universitario respectivo, con fundamento en los artículos 2, 6 fracción III, 26 y 28 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 2 Av. Juárez N 976, Piso 11, Col. Centro, C.P , Guadalajara, Jal., México, Tel: (33)

3 7el RECTO\ r\'[\f V. Que el Consejo del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, con fundamento en el artículo 52 fracción V de la Ley Orgánica y 9 fracción 1 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, ambos de la Universidad de Guadalajara, le corresponde dictaminar las solicitudes de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. Con base en los antecedentes vertidos y las consideraciones expuestas, el suscrito tiene a bien emitir los siguientes: RESOLUTIVOS Primero. Se autoriza a la institución Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., para ofrecer servicios educativos bajo la denominación comercial Instituto Vocacional Enrique Díaz de León para impartir la Licenciatura en Psicología en el plantel educativo ubicado en la Avenida Enrique Díaz de León número 404 en el municipio de Guadalajara. Jalisco. Dicho Plan fue aprobado por el H. Consejo General Universitario y registrado en la Dirección General de Profesiones según Acuerdo de Enmienda de fecha 28 de agosto de Así mismo, se deben aplicar las modificaciones que aprueba en su momento el H. Consejo General Universitario. Segundo. Esta autorización estará vigente durante el período comprendido del ciclo escolar al ciclo escolar 2016-A quedando sujeta a las condiciones que el Consejo del Centro Universitario de Ciencias de la Salud determinó en su Dictamen No. 379/2013 de fecha 28 de febrero de 2013, aprobado en su sesión del 25 de abril de 2013, así como, a las demás disposiciones establecidas en la normatividad universitaria. El dictamen en comento se anexa al presente Acuerdo. Tercero. La institución denominada Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., se compromete a contar con instalaciones, equipamiento adecuado y suficiente para atender a los alumnos que recibe. De no tener la capacidad para atender a los alumnos inscritos, deberán reducir la inscripción de alumnos de primer ingreso, de acuerdo a lo proyectado cuando se les otorgó el REVOE. Esto de acuerdo a los artículos 13 fracción VI, 17 fracción XI, 60 fracción VI y 61 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. Av. Juárez N 976, Piso 11, Col. Centro, C.P , Guadalajara, Jal., México, Te : (33)

4 kui REC T O GENER\L Cuarto. En el caso de que la institución Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., no cumpla con el pago semestral por concepto de REVOE en el tiempo señalado en la orden de pago que emite la Universidad, deberá cubrir los intereses moratorios de acuerdo a lo establecido en el artículo 1976 del Código Civil de Estado de Jalisco, los cuales serán calculados por la Dirección de Finanzas de la Universidad de Guadalajara. De registrarse un atraso en un pago semestral por un lapso que exceda dos ciclos escolares, se iniciará el procedimiento de revocación del reconocimiento, a través de la Comisión de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados del Consejo del Centro Universitario de Ciencias de la Salud. De acuerdo a lo señalado en los artículos 60, fracciones XVII, XVIII, 79 fracción III y 88 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. Quinto. Si la institución educativa Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., llegara a realizar cambio de domicilio o abrir un plantel adicional sin recibir una autorización previa por parte de la Universidad de Guadalajara, será acreedor a una multo equivalente a 5,000 veces el salario mínimo general diario vigente en la zona metropolitana de Guadalajara. Con base en los artículos 13 último párrafo; 78, fracciones 1 y VI; 79, fracción II, y 91 del citado reglamento. Sexto. La institución Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., deberá presentar un Plan de Trabajo en el que se señalen las mejoras proyectadas durante los próximos tres años, con base en los resultados de la evaluación de desempeño y de los requerimientos mínimos en infraestructura y equipamiento. En ese plan se deberán establecer metas calendarizadas y verificables para los siguientes tres años, de conformidad a lo establecido por las fracciones III y XI del artículo 60 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. Séptimo. Tomando en consideración que la mayoría de los programas académicos de la Universidad de Guadalajara se encuentran evaluados y acreditados por organismos externos, y a efecto de estar en concordancia con lo contemplado por el artículo 3, así como las fracciones III y V del artículo 60, ambos del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, la institución Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., se compromete a someterse a la evaluación externa por los organismos correspondientes del programa educativo autorizado en el presente Acuerdo. Octavo. En caso de que la institución denominada Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., decido renunciar al REVOE, deberá notificarlo con seis meses de anticipación. 4 Av. Juárez N' 976, Piso 11, Col. Centro, C.P , Guadalajara, Jal., México, Te : (33)

5 D RECTOHA GENERAL En los casos de renuncia, revocación, o negación del refrendo del REVOE, la institución denominada Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., deberá entregar la documentación de todos los alumnos que haya tenido durante el período de vigencia del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, en los siguientes dos meses a la fecha en que se dé cualquiera de los supuestos señalados. Lo anterior, a efecto de dar cumplimiento a lo contemplado por los artículos 59 y 93 del citado reglamento. Noveno. La institución Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A. C., queda sujeta a las disposiciones que establezca la normatividad universitaria, así como al cumplimiento de las recomendaciones que emita la Coordinación de Estudios Incorporados de la Universidad de Guadalajara y la Unidad de Enseñanza Incorporada del Centro Universitario de Ciencias de la Salud encargadas de la supervisión, seguimiento y evaluación de las instituciones que cuenten con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. Décimo. Túrnese a la Coordinación de Estudios Incorporados para que notifique el presente Acuerdo al solicitante y se publique la información conducente en La Gaceta de la Universidad de Guadalajara, con fundamento en los artículos 12 fracción IX y 26 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. Undécimo. El presente Acuerdo se emite en tres originales. Atentamente "Piensa y Trabaja" Guadalajara, Jalisco, 18 de junio de 2013 itl Tonatiuh Bravo Padilla ector General Av. Juárez N 976, Piso 11, Col. Centro, C.P , Guadalajara, Jal., México, Tel: (33)

6 CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD! CONSEJO DE CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD H. CONSEJO DE CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD. PRESE N TE.- DICTAMEN No. 379/2013 A esta Comisión Permanente de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados de este órgano colegiado le fue turnada, por conducto del Rector del Centro Universitario a través de la Unidad de Enseñanza de Incorporada, la solicitud de la institución educativa Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., con la pretensión de refrendar, por parte de la Universidad de Guadalajara, el refrendo del RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS para impartir la carrera de Licenciatura en Psicología, de conformidad con los siguientes: ANTECEDENTES 1. Que con dictamen 6973/2010, el Consejo de Centro Universitario de Ciencias de la Salud en sesión extraordinaria del 13 de octubre de 2010, aprobó el refrendo el reconocimiento de validez oficial de estudios de la carrera de Licenciatura en Psicología a impartirse en el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., para los ciclos escolares 2010 B y hasta el 2013 A. 2. Que con dictamen número 303/2012 el Consejo de Centro Universitario de Ciencias de la Salud en sesión extraordinaria del 30 de marzo de 2012, aprobó el cambio de domicilio del plantel para que el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., imparta el plan de estudios de la carrera de Licenciatura en Psicología de este Centro Universitario de Ciencias de la Salud permaneciendo la denominación comercial "Instituto Vocacional Enrique Díaz de León". ' 3. Que el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., mediante copia simple del acta de asamblea general, autorizó para que su representante legal, presentara ante la Coordinación de Estudios Incorporados, la solicitud para obtener el reconocimiento de validez oficial de estudios para impartir el plan de estudios de la carrera de Licenciatura en Psicología del Centro Universitario de Ciencias de la Salud. 4. Que el C. Lic. Héctor Manuel Robles Ibarría, acreditó ser representante legal del Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., cumplimentando así lo que establece el artículo 17 fracción 11 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. Dicho representante presentó ante la Coordinación de Estudios Incorporados la solicitud para la obtención del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, así como los diversos documentos que se refieren en la convocatoria, mismos que fueron debidamente firmados por él, bajo protesta de decir verdad, tal y como lo establecen los artículos 14, 15, 16 y 17 fracción 1 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. S. Que del expediente presentado por el representante legal de Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., se advierte que se cumplimentan los artículos 13, 17, 18 y 60 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de la Universidad de Guadalajara. Que de conformidad con los artículos 13 fracción 1 y 17 fracción 1 del Reglamento de Reconocimiento de Valid Oficial de Estudios de la Universidad de Guadalajara, mediante copia certificada de escritura pública se acre,gf que se constituyó el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León como una Asociación Civil, que tiene por oje impartir educación superior. Dicha escritura se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público e Propiedad. 7. Que el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., mediante un listado que contiene la totalidad de su nacionalidad, ocupación, domicilio particular y correspondiente registro federal de contribuyentes, Dictamen No. 379/2013 Refrendo Licenciatura en Psicología 2013 B-2016 A Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C.

7 rw M., oan.^-nb-ti t.1 B CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD! CONSEJO DE CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD que se cumplimentó lo que establece el artículo 17 fracción II del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 8. Que el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., acredita que tiene la legitima ocupación del inmueble ubicado en el número 404 de la Av. Enrique Díaz de León de la ciudad de Guadalajara, ]al., lugar donde se imparten los estudios, cumpliendo con lo que estipulan los artículos 13 fracción VI y 17 fracción IV del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 9. Que a través de las copias heliogrmicas de los planos arquitectónicos de las instalaciones del Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C. ubicadas en 404 de la Av. Enrique Díaz de León de esta ciudad de Guadalajara, en los que se especifica el uso o usos a los que se destinará cada espacio del inmueble en comento, como lo indica el artículo 17 fracción y del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 10. Que mediante copia del peritaje oficial elaborado por Dirección de Bomberos y Protección Civil de Guadalajara, se acreditan los requisitos señalados en el artículo 17 fracción VI del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 11. Que con inventario de mobiliario y equipo del Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C. que incluye una relación del material escolar, así como material bibliográfico, material electrónico, equipo y materiales de laboratorio, equipo de cómputo, así como una descripción detallada de las instalaciones, se acredita con ello lo establecido en la fracción VIII del artículo 17 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 4 (H 12. Que de la visita de inspección que tuvo lugar en las instalaciones que ocupa el plantel del Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., se levantó el acta de inspección que se anexa en el cuerpo del expediente adjunto, en la que se desprende que dicha institución reúne las condiciones de higiene seguridad y pedagógicas adecuadas a la naturaleza de los estudios que pretende impartir así como la normatividad técnica aplicable, que exige el artículo 13 fracción VI del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 13. Que en el estudio presentado por el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., se advierte que contiene los requisitos que establece el artículo 13 fracción IX del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, como es la zona de influencia respecto del domicilio de la institución, así como las instituciones que imparten educación media superior y superior en dicha zona de influencia, además de incluir un estudio situacional del mercado de trabajo profesional concerniente al plan de estudios de la Carrera de Licenciatura en Psicología. 14. Que mediante el informe de las bases económicas presentado por el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., se acredita la solvencia económica sobre la que se sustentará el funcionamiento de Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., como lo exigen los artículos 13 fracción VII y 17 fracción VII del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 15. Que la asociación Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., pretende ofrecer servicios educativos bajo la denominación "Instituto Vocacional Enrique Díaz de León", no existiendo impedimento por parte del artículo 17 fracción IX del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 16. Que se presentó una relación que contiene los expedientes de los miembros del personal directivo,,.,. administrativo, y académico, encargados del desarrollo del plan al que se solicita el otorgamiento del " \ reconocimiento de validez oficial de estudios, acompañando el currículo vitae de cada uno de ellos. Asimismo, 'Z \ se adjuntó copia fotosttica del documento que acredita el último grado de estudios del personal académico \ cubriendo el perfil profesional acorde al tipo, nivel y modalidad educativa de que se trate para impartir el plap \ de la carrera de Licenciatura en Psicología. Lo anterior para cumplir con los artículos 13 fracciones IV y Vy'17 fracción X del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. ( Dictamen No Refrendo Licenciatura en Psicología 2013 B-2016 A Instituto vocacional Enrique Díaz de León, A.C.

8 í 2w ^Íq] z CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD! CONSEJO DE CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD 17. Que del expediente que presentó el representante legal del Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., se desprende la población estudiantil que pretende atender dicha institución, los turnos en los que pretende impartir el plan de estudios, el proyecto de horario de clases de cada uno de los grupos que se establecerán, lo cual es acorde al número de horas que se señalan en el plan de estudios de la carrera de Licenciatura en Psicología y sus correspondientes programas de estudio, sujetándose para dicho efecto al calendario escolar aprobado por la Universidad de Guadalajara. lo anterior de conformidad con el artículo 17 fracciones de la XI a la XIII del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. 18. Que de conformidad con lo exigido por el artículo 17 fracción XVII del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, se presentó copia certificada del contrato de prestación de servicios educativos que se celebre entre el alumno o su tutor con el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., que contiene el registro correspondiente de la Procuraduría Federal del Consumidor para los contratos de adhesión. 19. Que del expediente presentado por el representante legal del Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., se advierte la declaratoria expresa de dicha institución de cumplir con el correspondiente dictamen que se emita para que pueda obtener el reconocimiento de validez del plan de estudios que pretende impartir, así como el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios y demás normatividad aplicable de la Universidad de Guadalajara, como lo señala el artículo 17 fracción XV del Reglamento citado. 20. Que el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C. con base en el artículo 17 fracción XVIII del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios y demás disposiciones legales y normativas de la Universidad de Guadalajara, presentó la normatividad aplicable a su plantel. ç 21. Que el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., con base en el artículo 17 fracción XIV del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, presentó la relación de las cuotas que pretende cobrar a los alumnos. 22. Que el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C. mediante órdenes de pago expedidas por la Dirección de Finanzas de la Universidad de Guadalajara, comprueba que cubrió respectivamente la cuota por concepto de trámite para el reconocimiento de validez oficial de estudios; obtención de reconocimiento de validez oficial de estudios del nivel superior y visita de inspección efectuada por la Coordinación de Estudios Incorporados; acorde a los artículo 5, 13 fracción VIII, 17 fracción XIX y 88 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados del Consejo del Centro Universitario de Ciencias de la Salud ha encontrado elementos suficientes que motivan y justifican el otorgamiento del refrendo del reconocimiento de validez oficial de estudios para que el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., imparta el plan de estudios de la carrera de Licenciatura en Psicología de este Centro Universitario de Ciencias de la Salud, y CONSIDERANDO Que uno de los fines de la Universidad es formar y actualizar a los técnicos, bachilleres, técnicos profesionistas, profesionistas, graduados y demás recursos humanos que requiere el desarrollo socioeconómico del Estado de Jalisco, como lo establece el artículo 5 fracción 1 de su ley Orgánica; Que la normatividad universitaria faculta a nuestra máxima Casa de Estudios para otorgar o retirar, en su caso, el reconocimiento de validez oficial a los estudios del nivel superior y media superior realizados en plante)e particulares y por cooperación que se incorporen a la Universidad, en cumplimiento con lo dispuesto pq'r la fracción IX del artículo 6o. de su Ley Orgánica; Dictamen No Refrendo Licenciatura en Psicología 2013 B-2016 A Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C.

9 CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD/ CONSEJO DE CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD III. IV. Que la Universidad de Guadalajara, de acuerdo al artículo 22 de su ley Orgánica, adopta el modelo de red para organizar sus actividades académicas y administrativas, con el objeto de lograr una distribución racional y equilibrada de la matrícula y de los servicios educativos del Estado de Jalisco, a fin de contribuir a la previsión y satisfacción de los requerimientos educativos, culturales, científicos y profesionales de la sociedad; Que el Consejo de Centro Universitario es el principal órgano de gobierno del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la ley Orgánica; V. Que de conformidad los artículos 52 fracción y de la Ley Orgánica y 90. fracción 1 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, el Consejo del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, y previa atención a las normas establecidas por el H. Consejo General Universitario; es competente para dictaminar sobre las solicitudes relativas a la incorporación de estudios que correspondan al Centro Universitario de Ciencias de la Salud. VI Que corresponde a la Comisión Permanente de Revalidación de Estudios, Títulos y Grados del Consejo de Centro Universitario de Ciencias de la Salud dictaminar sobre el reconocimiento de validez oficial de estudios a la Universidad de Guadalajara de los estudios impartidos por instituciones educativas en las carreras, posgrados y demás programas académicos que están bajo el ámbito de competencia del Centro, tal como lo disponen los artículos 10 fracción II del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios y del Estatuto Orgánico del centro Universitario de Ciencias de la Salud. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 5o., 60. fracción IX, 7, 22, 51, 52, fracción y de la ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara, 87 fracción II, 103 fracción V, 118, fracción III, 129 fracción V del Estatuto General de la Universidad de Guadalajara, 18 fracción VI, 24 bis del Reglamento Interno de la Administración General de Universidad de Guadalajara, 8 fracción III, 11 fracción III del Estatuto Orgánico del Centro Universitario de Ciencias de la Salud y lo. al 6o. fracciones de la III a la VII, 80. fracción 1, 9o. fracción 1, 10 fracción II, 11 al 21, 25, 26, 33, 60, 88 y demás aplicables del Reglamento de Validez Oficial de Estudios a la Universidad de Guadalajara, la Comisión Permanente de Revalidación, Títulos y Grados, emite los siguientes: RESU LTAN DOS PRIMERO. Se aprueba el otorgar el refrendo del RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL DE ESTUDIOS en favor del Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., para que imparta el plan de estudios de la carrera de Licenciatura en Psicología del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, a partir del calendario escolar 2013 B y hasta el calendario 2016 A, bajo la denominación comercial "Instituto Vocacional Enrique Díaz de León". SEGUNDO.- Para preservar la calidad del programa educativo, el número de alumnos a admitir por ciclo escolar será acorde a su infraestructura instalada y personal con que cuente, según se establece en el artículo 17, fracción XI del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios. TERCERO.- Los servicios educativos que ofrezca el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., únicamente podrán ser ofrecidos en la finca marcada con el número 404 de la Av. Enrique Díaz de León de la ciudad de Guadalajara, Jal. CUARTO.- El Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., queda sujeto a las disposiciones y recomendaciones que emita la Coordinación de Estudios Incorporados de la Universidad de Guadalajara, como la Unidad de Enseñanza Incorporada del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, encargada de la supervisión, seguimiento y evaluación de las instituciones incorporadas a este Centro Universitario. I Dictamen No. 379/2013 Refrendo Licenciatura en Psicología 2013 B-2016 A Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C.

10 EU CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD! CONSEJO DE CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS DE LA SALUD QUINTO.- Se faculta al Rector del Centro Universitario de Ciencias de la Salud, para que con las atribuciones que le confiere el artículo 54 fracción III de la Ley Orgánica, presente este dictamen al C. Rector General, para que expida el acuerdo que establecen los artículos 2o y 26 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de la Universidad de Guadalajara y a su vez ordene su publicación en la Gaceta Universitaria, a fin de que el Instituto Vocacional Enrique Díaz de León, A.C., realice actividades educativas conforme a lo autorizado en este dictamen. ATENTAMENTE "PIENSA Y TRABAJA" Guadalajara, ]al., Febrero 28 de 2013 COMISIÓN DE REVALIDACTUDIOS, TÍTULOS Y GRADOS MTRO. HÉCTRAÚL PÉIEZ GÓMEZ,3RESIDENT DRA. SYLVIA SUKA SUTTO r1'tra. SARtYN LJEZ TAYVOR MTRO. ROGELIO ZAMBRANO GUZMÁN C. CECILIA GABRIELA MÁRQUEZ SÁNCHEZ SALVADORCHÁVEZ RAMÍREZ SECRETARIO Dictamen No. 379/2013 Refrendo Licenciatura en Psicología 2013 B-2016 A Instituto vocacional Enrique Díaz de León, A.C.

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