ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 18 DE AGOSTO DE

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1 Expediente: Procedimiento: Descripción: ACTA DE JUNTA GOBIERNO LOCAL JGL 29/2017:/agosto/2017 ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA DE AGOSTO DE ASISTENTES: PRESIDENTA Dª. Mª. Dolores Marín Torres CONCEJALES. -D. Bartolomé Cruz Sánchez. -D. Rodrigo Checa Lorite. -D. Jorge López Martos. AUSENTES: -Dª. Beatriz Martín Rodríguez. -D. Francisco José Talavera Rodríguez SECRETARIO Accidental: Dª. Mª Francisca Rodríguez Torres INTERVENTOR/A:... En la ciudad de Baeza, siendo las trece horas del día dieciocho de agosto del año dos mil diecisiete, se reúnen en Sala de Juntas del Excmo. Ayuntamiento, los señores arriba indicados, para celebrar sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, a la que habían sido convocados con la antelación suficiente, y a la que asisten los anteriormente relacionados, para tratar los asuntos del Orden del día siguientes: ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR: Lectura y aprobación, si procede. 2.- Licencias de obras, de actividad y calificaciones ambientales. 3.- Proyectos de obra, urbanización y planeamiento urbanístico. 4.- Asuntos económicos 5.- Aprobación documentación relacionada con petición de subvenciones 6.- Solicitudes, escritos, peticiones y expedientes. 7.- Urgencias 1º. -ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR: Lectura y aprobación, si procede. Abierta la sesión, por la Presidencia se pregunta si hay alguna observación que formular al Página 1 de

2 acta de la sesión de 10 de agosto de 2017, y resultando que no, la Junta de Gobierno Local por unanimidad aprobó el borrador del acta, quedando elevado a la condición de acta, para su transcripción al libro correspondiente de las sesiones de la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento. 2º.- LICENCIAS DE OBRAS, DE ACTIVIDAD Y CALIFICACIONES AMBIENTALES. 2º-A. - LICENCIA DE OBRA EXPTE 47/2017. Expediente: Procedimiento: Descripción: Registro Entrada: Interesado: URB/LOMA/47/2017 LICENCIA DE OBRA MAYOR CALLE: EL LIMONERO, 8 / PROYECTO BASICO+ EJECUCION DE VIVIENDA UNIFAMILIAR EN ESQUINA 5427/ /06/2017 ALONSO GRANADA HURTADO I-Visto el expediente de licencia urbanística arriba referenciado, cuyos extremos se consignan a continuación: a) Clasificación y calificación urbanística del suelo objeto de la actuación: SUELO URBANO CONSOLIDADO b) Finalidad de la actuación y uso al que se destinara: PROYECTO BÁSICO + EJECUCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR EN ESQUINA c) Presupuesto de ejecución material: ,55 d) Situación y emplazamiento de las obras: C/ EL LIMONERO, Nº 5 DE BAEZA, Referencia Catastral: VH5086S Número de finca Registral (para actuaciones en suelo no urbanizable): - e) Nombre o razón social del promotor: ALONSO GRANADA HURTADO f) Técnico autor del proyecto: FRANCISCO JOSÉ TALAVERA RODRÍGUEZ Dirección de obra: FRANCISCO JOSÉ TALAVERA RODRÍGUEZ Dirección de ejecución de obra: LUIS MONTES CABRERA Coordinación de seguridad y salud: LUIS MONTES CABRERA g) Plazos de inicio y terminación de las obras, y posibilidad de solicitud de prórroga: UN AÑO PARA INICIARLAS Y TRES PARA TERMINARLAS Para el otorgamiento de licencias que tengan por objeto la ejecución de obras de edificación será suficiente la presentación de proyecto básico, pero no podrá iniciarse la ejecución de la obra sin la aportación previa de un proyecto de ejecución debidamente visado por el Colegio profesional correspondiente cuando así lo exija la normativa estatal. Los municipios podrán conceder prórrogas de los referidos plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos determinados, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de la concesión de la prórroga. II-Resultando que en virtud del artículo 21.1.q, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, la persona titular de la Alcaldía tiene la atribución siguiente: El otorgamiento de las licencias. Página 2 de

3 III-Resultando que por Resolución de 19/6/2015 se delegaron las competencias en este órgano para el otorgamiento de licencias. IV-Vistos los informes favorables y sus condicionantes que se determinan en el expediente: 1- Informe técnico de fecha 08/08/2017, con los siguientes condicionantes: CONDICIONES GENERALES: Plazo máximo de inicio de las obras: Un año. Duración máxima de las obras: Tres años Para la obtención de la licencia de ocupación del edificio deberá presentar: 1º.- Informe de ensayo acústico del cumplimiento del DB-HR del ruido del Código Técnico de la Edificación que justifique los extremos indicados en la Instrucción Técnica 5 del Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía. 2º.- Certificado energético andaluz del edificio terminado. (Art. 27 del Decreto 169/2011, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Fomento de las Energías Renovables, el Ahorro y la Eficiencia en Andalucía) PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL: ,55 CONCLUSIÓN: Se informa FAVORABLEMENTE el otorgamiento de la licencia urbanística solicitada, con las condiciones anteriormente expresadas. 2- Informe jurídico de fecha 10/08/2017, que determina: Procede conceder la licencia urbanística solicitada con las condiciones contenidas en el informe técnico municipal anteriormente indicado (de fecha 08/08/2017). V- Resultando que le son de aplicación las cuotas determinadas en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en vigor. VI- Resultando que le son de aplicación las tarifas determinadas por licencias urbanísticas, en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas y demás servicios urbanísticos al amparo de la ley del suelo, en vigor. VII-Tras el examen de la documentación correspondiente y de los informes que obran en los expedientes de su razón y las deliberaciones pertinentes, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicios del de terceros (Artº del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto: de 17-VI-1955) La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus asistentes, APRUEBA: PRIMERO.- Conceder la licencia urbanística de las obras e instalaciones y usos anteriormente indicada URB/LOMA/47/2017 (con las condiciones establecidos en los informes municipales Página 3 de

4 anteriormente indicados), si bien su virtualidad requerirá el previo pago de los tributos correspondientes y el depósito de la fianza que se concrete en el expediente de esta obra, y que si ésta está destinada a instalación que precise de licencia de legalización, apertura o funcionamiento de actividad, la obtención previa de la misma a la construcción. SEGUNDO.- Comunicar al interesado desde el departamento de urbanismo determinando: 2.a. Las condiciones que se indican en los en los informes del expediente de la obra. 2.b. El régimen de recursos. TERCERO.- Comunicar la presente al departamento de Tesorería para que proceda, en su caso, a la tramitación de expediente para la liquidación definitiva en relación al Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y la Tasa por licencias urbanísiticas, licencias de obras, teniendo en cuenta que el presupuesto de ejecución material asciende a ,55. 2º-B. - LICENCIA DE OBRA EXPTE 31/2017. Expediente: Procedimiento: Descripción: Registro Entrada: Interesado: URB/LOMA/31/2017 LICENCIA DE OBRA MAYOR CTA. LA YEDRA, C/ CASAS NUEVAS, C/ JUAN CARLOS BENAVIDES, C/ PACHECO NARVAEZ, CTA. SAN GIL, PZ. DE LOS LEONES, C/ ANGOSTA COMPAÑIA, C/ HORNO DE LA MERCED, AVDA. ANDRES SEGOVIA, PS. DE LAS MURALLAS, C/ PALMA, C/ CAMBIL, C/ JULIO BURELL, C/ INTENDENTE PABLO OLAVIDE, CJ. PELITRE, C/ CIPRIANO TORNERO Y C/ CALDERON / MEMORIA GENERAL DE CANALIZACION DE GAS NATURAL PREVISTA A CONSTRUIR DURANTE 2017 EN BAEZA 4039/ /04/2017 REDEXIS GAS, S.A. I-Visto el expediente de licencia urbanística arriba referenciado, cuyos extremos se consignan a continuación: a) Clasificación y calificación urbanística del suelo objeto de la actuación: SUELO URBANO CONSOLIDADO b) Finalidad de la actuación y uso al que se destinara: MEMORIA GENERAL DE CANALIZACION DE GAS NATURAL PREVISTA A CONSTRUIR DURANTE 2017 EN BAEZA c) Presupuesto de ejecución material: ,68 d) Situación y emplazamiento de las obras: CTA. LA YEDRA, C/ CASAS NUEVAS, C/ JUAN CARLOS BENAVIDES, C/ PACHECO NARVÁEZ, CTA. SAN GIL, PZ. DE LOS LEONES, C/ ANGOSTA COMPAÑÍA, C/ HORNO DE LA MERCED, AVDA ANDRÉS SEGOVIA, PS. DE LAS MURALAS, C/ PALMA, C/ CAMBIL, C/ JULIO BURELL, C/ INTENDENTE PABLO DE OLAVIDE, CJ. PELITRE, C/ CIPRIANO TORNERO Y C/ CALDERÓN, Referencia Catastral: - Número de finca Registral (para actuaciones en suelo no urbanizable): - e) Nombre o razón social del promotor: REDEXIS GAS, S.A. f) Técnico autor del proyecto: OSCAR SALOMÓN ZAPATA Dirección de obra: ANTONIO FRANCISCO CONTRERAS MOLINA Dirección de ejecución de obra: ANTONIO FRANCISCO CONTRERAS MOLINA Página 4 de

5 Coordinación de seguridad y salud: SANDRA ARANCE CABRERA g) Plazos de inicio y terminación de las obras, y posibilidad de solicitud de prórroga: UN AÑO PARA INICIARLAS Y TRES PARA TERMINARLAS Para el otorgamiento de licencias que tengan por objeto la ejecución de obras de edificación será suficiente la presentación de proyecto básico, pero no podrá iniciarse la ejecución de la obra sin la aportación previa de un proyecto de ejecución debidamente visado por el Colegio profesional correspondiente cuando así lo exija la normativa estatal. Los municipios podrán conceder prórrogas de los referidos plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos determinados, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de la concesión de la prórroga. II-Resultando que en virtud del artículo 21.1.q, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, la persona titular de la Alcaldía tiene la atribución siguiente: El otorgamiento de las licencias. III-Resultando que por Resolución de 19/6/2015 se delegaron las competencias en este órgano para el otorgamiento de licencias. IV-Vistos los informes favorables y sus condicionantes que se determinan en el expediente: 1- Informe técnico de fecha 11/08/2017, con los siguientes condicionantes: CONDICIONES GENERALES: - Plazo máximo de inicio de las obras: Un año. Duración máxima de las obras: Tres años - Los condicionantes establecidos por los distintos organismos afectados por la actuación. - Las zanjas se rellenarán con solera de hormigón en masa H-100 de 10 cm. de espesor, previa compactación del relleno con tierras de la zanja. - Todos los cortes que sean precisos en el asfaltado se realizarán con máquina de disco, procurando que el corte sea limpio. CONDICIONES ESTÉTICAS: 1º.- C/ Ballesteros, C/ Juan Carlos Benavides, Ct. San Gil, Ct de la Yedra y C/ Angosta Compañía: - Descripción: Se estructuran como calles de plataforma única de uso mixto. Pavimento empedrado con guías en espiga. - Condiciones de reposición del pavimento: Se repondrá el empedrado cogiéndolo con mortero líquido rico en cemento (no semiseco). El empedrado continuará con el dibujo existente. Las juntas se quedarán a ras del pavimento (no rehundidas), lo más liso posible. 2º.- C/ Julio Burell (Tramo 1): - Descripción: Se estructura en plataformas a distinto nivel. Las aceras están pavimentadas con baldosa de granito y la calzada con adoquines de granito. Página 5 de

6 - Condiciones de reposición del pavimento: La canalización discurrirá por la calzada y se repondrán los adoquines existentes cogiéndolos con mortero líquido rico en cemento (no semiseco). Los adoquines continuarán las hiladas existentes conservando el ancho de junta. Las juntas se quedarán a ras del pavimento (no rehundidas). Para las zanjas transversales en aceras, se repondrá la solería recuperada. 3º.- Pz de los Leones, C/ Horno de la Merced y C/ Intendente Pablo de Olavide: - Descripción: Se estructura en plataformas a distinto nivel. Las aceras están pavimentadas con losas de piedra viva de Porcuna y la calzada de empedrado con guías en espiga. - Condiciones de reposición del pavimento: La canalización discurrirá por la calzada y se repondrá el empedrado con mortero líquido rico en cemento (no semiseco). El empedrado continuará con el dibujo existente. Las juntas se quedarán a ras del pavimento (no rehundidas), lo más liso posible. Para las zanjas transversales en aceras, se repondrá la solería recuperada. 4º.- C/ Pacheco Narváez, C/ Julio Burell (tramo 2), C/ Cambil, C/ Palma, C/ Calderón y C/ Cipriano Tornero: - Descripción: Esta calle se estructura en plataforma a distinto nivel. Las aceras están pavimentadas con baldosa hidráulica de tacos y la calzada con adoquines de granito cubiertas con capa gruesa de hormigón de acabado liso. - Condiciones de reposición del pavimento: La canalización discurrirá por la calzada y se repondrán los adoquines existentes cogiéndolos con mortero líquido rico en cemento (no semiseco). Los adoquines continuarán las hiladas existentes conservando el ancho de junta. Posteriormente se cubrirá con capa de hormigón del mismo grosor que el existente y se alisará la superficie. Para las zanjas transversales en aceras, se repondrá la solería recuperada 5º.- Paseo Antonio Machado: - Descripción: Se estructura como calle de plataforma única de uso mixto. Pavimento de adoquín de hormigón prefabricado coloreado. - Condiciones de reposición del pavimento: Se repondrá el adoquín sobre lecho de arena, compactándolo con rana. Los adoquines continuarán las hiladas existentes colocados a hueso. El compactado se realizará sin dejar resaltes ni hundimientos. 6º.- Cjón. Pelitre: - Descripción: Se estructura como calle de plataforma única de uso mixto y sin resaltes. Su pavimento es de asfalto. - Condiciones de reposición del pavimento: Reposición de asfaltado: (TODO EL ANCHO DE LA CALLE) Capa de aglomerado asfáltico en frío con el mismo espesor del existente, previo riego de imprimación asfáltico de 1 kg/m². y capa de rodadura con microaglomerado en caliente de 2 cm. de espesor en todo el ancho de la calle, previo riego de imprimación asfáltica de 1 kg. por m². OBSERVACIONES: Las instalaciones se incorporarán a la red de distribución de la empresa distribuidora de gas natural de la zona, a efectos de liquidación de la tasa fiscal por ocupaciones del subsuelo en la vía pública. Página 6 de

7 PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL: ,68 CONCLUSIÓN: Se informa FAVORABLEMENTE el otorgamiento de la licencia urbanística solicitada, con las condiciones anteriormente expresadas. 2- Informe jurídico de fecha 11/08/2017, que determina: Procede conceder la licencia urbanística solicitada con las condiciones contenidas en el informe técnico municipal anteriormente indicado (de fecha 11/08/2017). V- Resultando que le son de aplicación las cuotas determinadas en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en vigor. VI- Resultando que le son de aplicación las tarifas determinadas por licencias urbanísticas, en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas y demás servicios urbanísticos al amparo de la ley del suelo, en vigor. VII-Tras el examen de la documentación correspondiente y de los informes que obran en los expedientes de su razón y las deliberaciones pertinentes, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicios del de terceros (Artº del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto: de 17-VI-1955) La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus asistentes, APRUEBA: PRIMERO.- Conceder la licencia urbanística de las obras e instalaciones y usos anteriormente indicada URB/LOMA/31/2017 (con las condiciones establecidos en los informes municipales anteriormente indicados), si bien su virtualidad requerirá el previo pago de los tributos correspondientes y el depósito de la fianza que se concrete en el expediente de esta obra, y que si ésta está destinada a instalación que precise de licencia de legalización, apertura o funcionamiento de actividad, la obtención previa de la misma a la construcción. SEGUNDO.- Comunicar al interesado desde el departamento de urbanismo determinando: 2.a. Las condiciones que se indican en los en los informes del expediente de la obra. 2.b. El régimen de recursos. TERCERO.- Comunicar la presente al departamento de Tesorería para que proceda, en su caso, a la tramitación de expediente para la liquidación definitiva en relación al Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y la Tasa por licencias urbanísiticas, licencias de obras, teniendo en cuenta que el presupuesto de ejecución material asciende a ,68. 2º-C. - LICENCIA DE OBRA EXPTE 59/2016. Expediente: Procedimiento: URB/LOMA/59/2016 LICENCIA DE OBRA MAYOR Página 7 de

8 Descripción: Registro Entrada: Interesado: CTRA. DE UBEDA - BAEZA KM 0.7 / CONSTRUCCION DE CUBIERTA DE PATIO Y TOLVAS DE ALMACENAMIENTO EN ALMAZARA 6064/ /09/2016 HEREDEROS DE TEODORA MARTINEZ MARTINEZ S.L I-Visto el expediente de licencia urbanística arriba referenciado, cuyos extremos se consignan a continuación: a) Clasificación y calificación urbanística del suelo objeto de la actuación: SUELO URBANO CONSOLIDADO b) Finalidad de la actuación y uso al que se destinara: CONSTRUCCIÓN DE CUBIERTA DE PATIO Y TOLVAS DE ALMACENAMIENTO EN ALMAZARA c) Presupuesto de ejecución material: ,02 EUROS d) Situación y emplazamiento de las obras: CARRETERA DE UBEDA A BAEZA PK 0.7, Referencia Catastral: VH6006S0001RG Número de finca Registral (para actuaciones en suelo no urbanizable): - e) Nombre o razón social del promotor: HEREDEROS DE TEODORA MARTINEZ MARTINEZ S.L f) Técnico autor del proyecto: JOSE EVELIGO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ Dirección de obra: JOSE EVELIGO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ Dirección de ejecución de obra: JOSÉ EVELIO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ Coordinación de seguridad y salud: JOSE EVELIGO RODRÍGUEZ MARTÍNEZ g) Plazos de inicio y terminación de las obras, y posibilidad de solicitud de prórroga: UN AÑO PARA INICIARLAS Y TRES PARA TERMINARLAS Para el otorgamiento de licencias que tengan por objeto la ejecución de obras de edificación será suficiente la presentación de proyecto básico, pero no podrá iniciarse la ejecución de la obra sin la aportación previa de un proyecto de ejecución debidamente visado por el Colegio profesional correspondiente cuando así lo exija la normativa estatal. Los municipios podrán conceder prórrogas de los referidos plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos determinados, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de la concesión de la prórroga. II-Resultando que en virtud del artículo 21.1.q, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, la persona titular de la Alcaldía tiene la atribución siguiente: El otorgamiento de las licencias. III-Resultando que por Resolución de 19/6/2015 se delegaron las competencias en este órgano para el otorgamiento de licencias. IV-Vistos los informes favorables y sus condicionantes que se determinan en el expediente: 1- Informe del ingeniero técnico industrial municipal de fecha 08/08/2017, que indica lo siguiente: 1.- El establecimiento cuenta con licencia de apertura y funcionamiento de fecha para la actividad DE ALMAZARA, expediente LA 63/ En la misma zona o en sus proximidades SI existen otras actividades análogas que pueden producir Página 8 de

9 efectos aditivos o acumulativos. 3.- La actividad de ALMAZARA se encuentra entre la incluidas en el Anexo I de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (Ley 7/2007, de 9 de julio, Boja ), apartado AAU, por lo que podría estar sometida a la AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA al objeto de comprobar su adecuación a la normativa ambiental vigente y determinar las medidas correctoras o precautorias necesarias para prevenir o compensar sus posibles efectos negativos sobre el medio ambiente. El promotor de la actividad ha aportado escrito de la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de fecha 17 de noviembre de 2016 en el que se indica que los efectos de la solicitud generados por la falta de resolución expresa del carácter no sustancial de la actuación son estimatorios, expediente CS El proyecto técnico, anexos posteriores y la documentación complementaria contempla la ejecución de las instalaciones y medidas correctoras que resultan necesarias a los efectos indicados. 5.- Además de lo anterior, se dará cumplimiento de los condicionantes que a continuación se expresan: -Superficie total: m2. - La actuación consiste en la instalación de estructura metálica ligera y cubierta de chapa galvanizada, para cubrir el patio de recepción, la maquinaria de limpieza y pesado y las tolvas de almacenamiento de aceituna de la almazara. -Carga de fuego: 100 MJ/m2, riesgo bajo. - Sistema de protección contra incendios: 3 ud extintor portátil de eficacia mínima 21 A -133 B. - Autorización control de contaminación ambiental por la consejería competente en materia de medio ambiente, que en su caso proceda. - Deberá de aportar documentación justificativa de la puesta en funcionamiento de las instalaciones ejecutadas conforme a su normativa reguladora. - Comunicación previa de modificación de actividad en la Consejería de Salud. CONCLUSIÓN: Considerando la normativa urbanística y ambiental vigente y los posibles efectos aditivos o acumulativos, se propone para la actividad la CONCESIÓN DE LA LICENCIA SOLICITADA, con las siguientes CONDICIONES: Para el inicio de la actividad deberá de presentar la siguiente documentación: - Solicitud de licencia urbanística que faculte para el pretendido destino urbanístico del establecimiento (licencia de utilización). - Certificación suscrita por el Director Técnico del Proyecto en la que se acredite la adecuación de la actividad a los contenidos del Proyecto y documentación presentada, así como el cumplimiento de los condicionantes expresados en el presente informe. - Documentación justificativa de la puesta en funcionamiento de las instalaciones ejecutadas conforme a su normativa reguladora. - Declaración responsable suscrita por el titular de la actividad, en los términos establecidos en la Ordenanza Reguladora de la Apertura de Establecimientos para el Ejercicio de Actividades Económicas de Baeza (BOP. Número 81, de 26 de abril de 2012). CONCLUSIÓN: Se informa FAVORABLEMENTE el otorgamiento de la licencia urbanística solicitada, con las condiciones anteriormente expresadas. Página 9 de

10 2- Informe de la arquitecta municipal de fecha 11/08/2017, con los siguientes condicionantes: CONDICIONES GENERALES: Plazo máximo de inicio de las obras: Un año. Duración máxima de las obras: Tres años Las obras no darán lugar a incremento del valor de la expropiación y se realizarán con materiales fácilmente desmontables. PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL: ,02 EUROS CONCLUSIÓN: Se informa FAVORABLEMENTE el otorgamiento de la licencia urbanística solicitada, con las condiciones anteriormente expresadas. 3- Informe jurídico de fecha 16/08/2017, que determina: Procede conceder la licencia urbanística solicitada con las condiciones contenidas en los informes técnicos municipales anteriormente indicados (de fechas 08/08/2017 y 11/08/2017). V- Resultando que le son de aplicación las cuotas determinadas en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en vigor. VI- Resultando que le son de aplicación las tarifas determinadas por licencias urbanísticas, en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas y demás servicios urbanísticos al amparo de la ley del suelo, en vigor. VII-Tras el examen de la documentación correspondiente y de los informes que obran en los expedientes de su razón y las deliberaciones pertinentes, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicios del de terceros (Artº del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto: de 17-VI-1955) La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus asistentes, APRUEBA: PRIMERO.- Conceder la licencia urbanística de las obras e instalaciones y usos anteriormente indicada URB/LOMA/59/2016 (con las condiciones establecidos en los informes municipales anteriormente indicados), si bien su virtualidad requerirá el previo pago de los tributos correspondientes y el depósito de la fianza que se concrete en el expediente de esta obra, y que si ésta está destinada a instalación que precise de licencia de legalización, apertura o funcionamiento de actividad, la obtención previa de la misma a la construcción. SEGUNDO.- Comunicar al interesado desde el departamento de urbanismo determinando: 2.a. Las condiciones que se indican en los en los informes del expediente de la obra. 2.b. El régimen de recursos. Página 10 de

11 TERCERO.- Comunicar la presente al departamento de Tesorería para que proceda, en su caso, a la tramitación de expediente para la liquidación definitiva en relación al Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y la Tasa por licencias urbanísiticas, licencias de obras, teniendo en cuenta que el presupuesto de ejecución material asciende a ,02 EUROS. 2º-D. - LICENCIA DE OBRA EXPTE 44 /2017. Expediente: Procedimiento: Descripción: Registro Entrada: Interesado: URB/LOMA/44/2017 LICENCIA DE OBRA MAYOR CALLE: CONCEPCION, 3 / PROYECTO B+ E DE INTRODUCCION DE ASCENSOR 5300/ /06/2017 ZARDOYA OTIS S.A I-Visto el expediente de licencia urbanística arriba referenciado, cuyos extremos se consignan a continuación: a) Clasificación y calificación urbanística del suelo objeto de la actuación: SUELO URBANO CONSOLIDADO b) Finalidad de la actuación y uso al que se destinara: PROYECTO B+E DE INTRODUCCIÓN DE ASCENSOR c) Presupuesto de ejecución material: ,36 d) Situación y emplazamiento de las obras: C/ CONCEPCIÓN Nº 3, Referencia Catastral: VH5085S Número de finca Registral (para actuaciones en suelo no urbanizable): - e) Nombre o razón social del promotor: ZARDOYA OTIS S.A f) Técnico autor del proyecto: FRANCISCO JOSÉ TALAVERA RODRÍGUEZ Dirección de obra: FRANCISCO JOSÉ TALAVERA RODRÍGUEZ Dirección de ejecución de obra: LUIS MONTES CABRERA Coordinación de seguridad y salud: LUIS MONTES CABRERA g) Plazos de inicio y terminación de las obras, y posibilidad de solicitud de prórroga: UN AÑO PARA INICIARLAS Y TRES PARA TERMINARLAS Para el otorgamiento de licencias que tengan por objeto la ejecución de obras de edificación será suficiente la presentación de proyecto básico, pero no podrá iniciarse la ejecución de la obra sin la aportación previa de un proyecto de ejecución debidamente visado por el Colegio profesional correspondiente cuando así lo exija la normativa estatal. Los municipios podrán conceder prórrogas de los referidos plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos determinados, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de la concesión de la prórroga. II-Resultando que en virtud del artículo 21.1.q, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, la persona titular de la Alcaldía tiene la atribución siguiente: El otorgamiento de las licencias. III-Resultando que por Resolución de 19/6/2015 se delegaron las competencias en este órgano Página 11 de

12 para el otorgamiento de licencias. IV-Vistos los informes favorables y sus condicionantes que se determinan en el expediente: 1- Informe técnico de fecha 16/08/2017, con los siguientes condicionantes: CONDICIONES GENERALES: Plazo máximo de inicio de las obras: Un año. Duración máxima de las obras: Tres años PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL: ,36 CONCLUSIÓN: Se informa FAVORABLEMENTE el otorgamiento de la licencia urbanística solicitada, con las condiciones anteriormente expresadas. 2- Informe jurídico de fecha 17/08/2017, que determina: Procede conceder la licencia urbanística solicitada con las condiciones contenidas en el informe técnico municipal anteriormente indicado (de fecha 16/08/2017). V- Resultando que le son de aplicación las cuotas determinadas en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en vigor. VI- Resultando que le son de aplicación las tarifas determinadas por licencias urbanísticas, en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas y demás servicios urbanísticos al amparo de la ley del suelo, en vigor. VII-Tras el examen de la documentación correspondiente y de los informes que obran en los expedientes de su razón y las deliberaciones pertinentes, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicios del de terceros (Artº del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto: de 17-VI-1955) La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus asistentes, APRUEBA: PRIMERO.- Conceder la licencia urbanística de las obras e instalaciones y usos anteriormente indicada URB/LOMA/44/2017 (con las condiciones establecidos en los informes municipales anteriormente indicados), si bien su virtualidad requerirá el previo pago de los tributos correspondientes y el depósito de la fianza que se concrete en el expediente de esta obra, y que si ésta está destinada a instalación que precise de licencia de legalización, apertura o Página 12 de

13 funcionamiento de actividad, la obtención previa de la misma a la construcción. SEGUNDO.- Comunicar al interesado desde el departamento de urbanismo determinando: 2.a. Las condiciones que se indican en los en los informes del expediente de la obra. 2.b. El régimen de recursos. TERCERO.- Comunicar la presente al departamento de Tesorería para que proceda, en su caso, a la tramitación de expediente para la liquidación definitiva en relación al Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y la Tasa por licencias urbanísiticas, licencias de obras, teniendo en cuenta que el presupuesto de ejecución material asciende a ,36. 2º-E. - LICENCIA DE OBRA EXPTE 460/2006. Expediente: Procedimiento: Descripción: Registro Entrada: Interesado: URB/LOMA/460/2006 LICENCIA DE OBRA MAYOR CALLE ANTONIO MORENO 41 TITULO:REFORMADO AL PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE EDIFICIO DE 3 VIVIENDAS Y SEMISOTANO 6416/ /07/2017 MARIA DEL CARMEN CRUZ ANGUIS I-Visto el expediente de licencia urbanística arriba referenciado, cuyos extremos se consignan a continuación: a) Clasificación y calificación urbanística del suelo objeto de la actuación: SUELO URBANO CONSOLIDADO b) Finalidad de la actuación y uso al que se destinara: REFORMADO AL PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE EDIFICIO DE TRES VIVIENDAS Y SEMISÓTANO c) Presupuesto de ejecución material: ,73 d) Situación y emplazamiento de las obras: C/ ANTONIO MORENO, Nº 41 DE BAEZA, Referencia Catastral: VH5095S Número de finca Registral (para actuaciones en suelo no urbanizable): - e) Nombre o razón social del promotor: MARIA DEL CARMEN CRUZ ANGUIS f) Técnico autor del proyecto: RAMÓN LORITE CÓZAR Dirección de obra: RAMÓN LORITE CÓZAR Dirección de ejecución de obra: LUIS MONTES CABRERA Coordinación de seguridad y salud: - g) Plazos de inicio y terminación de las obras, y posibilidad de solicitud de prórroga: UN AÑO PARA INICIARLAS Y TRES PARA TERMINARLAS Para el otorgamiento de licencias que tengan por objeto la ejecución de obras de edificación será suficiente la presentación de proyecto básico, pero no podrá iniciarse la ejecución de la obra sin la aportación previa de un proyecto de ejecución debidamente visado por el Colegio profesional correspondiente cuando así lo exija la normativa estatal. Los municipios podrán conceder prórrogas de los referidos plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos determinados, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de la concesión de la prórroga. Página 13 de

14 II-Resultando que en virtud del artículo 21.1.q, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, la persona titular de la Alcaldía tiene la atribución siguiente: El otorgamiento de las licencias. III-Resultando que por Resolución de 19/6/2015 se delegaron las competencias en este órgano para el otorgamiento de licencias. IV-Vistos los informes favorables y sus condicionantes que se determinan en el expediente: 1- Informe técnico de fecha 07/08/2017, con los siguientes condicionantes: CONDICIONES GENERALES: Plazo máximo de inicio de las obras: Un año. Duración máxima de las obras: Tres años PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL: ,73 CONCLUSIÓN: Se informa FAVORABLEMENTE el otorgamiento de la licencia urbanística solicitada, con las condiciones anteriormente expresadas. 2- Informe jurídico de fecha 10/08/2017, que determina: Procede conceder la licencia urbanística solicitada con las condiciones contenidas en el informe técnico municipal anteriormente indicado (de fecha 07/08/2017). V- Resultando que le son de aplicación las cuotas determinadas en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en vigor. VI- Resultando que le son de aplicación las tarifas determinadas por licencias urbanísticas, en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas y demás servicios urbanísticos al amparo de la ley del suelo, en vigor. VII-Tras el examen de la documentación correspondiente y de los informes que obran en los expedientes de su razón y las deliberaciones pertinentes, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicios del de terceros (Artº del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto: de 17-VI-1955) La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus asistentes, APRUEBA: PRIMERO.- Conceder la licencia urbanística de las obras e instalaciones y usos anteriormente indicada URB/LOMA/460/2006 (con las condiciones establecidos en los informes municipales anteriormente indicados), si bien su virtualidad requerirá el previo pago de los tributos correspondientes y el depósito de la fianza que se concrete en el expediente de Página 14 de

15 esta obra, y que si ésta está destinada a instalación que precise de licencia de legalización, apertura o funcionamiento de actividad, la obtención previa de la misma a la construcción. SEGUNDO.- Comunicar al interesado desde el departamento de urbanismo determinando: 2.a. Las condiciones que se indican en los en los informes del expediente de la obra. 2.b. El régimen de recursos. TERCERO.- Comunicar la presente al departamento de Tesorería para que proceda, en su caso, a la tramitación de expediente para la liquidación definitiva en relación al Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y la Tasa por licencias urbanísiticas, licencias de obras, teniendo en cuenta que el presupuesto de ejecución material asciende a ,73. 2º-F. - LICENCIA DE OBRA EXPTE 21/2016. Expediente: Procedimiento: Descripción: Registro Entrada: Interesado: URB/LOMA/21/2016 LICENCIA DE OBRA MAYOR CALLE: MADRE MONICA, 14 / PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE VIVIENDA UNIFAMILIAR / PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION DE AMPLIACION Y REHABILITACION DE VIVIENDA UNIFAMILIAR (PLANO REFORMADO 9R ALZADO Y SECCION 2281/ /04/2016 FERNANDO RASCON MORENO I-Visto el expediente de licencia urbanística arriba referenciado, cuyos extremos se consignan a continuación: a) Clasificación y calificación urbanística del suelo objeto de la actuación: SUELO URBANO CONSOLIDADO b) Finalidad de la actuación y uso al que se destinara: PLANO REFORMADO 9R : ALZADO Y SECCION, DEL PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE AMPLIACIÓN Y REHABILITACIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR c) Presupuesto de ejecución material: ,94 d) Situación y emplazamiento de las obras: C/ MADRE MÓNICA Nº 14, Referencia Catastral: VH5095N0001LF Número de finca Registral (para actuaciones en suelo no urbanizable): - e) Nombre o razón social del promotor: FERNANDO RASCON MORENO f) Técnico autor del proyecto: RAMÓN LORITE CÓZAR Dirección de obra: RAMÓN LORITE CÓZAR Dirección de ejecución de obra: LUIS MONTES CABRERA Coordinación de seguridad y salud: LUIS MONTES CABRERA g) Plazos de inicio y terminación de las obras, y posibilidad de solicitud de prórroga: UN AÑO PARA INICIARLAS Y TRES PARA TERMINARLAS Para el otorgamiento de licencias que tengan por objeto la ejecución de obras de edificación será suficiente la presentación de proyecto básico, pero no podrá iniciarse la ejecución de la obra sin la aportación previa de un proyecto de ejecución debidamente visado por el Colegio profesional correspondiente cuando así lo exija la Página 15 de

16 normativa estatal. Los municipios podrán conceder prórrogas de los referidos plazos de la licencia por una sola vez y por un nuevo plazo no superior al inicialmente acordado, previa solicitud expresa formulada antes de la conclusión de los plazos determinados, siempre que la licencia sea conforme con la ordenación urbanística vigente en el momento de la concesión de la prórroga. II-Resultando que en virtud del artículo 21.1.q, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, la persona titular de la Alcaldía tiene la atribución siguiente: El otorgamiento de las licencias. III-Resultando que por Resolución de 19/6/2015 se delegaron las competencias en este órgano para el otorgamiento de licencias. IV-Vistos los informes favorables y sus condicionantes que se determinan en el expediente: 1- Informe técnico de fecha 08/08/2017, que indica lo siguiente: Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2016, por el que concedió licencia municipal de obras al expediente de referencia, estableciendo, entre otros, el siguiente condicionante: Las vallas exteriores guardarán las características dimensionales, tratamiento y acabados de las existentes. En la fachada posterior se mantendrán la valla existente, la altura de la misma y diseño de cerrajería, no permitiéndose la solución proyectada en ladrillo visto. Visto el artículo G del PGOU de Baeza, referido a las condiciones de estética para la edificación en colonia, que indica para las vallas lo siguiente: Las vallas exteriores guardarán las características dimensionales, tratamiento y acabados de las existentes. Visto el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 19 de mayo de 2017, en el que se concedió licencia al reformado de alzado subsanado el condicionante del acuerdo anterior. Con registro de entrada nº. 6429, de fecha 25 de julio de 2017, se aporta nuevo plano reformado nº 9R : Alzado y sección del Proyecto básico y de ejecución de ampliación y rehabilitación de vivienda unifamiliar que modifica el alzado, sin afección al presupuesto de ejecución material. Revisado este nuevo alzado, se comprueba que lo único que se modifica es el zócalo de la fachada trasera, proyectándose con mampostería similar a la existente en este tipo de edificaciones y, por tanto, ajustándose a la normativa de aplicación. CONCLUSIÓN: Se informa FAVORABLEMENTE el otorgamiento de la licencia urbanística solicitada, con las condiciones anteriormente expresadas. 2- Informe jurídico de fecha 10/08/2017, que determina: Procede conceder la licencia urbanística solicitada con las condiciones contenidas en el informe técnico municipal anteriormente indicado (de fecha 08/08/2017). V- Resultando que le son de aplicación las cuotas determinadas en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en la Ordenanza Fiscal reguladora del impuesto sobre Página 16 de

17 construcciones, instalaciones y obras, en vigor. VI- Resultando que le son de aplicación las tarifas determinadas por licencias urbanísticas, en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas y demás servicios urbanísticos al amparo de la ley del suelo, en vigor. VII-Tras el examen de la documentación correspondiente y de los informes que obran en los expedientes de su razón y las deliberaciones pertinentes, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicios del de terceros (Artº del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto: de 17-VI-1955) La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus asistentes, APRUEBA: PRIMERO.- Conceder la licencia urbanística de las obras e instalaciones y usos anteriormente indicada URB/LOMA/21/2016 (con las condiciones establecidos en los informes municipales anteriormente indicados), si bien su virtualidad requerirá el previo pago de los tributos correspondientes y el depósito de la fianza que se concrete en el expediente de esta obra, y que si ésta está destinada a instalación que precise de licencia de legalización, apertura o funcionamiento de actividad, la obtención previa de la misma a la construcción. SEGUNDO.- Comunicar al interesado desde el departamento de urbanismo determinando: 2.a. Las condiciones que se indican en los en los informes del expediente de la obra. 2.b. El régimen de recursos. TERCERO.- Comunicar la presente al departamento de Tesorería para que proceda, en su caso, a la tramitación de expediente para la liquidación definitiva en relación al Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y la Tasa por licencias urbanísiticas, licencias de obras, teniendo en cuenta que el presupuesto de ejecución material asciende a ,94. 3º.-PROYECTOS DE OBRA, URBANIZACIÓN Y PLANEAMIENTO URBANÍSTICO No se presentaron. 4º.- ASUNTOS ECONÓMICOS. 4º.- A. RELACIÓN DE FACTURAS. Expediente: INT/FJG/23/2017 Descripción: Aprobacion Facturas Junta de Gobierno Local Resultando que la Sra. Alcaldesa resulta el órgano competente para el reconocimiento de obligaciones, conforme indica el artículo f) de la Ley 7/85, de 2 de abril de Bases de régimen Local Página 17 de

18 Resultando que por resolución de fecha 19/06/2015 de la Sra. Alcaldesa, dichas competencias fueron delegadas en la Junta de Gobierno Local, previo informe o certificación de existencia de crédito emitido por la Intervención Municipal Vista la relación de facturas con número 1178 con un importe total de ,20 euros confeccionada por la Intervención Municipal, así como la certificación de existencia de crédito, La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los asistentes, ACUERDA: PRIMERO.-Prestar su conformidad a la relación de facturas número 1178 con un importe total de ,20, efectuando el reconocimiento de las correspondientes obligaciones. SEGUNDO.- Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así mismo se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso de la ciudad de Jaén en el plazo de 2 meses desde la notificación, sin perjuicio de otras acciones que se puedan realizar. 5.- APROBACIÓN DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON PETICIÓN DE SUBVENCIONES No se presentaron. 6.- SOLICITUDES, ESCRITOS, PETICIONES Y EXPEDIENTES No se presentaron. 7.- URGENCIAS No se presentaron. Y no habiendo más asuntos que tratar, por la Sra. Presidenta se levanta la sesión siendo las trece horas y veinticinco minutos, extendiendo de ella la presente acta que es autorizada con la firma de la Sra. Presidenta y de la Sra. Secretario. Página de

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