La Uruca, San José, Costa Rica, martes 20 de diciembre del 2011

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1 JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf , sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr, o=persona FISICA, ou=ciudadano, cn=jorge LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Fecha: :14:29-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, martes 20 de diciembre del ,00 AÑO CXXXIII Nº Páginas Fotografía con fines ilustrativos. INA ADJUDICA CONSTRUCCIÓN DE CENTRO Pág. 62 DE FORMACIÓN EN UPALA La Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) acordó adjudicar la licitación para la construcción del Centro de Formación de Upala, de acuerdo con el estudio legal, financiero y técnico. LA IMPRENTA NACIONAL INFORMA QUE SUS OFICINAS PERMANECERÁN CERRADAS DESDE EL MEDIO DÍA DEL 21 DE DICIEMBRE HASTA EL 2 DE ENERO

2 Pág 2 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 CONTENIDO Pág Nº PODER EJECUTIVO Decretos... 2 Directriz... 3 Acuerdos... 4 Resoluciones... 5 DOCUMENTOS VARIOS... 5 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA REGLAMENTOS INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS RÉGIMEN MUNICIPAL AVISOS NOTIFICACIONES El Alcance Digital Nº 105 a La Gaceta Nº 243 circuló el lunes 19 de diciembre de 2011 y contiene Reglamentos. PODER EJECUTIVO DECRETOS N S LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE SALUD En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 27 y 28 de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 Ley General de la Administración Pública y 1 y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 Ley General de Salud. Considerando: I. Que mediante Decreto Ejecutivo N S de 26 de julio del 2007 y publicado en La Gaceta N 243 del 18 de diciembre del 2007, alcance 37, se promulgó el Reglamento a la Ley Orgánica del Colegio de Enfermeras de Costa Rica. II. Que mediante oficio N DAJ-EC-2262 de fecha 8 de agosto del 2008, la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, emitió criterio jurídico, en cuanto a que no existe fundamento jurídico para la emisión por parte del Poder Ejecutivo, de Decretos Ejecutivos del Colegio de Enfermeras de Costa Rica en virtud de que en la Ley N 2343 del 4 de mayo de 1959 Ley Orgánica del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, no establece que los reglamentos que dicte con ocasión de la regulación de las distintas áreas de su competencia, sean por Decretos Ejecutivos. III. Que por las razones indicadas en el Considerando anterior, mediante oficio N CECR-PR de fecha 04 de agosto del 2011, suscrito por la Dra. Marlen Calvo Solano, Presidenta del Colegio de Enfermeras de Costa Rica, solicita al Ministerio de Salud, la derogatoria del Decreto Ejecutivo N S Reglamento a la Ley Orgánica del Colegio de Enfermeras de Costa Rica. IV. Que en razón de las anteriores consideraciones, se hace necesario y oportuno proceder a la derogatoria del Decreto Ejecutivo N S Reglamento a la Ley Orgánica del Colegio de Enfermeras de Costa Rica. Por tanto, La siguiente: Decretan: DEROGATORIA DEL DECRETO EJECUTIVO N S DE 26 DE JULIO DEL 2007 Artículo 1 Deróguese el Decreto Ejecutivo N S de 26 de julio del 2007 publicado en el Alcance 37 de La Gaceta N 243 del 18 de diciembre 2007, Reglamento a la Ley Orgánica del Colegio de Enfermeras de Costa Rica. Artículo 2 Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veinticinco días del mes de agosto del dos mil once. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. La Ministra de Salud, Dra. Daisy María Corrales Díaz. 1 vez. (D IN ). Nº MP LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política. Decretan: Artículo 1º Convócase a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, a partir del 1º de diciembre de 2011, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos de Ley: Expediente N : Ley de Solidaridad Tributaria. Expediente N : Comisión Especial encargada de conocer y dictaminar el Proyecto de Ley de Solidaridad Tributaria. Expediente N : Ley de Saneamiento Fiscal. Expediente N : Ley de Transparencia Fiscal. Expediente N : Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria. Expediente N : Ley de creación del Sistema Nacional de Evaluación Permanente de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios. Expediente N : Ley del Sistema de Seguro de Depósitos y Resolución Bancaria. Expediente N : Ley de regulación de apuestas, casinos y juegos de azar. Expediente N : Ley de tránsito por vías públicas terrestres y seguridad vial. Expediente N : Comisión especial que conocerá y dictaminará el proyecto de ley Reforma de la Ley de Tránsito por vías Públicas Terrestres, N 7331, y sus reformas. Expediente N : Emisión de títulos valores en el mercado internacional y autorización al Poder Ejecutivo de pagar deuda de otras instituciones públicas. Expediente N : Ley reguladora de investigación biomédica. Teléfono: Jorge Luis Vargas Espinoza Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa Licda. Marcela Chacón Castro Ministerio de Gobernación y Policía, Presidente Licda. Alexandra Meléndez Calderón Lic. Isaías Castro Vargas Representante Editorial Costa Rica Representante Ministerio de Cultura y Juventud Teléfono: Fax: Apartado Postal:

3 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 Pág 3 Expediente N : Ley general de control del tabaco y sus efectos nocivos en la salud. Expediente N : Ley para la regulación y comercialización de bebidas con contenido alcohólico. Expediente N : Reforma integral a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley N Expediente N : Aprobación del acuerdo sobre transporte aéreo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de Canadá. Expediente N : Reforma del Tratamiento de la Jurisdicción Constitucional en la Constitución Política. Expediente N : Proyecto de Ley del Sector Postal de Costa Rica. Expediente N : Ley de oralidad para los procesos agrarios y civiles. Expediente N Reforma al artículo 505 del Código Civil, adiciónese el Artículo 1 bis a la Ley de Expropiaciones N 7495 y adiciónese un tercer párrafo al Artículo 22 del Código Procesal Contencioso Administrativo, para regular el régimen jurídico del subsuelo. Expediente N : Reforma al artículo N 7 de la Ley N 8347; Ley del Centro Nacional de la Música. Expediente N : Ley General de Turismo; se reforman, adicionan y derogan varios artículos de la Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo; se deroga y reforma dos artículos de la Ley de Industria Turística; se interpreta auténticamente varios artículos de la Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico y la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre. Expediente N : Modificación del primer párrafo artículo 11 de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, Ley N 7317 del 30 de octubre de 1992 y sus reformas. Expediente N : Ley del Refugio Nacional de Vida Silvestre Ostional. Expediente N : Ley para el aprovechamiento de la energía geotérmica en el Área de Conservación Guanacaste. Expediente N : Ley para el aprovechamiento de la energía geotérmica en el Área de Conservación Arenal- Tempisque. Expediente N : Ley de mecanismos de seguimiento electrónico en materia penal. Expediente N : Ley de Fortalecimiento de la Policía Municipal. Expediente N : Reforma Ley General de Policía. Expediente N : Reforma de varios artículos de la Ley 5662 Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares y adición al artículo 34 de la Ley 7648 Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia de Costa Rica. Expediente N : Reforma de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, Ley N 7558 de 27 de noviembre de 1995, para eximir del encaje legal las emisiones de bonos que se utilicen para financiar créditos de vivienda de largo plazo. Expediente N : Creación del Fondo para el Financiamiento de Viviendas de Primera Solución para la Clase Media. Artículo 2º Rige a partir del 1º de diciembre de Dado en la Presidencia de la República, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil once. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. El Ministro de la Presidencia, Carlos Ricardo Benavides Jiménez. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº 117. C (D36873-IN ). Nº MP LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución Política. Decretan: Artículo 1º Amplíase la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Asamblea Legislativa, hecha por el Decreto Ejecutivo MP, a fin de que se conozcan los siguientes proyectos de ley: Expediente N : Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario en el Instituto de Desarrollo Rural. Expediente N : Ley de impuestos municipales del Cantón Central de Heredia. Expediente N : Comisión especial que conocerá y dictaminará el proyecto de ley Reforma de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N 7331, y sus reformas, expediente legislativo N y el proyecto de ley Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial expediente legislativo N Expediente N : Reforma al Código Procesal Penal, a la Ley de Justicia Penal Juvenil y la Ley de Ejecución de Sentencias Penales Juveniles; y adición al Código Procesal Penal. Artículo 2º Rige a partir del 1º de diciembre de Dado en la Presidencia de la República, a los un días del mes de diciembre de dos mil once. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. El Ministro de la Presidencia a. í., Francisco Marín Monge. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº 117. C (D36874-IN ). DIRECTRIZ Nº 027-MTSS EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL En uso de las facultades conferidas por el artículo 140, incisos 3), 18) y 20) de la Constitución Política; 25.1, 27.1, 99 y 100 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 del 2 de mayo de 1978; 2, 5 y 6 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ley N 1860 del 21 de abril de 1955; y 3 y 4 del Reglamento de Reorganización y Racionalización del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Decreto Ejecutivo N 1508-TBS del 16 de febrero de Considerando: I. Que el artículo 158 del Código de Trabajo permite el fraccionamiento del período de vacaciones en dos tantos, cuando haya convenio entre las partes. II. Que muchos(as) funcionarios y funcionarias tienen cumplidos sus periodos de vacaciones, lo cual resulta inconveniente para ellos y para la Administración. III. Que con ocasión de la Navidad y las Fiestas de Fin de Año, es propicio que las personas que desempeñan puestos remunerados en la Administración Pública, dependencias descentralizadas y empresas públicas del Estado, puedan participar de las actividades propias de la época. IV. Que el cierre general de las oficinas públicas en todo el país, con excepción de aquellas que deben mantener la continuidad del servicio, presenta un ahorro significativo para el Gobierno en gastos como energía eléctrica, telecomunicaciones, agua, consumo de combustible, entre otros. Por tanto,

4 Pág 4 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 Se emite la siguiente, Directriz DIRIGIDA A TODOS LOS JERARCAS DE LOS MINISTERIOS Y ÓRGANOS ADSCRITOS A LOS MISMOS, ASÍ COMO A INSTITUCIONES AUTÓNOMAS, SEMIAUTÓNOMAS Y EMPRESAS PÚBLICAS DEL ESTADO Artículo 1º Conceder a título de vacaciones a los servidores públicos del cantón Central de San José, los días 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre del Lo anterior sin perjuicio de que el Ministerio de Gobernación y Policía, de conformidad con lo dispuesto por la N Ley 6725 del 10 de marzo de 1982, disponga autorizar un día de asueto de los ya referidos, a fin de que los servidores del cantón Central disfruten de la celebración de las fiestas de fin y principio de año. En el caso del día 21 de diciembre del 2011, las vacaciones serán a partir de las 12:00 horas. Artículo 2º Conceder a título de vacaciones a los servidores públicos del resto del país, los días 21, 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de diciembre de En el caso del día 21 de diciembre del 2011, las vacaciones serán a partir de las 12:00 horas. Artículo 3º En el caso de los servidores del Ministerio de Educación Pública, de la Procuraduría General de la República y del Registro Nacional, las vacaciones serán definidas por su Jerarca. Artículo 4º Tomar las medidas correspondientes para garantizar la apertura de aquellas oficinas que, por la naturaleza de sus funciones, requieran mantener la continuidad de sus servicios e informar dichas medidas a los usuarios. Dentro de estas medidas debe asegurarse la disponibilidad inmediata del personal necesario para la atención oportuna de cualquier situación de emergencia. Artículo 5º Rige a partir de esta fecha. Dada en la Presidencia de la República. San José, a los cinco días del mes de diciembre del dos mil once. LUIS LIBERMAN GINSBURG. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social a. í., Eugenio Solano Calderón. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (D027-IN ). ACUERDOS PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Nº 400-P LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Con fundamento en el artículo 26 inciso b) de la Ley N 6227 Ley General de la Administración Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2011, Ley Nº 8908, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. ACUERDA: Artículo 1º Designar a la señora Maricela Tapia Gutiérrez, portadora de la cédula de identidad número , Subdirectora General de la Dirección General de Servicio Civil, para que viaje a Paraguay del 05 al 12 de noviembre del presente año, y asista al XVI Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, a celebrarse en Asunción, Paraguay del 08 al 11 de noviembre del Artículo 2º Los gastos por concepto de viáticos, inscripción al seminario, transporte, impuestos de aeropuerto, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa Servicio Civil, Subpartida Transporte al Exterior, Subpartida Viáticos al Exterior, Subpartida Actividades de Capacitación. La suma por concepto de inscripción al seminario se le reconocerá contra la presentación de la factura. La funcionaria devengará el cien por ciento de su salario, durante la estadía fuera del territorio nacional, que corre del 05 al 12 de noviembre del Artículo 3º Del 05 al 06 y el 12 de noviembre del año en curso, no se le cancelarán viáticos con cargo al erario público. La funcionaria cede las millas otorgadas al Ministerio de la Presidencia en cada uno de los viajes realizados al exterior, Artículo 4º La funcionaria pertenece al nivel II de la tabla de viáticos según el Artículo 36 inciso c) del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, por cuanto se otorga la suma adelantada de ,08 por concepto de viáticos sujetos a liquidación. Artículo 5º Rige a partir del 05 al 12 de noviembre del Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veintiocho días del mes de octubre del dos mil once. LAURA CHINCHILLA MIRANDA. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD N MNCR/MCJ/06/2011 EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD Con fundamento en el artículo 28 inciso 1º de la Ley N 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de Así como lo dispuesto en e! artículo 9 de la Directriz N 7 del 29 de noviembre de 1991; en el artículo único de la Ley N 8367 Exención del pago de los derechos de salida del territorio nacional para quienes representen al país en actividades deportivas, artísticas y culturales en el exterior del 24 de julio de 2003 y el artículo 40 del Estatuto del Servicio Civil. Considerando: I. Que el Ministerio de Cultura y Juventud, específicamente el Museo Nacional de Costa Rica tiene interés en que la señora María Elena Masís Muñoz, participe en el curso de Gestión Cultural y Cooperación Territorial en materia Cultural, que se realizará en Madrid, España del 14 al 25 de noviembre del 2011, organizado por el Ministerio de Cultura de España. II. Que la participación de esta funcionaria en la citada actividad es de interés para el Ministerio de Cultura y Juventud, específicamente para el Museo Nacional de Costa Rica ya que el evento constituye un espacio importante de intercambio de conocimientos y experiencias en torno a la Gestión Cultural. III. Que la Junta Administrativa del Museo Nacional de Costa Rica por acuerdo N A , de fecha 22 de agosto de 2011, le concedió permiso con goce de salario desde el 12 al 27 de noviembre del 2011 y los restantes días, es decir del 9 al 11 de noviembre disfrutará de vacaciones. IV. Que la señora Masís Muñoz deberá salir del país el día 9 de noviembre del 2011 y regresará el día 28 del mismo mes. Por tanto: ACUERDA: Artículo 1º Designar a la Señora María Elena Masís Muñoz, cédula de identidad número , para que participe en el curso de Gestión Cultural y Cooperación Territorial en materia Cultural, que se realizará en Madrid, España del 14 al 25 de noviembre del 2011, organizado por el Ministerio de Cultura de España. Artículo 2º Los días del 12 al 27 de noviembre del 2011, la señora María Elena Masís Muñoz devengará el 100% de su salario. Artículo 3º Los organizadores de la actividad le brindarán a la señora Masís Muñoz una ayuda económica de 1225 Euros, para gastos de alojamiento, alimentación y transporte terrestre en España, la funcionaria cubre los gastos de transporte aéreo, impuestos, tasas aeroportuarias trámite de visado y cualquier otro gasto derivado del viaje. Artículo 4º Rige del 9 al 28 de noviembre del Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los catorce días del mes de octubre del dos mil once. Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº MNCR/MCJ/07/2011 EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD Con fundamento en el artículo 28 inciso 1 de la Ley Nº 6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de Así como lo dispuesto en el artículo 9 de la Directriz Nº 7 del 29

5 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 Pág 5 de noviembre de 1991; en el artículo único de la Ley Nº 8367 Exención del pago de los derechos de salida del territorio nacional para quienes representen al país en actividades deportivas, artísticas y culturales en el exterior del 24 de julio de 2003 y el artículo 40 del Estatuto del Servicio Civil. Considerando I. Que el Ministerio de Cultura y Juventud, específicamente el Museo Nacional de Costa Rica tiene interés en que el señor Francisco Corrales Ulloa, viaje a la Ciudad de David, Provincia de Chiriquí, Panamá, para dictar una conferencia en la Universidad Autónoma de Chiriquí titulada: La Gran Chiriquí y sus aspectos Arqueológicos, el día 14 de octubre del II. Que la participación de este funcionario en la citada actividad es de interés para el Ministerio de Cultura y Juventud, específicamente para el Museo Nacional de Costa Rica ya que fortalece los vínculos culturales y de colaboración en materia de investigación entre el Museo Nacional y la citada Universidad. III. Que la Junta Administrativa del Museo Nacional de Costa Rica por acuerdo Nº A , de fecha 10 de octubre de 2011, le concedió permiso con goce de salario los días 13 y 14 octubre del IV. Que el señor Corrales Ulloa deberá salir del país el día 13 de octubre del 2011 y regresará el día 17 del mismo mes. Por tanto: ACUERDA: Artículo 1º Designar al Señor Francisco Corrales Ulloa, cédula de identidad número para que viaje a la Ciudad de David, Provincia de Chiriquí, Panamá, a impartir una conferencia en la Universidad Autónoma de Chiriquí, el día 14 de de octubre del Artículo 2º Los días 13 y 14 de octubre del 2011, el señor Francisco Corrales Ulloa devengará el 100% de su salario. Artículo 3º Los organizadores de la actividad le cubrirán al señor Corrales Ulloa los gastos de transporte, alojamiento y alimentación y el funcionario cubrirá cualquier otro gasto derivado del viaje. Artículo 4º Rige del 13 al 17 de octubre del Dado en el Ministerio de Cultura y Juventud, a los trece días del mes de octubre del Manuel Obregón López, Ministro de Cultura y Juventud. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). RESOLUCIONES MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD Nº 173-D.M San José, a las quince horas del día cuatro de noviembre del dos mil once. Agradecer los servicios al señor Claudio Vargas Arias, cédula de identidad Nº , como miembro de la Comisión Nacional de Patrimonio. Resultando: 1º Que la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, Ley Nº 7555 del 4 de octubre de 1995, publicada en La Gaceta Nº 199 del 20 de octubre de 1995, tiene como objetivo la conservación, la protección y la preservación del Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica. 2º Que la mencionada Ley crea la Comisión Nacional de Patrimonio-Histórico Arquitectónico, que asesorará al Ministerio en el cumplimiento de la misma. 3º Que la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico- Arquitectónico está integrada, entre otros miembros, por el Ministro de Cultura y Juventud o su representante. Considerando: I. Que el señor Claudio Vargas Arias, cédula de identidad Nº , quien fue nombrado en representación del Ministro de Cultura y Juventud, en la Comisión Nacional de Patrimonio- Arquitectónico, según Resolución Nº D.M del 22 de julio del 2010, presentó su renuncia a dicho cargo. Por tanto: EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE: Artículo 1º Agradecer los servicios prestados por el señor Claudio Vargas Arias, cédula de identidad Nº , como miembro de la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico- Arquitectónico. Artículo 2º Rige a partir del 3 de agosto del Iván Rodríguez Rodríguez, Ministro de Cultura y Juventud a. í. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº 174-D.M-2011 San José, a las quince horas quince minutos del día cuatro de noviembre del dos mil once. Nombramiento del señor Mario Ossenbach Sauter Arias, cédula de identidad Nº , como miembro de la Comisión Nacional de Patrimonio. Resultando: 1º Que la Ley de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica, Ley No del 4 de octubre de 1995, publicada en La Gaceta Nº 199 del 20 de octubre de 1995, tiene como objetivo la conservación, la protección y la preservación del Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica. 2º Que la mencionada Ley crea la Comisión Nacional de Patrimonio-Histórico Arquitectónico, que asesorará al Ministerio en el cumplimiento de la misma. 3º Que la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico- Arquitectónico está integrada, entre otros miembros, por el Ministro de Cultura y Juventud o su representante. Considerando: I. Que es menester la efectiva conformación de la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica. Por tanto: EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE: Artículo 1º Nombrar al señor Mario Ossenbach Sauter, cédula de identidad Nº , representante del Ministro de Cultura y Juventud, en la Comisión Nacional de Patrimonio Histórico-Arquitectónico de Costa Rica. Artículo 2º Rige a partir del 21 de octubre del Iván Rodríguez Rodríguez, Ministro de Cultura y Juventud a. í. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº 174. C (IN ). DOCUMENTOS VARIOS PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL Nº SC San José, 15 de noviembre de 2011 Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha emitido las siguientes resoluciones: DG Se crean los Comités de Reclutamiento y Selección Sectoriales (CORSELES). DG Se aprueba el Modelo de Evaluación de Desempeño Institucional propuesto por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO). DG Se aprueban los ajustes al Modelo de Evaluación de Desempeño Institucional del Registro Nacional. Publíquese. José Joaquín Arguedas Herrera, Director General. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº SC San José, 8 de noviembre de 2011 Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha emitido las siguientes resoluciones: DG Modificar la Resolución DG en lo que a los requisitos establecidos para la clase Auxiliar Administrativo, para que se lea únicamente: Bachiller universitario en una carrera de Ciencias de la Educación con énfasis en Enseñanza Media o Enseñanza Técnico Profesional.

6 Pág 6 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 DG Para los efectos de la gestión de recursos humanos no utilizar las Clases de Técnico en Administración Educativa 1 y Técnico en Administración Educativa 2 del Ministerio de Educación Pública. Publíquese. José Joaquín Arguedas Herrera, Director General. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). El Área de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil, informa a los y las siguientes docentes, quienes laboraron en el Ministerio de Educción Pública que se les otorga un plazo de tres días hábiles a partir de esta publicación para que se manifiesten sobre el proceso de exclusión del Registro de Elegibles e inclusión en el Registro de Inelegibles, por el periodo de tres años a partir de la fecha de rige del despido gestionado por el Ministro de Educación Pública, de acuerdo con el artículo 9 inciso d) del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil. Notifíquese, calle 6, avenidas 0 y 2, edificio Raventós, licenciado Ferdinando Goñi Ortiz, Director a. í. del Área de Carrera Docente de la Dirección General de Servicio Civil Tatiana Alejandra Arias Arrieta, cédula , Resolución N del primero de junio del dos mil once. Ahmed Díaz Marchena, cédula , Resolución N , del diez de marzo del dos mil once. Javier Montezuma Montezuma, cédula , Resolución N AD del cuatro de febrero del dos mil once. Sicimo Moya Ortiz, cédula , Resolución N AD del tres de mayo del dos mil once. Vicente Antonio Santana Rojas, cédula , Resolución N del catorce de marzo del dos mil once. Área de Carrera Docente. Fernando Goñi Ortiz, Director a. í. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). GOBERNACIÓN Y POLICÍA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA EDICTOS Nº DGME La Directora General de Migración y Extranjería, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13 inciso 24) de la Ley General de Migración y Extranjería Nº 8764, el criterio de la Procuraduría General de la República Nº C del 25 de agosto de 2009, los artículos 1, 2, 7, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, actualizado por la Contraloría General de la República mediante resolución R-DC , de las ocho horas y siete minutos, del 7 de julio de 2011, así como lo dispuesto en la Ley N 8908 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del Considerando: I. Que mediante la resolución N DPI- PPM, de las dieciocho horas, del día veintiocho de octubre de dos mil once, debidamente notificada, se ordenó la deportación de la señora de nombre Monika de apellido Pottinger, con expediente administrativo migratorio de la Policía Profesional de Migración número ; nacional de Austria. II. Que la Dirección General de Migración y Extranjería designó a la señora Johanna Rodríguez Tencio, cédula Nº , Oficial de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, para que realice la custodia correspondiente, en la ejecución de la deportación de la señora Monika Pottinger, la cual se efectuará del 25 al 28, ambos de noviembre del presente año. Por tanto, ACUERDA: Artículo 1º Designar a la señora Johanna Rodríguez Tencio, cédula Nº , Oficial de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, para que realice la custodia durante la deportación de la persona extranjera citada en el Considerando Primero, desde San José, Costa Rica, hasta Austria, la cual se efectuará del 25 al 28, ambos de noviembre del presente año. Artículo 2º Que la tarifa máxima establecida para viajar a Austria, corresponde a doscientos cincuenta y cinco dólares diarios ($ USD). Dicha tarifa se desglosa de la siguiente manera: 1) Gastos de Hospedaje, hasta un 60% diario, correspondiendo a la suma de ciento cincuenta y tres dólares diarios ($ USD). 2) Gastos de Alimentación según se detalla: se destinará hasta un 8% diario por concepto de desayuno, correspondiendo a la suma de veinte dólares con cuarenta centavos diarios ($20.40 USD); hasta un 12% diario por concepto de almuerzo, correspondiendo a treinta dólares con sesenta centavos diarios ($30.60 USD) y, hasta un 12% diario para cena, correspondiendo a treinta dólares con sesenta centavos diarios ($30.60 USD). 3) Gastos Menores de Viaje, hasta un 8% diario que corresponden a la suma de veinte dólares con cuarenta centavos diarios ($20.40 USD). Artículo 3º Que de conformidad con la tarifa antes descrita, se reconocerá el gasto en que incurra la señora Johanna Rodríguez Tencio, del 25 al 28 de noviembre del presente año; por concepto de alimentación y hospedaje. Además se reconocerán, si los hubiere, los Gastos Menores, transporte aeropuerto-hotel-aeropuerto, gastos por tiquetes aéreos y los gastos por concepto de Impuestos de Entrada y Salida que deban ser cancelados en los países que tengan relación directa con la deportación a efectuarse. Los gastos reconocidos serán cubiertos con el presupuesto ordinario de la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería. Artículo 4º Que durante los días en que participe la señora Johanna Rodríguez Tencio, en la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º El presente acuerdo rige del 24 al 29, ambos de noviembre de Dado en la Dirección General de Migración y Extranjería, el 24 de noviembre de Kathya Rodríguez Araica, Directora General. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº DGME La Directora General de Migración y Extranjería, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13 inciso 24) de la Ley General de Migración y Extranjería Nº 8764, el criterio de la Procuraduría General de la República Nº C del 25 de agosto de 2009, los artículos 1, 2, 7, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, actualizado por la Contraloría General de la República mediante resolución R-DC , de las ocho horas y siete minutos, del 7 de julio de 2011, así como lo dispuesto en la Ley N 8908 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del Considerando: I. Que mediante la resolución N DPI-PPM, de las dieciocho horas, del día veintiocho de octubre de dos mil once, debidamente notificada, se ordenó la deportación de la señora de nombre Monika de apellido Pottinger con expediente administrativo migratorio de la Policía Profesional de Migración Nº ; nacional de Austria. II. Que la Dirección General de Migración y Extranjería designó a la señora Grettel González Ríos, cédula número , Oficial de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, para que realice la custodia correspondiente, en la ejecución de la deportación de la señora Monika Pottinger, la cual se efectuará del 25 al 28, ambos de noviembre del presente año. Por tanto, ACUERDA: Artículo 1º Designar a la señora Grettel González Ríos, cédula Nº , Oficial de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, para que realice la custodia durante la deportación de

7 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 Pág 7 la persona extranjera citada en el Considerando Primero, desde San José, Costa Rica, hasta Austria, la cual se efectuará del 25 al 28, ambos de noviembre del presente año. Artículo 2º Que la tarifa máxima establecida para viajar a Austria, corresponde a doscientos cincuenta y cinco dólares diarios ($ USD). Dicha tarifa se desglosa de la siguiente manera: 1) Gastos de Hospedaje, hasta un 60% diario, correspondiendo a la suma de ciento cincuenta y tres dólares diarios ($ USD). 2) Gastos de Alimentación según se detalla: se destinará hasta un 8% diario por concepto de desayuno, correspondiendo a la suma de veinte dólares con cuarenta centavos diarios ($20.40 USD); hasta un 12% diario por concepto de almuerzo, correspondiendo a treinta dólares con sesenta centavos diarios ($30.60 USD) y, hasta un 12% diario para cena, correspondiendo a treinta dólares con sesenta centavos diarios ($30,60 USD). 3) Gastos Menores de Viaje, hasta un 8% diario que corresponden a la suma de veinte dólares con cuarenta centavos diarios ($20.40 USD). Artículo 3º Que de conformidad con la tarifa antes descrita, se reconocerá el gasto en que incurra la señora Grettel González Ríos, del 25 al 28 de noviembre del presente año; por concepto de alimentación y hospedaje. Además se reconocerán, si los hubiere, los Gastos Menores, transporte aeropuerto-hotel-aeropuerto, gastos por tiquetes aéreos y los gastos por concepto de Impuestos de Entrada y Salida que deban ser cancelados en los países que tengan relación directa con la deportación a efectuarse. Los gastos reconocidos serán cubiertos con el presupuesto ordinario de la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería. Artículo 4º Que durante los días en que participe la señora Grettel González Ríos, en la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º El presente acuerdo rige del 24 al 29, ambos de noviembre de Dado en la Dirección General de Migración y Extranjería, el 24 de noviembre del Kathya Rodríguez Araica, Directora General. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). Nº DGME La Directora General de Migración y Extranjería, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13 inciso 24) de la Ley General de Migración y Extranjería Nº 8764, el criterio de la Procuraduría General de la República Nº C del 25 de agosto de 2009, los artículos 1, 2, 7, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, actualizado por la Contraloría General de la República mediante resolución R-DC , de las ocho horas y siete minutos, del 7 de julio de 2011, así como lo dispuesto en la Ley N 8908 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del Considerando: I. La Dirección General de Migración y Extranjería, recibió formal invitación por parte de la oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODOC) y la Comisión Intersectorial para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas en México, para participar en la reunión Encuentro Regional de Representantes de Comisiones Intersectoriales y/o Coaliciones Nacionales Contra la Trata de Personas, que se llevará a cabo en la ciudad de México, del 28 al 30 de noviembre del presente año. II. Que para efectos de participación en la citada Reunión a que hace referencia el Considerando Primero anterior, se ha designado a la señora Sandra Chaves Esquivel, portadora de la cédula número , en representación de la Dirección General de Migración y Extranjería; Órgano del Ministerio de Gobernación y Policía de conformidad con el artículo 12 de la Ley General de Migración y Extranjería número Por tanto, ACUERDA: Artículo 1º Designar a la señora Sandra Chaves Esquivel, portadora de la cédula número , en representación de la Dirección General de Migración y Extranjería, para que participe en la Reunión citada en el Considerando Primero del presente Acuerdo, que se llevará a cabo en la ciudad de México, los días del 28 al 30 de noviembre del presente año, saliendo hacia la actividad, el 27 de noviembre y regresando al país el 01 de diciembre, ambos de Artículo 2º Que la tarifa máxima establecida para viajar a México, corresponde a doscientos sesenta y tres dólares diarios ($ USD). Dicha tarifa se desglosa de la siguiente manera: 1) Gastos de Hospedaje, hasta un 60% diario, correspondiendo a la suma de ciento cincuenta y siete dólares con ochenta centavos diarios ($ USD). 2) Gastos de Alimentación según se detalla: se destinará hasta un 8% diario por concepto de desayuno, correspondiendo a la suma de veintiún dólares con cuatro centavos diarios ($21,04 USD); hasta un 12% diario por concepto de almuerzo, correspondiendo a treinta y un dólares con cincuenta y seis centavos diarios ($31.56 USD) y, hasta un 12% diario para cena, correspondiendo a treinta y un dólares con cincuenta y seis centavos diarios ($31.56 USD). 3) Gastos Menores de Viaje, hasta un 8% diario, que corresponden a la suma de veintiún dólares con cuatro centavos diarios ($21.04 USD). Artículo 3º Que de conformidad con la invitación realizada, todos los gastos serán cubiertos por la Comisión Organizadora del Evento. Artículo 4º Que durante los días en que participe la señora Sandra Chaves Esquivel, en la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengará el 100 % de su salario. Artículo 5º El presente acuerdo rige del 26 de noviembre al 2 de diciembre, ambos de Dado en la Dirección General de Migración y Extranjería, el 23 de noviembre de Kathya Rodríguez Araica, Directora General. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). DGME La Directora General de Migración y Extranjería, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 13, inciso 24) de la Ley General de Migración y Extranjería número 8764, el criterio de la Procuraduría General de la República número C del 25 de agosto de 2009, los artículos 1, 2, 7, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, actualizado por la Contraloría General de la República mediante resolución R-DC , de las ocho horas y siete minutos, del 07 de julio de 2011, así como lo dispuesto en la Ley N 8908 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del Considerando: I. Que mediante la resolución N DPI- CATECI, de las trece horas con treinta y dos minutos, del día dieciséis de noviembre dos mil once, debidamente notificada, se ordenó la deportación del señor de nombre Carlos Alberto de apellidos Ateortua López, con expediente administrativo migratorio de la Policía Profesional de Migración número ; de nacionalidad colombiana. II. Que la Dirección General de Migración y Extranjería designó al señor Eliécer Valerín Quirós, cédula número , Oficial de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, para que realice la custodia correspondiente en la ejecución de la deportación del señor de nombre Carlos Alberto Ateortua López, la cual se efectuará el día 06 regresando el 07 de diciembre de Por tanto: ACUERDA: Artículo 1º Designar al señor Eliécer Valerín Quirós, cédula número , Oficial de la Policía Profesional de Migración y Extranjería, para que realice la custodia durante la deportación de la persona extranjera citada en el Considerando Primero, desde San José, Costa Rica, hasta Colombia la cual se efectuará el día 06 regresando el 07 ambos de diciembre de Artículo 2º Que la tarifa máxima establecida para viajar a Colombia, corresponde a doscientos diecinueve dólares diarios ($219,00 USD). Dicha tarifa se desglosa de la siguiente manera: 1) Gastos de hospedaje, hasta un 60% diario, correspondiendo a la suma de ciento treinta y un dólares con cuarenta centavos diarios ($131,40 USD). 2) Gastos de Alimentación según se detalla: se destinará hasta un 8% diario por concepto de desayuno, correspondiendo a

8 Pág 8 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 la suma de diecisiete dólares con cincuenta y dos centavos diarios ($17,52 USD); hasta un 12% diario por concepto de almuerzo, correspondiendo a veintiséis dólares con veintiocho centavos diarios ($26,28 USD) y, hasta un 12% diario para cena, correspondiendo a veintiséis dólares con veintiocho centavos diarios ($26,28 USD). 3) Gastos Menores de Viaje, hasta un 8% diario que corresponden a la suma de diecisiete dólares con cincuenta y dos centavos diarios ($17,52 USD). Artículo 3º Que de conformidad con la tarifa antes descrita, se reconocerán los gastos en que incurra el señor Eliécer Valerín Quirós, durante los días 06 y 07 de diciembre del presente año, según los siguientes conceptos: alimentación y hospedaje. Además, se reconocerán, si los hubiere, los gastos menores, gastos por concepto de impuestos de entrada y salida que deban ser cancelados en los países que tengan relación directa con la deportación a efectuarse y los gastos por servicio de transporte de aeropuerto-hotel-aeropuerto. Los gastos reconocidos serán cubiertos con el presupuesto ordinario de la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería. Los tiquetes aéreos serán donados por la Aerolínea TACA. Artículo 4º Que durante los días en que participe el señor Eliécer Valerín Quirós en la actividad a la que se refiere este acuerdo devengará el 100% de su salario. Artículo 5º El Presente acuerdo rige del 05 al 08 de diciembre del Dado en la Dirección General de Migración y Extranjería, el 23 de noviembre del Kathya Araica Rodríguez, Directora General. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº C (IN ). EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD REPOSICIÓN DE TÍTULO EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 41, título Nº 261, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Jicaral, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Sánchez Rodríguez Yorleny. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 21 de noviembre del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. RP (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Técnica, inscrito en el tomo 1, folio 57, título N 330, emitido por el Colegio Técnico Profesional Agropecuario de Corredores, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Saldaña Espinoza Shirley Lisbeth. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, cinco de diciembre del dos mil once. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 23, título N 176, emitido por el Colegio Santa Ana, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Pérez Sáenz Jeniffer. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los veinticinco días del mes de octubre del dos mil once. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 135, título N 1402, emitido por el Liceo Mauro Fernández, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Castillo Solórzano Bruno. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los nueve días del mes de noviembre del dos mil once. Departamento de Evaluación de la Calidad. MSc. Trino Zamora Zumbado, Jefe. RP (IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 59, título N 802, emitido por el Colegio José Joaquín Vargas Calvo, en el año mil novecientos setenta y ocho, a nombre de Guerrero Vásquez Lilliam. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 20 de setiembre del Departamento de Evaluación de la Calidad. Msc. Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Bachiller en Educación Media inscrito en el tomo 2, folio 19, título N 240, emitido por el Centro de Educación Interactiva, en el año dos mil dos, a nombre de Jiménez Elizondo Brenda Melissa. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 29 de noviembre del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 98, título N 1216, emitido por el Colegio Santa María de Guadalupe, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Góngora Calderón Enrique Martín. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 6 de diciembre del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 113, título N 559, emitido por el Liceo Nocturno de Desamparados, en el año dos mil tres, a nombre de Abarca Morales Bidinia del Rocío. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 5 de diciembre del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. RP (IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 32, título Nº 394, emitido por el Liceo Luis Dobles Segreda, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Gaitán Mena Patricia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta. San José, 25 de agosto del Departamento de Evaluación Académica y Certificación. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ).

9 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 Pág 9 Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada Área de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 96, título Nº 191, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos setenta y cinco, a nombre de Rodríguez Noguera Rose Mary. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el diario oficial La Gaceta. San José, 30 de noviembre del Departamento de Evaluación de la Calidad. Msc. Lucyna Zawalisnki Gorska, Asesora. (IN ). TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Cooperativa de Servicios Públicos de Buenos Aires R. L., siglas Coopeluz R. L., acordada en asamblea celebrada el 25 de julio del Resolución 1385-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Presidente Vicepresidente Secretario Vocal 1 Vocal 2 Suplente 1 Suplente 2 Gerente Consejo de Administración: Omar Morales Solís Jairol Corrales Vargas Rolando Villalobos Morales Gerardo Sibaja Soto Nelson Vargas Soto Carlos Rodríguez Rodríguez Víctor Manuel Villalobos Alfaro Sileny del Socorro Salas Rodríguez San José, 28 de noviembre del Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe. (IN ). De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Cooperativa de Servicios Comunales Pueblos Unidos el Norte de Pital R. L., siglas Coopeagua R. L., acordada en asamblea celebrada 5 de noviembre del Resolución 1383-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Presidente Vicepresidente Secretario Vocal 1 Vocal 2 Suplente 1 Suplente 2 Gerente Consejo de Administración: Carlos Luis Segura Esquivel William Vargas Jiménez Álvaro Arce Mora Donald González González Nergen Araya Quesada Lorenzo Vallejos Ruiz Juan Solís Corrales Rodolfo Álvarez Chaves San José, 8 de noviembre del Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe. (IN ). JUSTICIA Y PAZ JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Marca de ganado PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Nº Sucesores de Román Herrera Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , representada por el señor Ezequiel Herrera Parrales, cédula Nº , con facultades de Apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita el registro de: S R H como marca de ganado, que usará preferentemente en 500 metros al norte del puente sobre el Río Caño Grande, San Cayetano de Venecia, de San Carlos, Alajuela. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. San José, 23 de noviembre del Lic, Karol Claudel Palma, Registradora. RP (IN ). PROPIEDAD INDUSTRIAL Claudio Quirós Lara, cédula de identidad número , en calidad de apoderado especial de RPM TV Motor Sociedad Anónima, cédula jurídica número , con domicilio en avenida primera, calle 36, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos de papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación fotografías; artículos de papelería; material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta. Reservas: no hace reserva del término Costa Rica Air Show. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 18 de octubre del Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora. (IN ). José Paulo Brenes Lleras, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Avon Products, Inc., con domicilio en 1345 Avenue Of The Americas, New York, New York, 10105, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: OUTSPOKEN BY FERGIE como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); cosméticos, perfumería, fragancias, artículos de tocador, aceites esenciales, preparaciones cosméticas para uso personal, cuidado de la piel, cuidado de los ojos, cuidado de los labios, cuidado del cabello, cuidado de los pies y cuidado de las uñas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 12 de noviembre del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Rubén Alberto Pacheco Albónico, cédula de identidad número , en calidad de apoderado generalísimo de Enjoys Hotels & Resorts S. A., Cédula jurídica , con domicilio en: del restaurante El Chicote, en Sabana Norte, 100 metros norte, 50

10 Pág 10 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 metros oeste y 400 metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ESPERANTO como Marca de Servicios en clase: 43 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de hotel, servicios de hospedaje temporal, servicios de restaurante, servicios de restaurante de autoservicio, servicios de bar, servicios de provisión de bebidas y alimentos, alquiler de salas de reuniones, servicios de reserva de hoteles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de setiembre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de octubre del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Rubén Alberto Pacheco Albónico, cédula de identidad número , en calidad de apoderado generalísimo de Enjoy Hotels & Resorts S. A., cédula jurídica , con domicilio en del restaurante El Chicote, Sabana Norte, 100 metros al norte, 50 metros al oeste y 400 metros al norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CORTEZA ENJOY HOTELS como marca de servicios en clase: 43 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de hotel, incluyendo pero no limitado a servicios de hospedaje temporal, servicios de restaurante, servicios de restaurante de autoservicio, servicios de bar, servicios de provisión de bebidas y alimentos, alquiler de salas de reuniones, servicios de reserva de hoteles, en Clase 43. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 7 de octubre del Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora. (IN ). Beatriz Artavia Vásquez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de ABC Finca El Corral Sociedad Anónima, cédula jurídica , con domicilio en Pavas, 100 metros al oeste de la Embajada Americana, diagonal a la bomba, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 43 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicio de restauración (alimentación), alimentos y bebidas para el consumo de personas. Reservas: de los colores negro, rojo y café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de noviembre del Rolando Cardona Monge, Registrador. (IN ). Anabelle Bruno Torres, cédula de identidad , en calidad de apoderada generalísima de Soda Tapia Sociedad Anónima, cédula jurídica , con domicilio en calle 42, entre avenidas 2 y 4, Sabana Este, frente al Liceo Luis Dobles, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 39 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: la entrega de productos alimenticios a domicilio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de noviembre del Jamie Phillips Guardado, Registrador. (IN ). Anabelle Bruno Torres, Cédula de identidad número , y Ana Mary Bruno Torres, cédula de identidad número , ambas en calidad de apoderadas generalísimas sin límite de Soda Tapia Sociedad Anónima, cédula jurídica número , con domicilio en calle 42, entre avenidas 2 y 4, Sabana este, frente al Liceo Luis Dobles Segreda, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase: 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la fabricación, almacenamiento, distribución y venta in situ de helados como producto alimenticio, hechos a base de leche y agua y con frutas, esencias y colorantes para consumo, ubicado en Sabana Este, Calle 42, Avenidas 2 y 4 Soda Tapia Sabana ; Alajuela, Plaza Real Alajuela; y en Soda Tapia Lindora en Vistana Oeste en Santa Ana. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 14 de noviembre del Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora. (IN ). Anabelle Bruno Torres, cédula de identidad número , y Ana Mary Bruno Torres, cédula de identidad número , ambas en calidad de apoderadas generalísimas sin límite de suma de Soda Tapia Sociedad Anónima, cédula jurídica número , con domicilio en calle 42, entre avenidas 2 y 4, Sabana Este, frente al liceo Luis Dobles Segreda, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase: 30 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Salsas y/o preparaciones líquidas o viscosas para aderezar alimentos. Reservas: no hace reserva de la frase ESPECIAL PARA SANDWICH. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 14 de noviembre del Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Almacenes Siman Sociedad Anónima, cédula jurídica , con domicilio en Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Forum, edificio C, Oficina Uno C Uno, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: UNEXPECTED como marca de fábrica y comercio en clases: 18 y 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 18: carteras, billeteras, cinturones. Clase 25: vestuario, sombrerería, calzado y pañuelos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 24 de junio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Promigas Telecomunicaciones S. A., con domicilio en calle 66 Nº , Barranquilla, Atlántico, Colombia, solicita la inscripción de: LAZUS como marca de servicios en clase 39 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de transporte de comunicaciones a través de fibra óptica o cualquier otro medio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 3 de agosto del Jamie Phillips Guardado, Registrador. (IN ).

11 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 Pág 11 Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Infosonics Corporation con domicilio en 4350 Executive DR. Suite 100, San Diego, California 92121, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y servicios en clases 9 y 35 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 9: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos para la conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores; extintores; teléfonos, accesorios para teléfonos incluidos en esta clase; equipos y sistemas de tecnología celular (teléfonos celulares), y en clase 35: Servicios de venta al detalle y al por mayor de teléfonos, accesorios para teléfonos, y otros productos relacionados con la telefonía; equipos y sistemas de tecnología celular y de sistemas de seguridad comprendidos en la clase 35. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 1º de julio del José Luis Pacheco Fernández, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Alejandra Guadalupe Fernández Abarca, con domicilio en Avenida Acueducto Nº 5151, Int. 2 B, Col. Lomas del Bosque, C.P , Zapopan, Jalisco, México, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 18 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Cuero y cuero de imitación, productos de estas materias no comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas, sombrillas y bastones; fustas y artículos de guarnicionería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 7 de julio del Jamie Phillips Guardado, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Promigas Telecomunicaciones S.A., con domicilio en calle 66 Nº , Barranquilla, Atlántico, Colombia, solicita la inscripción de: PROMITEL como marca de servicios en clase 38 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 14 de julio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Federico Alvarado López, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Sardimar Sociedad Anónima, con domicilio en Santa Ana, Condominio Parque Empresarial Forum, Pozos de Santa Ana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SARDIMAR DELI como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Atún. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 7 de julio del Jamie Phillips Guardado, Registrador, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Advanceme Inc. con domicilio en 2015 Vaughn RD., BLDG. 500, Kennesaw, GA, 30144, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: AVANZAME como marca de servicios en clase 36 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios financieros, en particular, provisión de fondos de capital de trabajo para negocios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 28 de junio del Lucía Aguilar Rojas, Registradora. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de Gestor oficioso de MAS S.A.S. con domicilio en carrera sur 115 bodega 123 Unidad Indistrial Vegas de Sabaneta Envigado Antioquía, Colombia, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Vestidos, calzado, sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 28 de julio del Jamie Phillips Guardado, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Industrias Caricia, Sociedad Anónima de Capital Variable con domicilio en km 4 1/2 BLV. del Ejercito Nacional, Colonia Maraly, Pasaje San Mauricio, Soyapango, El Salvador, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Calzado en general, botas, zapatos y zapatillas en general. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 21 de junio del Lucía Aguilar Rojas, Registradora. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Industrias Caricia Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en km 4 ½ BLV. del Ejército Nacional, Colonia Maraly, Pasaje San Mauricio, Soyapango, El Salvador, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Calzado en general, botas, zapatos y zapatillas en general. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos

12 Pág 12 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 21 de junio del Lucía Aguilar Rojas, Registradora. (IN ). Manuel Enrique Lizano Pacheco, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Complejo Riverwalk R.W Sociedad Anónima, con domicilio en Centro Empresarial Forum, Edificio C, Oficina Uno C Uno, Pozos, Santa Ana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 35 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Dirección y gestión de negocios comerciales; administración comercial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 27 de junio del Lucía Aguilar Rojas, Registradora. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de CEC Entertainment Concepts L.P. con domicilio en 4441 West Airport Freeway, Irving, Texas 75062, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 43 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de restaurante. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 28 de junio del María Leonor Hernández B., Registradora. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de Gestor oficioso de Cec Entertainment Concepts L.P., con domicilio en 4441 West Airport Freeway, Irving, Texas 75062, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de entretenimiento, a saber, prestación de áreas de juego para niños en restaurantes, prestación de máquinas de juego, salas de juego y paseos en salas de juego; prestación de servicios de juegos de vídeo que funcionan con monedas; y actuaciones teatrales en vivo con personajes en vivo y animaciones electrónicas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 14 de julio del José Luis Pacheco Fernández, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Bright Team HK Limited con domicilio en Room 204, 20/F, Tung Wah Masion , Hennessy Road, Wanchai, China, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; distribuidores automáticos y mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos y ordenadores; extintores; teléfonos móviles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 15 de julio del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Lladro Comercial S. A., con domicilio en Carretera Alboraya, S/N, Polígono Lladró Tavernes Blanques (Valencia), España, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 21 internacional. Para proteger y distinguir lo s i g u i e n t e : F i g u r a s artísticas de porcelana, cerámica o cristal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 30 de junio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Basf SE., con domicilio en Carl- Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen Am Rhein, Alemania, solicita la inscripción de: VERSATILIS como marca de fábrica en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para destruir y combatir animales dañinos, fungicidas, herbicidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 28 de junio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Tommy Hilfiger Licensing LLC. con domicilio en 601 W., 26th St. 6th floor, Nueva York, Nueva York 10001, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TOMMY GIRL como marca de fábrica en clase 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cuero e imitaciones de cuero y artículos hechos de estos materiales y no incluidos en otras clases; arneses, porta trajes, cosmetiqueras, mochilas, bolsos para la escuela, bolsos deportivos, bolsos para viaje, bolsos de mano, carteras, neceseres, maletines, bolsos para compras y portafolios (con ruedas), billeteras, billeteras de bolsillo, monederos, estuches para llaveros (marroquinería), estuches para tarjetas, porta pasaportes y porta documentos y porta cosméticos; estuches para sets de manicura; estuches para joyería, paraguas, sombrillas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1º de junio del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 27 de junio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ).

13 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 Pág 13 Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Pfizer AG con domicilio en Schärenmoosstrasse 99, 8052, Zúrich, Suiza, solicita la inscripción de: TOLANZA como marca de fábrica en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones sanitarias para uso médico; sustancias dietéticas adaptadas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 28 de junio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de WPP Properties con domicilio en 4th floor, 100 Park Avenue, Nueva York, Estado de Nueva York NY 10017, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: POSSIBLE WORLDWIDE como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de consultoría relacionados con la creación, desarrollo y operación de sitios Web en la Internet; servicios de consultoría relacionados con el uso de plataformas digitales y medios de comunicación en el área de publicidad y mercadeo; servicios de alojamiento (hosting) en sitios web de la Internet en el área de publicidad y mercadeo; servicios de diseño gráfico; servicios de investigación y consultoría relacionados al diseño; desarrollo y diseño de empacado de producto; servicios industriales de diseño. Prioridad: Se otorga prioridad N de fecha 17/12/2010 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 27 de junio del Lucía Aguilar Rojas, Registradora. (IN ). Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Boehringer Ingelheim International GMBH con domicilio en Bingerstrasse 173, Ingelheim, Alemania, solicita la inscripción de: MUCOCALM como marca de fábrica en clase 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y desórdenes del tracto alimenticio y del metabolismo y sangre y órganos formados a partir de sangre; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y de desórdenes del sistema cardiovascular, sistema músculo esquelético, sistema nervioso central, sistema nervioso periférico, sistema genitourinario y sistema respiratorio; y preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de desórdenes y enfermedades dermatológicas, hormonales, infecciosas, virales y oncológicas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 28 de junio del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Kenzo S. A. con domicilio en 18 Rue Vivienne, París, Francia, solicita la inscripción de: MADLY KENZO como marca de fábrica en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Jabones de tocador; perfumes, agua de colonia, y agua de tocador; productos cosméticos, maquillaje, aceites esenciales para uso personal; leches; lociones; cremas; emulsiones; geles para el rostro y para el cuerpo; desodorantes para uso personal. Prioridad: Se otorga prioridad N 11/ de fecha 25/01/2011 de Francia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 27 de junio del Lic. María Leonor Hernández B., Registradora. (IN ). Allan Villarreal Chacón, cédula de identidad con domicilio en San Pablo, Urbanización San Pablo Este, casa Nº 41, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de comidas rápidas saludables también conocidas como nutracéuticas que incluye sandwiches, ensaladas y smoothies. Ubicado en San Rafael de Escazú, Plaza Anonos local Nº 17, del Depósito Santa Bárbara 100 metros oeste. Reservas: No hace reserva de la palabra CLUB. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de noviembre del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 10 de noviembre del Giovanna Mora Mesén, Registradora. (IN ). Paul Andre Tinoco, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Video Música Latina Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en cantón de San José, Catedral, Avenida Central contiguo a Librería Lehmann, edificio Elzama, segundo piso oficina Nº 4, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como señal de propaganda en clase 50 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar un nombre comercial, que protege un establecimiento dedicado a un canal de televisión, dedicado a la programación de videos musicales, música, animación, eventos y publicidad a nivel nacional, inscrito bajo Registro , nombre VM LATINO. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de octubre del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 2 de noviembre del José Luis Pacheco Fernández, Registrador. (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Productora La Florida S. A. con domicilio en Echeverría, distrito 2 de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Power Balance como marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Todo tipo de bebidas no alcohólicas, bebidas de cereales y aguas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de octubre del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 20 de octubre del Lic. María Leonor Hernández B., Registradora. (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Productora La Florida S. A. con domicilio en Echeverría, distrito 2 de Belén, en las instalaciones

14 Pág 14 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 de Cervecería de Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Feel Life como marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Todo tipo de bebidas no alcohólicas, bebidas de cereales y aguas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de octubre del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 20 de octubre del Juan Carlos Sánchez García, Registrador. (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad número , en calidad de apoderado especial de Unilever N.V. con domicilio en Weena 455, 3013 Al Rótterdam, Países Bajos, solicita la inscripción de: SILVER CONTROL como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Jabones; perfumería, agua de tocador, loción para después del afeitado, colonia; aceites esenciales; desodorantes y antitranspirantes, de uso personal; preparaciones para el cuidado del cuero cabelludo y del cabello; champús y acondicionadores; colorantes para el cabello; productos para estilizar el cabello; preparaciones de tocador no medicadas; preparaciones para el baño y la ducha; preparaciones para el cuidado de la piel; aceites, cremas y lociones para la piel; preparaciones para afeitar; preparaciones para antes y después del afeitado; preparaciones depilatorias; preparaciones para broncearse y para protegerse del sol; cosméticos; maquillaje y preparaciones para remover el maquillaje; jalea de petróleo (de uso cosmético); preparaciones para el cuidado de los labios; polvos de talco (talco de tocador); algodón (para uso cosmético), hisopos; almohadillas, pañuelos o pañitos cosméticos; almohadillas, pañuelos o pañitos para la limpieza pre-humedecidos o preimpregnados; mascarillas de belleza, máscaras faciales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 20 de octubre del Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Mintlab Co., S. A. con domicilio en Nueva Andrés Bello 1940, Comuna de Independencia, Santiago, Chile, solicita la inscripción de: MINTLAB como marca de fábrica y comercio en clase: 3 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos de belleza, jabones, perfumes, cremas, preparaciones para el cuidado del cabello, shampoo, dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 24 de octubre del 2010 del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Merck Sharp & Dohme Corp. con domicilio en One Merck Drive, Whitehouse Station, New Jersey , Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: RISTOCOR como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de octubre del José Luis Pacheco Fernández, Registrador. (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de HLT International IP LLC, con domicilio en 7930 Jones Branch Drive, Suite 1100, Mclean, VA 22102, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HAMPTON BY HILTON como Marca de Servicios en clase: 43 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de hotel; servicios de restaurant, catering, bar y salones de coctel (tipo lounge); servicios de alojamiento en centros turísticos (tipo resort); suministro de instalaciones con propósitos generales para reuniones, conferencias y exhibiciones; suministro de banquetes e instalaciones con fines sociales para ocasiones especiales; y servicios de reservación de alojamiento en hoteles para otros. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 27 de octubre del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Merck Sharp & Dohme Corp. con domicilio en One Merck Drive Whitehouse Station, New Jersey , Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: JUVICOR como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 24 de octubre del José Luis Pacheco Fernández, Registrador. (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Productora La Florida S. A. con domicilio en Echeverría, distrito 2 de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 32 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: cerveza saborizada con cola. Reservas: de los colores celeste, negro, gris, blanco y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de octubre del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Productora La Florida S. A., con domicilio en Echeverría, distrito 2 de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 32 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: cerveza saborizada con cola. Reservas: de los colores celeste, negro, gris, blanco y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de octubre del María Leonor Hernández B, Registradora. (IN ).

15 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 Pág 15 Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de HLT International IP, LLC con domicilio en 7930 Jones Branch Drive, Suite 1100, Mclean, VA 22102, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 43 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de hotel; servicios de restaurant, catering, bar y salones de coctel (tipo lounge); servicios de alojamiento en centros turísticos (tipo resort); suministro de instalaciones con propósitos general para reuniones, conferencias y exhibiciones; suministro de banquetes e instalaciones con fines sociales para ocasiones especiales; y servicios de reservación de alojamiento en hoteles para otros. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de octubre del Rolando Cardona Monge, Registrador. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Colegio Universitario de Estudios Financieros (CUNEF), con domicilio en C/Serrano Anguita, 13, Madrid, España, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: educación, formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales; organización y dirección de conferencias; siendo estos servicios prestados también a través de redes informáticas mundiales; publicación electrónica de libros, revistas y periódicos en línea. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 20 de octubre del Rolando Carmona Monge, Registrador. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Formulas y Marcas S. A. con domicilio en Barrio La Granja, 26 calle, número 301, atrás de la Empresa Mercantil Valentín Flores y Compañía (La Toyota), en Comayagüela, Municipio del distrito central, Honduras Centro América, Honduras, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos medicinales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de marzo del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 28 de octubre del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad número , en calidad de apoderada especial de Millet con domicilio en 21, Rue DU Pré Faucon, Annecy le Vieux, Francia, solicita la inscripción de: MILLET como marca de fábrica y comercio en clase: 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Baúles y maletas; bolsos de viaje; bolsos de escuela; bolsos de playa; bolsos de mano; bolsos para acampadores; bolsos para escaladores; morrales, mochilas; bolsos de deportes; bolsos para bicicletas; mochilas para cargar infantes; mochilas para bebés; mochilas escolares; bolsos de mano; estuches de viaje (artículos de marroquinería); parasoles; paraguas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de setiembre del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 27 de octubre del Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad número , en calidad de apoderada especial de Millet con domicilio en 21, Rue DU Pré Faucon, Annecy LE Vieux, Francia, solicita la inscripción de: MILLET como marca de fábrica y comercio en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, ropa interior, medias, pantuflas, botas para montañismo, botas, zapatos y botines para escalar, guantes, mitones, polainas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de setiembre del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 27 de octubre del Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Merck Sharp & Dohme Corp. con domicilio en One Merck Drive, Whitehouse Station, New Jersey , Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TESOZOR como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de octubre del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 19 de octubre del Giovanna Mora Mesén, Registradora. (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Yahoo! Inc con domicilio en 701 First Avenue, Sunnyvale, California 94089, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FLICKR como marca de fábrica y servicios en clase(s): 9; 38; 39; 40 y 41 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 9: Software de cómputo para usar en el manejo de bases de datos; software de cómputo para cargar, manipular y realzar contenido digital, documentos, fotografías, imágenes, vídeo y audio; software de cómputo para enlazar etiquetas de metadatos con archivos fotográficos y de otros tipos para habilitar la recuperación de motores de búsqueda y colecciones de software de base de datos de archivos y compartir los archivos en línea, y para enlazar etiquetas de metadatos con páginas web visitadas, para crear enlaces que los usuarios pueden mantener para ellos mismos y compartir con grupos en línea y para etiquetar páginas web. Clase 38: Servicios de comunicación por terminales electrónicas de cómputo y teléfonos celulares; servicios de telecomunicación por servicios electrónicos de correo. ; transmisión electrónica de mensajes, imágenes, y vía terminales de cómputo y teléfonos celulares; proveer foros en línea para discusión y tableros electrónicas de boletines/mensajes para la transmisión de mensajes entre usuarios en el campo dé interés general; proveer en línea tableros electrónicos de noticias para transmisión de mensajes entre usuarios de computadoras en relación con fotografías personales. Clase 39: Almacenaje electrónico de contenido digital incluyendo texto, fotografías, imágenes, video y audio. Clase 40: Realce digital de fotografías; alteración y/o retoque de imágenes fotográficas. Clase 41: Diarios en línea, principalmente, blogs sobre temas de interés general para quien bloguea; servicios de fotografía;

16 Pág 16 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 proveer información en el campo de la fotografía. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 3 de noviembre del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Unilever N. V. con domicilio en Weena 455, 3013 AL Rótterdam, Países Bajos, solicita la inscripción de: CLINICEL como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Jabones; perfumería; aceites esenciales; desodorantes y antitranspirantes, ambos de uso personal; productos para el cuidado del cabello; colorantes para el cabello, tintes para el cabello, lociones para el cabello, preparaciones para ondular el cabello, champús, acondicionadores, spray para el cabello, polvos para el cabello, aderezos para el cabello, lacas para el cabello, espuma para el cabello, glaseados para el cabello, gel para el cabello, humectantes para el cabello, líquidos para el cabello, tratamientos para conservar el cabello, tratamientos para disecar el cabello, aceites para el cabello, tónicos para el cabello, cremas para el cabello, preparaciones para el baño y/o la ducha; preparaciones de tocador no medicadas; preparaciones para el cuidado de la piel; cosméticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 3 de noviembre del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Maricela Alpízar Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de HTC Corporation con domicilio en Nº 23, Xinghua Road, Taoyuan City, Taoyuan County 330, Taiwan, R.O.C., China, solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase 9 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 1. Teléfonos móviles, 2. teléfonos inteligentes, 3. teléfonos inalámbricos, 4. Dispositivos inalámbricos, 5. computadoras portátiles y asistentes digitales personales; 6. Equipos de computación y programas (software) para dispositivos (1) móviles, (2) portátiles y (3) inalámbricos; 7. Programas (software) de interfaz para usuarios; 8. Equipos de computación y programas para (1) interfaz de usuarios, (2) telecomunicaciones, y (3) servicios de telecomunicaciones; 9. Equipos de computación y programas para transmisión y recepción de contenido de (1) voz, (2) imagen, (3) datos, (4) audio, (5) vídeo y (5) multimedia; 10. Modems inalámbricos; 11. Audífonos-micrófonos, 12. Audífonos-micrófonos con función de transmisión inalámbrica, 13. Cables de sincronización, 14. Bases (cradle) para equipos de computación y de comunicaciones, 15. Soportes para equipos de computación y de comunicaciones, 16. Placas frontales para equipos de computación y de comunicaciones, 17. Baterías, 18. Adaptadores de corriente alterna, 19. Cargadores para acumuladores, 20. Estuches para equipos de computación y de comunicaciones. 21. Cargadores para acumuladores para usarse en vehículos, 22. Plataformas para llevar en el coche equipos de computación y de comunicaciones, 23. Aparatos de control remoto, 24. Teclados. 25. Micrófonos, 26. Altavoces, 27. Fundas de cuero para teléfonos móviles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 10 de noviembre del Lic. Tomás Montenegro Motenegro, Registrador. (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Tele Pizza S. A. con domicilio en Isla Graciosa, 7. Parque Empresarial La Marina, San Sebastián de Los Reyes, 28700, Madrid, España, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 43 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de restaurantes, restaurantes de autoservicio y servicio de restaurantes a domicilio de pizzas. Reservas: Del color rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 16 de junio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Corporación de Mercadeo COMERSA Sociedad Anónima, cédula jurídica , con domicilio en San Francisco de Dos Ríos, doscientos metros al este del Motel Paraíso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 32 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: agua embotellada. Reservas: de los colores azul, blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 13 de junio del María Leonor Hernández B., Registradora. (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Tubos y Perfiles S. A. de C.V., con domicilio en Colonia Humaya BLVD.. José Cecilio del Valle, entre el Instituto de la Propiedad y Gasolinera Puma, Honduras, solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 6 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Tuberías de acero. Reservas: del color azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 9 de junio del Lic. María Leonor Hernández B., Registradora. (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Tubos y Perfiles S. A. de C.V. con domicilio en Colonia Humaya BLVD., José Cecilio del Valle, entre el Instituto de La Propiedad y Gasolinera Puma, Honduras, solicita la inscripción de:

17 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 Pág 17 como marca de comercio en clase 6 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Tuberías de acero. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 9 de junio del Lic. María Leonor Hernández B., Registradora. (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Metro International S. A., con domicilio en 2-4 Avenue Marie-Therese, Luxembourg 2132, Luxemburgo, solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 16 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Papel, productos de cartón, así como materiales, no comprendidos en otras clases, periódicos, revistas, impresos y otras publicaciones impresas, material de encuadernación de libros, fotografías, papelería (artículos de escritura y de oficina); de instrucción y materiales de enseñanza (no aparatos); impresión tipo; clichés. Reservas: de los colores verde y blanco. No se hace reserva de las palabras: Un Diario Internacional de Metro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 9 de junio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Metro International S. A. con domicilio en 2-4 Avenue Marie-Therese, Luxembourg 2132, Luxemburgo, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de actividades de promoción y publicidad, gestión de empresas, administración de la empresa; trabajos de oficina. Reservas: de los colores verde y blanco. No se reserva el término: Un diario internacional de metro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de junio del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 9 de junio del Lic. María Leonor Hernández B., Registradora. (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Metro International S. A., con domicilio en 2-4 Avenue Marie-Therese, Luxembourg 2132, Luxemburgo, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: educación, servicios de formación, entretenimiento, actividades deportivas y culturales, incluida la publicación de la edición de periódicos, publicaciones periódicas y revistas de las actividades incluidas en esta clase. Reservas: de los colores verde y blanco. No se hace reserva de las palabras: un diario internacional de metro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de junio del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 9 de junio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Denise Garnier Acuña, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Tele Pizza S. A., con domicilio en Isla Graciosa, 7, Parque Empresarial La Marina, San Sebastián de Los Reyes, 28700, Madrid., España, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de venta en tiendas de productos alimenticios condimentados, presentación de productos por catálogo para ventas al menudeo, por la televenta, por radio, por correo, en el sitio Web y a través de redes mundiales de informática. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de abril del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 9 de junio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Sheng Chun Tai, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Unibebidas Sociedad Anónima, cédula jurídica , con domicilio en cantón y distrito primeros, costado este de los Tribunales de Justicia, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebidas naturales. Reservas: de los colores verde, rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de agosto del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 31 de agosto del Lic. Thomas Montenegro Montenegro, Registrador. (IN ). José Antonio Salas Esquivel, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Mundorep Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en La Granja de Palmares, 75 metros al norte de la iglesia católica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clases: 35 y 39 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: comercialización de mercadería y en clase 39: transporte, almacenaje. Reservas: de los colores: rojo y azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto

18 Pág 18 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 2 de noviembre del Grettel Solís Fernández, Registradora. RP (IN ). Lucía Solórzano Salazar, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Oli Med Costa Rica S. A., cédula jurídica con domicilio en Montes de Oca, San Pedro, Barrio Dent del restaurante Taco Bell 400 metros al oeste y 100 metros al norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DIABEPIRYL M como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de agosto del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 10 de agosto del Giovanna Mora Mesén, Registradora. RP (IN ). Lucía Solórzano Salazar, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Oli Med Costa Rica S. A., cédula jurídica con domicilio en Montes de Oca, San Pedro, Barrio Dent, del Restaurante Taco Bell 400 metros al oeste y 100 metros al norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALERZINA como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de agosto del 2011, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 10 de agosto del Giovanna Mora Mesén, Registradora. RP (IN ). Lucía Solórzano Salazar, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Oli Med Costa Rica S. A., cédula jurídica con domicilio en Montes de Oca, San Pedro, Barrio Dent, del Restaurante Taco Bell 400 metros al oeste y 100 metros al norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CORASTATIN PLUS como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de agosto del 2011, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 10 de agosto del Giovanna Mora Mesén, Registradora. RP (IN ). Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Disagro Guatemala Sociedad Anónima con domicilio en Anillo Periférico 17-36, zona 11, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: FERTICULTIVOS como marca de servicios, en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos químicos destinados a la industria, agricultura, horticultura y silvicultura; abono para las tierras; productos químicos destinados a conservar los alimentos y productos fertilizantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de noviembre del 2010, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de noviembre del Ketherin Jiménez Tenorio, Registradora. RP (IN ). Anaclara Vargas Rodríguez, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Pan-American Life Insurance Group Inc., con domicilio en 601 Poydras Street, New Orleans, Louisiana, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios relacionados con los seguros tales como servicios prestados por agentes o corredores que se ocupan de seguros, los servicios prestados a los aseguradores y a los asegurados y los servicios de suscripción de seguros. Reservas: De los colores azul y amarillo. No se hace reserva del globo terráqueo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de noviembre del 2011, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 4 de noviembre del Ketherin Jiménez Tenorio, Registradora. RP (IN ). Anaclara Vargas Rodríguez, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Pan-American Life Insurance Group Inc., con domicilio en 601 Poydras Street, New Orleans, Louisiana, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios relacionados con los seguros tales como servicios prestados por agentes o corredores que se ocupan de seguros, los servicios prestados a los aseguradores y a los asegurados y los servicios de suscripción de seguros. Reservas: De los colores azul y amarillo. No se hace reserva del globo terráqueo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de noviembre del 2011, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 18 de noviembre del Ketherin Jiménez Tenorio, Registradora. RP (IN ). Anaclara Vargas Rodríguez, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Pan-American Life Insurance Group Inc., con domicilio en 601 Poydras Street, New Orleans, Louisiana, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios relacionados con los seguros tales como servicios prestados por agentes o corredores que se ocupan de seguros, los servicios prestados a los aseguradores y a los asegurados y los servicios de suscripción de seguros. Reservas: De los colores azul y amarillo. No se hace reserva del globo terráqueo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de noviembre del 2011, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 18 de noviembre del Ketherin Jiménez Tenorio, Registradora. RP (IN ).

19 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 Pág 19 Flor Naranjo Chaves, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de CTC Termitecontrol Costa Rica Ltda., cédula jurídica con domicilio en San Pedro de Montes de Oca 75 metros sur del Automercado, Edificio San Ignacio, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos para eliminar termitas. Reservas: De los colores azul, amarillo, rojo, negro y beige. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de mayo del 2011, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 13 de junio del Juan Carlos Sánchez García, Registrador. RP (IN ). Adriana Villalobos Piedra, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de The Red Carpet Schaer Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en San Pedro de Montes de Oca, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial, en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de ropa, zapatos, perfumería y joyería. Ubicado en San José, San Pedro de Montes de Oca, (del Higuerón 800 metros al sur). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de octubre del 2011, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 27 de octubre del Grettel Solís Fernández, Registradora. RP (IN ). Jianli Feng, cédula de residencia con domicilio en San Rafael Abajo frente antiguo Bar Cañas Desamparados, Costa Rica, solicita la inscripción de: Aguila como marca de fábrica y comercio, en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papel, cartón, artículos de esta materia, bolsas plásticas para basura, artículos oficina, excepto muebles, materias plásticas para embalaje (no comprendidos en otras clases), material para artistas, fotografías adhesivos, pegamentos (para la papelería) caracteres y clichés de imprenta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de setiembre del 2011, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 23 de setiembre del Jamie Phillips Guardado, Registrador. RP (IN ). Reymond Alonso Gutiérrez Arias, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Centro Alfacap Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en Goicoechea, Calle Blancos, Montelimar, 200 metros al norte, 50 al oeste y 50 al norte de Perimercados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de formación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de octubre del 2011, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 2 de noviembre del Giovanna Mora Mesén, Registradora. RP (IN ). Javier Corrales Arbizu, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Bajo Corrales Compañía Cafetalera Sociedad Anónima con domicilio en Naranjo, Candelaria 250 metros al este de la Plaza Frintal de la Iglesia Católica, casa N 52, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café. Reservas: de los colores café, amarillo, rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de octubre del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de noviembre del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. RP (IN ). José David Rojas Soto, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Grupo Avícola Las Palmas F.R.S. de San Antonio de la Cueva de Naranjo S. A., céd , con domicilio en Naranjo, San Antonio de la Cueva, 600 metros al sur de Pulpería La Cueva, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase: 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a producción, venta y distribución de huevos, granja avícola, ubicado en Alajuela, Naranjo, San Antonio de la Cueva, 600 metros al sur de Pulpería La Cueva. Reservas: de los colores azul, blanco, verde, café, rojo y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de noviembre del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 16 de noviembre del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. RP (IN ). William Rojas Castro, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Costa Rica Country Club Sociedad Anónima, cédula jurídica , con domicilio en Escazú, San Rafael, 250 metros al sur del Plantel de Bombeo de Acueductos y Alcantarillados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de organización de campeonatos nacionales e internacionales de tenis. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de octubre del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de noviembre del Giovanna Mora Mesén, Registradora. RP (IN ).

20 Pág 20 La Gaceta Nº 244 Martes 20 de diciembre del 2011 Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Kabushiki Kaisha Toshiba (Toshiba Corporation) con domicilio en 1-1, Shibahura 1-chome, Minato-ku, Tokio, Japón, solicita la inscripción de: TOSHIBA como marca de fábrica en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Máquinas de soldadura por arco eléctrico; máquinas cortadoras de metal (por arco, gas o plasma); máquinas soldadoras por láser; aparatos eléctricos de soldadura; ozonizadores (ozonizadores); electrolizadores (células electrolíticas); aparatos electrónicos para el control de motores (para automóviles); cajas registradoras; contadores de moneda y máquinas separadoras de dinero; cajeros automáticos (ATM); máquinas para votar; máquinas para procesar recibos; distribuidores automáticos; equipo de carga de batería; equipo para estaciones de gasolina; alarmas contra incendio; alarmas contra gas; chips (circuitos integrados) de ADN; aparatos para pruebas de ADN; otros aparatos e instrumentos de laboratorio; espejos para enfocar; flashes electrónicos para propósitos fotográficos; lámparas de flash para propósitos fotográficos; cámaras; otras máquinas y aparatos fotográficos; máquinas y aparatos cinematográficos; lupas; otros aparatos e instrumentos ópticos; equipo para telémetro; aparatos para medir la calidad del agua; analizadores bioquímicos; escalas electrónicas de pesaje; equipo de prueba para semiconductores; dispositivos de medición de grosor para rayos-x, rayos gama; dispositivos de medición de niveles de rayos gama; medidores electromagnéticos de flujo; medidores inteligentes; medidores de electricidad; otras máquinas y aparatos para medidas de pruebas; cargadores para baterías eléctricas; portalámparas; receptáculos; enchufes; transformadores; inversores; reguladores de inducción de voltaje; condensadores (capacitadores), cortacircuitos; interruptores; tableros para enchufar; pararrayos, relevadores eléctricos; convertidores; conectores; rectificadores; fusibles; resistencias; condensadores estáticos de poder; interruptor (cortador) de fugas; cajas de interruptores; balastos; cortadores de circuitos al vacío; otros aparatos y máquinas de distribución de poder o control; convertidores giratorios; modificadores de fase; paneles fotovoltaicos; acondicionadores de poder; generadores fotovoltaicos de poder y sus partes; pilas; acumuladores; pilas fotovoltaicas; pilas re-cargables; pilas solares; pilas de combustible; baterías de litioion; otras baterías y pilas; medidores de horas vatio; detectores eléctricos de fugas; osciloscopios; otros medidores y comprobadores eléctricos o magnéticos; alambres y cables eléctricos planchas eléctricas para aplanchar ropa; enrizadores eléctricos de cabello; zumbadores eléctricos; sets telefónicos; teléfonos móviles, cargadores de batería para teléfonos móviles; equipo de videoteléfono; intercambiadores telefónicos; inter-teléfonos; transceptor; adaptadores de AC (alternadores de corriente); auriculares telefónicos (sets de TV); transmisores de televisión; cámaras de televisión; cámaras de circuito cerrado de televisión; monitores de circuito cerrado de televisión; otros equipos de circuito cerrado de televisión; radio receptores con relojes; radios de carro; otros recibidores de radio; transmisores de radio; aparatos y máquinas de difusión; aparatos y máquinas de radio comunicación; máquinas y aparatos de radio aplicaciones; máquinas de facsímiles y sus partes y accesorios; grabadoras; grabadoras de radio casete; sintonizadores; tocadiscos; aparatos y máquinas de grabación de sonido; reproductor de audio digital; reproductores de disco compacto; reproductores de disco compacto combinado con radio grabadoras; altavoces; reproductores de discos versátiles digitales (DVD); grabadores de discos versátiles digitales (DVD); comandos (drives) de discos versátiles digitales (DVD); cámaras de video; grabadoras de cintas de video; reproductores de discos de video; grabadores de discos de video digitales; diapositivas para fotos digitales; cámaras de vigilancia; cámaras digitales; cámaras digitales de video; cintas magnéticas para grabadoras de cintas; cintas magnéticas para grabadoras de cintas de video; discos de video para reproductores de discos de video; agujas para fonógrafos; cartuchos para fonógrafos; dispositivos para reducción de ruido y unidades para equipo de audio; amplificadores de audio; micrófonos; audífonos, ecualizadores; antenas; sistemas e instrumentos para dirigirse al público; otras partes y accesorios para aparatos y máquinas eléctricas para comunicación; otros aparatos y máquinas eléctricas para comunicación; máquinas copiadoras electrostáticas; escáneres de imagen; periféricos multi-funcionales teniendo función de máquinas copiadoras; impresoras; escáneres de imagen y máquinas de facsímile; computadoras personales; computadoras; memorias USB (conductor universal en serie); impresoras para uso con computadoras; aparatos que tienen cinta magnética y sistemas de disco para uso con computadoras; lectores de tarjetas para uso con computadoras; monitores para computadora; monitores con pantalla externa para computadoras; teclados para computadoras; ratones para computadoras; procesadores de palabras; lectores y/o escritores de tarjeta de memoria de circuitos integrados; teléfonos inteligentes; asistentes personales digitales que tienen la función de conexión a internet, al envío y recibo de correo electrónico, y videos y datos de información; asistentes personales digitales; impresoras para cámaras digitales; discos duros; partes y accesorios para copiadoras e impresoras electrostáticas; servidores de computadora; máquinas y aparatos para sistemas POS (puntos de venta) y sus partes y accesorios; lectores de código de barras; impresoras de código de barras; lectores y/o escritores de RFID (identificación de radio frecuencia); terminales de quioscos interactivos; señalización digital; unidades de pruebas de rayos X que no se destruyen; unidades de pruebas de ultrasonido que no se destruyen; aparatos visualizadores eléctricos y/o electrónicos de tamaño grande; tubos de rayos-x; intensificadores de imágenes de rayos-x; tubos de electrones; detectores de radiación; otros tubos de electrones; semiconductores; circuitos integrados; tableros de circuitos impresos; SSD (unidad de estado sólido); tarjetas integradas de circuitos de memoria; otros circuitos electrónicos; programas de computadoras grabados en cintas; programas de computadoras grabados en discos; programas de computadora para diagnósticos médicos y aparatos de terapia; hardware de computadora y programas de computadora para administrar información en hospitales; hardware de computadora y programas de computadora para administrar imágenes electrónicas médicas (sistema de obtención de imagen y comunicación (PACS); programas de computadora; otros programas de computadora y software de computadora; visualizadores de LED (diodo electro luminoso); visualizadores de cristal líquido; proyectores de LCD (visualizadores de cristal líquido); otras máquinas electrónicas; aparatos y sus partes, satélites de comunicación; otros satélites; anteojos (monóculos y goggles); juegos de video para consumidor; unidades manuales, para jugar juegos; circuitos electrónicos y programas grabados de CD-ROMs para juegos manuales con visualizadores de cristal líquido; circuitos electrónicos y programas CD-ROMs grabados para presentaciones automáticas para instrumentos electrónicos musicales; discos grabados de video y cintas de video; publicaciones electrónicas; reproductores BD (disco blu-ray), grabadores BD (blu-ray). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de marzo del 2011, según solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 8 de julio del Milena Marín Jiménez, Registradora. (IN ). Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Shurtech Brands LLC con domicilio en 1985 Tate Boulevard, SE, Hickory, Carolina del Norte 28602, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: adhesivos para papelería y para uso doméstico; cintas adhesivas para papelería y para uso doméstico y para pasatiempos y artes, dispensadores para cintas adhesivas; papelería (suministros) para oficinas, escuelas y artes, a saber, etiquetas auto adheribles, pósters de papel, cinta con adhesivo en ambos lados, adhesivos para soportar peso y materiales de gaza para propósitos adhesivos por ambos lados, adhesivos manipulables con doble adhesivo, máquinas

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