PREFECTURA NAVAL ARGENTINA PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES

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1 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES SAF 380 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Nombre del Organismo Contratante: DIRECCION DE ADMINISTRACION FINANCIERA DIVISION CONTRATACIONES. PROCEDIMIENTO DE SELECCION Tipo: LICITACION PRIVADA Nº: 009 Ejercicio: 2014 Clase: DE ETAPA UNICA NACIONAL Modalidad: SIN MODALIDAD Expediente Nº: CUDAP 3494/14. Rubro Comercial: 45 MANTENIMIENTO, REPARACION Y LIMPIEZA. Objeto del procedimiento de selección: CONTRATAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL SIMULADOR DE NAVEGACION.- Costo del Pliego: PESOS DIEZ ( 10.00). RETIRO DE PLIEGOS EN EL ORGANISMO CONTRATANTE: Lugar/Dirección Edificio Guardacostas Av. E. Madero Nº 235 Dirección de Administración Financiera Departamento Adquisiciones División Contrataciones 7º Piso Of Ciudad Autónoma de Buenos Aires. TE/FAX PRESENTACION DE OFERTAS: Lugar/Dirección Edificio Guardacostas Av. E. Madero Nº 235 Dirección de Administración Financiera Departamento Adquisiciones División Contrataciones 7º Piso Of Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ACTO DE APERTURA: Lugar/Dirección Edificio Guardacostas Av. E. Madero Nº 235 Dirección de Administración Financiera Departamento Adquisiciones División Contrataciones 7º Piso Of Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Plazo y Horario En días hábiles administrativos en el horario de 08:00 a 12:00 horas y hasta las 12:00 horas del día hábil anterior al fijado para el acto de apertura. Plazo y Horario En días hábiles administrativos en el horario de 08:00 a 14:00 horas y hasta el día y horario fijado para el acto de apertura. Día y Hora 23 DE MAYO DE 2014 A LAS 09:00 HORAS. ESPECIFICACIONES TECNICAS Nº DE RENG. CANT. DESCRIPCION DEL SERVICIO Por el Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Simulador de Navegación Misión Completa instalado en la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina. Este Simulador es marca ECA-Sindel Modelo Mistral 4000, y se encuentra básicamente integrado por: a) Un (1) Simulador de Navegación Misión Completa de Puente Mistral b) Un (1) Simulador VTS Consilium Mod. VTS997. c) Una (1) Estación de Instructor Mistral d) Una (1) Estación de Instrucción e Información. e) Bases de Datos. Las especificaciones del Simulador se encuentran descriptas en el Anexo V ///

2 ///--- CLAUSULAS PARTICULARES 1) RETIRO, VISTA Y CONSULTAS AL PLIEGO: (Arts. 59 y 60 del Anexo del Decreto Nº 893/12). a) Se podrá tomar vista del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y/o ser adquirido en el Edificio Guardacostas, Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, sito en Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE/FAX: , en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 12:00 horas y hasta las 12:00 horas del día anterior al fijado para el acto de apertura. b) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares también podrá obtenerse del sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones: ingresando al Acceso Directo Acceso para Organismos y Proveedores. c) Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles, en el horario de de 08:00 a 14:00 horas, TE/FAX , o por correo electrónico en la dirección de correo Institucional pliegos@prefecturanaval.gov.ar, en ambos casos se aceptarán hasta TRES (3) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS antes de la fecha de apertura de las ofertas. NOTAS: En oportunidad de retirar, comprar, consultar y/o descargar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, deberá suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas. El Oferente que presente oferta no podrá alegar desconocimiento de lo actuado hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad la toma de su conocimiento. 2) GARANTIAS: a) Clases de Garantías: (Art. 100 del Anexo del Decreto Nº 893/12). Para el cumplimiento de todas sus obligaciones, el Oferente/Adjudicatario, deberá presentar, de corresponder, las siguientes garantías: a.1) Garantía de mantenimiento de la oferta. (Art. 100 inciso a) del Anexo del Decreto Nº 893/12). a.2) Garantía de cumplimiento del contrato. a.3) Contragarantía. (Por el equivalente a los montos que reciba el Cocontratante como adelanto, siempre que se haya establecido dicho adelanto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares). a.4) Garantía de impugnación. (Si se hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones contra Dictámenes de Evaluación en UN (1) año calendario). (Art. 100 inciso d) del Anexo del Decreto Nº 893/12). b) Formas de constitución (Art. 101 del Anexo del Decreto Nº 893/12). b.1) La elección de la forma de integrar la garantía queda a opción del Oferente o Cocontratante y podrán constituirse en las formas o mediante combinaciones de ellas, previstas en el citado Artículo. b.2) Para el caso de constituirse la garantía mediante depósito bancario, se deberá realizar en la cuenta denominada PNA-4106/380 RECAUD.F.TERCEROS Nº 2905/80 del Banco de la Nación Argentina. c) Moneda de la Garantía: (Art. 102 del Anexo del Decreto Nº 893/12): en MONEDA NACIONAL. d) Excepciones a la Obligación de Presentar Garantías: d.1) No será necesario presentar garantías en los supuestos previstos en el Art. 103 del Anexo del Decreto Nº 893/12. d.2) No obstante lo dispuesto, todos los Oferentes y Adjudicatarios contraen la obligación de hacer efectivos los importes de las garantías a requerimiento del organismo contratante, en caso de resolución de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL que así lo disponga, sin que puedan interponer reclamo alguno sino después de realizado el pago. (Art. 103 in fine del Anexo del Decreto Nº 893/12) ///

3 ///--- 3) SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES SIPRO : (Título VIII, Capítulo I del Anexo del Decreto Nº 893/12, concordante con la Disposición Nº 6/12 de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión) Oferente no Inscripto en el SIPRO: Deberán presentar junto con la oferta el formulario de Preinscripción debidamente confeccionado, firmado y acompañar la documentación respaldatoria de los datos cargados en la Preinscripción. (Art. 235 del Anexo del Decreto Nº 893/12, concordante con la Disposición Nº 6/12 de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión). NOTA: La Institución procederá a verificar en el sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones, el contenido de la información que el oferente, Preinscripto/Inscripto, en cuestión hubiese suministrado. En caso de constatarse algún error u omisión en la información aportada, o que los datos se encuentren desactualizados, el oferente será intimado a subsanar los defectos dentro del término de DOS (2) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS, bajo apercibimiento de no ser considerada su oferta en el procedimiento de selección en trámite. (Arts. 77, 237 y 238 del Anexo del Decreto Nº 893/12); (Arts. 4º y 5º del Anexo II de la Disposición Nº 6/12 de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión). 4) OBLIGACION DEL OFERENTE: a) El Oferente deberá tramitar en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.33, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, su incorporación al Sistema Integrado de Información Financiera, SIDIF acorde a la Resolución Nº 262/95 de la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos (actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). b) Beneficiario integrado al SIDIF: Deberá verificar la vigencia de los datos aportados para su integración al SIDIF fundamentalmente en lo relativo a CUENTAS BANCARIAS, acorde a lo dispuesto en el Art. 8 de la Resolución Nº 262/95 de la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos (actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). 5) PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: (Art. 66 del Anexo del Decreto Nº 893/12) a) El Oferente deberá mantener su oferta por TREINTA (30) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir de la fecha de apertura de ofertas del presente acto licitario. b) Si no manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) DIAS CORRIDOS, al vencimiento del plazo, se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial y así sucesivamente. 6) CONSTANCIA DE VISITA: a) El Oferente, previo a la cotización, deberá realizar una visita obligatoria concurriendo a la Escuela Superior, sita en la calle Corrientes Nº 180, Olivos, Provincia de Buenos Aires, a los efectos de tomar conocimiento de los trabajos a realizar en el Simulador de Navegación Full Misión. b) El Oferente deberá coordinar el día de visita con la Jefatura del Simulador de Navegacion de la Escuela Superior, sito en la calle Corrientes Nº 180, Olivos, Provincia de Buenos Aires, TE: /1013. La visita se deberá realizar en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas y hasta UN (1) DIA HABIL ADMINISTRATIVO de anticipación al día fijado para la apertura de las ofertas. c) De la visita efectuada se extenderá una Constancia de Visita, debidamente firmada por la autoridad pertinente de la Unidad Requirente, la que deberá adjuntar a su Cotización. NOTA: El incumplimiento del inciso c) citado precedentemente, será causal de desestimación de la oferta, previa intimación fehaciente al oferente que realizará la Comisión Evaluadora a través de algunos de los medios establecidos en la Clausula Particular N 20 Comunicaciones y Notificaciones, acorde lo establecido en el Art. 85 inciso c) del Anexo del Decreto Nº 893/12. 7) REQUISITOS QUE DEBERA CUMPLIR EL OFERENTE: a) Contar con taller propio, habilitado por el Organismo Municipal correspondiente para desarrollar las tareas que se contratan en el presente acto licitario, debiendo presentar la habilitación pertinente vigente al momento de la apertura de las ofertas del presente acto licitario ///

4 ///--- b) Deberá presentar antecedentes de trabajos efectuados en el área de equipamiento del Simulador de Navegación Full Misión y/o similares características a las que trata el presente. Dichos antecedentes deberán estar extendidos por empresas u organismos a los cuales fueron realizados los servicios, en papel membretado, a fin de permitir que esta Prefectura Naval Argentina evalúe su idoneidad para la ejecución de las tareas previstas. c) Deberá presentar un listado de todas las maquinarias, herramientas e instrumentales que dispondrán para desarrollar todas las tareas requeridas en el presente procedimiento de selección, dado que no esta permitida la tercerización de los trabajos. d) Deberá presentar un listado del Personal, conformado por un Representante Técnico Responsable con el título de Ingeniero en Electrónica o Telecomunicaciones y del plantel de Técnicos que dispone en esas especialidades. La nómina del personal contendrá el nombre, apellido y número de documento de identidad de cada uno de los miembros del plantel. Deberá dar cumplimiento en tiempo y forma a todas las exigencias que demande Prefectura Naval Argentina respecto a suministrar los datos de identificación del Personal de la Empresa. e) Deberá presentar la Certificación de la Matrícula del Representante Técnico Responsable extendida por el Consejo Profesional respectivo o comprobante actualizado del pago de Matricula, vigente al momento de la apertura de ofertas. f) Deberá presentar antecedentes de trabajos efectuados que avalen que por lo menos DOS (2) de los Técnicos del plantel, hayan intervenido por espacio mínimo de DOS (2) años en tareas de puesta en servicio y/o mantenimiento del Hardware y Software de Simuladores de Navegación Full Misión y haber realizado dichas tareas en el período de tiempo que comprende a los últimos CUATRO (4) AÑOS. Las Certificaciones deberán estar extendidas por las Empresas u Organismos en los que se cumplió tales funciones. g) Deberá presentar una certificación del Fabricante del Simulador de Navegación Full Misión a ser mantenido, que lo autorice para la venta, comercialización de productos, servicios, venta de repuestos en la República Argentina y atención de la Garantía Técnica de equipos análogos al licitado. A tal efecto deberá presentar la documentación que acredite alguna de las siguientes condiciones: g.1) Si es Fabricante del Simulador de Navegación, deberá presentar la documentación que avale tal situación. g.2) Si es Representante Oficial y/o Subsidiaria del Fabricante del Simulador de Navegación, deberá adjuntar la documentación pertinente que acredite el vínculo. g.3) Si es Distribuidor autorizado oficialmente por el Fabricante del Simulador de Navegación, deberá presentar la autorización del mismo. g.4) Si quien lo autoriza es Representante Oficial o Distribuidor del Fabricante, éste deberá acreditar la autorización extendida por el Fabricante del Simulador de Navegación. para garantizar los servicios ofertados. La documentación precedentemente mencionada, que no fuere original deberá presentarse con fotocopia certificada por Escribano Público Nacional y en caso de ser de extraña jurisdicción, deberá acompañarse su legalización correspondiente y deberá cubrir adecuadamente los plazos del contrato. La documentación proveniente del exterior, deberá contener su consularizado y/o apostillado y estar redactada o traducida al castellano por Traductor Público Nacional. 8) COTIZACION: a) Moneda de Cotización: (Art. 73 del Anexo del Decreto 893/12) en MONEDA NACIONAL. b) El Oferente deberá cotizar los listados completos de los ANEXOS II, III (en concepto de MP y MC) y ANEXO IV(repuestos críticos eventuales) en forma unitaria y total. b.1) Solo será aceptada la oferta que cotice la totalidad de los ITEMS de los ANEXOS II, III, IV y el Formulario de Cotización (ANEXO VIII). b.2) Se Adjudicará al Oferente que además de dar cumplimiento a la totalidad de las presentes Cláusulas Particulares, obtenga el menor precio resultante de la sumatoria de los ITEMS cotizados según la Planilla del ANEXO VIII Formulario de Cotización (sumatoria de los ANEXOS II, III y IV). NOTA: Para la presente Cláusula Particular: Los datos volcados en las columnas Ponderados por Probabilidad de Ocurrencia para los ANEXOS III y IV, son al solo efecto informativo para que el Oferente disponga de la información del grado de utilización posible para cada uno de los puntos cotizados ///

5 ///--- Los TOTALES resultantes de cada una de las Tablas de los ANEXOS II, III y IV, son al solo efecto de comparar los precios cotizados entre los Oferentes y evaluar las conveniencias de costos entre las ofertas. Los importes cotizados en los Items de los ANEXOS II, III y IV, son los que el Adjudicatario tendrá en cuenta para facturar por cada MP, MC y RE utilizados, acorde los requerimientos de la Jefatura del Simulador de Navegación de la Escuela Superior acorde lo solicitado en la Cláusula Particular N 11.1 inciso d) y Cláusula Particular N 11.2 inciso a) Servicio de Mantenimiento Preventivo (MP) y Correctivo (MC). El Oferente deberá cotizar obligatoriamente la totalidad de los Items de los ANEXOS II, III y IV y el Formulario de Cotización (ANEXO VIII), bajo apercibimiento de tenerse desestimada la oferta en los términos del Art. 84 acápite j) segunda parte del Anexo del Decreto Nº 893/12. 9) FORMALIDADES DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA: (Art. 70 del Anexo del Decreto Nº 893/12): a) Deberá ser presentada por duplicado, individualizada como Original y Duplicado, exclusivamente en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, Sección Pliegos y Aperturas, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas. La oferta se admitirá hasta el día y horario fijado para el acto de apertura del acto licitario. A partir de la hora fijada como término para la recepción de la oferta no podrá recibirse, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado. b) Deberá estar redactada en idioma nacional y el original deberá estar firmado en todas sus hojas, por el Oferente o su Representante Legal, en este último caso, deberá incluir el instrumento que acredite dicha representación, EN COPIA debidamente certificada por ante Escribano Público Nacional, en caso de extraña jurisdicción con su correspondiente legalización. c) Los sobres, cajas o paquetes que las contengan deberán ser presentados perfectamente cerrados, y se consignará en su cubierta el tipo y número la identificación del procedimiento de selección, lugar, día y hora límite para la presentación de la oferta y el lugar día y hora de apertura, y la identificación del Oferente (Nombre o Razón Social) con su correspondiente N de CUIT. (Art. 70 inciso e) del Anexo del Decreto Nº 893/12). d) El Oferente, de corresponder, deberá adjuntar la garantía de mantenimiento de la oferta, correspondiente al CINCO POR CIENTO (5 %) del monto total de la oferta. (Art. 100 inciso a) del Anexo del Decreto Nº 893/12). e) El Oferente deberá fijar domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y suministrar número de fax y dirección de correo electrónico de la Empresa, donde serán válidas las notificaciones cursadas por esos medios. (Arts. 56 y 70 inciso f) del Anexo del Decreto Nº 893/12). f) El Oferente deberá cotizar en moneda nacional acorde a lo requerido en la Cláusula Particular Nº 8 Cotización. g) Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una Declaración Jurada, mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal. Acorde el Anexo VI. (Art. 70 inciso g) apartado 3) del Anexo del Decreto Nº 893/12). h) Toda oferta deberá ser acompañada por una Declaración Jurada mediante la cual se informe, a los fines estadísticos y para el correcto análisis y valoración del desarrollo de los complejos industriales nacionales, la provisión y/o uso de bienes y/o materiales importados, así como el resultado de su balanza comercial en el último ejercicio y la proyectada para el ejercicio corriente. Acorde el Anexo VII. (Art. 70 inciso g) apartado 4) del Anexo del Decreto Nº 893/12). i) El Oferente deberá adjuntar la documentación requerida en la Cláusula Particular Nº 3 Sistema de Información de Proveedores. j) El Oferente deberá adjuntar la documentación requerida en la Cláusula Particular Nº 6 inciso c) Constancia de Visita. k) Los precios cotizados (unitarios y totales), deberán incluir los gastos de envase, embalaje, costos de flete y acarreo al lugar de entrega de la totalidad de los elementos necesarios para el cumplimiento del servicio. Esta Institución no reconocerá bajo ningún concepto costos adicionales a los ofertados originalmente. l) Los precios cotizados (unitarios y totales), deberán incluir indefectiblemente el impuesto correspondiente a la alícuota del IVA. En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dicho valor se halla incluido en la misma ///

6 ///--- m) Cuando el monto de su oferta sea igual o superior a PESOS CINCUENTA MIL ( ,00) el Oferente deberá poseer el Certificado Fiscal para Contratar vigente, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución General AFIP Nº 1814/05, modificada por la Resolución General AFIP Nº 2581/09. IMPORTANTE: No es necesaria la presentación del citado Certificado. La Institución procederá a verificar en el sitio Web de la AFIP el cumplimiento de dicho recaudo, al momento de la Adjudicación. (Art. 83 inciso b) apartado 2) del Anexo del Decreto Nº 893/12). n) No se aceptarán ofertas que condicionen la invariabilidad de sus precios o sujeten el pago a eventuales fluctuaciones de los mismos. NOTA: Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlineados, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta. (Art. 70 inciso d) del Anexo del Decreto Nº 893/12). 10) RESPONSABLE DE LA RECEPCION DE LOS PEDIDOS DE REPARACION: a) Dentro de los DOS (2) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS de recibida la Orden de Compra, el Adjudicatario deberá designar UNA (1) o más personas con la autoridad suficiente, tal que permita imponerle pedidos de reparación a cualquier hora durante las VEINTICUATRO (24) HORAS y por el término de la Orden de Compra (incluyendo sábados, domingos y feriados) y conocer las acciones inmediatas del Adjudicatario al efecto. b) Deberá consignar UNO (1) o más números telefónicos donde serán efectivizadas las comunicaciones que se cursen (teléfono/fax). No se aceptarán sistemas de grabación de mensajes o cualquier otro que no asegure la recepción de los requerimientos en tiempo y forma. 11) SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO (MP) Y CORRECTIVO (MC) : 11.1) SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO (MP): a) El objeto de este Servicio será prevenir posibles problemas y detectar desajustes que puedan derivar en futuras fallas debido al uso normal de los equipos que integran el Simulador de Navegacion y reparar los mismos, a efectos de mantener el Sistema en sus especificaciones originales, de manera que cumplan con su vida útil al máximo de rendimiento. b) El Servicio será cumplido conforme lo requieren las especificaciones de los manuales de fábrica en los equipos descriptos y con la periodicidad mensual indicada en las Planillas del ANEXO II, a todos y cada uno de ellos, efectuándose verificaciones, lubricaciones y ajustes, eliminando toda sustancia extraña que pudiera afectar el normal funcionamiento, previniendo así los riesgos de fallas que pudieran determinar dificultades en su condición de servicio. c) Dentro de los primeros DIEZ (10) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS de entregada la Orden de Compra, serán coordinadas y planificadas mensualmente las fechas de cumplimiento de los MP, entre el Adjudicatario y la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina. 11.2) SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO (MC): a) El objeto de este servicio consistirá en eliminar fallas ocasionales en los equipos que integran el sistema, dichas tareas serán solicitadas expresamente por la Jefatura del Simulador de Navegación de la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina. Se entenderá por equipo a la unidad principal y la totalidad de las partes eléctricas, electrónicas y mecánicas que constituyen y hacen al funcionamiento del mismo. b) Adicionalmente con el mantenimiento requerido deberán efectuarse verificaciones, lubricaciones y ajustes, eliminando toda sustancia extraña que pudiera afectar el normal funcionamiento, previniendo así los riesgos de fallas que pudieran determinar dificultades en su condición de servicio. c) Deberá verificar y efectuar las correcciones (en caso de ser necesario), sobre antenas, coaxiles, conectores, líneas de energía eléctrica y protecciones contra descargas atmosféricas. d) En el ANEXO III se describen los MC que deberán ser cotizados. e) La Empresa asistirá al MC a solicitud de la Prefectura Naval Argentina, acorde al siguiente detalle: Se efectuará IN SITU y de acuerdo a lo solicitado, dentro de las VEINTICUATRO (24) HORAS a contar del momento de la comunicación de dichas fallas ///

7 /// ) Cuando las tareas a realizarse lo permitan, los equipos serán atendidos y reparados en su lugar de instalación. De ser necesario el retiro de los mismos a los talleres del Adjudicatario, correrá por cuenta y cargo del Adjudicatario el traslado y resguardo del material. 11.4) La Prefectura Naval Argentina, en caso que fuere necesario, se reserva el derecho de autorizar la reparación de los equipos en los talleres del Adjudicatario. 11.5) Toda readaptación o recambio de orden modular que se requiera efectuar por razones técnicas, se realizará sin costos adicionales y con la autorización respectiva previa de la Prefectura Naval Argentina. 11.6) El MP y el MC se considerará cumplido para cada equipo, cuando el mismo se encuentre instalado en el destino y el sistema al cual pertenece se encuentre técnica y operativamente en servicio. Dicha condición es aquélla en la cual el sistema cubre las necesidades operativas para las que fuera instalado, satisfaciendo en su totalidad las especificaciones técnicas del manual de fábrica. 11.7) El transporte de personal, instrumental, equipamiento y/o repuestos necesarios para cualquiera de los servicios (MP/MC/GT) como asimismo la cobertura de seguros correspondientes, estarán a cargo exclusivo del Adjudicatario. 11.8) A la fecha de vencimiento del plazo de entrega fijado en la Orden de Compra, los equipos o partes que oportunamente fueran retirados para reparación en el taller del Adjudicatario, deberán encontrarse reinstalados en la Estación, con la totalidad de sus plaquetas, accesorios y componentes en normal funcionamiento. 12) GARANTIA TECNICA (GT): a) A partir de la finalización de cada MC y con la correspondiente aceptación de la Prefectura Naval Argentina, será de aplicación un período de garantía técnica de funcionamiento, por TREINTA (30) DIAS CORRIDOS, sobre el equipamiento asistido comprendido en el MC y respecto de fallas de cualquier índole que se produjeran, no atribuibles a uso indebido o impericia por parte de la Institución. Todos los gastos que demande la atención de la GT (traslado de personal/materiales y equipos, viáticos y seguros), correrán por cuenta y cargo del Adjudicatario. b) El Adjudicatario asistirá ante un requerimiento de GT, dentro de las DOCE (12) HORAS, contando a partir de la comunicación de esta Institución. c) Las fallas aparecidas deberán ser reparadas y los equipos puestos en funcionamiento en los plazos establecidos en la Cláusula Particular Nº 11.2) Mantenimiento Correctivo (MC). 13) REPUESTOS EVENTUALES (RE): a) Todo repuesto necesario en el cumplimiento del MP, MC y de la GT, correrá por cuenta y cargo del Adjudicatario sin implicar costos adicionales para la Prefectura Naval Argentina, con la excepción de aquéllos que por su elevado costo se encuentren incluidos en el Listado de Repuestos Críticos Eventuales (RE) del ANEXO IV. b) Los repuestos a utilizar deberán ser ORIGINALES del equipamiento, admitiéndose reemplazos sólo en el caso de aquéllos discontinuados por fábrica y por otros de calidad garantizada y mismas especificaciones técnicas de los originales. c) La falta de repuestos no será causa válida de atrasos o incumplimiento del MP, MC o de la GT, ni de la restitución al servicio del Simulador de Navegación Full Misión en los plazos establecidos. d) Para los casos en que surjan problemas con los materiales, repuestos, etc., (vicios ocultos, fallas de componentes por causas ajenas a la Prefectura Naval Argentina) que resultaren rechazados y requieran el traslado del equipamiento para su reparación, el transporte será realizado por el Adjudicatario y estarán a su cargo los gastos de flete, seguros, carga, descarga y cualquier otro tipo de erogación que deba realizarse para la ejecución del mismo, lo cual no generará ningún costo adicional para la Institución. e) Cuando las circunstancias técnico-operativas así lo aconsejen, la Prefectura Naval Argentina podrá requerir el cambio de repuestos en equipos que a pesar de encontrarse en servicio presenten desgaste por el uso. El Adjudicatario se encontrará obligado a dicha acción, correspondiendo en dicha circunstancia la facturación del MC que corresponda al equipo asistido. f) Cuando la Prefectura Naval Argentina lo considere conveniente, el Adjudicatario deberá entregar el material averiado juntamente con los comprobantes de servicio respectivos en Jefatura del Simulador de Navegación de la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina, sito en la calle Corrientes 180, Olivos, Pcia. De Buenos Aires, TE: / ///

8 ///--- 14) REQUISITOS QUE DEBERA CUMPLIMENTAR EL ADJUDICATARIO: a) Acorde a lo establecido en el Art. 30 de la Ley (Ley de Contrato de Trabajo) con las modificaciones introducidas por la Ley (Ley de Reforma Laboral), el Adjudicatario deberá dar acabado cumplimiento de las normas emergentes de la relación laboral y de la seguridad social. Antes del inicio de los trabajos deberá presentar en la Jefatura del Simulador de Navegación de la Escuela Superior, sita en la calle Corrientes Nº 180, Olivos, Provincia de Buenos Aires, TE: /1013, para su control en dicho Organismo, por cada uno de los trabajadores empleados para efectuar el servicio: número del Código Único de Identificación Laboral (CUIL), constancia mensual de los pagos efectuados en concepto de remuneraciones (Salarios, aguinaldos, vacaciones, asignaciones familiares y todo otro concepto que por la legislación laboral deba abonar a su personal bajo su dependencia), sin perjuicio de todo otro aporte que pudiere corresponder en materia sindical. Asimismo deberá entregar copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al Sistema de Seguridad Social y una cobertura por riesgo de trabajo. De no contar con las constancias individuales de los empleados deberá acompañar un informe actualizado en los que resulten los trabajadores empleados en el acto licitario acorde previa identificación rubricada por Contador Público matriculado y la debida intervención por el Consejo Profesional respectivo, en el que se deje constancia que se ha cumplido con lo solicitado en el presente inciso, en cuanto a las obligaciones en su carácter de empleador (seguridad social, riesgo de trabajo, etc.), además de la constancia de pago pertinente. Tal extremo no implica que este organismo se someta voluntariamente al régimen regulado por el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo. (Ley ) ni acepte su aplicación. b) El Adjudicatario deberá tomar a su cargo, toda y cualquier responsabilidad obligándose directamente a reparar los daños y perjuicios originados por culpa o dolo y/o negligencia, omisiones, delitos o cuasidelitos o situaciones que surjan como consecuencia de los actos de las personas bajo su dependencia de la que se valiera para la prestación del servicio que establece la presente licitación, acorde a los Arts. 1077, 1078, 1079, 1109 y 1113 del Código Civil. c) El Adjudicatario será responsable de la conducta de sus empleados durante la realización del servicio debiendo responder por las acciones u omisiones de los mismos. d) El personal de la Empresa Adjudicataria deberá estar provisto de indumentaria e identificación adecuada de la Empresa y de los elementos de seguridad establecidos por los Organismos que reglamentan la actividad. e) Queda establecido que la totalidad del personal que disponga la Empresa para realizar los trabajos enunciados en el presente acto licitario, estarán bajo su cargo, en consecuencia el pago de sueldos, viáticos, vacaciones, indemnizaciones, seguros, aportes jubilatorios, leyes sociales, etc., correrán por cuenta exclusiva de la misma, no teniendo la Prefectura Naval Argentina relación alguna con ellos, acorde lo previsto Ley de Empleo (24.013) y Ley de Contrato de Trabajo (20.744) y demás normas que resulten de aplicación. f) Queda bajo exclusiva responsabilidad del Adjudicatario, todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la instalación de los Sistemas, como asimismo el cumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyes Laborales (20.744), Previsionales (17.250), Impuestos (23.349), Trabajo (24.013), Riesgos del Trabajo (24.557) y demás normas que resulten de aplicación. g) La Prefectura Naval Argentina podrá solicitar al Adjudicatario por causas justificadas, que dentro de las VEINTICUATRO (24) HORAS de notificado, cambie el personal que el mismo asigne para el cumplimiento de las tareas a realizar. h) Teniendo en cuenta la responsabilidad que asume la Empresa en lo referente a posibles accidentes que su personal pudiera sufrir al cumplir con las tareas emergentes del presente requerimiento o daños que el personal a su cargo pueda provocar u ocasionar a terceros (responsabilidad civil), el Adjudicatario deberá presentar en la Jefatura del Simulador de Navegación de la Escuela Superior, sita en la calle Corrientes Nº 180, Olivos, Provincia de Buenos Aires, TE: /1013, antes de iniciar los trabajos, las correspondientes pólizas ACTUALIZADAS y de sus endosos certificadas ante Escribano Público Nacional y con vigencia por todo el período del contrato. Las citadas pólizas deberán estar autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación que cubra al personal como asimismo a terceros, con sus pagos mensuales actualizados para cada uno de los operarios consignados en la nómina de personal ///

9 ///--- i) Los seguros deberán cubrir: i.1) Responsabilidad civil hacia terceros: en forma amplia, por daños corporales a personas, por daños a la propiedad, como protección contra toda clase de riesgo de daños o destrucción a la propiedad y lesiones o muerte resultante de la misma, o resultante de cualquier otro acto u omisión de la Empresa, o en relación con los trabajos o causados por sus empleados o dependientes, por la suma de PESOS UN MILLON ( ,00) cualquiera fuesen las causas de estos daños. i.2) Accidentes de trabajo: en un todo de acuerdo a las Leyes y Disposiciones vigentes a la fecha y que cubra a todo el personal empleado, dependiente, etc., que se desempeñe en la reparación o en relación a la misma. i.3) Equipos e instalaciones de Prefectura Naval Argentina: El Adjudicatario deberá presentar en la Jefatura del Simulador de Navegación de la Escuela Superior, sita en la calle Corrientes Nº 180, Olivos, Provincia de Buenos Aires, TE: /1013, antes del inicio de las tareas y con vigencia por todo el periodo que demande el mismo y hasta la recepción definitiva del equipamiento, un seguro de tipo responsabilidad civil comprensiva de tareas a desarrollar o superior por un monto no inferior a PESOS UN MILLON ( ,00) que contemplará accidentes durante la realización de los trabajos de mantenimiento del Simulador de Navegación. NOTA: El incumplimiento de los requisitos citados precedentemente, será causal de la rescisión del contrato, previa intimación fehaciente al proveedor, a través de alguno de los medios establecidos en la Cláusula Particular Nº 20 Comunicaciones y Notificaciones, a que realice las acciones que fueran necesarias para que preste los servicios conforme a lo solicitado, que realizará la Comisión de Recepción de la Unidad Requirente. 15) DURACION DEL SERVICIO: Desde el 01 de Junio de En caso de emitirse la Orden de Compra con posterioridad a dicha fecha el inicio del servicio será a partir del día que se indique en la aludida Orden de Compra y para ambos casos por el término de DOCE (12) MESES. 16) LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO: a) El lugar donde se realizara el servicio será en la Escuela Superior, sita en la calle Corrientes Nº 180, Olivos, Provincia de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 16:00 horas, TE: /1013. b) La entrega deberá coordinarse con la Escuela Superior indicada en el inciso a) de la presente Cláusula Particular, con DOS (2) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS de anticipación a efectos de convocar a la COMISION DE RECEPCION respectiva. c) La entrega de los elementos al Adjudicatario se efectuará bajo acta donde constará la fehaciente individualización técnica de los mismos y la responsabilidad que asume el Adjudicatario con relación a los objetos que recibe. d) La entrega de los elementos por parte del Adjudicatario: se efectuará bajo Acta donde constará la fehaciente individualización técnica de los mismos y la responsabilidad que asumió con relación a los objetos que entrega. 17) INFORME TECNICO (IT): a) Al concluir la prestación, el Personal Técnico de la Empresa Adjudicataria producirá en el Destino un Informe Técnico (IT) cuyos modelos se encuentran como ANEXO I, el original (para la Jefatura del Simulador de Navegación de la Escuela Superior) y el duplicado (para la Empresa), en el que deberá explicar los trabajos realizados, el tiempo empleado (jornadas de trabajo), material utilizado (RE) y estado final del equipo asistido (el cual deberá dar satisfacción a la tarea del MP y/o MC que haya sido impuesta), agregándose toda información técnica que corresponda ser puesta en conocimiento de la Prefectura Naval Argentina. b) En consecuencia los IT deberán ser conformados por el Jefe de la Dependencia o por la persona en quien éste delegue dicha responsabilidad y debidamente sellados. 18) CONFORMIDAD DE RECEPCION PROVISORIA: (Art. 114 del Anexo del Decreto Nº 893/12). a) El servicio y los repuestos utilizados se recepcionarán en forma provisoria en presencia del Adjudicatario o de la persona designada en su representación, debiéndose presentar en este acto el original y DOS (2) copias del Remito y Orden de Compra respectivos. En consecuencia, los Remitos que se firmen quedarán supeditados a la Recepción Definitiva. (Art. 114 inciso b) del Anexo del Decreto Nº 893/12) ///

10 ///--- b) Los repuestos utilizados que resulten rechazados deberán ser sustituidos en el plazo de CINCO (5) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir del día siguiente al de la fecha en que se notificó fehacientemente el rechazo al adjudicatario. (Art. 114 inciso c) del Anexo del Decreto Nº 893/12). c) Los trabajos que resulten rechazados deberán ser subsanados en el plazo de VEINTE (20) DIAS CORRIDOS a contar a partir del día siguiente al de la fecha en que se notificó fehacientemente el rechazo. 19) CONFORMIDAD DE RECEPCION DEFINITIVA: (Art. 115, Párrafo 1 del Anexo del Decreto N 893/12) a) El acta respectiva será confeccionada por la Comisión de Recepción de la Unidad Requirente, en presencia del Adjudicatario o de la persona designada en su representación, debiéndose presentar en este acto el original y DOS (2) copias de la Factura respectiva. b) A tal efecto se dispondrá de un plazo de DIEZ (10) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir del día siguiente al de la fecha de la entrega provisoria, plazo en el cual se efectuarán las verificaciones que se consideren necesarias para constatar el cumplimiento de los parámetros exigidos y lo requerido en las Cláusulas Particulares Nº 12 Garantía Técnica (GT), Nº 14 Requisitos que Deberá Cumplimentar el Adjudicatario y Nº 17 Informe Técnico. c) Una vez vencido dicho plazo y en caso de silencio, el Adjudicatario podrá intimar la recepción. Si dentro de los DIEZ (10) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS posteriores al de la recepción de la intimación, la Comisión de Recepción de la Unidad Requirente no se expidiera al respecto, el servicio y los repuestos utilizados se tendrá por recibida de conformidad. d) La conformidad definitiva, no liberará al Adjudicatario de las responsabilidades emergentes de vicios redhibitorios. 20) COMUNICACION Y NOTIFICACIONES: (Arts. 56 y 92 del Anexo del Decreto Nº 893/12 Comunicación General Nº 5 de la ONC). Todas las notificaciones/comunicaciones al Oferente/Adjudicatario que haya participado del procedimiento de selección se concretarán acorde lo establecido en el Art. 56 del Anexo del Decreto Nº 893/12, mediante la utilización de alguno de los siguientes medios: a) Por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal al expediente. b) Por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulten estar en conocimiento del acto respectivo. c) Por cédula, que se diligenciará en forma similar a la dispuesta por el Art. 138 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. d) Por carta documento. e) Por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal. f) Por fax. g) Por correo electrónico. h) Mediante la difusión en el Sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES. 21) PENALIDADES Y SANCIONES: (Art. 29 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones, concordante con el Título III Ejecución y Extinción del Contrato, Capítulo V Penalidades y Capítulo VI Sanciones del Anexo del Decreto Nº 893/12). El Oferente/Adjudicatario o Cocontratante podrán ser pasibles de las penalidades y sanciones establecidas en dichas normas, en los supuestos de incumplimientos de sus obligaciones. 22) CUESTIONES JUDICIALES: Las cuestiones judiciales que se planteen con relación al presente contrato, se sustanciarán ante los jueces de los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 23) RESPECTO AL IVA: Esta Institución reviste el carácter de consumidor final, debiendo el Adjudicatario ajustarse en la facturación a la Resoluciones Generales AFIP Nros. 100/98 y 1.415/ ///

11 ///--- 24) RESOLUCIONES AFIP: Por Resoluciones Generales Nros 18/97, 830/00 y 1784/04 este Organismo actúa como agente de retención del IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, IMPUESTO A LAS GANANCIAS y SUSS. Por tal motivo al momento de presentar los Adjudicatarios sus Facturas en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos, (Of. 7.33), deberá manifestar su situación individual respecto a las mencionadas Normas. En caso de silencio se realizarán las retenciones previstas en las citadas Resoluciones. Esta modalidad es de aplicación a cada pago, inclusive en operaciones de tracto sucesivo con facturaciones parciales. 25) FACTURACION: (Art. 116 del Anexo del Decreto Nº 893/12) a) Parcial por cada MP y/o MC, realizados, valorizados acorde la cotización en los Anexos correspondientes. b) RE: Se facturará con el MC correspondiente, los repuestos críticos eventuales críticos utilizados acorde la Cláusula Particular Nº 13 Repuestos Eventuales (RE). c) El Adjudicatario deberá presentar la facturación acorde las Resoluciones Generales AFIP Nros /10 y 2.939/10, en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos, sita en la Av. E. Madero Nº 235, 7º Piso, Of. 7.33, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, juntamente con el original de la Orden de Compra o fotocopia autenticada, el Remito y el Acta de Recepción Definitiva (que recabará del lugar indicado en la Cláusula Particular Nº 31 Unidad Requirente ) y copia la documentación requerida en la Cláusula Particular Nº 14 Requisitos que Deberá Cumplimentar el Adjudicatario, todos por duplicado y debidamente conformados. 26) FORMA DE PAGO: (Art. 117 del Anexo del Decreto Nº 893/12) a) Se realizará en Moneda Nacional por medio de Orden de Pago dentro de los TREINTA (30) DIAS CORRIDOS a contar a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la documentación requerida, acorde la Cláusula Particular Nº 25 Facturación, en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos. b) El término fijado para el pago de la Factura se interrumpirá si existieran observaciones sobre la documentación presentada u otros trámites a cumplir, imputables al Adjudicatario, hasta la subsanación del vicio. 27) FLETE, CARGA, DESCARGA E INSTALACION: Correrán por cuenta del Adjudicatario. 27) CRITERIO DE EVALUACION Y SELECCION DE LAS OFERTAS: (Art. 83 inciso c) del Anexo del Decreto Nº 893/12 y el Art. 15 del Decreto Delegado Nº 1023/01). La evaluación y selección de las ofertas se efectuará a favor de la mejor oferta económica de entre las que hayan cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Normativas Vigentes, acorde lo previsto en la Cláusula Particular Nº 8 inciso b) Cotización. 28) OPCIONES A FAVOR DE LA ADMINISTRACION: Prorrogar el servicio por un plazo igual o menor al contrato original, en un todo de acuerdo a lo previsto en el Art. 124 inciso b) del Anexo del Decreto Nº 893/12, concordante con el Art. 12 inciso g) del Decreto Delegado Nº 1023/01. 29) COMPRE MIPYME (LEY ): La condición de MIPYME deberá acreditarse mediante certificación sin salvedades rubricada por Contador Público matriculado con la correspondiente intervención del Consejo Profesional. De la mencionada certificación debe surgir claramente que la firma oferente cumple con los requisitos previstos por la legislación vigente en la materia. 30) SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS: (LEY DECRETO Nº 312/10) Con el fin de cumplimentar lo establecido en el Art. 8º del mencionado Decreto y para ser acreedor de los beneficios de dicho régimen, el Oferente que se encuentre comprendido dentro del mismo, deberá adjuntar a su oferta la documentación que acredite fehacientemente tal circunstancia, en original o copia certificada por Escribano Público Nacional. 31) UNIDAD REQUIRENTE: Escuela Superior, sita en la calle Corrientes Nº 180, Olivos, Provincia de Buenos Aires, TE: / ) AREA ADMINISTRATIVA EN DONDE SE TRAMITA EL ACTO LICITARIO: Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, sita en la Av. E. Madero 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE/FAX: o /7500 Internos: 2751/52/53/ ///

12 ///--- 32) NORMATIVA: Son aplicables al presente procedimiento de selección: a) Decreto Nº 1023/01 modificado por sus similares Nros. 666/03 y 204/04.- b) Decreto Nº 893/12 que aprueba el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional.- c) Resoluciones Generales Nros. 18/97, 100/98, 830/00, 1415/03, 1784/04, 1814/05, 2581/09, 2852/10 y 2939/10 de la Administración Federal de Ingresos Públicos.- d) Serán aplicadas en sus partes pertinentes lo establecido por: Ley 340 Código Civil de la Nación Argentina; Ley Reforma al Código Civil y Leyes Civiles y demás modificatorias.- Ley Sistema Único de la Seguridad Social.- Ley Régimen del Contrato del Trabajo; Ley Reforma Laboral - y demás modificatorias.- Ley Sistema de Protección Integral de los Discapacitados.- Ley Ley de Impuesto al Valor Agregado.- Ley Ley Nacional de Empleo. Ley Ley de Riesgos del Trabajo.- Ley Ley de Fomento para las MIPyMES.- Ley Compre Trabajo Argentino.- Decreto Nº 1600/02 Compre Trabajo Argentino - sus normas complementarias y modificatorias.- Decreto Nº 312/10 Sistema de Protección Integral de los Discapacitados.- Resolución Nº 262/95 de la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, actual Ministerio Economía y Finanzas Públicas. Resolución Nº 50/13 Secretaría de la MIPyMES y Desarrollo Regional.- Disposición Nº 6/12 de la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión.- Comunicaciones Generales Nros. 2, 3, 7/13 y 8/14 de la Oficina Nacional de Contrataciones.- CUIT DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA: DIVISION CONTRATACIONES RUBEN AMERICO ZAPPA PREFECTO PRINCIPAL JEFE DIVISION CONTRATACIONES -13-

13 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA ANEXO I INFORME TECNICO (IT) LUGAR DE TRABAJO:... FECHA:.../.../... EMPRESA:...ORDEN DE COMPRA: Nº.../... TECNICO:... EQUIPO TRABAJO REALIZADO ESTADO FINAL DE SVC INSTRUMENTAL UTILIZADO: REPUESTOS CRITICOS EVENTUALES UTILIZADOS ÍTEM CANTIDAD DESCRIPCION IMPORTE FIRMA DEL TECNICO INTERVINIENTE:... SE CERTIFICA QUE EL PRESENTE FUE CONFECCIONADO EN SELLO DE LA DEPENDENCIA FIRMA DEL JEFE DEPENDENCIA

14

15 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA ANEXO II MANTENIMIENTO PREVENTIVO (MP) EST. ITEM DESCRIPCION SALA DEL INSTRUCTOR EMULADOR DE AUDIO Y VIDEO, SIMULADOR OLIVOS SALA DEL SIMULADOR OLIVOS SALA DE VTS Y DEBRIEFING SIMULADOR OLIVOS 1 INSPECCION Y LIMPIEZA DE SERVIDORES (2) 2 INSPECCION Y LIMPIEZA DE LAS TERMINALES VISUAL CHANNEL (9) 3 INSPECCION Y LIMPIEZA DE LAS TERMINALES VHF Y CAMARA (2) 4 MANTENIMIENTO DE DISCOS DUROS (13) 5 MANTENIMIENTO MATRIZ DE COMUNICACIONES Y CONSOLA 6 INSPECCION Y AJUSTE DEL CABLEADO DE CADA TERMINAL 7 INSPECCION Y LIMPIEZA DEL CONJUNTO AMPLIFICADOR DE AUDIO 8 INSPECCION Y LIMPIEZA DEL CONJUNTO CCV 9 INSPECCION Y LIMPIEZA DE CADA TERMINAL DE EMULACION (6) 10 MANTENIMIENTO DISCOS DUROS DE CADA TERMINAL (6) 11 INSPECCION Y AJUSTE DEL CABLEADO DE CADA TERMINAL 12 INSPECCION Y LIMPIEZA DEL CONJUNTO RADAR BANDA X 13 INSPECCION Y LIMPIEZA DEL CONJUNTO RADAR BANDA S 14 INSPECCION Y LIMPIEZA DE LA CONSOLA DE COMANDO 15 INSPECCION Y LIMPIEZA DEL CONJUNTO COMUNICACIONES 16 INSPECCION Y LIMPIEZA DEL CONJUNTO NAVSIM 17 INSPECCION Y LIMPIEZA DEL OVERHEAD PANEL 18 INSPECCION Y LIMPIEZA DE LAS TERMINALES DE VTS (2) 19 INSPECCION Y LIMPIEZA DEL RADAR DE VTS 20 INSPECCION Y LIMPIEZA DE LA TERMINAL DE COMUNICACIONES (2) 21 CHEQUEO DEL CABLEADO Y CONEXIONES 22 INSPECCION Y LIMPIEZA TERMINAL DEBRIEFING 23 MANTENIMEINTO DE DISCOS DUROS (3) 32 INSPECCION Y LIMPIEZA DE LAS COMUNICACIONES TOTAL ANEXO II PERIODICIDAD (EN 1 MES) COSTO TOTAL DEL MP POR UN MES COSTO TOTAL DEL MP POR DOCE MES NOTA: Los TOTALES resultantes de cada una de la Tabla del ANEXO II, son al solo efecto de comparar los precios cotizados entre los Oferentes y evaluar las conveniencias de costos entre las ofertas.

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17 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA ANEXO III MANTENIMIENTO CORRECTIVO (MC) EST. ITEM EQUIPO SALA DEL INSTRUCTOR, SIMULADOR OLIVOS SALA DEL BUQUE SIMULADOR OLIVOS SALA DE VTS Y DEBRIEFING SIMULADOR OLIVOS PONDERADO POR PROBABILIDAD DE OCURRENCIA 1 ESTACION DE INSTRUCTOR WSIM IMPRESORA SISTEMA VIDEO SALON INSTRUCTOR SISTEMA VIDEO Y AUDIO DEL PUENTE PANEL CCIONES. GMDSS PANEL CCIONES INTERIORES CONSOLA MANSIM PANEL OVERHEAD PANEL CCIONES. INTERNAS SISTEMA VIDEO E-VISION BINOCULAR PANEL CCIONES. VHF PANEL NAVTEX PANEL ECOSONDA PANEL DGPS - AIS RADAR BABOR RADAR ESTRIBOR PANEL ECDIS PANEL DE FONDEO SISTEMA AUDIO CUADRAFONICO SISTEMA CAMARAS PANEL CCIONES. INTERNAS PANEL CCIONES VHF CONSOLA VTS REPETIDOR RADAR EN VTS SISTEMA DEBRIEFING 0.02 TOTAL ANEXO III COSTO MC NOTA: a) Los TOTALES resultantes de cada una de la Tabla del ANEXO II, son al solo efecto de comparar los precios cotizados entre los Oferentes y evaluar las conveniencias de costos entre las ofertas. b) Los datos volcados en la columna Ponderados por Probabilidad de Ocurrencia para cada ITEM, es al solo efecto informativo para que los Oferentes dispongan de la información del grado de utilización posible para cada Item a cotizar.

18

19 PREFECTURA NAVAL ARGENTINA SALA DEL INSTRUCTOR, EMULADOR DE AUDIO Y VIDEO SIMULADOR OLIVOS ANEXO IV REPUESTOS CRITICOS EVENTUALES (RE) PONDERADO POR PROBABILIDAD EQUIPO ITEM DESCRIPCION DE COSTO UNITARIO OCURRENCIA (de reemplazo) 1 DISPOSITIVO DE VISION RGB WORKSTATION CONSOLA DE 3 COMUNICACIONES INTERNAS ENTORNO VIRTUAL DE 4 IMÁGENES Y SONIDO DISPOSITIVO DE GMDSS DISPOSITIVO DE ESCRITURA 6 VIRTUAL DISPOSITIVO OPTICO DE 7 SEÑALIZACION MICROFONO CON CABEZAL SALA DEL SIMULADOR OLIVOS 9 PEDALERA DE SISTEMA DE AUDIO SELECTOR RADAR - MANSIM UNIDAD DE IMPRESION VIRTUAL MODULO DE COMUNICACIONES GMDSS MODULO DE INTERFASE GMDSS ENTORNO DE AUDIO DISPOSITIVO DE VISION RGB 14 TACTIL DISPOSITIVO SIRIUS RADAR DISPOSITIVO POWER SUPPLY 16 RADAR SOPORTE REY2K RADAR SOPORTE KEYBOARD RADAR DISPOSITIVO DE VISION RADAR DISPOSITIVO MANEJO 20 BINOCULAR DISPOSITIVO SISTEMA 21 FONDEO DISPOSITIVO INTERFASE 22 CONSOLA MANIOBRAS DISPOSITIVO INTEFASE 23 CCIONES. INTERIORES DISPOSITIVO INTERFASE 24 CCIONES. VHF DISPOSITIVO ESCRITURA. VHF DISPOSITIVO ESCRITURA 26 NAVTEX DISPOSITIVO INTERFASE 27 NAVTEX NAVTEX UNIDAD DE IMPRESIÓN REPETIDOR GIROCOMPAS TELEGRAFO DUAL DE SALA 30 DE MAQUINAS PANEL INDICADOR ANGULO 31 DE TIMON TOTAL ANEXO IV NOTA: a) El monto resultante del TOTAL POR REPUESTOS EVENTUALES DEL ANEXO IV, es al solo efecto de la comparación de precios cotizados entre los Oferentes y evaluar la conveniencia de costos entre ofertas.

20 b) Los datos volcados en la columna PONDERADOS POR PROBABILIDAD DE OCURRENCIA (de reemplazo) para cada NRO, es al solo efecto informativo para que los oferentes dispongan de la información del grado de utilización posible para cada punto a cotizar.

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