Deberes y derechos de las y los Contribuyentes

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1 Deberes y derechos de las y los Contribuyentes

2 La tributación como un deber ciudadano El numeral 6) del Art. 75 de la Constitución de la República Dominicana establece como uno de los deberes fundamentales de las personas: «Tributar, de acuerdo con la ley y en proporción a su capacidad contributiva, para financiar los gastos e inversiones públicas. Es deber fundamental del Estado garantizar la racionalidad del gasto público y la promoción de una administración pública eficiente.»

3 La Administración Tributaria La administración de los tributos internos y la aplicación de las normas y leyes tributarias compete a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), institución con personalidad jurídica propia, autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica, y patrimonio propio. La DGII junto con la Dirección General de Aduanas (DGA) conforma la Administración Tributaria, bajo la tutela y supervigilancia del Ministerio de Hacienda.

4 Concepto de contribuyente Se consideran contribuyentes las personas físicas y jurídicas, obligadas al pago de los tributos establecidos por leyes para el sostenimiento del Estado, sea de manera directa o indirecta. Personas jurídicas: formadas por la asociación de varias personas en un organismo o una sociedad, que se identifican con una razón social con facultades para contraer obligaciones civiles y comerciales. Personas físicas o naturales: aquellas que desarrollan una actividad, profesión u oficio de manera independiente, que generan obligaciones tributarias.

5 Deberes de las y los contribuyentes El Código Tributario consigna las obligaciones y deberes formales que tienen que cumplir las y los contribuyentes o responsables, entre los que destacamos: Inscribirse en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC). Comunicar cambios de domicilio, nombre comercial, teléfono, actividad o cualquier otro que modifique la responsabilidad tributaria. Llevar los registros y libros de contabilidad obligatorios.

6 Deberes de las y los contribuyentes Presentar las declaraciones que correspondan, para la determinación de los tributos, conjuntamente con los documentos e informaciones que se les requiera. Concurrir a las oficinas de la Administración Tributaria cuando su presencia sea requerida. Facilitar al personal de la Administración Tributaria las inspecciones y verificaciones. Comunicar si pone fin a su negocio por alguna causa justificada.

7 Deberes de la Administración Tributaria Se establecen también deberes de la Administración Tributaria, cuyo cumplimiento genera derechos para las y los contribuyentes: Deber de reserva de las informaciones de responsables y terceros, no aplica en los casos en que se convierta en un obstáculo para promover la transparencia del sistema tributario; Deber de publicidad, los actos de la Administración Tributaria en principio son públicos; excepto aquellos documentos que por su naturaleza deban mantenerse en reserva.

8 Derechos de las y los contribuyentes Igualmente, las leyes, reglamentos y normas que rigen la Administración Tributaria facilitan a las y los contribuyentes acciones para reclamar los derechos que se indican a continuación: Consultar a la Administración Tributaria ante dudas sobre las leyes. Solicitar prórrogas para presentar sus declaraciones o pagar sus impuestos sin recargos; siempre la solicitud que sea justificada y se realice en el plazo establecido. Solicitar facilidades de pago, para pagar en cuotas parciales las deudas que mantengan con la Administración.

9 Derechos de las y los contribuyentes Solicitar exención de anticipos, con quince (15) días de antelación al vencimiento de la fecha de dicho pago, previa demostración de la reducción significativa de sus rentas. Solicitar compensación, para pagar la deuda total o parcial de un impuesto y sus recargos e intereses con el crédito generado por pagos indebidos o en exceso. A la información sobre las actuaciones de la Administración Tributaria. Al Recurso de Reconsideración, solicitud por ante la Administración para que reconsidere total o parcialmente el monto de los impuestos determinados, siempre y cuando los considere incorrecta o injusta la estimación de oficio que se hiciere.

10 Derechos de las y los contribuyentes El Código Tributario faculta a las y los contribuyentes para elevar recursos ante los tribunales competentes en contra de los fallos o decisiones relativas a la aplicación de los tributos en general, o por perjuicios que pudiere causar un trámite. Recursos ante el Tribunal Superior Administrativo. Recurso Contencioso Tributario, se eleva contra todo fallo o decisión relativa a la aplicación de los tributos en general. Recurso de Retardación, se interpone por ante el Tribunal Contencioso Tributario, cuando la Administración Tributaria incurra en demoras excesivas en resolver sobre peticiones o en realizar cualquier trámite o diligencia y ellas pudieren causar un perjuicio a los interesados.

11 Derechos de las y los contribuyentes Recurso de Revisión, se interpone por ante el Tribunal Contencioso Tributario, después de haber sido notificada la sentencia dictada por el mismo tribunal, ante la existencia de engaño, documentos falsos, entre otros. Recurso de Amparo, procede ante el Tribunal Contencioso cuando la Administración Tributaria, demora en resolver sobre peticiones o en realizar cualquier trámite o diligencia que pudiere causar daño o perjuicio a las personas interesadas. Recurso ante la Suprema Corte de Justicia: Recurso de Casación, se eleva por ante la Suprema Corte de Justicia, con el fin de que examine el fondo del asunto en controversia, y determine si en la sentencia recurrida la ley ha sido bien o mal aplicada.

12 Carta de Derechos de las y los Contribuyentes En sus relaciones con la Administración Tributaria, la ciudadanía cuenta con un conjunto amplio de derechos reconocidos expresamente en la normativa vigente. Estos derechos son tomados muy en serio por la DGII. Para garantizar que las y los contribuyentes comprendan lo que pueden esperar en su relación con la institución, se ha creado la Carta de Derechos que detalla la manera en que le corresponde a la DGII tratar a la ciudadanía.

13 Por qué pagar impuestos Pagar impuestos es un deber de conciencia y se relaciona a la práctica de valores ciudadanos como: responsabilidad, honestidad y solidaridad, los cuales son básicos para asumir el compromiso de contribuir con el Estado.

14 Educando por una ciudadanía fiscalmente responsable

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