CATÁLOGO DE PROVEEDORES 2013 CANTABRIA

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1 CATÁLOGO DE PROVEEDORES 2013 CANTABRIA 5000 P ROFESIONALES MÁS A S U SERVICIO

2 Catálogo de Servicios Para MUTUALISTAS

3 Información TELÉFONO ÚNICO Y GRATUITO Para la atención en situaciones de Urgencia y coordinación de los recursos se deberá llamar al teléfono: AMBULATORIAS Y AMBULATORIA Y DOMICILIARIA: La asistencia de las urgencias, tanto ambulatorias como a domicilio, en las poblaciones de más de habitantes, serán cubiertas las 24 horas del día a través del teléfono , en las áreas de Santander, Camargo y Torrelavega, disponiendo además el asegurado de los siguientes Centros Asistenciales : SANTANDER: Tel: CENTRO Tetuán, 2 y 4 24 HORAS TORRELAVEGA: Tel: IMQC Pl Tres de Noviembre, 5 De 9:00 a 23:00 horas * De 23:00 a 09:00 horas la asistencia se prestará en Clínica Mompía CAMARGO: Tfs: CLÍNICA MOMPÍA Av de los Condes, s/n (Santa Cruz de Bezana) 24 HORAS CASTRO-URDIALES: Tel: CLÍNICA CASTRO Pl Argenta, 1 Bajo 2 24 HORAS : SANTANDER: CLÍNICA MOMPÍA Av de los Condes, s/n Teléfono: (Santa Cruz de Bezana) AMBULANCIAS 2 AMBULANCIAS Av de los Condes, s/n Tfs: MOMPÍA, SL (Santa Cruz de Bezana) 24 HORAS TELÉFONO DE INFORMACIÓN

4 Información SERVICIO DE AUTORIZACIÓN POR FAX Los asegurados podrán solicitar autorizaciones vía FAX, de las prestaciones no incluidas en el funcionamiento de la tarjeta sanitaria, enviando la petición al número: La solicitud deberá contener: 1 La prescripción del médico 2 Núm de póliza o afiliación 3 Centro o médico realizador que se desea 4 Dirección a la que remitir la autorización y teléfono de contacto para posibles aclaraciones OFICINAS SANTANDER: Juan de Herrera, 18, 2ª Planta Telf: Fax: Correo Electrónico: imqc@igualatoriocantabriacom Horario de atención al público de 9:00 a 13:00 h Tardes (turno de guardia) de 16:00 a 18:00 h de lunes a viernes (Se recomienda acudir por la mañana En el turno de guardia no se podrán solucionar todas las cuestiones planteadas) TORRELAVEGA: Pl Tres de Noviembre, 3 Telf: Fax: Horario: Mañanas de 9:00 a 14:00 PÁGINA WEB wwwsanitases SANATORIOS Y CLÍNICAS CONCERTADAS Clínica Mompía Av de los Condes, s/n Telf: (Santa Cruz de Bezana) Centro Hospitalario Padre Menni (Psiquiatría) SANTANDER Av de Cantabria, 40 (Cueto) Telf:

5 Índice General del Catálogo Teléfono único y gratuito 2 Urgencias ambulatorias y hospitalarias 2 AMBULATORIA Y DOMICILIARIA: 2 : 2 Ambulancias 2 Teléfono de Información 2 Servicio de autorización por FAX 3 Oficinas 3 Página Web de IMQC 3 Sanatorios y Clínicas concertadas 3 Índice General del Catálogo 4 4 Información General 14 Objeto del Concierto y alcance de la acción protectora 14 Normas de utilización de los medios de la Entidad 14 Identificación / Tarjeta sanitaria 14 Libertad de elección de facultativo y centro 15 Medios de la Entidad 15 Garantía de accesibilidad a los medios 15 Utilización de medios no concertados 15 Servicios que precisan autorización previa de la Entidad 15 Hospitalizaciones 15 Técnicas diagnósticas, tratamientos y técnicas quirúrgicas 15 Psicoterapia 16 Asistencia a médicos consultores 16 Podología 16 Todos los servicios correspondientes al nivel IV 16 Todos los Servicios de Referencia 16 Asistencia urgente de carácter vital 17 Asistencia en consulta 18 Instrucciones para la utilización de los Servicios de Atención Primaria del Sistema Público en el Medio Rural, en régimen ambulatorio, domiciliario y de urgencia 18 Asistencia domiciliaria 19 Asistencia en régimen de hospitalización 19 Transporte para la asistencia sanitaria 20

6 Índice General del Catálogo Transporte ordinario 20 Transporte extraordinario 21 Información sobre otras prestaciones sanitarias 21 Terapias respiratorias 21 Prestación ortoprotésica 21 Salud bucodental 22 Rehabilitación 22 Podología 23 Diagnóstico y tratamiento de la esterilidad 23 Información sobre asistencia sanitaria en caso de accidente cuando existe un tercero obligado al pago (accidentes de tráfico, deportistas federados, etc) 24 ANEXO del Convenio Rural 25 Servicios por encima de las exigencias 28 Colindres 28 Cardiología 28 Hazas de Cesto 28 Estomatología (Odontología) 28 Reinosa 28 Medicina Familiar 28 Estomatología 28 Alergología 29 Análisis Clínicos 29 Cirugía Torácica 29 Obstetricia y Ginecología 29 Oftalmología 29 Voto 29 Estomatología (Odontología) 29 Calendario vacunal vigente 30 Cuadro Médico 34 SANTANDER 34 AMBULATORIA Y DOMICILIARIA: 34 MEDICINA FAMILIAR 34 PEDIATRÍA 38 DIPLOMADOS EN ENFERMERÍA 40 MATRONAS 41 5

7 Índice General del Catálogo 6 REHABILITACIÓN 41 ESTOMATOLOGÍA (ODONTOLOGÍA) 44 PODOLOGÍA 45 ALERGOLOGÍA 45 ANÁLISIS CLÍNICOS 46 ANESTESIA Y REANIMACIÓN 47 ANGIOLOGÍA, CIRUGÍA CARDIOVASCULAR Y VASCULAR 48 APARATO DIGESTIVO 48 CARDIOLOGÍA 48 CIRUGÍA GENERAL Y DEL APARATO DIGESTIVO 48 CIRUGÍA MÁXILO-FACIAL 49 CIRUGÍA PEDIÁTRICA 49 CIRUGÍA PLÁSTICA Y REPARADORA 49 CIRUGÍA TORÁCICA 50 DERMATOLOGÍA Y VENEREOLOGÍA 50 DIÁLISIS Y HEMODIÁLISIS 50 ECOGRAFÍA 51 ECOGRAFÍA PEDIÁTRICA 51 ENDOCRINOLOGÍA Y NUTRICIÓN 51 FONIATRÍA Y LOGOPEDIA 52 GERIATRÍA 52 HEMATOLOGÍA Y HEMOTERAPIA 52 HISTOPATOLOGÍA 52 MEDICINA INTERNA 53 NEUMOLOGÍA 53 NEUROCIRUGÍA 53 NEUROFISIOLOGÍA 54 NEUROLOGÍA 54 OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA 54 OFTALMOLOGÍA 55 ONCOLOGÍA MÉDICA Y RADIOTERÁPICA 56 OTORRINOLARINGOLOGÍA 56 PSIQUIATRÍA 57 RADIODIAGNÓSTICO 58 REUMATOLOGÍA 59 TRATAMIENTO DEL DOLOR 59

8 Índice General del Catálogo TRAUMATOLOGÍA Y ORTOPEDIA 59 TRAUMATOLOGÍA Y ORTOPEDIA INFANTIL 61 UROLOGÍA 61 OXIGENOTERAPIA 61 PREPARACIÓN AL PARTO Y SUELO PÉLVICO 62 PSICOLOGÍA 62 PSICOTERAPIA 62 7

9 Índice General del Catálogo PROVINCIA 66 ASTILLERO 66 ASISTENCIA PRIMARIA 66 MEDICINA FAMILIAR 66 PEDIATRÍA 66 DIPLOMADO EN ENFERMERÍA 66 REHABILITACIÓN 66 ESTOMATOLOGÍA (ODONTOLOGÍA) 67 CABEZÓN DE LA SAL 67 ASISTENCIA PRIMARIA 67 MEDICINA FAMILIAR 67 DIPLOMADO EN ENFERMERÍA 67 ESTOMATOLOGÍA (ODONTOLOGÍA) 67 CAMARGO 68 ASISTENCIA PRIMARIA 68 MEDICINA FAMILIAR 68 PEDIATRÍA 68 DIPLOMADO EN ENFERMERÍA 68 MATRONAS 68 REHABILITACIÓN 69 ESTOMATOLOGÍA (ODONTOLOGÍA) 69 8 CASTRO URDIALES 69 ASISTENCIA PRIMARIA 69 MEDICINA FAMILIAR 69 PEDIATRÍA 69 DIPLOMADO EN ENFERMERÍA 69 TRAUMATOLOGÍA Y ORTOPEDIA 70 MATRONAS 70 REHABILITACIÓN 70 ESTOMATOLOGÍA (ODONTOLOGÍA) 70 ALERGOLOGÍA 70

10 Índice General del Catálogo ANÁLISIS CLÍNICOS 70 OTORRINOLARINGOLOGÍA 70 CORRALES DE BUELNA (LOS) 71 ASISTENCIA PRIMARIA 71 MEDICINA FAMILIAR 71 REHABILITACIÓN 71 ESTOMATOLOGÍA (ODONTOLOGÍA) 71 LAREDO 71 ASISTENCIA PRIMARIA 71 MEDICINA FAMILIAR 71 PEDIATRÍA 72 DIPLOMADO EN ENFERMERÍA 72 REHABILITACIÓN 72 ESTOMATOLOGÍA (ODONTOLOGÍA) 72 ANÁLISIS CLÍNICOS 72 OFTALMOLOGÍA 72 PIÉLAGOS 73 ASISTENCIA PRIMARIA 73 MEDICINA FAMILIAR 73 DIPLOMADO EN ENFERMERÍA 73 MATRONAS 73 REHABILITACIÓN 73 SANTA CRUZ DE BEZANA 74 ASISTENCIA PRIMARIA 74 MEDICINA FAMILIAR 74 CARDIOLOGÍA INFANTIL 74 DIPLOMADO EN ENFERMERÍA 74 PEDIATRÍA 75 REHABILITACIÓN 74 9

11 Índice General del Catálogo SANTOÑA 75 ASISTENCIA PRIMARIA 75 MEDICINA FAMILIAR 75 PEDIATRÍA 75 DIPLOMADO EN ENFERMERÍA 75 REHABILITACIÓN 76 ESTOMATOLOGÍA (ODONTOLOGÍA) 76 ANÁLISIS CLÍNICOS 76 SAN VICENTE DE LA BARQUERA 76 ESTOMATOLOGÍA (ODONTOLOGÍA) 76 SUANCES 76 REHABILITACIÓN TORRELAVEGA 77 AMBULATORIA Y DOMICILIARIA 77 MEDICINA FAMILIAR 77 PEDIATRÍA 78 DIPLOMADO EN ENFERMERÍA 78 MATRONAS 78 REHABILITACIÓN 79 ESTOMATOLOGÍA (ODONTOLOGÍA ) 79 PODOLOGÍA 80 ALERGOLOGÍA 80 ANÁLISIS CLÍNICOS 80 APARATO DIGESTIVO 80 CARDIOLOGÍA 81 CIRUGÍA GENERAL Y DEL APARATO DIGESTIVO 81 CIRUGÍA MAXILOFACIAL 81 CIRUGÍA PLÁSTICA Y REPARADORA 81 CIRUGÍA TORÁCICA 81 DERMATOLOGÍA Y VENEREOLOGÍA 81 ECOGRAFÍA 82 HEMATOLOGÍA Y HEMOTERAPIA 82

12 MEDICINA INTERNA 82 OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA 82 OFTALMOLOGÍA 82 OTORRINOLARINGOLOGÍA 83 PSIQUIATRÍA 83 RADIODIAGNÓSTICO 83 TRAUMATOLOGÍA Y ORTOPEDIA 83 UROLOGÍA 83 PSICOLOGÍA 83 CARTERA DE SERVICIOS 86 SERVICIOS DE REFERENCIA NACIONAL 91 SERVICIOS DE Y AMBULANCIAS 98 ÍNDICE DE PRESTADORES Y SERVICIOS

13 12

14 Información General 13

15 Información General Objeto del Concierto y alcance de la acción protectora El objeto del Concierto es asegurar el acceso a la prestación de asistencia sanitaria en el territorio nacional a los mutualistas y demás beneficiarios de MUFACE, que opten por recibir la asistencia a través de la Entidad Las contingencias cubiertas por este concierto son las derivadas de enfermedad común o profesional, lesiones derivadas de accidente, cualquiera que sea la causa, incluso si se trata de un acto de terrorismo, y por embarazo, parto y puerperio, así como las actuaciones preventivas recogidas en el concierto Normas de utilización de los medios de la Entidad A continuación le indicamos diversas normas sobre la utilización de los medios de la Entidad Si tiene alguna duda sobre estas normas o algún otro aspecto del Concierto que le protege, es importante que Usted consulte con nuestro teléfono de atención permanente o con nuestras oficinas, para garantizar que está Usted bien informado Identificación/Tarjeta Sanitaria Identificación: El mutualista o beneficiario deberá acreditar su derecho a la asistencia sanitaria mediante la presentación de la tarjeta individual que le facilitará la entidad de acuerdo con lo previsto en la cláusula 16 En los casos en que, por razones de urgencia, no sea posible aportar en el acto la documentación anterior, el beneficiario deberá identificarse con su DNI u otro documento que acredite su personalidad y presentar aquella documentación en el plazo máximo de 48 horas En el caso de asistencia por maternidad a las beneficiarias a que se refiere la cláusula 15 del Concierto, no incluidas en el Documento de Afiliación del/la mutualista como tales, la condición de beneficiaria por maternidad se acreditará mediante certificado expedido por el Servicio Provincial de MUFACE Cuando se produzca el robo, extravío, deterioro o se advierta alguna anomalía en el funcionamiento de la tarjeta sanitaria, el asegurado deberá notificarlo a nuestro teléfono de atención permanente o a una de nuestras oficinas, para proceder a su anulación y envío de nueva tarjeta Si es Usted residente en cualquiera de las Comunidades Autónomas de Cantabria o Navarra y necesita usted recibir asistencia sanitaria, deberá utilizar para ello la tarjeta sanitaria que le facilitará el Igualatorio Médico de su provincia Si desea Usted recibir asistencia fuera de su provincia, deberá Usted utilizar para ello la tarjeta de Sanitas 14 Si es Usted residente en cualquier Comunidad Autónoma que no sea Cantabria o Navarra y necesita Usted asistencia sanitaria en cualquiera de las Comunidades Autónomas de Cantabria o Navarra, deberá Usted utilizar los talones de asistencia sanitaria que emiten los Igualatorios Médicos de estas provincias y que se recogen en las oficinas correspondientes, indicadas en la separata de este Catálogo

16 Información General Libertad de elección de facultativo y centro Los beneficiarios podrán elegir libremente facultativo y centro de entre los que figuran en el Catálogo de Proveedores de la Entidad en todo el territorio nacional Sanitas podrá, en aquellos casos en los que así lo permita el Concierto, designar los facultativos y centros que prestarán determinados servicios Medios de la Entidad A los efectos previstos en el vigente Concierto se considera que los medios de la Entidad son los servicios, propios o concertados, asignados para la asistencia sanitaria de los mutualistas y beneficiarios de la misma Garantía de accesibilidad a los medios La Entidad debe garantizar el acceso a los medios que en cada nivel asistencial exige la Cartera de Servicios del presente Concierto, salvo que dichos medios no existan medios ni privados ni públicos, en cuyo caso lo facilitará en la localidad más próxima donde estén disponibles Utilización de medios no concertados Cuando un mutualista o beneficiario, por decisión propia o de sus familiares, utilice medios no concertados con la Entidad, deberá abonar, sin derecho a reintegro, los gastos que puedan ocasionarse, excepto en los casos de denegación injustificada de asistencia y en los de asistencia urgente de carácter vital Servicios que precisan autorización previa de la Entidad La prestación de los servicios que se indican a continuación precisa autorización previa de la Entidad: 11 Hospitalizaciones: A Hospitalización B Hospitalización de día C Hospitalización domiciliaria D Cuidados paliativos 12 Técnicas diagnósticas, tratamientos y técnicas quirúrgicas: A Cirugía ambulatoria B Odontoestomatología: Tartrectomía -limpieza de boca- y Periodoncia Prótesis dentarias e implantes osteointegrados excepto cuando los mismos deriven de enfermedad profesional o accidente en acto de servicio 15

17 Información General C Rehabilitación, Fisioterapia (incluida Logofoniatría y Logopedia) D Terapias Respiratorias: Oxigenoterapia, ventiloterapia y aerosolterapia a domicilio E Tratamiento de diálisis peritoneal y hemodiálisis F Oncología: Inmunoterapia y Quimioterapia, Cobaltoterapia, Radiumterapia e Isótopos Radiactivos, Braquiterapia y Acelerador Lineal G Diagnóstico por imagen: Tomografía Axial Computerizada, Resonancia Magnética, Ortopantomografía, Mamografía, Radiología Intervencionista, PET-TC (según el protocolo de prescripción aprobado por MUFACE en 2011), Gammagrafía, Doppler y Densitometría ósea H Estudios neurofisiológicos: EEG, EMG, ENG I Estudio y tratamiento endoscópico J Cardiología: Estudios y tratamientos hemodinámicos K Obstetricia: Amniocentesis L Oftalmología: Retinografía y tratamiento láser Tomografía Optica de Coherencia, Tomografía Optica con Láser Confocal (HTR Heidelbeg Retina Tomograph) Polarimetría Láser GDX Tratamiento de la degeneración macular asociada a la edad (DMAE) por Terapia Fotodinámica o Inyección Intravitrea de antiangiogénicos MTratamiento en Unidad del Dolor N Estudio y tratamiento en Unidad del Sueño O Litotricia renal extracorpórea 13 Psicoterapia 14 Asistencia a médicos consultores 15 Podología 16 Todos los servicios correspondientes al nivel IV 17 Todos los Servicios de Referencia 16 Los asegurados que precisen la autorización podrán obtenerla a través de los servicios que la Entidad pone a su disposición La solicitud de autorización de servicios se efectuará remitiendo la prescripción del médico en la que deberán constar necesariamente los siguientes datos: o Datos personales del solicitante: nombre y apellidos, número de tarjeta sanitaria, teléfono de contacto, dirección de correo electrónico o fax

18 Información General o Datos del servicio para el que se solicita autorización previa: (i) provincia en la que se realizará el servicio; (ii) identificación del servicio solicitado; (iii) fecha de prescripción; (iv) identificación del facultativo que realiza la prescripción, con firma y sello del mismo; (v) fecha prevista para la realización de la prestación; y (vi) centro sanitario concertado en el que tiene prevista la realización de la prestación, en su caso En el caso de accidente de servicio o enfermedad profesional para las prótesis dentarias será necesaria, además de la prescripción de facultativo especialista concertado, el presupuesto para su autorización por la Entidad Sanitas, una vez recibida la solicitud, podrá confirmar el profesional o centro sanitario elegido por el solicitante, o bien, si así lo estima conveniente, asignar otro diferente, siempre que constituya una alternativa asistencial válida para la realización de la prestación solicitada Asistencia urgente de carácter vital Se considera situación de urgencia de carácter vital aquélla en que se haya producido una patología cuya naturaleza y síntomas hagan previsible un riesgo vital inminente o muy próximo, o un daño irreparable para la integridad física de la persona de no obtenerse una actuación terapéutica de inmediato Para que el mutualista o beneficiario tenga derecho a la cobertura de los gastos producidos por utilización de medios ajenos en situación de urgencia vital, el centro ajeno al que se dirija o sea trasladado el paciente deberá ser razonablemente elegido, teniendo en cuenta las circunstancias de lugar y tiempo en que la patología se haya producido, así como la capacidad de decisión del enfermo y, en su caso, de las personas que prestaron los primeros auxilios En el caso de que un beneficiario reciba asistencia sanitaria de urgencia en un medio no concertado por Sanitas comunicará a ésta la asistencia recibida, por cualquier medio que permita dejar constancia de la comunicación, aportando el correspondiente informe médico de urgencias, dentro de las 48 horas siguientes al inicio de la asistencia El mutualista o beneficiario, u otra persona en su nombre, comunicará a la entidad la asistencia recibida con medios ajenos por cualquier medio que permita dejar constancia de la comunicación, aportando el correspondiente informe médico de urgencias, dentro de las 48 horas siguientes al inicio de la asistencia, salvo que concurran circunstancias excepcionales, debidamente justificadas, que hayan impedido comunicar la asistencia recibida con medios ajenos Cuando la entidad reciba la comunicación prevista en el párrafo anterior deberá contestar, dentro de las 48 horas siguientes a la recepción de la comunicación y por cualquier medio que permita dejar constancia de la misma, si reconoce la existencia de la situación de urgencia vital y, por tanto, acepta el pago de los gastos producidos o si, por el contrario, no se considera obligada al pago por entender que no ha existido una situación de urgencia de carácter vital 17 En el supuesto de que la entidad reconozca la existencia de la situación de urgencia vital deberá comunicar al proveedor que se hace cargo directamente de los gastos ocasionados, a fin de que por parte de éste se emita la correspondiente factura a la

19 Información General entidad Si el mutualista o beneficiario hubiera abonado los gastos, la entidad deberá efectuar el reintegro dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que solicite el reintegro presentando los justificantes de los gastos En el supuesto de que la entidad no se considere obligada al pago por entender que no ha existido la situación de urgencia vital, emitirá informe argumentando y fundamentando tal circunstancia y dará traslado del mismo al mutualista o beneficiario y al Servicio Provincial de MUFACE Cuando el mutualista o beneficiario no haya efectuado la comunicación en tiempo y forma, la entidad le reintegrará el importe de la asistencia dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que presente los justificantes Asistencia en consulta El mutualista o beneficiario se dirigirá directamente al médico elegido de Atención Primaria y/o Especializada para recibir la asistencia que precise presentando la correspondiente tarjeta sanitaria Además, para las consultas de las especialidades que deben estar disponibles desde Nivel IV (descritas en la Tabla 1 del punto 39 del anexo 3) y para las de los médicos consultores se necesitará la prescripción de otro facultativo especialista y la autorización de la entidad Instrucciones para la utilización de los Servicios de Atención Primaria del Sistema Público en el Medio Rural, en régimen ambulatorio, domiciliario y de urgencia En las poblaciones expresamente previstas en los Convenios de Colaboración entre los órganos de la Administración General del Estado y los de las administraciones de las Comunidades Autónomas, MUFACE podrá convenir con los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas la prestación, ya que, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sanitaria general, los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas deben prestar asistencia sanitaria urgente (o que no pueda llevarse a cabo por otros medios) a cualquier persona sin derecho a la asistencia de los Servicios de Salud, asumiendo, en su caso, el tercero obligado al pago del coste de la asistencia prestada Los servicios a los mutualistas y beneficiarios que la Entidad tenga adscritos que figurarán en dichos Convenios son: A En municipios de hasta habitantes, en régimen ambulatorio o, cuando proceda, domiciliario, puede usted hacer uso de los servicios de atención primaria (medicina general, pediatría, ATS o practicante y matrona) y urgencias extrahospitalarias, que los servicios de salud de su comunidad autónoma tenga dispuestos en los municipios y zonas básicas de salud correspondientes 18 B Para recibir la prestación de los servicios sanitarios de urgencia extrahospitalaria, puede usted utilizar también los servicios de urgencia de atención primaria con los que su comunidad autónoma cuente en todas los municipios de su provincia de hasta habitantes y en los que Sanitas no disponga de medios concertados suficientes C Solo el facultativo del centro de atención primaria que atiende la urgencia está autorizado para prescribir un ingreso o atención urgente en un centro

20 Información General hospitalario concertado, y en caso de urgencia vital en un centro que sea razonablemente elegido, teniendo en cuenta las circunstancias de lugar y tiempo en que la patología se haya producido, así como la capacidad de decisión del enfermo y, en su caso, de las personas que prestaron los primeros auxilios Esa prescripción es imprescindible para que los gastos derivados de dicho ingreso sean cubiertos por la Entidad D Cuando sea necesario, los facultativos que presten estos servicios en la sanidad pública podrán prescribir medicamentos y demás productos farmacéuticos en las recetas oficiales de MUFACE, así como formalizar los partes de incapacidad laboral transitoria e invalidez provisional en los modelos oficiales de esta mutualidad E Para acudir a estos servicios los asegurados deberán acreditar su condición mediante la exhibición de la tarjeta de Sanitas y el Documento Nacional de Identidad Asistencia domiciliaria La asistencia sanitaria se prestará por los profesionales de Atención Primaria en el domicilio del paciente, siempre que la situación clínica así lo requiera, en los siguientes casos: A Cuando se trate de pacientes que por razón de su enfermedad no puedan desplazarse B Cuando se trate de pacientes inmovilizados crónicos que precisen ayuda de otra persona para las actividades básicas de la vida diaria C Cuando se trate de enfermos terminales La asistencia domiciliaria a estos pacientes incluye las extracciones y/o recogidas de muestras a domicilio que sean precisas, así como todos aquellos procedimientos propios de la Atención Primaria, entre ellos tratamientos parenterales, curas y sondajes Asistencia en régimen de hospitalización Comprende la asistencia médico-quirúrgica incluida la realización de los tratamientos y procedimientos diagnósticos que precisen los pacientes que requieren cuidados continuados en régimen de hospitalización, así como los servicios hoteleros básicos inherentes a la misma Los mutualistas y beneficiarios que precisen ingreso o asistencia programada en un hospital deberán solicitar autorización previa de la entidad, conforme a lo dispuesto en el anexo 5, aportando la preceptiva prescripción del médico de la entidad con indicación del centro hospitalario En los ingresos efectuados a través de los servicios de urgencia esta tramitación deberá efectuarse en el plazo más breve posible 19 En el caso que el mutualista o el beneficiario se encuentre ingresado por una situación de urgencia en un centro hospitalario ajeno a la entidad puede solicitar la continuidad de la asistencia en un centro hospitalario de la misma sin que sea necesaria la

21 Información General prescripción de un médico de la entidad, aportando con su solicitud el informe médico del proceso por el que está siendo atendido La hospitalización persistirá mientras que, a juicio del facultativo responsable de la asistencia al enfermo, subsista la necesidad, sin que puedan ser motivo para prolongar la estancia razones de tipo social La hospitalización se efectuará en habitación individual con baño o ducha y cama de acompañante MUFACE podrá autorizar que la Entidad disponga en su Catálogo de Proveedores de centros hospitalarios que no cumplan el requisito del párrafo anterior En los supuestos de hospitalización psiquiátrica no se exige cama de acompañante La Entidad cubre todos los gastos médico-quirúrgicos producidos durante la hospitalización del paciente desde su ingreso hasta el alta hospitalaria, incluyendo el tratamiento farmacológico y la alimentación del paciente según dieta prescrita Transporte para la asistencia sanitaria Transporte ordinario Se considera medio de transporte ordinario, a los fines asistenciales previstos en el Concierto, el que se realiza en automóvil, autobús, ferrocarril, o si procediese por tratarse de provincias insulares o ciudades de Ceuta o Melilla, en barco o avión Se facilitará el transporte ordinario en los siguientes supuestos: A Cuando no existan los medios exigidos, de forma que el mutualista o beneficiario venga obligado a desplazarse desde la localidad en que resida, con carácter temporal o permanente, a la localidad más próxima donde aquellos estén disponibles B A servicios de Nivel IV y Servicios de Referencia, siempre que sea fuera de la Comunidad Autónoma de residencia C En los supuestos de traslados necesarios a otra localidad distinta de la de residencia para recibir asistencia sanitaria derivada de accidente en acto de servicio y enfermedad profesional Tendrán derecho a los gastos de transporte de acompañante los desplazamientos efectuados, conforme a los párrafos anteriores, por pacientes: A Menores de quince años y en caso de las ciudades de Ceuta y Melilla, menores de 18 B Aquellos que acrediten un grado de discapacidad superior al 65% 20 C Residentes en Ceuta y Melilla y provincias insulares cuando así lo prescriba su médico responsable, aportando prescripción escrita del facultativo Los traslados se valorarán siempre por su coste, en clase normal o turista, en líneas regulares de transporte en autobús, ferrocarril, barco o avión

22 Información General Transporte extraordinario El transporte extraordinario consiste en el desplazamiento de enfermos por causas exclusivamente clínicas, cuya situación les impida desplazarse en los medios ordinarios de transporte Se considera medio de transporte extraordinario, a los fines asistenciales previstos en el Concierto, el que se realiza en ambulancia, ambulancia medicalizada, UVI móvil, avión y helicóptero medicalizados Todos ellos, necesariamente, deberán ser accesibles a las personas con discapacidad También se considera medio de transporte extraordinario el taxi El transporte extraordinario se utilizará en caso de que la patología del paciente le impida desplazarse en medios ordinarios, acreditado este extremo mediante la prescripción escrita del facultativo en la que conste la necesidad del traslado en dichos medios, en los siguientes supuestos: Por razones de urgencia, desde el lugar en que ésta se produzca hasta el centro donde se le preste la asistencia Para acudir a consultas y curas, ambulatorias u hospitalarias, y para recibir tratamientos periódicos o cualquier otro tipo de asistencia amparada por este Concierto El Mutualista o beneficiario de MUFACE tendrá derecho a este tipo de transporte extraordinario a cargo de la Entidad en los siguientes supuestos: A Cuando los traslados se realicen al centro o servicio ubicado dentro del municipio de residencia habitual o temporal o, si en éste no existieran los medios precisos, hasta el municipio más próximo en el que Sanitas disponga de los correspondientes servicios o hasta el centro al que ésta hubiera remitido al paciente B Cuando un paciente desplazado transitoriamente en un municipio distinto al de residencia hubiera recibido asistencia urgente que requiera continuidad asistencial, Sanitas se hará cargo del transporte sanitario que precise, según indicación médica, para su traslado a su municipio de residencia, bien a su domicilio o a otro centro sanitario Información sobre otras prestaciones sanitarias Terapias respiratorias Comprende la cobertura de cualquiera de las técnicas de terapia respiratoria a domicilio atendidas en el Sistema Nacional de Salud, cuando las circunstancias del paciente así lo requieran, incluyendo el uso de las mochilas de oxígeno líquido, la pulsioximetría y la aerosolterapia Prestación ortoprotésica Están incluidos en la cobertura del Concierto los implantes quirúrgicos, terapéuticos o diagnósticos, entendiéndose por tales aquellos productos sanitarios diseñados para ser implantados total o parcialmente en el cuerpo humano mediante un determinado acto médico o intervención quirúrgica, que estén comprendidos en la oferta de productos 21

23 Información General ortoprotésicos de los centros y servicios del SNS Asimismo se incluyen la renovación de cualquiera de sus accesorios, incluidos los externos y los materiales utilizados para realizar técnicas de osteosíntesis Quedan excluidos los implantes osteointegrados para prótesis dentarias, excepto cuando los mismos deriven de accidente de servicio o enfermedad profesional La prescripción y adaptación de prótesis externas y demás ortoprótesis que sean objeto de prestaciones a cargo de MUFACE se realizará bajo la indicación y supervisión del correspondiente especialista Salud bucodental Comprende el tratamiento de las afecciones estomatológicas en general, incluyendo la periodoncia, toda clase de extracciones y la limpieza de boca una vez por año, o más si fuera necesario, previo informe justificativo del facultativo especialista También incluye el programa de salud bucodental dirigido a los niños menores de 15 años, consistente en revisiones periódicas, aplicación de flúor tópico, selladores oclusales y obturaciones o empastes Además, a este programa se incorporarán las actuaciones que se incluyan en el Plan de Salud Bucodental Infantil para el conjunto del SNS, con el mismo contenido, alcance y ritmo de implantación A las beneficiarias embarazadas se les realizará un seguimiento preventivo de la cavidad oral con aplicación de flúor tópico de acuerdo con las necesidades individuales Quedan excluidos, con las salvedades previstas en la cláusula anterior, los empastes, la endodoncia, las prótesis dentarias, los implantes osteointegrados y la ortodoncia, tanto en lo referente a su coste como a su colocación No obstante, cuando mediara enfermedad profesional o accidente en acto de servicio serán a cargo de la Entidad todos los tratamientos y actuaciones, incluidas las prótesis dentarias y los implantes osteointegrados, así como su colocación Para la periodoncia y la limpieza de boca, así como, en caso de accidente de servicio o enfermedad profesional para las prótesis dentarias, será necesaria prescripción de facultativo especialista de la Entidad, junto con presupuesto, si se trata de prótesis, para su autorización por la Entidad También serán a cargo de la Entidad los gastos de hospitalización, de quirófano y anestesista necesarios para la realización de los tratamientos y prestaciones odontológicas excluidos de la cobertura del Concierto a pacientes discapacitados psíquicos, siempre que los tratamientos se efectúen con medios de la Entidad 22 Rehabilitación Comprende los procedimientos de diagnóstico, evaluación, prevención y tratamiento de pacientes con déficit funcional recuperable, realizados a través de médico rehabilitador, fisioterapeuta, terapeuta ocupacional y logopeda Incluye la rehabilitación de las afecciones del sistema musculoesquelético, del sistema

24 Información General nervioso, del sistema cardiovascular y del sistema respiratorio, a través de fisioterapia, terapia ocupacional, logopedia y adaptación de métodos técnicos (ortoprótesis) Podología Incluye la atención podológica para pacientes diabéticos insulinodependientes así como para pacientes diagnosticados de pie neuropático de etilogía distinta a la diabetes La atención por el podólogo requiere prescripción médica y autorización previa de la entidad El número de sesiones máximo por paciente será de seis al año Diagnóstico y tratamiento de la esterilidad La Entidad viene obligada a asumir los gastos necesarios para obtener el diagnóstico de la esterilidad, el cual se extenderá cuando proceda a la pareja Las técnicas de reproducción asistida serán a cargo de la Entidad cuando la mujer sobre la que se vaya a realizar la técnica sea mutualista o beneficiaria de MUFACE La Entidad se compromete a difundir entre sus profesionales ginecólogos y responsables de unidades de reproducción asistida la Guía de Recomendaciones en Reproducción Humana Asistida elaborada por MUFACE, a fin de promover y garantizar el desarrollo de una buena práctica clínica y un uso adecuado y racional de dicha prestación Estarán comprendidas todas las técnicas de fertilización implantadas en el territorio nacional con arreglo a la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida que además cumplan con los criterios de cobertura de la prestación establecidos en la citada Guía de Recomendaciones en Reproducción Humana Asistida elaborada por MUFACE vigente o en sus posteriores modificaciones Será por cuenta de la Entidad la criopreservación del semen, ovocitos, tejido ovárico y preembriones congelados sobrantes, procedentes de un ciclo de fertilización in vitro, en las condiciones y durante el período de tiempo establecidos en la Ley 14/2006, de 26 de mayo y en la Guía de Recomendaciones en Reproducción Humana Asistida de MUFACE En los casos de congelación de ovocitos y tejido ovárico con fines reproductivos en mutualistas o beneficiarias, deberá cumplirse con la normativa vigente reguladora de los requisitos para la realización de experiencias controladas con fines reproductivos de fecundación de ovocitos o tejido ovárico previamente congelados, relacionadas con las técnicas de reproducción humana asistida Los criterios de cobertura en reproducción humana asistida se ajustarán a la Guía de Recomendaciones en Reproducción Humana Asistida, que recoge los principios de actuación consensuados por un grupo de expertos en esta materia para garantizar un uso racional de las técnicas de reproducción humana asistida y reducir los riesgos potenciales asociados a su aplicación, estableciendo unos criterios para determinar las situaciones en las que se ha de atenderla cobertura de estas técnicas, todo ello con sujeción a lo dispuesto en la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida y normas concordantes 23

25 Información General Información sobre asistencia sanitaria en caso de accidente cuando existe un tercero obligado al pago (accidentes de tráfico, deportistas federados, etc) En el supuesto de asistencia sanitaria por lesiones producidas o enfermedad derivada o agravada por accidentes cubiertos por cualquier modalidad de seguro obligatorio o cuando el coste de la asistencia sanitaria prestada deba ser satisfecho legal o reglamentariamente por organismos públicos distintos de la MUFACE o por Entidades privadas, Sanitas, sin perjuicio de cubrir en todo caso la asistencia, podrá subrogarse en los derechos y acciones de los mutualistas y beneficiarios relativos al importe de los gastos derivados de dicha asistencia sanitaria, realizando a su cargo las gestiones necesarias para reintegrarse del coste de la misma Los mutualistas y beneficiarios, por su parte, estarán obligados a facilitar a Sanitas los datos necesarios para ello 24

26 Información General ANEXO del Convenio Rural RELACIÓN DE MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE CANTABRIA DONDE EL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD PRESTA LOS SERVICIOS SANITARIOS DE ATENCIÓN PRIMARIA MUNICIPIO ZONA BÁSICA DE SALUD ALFOZ DE LLOREDO ALTAMIRA AMPUERO BAJO ASÓN ANIEVAS BESAYA ARENAS DE IGUÑA BESAYA ARGOÑOS GAMA ARNUERO MERUELO ARREDONDO ALTO ASÓN BÁRCENA DE CICERO (GAMA) GAMA BÁRCENA DE PIÉ DE CONCHA BESAYA BAREYO MERUELO CABEZÓN DE LIÉBANA LIÉBANA CABUÉRNIGA (VALLE DE) SAJA CABUÉRNIGA CAMALEÑO LIÉBANA CAMPOO DE YUSO (LA COSTANA) CAMPOO CARTES TORRELAVEGA-CARTES CASTAÑEDA PISUEÑA CAYON CASTRO-CILLÓRIGO (TAMA) LIÉBANA CIEZA BESAYA COLINDRES COLINDRES COMILLAS SAN VICENTE CORVERA DE TORANZO ALTO PAS ENMEDIO (MATAMOROSA) CAMPOO ENTRAMBASAGUAS CUDEYO ESCALANTE GAMA GURIEZO (EL PUENTE) AGÜERA HAZAS DE CESTO GAMA HERMANDAD CAMPOO DE SUSO CAMPOO HERRERÍAS NANSA LAMASÓN NANSA LIENDO (HAZAS) LAREDO LIÉRGANES MIERA

27 Información General 26 MUNICIPIO ZONA BÁSICA DE SALUD LIMPIAS BAJO ASÓN LUENA ALTO PAS MARINA DE CUDEYO CUDEYO MAZCUERRAS SAJA CABUÉRNIGA MEDIO CUDEYO CUDEYO MERUELO MERUELO MIENGO POLANCO MIERA MIERA MOLLEDO BESAYA NOJA MERUELO PENAGOS PISUEÑA CAYÓN PEÑARRUBIA LIÉBANA PESAGUERO LIÉBANA PESQUERA CAMPOO POLACIONES NANSA POLANCO (LA IGLESIA) POLANCO POTES LIEBANA PUENTE VIESGO BAJO PAS RAMALES DE LA VICTORIA ALTO ASÓN RASINES ALTO ASON REINOSA CAMPOO LOS VALLES REOCIN (PUENTE S MIGUEL) ALTAMIRA RIBAMONTÁN AL MAR CUDEYO RIBAMONTÁN AL MONTE (HOZ DE ANERO) CUDEYO RIONANSA (PUENTENANSA) NANSA RIOTUERTO MIERA ROZAS DE VALDEARROYO (LAS) CAMPOO RUENTE SAJA CABUÉRNIGA RUESGA ALTO ASON RUILOBA (BARRIO LA IGLESIA) SAN VICENTE SAN FELICES DE BUELNA (RIVERO) BESAYA SAN MIGUEL DE AGUAYO CAMPOO SAN PEDRO DEL ROMERAL ALTO PAS SAN ROQUE DE RIOMIERA MIERA SAN VICENTE DE LA BARQUERA SAN VICENTE SANTA MARÍA DE CAYÓN PISUEÑA CAYÓN

28 Información General MUNICIPIO ZONA BÁSICA DE SALUD SANTILLANA DEL MAR ALTAMIRA SANTIURDE DE REINOSA CAMPOO SANTIURDE DE TORANZO ALTO PAS SARO PISUEÑA-SELAYA SELAYA PISUEÑA-SELAYA SOBA (VEGUILLA) ALTO ASÓN SOLÓRZANO GAMA SUANCES SUANCES TOJOS ( LOS) SAJA CABUÉRNIGA TRESVISO LIÉBANA TUDANCA NANSA UDÍAS SAJA CABUÉRNIGA VAL DE SAN VICENTE (PESUÉS) SAN VICENTE VALDÁLIGA SAJA CABUÉRNIGA VALDEOLEA LOS VALLES VALDEPRADO DEL RIO (ARROYAL) LOS VALLES VALDERREDIBLE (POLIENTES) LOS VALLES VEGA DE LIÉBANA LIÉBANA VEGA DE PAS ALTO PAS VILLACARRIEDO PISUEÑA-SELAYA VILLAESCUSA ASTILLERO VILLAFUFRE PISUEÑA-SELAYA VILLAVERDE DE TRUCÍOS LAREDO VOTO COLINDRES

29 Información General Servicios por encima de las Exigencias Colindres Cardiología Dr Arrastio López, Xabier Plaza San Ginés, 1 Esc 2 3º A Tefs: Solicitar hora Hazas de Cesto Estomatología (Odontología) Dra Trueba Martínez, Mª Carmen El Mesón, 19 (Beranga) Tefs: Lunes, miércoles, jueves y viernes, de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 20:00 h Reinosa Medicina Familiar Dr Corada Martín, Luis Ángel Mayor, 6 - Centro Médico Rio Ebro Tefs: De lunes a viernes, de 16:00 a 19:00 h Dr Torres Pérez, Pablo Pl Constitución, 4 1º Tefs: De lunes a viernes, de 17:00 a 18:30 h 28 Estomatología Dr Ortiz González, Miguel A Casimiro Sainz, 1 Tefs: De lunes a viernes, de 09:00 a 13:30 h

30 Información General Alergología Dr Añó García, Miguel Mayor, 6 - Centro Médico Rio Ebro Tefs: Solicitar hora Análisis Clínicos Dra Nicolás Herreros, Verónica Plaza Argenta, 1 Bajo 2 Tefs: De lunes a viernes, de 09:00 a 10:00 h Cirugía Torácica Dr Carbajo Carbajo, Miguel Mayor, 6 - Centro Médico Rio Ebro Tefs: Solicitar hora Obstetricia y Ginecología Dr Barrio Hierro, Rafael del Mayor, 6 - Centro Médico Rio Ebro Tefs: Lunes, mañanas Oftalmología Dr Valentín-Gamazo Alcalá, Luis de Mayor, 6 - Centro Médico Rio Ebro Tefs: Lunes, mañana y tarde Solicitar hora Voto Estomatología (Odontología) Dra Trueba Martínez, Mª Carmen Ctra Secadura, s/n (Bádames) Tefs: Martes, de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 20:00 h 29

31 Información General CALENDARIO VACUNAL VIGENTE Toda la población incluida en las edades especificadas en el calendario tendrá derecho a ser vacunada de forma voluntaria y gratuita La aplicación de las vacunas se llevará a cabo en los diferentes centros sanitarios públicos, siendo el personal sanitario de los mismos el encargado de su administración, independientemente del tipo de aseguramiento que tenga el ciudadano/a La planificación, organización, control y evaluación de las vacunaciones se llevará a cabo por la Dirección General de Salud Pública AL NACER Hepatitis B 2 MESES Hexavalente Meningococo C 4 MESES Pentavalente Meningococo C 6 MESES Hexavalente 12 MESES Triple vírica Meningococo C 18 MESES Pentavalente 6 AÑOS Difteria/Tétanos/Tosferina Triple vírica 11 AÑOS Varicela 14 AÑOS Tétanos/Difteria Papiloma Humano (niñas) ADULTOS (60 AÑOS) Neumococo (una vez) Gripe (cada año) 30 IMPORTANTE: Los hijos de portadora de HB seguirán con la pauta anterior de HB a meses, además de gammaglobulina HEXAVALENTE: Difteria, Tétanos, Tosferina Acelular, Antipolio Inactivada (IPV), Hib y HB PENTAVALENTE: Difteria, Tétanos, Tosferina Acelular, Antipolio Inactivada (IPV) y Hib TRIPLE VÍRICA (TV): En lactantes con especial riesgo (guarderías, etc) 1ª dosis a partir de los 6 meses, 2ª dosis a los 12 meses y una tercera a los 6 años Los mayores de 6 años que no hayan recibido 2 dosis, deben recibir una en cualquier momento, dejando un intervalo mínimo de un mes entre la 1ª y la 2ª VARICELA: Sólo se vacunarán los que no tengan antecedentes de haber padecido la enfermedad VPH (Virus del papiloma humano): A todas las niñas de 14 años, con pauta ó meses según el preparado comercial

32 31

33 32

34 Cuadro Médico 33

35 Cuadro Médico SANTANDER AMBULATORIA Y DOMICILIARIA IGUALATORIO Tetuán, 2 y HORAS MEDICINA FAMILIAR 34 Dr Alonso-Villalobos Merino, Fernando Av Infantes, 95 1º A (Sardinero) De lunes a viernes, de 18:30 a 20:00 h Dr Amigo Rodríguez, Felipe Castelar, 1 6º Dcha De 12:30 a 14:30 h Solicitar hora Dr Arias Muñoz, Alfonso Jesús de Monasterio, 15 2º A De lunes a viernes, De 12:00 a 13:30 h Dr Baraibar Laboa, José Manuel Calderón de la Barca, 8 8º D De lunes a viernes, de 16:00 a 19:00 h Solicitar hora Dr Barquín Zapatero, Fermín Lealtad, 8 Pral dcha De lunes a viernes, de 18:00 a 19:00 h Dr Calatayud Fernández de Cárcaba, Jesús P Pl Cañadío, 1 1º izq De lunes a viernes, de 17:00 a 20:00 h Dr Castro Virumbrales, Jesús Castilla, 19 Zona B 6º H De lunes a viernes, de 16:00 a 17:00 h Dra Congil Díez, Mª Dolores Isabel II, 22 2º izq Mañanas: de lunes a viernes, de 09:00 a 13:00 h Tardes: de lunes a jueves, de 17:00 a 19:00 h

36 Cuadro Médico Dr Cortiguera Abascal, Gilberto Bailén, 4 2º A Horario de mañana y tarde, incluido sábados y festivos, y visitas a domicilio Solicitar hora Dra Gándara Molleda, Elena Calvo Sotelo, 14 2º dcha De lunes a viernes, de 09:30 a 13:00 y de 16:30 a 19:00 h Dra Gonzalo Landwerlin, Cristina Santa Lucía, 53 B Solicitar hora C/C Dra Gullón Rodríguez, Nieves Jerónimo Sainz de la Maza, 4 4º C De lunes a viernes (Cuatro Caminos) de 17:00 a 18:30 h Dr Gutiérrez de la Concha, Alejo Pasaje de Peña, 2 2º B Edif Simeón De lunes a viernes, de 10:30 a 13:00 h Dr Gutiérrez Pérez, Basilio Joaquín Bustamante, 5 2º B De lunes a jueves, de 16:30 a 20:00 h Viernes, de 09:30 a 13:00 h Solicitar hora Dr Hera Martínez, Manuel J de la Isabel II, 18 5º dcha De lunes a viernes, de 17:00 a 19:00 h Dr Hernández de Sande, Francisco Javier Calvo Sotelo, 6 5º C De lunes a jueves, de 16:00 a 18:00 h Viernes, de 10:00 a 12:00 h Dr Hernández Nalda, Francisco J Juan de Herrera, 24 1º dcha De lunes a jueves, de 09:00 a 13:00 h y de 16:30 a 20:00 h Viernes, de 09:00 a 11:00 h 35

37 Cuadro Médico 36 Dra Lastra Azpilicueta, Carmen Hernán Cortes, 5 Entlo De lunes a viernes, de 09:30 a 11:30 h Martes y jueves, de 16:00 a 18:00 h Dra Martín Sañudo, Ana Mª Av General Dávila, Tardes: Solicitar hora Dr Martín-Riva Porrúa, Luis Ruamayor, 8 2º De lunes a viernes, de 11:00 a 13:00 h Dra Martínez de Anillo, Mª José Palencia, 2 3º izq Martes y jueves, Urgencias de 16:00 a 20:00 h Dra Martínez Ferreira, Carmen San Fernando, 58 3º C Lunes, miércoles y viernes, de 10:00 a 12:00 h Martes y jueves, de 17:00 a 19:00h Dra Mier Ruiz, Mª Victoria Perines, 18 F Bajo Mañanas: solicitar hora Tardes: de 17:00 a 19:00 h Dr Muñoz Chapero, Guillermo Isabel II, 10 5º D De lunes a viernes, de 10:00 a 11:30 h Dr Ortiz Ruigómez, Pablo Cádiz, 14 2º dcha Mañanas: Solicitar hora Tardes: de 17:00 a 19:00 h Dr Pellón Willie, Juan E Camilo Alonso Vega, 9 3º De lunes a viernes, de 10:00 a 12:00 h Tardes: Solicitar hora Dr Peraita Fernández, César Hernán Cortes, 59-61, bajo De 10:00 h a 15:00 h

38 Cuadro Médico Dr Pico López, Ceferino Trav Valderrama, 2 5º D (Santander) De lunes a viernes, solicitar hora, de 12:00 a 13:45 h San Martín del Pino, 16-4, 2º D Urb Los Robles (Peñacastillo) Lunes, miércoles y jueves, de 15:00 a 19:00 h Dr Pombo Alles, Guillermo Rodríguez, 5 4º izq Lunes, martes, jueves y viernes, de 16:30 a 18:30 h Miércoles, de 09:30 a 12:00 h Dr Pombo Cartamil, Eduardo Carmen, De lunes a viernes, de 12:00 a 14:00 h Dr Río Madrazo, José Antonio del General Dávila, 60 Bajo C/C Dr Rodríguez-Cabello Ródenas, Juan Carlos Isabel II, 22 2º De lunes a viernes, de 17:30 a 20:30 h Dr Salas Venero, Carlos Santa Lucía, 53 B Solicitar hora Dr Sanz Santacruz, Juan Ignacio Atilano Rodríguez, 11 2º dcha De lunes a viernes, de 16:00 a 18:00 h Dr Trías Sánchez, Raúl General Dávila, 60 Bajo De lunes a viernes, de 17:30 a 19:00 h Dra Valle Gómez, Sylvia del San Fernando, 6 Entlo Dcha Lunes y jueves, de 17:30 a 19:30 h Martes, miércoles y viernes, de 11:00 a 13:00 h 37

39 Cuadro Médico Dr Villanueva Revuelta, Manuel Corbán, 6 (San Román de la Llanilla) De lunes a viernes, de 10:00 a 12:30 y de 16:00 a 18:00 h Dr Zúñiga Pérez-Lemaur, Gonzalo Rualasal, 14 4º A De lunes a viernes, de 09:00 a 13:00 h Tardes solicitar hora PEDIATRÍA 38 Dr Alonso Palacio, José Castelar, 43 8º izq Solicitar hora Dr Álvarez Granda, Jesús Lino Pedrueca, 3 3º D Mañana y tarde Dr Arce Alvear, José Manuel Reina Victoria, 39 1º D Solicitar hora Dr Cantero Santamaría, Pedro Martín Lealtad, 18 Entlo dcha De lunes a viernes, de 16:00 a 20:00 h Martes, de 09:30 a 13:30 h Dra Cuevas Terán, María Isabel de las Pedrueca, 3 3º B Solicitar hora Dr Docio Nieto, Suceso Castilla, 19 4º A Zona A Solicitar hora Dr Fawwaz Azzam, Ghanem Castilla, 19 Zona B 7º H De lunes a viernes, de 10:30 a 13:00 y de 16:30 a 19:30 h Solicitar hora Dr Fernández-Argüeso Gutiérrez, José Luis Calderón de la Barca, 18 1º izq De lunes a viernes, de 15:30 a 17:30 h Dr García Calatayud, Salvador Pedrueca, 3 3º D Solicitar hora

40 Cuadro Médico Dra Hernández Criado, Dulce Nombre San Fernando, 70 Esc izq 6º B Solicitar hora Dr Juliani Morencos, Javier San Fernando, 44 Esc B 1º Solicitar hora Dr Lastra Olano, Juan José Castelar, 7 1º De lunes a viernes, de 16:00 a 19:00 h Dra Mostaza Martínez, Mª Luisa Rualasal, 23 1º centro Solicitar hora Dr Pajares Pajares, Samuel Av de los Infantes, 107 1º A Previa cita, de 17:30 a 20:00 h Dr Sarralle Serrano, Ramón Amós de Escalante, 6 6º B Lunes, de 09:00 a 13:00 h De martes a viernes, de 16:30 a 20:30 h Solicitar hora DIPLOMADOS EN ENFERMERÍA Sra Amo López, Mercedes del Sor Ramona Ormazabal, 6 3º A De 16:00 a 17:00 h C/C Sra Arias Balbás, Mª José Amós de Escalante, De lunes a viernes, C/C de 11:00 a 13:00 y de 16:00 a 17:00 h Sr Briñas Fernández, Jesús Ángel General Dávila, De lunes a viernes, Policlínica Gabinete de 10:00 a 13:00 y de 17:00 a 20:00 h Sábados, de 11:00 a 12:00 h Sr Castillo Santiago, José Luis Camilo Alonso Vega, 16 A, Bajo De lunes a viernes, de 08:00 a 11:00 h Sábados, de 11:00 a 12:00 h 39

41 Cuadro Médico Sr Echávarri Bedia, José Manuel De lunes a viernes, Emilio Pino, 6 5º C de 09:00 a 13:00 Sábados y festivos, de 10:00 a 13:00 h Sr Gómez Palazuelos, Jesús Amós de Escalante, 4 7º izq De 17:00 a 18:00 h Sr Lera Álvarez, Carlos Ruiz de Alda, 17 8º De 15:00 a 16:00 h Sra Rodríguez Altónaga, Mª Luisa Cisneros, 64 Chalet De lunes a viernes, de 16:00 a 17:00 h A domicilio Sr Ruiz Mucientes, Sabino Cervantes, 10 3º C De lunes a viernes, de 19:00 a 20:00 h Sábados, de 12:00 a 12:30 h Sra Sainz Ramos, Beatriz Anibal G Riancho, 2 E 1º dcha A domicilio De lunes a sábado Sr Salazar Alonso, José Mª Carmen, De 19:00 a 20:00 h Sr Salazar Corino, José A Carmen, Solicitar hora MATRONAS Matronas Cantabria, SC (Sra Cancelo Lama, Rosa)

42 Cuadro Médico REHABILITACIÓN Dr Gonzalez Cuadrado, Carlos Guevara, 2 1º H De lunes a viernes, Sr Cuevas Suero, José María de 9:00 a 13:30 h (fisioterapeuta) y de 16:30 a 21:00 h Autonomía, s/n Sr Núñez Jiménez, Ignacio Solicitar hora (fisioterapeuta) De 09:00 a 14:00 y de 17:00 a 21:00 h Dr Pérez de la Torre Calvo, Javier Ruiz Zorrilla, 14 Bajo De lunes a viernes, de 8:00 a 22:00h (ininterrumpido) Solicitar hora Fisioterapeutas: Sra Guerra Suárez, Rosa M Sra Gracia Suárez, Natalia Sra Ballesteros López, Lucía Sra García Jiménez, Carmen Sra Lázaro Díez, Blanca Dra Vega Rodríguez, Clara Dra Quijano García, Marta Madrid, De 10:00 a 13:00 Sr Gómez-Ullate Fuente, José Mª (fisioterapeuta) y de 16:00 a 20:00 h Solicitar hora ESTOMATOLOGÍA (ODONTOLOGÍA) Dr Arbiza Madrigal, Juan San Fernando, 26 5º dcha De 10:00 a 13:00 y de 16:30 a 20:00 h Solicitar hora Dra Arroyo Díez, Carmen Calvo Sotelo, 14 6º dcha Solicitar hora, de 16:00 de 20:00 h Dr Bustamante Losada, Eduardo Juan de Herrera, 24 4º izq Lunes, martes, jueves y viernes, de 10:00 a 13:00 y de 16:00 a 20:00 h 41

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