FUNDACIÓN INÉS LUNA TERRERO BORRADOR DE REGLAMENTO INTERNO DE AYUDAS SOCIALES BENÉFICAS, ASISTENCIALES CÍVICAS Y ANÁLOGAS.
|
|
- Teresa Pinto Díaz
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 C/Ramón y Cajal, Salamanca PATRONATO-PRESIDENCIA fundacionineslunaterrero@telefonica.net FUNDACIÓN INÉS LUNA TERRERO BORRADOR DE REGLAMENTO INTERNO DE AYUDAS SOCIALES BENÉFICAS, ASISTENCIALES CÍVICAS Y ANÁLOGAS. Los Estatutos de la Fundación Inés Luna Terrero, (adaptados a las Leyes 50/2002, de 28 de diciembre, de Fundaciones y13/2002, de 15 de julio, de Fundaciones de Castilla y León el 15 de diciembre de 2005), definen los fines fundacionales en su Capítulo II, integrado por un único artículo. CAPÍTULO II DE LOS FINES DE LA FUNDACIÓN Artículo 4.- La Fundación Inés Luna Terrero tendrá como objeto el cumplimiento de los dos grupos de fines que a continuación se detallan: A) CULTURALES a) Establecimiento y mantenimiento de un Colegio o Residencia y/o, en su defecto, Becas para estudiantes pertenecientes a las Iglesias Orientales Católicas, que cursen estudios eclesiásticos en la Universidad Pontificia de Salamanca. b) Creación de becas para cursar estudios en las distintas Titulaciones oficiales y en el Tercer Ciclo de la Universidad de Salamanca, con destino a estudiantes de probada capacidad intelectual y que acrediten insuficiencia de recursos económicos, de la misma Provincia, con preferencia de los Municipios de Vitigudino y Pozos de Hinojo, y establecimiento de un fondo destinado a la adquisición de libros para la Biblioteca de la citada Universidad. B) ESPIRITUALES, BENÉFICOS Y SOCIALES a) Asistir al culto religioso de la Institución en que reposan los restos mortales de Doña Inés Luna Terrero y de sus padres, en memoria y sufragio de los mismos. b) Auxilio económico a la Residencia de Hijas de la Caridad y a las Hermanas Agustinas del Convento de Clausura de Vitigudino, y a juicio del Patronato, a cualquier otra Institución Municipal de carácter Benéfico, Educativo, Social, Cívico, Profesional o análogo, y a las personas necesitadas del Municipio. c) Auxilio económico a las siguientes instituciones benéficas, para el cumplimiento de sus propios fines: Hospital Provincial, Convento de Adoratrices de Salamanca, Hermanitas de los Pobres, Hospital de la Pasión y Residencia de San José de Ciudad Rodrigo, Conferencias de San Vicente de Paúl, y Asilo de San Juan de Dios, ambos de Barcelona. 1
2 d) A criterio del Patronato, y conforme lo permitan las posibilidades económicas de la Fundación en cada momento, ayuda económica a alguna de las Parroquias más necesitadas de la Provincia de Salamanca, y a personas con escasez de recursos económicos de la misma, y en general a todas las necesidades justificadas a las que pueda prestarse asistencia. Los fines espirituales, benéficos y sociales, se desarrollan en el capítulo IV de la siguiente forma: CAPÍTULO IV DE LOS FINES ESPIRITUALES, BENÉFICOS Y SOCIALES Artículo 21.- Tendrán carácter preferente entre los fines espirituales, benéficos y sociales, la asistencia al culto religioso de la Institución en que reposan los restos mortales de Doña Inés Luna Terrero y de sus padres, en memoria y sufragio de los mismos. Artículo 22.- En el presupuesto anual de gastos de la Fundación se consignarán, cuando fuere necesario, las partidas precisas para atender a los siguientes gastos: a) Conservación de los enterramientos de Doña Inés Luna Terrero y de sus padres. b) Limosna para sufragar una misa diaria en memoria y sufragio de Doña Inés Luna Terrero y de sus Padres. Artículo 23.- En el presupuesto anual de gastos de la Fundación, se consignarán las partidas precisas para atender al auxilio económico de las siguientes Instituciones y cumplimiento de los siguientes fines: a) Residencia Hijas de la Caridad de Vitigudino. b) Religiosas Agustinas del Convento de Clausura de Vitigudino. c) Cualquier Institución Municipal de Vitigudino de carácter Benéfico, Educativo, de Acción Social o Profesional. d) Personas con escasez de recursos económicos del Municipio de Vitigudino. e) Hospital Provincial de Salamanca. f) Adoratrices de Salamanca. g) Hospital de la Pasión y Residencia de San José de Ciudad Rodrigo. h) Conferencias de San Vicente de Paúl de Barcelona. i) Asilo de San Juan de Dios de Barcelona. j) Parroquias más necesitadas de la Provincia de Salamanca. k) Personas con escasez de recursos económicos de la Provincia de Salamanca. l) Cualquier otra necesidad justificada de carácter social, benéfico, asistencial, cívico o análogo a las que la Fundación pueda subvenir. Artículo 24.- El Patronato acordará libremente cada año si con la consignación de la total cantidad destinada a los fines del precedente artículo han de atenderse a todas las Instituciones o fines enumerados o solamente a algunos de los mismos. En caso de ser varias las Instituciones o fines a socorrer, la proporción del auxilio económico para cada uno de ellos se determinará libremente por el Patronato. Artículo 25.- Los auxilios económicos señalados en el artículo 23 serán referidos a un solo presupuesto, sin crear derecho alguno a favor de las Instituciones benéficas para la concesión de dicho auxilio en ejercicios sucesivos. El concedido y otorgado será satisfecho a todas y cada una de las Instituciones favorecidas dentro del ejercicio en que se otorgó, de una sola vez o en las fracciones que el Patronato considerase conveniente establecer. Dada la diversidad de las necesidades susceptibles de ser atendidas por la Fundación y la sucinta regulación que de las mismas contienen los Estatutos, el presente Reglamento Interno tiene por objeto el desarrollo de un régimen de convocatoria y concesión de las ayudas de carácter social, benéficas, asistenciales, cívicas o análogas, previstas en el art. 23 l), estableciendo unas normas uniformes, mínimas y comunes para todas las ayudas que se convoquen. 2
3 C/Ramón y Cajal, Salamanca PATRONATO-PRESIDENCIA fundacionineslunaterrero@telefonica.net El artículo 74 de los Estatutos habilita al Patronato a elaborar y aprobar normas de desarrollo e interpretación de los Estatutos. De acuerdo con ello El Patronato de la Fundación Inés Luna Terrero ha acordado APROBAR el siguiente: REGLAMENTO INTERNO DE AYUDAS SOCIALES, BENÉFICAS, ASISTENCIALES, CÍVICAS Y ANÁLOGAS Artículo 1.- La Fundación determinará, en cada ejercicio presupuestario, y en función de los recursos disponibles, el tipo y número de ayudas a convocar, así como el importe de las mismas, sin que el tipo, número o cuantía de las convocadas en anteriores ejercicios obligue a su mantenimiento. A estos efectos, una vez determinado el importe de las rentas netas destinadas al cumplimiento de los fines fundacionales conforme al artículo 38 de los Estatutos, se aplicará la mitad de dicho importe a los Fines Espirituales Benéficos y Sociales según ordena el artículo 43 de los Estatutos. Del total de dicha mitad se reservarán las partidas necesarias para dar cumplimiento a los fines preferentes establecidos en los artículos 21 y 22 de los Estatutos. Asimismo, se determinarán las partidas necesarias para dar cumplimento a las ayudas directas establecidas en el artículo 23, letras a) a k) de los Estatutos. La cantidad restante será aplicada a las ayudas previstas en el artículo 23, letra l) Artículo 2.- La Fundación podrá establecer una única Convocatoria General de Ayudas o distintas Convocatorias Específicas. La Convocatoria General de Ayudas será compatible con la existencia de Convocatorias Específicas. Artículo 3.- Cada convocatoria se regirá por las normas legales y estatutarias que les sean de aplicación y por lo dispuesto en sus bases. Las bases de las convocatorias, tanto de la Convocatoria General como de las Convocatorias Específicas deberán, en todo caso, contener las siguientes circunstancias: 3
4 1.- Denominación y Finalidad. 2.- Objeto. 3.- Proyectos. Requisitos. Criterios de valoración. 4.- Requisitos de las entidades solicitantes. 5.- Aportación de la Fundación 6.- Solicitudes. Presentación. 7.- Plazos. 8.- Resolución de la Ayuda 9.- Entrega de la Ayuda Justificación Artículo 4.- La Convocatoria General de Ayudas se denominará Fundación Inés Luna Terrero. Acción Social. Las Convocatorias Específicas, llevarán la misma denominación, añadiendo a continuación un enunciado breve definitorio del concreto objeto de la convocatoria. Las convocatorias serán aprobadas por el Patronato La convocatoria deberá contener una introducción explicativa de la finalidad de la misma, necesariamente vinculada a los fines fundacionales, entre los que no se incluyen los de carácter lúdico, recreativo u análogos. Artículo 5.- Deberá determinarse el objeto de la ayuda, definiendo las actividades y los tipos de gastos que podrán ser financiados por la Fundación y asimismo, excluyendo aquellos que no lo serán en ningún caso, ente los cuales estarán los gastos de tipo financiero, los gastos de mantenimiento y los gastos de funcionamiento corrientes de la entidad solicitante, con la única excepción de que fuesen el propio objeto total o parcial del proyecto. Artículo 6.- Se deberá definir el tipo de proyectos que son susceptibles de ayuda y los requisitos que deben cumplir, señalándose expresamente que la falta del proyecto o de la documentación total o parcial del mismo, su manifiesta inviabilidad o la inadecuación a lo estipulado en las bases de la convocatoria determinará su exclusión Artículo 7.- La convocatoria establecerá los criterios de valoración, especificando aquellos criterios que por su naturaleza puedan ser concretados y señalando, respecto de los generales, cuales se considerarán favorables. Artículo 8.- Las entidades solicitantes deberán estar domiciliadas en la Provincia de Salamanca o disponer de actividad relevante acreditada en la Provincia y constituidas como entidades sin ánimo de lucro. Habrán de estar legalmente constituidas y, en su caso, inscritas en el registro correspondiente a su naturaleza. 4
5 C/Ramón y Cajal, Salamanca PATRONATO-PRESIDENCIA fundacionineslunaterrero@telefonica.net Habrán de tener entre sus objetivos la realización de actividades relacionadas con la naturaleza de la ayuda y deberá disponer de medios o estructuras propios para garantizar la consecución del proyecto. En su caso, se indicará que tipo de entidades no podrán ser admitidas en la convocatoria. Artículo 9.- La aportación de la Fundación se determinará en cada convocatoria con una doble limitación: no podrá superar el 75% del coste total del proyecto y en todo caso dicho porcentaje no superará la cantidad que se determine en concepto de solicitud. El límite del 75% del coste total del proyecto podrá ser ampliado e incluso suprimido, manteniéndose en todo caso el límite de cuantía en concepto de solicitud, en los proyectos que a juicio de la Fundación tengan especial relevancia socio-asistencial. La convocatoria podrá especificar la tipología de gastos que pueden ser objeto de la ayuda, así como la forma de acreditación de los mismos. Artículo 10.- La Convocatoria determinará la forma y medios de presentación de las solicitudes, de los proyectos y de la documentación, así como el lugar o lugares de su presentación. Asimismo se señalará el plazo de presentación, pudiendo establecerse distintos plazos para la presentación de la solicitud y la presentación del proyecto y documentación. En todo caso se hará constar que la documentación presentada no será devuelta y que la presentación fuera de plazo de las solicitudes o del proyecto y la documentación determinará su exclusión. La presentación en plazo, pero defectuosa, dará lugar a la concesión de un plazo de subsanación de 10 días, transcurrido el cual sin que se subsane el error comunicado al solicitante, se excluirá la solicitud. Artículo 11.- La concesión o denegación de la ayuda será acordada, en todo caso por el Patronato. No obstante, el patronato podrá designar, una comisión integrada por el número de Patronos que se considere adecuado, a los efectos de que, previo estudio de los proyectos, elaboren una propuesta al Patronato. La resolución del Patronato será comunicada a los interesados, tanto si la ayuda ha sido aprobada como si ha sido denegada. 5
6 Artículo 12.- No se procederá a la entrega o pago de la ayuda hasta en tanto no se produzca la aceptación de la misma y asunción del compromiso de su destino al objeto del proyecto y se facilite a la Fundación los datos necesarios para la elaboración de la ficha de beneficiario. Cumplimentados los requisitos señalados, el pago podrá efectuarse en modalidad de pago único o mediante pagos parciales, siempre en función del gasto comprometido o justificado. Artículo 13.- La falta de justificación del destino de la ayuda o de alguna parte de la misma al objeto del proyecto que la motivó determinará la obligación de su devolución total o parcial. 6
FUNDACIÓN INÉS LUNA TERRERO BORRADOR DE REGLAMENTO INTERNO DE BECAS
FUNDACIÓN INÉS LUNA TERRERO BORRADOR DE REGLAMENTO INTERNO DE BECAS Los Estatutos de la Fundación Inés Luna Terrero, (adaptados a las Leyes 50/2002, de 28 de diciembre, de Fundaciones y13/2002, de 15 de
Más detallesESTATUTOS DE FUNDACIÓN PATRONATO UNIVERSITARIO
ESTATUTOS DE FUNDACIÓN PATRONATO UNIVERSITARIO CAPITULO I. INSTITUCIÓN Artículo 1º. Patronato Universitario Fundación es una institución cultural, privada, de interés general y sin ánimo de lucro. Artículo
Más detallesESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN CAPITULO I INSTITUCION
ESTATUTOS FONDO PARA ATENCIONES SOCIALES FUNDACIÓN Artículo 1º.- CAPITULO I INSTITUCION Fondo para Atenciones Sociales Fundación es una institución cultural, privada, de interés general y sin ánimo de
Más detallesREGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A.
REGLAMENTO DE LA COMISION DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A. REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE VIDRALA, S.A.
Más detallesTÍTULO I: DISPOSICIONES COMUNES
BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES VECINALES PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES CULTURALES, EDUCATIVAS, SOCIECONÓMICAS Y DEPORTIVAS, ANUALIDAD 2015. Conforme a la Ley 38/2003,
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES CULTURALES DE LA CIUDAD DE ALCAÑIZ PARA EL AÑO 2011 CLÁUSULAS
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES CULTURALES DE LA CIUDAD DE ALCAÑIZ PARA EL AÑO 2011 CLÁUSULAS 1.- Objeto de la convocatoria. La presente tiene por objeto efectuar
Más detallesV. OTRAS DISPOSICIONES
Núm. 11 Lunes, 19 de enero de 2015 Sec. V. Pág. 1027 V. OTRAS DISPOSICIONES ENAJENACIÓN DE SUELO A COOPERATIVAS Cód. Informático: 2015000800. Orden Ministerial 1/2015, de 12 de enero, por la que se determinan
Más detallesAnexo 10 REGLAMENTO DE ASOCIACIONES DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA
Anexo 10 REGLAMENTO DE ASOCIACIONES DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA El derecho de asociación constituye un fenómeno sociológico como tendencia natural de las personas y como instrumento
Más detallesCORTE DE ARBITRAJE DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JEREZ DE LA FRONTERA ESTATUTOS
CORTE DE ARBITRAJE DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JEREZ DE LA FRONTERA ESTATUTOS TITULO I.- NATURALEZA, DENOMINACIÓN Y DOMICILIO Artículo 1.- Naturaleza 1.- La Corte de Arbitraje del Ilustre Colegio
Más detallesf. Proyección de permanencia de la actividad, aprobando preferiblemente actividades que sean capaces de generar grupos o programas estables frente a
ANEXO I CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A GRUPOS Y ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIPIO DE MALLÉN PARA ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS. 1. Bases Reguladoras Las bases reguladoras
Más detallesBASES PARA LA SUBVENCIÓN DE LAS AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2011/12.
BASES PARA LA SUBVENCIÓN DE LAS AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR PARA EL CURSO 2011/12. Las subvenciones que para el comedor escolar se convocan por parte de la Concejalía de Servicios Sociales son ayudas complementarias
Más detallesc) Formalizados por la persona física beneficiaria de los dividendos los datos que figuran en el formulario, aquélla procederá de la siguiente
ORDEN de 28 de abril de 1978 sobre aplicación de determinados artículos del Convenio entre España y Francia para evitar la doble imposición en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio
Más detallesIE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*
IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO
Más detallesESTATUTOS FIE. Artículo 1º.-
ESTATUTOS FIE Estatutos adaptados a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y a la ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE JUSTICIA
Núm. 70 Lunes 22 de marzo de 2010 Sec. III. Pág. 27676 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE JUSTICIA 4723 Resolución de 5 de marzo de 2010, del Centro de Estudios Jurídicos, por la que se convocan becas
Más detallesINFORME QUE FORMULAN LOS ADMINISTRADORES ACERINOX, S.A. ANTECEDENTES
INFORME QUE FORMULAN LOS ADMINISTRADORES ACERINOX, S.A. SOBRE LA PROPUESTA DE DELEGACIÓN A FAVOR DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA FACULTAD DE EMITIR OBLIGACIONES SIMPLES Y/O CONVERTIBLES Y/O CANJEABLES
Más detallesTRATAMIENTO DE LAS ALEGACIONES AL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICO FINANCIERA Y ESPECIALMENTE EL ESTADO DE ENDEUDAMIENTO DEL
TRATAMIENTO DE LAS ALEGACIONES AL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICO FINANCIERA Y ESPECIALMENTE EL ESTADO DE ENDEUDAMIENTO DEL AYUNTAMIENTO DE VALDERAS (LEÓN) EJERCICIO 2013 PLAN ANUAL
Más detallesLos ámbitos de aplicación de estas becas corresponden a las áreas académicas de la ESCUELA AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO.
CONVOCATORIA BECAS 2.008 HONDURAS Acuerdo de la Fundació Marfà por el cual se convocan 4 becas para realizar estudios de formación superior universitaria en la UNIVERSIDAD AGRÍCOLA PANAMERICANA ZAMORANO
Más detallesBASES REGULADORAS DE LAS BECAS DE COLABORACIÓN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID BASE I. OBJETO Y MODALIDADES.
BASES REGULADORAS DE LAS BECAS DE COLABORACIÓN EN PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID (Aprobado en Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2005, BOCYL, nº 242, de 19 de diciembre,
Más detallesINFORME DE ADMINISTRADORES JUSTIFICATIVO DE LA PROPUESTA DE ACUERDO DE AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTA CORPORACIÓN REAL ESTATE, S.
INFORME DE ADMINISTRADORES JUSTIFICATIVO DE LA PROPUESTA DE ACUERDO DE AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTA CORPORACIÓN REAL ESTATE, S.A. PARA LA EMISIÓN DE VALORES DE RENTA FIJA, SIMPLES,
Más detallesConsulta Vinculante V3324-15, de 28 de octubre de 2015 de la Subdireccion General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas
Consulta Vinculante V3324-15, de 28 de octubre de 2015 de la Subdireccion General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas LA LEY 3667/2015 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Régimen tributario de
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTANCIAS EN LA RESIDENCIA MUNICIPAL DE ANCIANOS "JUAN ELLACURÍA LARRAURI"
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ESTANCIAS EN LA RESIDENCIA MUNICIPAL DE ANCIANOS "JUAN ELLACURÍA LARRAURI" I.- CONCEPTO. ARTICULO 1. Al amparo de lo previsto en el artículo 21.4.ñ) de la Norma
Más detallesNORMATIVA REGULADORA DEL REGIMEN DE CONCESION DE SUBVENCIONES DE ACTIVIDADES CULTURALES DE PROMOCIÓN DEL CONOCIMIENTO Y USO DEL EUSKERA.
NORMATIVA REGULADORA DEL REGIMEN DE CONCESION DE SUBVENCIONES DE ACTIVIDADES CULTURALES DE PROMOCIÓN DEL CONOCIMIENTO Y USO DEL EUSKERA. Artículo 1º.- Ambito A través de las presentes bases, se fija el
Más detallesBASES DE LA III CONVOCATORIA BECAS ALUMNI UC3M
BASES DE LA III CONVOCATORIA BECAS ALUMNI UC3M PROGRAMA DE AYUDAS PARA ESTUDIANTES DE GRADO Convocatoria 2014 La Fundación Universidad Carlos III de Madrid (en adelante, Fundación UC3M), a través de la
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA FINALIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, TURÍSTICAS Y SOCIALES.
ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA FINALIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS, TURÍSTICAS Y SOCIALES. CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Esta Ordenanza tienen por objeto regular
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LAS SUBVENCIONES PARA LAS ASOCIACIONES CULTURALES, JUVENILES Y COMISIONES FALLERAS DE SEDAVI
ORDENANZA REGULADORA DE LAS SUBVENCIONES PARA LAS ASOCIACIONES CULTURALES, JUVENILES Y COMISIONES FALLERAS DE SEDAVI CAPITULO I DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL ARTICULO 1.- Esta Ordenanza tiene por objeto
Más detallesCONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIOSANITARIA
11479 CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIOSANITARIA DECRETO 63/2015, de 7 de abril, de concesión directa de una subvención a ASPACE para la prestación de los servicios de centro ocupacional y centro de
Más detallesTEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA (Aprobado por el Consejo de Gobierno de 14 de marzo de 2005 y publicado en el BO- UCLM nº 80 de abril
Más detallesBASES PARA LA MOVILIDAD DE PERSONAL DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LAS NIEVES GRANADA
BASES PARA LA MOVILIDAD DE PERSONAL DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN DE LAS NIEVES GRANADA 1 INDICE 1.- OBJETO 2.- AMBITO DE APLICACIÓN 3.- MODALIDADES DE MOVILIDAD 4.- PROCEDIMIENTO DE MOVILIDAD VOLUNTARIA
Más detallesEnce Energía y Celulosa, S.A. R.M.M, h. 14.837. F.33. T.2.363 general y 1.720, secc. 3ª libro sociedades. N.I.F.: A-28212264
INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ENCE ENERGÍA Y CELULOSA, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE AUTORIZACIÓN AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PARA EMITIR VALORES NEGOCIABLES DE RENTA FIJA
Más detallesDECRETO 180/2014, de 26 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Junta de Extremadura para el año 2014.
25782 DECRETO 180/2014, de 26 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Junta de Extremadura para el año 2014. (2014040208) La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del
Más detallesBASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES JUVENILES DE LA PROVINCIA DE VALENCIA. AÑO 2015
BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES JUVENILES DE LA PROVINCIA DE VALENCIA. AÑO 2015 La Diputación de Valencia convoca las ayudas que se indican de acuerdo con las siguientes
Más detallesINSTRUCCIONES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS NO SOMETIDOS A REGULACIÓN ARMONIZADA EN EL ÁMBITO DE LA FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS
INSTRUCCIONES QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS NO SOMETIDOS A REGULACIÓN ARMONIZADA EN EL ÁMBITO DE LA FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS I.- INTRODUCCIÓN. La FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS
Más detallesIncentivos a la contratación de personas con discapacidad intelectual
Incentivos a la contratación de personas con discapacidad intelectual Tipos de contrato Incentivos Otras características CONTRATO INDEFINIDO Subvención de 3.907 euros por cada contrato celebrado a tiempo
Más detallesPROYECTOS Qué diferencia existe entre un Proyecto de Promoción General y Motriz?
PROYECTOS Qué diferencia existe entre un Proyecto de Promoción General y Motriz? Proyectos de Promoción General son aquellos cuya finalidad es la obtención de nuevos conocimientos generales, científicos
Más detallesCAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO
ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS DE PAGO ÚNICO A LOS PADRES Y/O MADRES POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJO/A CON RESIDENCIA EN ESTE AYUNTAMIENTO. El artículo
Más detallesESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN
ESTATUTOS DE LA CONFERENCIA DE DECANOS DE CENTROS UNIVERSITARIOS CON TÍTULOS DE MAGISTERIO Y EDUCACIÓN CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO. Artículo 1. Con la denominación de Conferencia
Más detalles"Última modificación normativa: 01/01/2010"
"Última modificación normativa: 01/01/2010" DECRETO FORAL 129/2004, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de
Más detallesNH HOTEL GROUP, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
NH HOTEL GROUP, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS Por el Consejo de Administración de esta Sociedad se convoca a los señores accionistas a Junta General Extraordinaria, a celebrar en Madrid,
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE VISITANTE DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA. (Aprobado en Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2006 y publicado en el BO-UCLM nº 97 de noviembre de 2006). EXPOSICIÓN
Más detallesEn dicha normativa se establecen dos tipos de Prácticas Externas (PE):
NORMATIVA PARA EL DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS CURRICULARES EN EL GRADO EN BIOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA (Aprobada en Junta de Sección del 25 de julio de 2014) 1. PREÁMBULO En el titulo
Más detallesANUNCIO. Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015.
ANUNCIO Aprobadas por resolución Alcaldía día 31 de julio de 2015. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES
Más detallesARTÍCULO 1. DEFINICIÓN DE ASOCIACIONES UNIVERSITARIAS
Acuerdo de 31 de marzo de 2010, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones Universitarias. PREAMBULO La Constitución española en su artículo
Más detallesREGLAMENTO DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE LEON
REGLAMENTO DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE LEON Acuerdo Junta de Gobierno 11-03-2002 Modificado Consejo de Gobierno 6/02/2004 EXPOSICION DE MOTIVOS 1 La Constitución establece el derecho
Más detallesREGLAMENTO DE ESTANCIAS INTERNACIONALES
REGLAMENTO DE ESTANCIAS INTERNACIONALES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Europea de Canarias en su interés por proporcionar una formación integral, adaptada a las necesidades presentes y futuras de
Más detallesCONEAU. Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA. Buenos Aires, 26 de julio de 2005
1 RESOLUCIÓN N : 493/05 ASUNTO: Acreditar la carrera de Especialización en Nefrología y Medio Interno, de la Universidad de Buenos Aires, Facultad de Medicina, Centro Formador Hospital de Clínicas José
Más detallesINFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A
INFORME DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN ESTATUTARIA A QUE SE REFIERE EL PUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA DE LA JUNTA GENERAL
Más detalles(Criterios aprobados por Decreto de Presidencia nº. 47, de 15 de enero de 2010)
Personal CRITERIOS A SEGUIR EN CASO DE LLAMAMIENTO DE LOS ASPIRANTES INTEGRANTES DE LA BOLSA DE TRABAJO DE LA CATEGORÍA DE OFICIAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES (OFICIAL 1ª CONDUCTOR), derivada del proceso
Más detallesREGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA.
REGLAMENTO DE TRABAJOS FIN DE GRADO EN LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Artículo 1. Definición 1) El Trabajo Fin de Grado (TFG) es un trabajo personal y autónomo del estudiante cuya elaboración
Más detallesCONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN AÑO 2014 AREA DE MATERIALES
1 Fundación Domingo Martínez CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN AÑO 2014 AREA DE MATERIALES CONTENIDO Página 0. Preámbulo. 2 1. Candidatos. 2 2. Duración de la Ayuda a la Investigación. 3 3. Centro
Más detallesIII Edición 2015/2016 SOLICITUD DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE Apellido 1º: Nombre: Apellido 2º: NIF/NIE (Letra incluida): DOMICILIO FAMILIAR: Nº: Piso: Letra: Teléfonos: Código Postal: Localidad: Provincia:
Más detallesCapítulo Primero. Del nombre; objeto; domicilio; nacionalidad y duración.
MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE COMO CANDIDATAS O CANDIDATOS INDEPENDIENTES. Capítulo Primero. Del nombre; objeto;
Más detallesNORMATIVA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS
NORMATIVA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La presente normativa pretende dar respuesta al cambio experimentado por el sistema
Más detallesBASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES CULTURALES AÑO 2015
BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES CULTURALES AÑO 2015 1.- Objeto, finalidad y ámbito temporal Se entenderá como objeto, el desarrollo de actividades culturales, dentro del ámbito territorial
Más detallesHERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DE ROCÍO DE LA ESTRELLA DE MADRiD
HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DE ROCÍO DE LA ESTRELLA DE MADRiD Asociación Pública de Fieles de la Diócesis de Madrid Parroquia Nuestra Señora de la Consolación C/ Juan Esplandiú nº2 28007 - Madrid BOLSA
Más detallesPROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO
PROPUESTA DE REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM ADAPTADO AL GRADO EN DERECHO, Y A LOS DOBLES GRADOS EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS, EN DERECHO Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESA Y EN DERECHO Y ECONOMÍA DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesNORMATIVA DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID. Aprobada en Consejo de Gobierno el 25 de marzo de 2011
NORMATIVA DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID Aprobada en Consejo de Gobierno el 25 de marzo de 2011 Artículo 1.- Ámbito de aplicación de la Normativa. 1.- Las Asociaciones
Más detallesINSTRUCCIONES INTERNAS DE CONTRATACIÓN DE LA FUNDACION PARA LA PROMOCIÓN DE CASTILLA LA MANCHA
INDICE CAPÍTULO I CUESTIONES GENERALES PRIMERA.- Objeto. SEGUNDA.- Régimen Jurídico. TERCERA.- Principios de contratación. CUARTA.- Principios de publicidad y concurrencia. QUINTA.- Principio de transparencia.
Más detallesCONVOCATORIA 2015 CAJACÍRCULO-IBERCAJA DE PROYECTOS SOCIALES
CONVOCATORIA 2015 CAJACÍRCULO-IBERCAJA DE PROYECTOS SOCIALES En Fundación CajaCírculo e Ibercaja Obra Social sabemos que quien menos tiene es quien más nos necesita. Por eso colaboramos con las ONG, trabajadores
Más detallesREGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS
REGLAMENTO TIPO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS (Informado positivamente por Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 2008)
Más detallesCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y PERSONAS LOCALES, DE LA COMISIÓN DE CULTURA, EDUCACIÓN, FESTEJOS Y EUSKERA AÑO 2014
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y PERSONAS LOCALES, DE LA COMISIÓN DE CULTURA, EDUCACIÓN, FESTEJOS Y EUSKERA AÑO 2014 El Ayuntamiento de Estella-Lizarra, a través de la Comisión de Cultura,
Más detallesBORRADOR PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA EL REGISTRO DE ENTIDADES MEMORIALISTAS DE LA COMUNITAT VALENCIANA PREÁMBULO
BORRADOR PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA EL REGISTRO DE ENTIDADES MEMORIALISTAS DE LA COMUNITAT VALENCIANA PREÁMBULO La Generalitat, en virtud del artículo 49.1.3ª del Estatut d'autonomia de la
Más detalles(BOE n. 294 de 9/12/1985, Páginas: 38811 38812)
REAL DECRETO 2273/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DEFINIDOS EN EL ARTICULO 42 DE LA LEY 13/1982, DE 7 DE ABRIL, DE INTEGRACION SOCIAL DEL
Más detallesCONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO 2015/2016 BASES
1) Destinatarios: CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO 2015/2016 BASES 1. Se convocan ayudas al estudio para los alumnos que durante el curso académico 2015/2016, realicen estudios de los niveles de educación
Más detallesREGLAMENTO-MARCO PARA PERSONAL VOLUNTARIO DEL PARQUE COMARCAL DE BOMBEROS DE VILLADA
REGLAMENTO-MARCO PARA PERSONAL VOLUNTARIO DEL PARQUE COMARCAL DE BOMBEROS DE VILLADA Artículo 1.- Objeto. Artículo 2.- Definición. Artículo 3.- Ámbito territorial. Artículo 4.- Nombramientos y bajas. Artículo
Más detallesIlustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid
REGLAMENTO REGULADOR DE LA ACTIVIDAD PERICIAL MÉDICA Exposición de motivos. A raíz de la entrada en vigor de la Ley 1/2000, de 8 de enero, de Enjuiciamiento Civil, los Colegios Profesionales han adquirido
Más detalles(BOE, de 15 de febrero de 2008)
Circular 1/2008, de 30 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre información periódica de los emisores con valores admitidos a negociación en mercados regulados relativa a los informes
Más detallesExcmo Ayuntamiento de Linares ORDENANZA REGULADORA DEL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE USO PRIVADO QUE TRANSPORTEN PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
Excmo Ayuntamiento de Linares ORDENANZA REGULADORA DEL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS DE USO PRIVADO QUE TRANSPORTEN PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con la intención de favorecer el
Más detallesLey de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco
LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Las normas de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto contribuir en la formación
Más detallesButlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO CREVILLENT 13002 BASES CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE VECINOS DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL AÑO 2015 En cumplimiento
Más detallesMODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LA BOLSA DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA DE FECHA 27/04/2011 PUBLICADAS EN EL BORM DE 16/05/20011
AYUNTAMIENTO ALHAMA DE MURCIA Sección de Personal MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LA BOLSA DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA DE MURCIA DE FECHA 27/04/2011 PUBLICADAS EN EL BORM DE 16/05/20011 EN EL BORM
Más detallesEn particular, la concesión de ayudas y subvenciones irá dirigida a los siguientes fines y actuaciones:
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON DESTINO A ASOCIACIONES, COLECTIVOS Y PARTICULALES QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES DE ÁMBITO CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE GRANADILLA DE ABONA, AÑO 2013. 1.-
Más detallesCONVOCATORIA 2013 DE AYUDAS A INICIATIVAS SOCIALES Y COOPERACIÓN
CONVOCATORIA 2013 DE AYUDAS A INICIATIVAS SOCIALES Y COOPERACIÓN Bases de la convocatoria El CEESC entiende la cooperación como "tomar parte conjuntamente con otros y apoyar la realización de obras y acciones
Más detallesLEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES
LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Las normas de esta Ley son de orden público e interés social y tiene por objeto contribuir en la formación y
Más detallesPrograma de Ayudas a Proyectos de Iniciativas Sociales. Convocatoria 2016. Estás organizando un proyecto social? Te ayudamos!
Programa de Ayudas a Proyectos de Iniciativas Sociales Convocatoria 2016 Estás organizando un proyecto social? Te ayudamos! A través de nuestro programa apoyamos iniciativas sociales contra la Violencia
Más detallesEn Salamanca, a 13 de julio de 2005. R E U N I D O S
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA Y LA ASOCIACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DEL MENOR EN LOS PROCESOS DE SERAPARACIÓN DE SUS PROGENITORES (A.P.R.O.M.E) En Salamanca,
Más detallesTécnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9
Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo
Más detallesREGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DE LA FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DE LA FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE VALLADOLID CAPÍTULO PRIMERO NORMAS GENERALES Artículo 1. Objetivo y fines del Prácticum 1. El Prácticum se configura como una asignatura
Más detallesBASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA LOCALIDAD DE ALMANSA
BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES PARA LA PUESTA EN MARCHA DE INICIATIVAS EMPRESARIALES EN LA LOCALIDAD DE ALMANSA 1. OBJETO Y ÁMBITO El objeto de esta convocatoria es favorecer la
Más detallesAJUNTAMENT DE TAVERNES BLANQUES
ORDENANZA REGULADORA DE LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES VECINALES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Ayuntamiento de Tavernes Blanques, a través de la presente Ordenanza, tiene
Más detallesEn la ciudad de Salamanca, a 13 de julio de 2005. COMPARECEN:
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA Y LA ASOCIACIÓN PARA LA INTEGRACIÓN SOCIOLABORAL DE MINUSVÁLIDOS PSÍQUICOS ( INSOLAMIS). En la ciudad de Salamanca, a 13 de julio
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales. Consejería de Educación, Juventud y Deporte
Pág. 13 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación, Juventud y Deporte 1 DECRETO 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad de elección de centro escolar
Más detallesPor ello, LA COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA RESUELVE:
1 RESOLUCIÓN N : 539/15 ASUNTO: Acreditar la carrera de Especialización en Inmunología y Alergia, del Instituto Universitario Italiano de Rosario, Escuela de Medicina, Centro Formador Sanatorio Británico,
Más detalles,/ En Becas de Enseñanza Secundada y Formación Profesional: Ayudas al estudio, en Centros Educativos
N t,f.6-37014453 no 31, Bajo, 37001-Salamanca C0NVOCATORIA GENERAL DE BECAS y AYUDAS CULTURALES 2015.2016 El Patronato de la Fundación lnés Luna Terrero, (instituida por Decreto Ley de 22 de Mayo de 1,955),
Más detallesESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN...
ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN... TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Denominación y naturaleza. Con la denominación de Fundación..., se constituye una organización privada de naturaleza fundacional,
Más detallesI CONVOCATORIA DE AYUDAS BOLSA SOLIDARIA DE ACCIÓN SOCIAL
I CONVOCATORIA DE AYUDAS BOLSA SOLIDARIA DE ACCIÓN SOCIAL En la Asamblea General de Colegiados y Colegidas celebrada en Huelva, el 29 de marzo de 2014, se sientan las bases para la creación de un instrumento
Más detallesAJUNTAMENT D'ONDA 12200 ONDA (CASTELLÓ)
BASES PARA LA CONCESIÓN, POR EL AYUNTAMIENTO DE ONDA, DE 15 BECAS DE FORMACIÓN EN PRÁCTICAS A ESTUDIANTES El objetivo primordial de las presentes bases tiene como finalidad la formación de los estudiantes
Más detallesNORMATIVA APLICABLE A DETERMINADAS SOCIEDADES MERCANTILES, ENTIDADES Y ENTES PÚBLICOS, FUNDACIONES Y CONSORCIOS
NORMATIVA APLICABLE A DETERMINADAS SOCIEDADES MERCANTILES, ENTIDADES Y ENTES PÚBLICOS, FUNDACIONES Y CONSORCIOS Decreto 13/2007, de 14 de febrero, por el que se establece la documentación que determinadas
Más detallesASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Aprobado por la Junta Directiva de 14 de octubre de 2010
ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Aprobado por la Junta Directiva de 14 de octubre de 2010 1 ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
Más detallesCOMPARECEN. En Granada a 16 de Febrero de 2009
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, LA DIPUTACIÓN DE GRANADA Y LA FEDERACIÓN GRANADINA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA Y ORGÁNICA EN MATERIA DE ACCESIBILIDAD En Granada a 16 de
Más detallesExcma. Diputación Provincial de Salamanca
CONVENIO ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SALAMANCA Y LA UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA PARA LA ORGANIZACIÓN DE LOS DISTINTOS SERVICIOS ASISTENCIALES A PRESTAR POR LA DIPLOMATURA DE LOGOPEDIA.
Más detallesIII. Otras Resoluciones
4723 III. Otras Resoluciones Otras Administraciones Públicas Universidad de La Laguna 735 RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2014, por la que se convocan Bolsas de Viaje para movilidades vinculadas a Convenios
Más detallesBASES DE LA CUARTA CONVOCATORIA DEL PREMIO TRIA PARA JÓVENES INGENIEROS FERROVIARIOS
BASES DE LA CUARTA CONVOCATORIA DEL PREMIO TRIA PARA JÓVENES INGENIEROS FERROVIARIOS TRIA y la FUNDACIÓN DE LOS FERROCARRILES ESPAÑOLES, en su deseo de incentivar la investigación en el ámbito de la ingeniería
Más detallesTécnico Superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos Página 1 de 11
Técnico Superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos Página 1 de 11 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Orden ESD/ /2011, de XX de XXXXX, por la que se establece el currículo del ciclo formativo
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES KA2-KICK-OFF MEETING
PREGUNTAS FRECUENTES KA2-KICK-OFF MEETING Gestión e implementación Recorte de presupuesto del proyecto. Se ha de reformular en proyecto atendiendo a los costes y actividades suprimidas. En el informe intermedio,
Más detallesPRIMERA: OBJETO Y FINALIDAD DE LA CONCESION DE LAS AYUDAS
BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR LAS CORPORACIONES LOCALES EN MATERIA DE JUVENTUD DURANTE EL AÑO 2014 En el marco del Convenio por el que se canaliza
Más detallesPROGRAMA FUNDACIÓN SEPI IBERIA FP 2009
PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI IBERIA FP 2009 BASES DE LA CONVOCATORIA La Fundación SEPI (en adelante, la FUNDACIÓN), de conformidad con los términos del Convenio de Colaboración de fecha 17 de mayo de 2007 suscrito
Más detallesTITULO I DEL REGISTRO DE ENTIDADES INTERNACIONALES DE BIEN PUBLICO
LA NACION DE LOS REGISTRO DE L& ENTIDADES INTERNACIONALES DE BIEN PUBLICO Y DE LOS PROYECTOS DE COOPERACION INTERNACIONAL, DE LOS DERECHOS Y EXENCIONES QUE BENEFICIAN A LOS INSCRIPTOS EN DICHOS REGISTROS
Más detallesDespués de haber decidido que dichas proposiciones revistan la forma de una recomendación,
Recomendação nº 57/39 da Organização Internacional do Trabalho Sobre a formação profissional La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo: Convocada en Ginebra por el Consejo de
Más detallesANEXO 2. Capítulo Primero. Del nombre; objeto; domicilio; nacionalidad y duración.
ANEXO 2 MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS (AS) EN POSTULARSE COMO CANDIDATAS O CANDIDATOS INDEPENDIENTES. Capítulo Primero. Del nombre;
Más detalles