REGLAMENTO APROBADA EN CONSEJO DE ESCUELA EL 7 DE FEBRERO DE 2010

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1 REGLAMENTO APROBADA EN CONSEJO DE ESCUELA EL 7 DE FEBRERO DE 2010

2 REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE TIEMPO LIBRE DE SCOUTS CATOLICOS DE ANDALUCIA INDICE PUNTO 1º. CONDICIONES PREVIAS QUE HAN DE REUNIR LAS PERSONAS QUE DESEEN REALIZAR ALGUNO DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN. PUNTO 2º.CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR QUIENES SEAN RESPONSABLES DE LOS DISTINTOS CENTROS Y CURSOS DE FORMACIÓN. PUNTO 3º. NORMAS GENERALES PARA LA INSCRIPCIÓN EN LOS CURSOS DE FORMACIÓN. PUNTO 4º. DIPLOMAS Y CERTIFICADOS. PUNTO 5º. LOS CENTROS DE FORMACIÓN. PUNTO 6º. RECONOCIMIENTO DE CURSOS DE FORMACIÓN. PUNTO 7º. DE LAS CONDICIONES DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN. PUNTO 8º. CRITERIOS DE ADMISIÓN EN LOS CURSOS ORGANIZADOS POR LA ESCUELA DE FORMACIÓN DE SCOUTS CATÓLICOS DE ANDALUCÍA PUNTO 9º. COMUNICACIONES INTERNAS. PUNTO 10º.RÉGIMEN DISCIPLINARIO. PUNTO 11º. ASUNTOS ECONÓMICOS Y CRITERIOS PARA EL APOYO ECONÓMICO A ACTIVIDADES Y PAGO DE LOS GASTOS OCASIONADOS POR PARTICIPACIÓN EN LAS REUNIONES REGLAMENTARIAS DE LA ESCUELA. PUNTO 12º. TOMA DE DECISIONES EN REUNIONES DEL CLAUSTRO, CONSEJO, ETC... PUNTO 13º. FORMAS DE PROCEDER. 2

3 REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE TIEMPO LIBRE DE SCOUTS CATOLICOS DE ANDALUCIA 1.- CONDICIONES PREVIAS QUE HAN DE REUNIR LAS PERSONAS QUE DESEEN REALIZAR ALGUNO DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN. CURSOS RECONOCIDOS POR LA JUNTA DE ANDALUCÍA Curso de Monitores de Tiempo Libre. a) Tener 18 años cumplidos o cumplirlos antes de la finalización del primer trimestre natural desde el inicio Curso de Animadores Socioculturales. a) Tener 23 años cumplidos b) Presentar la solicitud de concesión con el Vº Bº del presidente/ delegado diocesano c) Ser Monitor de Tiempo Libre con la especialidad Scouts d) Pertenecer a la asociación Scouts al menos con 5 años de antelación e) Participar en los equipos de las ADEs/ Delegación y/o Federación y/o Escuela y/o Centros de formación. Con un compromiso de trabajo en el escultismo de al menos un año. f) Reunir los requisitos formativos que esta escuela demande. g) Compromiso de realizar la etapa de prácticas y posteriormente entregar en su fecha la memoria y el proyecto fin de curso 1.3. Curso de Directores Técnicos en Animación. a) Estar en posesión del Diploma de Animador Sociocultural. b) Estar en posesión de uno de los Títulos siguientes: Pedagogía o Ciencias de la Educación, Maestro en todas sus especialidades Curso Monográfico. a) Tener la calificación de apto en el curso de Monitor de tiempo Libre. b) Además de aquellas que se expresen en las condiciones de inscripción. CURSOS RECONOCIDOS POR EL MOVIMIENTO SCOUT. 3

4 1.5 Responsable de Unidad a) Tener 18 años cumplidos o cumplirlos antes de la finalización del primer trimestre natural desde el inicio. b) Además de aquellas que se expresen en las condiciones de inscripción. 1.6 Curso de Responsables de Grupo. a) Ser Insignia de Madera de dos Tizones b) Además que ejerzan o vayan a ejercer las funciones de Responsable de Grupo. c) Además de aquellas que se expresen en las condiciones de la inscripción. 1.7 Curso de Adjuntos de Formación y Coordinadores de Rama. a) Ser Insignia de Madera de dos Tizones otorgada por la Escuela de Tiempo Libre de S.C.A y realizar el bloque de especialización del Curso de Responsable de Unidad de la Escuela de Formación de S.C.A. b) Estar trabajando en la Asociación/Delegación o Federación en las áreas formativas y pedagógicas. c) Comprometerse a dirigir o participar en el equipo organizador de un curso de formación o en animación pedagógica. d) Además aquellas que se expresen en las condiciones de la inscripción. 1.8 Curso de Directores de Formación del Movimiento Scout Se tendrá en cuenta las condiciones que requiere el Movimiento Scout Católico Español y que son las siguientes: a) Estar ejerciendo cargo de máxima responsabilidad en la formación de la Federación o Asociación/ Delegación. b) Haber realizado la formación de Adjuntos de Formación o formación equivalente. c) Comprometerse a trabajar durante 3 años en el equipo de la Asociación o Federación asumiendo responsabilidades pedagógicas. 1.9 Excepcionalmente el Consejo de Escuela podrá estudiar otras formas de acceso a los diferentes cursos que se consideren oportunos, para dar respuesta a las necesidades del momento. 2.- CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR QUIENES SEAN RESPONSABLES DE LOS DISTINTOS CENTROS Y CURSOS DE FORMACIÓN. 4

5 2.1. Director/a de los Centros de Formación Ser nombrado para el cargo por a respectiva Asociación/ Delegación Diocesana Estar de acuerdo con los Principios y Fines de la Escuela de Formación Tener capacidad adecuada, reconocida por el Consejo de Escuela, para el desempeño de sus funciones Comprometerse a permanecer en el cargo un periodo mínimo de 3 años Haber realizado al menos el Curso de Adjuntos de Formación o comprometerse a hacerlo en el próximo curso, siendo muy aconsejable haber realizado el de Directores de Formación Jefe/a de Estudios del Centro de Formación Haber realizado al menos el Curso de Adjuntos de Formación o comprometerse a hacerlo en el próximo curso, siendo muy aconsejable haber realizado el de Directores de Formación Ser nombrado para el cargo por el Director/a del Centro de Formación Comprometerse a permanecer en el cargo un periodo mínimo de 3 años Secretario/a-Administrador/a de los Centros de Formación Aconsejable haber realizado algún curso de Gestión de Grupos Ser nombrado para el cargo por el Director/a del Centro de Formación Comprometerse a permanecer en el cargo un periodo mínimo de 3 años 2.4. Profesores para el Curso de Monitores de Tiempo Libre Para los bloques de contenidos obligatorios y las técnicas, estar en posesión de la titulación idónea y ser especialista en el tema o técnica de que se trate Para el bloque de especialización haber realizado al menos el Curso de Monitor de Tiempo Libre, siendo muy aconsejable haber realizado el curso de Responsable de Grupo o estar en posesión del Diploma de Animador Sociocultural especialidad en Escultismo Profesores para el Curso de Animadores Socioculturales Para los bloques de contenidos obligatorios y las técnicas, estar en posesión de la titulación idónea y ser especialista en el tema o técnica 5

6 de que se trate Para el bloque de especialización haber realizado al menos el Curso de Adjuntos de Formación o estar en posesión del Diploma de Director Técnico en Animación especialidad en Escultismo Profesores para el Curso de Directores Técnicos en Animación Para los bloques de contenidos obligatorios y las técnicas, estar en posesión de la titulación idónea y ser especialista en el tema o técnica de que se trate Para el bloque de especialización haber realizado al menos el Curso de Directores de Formación o estar en posesión del Diploma de Director Técnico en Animación especialidad en Escultismo. 2.7 Coordinadores de Modulo/Año: Preparar, organizar, dirigir y controlar un módulo/año de formación conforme a las finalidades, objetivos y contenidos descritos en el manual de la Escuela de Formación y a las orientaciones dictadas sobre el mismo. 2.8 Tutores de los alumnos: Persona que esta a cargo del Responsable durante su proceso formativo y su proceso de prácticas. Asesora al Centro de Formación y la Escuela sobre el desarrollo formativo del responsable al que tutoriza Preocuparse por el proceso formativo del alumno al que va a tutorizar Reunirse con la persona a la que tutoriza, rellenando un informe sobre la entrevista, sellado y firmado (Anexo I). (uno para año 1 y otro para año 2) Reunirse con el/la Directoro/a de centro sobre como va el proceso de formación del alumno, o en su caso, con el/la Jefe/a de Estudios Como está integrado en su formación en los módulos realizados Reunión al final del proceso formativo con el director del centro y en su caso el alumno, rellenando un informe donde se recoja las incidencias de su proceso de formación (Anexo III en modalidad presencial 6

7 Reunión al final del proceso formativo con el director del centro y en su caso el alumno, rellenando un informe donde se recoja las incidencias de su proceso de formación (Anexo III en modalidad presencial ) Asesorar y evaluar el Proyecto Fin de curso Atender las dudas que le surjan al alumno Revisión del proyecto, firmándolo y sellándolo Revisar la realización de las prácticas del alumno Revisión de la memoria final, firmándola y sellándola Visitas al lugar de las prácticas como mínimo una vez Realización de un informe sobre lo que ha hecho (Asociación, Centro) esa persona en las prácticas: Qué está haciendo? Cómo es su integración en el grupo? Cómo lleva el proyecto de prácticas?... (Anexo II). 3.- NORMAS GENERALES PARA LA INSCRIPCIÓN EN LOS CURSOS DE FORMACIÓN Para la inscripción de cualquier persona en un Curso de Formación organizado por esta Escuela, será necesario: presentar la hoja de inscripción, por duplicado en el modelo vigente, debidamente cumplimentada, en la fecha fijada en cada caso, adjuntando, también por duplicado, la documentación solicitada en la misma, a saber: a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Para la inscripción en el AÑO 2 del curso de Monitor de Tiempo Libre, se utilizará la parte inferior de la carta que cada participante recibe al inscribirse en el AÑO 1, donde sólo debe cumplimentar el Centro en el que lo realizará 3.2. Las inscripciones se presentarán en el Centro de Formación correspondiente quien retendrá para su archivo un ejemplar de la documentación presentada, y remitirá el original de la documentación a la sede central de la Escuela, en la fecha fijada por el Consejo de Escuela. 7

8 3.3 A la documentación anterior se adjuntará justificante del pago de la cuota de inscripción correspondiente, efectuado mediante ingreso en la cuenta corriente de la Escuela No se admitirá ninguna inscripción que no venga acompañada del justificante del pago. El ingreso en la cuenta de la Escuela se realizará individualmente por cada persona debiendo especificar en el justificante su nombre y apellidos. 3.4 El importe de las cuotas de inscripción en los cursos de formación pagado por las personas que desean participar en los mencionados cursos no será devuelto por la Escuela por baja del inscrito en ningún caso Es requisito indispensable para participar en las actividades de la Escuela estar cubierto por un seguro de accidentes y de responsabilidad civil. Todas las personas que no lo tengan a través de una de las Asociaciones/Delegaciones Diocesanas o Federaciones del MS.C., deberán satisfacer el importe del mismo junto con la cuota de inscripción en el curso correspondiente Cuando alguien desee, por razones muy justificadas, realizar un módulo en distinto Centro de Formación del suyo, lo solicitará por escrito a la Escuela, quien estudiada la solicitud, y una vez consultado al Centro de Formación elegido, la aprobará o rechazará, y remitirá, en caso de aprobación, copia de la ficha de inscripción del alumno 4.- DIPLOMAS Y CERTIFICADOS La Escuela entregará a cada participante el Título oficial correspondiente o en su defecto un certificado de participación por cada curso de formación en el que participe y supere Los alumnos podrán solicitar un certificado en el que se especifique la calificación obtenida en el curso, en los casos en los que sea necesario y ante la demora del Título oficial Los alumnos que superen la fase teórica, podrán solicitar un certificado que les acredite como alumno en fase de formación prácticas siempre que sea en los doce meses siguientes a la fase de formación teórico presencial La Insignia de Madera dos Tizones y tres Tizones no se concederán en ningún caso con carácter honorífico Las condiciones mínimas que deben cumplir las personas que solicitan la Insignia de Madera de dos Tizones serán: 8

9 a) Haber concluido su formación como Responsables de unidad, y ejercer como tal Las Personas que pertenezcan a Scouts Católicos de Andalucía y soliciten la Insignia de Madera de dos Tizones cuya formación sea anterior al actual plan de estudios deberán presentar un documento que les certifique su formación Scout. Los casos se dirimirán en Consejo de Escuela Las condiciones mínimas que deben cumplir las personas que solicitan la Insignia de Madera de tres Tizones serán: a) Haber concluido positivamente su formación como Adjuntos de Formación o coordinador de ramas. b) Contar con el reconocimiento del Responsable Pedagógico de la Asociación o Federación reconocida por M.S.C., quien será el encargado de solicitar los Tizones a M.S.C. al año siguiente de haber realizado el curso de Adjunto de Formación y Coordinadores de Rama. c) Trabajar durante tres años en el equipo de la Asociación o Federación asumiendo responsabilidades pedagógicas Las condiciones mínimas que deben cumplir las personas que solicitan la Insignia de Madera de cuatro Tizones serán: a) Haber concluido positivamente su formación como Directores de Formación. b) Contar con el reconocimiento del Responsable Pedagógico de la Asociación/Delegación o Federación reconocida por M.S.C., quien será el encargado de solicitar los Tizones a M.S.C. al año siguiente de haber realizado el curso de Director de Formación. c) Trabajar durante tres años en el equipo de la Asociación o Federación asumiendo responsabilidades pedagógicas. 5.- LOS CENTROS DE FORMACIÓN Los Centros de Formación son aquellas Unidades Básicas de Formación ubicadas en las distintas Asociaciones Diocesanas del Movimiento Scout Católico en Andalucía, que tienen por misión la organización, de acuerdo con el plan general de actuación anual aprobado por el Consejo de Escuela, de los distintos módulos que integran el programa de formación en el Diploma de Monitores de Tiempo Libre y aquellos módulos que el Consejo de Escuela autorice expresamente del Diploma de Animador Sociocultural Los Centros de Formación serán reconocidos y suprimidos por el Consejo de 9

10 Escuela, conforme a lo previsto en los Estatutos Para que un Centro de Formación sea reconocido como tal deberá reunir las siguientes condiciones: Poseer al menos un Responsable que esté en posesión de la titulación de Adjunto de Formación, que se haga cargo de la dirección del mismo Poseer la infraestructura material y humana necesarias para ofrecer como mínimo la formación de Monitores de Tiempo Libre Estar reconocido, aceptado y mantenido por la respectiva Asociación Diocesana 5.4. El Consejo de Escuela podrá reconocer Centros de Formación Provisionales en aquellos casos que no se cumplan las condiciones establecidas en el punto 5.3 pero estos Centros de Formación Provisionales solo podrán impartir los módulos que le autorice el Consejo de Escuela Los Centros de Formación provisionales estarán bajo el control directo del Equipo Directivo de la Escuela, y para el reconocimiento de los módulos, cursos, temas, etc. que impartan deberán remitir con 30 días de antelación a la realización del mismo la correspondiente ficha de módulo y programación concreta del mismo, en el impreso al efecto, para que la Dirección de la Escuela autorice expresamente su realización o comunique los cambios, etc. que estime oportuno Las funciones de los Centros de Formación reconocidos por la Escuela de Tiempo Libre de SCA serán: A) Velar por los fines y objetivos de la Escuela de Tiempo Libre SCA. B) Formar a los responsables de SCA en el tiempo libre y animación sociocultural. C) Organizar cursos, encuentros, seminarios, talleres, etc. reglados y no reglados para la formación de los responsables scouts. D) Mantener las relaciones administrativas, pedagógicas y estructurales de la Escuela de Tiempo Libre de SCA. 6.- RECONOCIMIENTO DE CURSOS DE FORMACIÓN Los únicos Cursos de Formación reconocidos por Scouts Católicos Andalucía serán los aprobados por el Consejo de Escuela, y llevados a la práctica por los distintos Centros de Formación reconocidos como tales No se admitirá ningún cambio de fecha de los cursos previstos por el Consejo de Escuela, si no es por causa muy justificada a criterio de la Dirección de la Escuela, y siempre previa autorización de la Dirección de la Escuela por escrito 10

11 que se remitirá al Centro de Formación Para la validez oficial de los cursos organizados por los centros de Formación, especialmente los de Monitor de Tiempo Libre, será requisito indispensable la presentación de la correspondiente MEMORIA DE ACTIVIDADES y en el modelo correspondiente, antes del día diez de septiembre de cada año. Dicha Memoria de Actividades incluirá el correspondiente estado de cuentas cerrado a 31 de agosto del año en curso A su vez y para conocimiento por parte de la Dirección de la Escuela de los encuentros y cursos a realizar durante el año, los Centros de Formación están obligados a remitir a la secretaría de la Escuela la misma información que remitan a los participantes en los mencionados encuentros y cursos. 7.- DE LAS CONDICIONES DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN. CURSOS RECONOCIDOS POR LA JUNTA DE ANDALUCÍA 7.1. Curso de Monitores de Tiempo Libre Cada participante realizará su curso en el Centro de Formación mas cercano a su domicilio, siempre que haya plaza En caso de que en una Asociación/Delegación no exista Centro de Formación, los Centros de Formación existentes deberán reservar para esas asociaciones al menos 3 plazas Cada curso/módulo tendrá un máximo de 24 participantes, ampliable hasta 30, a juicio del Centro de Formación Curso de Animadores Socioculturales Cada dos años se presentarán las solicitudes para su aprobación al Consejo de Escuela y una vez cumplidos todos los requisitos se solicitarán los correspondientes diplomas siempre que haya un mínimo de 15 aprobados. 7.3 Curso Monográfico Será necesario un mínimo de 15 inscripciones para su realización La Federación a través de sus áreas y las Asociaciones/Delegaciones a través de sus Centros o en su defecto su Presidente podrán solicitar a la Escuela, que se le considere como Monográfico aquellos cursos 11

12 que ellos vayan a impartir, para lo cual deberán reunir, a criterio del Director/a de la Escuela, las condiciones para ser considerados como tales. CURSOS RECONOCIDOS POR EL MOVIMIENTO SCOUT 7.4 Curso de Responsable de Unidad Cada participante realizará sus cursos en su propio Centro de Formación siempre que haya plazas En caso de que en una Asociación/Delegación no exista Centro de Formación, los Centros de Formación existentes deberán reservar para esas asociaciones al menos 3 plazas Cada curso/módulo tendrá un máximo de 24 participantes, ampliable hasta 30, a juicio del Centro de Formación. 7.5 Cursos de Responsables de Grupo Se realizará a nivel general de Andalucía Máximo 24 participantes, ampliable hasta 30, a juicio del Director/a de la Escuela Se designara a una persona para la coordinación del curso por parte de la dirección de la Escuela Cada Centro deberá organizar uno de los encuentros que se prevean, garantizado que habrá en dicho encuentro una persona al menos fija durante el mismo Se ofertará cada año y su realización dependerá del número de matrículas presentadas que deberán de ser 15 como mínimo. 7.6 Curso de Adjunto de Formación Se realizará a nivel general de España Máximo 24 participantes, ampliable hasta 30, a juicio del Director/a de la Escuela Se designara a una persona para la coordinación del curso por parte de la dirección de la Escuela y entre sus funciones, coordinara y tutorizara a los alumnos de practicas del ITT en el caso de que los hubiera. Cada Centro deberá de aportar al menos un formador/ponente para la realización del curso. En el caso de que no hubiera alumnos de practicas, cada Centro deberá organizar al menos un módulo formativo de los que se programen, garantizando que habrá en dicho módulo una persona al menos fija durante el mismo que 12

13 formara parte del equipo organizador La información de los cursos se enviará directamente a los grupos Scouts y Asociaciones /Delegaciones, Animadores Globales y Animadores Pedagógicos para que realicen las inscripciones en sus respectivos Centros de Formación. 8.- CRITERIOS DE ADMISIÓN EN LOS CURSOS ORGANIZADOS POR LA ESCUELA DE FORMACIÓM DE SCOUTS CATÓLICOS DE ANDALUCIA 8.1 Para el caso de que el número de inscripciones supere el número de plazas disponibles se realizara una selección atendiendo a los siguientes criterios: Curso de Monitor de Tiempo Libre / Responsable de unidad. a) Pertenecer a un grupo de Scouts Católicos de Andalucía b) Necesidad de formación de los grupos Scouts. c) Criterio de los responsables de grupo. d) Reparto lo mas equitativo posible entre los grupos. e) Miembros de otras asociaciones no Scouts Curso de Responsable de Grupo a) Pertenecer a un grupo de Scouts Católicos de Andalucía. b) Necesidad de formación de los Grupos Scouts. c) Criterios de presidentes/delegados de Ades/Delegaciones. d) Reparto lo más equitativo posible entre Ades/Delegaciones e) Ser Responsable de Unidad por nuestra Escuela de TL Cursos Monográficos a) Pertenecer a un grupo de Scouts Católicos de Andalucía y tener MTL con especialidad Scout. b) Necesidad de Formación de los grupos Scouts de Scouts Católicos de Andalucia. c) Criterio Presidente/Delegado Ades/ Delegaciones d) Reparto equitativo Ades/ Delegaciones Curso Adjunto de Formación a) 70% Para Federaciones organizadoras. b) 30% Para otras Federaciones de MSC. c) Dentro de SCA: - MTL con nuestra especialidad. - Necesidades de formación de las Ades/Delegaciones. - Reparto equitativo entre las Ades/ Delegaciones. 13

14 8.2. Disposiciones comunes a los puntos 8.1.1, 8.1.2, 8.1.3, y En los supuestos en que la normativa no recogiera el caso o estuviera sujeto a interpretación, será el Director/a de Escuela quien decida quien es admitido de entre las solicitudes sujetas a decisión. 9.- COMUNICACIONES INTERNAS. 9.1 Toda comunicación, circular, carta, etc. contendrá fecha, persona y organismo a quien se destina y nombre y cargo de quien lo firma, de acuerdo con la vigencia de su nombramiento. Dicho cargo debe figurar en el registro de la Escuela o y en la Asociación/Delegacion Diocesana o Federación. 9.2 La línea normal de comunicación orgánica es Grupo, Centro de Formación, Escuela o al revés, excepto: - Cuando el Consejo de Escuela haya autorizado otra forma de comunicación o se trate simplemente de remisión de información. - En el caso de la aplicación del régimen disciplinario Art. 10.5,10.6, y 10.7 que regula Competencia para sancionar las faltas descritas y la forma de comunicar la apertura de un expediente RÉGIMEN DISCIPLINARIO Ninguna persona que participe en las actividades de esta Escuela podrá ser sancionada por conductas distintas a las tipificadas como faltas en el presente apartado No podrá imponerse sanciones contrarias a la integridad física y a la dignidad de la persona Para interponer una sancion a cualquier participante en una actividad organizada por la Escuela de Tiempo Libre de SCA sera necesario rellenar el modelo de impreso correspondiente EXPEDIENTE SANCIONADOR. Anexo a este reglamento 10.4 Las faltas pueden ser leves, graves o muy graves. Excepto los casos autorizados por el responsable de la actividad, se consideraran: Faltas leves: 14

15 a) No prestar reiteradamente atención en las actividades. b) Molestar reiteradamente en las actividades. c) Interrumpir reiteradamente la marcha normal de las actividades. d) No respetar los horarios establecidos reiteradamente. e) Cualquier acto injustificado que perturbe levemente el normal desarrollo de las actividades Faltas graves: a) Reiteración de faltas leves. b) Posesión e ingesta de alcohol no autorizados. c) Salidas injustificadas sin conocimiento del responsable de la actividad. d) No respetar horas de sueno. e) Deterioro de material e instalaciones por uso inadecuado. f) Los actos de indisciplina, injuria u ofensas graves contra los miembros de la comunidad educativa.. g) Escándalo público a nivel interno. h) Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades Faltas muy graves: a) Reiteración de faltas graves. b) Deterioro del material e instalaciones por mal uso intencionado. c) Agresiones físicas consumadas o frustradas. d) Estado de ebriedad o borracheras. e) Tenencia y consumo de drogas. f) Escándalo público a nivel externo. g) Las faltas tipificadas como graves si concurrieran las circunstancias de colectividad y/o publicidad intencionada. h) Los actos injustificados que perturben muy gravemente el normal desarrollo de las actividades Se entenderá por reiteración, la comisión de al menos 3 faltas de las enumeradas en los apartados anteriores Por las faltas enumeradas en los apartados anteriores podrán imponerse las siguientes sanciones: Por las faltas leves: 15

16 a) Amonestación privada. b) Amonestación por escrito, que será comunicada al respectivo Responsable de Grupo. c) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades de la Escuela de TL Por las faltas graves: a) Realización de tareas que contribuyan a la reparación de los daños materiales causados, si procede, o a la mejora y desarrollo de las actividades de la Escuela de TL. b) Realización de trabajos complementarios a los temas, módulos o actividades correspondiente al tiempo en el que se cometiera dicha falta. Si la falta se comete en tiempo en que no se esté realizando tema, módulo o actividad (horas de descanso, de sueño, tiempo libre, etc.), el trabajo se referirá al tema, módulo o actividad siguiente. c) Expulsión del curso en que se halle matriculada la persona que cometa la falta Por las faltas muy graves: a) Realización de tareas que contribuyan a la reparación de los daños materiales causados, si procede, o a la mejora y desarrollo de las actividades de la Escuela de TL. b) Realización de trabajos complementarios a los temas, módulos o actividades correspondiente al tiempo en el que se cometiera la dicha falta. Si la falta se comete en tiempo en que no se esté realizando tema, módulo o actividad (horas de descanso, de sueño, tiempo libre, etc.), el trabajo se referirá al tema, módulo o actividad siguiente. c) Expulsión del curso en que se halle matriculada la persona que cometa la falta. d) Expulsión de la Escuela de TL, inhabilitándose para la realización de cursos en la misma, con propuesta de expulsión de la Asociación/Delegación o Federación correspondiente. Esta sanción deberá ser ratificada por el Consejo de Escuela Competencia para sancionar las faltas descritas en los cursos de RU/MTL: Las faltas leves serán sancionadas por el director/a de la actividad, quien lo comunicará al Director/a del Centro de Formación, ante quien podrá interponerse recurso en el plazo de 2 días a contar desde la sanción de la falta Las faltas graves serán sancionadas por el Director/a del Centro de 16

17 Formación de forma escrita, y éste remitirá copia de la sanción e Informe de los hechos ocurridos, en el plazo de 2 días, al Director/a de la Escuela, ante quien podrá interponerse recurso en el plazo de 10 días a contar desde la imposición de la correspondiente sanción Las faltas muy graves serán sancionadas por el Director/a del Centro de Formación de forma escrita, y éste remitirá copia de la sanción e informe de los hechos ocurridos, en el plazo de 2 días, al Director/a de la Escuela, ante quien podrá interponerse recurso en el plazo de 10 días a contar desde la imposición de la correspondiente sanción.,en este caso, el recurso será resuelto por el Consejo de Escuela Competencia para sancionar las faltas descritas en el curso de Responsable de Grupo (ASC 1) y Monográficos (ASC 3): Las faltas leves serán sancionadas por el Coordinador/a del Curso, quien lo comunicará al Director/a de la Escuela de TL, ante quien podrá interponerse recurso en el plazo de 2 días a contar desde la imposición de la correspondiente sanción, en este caso, el recurso será resuelto por el Consejo de Escuela Las faltas graves serán sancionadas por Director/a de la actividad o Director/a del centro de formación esto dependerá de quien sea el responsable del encuentro por escrito, y remitiendo copia de la sanción e Informe de los hechos ocurridos, en el plazo de 2 días, al Director de la Escuela, ante quien podrá interponerse recurso en el plazo de 10 días a contar desde la imposición de la correspondiente sanción, el recurso será resuelto por el Consejo de Escuela Las faltas muy graves serán sancionadas Director/a de la actividad o Director/a del Centro de formación dependerá de quien sea el responsable del encuentro por escrito, y remitiendo copia de la sanción e informe de los hechos ocurridos, en el plazo de 2 días, al Director/a de la Escuela, ante quien podrá interponerse recurso en el plazo de 10 días a contar desde la imposición de la correspondiente sanción.,en este caso, el recurso será resuelto por el Consejo de Escuela Competencia para sancionar las faltas descritas en el curso de Adjunto de Formación y Coordinadores de Rama (ASC 2): Las faltas leves serán sancionadas por el Coordinador/a del Curso, quien lo comunicará al Director/a de la Escuela de TL, ante quien podrá 17

18 interponerse recurso en el plazo de 2 días a contar desde la imposición de la correspondiente sanción, en este caso, el recurso será resuelto por el Consejo de Escuela Las faltas graves serán sancionadas por el Consejo de Escuela previa presentación por escrito, y remitiendo copia de la sanción e Informe de los hechos ocurridos por parte del Coordinador/a del curso, a la dirección de la escuela que lo presentara en Consejo de Escuela, la dirección de la escuela remitirá copia de la sanción e informe de los hechos ocurridos, en el plazo de 2 días, ante quien podrá interponerse recurso en el plazo de 10 días a contar desde la imposición de la correspondiente sanción.,en este caso, el recurso será resuelto por el Consejo de Escuela Las faltas muy graves serán sancionadas por el Consejo de Escuela previa presentación por escrito, y remitiendo copia de la sanción e Informe de los hechos ocurridos por parte del Coordinador del curso, a la dirección de la escuela que lo presentara en Consejo de Escuela, la dirección de la escuela remitirá copia de la sanción e Informe de los hechos ocurridos, en el plazo de 2 días, ante quien podrá interponerse recurso en el plazo de 10 días a contar desde la imposición de la correspondiente sanción.,en este caso, el recurso será resuelto por el Consejo de Escuela En cuanto a las faltas leves, serán sancionadas por el Coordinador/a del curso salvo en el caso de no recaer esta responsabilidad sobre la dirección de la escuela En cuanto a las faltas graves y muy graves, la sanción e Informe de los hechos ocurridos se presentaran por escrito, a la dirección de la escuela salvo en el caso de no recaer esta responsabilidad sobre la dirección de la escuela La responsabilidad de llevar a cabo los artículos 10.6,10.7 y 10.8 recaerá íntegramente en la dirección de la escuela en el momento de personarse en cualquiera de los encuentros formativos Sera responsabilidad del instructor del expedicnte comunicar la sancion al tutor del alumno, responsable de grupo en los cursos de RU y a los presidentes/delegados en los demas casos. 18

19 11.- ASUNTOS ECONÓMICOS Y CRITERIOS PARA EL APOYO ECONÓMICO A ACTIVIDADES Y PAGO DE LOS GASTOS OCASIONADOS POR PARTICIPACIÓN EN LAS REUNIONES REGLAMENTARIAS DE LA ESCUELA Las partidas económicas establecidas en el presupuesto general de la Escuela se respetarán si bien, ante determinadas prioridades, puede transferirse dinero de una partida a otra No se realizarán ingresos a los Centros en cuentas a nombre de particulares Reuniones periódicas, orgánicas e institucionales: Se entienden por tales las reuniones del Consejo de Escuela, Claustro de Profesores, reuniones de los directores y reuniones fijadas en el calendario anual para tratar asuntos propios de la Escuela y convocadas por la Dirección de la misma Se abonará el 100 % de los gastos originados por la asistencia a tales reuniones al equipo Directivo de la Escuela y a un representante por cada Centro de Formación, siempre y cuando se presenten los correspondientes justificantes de los mismos. Si se utiliza coche particular en los desplazamientos se abonará únicamente el importe de la gasolina Si se utilizan otros medios de transporte se utilizarán los que sean más apropiados teniendo siempre presente el principio de austeridad que nos caracteriza. Puede ampliarse la cobertura económica a más personas siempre que fuese necesario a criterio del Director/a de la Escuela y si hubiera fondos disponibles El abono de los gastos Se realizará una vez presentada la HOJA DE LIQUIDACIÓN acompañada de los justificantes correspondientes, dentro de los 10 días siguientes a la recepción de la misma, mediante cheque nominativo o transferencia a la cuenta que se indique No se abonaran gastos cuya hoja de liquidación se reciba con posterioridad a los 10 días siguientes a la actividad a que se refiera Estos gastos se incluirán dentro de las partidas presupuestarias correspondientes al funcionamiento interno de la Escuela de TL Apoyo a la participación en actividades de formación organizadas por M.S.C u otras entidades que repercutan en el funcionamiento de la Escuela de TL Se entienden por tales los Cursos de Adjuntos y Directores de Formación, cursos o seminarios monográficos organizados por MS.C, y cursos o seminarios organizados por otras instituciones que puedan servir para la realización de los fines de la Escuela de TL y mejora de la calidad de 19

20 la formación ofrecida Solo se abonará a las personas cuyas inscripciones hayan sido tramitadas a través de la Escuela de TL y hayan sido autorizadas por la Dirección de la Escuela Las cantidades se determinarán dentro de lo presupuestado según el número de participantes y el gasto total a efectuar, con criterios de proporcionalidad. Si es posible, la Escuela se hará cargo de los gastos de inscripción corriendo los gastos de desplazamiento por cuenta de los Centros de Formación o respectivas Asociaciones Diocesanas. Dentro de los presupuestos de la Escuela esta podrá correr con todos los gastos si existe disponibilidad de fondos Los participantes en cursos y/o actividades apoyadas económicamente por la Escuela están obligados a la presentación de una memoria de las mismas y: En el caso de participación en cursos de Adjuntos o Directores de Formación a comprometerse a trabajar en la Escuela en la función propia de Adjunto o Director durante dos años como mínimo En el caso de participación en un curso o seminario Monográfico a montar en el curso scout siguiente, a nivel de la Escuela, el curso o seminario Monográfico en el que participaron Para el abono de los gastos serán de aplicación los puntos y Estos gastos se incluirán dentro de las partidas presupuestarias correspondientes a actividades externas de la Escuela Pago de los gastos ocasionados por la organización de cursos a nivel de la Escuela por los distintos Centros de Formación El pago de los gastos ocasionados por la organización de cursos y encuentros a nivel general de la Escuela por los distintos Centros de Formación se realizará a tenor de lo previsto en los puntos y TOMA DE DECISIONES EN REUNIONES DEL CLAUSTRO, CONSEJO ESCUELA, ETC Para la incorporación de algún punto en el orden del día del claustro, consejo escuela, se presentará mínimo 15 días antes de la realización del encuentro, adjuntando toda la documentación necesaria para el estudio en las diferentes 20

21 equipos de los centros de formación, a excepción de aquellos casos de extrema urgencia que será debatido en el claustro y votado en consejo de escuela.i 12.2 Las decisiones se tomarán siempre por consenso. Si éste no fuera posible, se aplicarán las reglas siguientes Número de votos: En el claustro de profesores, cada asistente tendrá un voto con un máximo de tres votos por Centro de Formación. Cada miembro del Equipo Directivo tendrá también un voto En el Consejo de Escuela, cada miembro tendrá un voto Las personas que asistan a estas reuniones como invitadas y no como miembros de pleno derecho no tendrán voto Para que una decisión se tome hará falta mayoría absoluta, que es la que cuenta con la mitad más uno o más de los votos válidos, con la excepción de cuando se trate de admitir o suprimir un Centro de Formación, en que se requerirá mayoría cualificada, que es la que cuenta con 2/3 o más de los votos válidos. en caso de empate, dirimirá el Director/a previa consulta al Presidente de SCA 12.5Las votaciones se llevarán a cabo a mano alzada salvo que un miembro solicite votación secreta. 13. FORMAS DE PROCEDER Los momentos de convivencia durante los cursos en horas nocturnas y/o en los que se permitan el consumo de bebidas alcohólicas deberán contar siempre con la presencia de algún representante de la organización del encuentro quien se responsabilizará de que la actividad no repercuta en el normal funcionamiento académico y de organización del encuentro Los encuentros en periodos continuos como los Monográficos en fines de semana o los Campoescuelas se deberá cuidar al máximo el respeto de las horas de descanso Los alumnos deberán ser informados a principio de curso de las responsabilidades a las que comprometen para la consecución del curso así como las normas que regirán el normal funcionamiento académico del curso Los Proyectos de Practicas de los alumnos que sean considerados incompletos no se remitirán, se informara a su CF correspondiente 21

22 DISPOSICIÓN FINAL.-REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES. reglamento de la escuela PRIMERA. Los Centros de Formación podrán establecer sus propias normas de funcionamiento, que no podrán ser contrarias a lo establecido en los Estatutos y Reglamentos de la Escuela, de la Federación y de la propia Asociación/ Delegación Diocesana. Un ejemplar de los mismos deberá remitirse a la secretaría de la Escuela para su aprobación y constancia. SEGUNDA Como norma subsidiaria y complementaria del presente Reglamento estará el REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR de la Federación Andaluza del MS.C., y el REGLAMENTO, NORMAS Y TERMINOLOGÍA DEL MS.C., a los que nos remitiremos en los casos no previstos en el presente Reglamento. TERCERA: CUALQUIER DOCUMENTO NORMATIVO O QUE REGLAMENTE ALGUN CAMPO DE ACTUACIÓN DE LA ESCUELA ESTARA CONSIDERADO COMO ANEXO AL RRI TENIENDO LA CATEGORÍA DE NORMA INTERNA. VOCABULARIO ESPECIFICO PLAN DE ACTUACIÓN GENERAL DE LA ESCUELA Documento realizado por el equipo de escuela, que recoge los objetivos, responsables, fechas de realización, actividades y criterios de evaluación de la Escuela para un periodo de tres años, si bien anualmente puede rectificarse o ampliarse. Se presentará anualmente al claustro de profesores para su estudio, análisis y evaluación en sus aspectos pedagógicos y docentes que pudieran ser ampliados o modificados, sin tener por ello carácter vinculante. Lo aprueba y evalúa el consejo de escuela. No incluye ni presupuesto, ni calendario de actividades formativas de la escuela. CALENDARIO DE ACTIVIDADES GENERALES DE LA ESCUELA Documento que recoge las fechas, lugares y organismos responsables de todos los cursos y encuentros formativos de la escuela para un curso scout. Lo elabora en primera instancia el equipo directivo de la escuela y en segunda instancia el claustro de profesores, el cual lo aprobará definitivamente. PRESUPUESTO DE LA ESCUELA Documento que recoge la previsión de ingresos y gastos que la escuela tendrá para un curso Scout. Lo elabora el director de escuela a partir de los criterios acordados por el equipo directivo de la escuela y lo aprueba el consejo de escuela. Por el momento no incluye los presupuestos de los centros de formación bajo la responsabilidad administrativa de la escuela. ACTIVIDADES GENERALES DE LA ESCUELA Son aquellas cuya organización es compartida por todos los centros de formación de la escuela. Por ejemplo: cursos de adjuntos de formación, comisiones 22

23 de trabajo, cursos de responsables de grupo, los cursos de MTL a nivel de Andalucía. PROYECTOS DE PRACTICAS Documento que elaboran los alumnos después de superar en su totalidad la fase teórica de los cursos 23

24 EXPEDIENTE SANCIONADOR PERSONA QUE DA PARTE : RESPONSABILIDAD: NOMBRE DEL ALUMNO/A: NOMBRE DEL CURSO: C.F.: Nº EXPTE: COMUNICADO DE HECHOS: FIRMA: FECHA: HORA: ESCUELA DE TIEMPO LIBRE SCOUTS CATÓLICOS DE ANDALUCÍA C/ Limones nº 18, 3º Planta Tfno.: Fax: Jerez escuela@scoutsur.org Pág. Web:

25 ALEGACIONES DEL ALUMNO/A: FIRMA DEL ALUMNO/A: TIPIFICACION DE LA FALTA: NOMBRE DEL INSTRUCTOR: RESPONSABILIDAD EL INSTRUCTOR: FIRMA DEL INSTRUCTOR LUGAR: FECHA: HORA: ESCUELA DE TIEMPO LIBRE SCOUTS CATÓLICOS DE ANDALUCÍA C/ Limones nº 18, 3º Planta Tfno.: Fax: Jerez Pág. Web: 25

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