REGLAMENTO INTERNO Comunidad Edificio Parque Sacramentinos III Santa Isabel 747. Santiago Vigencia a partir del día
|
|
- Ángel Luna Cruz
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO INTERNO Comunidad Edificio Parque Sacramentinos III Santa Isabel 747. Santiago Vigencia a partir del día TITULO I. Del Reglamento Interno. El presente Reglamento Interno es complemento al Reglamento de Copropiedad Edificio Parque Sacramentinos III, protocolizado en escritura pública con fecha cuatro de agosto de dos mil nueve. Todo residente, ya sea copropietario o arrendatario tiene derecho a exigir el cumplimiento de las obligaciones emergentes del presente Reglamento y/o del Reglamento de Copropiedad vigente, así como también, tiene el deber correlativo de cumplir con las normas en ellos impuestas. El objetivo del presente Reglamento es hacer una convivencia grata y sana entre los residentes del edificio. Si usted, sus hijos y sus visitas respetan este Reglamento, lograremos una convivencia armónica entre todos. TITULO II. Del Comité De Administración. El Comité de administración, podrá dictar normas que faciliten el buen orden y administración del edificio, como asimismo, imponer las multas que pueden ir desde las 1UF a 10 UF a quienes infrinjan dicha normativa; facultades del Comité de Administración formalizadas en el Reglamento de Copropiedad y en la Ley de Copropiedad Inmobiliaria N El comité de administración, además queda investido de amplio poder para solicitar la terminación de los contratos de arriendo o subarriendo y la aplicación de sanciones de los Tribunales competentes, en los caso que el residente perturbe el sano convivir y orden en la comunidad, siéndoles conferidas al efecto todas y cada una de las facultades enunciadas en ambos incisos del articulo séptimo del código de procesamiento civil, las cuales se dan por reproducidas. Todo lo anterior se entienda sin perjuicio de las facultades conferidas por la ley al administrador o a cualquier persona facultada de solicitar la aplicación de las sanciones allí indicadas en los casos que de derecho proceda. TITULO III. De las multas. Todas las infracciones a las prohibiciones y restricciones señaladas en el Reglamento Interno y/o en el Reglamento de Copropiedad, serán sancionadas con amonestaciones y/o multas, según se indique en cada norma, a beneficio de todos los copropietarios. El producto de estas multas será percibido por el administrador, quien lo agregará al fondo común de reserva del condominio. Para la aplicación de amonestaciones y/o multas y el cobro de éstas, se seguirá el Protocolo de Multas, (anexo 1 de este documento). El cobro de la respectiva multa se hará efectivo a través del gasto común correspondiente. El conserje está facultado y será quien emita y entregue la amonestación al infractor, así como también recibirá el pago de la multa que se aplique, aprobada por el comité y la
2 administración, mediante un cheque extendido a nombre de la comunidad, en los casos que corresponda, o bien, informar a la administración para que sea cargada al gasto común. El plazo adicional para pagar los gastos comunes es hasta 5 días hábiles después de su fecha de vencimiento. En el caso de abonos o pagos fuera de plazo del gasto común, se cargará la suma de 1UF como multa en la emisión del próximo cobro de servicios. Se entiende con esto, que la única forma de encontrarse al día en sus obligaciones con la comunidad, es cancelando oportunamente el total del gasto común. A los deudores de dos meses de gasto común, se les multará con 1UF más el corte del suministro de agua caliente. A los deudores que se encuentren morosos con tres meses o más, se les multará con 1UF, se les cortará el suministro de agua caliente más el servicio eléctrico, según las facultades que la Ley N y el Reglamento de Copropiedad le otorgan al administrador del edificio. En caso de registrarse infracciones graves, que dada su naturaleza deban ser resueltas sin amonestaciones previas, la multa puede ser superior a lo estipulado en este reglamento a criterio del comité o la administración. TITULO IV. De la convivencia. Todo propietario u ocupante que vive o asiste total o parcial en el condominio deberá hacer uso en forma ordenada y tranquila de su departamento, estacionamiento y/o bodega sin perturbar la tranquilidad del resto del condominio. Quedando estrictamente prohibido ocupar los bienes raíces para fines atentatorios contra la moral y las buenas costumbres. Queda estrictamente prohibido a los propietarios, arrendatarios u ocupantes, a cualquier titulo, de los departamentos, estacionamientos y/o bodegas: a) Mantener depositados, ya sea en su propio departamento, bodega o estacionamiento, así como en espacios comunes (pasillos, escaleras, etc.), aun en forma transitoria, materias húmedas, infectas, malolientes, asfixiantes, explosivas o inflamables, e incluso alimentos no perecibles, por la amenaza de plagas que puedan presentarse. El no cumplimiento a esta norma conlleva primero a una amonestación y posteriormente a una multa de 1,5 UF. b) Ejecutar actos que perturben la tranquilidad de los demás propietarios y ocupantes del condominio, provocar ruidos molestos, para lo cual cada propietario u ocupante deberá ocupar sus aparatos de radio y televisión, instrumentos musicales y cualquier otro instrumento sonoro en forma tal que no cause molestia a los demás ocupantes. El no cumplimiento a esta norma conlleva primero a una amonestación y posteriormente a una multa de 1,5 UF. c) Exhibir, tender o colgar hacia el exterior del condominio (sobrepasando la línea de fachada) en las terrazas, ventanas y otros lugares: alfombras, toallas, prendas de vestir, muebles, maceteros y en general cualquier tipo de objeto que afecte la estética, dignidad del condominio y /o pueda dañar la integridad de otras personas. La infracción a esta norma será sancionada con una multa de 1UF. d) Arrojar basuras, colillas de cigarro, papeles o cualquier elemento liviano o contundente hacia la calle, el patio interior, pasillos y áreas comunes del Condominio.
3 La infracción a esta norma será sancionada con una multa de 1UF. e) Instalar bajadas de cables, antenas de radio o televisión que sobrepasen la línea de fachada del edificio, como también toda clase de artefactos de aireación, calefacción o incineración. La infracción a esta norma será sancionada con una multa de 2UF. f) Lavar o realizar trabajos mecánicos a vehículos en los estacionamientos. La infracción a esta norma será sancionada con una multa de 2UF. g) Realizar asados a carbón o leña en balcones, sólo se permite el uso de parrillas eléctricas o a gas. La infracción a esta norma será sancionada con 2UF. h) Instalar en ventanas, balcones o terrazas extractores de aire, equipos de aire acondicionado, chimeneas o conductos para el humo, que tengan salida a los espacios comunes. La infracción a esta norma será sancionada con una multa de 2UF. i) Publicar, sin contar con la autorización de la administración, comité o coordinaciones con conserjería, cualquier tipo de aviso o afiche en ascensores (interior o exterior de éstos), murallas y en cualquier otro lugar que no sea el diario mural instalado para estos fines. La infracción a esta norma será sancionada con una multa de 1UF.. NORMAS GENERALES Norma I. Espacio común a) Esta estrictamente prohibido fumar en los espacios comunes cerrados (entrada principal, pasillos, caja escala, ascensores, estacionamientos y otros). b) En el caso de los niños, está estrictamente prohibido que éstos realicen juegos que puedan producir daños a las personas, infraestructura del edificio, su mobiliario y otros, o bien que perturben la tranquilidad del condominio. c) El residente responsable de los niños que perturben el orden y tranquilidad de la comunidad (ya sean residentes o visitas) será sancionado en una primera instancia con una amonestación y en segunda instancia con una multa de 1UF. d) El residente responsable de los niños (ya sean residentes o visitas), que producto de comportamiento y juegos inadecuados en lugares prohibidos, dañen la infraestructura, mobiliario y otros, será multado con 7 UF, en caso que la reparación sea de un costo mayor, la diferencia (respalda por boleta o factura) será cargada en el gastos común correspondiente al residente responsable. e) Con el objetivo de resguardar la estética del edificio sólo se autoriza que las cortinas o visillos que den hacia el exterior (calle o el patio interior) sean de color claro (blanco, crudo, etc.), sin perjuicio que las cortinas interiores de cada departamento sean de otro color. La infracción a esta normada será sancionada en primera instancia con una amonestación y en segunda instancia con una multa de 3UF.
4 Norma II. Ruidos Molestos a) El uso de taladro y herramientas que generen ruidos molestos, queda restringido al siguiente horario: Lunes a Viernes de 10:00 a 21:00 hrs. Sábado de 10:00 a 14:00 hrs. Domingos y festivos Prohibido en todo horario. El no cumplimiento a esta norma conlleva primero a una amonestación y en segunda instancia a una multa de 1UF. Norma III. Botar desechos a) Queda estrictamente prohibido arrojar elementos contundentes y de un diámetro mayor al ducto de la basura, así como desperdicios tóxicos, líquidos o sustancias inflamables y, en general, toda clase de líquidos al ducto de basuras, que por sus características puedan afectar la salud de los residentes. b) Queda estrictamente prohibido arrojar y dejar cartones, diarios, botellas de cualquier material a los pies del ducto de la basura, estos desperdicios deben ser dejados en el closet ecológico destinados para estos elementos en cada piso. c) Queda estrictamente prohibido botar basura en los espacios comunes del condominio. d) Queda estrictamente prohibido arrojar desperdicios a los alcantarillados o desagües (por ejemplo pañales, comida, bolsas, etc.) que puedan obstruir éstos. Los gastos de limpieza que se ocasionen por la infracción a éste artículo, serán cancelados por la totalidad de los residentes del edificio y se cobrarán en el gasto común del mes siguiente. e) Solamente se encuentra autorizado eliminar desechos debidamente embolsados por los ductos de basura entre las 07:00 y las 23:00 horas. Norma IV. Estacionamientos y accesos a) Queda estrictamente prohibido estacionar cualquier tipo de vehiculo (autos, motos, camionetas, camiones, etc.) sobre la vereda y en la línea de edificación frente al edificio. Para los efectos, el administrador, a través de la conserjería, efectuará coordinaciones con Carabineros e Inspectores Municipales, a fin de cursar las multas respectivas, y que por su intermedio se informe al Juzgado de Policía Local jurisdiccional. b) Queda estrictamente prohibido acelerar desmedidamente el motor de los vehículos, (incluidas las motos), tocar la bocina dentro del condominio (salvo para evitar accidentes). c) Queda estrictamente prohibido no respetar la velocidad máxima dentro del condominio, la cual debe ser de 10 KM / HR. d) Los residentes (ya sean copropietarios o arrendatarios) que no cuenten con estacionamiento (propio o en calidad de arriendo) NO podrán ingresar al Edificio con vehículos. En caso de detectarse vehículos estacionados en lugares no habilitados para tal efecto o estacionado en
5 estacionamiento de otro residente sin autorización o de visitas, la conserjería instalará en éstos traba ruedas "Pitbull", que solo serán retirados si el infractor cancela en conserjería con cheque a nombre de la comunidad, una multa de 2 UF. e) Los estacionamientos del condominio son de exclusiva responsabilidad de cada propietario, pudiendo estos arrendarlos o venderlos exclusivamente a copropietarios del edificio. f) Las personas que utilicen los estacionamientos deberán ingresar o salir del condominio solamente con control remoto. Teniendo la precaución de esperar que el portón se cierre antes de continuar, con el objetivo de evitar el ingreso a personas ajenas a la comunidad. g) El conserje tiene prohibido abrir el portón a los propietarios que no cuenten con control remoto. Salvo casos debidamente justificados. h) Queda prohibido el acceso y salida del condominio de los peatones por el portón eléctrico (salvo en casos muy justificados). i) La puerta de acceso debe permanecer cerrada, siendo ésta una responsabilidad directa del conserje de turno y en segundo lugar de los copropietarios. El conserje deberá registrar el ingreso a toda persona externa al edificio, previa autorización del propietario o residente; como también controlar el ingreso de mensajeros externos, vendedores, promotoras; quienes deberán efectuar su tramite en el hall central coordinados con el conserje de turno. Norma V. Estacionamientos de visita a) Los estacionamientos de visitas son de uso exclusivo de visitas de propietarios o residentes, sólo podrán ser ocupados por visitantes. Queda estrictamente prohibido que copropietarios, arrendatarios o residentes utilicen los estacionamientos de visita, cuenten o no con estacionamiento propio o arrendado. En esta situación el conserje instalará traba ruedas pitbull al automóvil, el que sólo será retirado una vez que el residente pague con cheque a nombre de comunidad una multa de 2UF. b) Los visitantes que deseen acceder a los estacionamientos de visita deberán solicitarlo a través del citófono a conserjería, solo una vez autorizados verbalmente por el o los residentes visitados podrá acceder al estacionamiento designado por el conserje. c) Toda visita debe quedar registrada en el libro de visitas, con los datos del conductor, del vehículo, hora de ingreso y hora de salida. d) Cada visitante podrá utilizar los estacionamientos de visitas por un periodo de 4 horas (continuas o discontinuas) dentro de 24 horas como máximo, pasado dicho lapso de tiempo (4 horas) se procederá a infraccionar al departamento visitado a un valor de $2.000 por hora adicional hasta un máximo de 2 horas adicionales. Superado el periodo de 4 horas autorizadas más las 2 horas adicionales, se procede a instalar los traba ruedas pitbull y sólo se retirará cancelando una multa de 1UF. e) Los estacionamientos de visita NO se reservan ni se arriendan.
6 Norma VI. Arriendos o enajenación de departamentos, bodegas y/o estacionamientos a) Cuando un propietario ceda el uso de una o todas sus unidades a otras personas, a cualquier título (Arrendamiento, enajenación, etc.) los propietarios se obligan a dar cuenta de ésta situación a la Administración. b) El propietario debe dar a conocer a sus arrendatarios el presente reglamento interno, e incluir en el contrato de arriendo una clausula con la obligación de acatarlo y ceñirse a él. Norma VII. Mudanzas a) Las personas que se muden del condominio deberán avisar con al menos 24 horas de anticipación en conserjería, presentando los siguientes antecedentes: - Gastos comunes al día emitidos por el administrador. - Salvoconducto ante notario. - Carta firmada por el dueño del departamento donde lo autoriza a dejar la propiedad. El conserje de turno esta facultado para bloquear el portón eléctrico de acceso y de llamar al administrador o a cualquier integrante del comité de administración y simultáneamente a Carabineros de Chile si se sorprende a algún arrendatario intentando salir del edificio sin presentar los antecedentes indicados en el párrafo anterior. b) El horario autorizado para realizar mudanzas (ya sean de residentes que dejan el edificio o de nuevos que lleguen a éste) es de lunes a domingo de 07:00 a 22:00 hrs. El no cumplimiento del horario definido se infraccionará con una multa de 2 UF. c) En toda mudanza que requiera la utilización de un ascensor, el residente (ya sea que deje el edificio o llegue) dejará una garantía de $ en conserjería con un cheque a nombre de la comunidad. Una vez finalizada la mudanza, el conserje inspeccionará el estado del ascensor y en caso de haber daños no devolverá la garantía. d) El único ascensor autorizado para realizar la mudanza es el que el conserje indique. Norma VIII. Áreas verdes, Hall y Lobby a) Las áreas verdes, hall y lobby del edificio son para el bienestar de todos los residentes del condominio, donde podrán recrearse todos los días del año siempre y cuando no altere el orden y tranquilidad ni atente contra la moral y las buenas costumbres. b) Queda estrictamente prohibido usar como pasillos de uso frecuente las áreas verdes, andar en bicicletas, jugar con pelotas sobre el pasto y golpear la reja que divide los jardines con el edificio colindante con cualquier elemento. Se multará con 1 UF cada vez que se infrinja esta norma.
7 Norma IX. Quincho a) Queda estrictamente prohibido ejecutar actos que perturben la tranquilidad de los demás propietarios y ocupantes del condominio, provocando ruidos molestos y actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres (como por ejemplo orinar, gritar, tener discusiones y peleas usando lenguaje inapropiado, entre otros). El perturbar la tranquilidad del resto de la comunidad se multará con 1UF después de haber recibido 2 amonestaciones previas. El realizar actos que atenten con la moral y buenas costumbres se multará con 1 UF (sin amonestaciones previas). b) El quincho es para el uso de los residentes (copropietarios o arrendatarios) del condominio, quién podrá reservar su uso sólo si cumple con los siguientes requisitos: Gastos comunes al día. Perfecta conducta anterior (no haber recibido ninguna carta de amonestación en los últimos 3 meses) Reserva con un mínimo de 72 horas de anticipación. Completar ficha de solicitud, donde acepta las reglas y normas de su uso. Entregar nomina de invitados con Nº de Rut y nombre de cada uno. c) Todo invitado debe quedar registrado en el libro de visitas. d) Todo residente que cumpla con los requisitos señalados anteriormente, podrá reservar el uso del quincho en los siguientes tramos de horario: Domingo a jueves Viernes y sábado de 10:00 a 18:00 hrs. o de 19:00 a 24:00 hrs. de 10:00 a 19:00 hrs. o de 20:00 a 03:00 hrs. e) Los turnos definidos para el uso del Quincho tienen el objetivo de permitir el uso de éste por más de un residente un mismo día; sin perjuicio que un mismo residente en caso lo requiera, pueda reservar ambos turnos. f) El residente responsable debe entregar el quincho en las mismas condiciones de orden y limpieza en las cuales lo recibió. g) En caso de ser aceptado el uso del quincho el solicitante debe dejar una garantía de $ (veinte mil pesos) con cheque a nombre de la comunidad la cual se hará efectiva si se entrega el quincho en condiciones de suciedad y desorden. Es el conserje el encargado de recepcionar el quincho y revisar las condiciones en las que se entrega. En caso de haber daños que no alcancen a ser cubiertos por la garantía, se procederá a cursar una multa por 3 UF. Si la reparación de los daños es superior a la multa, la diferencia será cargada (respaldada con boleta o factura) en el gasto común del residente responsable..norma X. Sala de reuniones a) Queda estrictamente prohibido ejecutar actos que perturben la tranquilidad de los demás propietarios y ocupantes del condominio, provocando ruidos molestos y actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres.
8 El perturbar la tranquilidad del resto de la comunidad se multará con 1UF después de haber recibido 2 amonestaciones previas. El realizar actos que atenten con la moral y buenas costumbres se multará con 1 UF (sin amonestaciones previas). b) La sala de reuniones es para el uso de los residentes (copropietarios o arrendatarios) del condominio, quién podrá reservar su uso sólo si cumple con los siguientes requisitos: Gastos comunes al día. Perfecta conducta anterior (no haber recibido ninguna carta de amonestación en los últimos 3 meses) Reserva con un mínimo de 72 horas de anticipación. Completar ficha de solicitud, donde acepta las reglas y normas de su uso. Entregar nomina de invitados con Nº de Rut y nombre de cada uno. c) Todo invitado debe quedar registrado en el libro de visitas. d) Todo residente que cumpla con los requisitos señalados anteriormente, podrá reservar el uso de la Sala de Reuniones en los siguientes tramos de horario: Domingo a jueves Viernes y sábado de 10:00 a 18:00 hrs. o de 19:00 a 24:00 hrs. de 10:00 a 19:00 hrs. o de 20:00 a 03:00 hrs. e) Los turnos definidos para el uso de la Sala de Reuniones tienen el objetivo de permitir el uso de ésta por más de un residente un mismo día; sin perjuicio que un mismo residente en caso lo requiera, pueda reservar ambos turnos. f) El residente responsable debe entregar la sala de reuniones en las mismas condiciones de orden y limpieza en las cuales la recibió. g) En caso de ser aceptado el uso de la sala de reuniones el solicitante debe dejar una garantía de $ (veinte mil pesos) con cheque a nombre de la comunidad, la cual se hará efectiva si se devuelve la sala de reuniones en condiciones de suciedad (tanto en paredes y pisos, como en el mobiliario) y desorden. Es el conserje el encargado de recepcionar la Sala de Reuniones y revisar las condiciones en las que se entrega. En caso de haber daños que no alcancen a ser cubiertos por la garantía, se procederá a cursar una multa por 5 UF. Si la reparación de los daños es superior a la multa, la diferencia será cargada (respaldada con boleta o factura) en el gasto común del residente responsable. h) Finalmente, la utilización de la sala de reuniones queda restringida al uso interior de ésta, no considerándose parte de ésta las áreas verdes de la comunidad. Norma XI. Del personal. a) Queda estrictamente prohibido solicitar y usar los servicios del personal (conserjes, auxiliar de aseo, jardinero, suplentes, etc.), para actividades, trabajos o servicios de índole particular, durante el horario de trabajo del personal.
9 b) Se exige a cada propietario y residente del Condominio, así como a sus visitas, que tengan un trato educado y cordial con el personal que se desempeña en el edificio. Queda estrictamente prohibido realizar algún acto de violencia ya sea física o verbal a cualquier miembro del personal (independiente su cargo). La infracción a esta norma será sancionada en primera instancia con una amonestación y en segunda instancia con una multa de 5UF. c) En caso que algún residente tenga algún problema con un miembro del personal que trabaje en el edificio, deberá comunicarlo la brevedad al Comité de Administración o a la Administración, dejando constancia del evento en el libro dispuesto para estos efectos. Norma XII. Tenencia de mascotas. a) Toda mascota que se encuentre al interior del edificio y en sus espacios comunes deberá transitar con un adulto responsable y con su respectiva cadena u otro similar, en el caso de mascotas potencialmente peligrosas para la comunidad o sus visitantes, deberá circular con bozal de seguridad. Sancionándose el no cumplimiento de esta norma en primera instancia con una amonestación y en segunda instancia con una multa de 1UF. b) Para el transporte de mascotas al interior de los ascensores, éstas deberán ser transportadas en los brazos de un adulto o con correa protectora al lado del adulto responsable. c) Para el caso de mascotas potencialmente peligrosas, éstas solo podrán ingresar a los ascensores siempre y cuando no cause molestia o incomodidad al resto de los residentes. d) La circulación de mascotas por las áreas verdes sin supervisión de un adulto responsable o sin correa queda prohibida. Sancionándose esta conducta en primera instancia con una amonestación y en segunda instancia con una multa de 1UF. e) Cuando una mascota ocasione algún daño o desperfecto en los espacios comunes, el residente responsable será multado con 2UF, en caso que la reparación del daño sea superior al valor de la multa, se le cargará la diferencia (respaldad por boleta o factura) en los gastos comunes. f) Toda vez que un residente circule con una mascota, deberá traer consigo alguna implementación para deshacerse de los desperdicios (por ejemplo fecas) de ésta, y botarla en algún contenedor de basura. g) Cuando una mascota realice sus necesidades (orina o fecas) en espacios comunes, ya sean éstos abiertos o cerrados, el residente responsable deberá limpiar o pagar una multa de 1UF. h) Las mascotas no podrán permanecer encerradas en los balcones ni solas en un departamento por más de un día, ni en ninguna otra condición que pueda ocasionar molestias a otros residentes, ya sea con ladridos, maullidos, olor, etc. El no cumplimiento de esta norma será sancionado en primera instancia con una amonestación y en segunda instancia con una multa de 2 UF.
10 Norma XIII. Del cierre de balcones a) Los copropietarios podrán realizar mejoras de cierre de sus balcones, ya sea para aminorar el ruido ambiente o el calor, presentando previamente el proyecto al Comité de Administración. b) Se autoriza a los departamentos con orientación Sur (Santa Isabel) y Sur-Oriente (Santa Rosa) el cierre con ventanales termopanel en estructura de aluminio color Titanium. c) Se autoriza a los departamentos con orientación Nor-Poniente (Patio interior) a cerrar sus balcones con cortinas Hanga Roa (Cortinas plegables de madera) color Alerce. El presente Reglamento Interno, comenzará a ser aplicado a contar del día 28 de marzo de 2012, en complementación de la Ley Nº , sobre copropiedad inmobiliaria, también a su Reglamento, el Reglamento de Copropiedad del Edificio, y sin perjuicio de futuras normas que la asamblea estime conveniente aplicar en el futuro. Atentamente Comité de Administración La Administración.
NORMAS DE CONVIVENCIA CONDOMINIO RESIDENCIAL COBALTO
NORMAS DE CONVIVENCIA CONDOMINIO RESIDENCIAL COBALTO Los lineamientos enumerados a continuación son aplicables para: 1. Todos los departamentos en general. 2. Todos los condóminos individuales de cada
Más detallesBpopartners Outsourcing Inmobiliario
Bpopartners Outsourcing Inmobiliario Procedimiento de Ingreso al Edificio Comunidad Espacio Cumming. Vigencia desde 20 de Enero 2012 Alcance. Este instructivo se aplica a toda persona que ingrese a la
Más detallesREGLAMENTO INTERNO COMUNIDAD EDIFICIO MURANO
1 REGLAMENTO INTERNO COMUNIDAD EDIFICIO MURANO 2 INDICE Página NORMAS GENERALES 3 Acceso al Condominio Acceso de visitas Puertas y portones Correspondencia Vendedores 4 Objetos peligrosos Teléfono 4 Mudanzas.
Más detallesÍNDICE: CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales. CAPÍTULO SEGUNDO De la Naturaleza de las Prácticas y del Trabajo en el Laboratorio.
CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales. ÍNDICE: CAPÍTULO SEGUNDO De la Naturaleza de las Prácticas y del Trabajo en el Laboratorio. CAPÍTULO TERCERO De la Seguridad. CAPÍTULO CUARTO De la Organización
Más detallesREGLAMENTO INTERNO. Es residente aquél que tiene contrato de arrendamiento vigente con las residencias.
REGLAMENTO INTERNO DISPOSICIONES GENERALES Todos los residentes poseen los mismos derechos y obligaciones y deberán conocer y cumplir los reglamentos y políticas de las residencias. Es obligación de los
Más detallesIBERO PUEBLA REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y USO DEL CENTRO DE CÓMPUTO
IBERO PUEBLA REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y USO DEL CENTRO DE CÓMPUTO I. Sobre la Administración. II. Sobre el Mantenimiento. III. Sobre el Acceso. IV. Normas Sobre Uso de los Servicios y Acceso a Internet.
Más detallesCONVENIO / REGLAMENTO PISO 35
CONVENIO / REGLAMENTO PISO 35 1. OBJETO DE LA RENTA: El arrendatario deberá informar al arrendador el propósito del evento que desea realizar en el piso 35, así como el horario de inicio y terminación
Más detallesCOMUNICADO REGLAMENTO DEL USO DE LAS PISCINAS
COMUNICADO REGLAMENTO DEL USO DE LAS PISCINAS De conformidad con lo establecido en el Documento de Condominio protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio
Más detallesREGLAMENTO INGRESO Y USO DE GUARDERÍA AMIGUITOS SFI RESORTS S.A.
REGLAMENTO INGRESO Y USO DE GUARDERÍA AMIGUITOS SFI RESORTS S.A. 1. General: SFI RESORTS S.A. en adelante SFIR es operador del proyecto denominado MONTICELLO GRAND CASINO Y MUNDO DE ENTRETENCIÓN, en adelante,
Más detallesPROCESO DE COMPRA ALMAGRO
PROCESO DE COMPRA Este documento fue elaborado por Almagro S.A. con el fin de explicar a nuestros clientes de forma resumida las etapas en el proceso de compra de un departamento Almagro. Los contenidos
Más detalles... TARIFAS. 1. Derechos de incorporación y gastos de administración e inscripción. 2. Visación de documentos y Servicios informáticos.
Tarifas: Art. 125. Reglamento Interno Operacional. Ultima modificación 19 de diciembre 2012 1. Derechos de incorporación y gastos de administración e inscripción. 1.- Admisión de Usuarios: 1.1.- Ingreso,
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular el uso y la práctica deportiva y recreativa de las instalaciones de Tenis de Mesa en este Centro Deportivo
Más detallesReglamento del Laboratorio de Bolsa de Valores
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, Campus Morelia Reglamento del Laboratorio de Bolsa de Valores Coordinación de Laboratorios!" Contenido CAPÍTULO I. De los usuarios... 2 CAPÍTULO
Más detallesBASES DEL CONCURSO PAGA TU CUENTA ANTES DEL 30/08/2013 Y PARTICIPA EN EL SORTEO DE UN ESPECTACULAR LED SMART TV FULL HD
BASES DEL CONCURSO PAGA TU CUENTA ANTES DEL 30/08/2013 Y PARTICIPA EN EL SORTEO DE UN ESPECTACULAR LED SMART TV FULL HD I. Del Organizador. DIRECTV CHILE TELEVISIÓN LIMITADA (en adelante indistintamente,
Más detallesBASES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE OFICINAS, SERVICIOS Y OTRAS DEPENDENCIAS DE MERCASTURIAS
BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE OFICINAS, SERVICIOS Y OTRAS DEPENDENCIAS DE MERCASTURIAS Nº expediente: 05/14 Fecha de publicación en la web www.mercasturias.com: 18/11/2014
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO DE ATITALAQUIA
Subsecretaría de Educación Superior Dirección General de Educación Superior Tecnológica REGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE CÓMPUTO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ATITALAQUIA Contenido CAPITULO I. DE LAS
Más detallesEXPEDIENTE Nº: 2007.0.013
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE TELEOPERADORES PARA EL CENTRO DE LLAMADAS DE CITA PREVIA DEL CENTRO DE ESPECIALIDADES DE MORATALAZ DEPENDIENTE DEL ÁREA I DE ATENCION
Más detallesANTEPROYECTO INSTRUCTIVO PARA EL USO DE LOS ESTACIONAMIENTOS
ANTEPROYECTO INSTRUCTIVO PARA EL USO DE LOS ESTACIONAMIENTOS DE LA UNIDAD AZCAPOTZALCO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La creación del presente Instructivo responde a la necesidad de regular el uso de los estacionamientos
Más detallesLineamientos del Departamento de Psicometría y Medición de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos del Departamento de Psicometría y Medición de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DEL DEPARTAMENTO
Más detallesLas residentes deberán respetar toda norma que regule la convivencia en Casamaría Apart Universitario.
CASAMARIA I CÓDIGO DE CONVIVENCIA El presente código de convivencia se ha dictado con el objeto de preservar la armonía, el bienestar y la seguridad de las residentes y mantener un vínculo de respeto mutuo
Más detallesREGLAMENTO INTERNO RESIDENCIA UNIVERSITARIA TAGASTE BARCELONA CURSO 2015-2016
REGLAMENTO INTERNO RESIDENCIA UNIVERSITARIA TAGASTE BARCELONA CURSO 2015-2016 Con el deseo de favorecer la convivencia entre todos los residentes, y de ellos con la dirección de la residencia, se han redactado
Más detallesAyuntamiento de ALCAÑIZ * ORDENANZAS MUNICIPALES DE PROTECCIÓN AMBIENTAL. Ordenanza 6. TENENCIA Y PROTECCIÓN DE ANIMALES DOMÉSTICOS.
CAPÍTULO 1- NORMAS GENERALES. Artículo 1- Objeto. Artículo 2- Prohibiciones generales. Artículo 3- Prohibiciones especiales. Artículo 4- Prohibición expresa referente a especies protegidas. CAPÍTULO 2-
Más detallesReglamento Programa de Alojamiento
Reglamento Programa de Alojamiento Con el objetivo de brindar servicios que favorezcan la adaptación y bienestar de los estudiantes en la Universidad, se ha creado el programa de alojamiento para estudiantes
Más detallesCondiciones generales
Condiciones generales Objeto. Descripción de los servicios IURISCAR S.L. domiciliada en C/ Fuencarral nº 135, 3º exterior izda. 28010 Madrid, CIF: B-83610352, es el creador y propietario de la Base de
Más detallesMANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.
MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS
Más detallesCONTRATO DE INSCRIPCION DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS BEBE - CENCOSUD RETAIL S.A.
CONTRATO DE INSCRIPCION DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS BEBE - CENCOSUD RETAIL S.A. Primero: GENERALIDADES 'Paris' cuenta con un programa denominado 'Bebé Paris', que consiste en el otorgamiento de una serie
Más detallesCLUB ALEMAN DE MENDOZA REGLAMENTO INTERNO:
CLUB ALEMAN DE MENDOZA REGLAMENTO INTERNO: Capítulo 1º: Disposiciones generales. Art. 1º: El presente reglamento será de aplicación a partir de su aprobación en reunión ordinaria de Comisión Directiva
Más detallesReglas Internas para el uso de los Espacios para Diseño e Innovación
Reglas Internas para el uso de los Espacios para Diseño e Innovación 1. El MIND ha establecido estas normas, que deberán ser cumplidas por los cesionarios de los espacios (despachos) del Espacio de Empresas,
Más detallesUNIVERSIDAD PSICOLOGÍA INDUSTRIAL DOMINICANA REGLAMENTO PARA UTILIZACIÓN DE TALLERES Y LABORATORIOS CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
UNIVERSIDAD PSICOLOGÍA INDUSTRIAL DOMINICANA REGLAMENTO PARA UTILIZACIÓN DE TALLERES Y LABORATORIOS CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente reglamento es de observancia para todos
Más detalles4. RESERVA DE USO DE VEHICULOS PARA CAMPAÑAS PROPIAS
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL CONTRATO DE EXPLOTACIÓN DE LA PUBLICIDAD DE LOS AUTOBUSES DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTS PÚBLICS DE TARRAGONA, S.A. 1. OBJETO El objeto de esta licitación
Más detallesLineamientos del Aula Virtual de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos del Aula Virtual de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DEL AULA VIRTUAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
Más detallesUNIVERSIDAD DE MONTERREY Documentación Institucional
01/12/2009 19/02/2015 Cada cinco años 1 de 5 ÍNDICE ALCANCE 2 CAPÍTULO I.- Disposiciones generales 2 CAPÍTULO II.- Obligaciones y restricciones 2 CAPÍTULO III.- Sanciones 3 CAPÍTULO IV.- De los oficiales
Más detallesEL COLEGIO DE MICHOACÁN A.C. MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE CÓMPUTO
EL COLEGIO DE MICHOACÁN A.C. MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE CÓMPUTO CONTENIDO 1. Prefacio... 3 2. Misión... 3 3. Visión... 3 4. Planeación... 3 5. Inventario y adquisiciones...
Más detallesCONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO TELEFÓNICO FIJO
CONDICIONES CONTRACTUALES DEL SERVICIO TELEFÓNICO FIJO 1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO 1.1. El servicio telefónico que suministra Telefónica Chile S.A. (TCH), en adelante el Servicio, consiste en un servicio
Más detallesPPTSE DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS: Operaciones comprendidas en la conservación y mantenimiento
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO DE PINTURAS Y BARNICES DE PROTECCION Y DECORACION SUPERFICIAL A LOS MATERIALES Y COMPONENTES DE LOS EDIFICIOS
Más detallesCÓDIGO: CORP-SEG-TD-003 EDICIÓN: 4 FECHA:
1 DE 4 Para cumplimiento de los funcionarios 1. Los funcionarios que autoricen el ingreso de ex empleados deben cumplir con los mismos requisitos que se demandan para el acceso de visitantes y tener en
Más detalles1.- JUSTIFICACIÓN 2.- OBJETO DEL CONTRATO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ EL CONCURSO PARA LA GESTION DE LA PRODUCCIÓN TÉCNICA DE EXPOSICIONES QUE SE REALICEN EN LAS SALAS DEL CENTRO CULTURAL DEL MATADERO, ENTRE OTRAS. 1.- JUSTIFICACIÓN
Más detallesCondiciones para grupos con habitaciones y eventos
Condiciones para grupos con habitaciones y eventos POLITICAS GRUPALES DE CANCELACION DE BLOQUEO DE HABITACIONES Enero, Febrero, Marzo, Octubre, Noviembre y Diciembre 75 días antes de la fecha inicial de
Más detallesNORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR
NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DEL COMEDOR 1. El Comedor Escolar comenzará el primer día lectivo del mes de septiembre y finalizará el último día lectivo del mes de junio. Las estrategias de adaptación
Más detallesCONTRATO DE TRABAJO DE CHOFER CUARTELERO (RESIDENTE)
CONTRATO DE TRABAJO DE CHOFER CUARTELERO (RESIDENTE) En... a...de... de 20..., entre el CUERPO DE BOMBEROS DE,...corporación de derecho privado, servicio de utilidad pública R.U.T. N...representado por
Más detallesCONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA DE VIVIENDA. En, a de de 20 REUNIDOS
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA DE VIVIENDA En, a de de 20 REUNIDOS De una parte, el propietario que actúa como parte arrendadora: D/Dª, mayor de edad, con DNI y con domicilio en, pudiendo ser contactado
Más detallesREGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL FUNCIONAMIENTO DE MOTO TAXIS EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN CHAMELCO, ALTA VERAPAZ.
REGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL FUNCIONAMIENTO DE MOTO TAXIS EN EL MUNICIPIO DE SAN JUAN CHAMELCO, ALTA VERAPAZ. Articulo 1. Objetivo: Las disposiciones del presente Reglamento deberá entenderse a todas las
Más detalles1. Del Personal de la Sala de Consulta:
1 ARCHIVO GENERAL DEL ESTADO DE YUCATAN (AGEY) REGLAMENTO DE LA SALA DE CONSULTA DEL ARCHIVO HISTÓRICO 1. Del Personal de la Sala de Consulta: I. El es el responsable directo del personal y del servicio
Más detallesANEXO 02 LICITACIÓN POR INVITACIÓN ABIERTA IA/SESESP/036/15 TIEMPOS RECORTADOS-PRIMERA LICITACIÓN-CONSOLIDADA
LOTE CANTIDAD UNIDAD 1 01 SERVICIO DESCRIPCIÓN DEL ARTICULO MARCA PRECIO UNITARIO SERVICIO DE LIMPIEZA, EN UN PERIODO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE AGOSTO DE 2016: EN LAS INSTALACIONES DEL SECRETARIADO EJECUTIVO
Más detallesREGLAMENTO PRÁCTICAS DE LABORATORIO SISTEMA NACIONAL DE LABORATORIOS
REGLAMENTO PRÁCTICAS DE LABORATORIO SISTEMA NACIONAL DE LABORATORIOS 1. Es indispensable presentar el acta de matrícula y/o Carnet vigente para el ingreso al laboratorio. 2. Usar siempre blusa blanca,
Más detallesPolítica de Gestión de Talento Humano POL-DH-01
Política de Gestión de Talento Humano POL-DH-01 1 Objetivos Contar con las herramientas que garanticen un adecuado manejo de los recursos, con directrices claras que permitan armonía laboral entre el personal
Más detallesORDENANZA MUNICIPAL N 026-2011-MDJLBYR EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO.
ORDENANZA MUNICIPAL N 026-2011-MDJLBYR J. L. Bustamante y Rivero, 2011 diciembre 02. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO. POR CUANTO: El Concejo Municipal,
Más detallesBolsa de Valores de Montevideo
Bolsa de Valores de Montevideo REGLAMENTO OPERATIVO DE FUNCIONAMIENTO DE COMPENSACIÓN, LIQUIDACIÓN Y CUSTODIA DE VALORES A TRAVES DE LA BOLSA DE VALORES DE MONTEVIDEO Última revisión 06/11/2006 pagina
Más detallesDIRECTIVA SOBRE LA ATENCIÓN PREFERENCIAL A MUJERES EMBARAZADAS, LAS NIÑAS, NIÑOS, LOS ADULTOS MAYORES EN LOS LUGARES DE ATENCIÓN AL PÚBLICO
DIRECTIVA SOBRE LA ATENCIÓN PREFERENCIAL A MUJERES EMBARAZADAS, LAS NIÑAS, NIÑOS, LOS ADULTOS MAYORES EN LOS LUGARES DE ATENCIÓN AL PÚBLICO Junio 2009 INDICE I. PRESENTACIÓN.... 3 II. OBJETIVO... 4 III.
Más detallesFactores de valorización
Factores de valorización LOS FUNCIONARIOS O PRESTADORES DE SERVICIOS Los visitantes de un destino turístico o recreativo pueden tener inconvenientes que afecten su seguridad durante la estadía. A continuación
Más detallesReglamento de la Casa del Alumno
Reglamento de la Casa del Alumno 1. Reglamento General 1.1 La reserva y uso de la Casa del Alumno se realizará exclusivamente por los alumnos y miembros de la UPV. 1.2 Será obligatorio presentar el carné
Más detallesBASES PROMOCIÓN TU SEGURO TE PUEDE SALIR GRATIS
BASES PROMOCIÓN TU SEGURO TE PUEDE SALIR GRATIS PRIMERA: ENTIDAD ORGANIZADORA La entidad mercantil Centro de Seguros y Servicios, Correduría de Seguros, S.A. Grupo de Seguros El Corte Inglés, con NIF A-28128189
Más detallesNORMAS DE CONDUCTA PARA HUESPEDES.
NORMAS DE CONDUCTA PARA HUESPEDES. Bases generales (validas durante su estadía el Resort): Dirigido a todos nuestros clientes tanto de Rosa Agustina Club como de Rosa Agustina Conference tales como Socios
Más detallesCOLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO LABORATORIO DE CÓMPUTO LABORATORIO DE IDIOMAS TALLER DE REDES Y MANTENIMIENTO
COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO LABORATORIO DE CÓMPUTO LABORATORIO DE TALLER DE REDES Y MANTENIMIENTO 1 1. OBJETIVO GENERAL: Establecer las condiciones necesarias
Más detallesANEXO II. CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE GAS A TARIFAS
ANEXO II. CONTRATO PARA EL SUMINISTRO DE GAS A TARIFAS Número de Contrato: Número de Punto de Suministro: Tipo de Gas: Localidad: Fecha: El consumidor..., con documento nacional de identidad/código de
Más detallesPROPUESTA DE CONTRATO DE SERVICIOS DE POLINIZACIÓN PARA VALIZACIÓN
PROPUESTA DE CONTRATO DE SERVICIOS DE POLINIZACIÓN PARA VALIZACIÓN Programa de Transferencia Tecnológica de Tecnologías Innovativas de Polinización de INNOVA Chile Desarrollada por el Centro para el Emprendimiento
Más detallesReglamento de viajeros de los servicios de transporte público de superficie del ámbito de la entidad metropolitana del transporte
Reglamento de viajeros de los servicios de transporte público de superficie del ámbito de la entidad metropolitana del transporte Artículo 1. Objeto del Reglamento El objeto de este reglamento es determinar
Más detallesREGLAMENTO INTERNO FABRICA NACIONAL DE PAPEL S.A.
REGLAMENTO INTERNO FABRICA NACIONAL DE PAPEL S.A. 1-HORAS OFICIALES DE TRABAJO 06:00 a 14:00 Turno 1 14:00 a 22:00 Turno 2 22:00 a 06:00 Turno 3 Oficinas 08:30 a 17:00 hrs. 2-DISCIPLINA A fin de garantizar
Más detallesREGLAMENTO PARA EL USO Y DESTINO DEL INMUEBLE QUE ALBERGA LA SEDE NACIONAL DE LA CNOP
REGLAMENTO PARA EL USO Y DESTINO DEL INMUEBLE QUE ALBERGA LA SEDE NACIONAL DE LA CNOP CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- 1. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 13 del artículo
Más detallesBASES CONCURSO. Juego Memoriza el árbol
BASES CONCURSO Juego Memoriza el árbol I. Del Organizador. Empresa Integramédica S.A RUT: 76.098.454-K, representada por don Andrés Varas Greene, cédula de identidad número 11.742.017-5 y por don César
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE COMPUTO DEL INSTITUTO AMERICANO
REGLAMENTO DEL CENTRO DE COMPUTO DEL INSTITUTO AMERICANO DEL OBJETIVO GENERAL Art. 1. El Reglamento del Centro de Computo del Instituto Americano tiene como objetivo primordial normar el uso y el funcionamiento
Más detallesLa comercialización de Vinoble consistiría en la realización de las siguientes acciones:
PLIEGO TÉCNICO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LA COMERCIALIZACIÓN DE STANDS DEL IX SALÓN INTERNACIONAL DE LOS VINOS NOBLES, GENEROSOS, LICOROSOS Y DULCES ESPECIALES, DENOMINADO VINOBLE 2016 1. Descripción
Más detallesREGLAMENTO DE INGRESO Y ESTADIA CLUB DE YATES ALGARROBO
REGLAMENTO DE INGRESO Y ESTADIA CLUB DE YATES ALGARROBO El Club de Yates Algarrobo, es una institución que fue creada para el desarrollo de las actividades náuticas y convivencia social de sus socios y
Más detallesNORMAS INTERNAS DE USO Y FUNCIONAMENTO DE LOS CAMPOS DE FÚTBOL MUNICIPALES.
NORMAS INTERNAS DE USO Y FUNCIONAMENTO DE LOS CAMPOS DE FÚTBOL MUNICIPALES. Las presentes normas serán de obligado cumplimiento para todas aquellas entidades, colectivos y/o personas físicas que tengan
Más detallesReglamento para el Funcionamiento de Restaurantes en el cantón central Heredia
Reglamento para el Funcionamiento de Restaurantes en el cantón central Heredia MUNICIPALIDAD DE HEREDIA De conformidad con la sesión ordinaria Nº 90-2007, artículo IV, celebrada el día 23 de abril del
Más detallesArtículo 4º.- Para el cumplimiento de su objeto, el fideicomiso tendrá los siguientes fines:
DECRETO QUE AUTORIZA LA CONSTITUCIÓN DEL FIDEICOMISO DEL PROGRAMA DE APOYO ESCOLAR PARA EL MANTENIMIENTO, MEJORA Y EQUIPAMIENTO DE LAS ESCUELAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA EN EL ESTADO DE SONORA Artículo
Más detallesINSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION
INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION OBJETIVO GENERAL Organizar un mercado eficiente, asegurando el cumplimiento por parte de los Puestos de Bolsa, de los compromisos que hayan adquirido en
Más detallesBASES DE LA PROMOCIÓN PLAYA KOTEX DE KIMBERLY-CLARK CHILE S.A.
BASES DE LA PROMOCIÓN PLAYA KOTEX DE KIMBERLY-CLARK CHILE S.A. En Santiago de Chile, a 28 de enero de 2015, KIMBERLY-CLARK CHILE S.A., Rol Único Tributario N 96.888.460-3, en adelante también KIMBERLY-CLARK
Más detallesREGLAMENTO PARA LA APERTURA DE CUENTAS DE AHORROS
BANCO DE AHORRO Y CRÉDITO ADOPEM S.A., INSTITUCIÓN BANCARIA DEBIDAMENTE AUTORIZADA A OPERAR COMO BANCO DE AHORRO Y CREDITO, DE ACUERDO CON LA LEY MONETARIA Y FINANCIERA 183-02 DEL AÑO 2002. REGLAMENTO
Más detallesBASES DE PROMOCIÓN 1.- ANTECEDENTES GENERALES:
BASES DE PROMOCIÓN Obtén la Clave Internet de tu Entel Visa, inscríbete llamando gratis al *110*753# compra con ella $20.000 o más en cualquier comercioy ya estarás participando del sorteo de un iphone
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL
Lineamientos para la Asignación, Uso, Mantenimiento y Resguardo de los Vehículos Asignados a Funcionarios y Servicios de la Universidad Autónoma del Estado de México. Lineamientos para la Asignación, Uso,
Más detallesCLÁUSULA 1ª- OBJETO Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN.- CLÁUSULA 2ª.- METODOLOGÍA DEL SERVICIO.-
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE REDACCIÓN DE PROYECTOS TÉCNICOS CON DESTINO A LA CLÍNICA MAC, DE LA MUTUA DE ACCIDENTES
Más detallesANEXO INSTRUCCIONES DECLARACION DE GASTOS EN LINEA DE BIENES DE CAPITAL
ANEXO INSTRUCCIONES DECLARACION DE GASTOS EN LINEA DE BIENES DE CAPITAL INDICE TEMATICO Página 1. INTRODUCCION 3 2. DEFINICIONES 3 3. PLAZOS PARA DECLARAR 4 4. DOCUMENTOS PERMITIDOS 4 4.1 TIPO DE DOCUMENTOS
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LOS HORARIOS DE ESTABLECIMIENTOS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS.
ORDENANZA REGULADORA DE LOS HORARIOS DE ESTABLECIMIENTOS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS. La regulación de los horarios de los establecimientos y espectáculos públicos y de las actividades
Más detallesPOR CUANTO : EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL CALAFATE SANCIONA CON FUERZA DE : O R D E N A N Z A POLÍTICAS DE ADQUISICIÓN CAPITULO I INGRESO
EXPEDIENTE Nº: 098/CJMA/03 SANCIONADA : 02/10/03.- DECRETO Nº : PROMULGADA : ORDENANZA Nº: 802/H.C.D./03 POR CUANTO : EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL CALAFATE SANCIONA CON FUERZA DE : O R D E N
Más detallesINSTRUCCIONES A EMPRESAS EXTERNAS. MANTENIMIENTO ASCENSORES
INTRUCCIONES A EMPRESAS EXTERNAS Página 1 de 11 INSTRUCCIONES A EMPRESAS EXTERNAS. MANTENIMIENTO ASCENSORES INTRUCCIONES A EMPRESAS EXTERNAS Página 2 de 11 INDICE 1. INTRODUCCIÓN ANEXO I: INSTRUCCIONES
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES II CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL PERÚ
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES II CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL PERÚ LIMA, 2013 REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES II CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO UNIVERSIDAD
Más detallesLICITACION PRIVADA 12/10 ANEXO III ESPECIFICACIONES TECNICAS BASICAS
LICITACION PRIVADA 12/10 ANEXO III ESPECIFICACIONES TECNICAS BASICAS 1. OBJETO: Prevención y control de la presencia de plagas que puedan afectar la salud humana y/o la conservación de edificios y bienes,
Más detallesREGLAMENTO GIMNASIO DE PESAS. Centro Deportivo Coyoacán, A.C. INDICE ARTICULOS CAPITULO I DEFINICIONES 1 CAPITULO II SERVICIOS E INSTALACIONES 2-7
Centro Deportivo Coyoacán, A.C. REGLAMENTO GIMNASIO DE PESAS INDICE ARTICULOS CAPITULO I DEFINICIONES 1 CAPITULO II SERVICIOS E INSTALACIONES 2-7 CAPITULO III OBLIGACIONES 8 CAPITULO IV PROHIBICIONES 9
Más detallesCAPÍTULO I GENERALIDADES
CONSIDERANDO Legislación universitaria Que la Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas, no cuenta con un reglamento que norme las tarifas para la aplicación de viáticos y pasajes del personal académico
Más detalles(Extracto de la Orden de 13 de noviembre de 1984, del Ministerio de Educación y Ciencia (B.O.E. número 276, de 17 de noviembre).
EJERCICIO PRÁCTICO DE EVACUACIÓN DE CENTROS DOCENTES PÚBLICOS (Extracto de la Orden de 13 de noviembre de 1984, del Ministerio de Educación y Ciencia (B.O.E. número 276, de 17 de noviembre). Para la realización
Más detallesNORMAS: consensos y compromisos
NORMAS: consensos y compromisos Obligaciones de la institución Favorecer la convivencia institucional donde se practiquen los valores humanos que hacen a la formación individual y a la inserción en la
Más detallesORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID Aprobado por Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2005 La Universidad de Valladolid cumpliendo con sus compromisos y con sus obligaciones
Más detallesContrato de servicios ebusining Telesecretariado
Contrato de servicios ebusining Telesecretariado 1. PARTES. a. Busining Desarrollos Empresariales, S.L. (a partir de ahora Busining), con CIF B85618361, domiciliada en Pº del Club Deportivo, 1, Edif. 15A,
Más detallesEscuela de temporada 2010. Municipal. Cecilia Ormazábal Arica, noviembre de 2010
Escuela de temporada 2010 Desarrollo de las Políticas Públicas en la Gestión Municipal Cecilia Ormazábal Arica, noviembre de 2010 Bono por hijo nacido vivo o adoptado Ejemplo Si una mujer de 25 años
Más detallesBASES DE LA ACTIVACIÓN EN REDES SOCIALES"EL HIT DE TODOS"
Objetivo de la Promoción BASES DE LA ACTIVACIÓN EN REDES SOCIALES"EL HIT DE TODOS" La activación invita a todos los clientes persona natural de Compañía de Petróleos de Chile COPEC S.A., en adelante COPEC,
Más detallesCertificación de Productos Condiciones de certificación de calidad de playas
Certificación de Productos Condiciones de Certificación de Calidad de Playas Clave EPPr13 1. OBJETIVO Página 1 de 5 Establecer las condiciones bajo las cuales el IMNC otorga, mantiene, amplia, reduce,
Más detallesREGLAMENTO Y CONDICIONES GENERALES PROGRAMA TRAVEL CLUB CLASICO
REGLAMENTO Y CONDICIONES GENERALES PROGRAMA TRAVEL CLUB CLASICO 1.- Antecedentes Generales.- El Programa Travel Club Clásico, en adelante el Programa, es un programa de acumulación de puntaje denominado
Más detallesLINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y USO DEL LACTARIO EN CORPAC S.A.
CORPORACIÓN PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACIÓN COMERCIAL SA LINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y USO DEL LACTARIO EN CORPAC SA 2014 Área de Organización y Métodos CORPORACIÓN PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACIÓN
Más detallesQue su texto, que obra a fojas 16/21 se ajusta a las pautas establecidas por la Ley de la materia, razón por la cual corresponde su aprobación;
DECRETO Nº 1.630/70 Visto el expediente Nº 2913-2671/70 correspondiente al registro del Ministerio de Bienestar Social por el cual se gestiona la aprobación de la Ley Nº 6137, que trata el ejercicio de
Más detallesReglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas
Reglamento Interno Programa de Pregrado Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas C O N T E N I D O CAPÍTULO I De la Organización... 5 CAPÍTULO II Matrícula... 6 CAPÍTULO
Más detalles1. Los residentes admitidos se comprometen al pago de la pensión de 195 /mes (+ IVA) fijada para los nueve meses
1. Los residentes admitidos se comprometen al pago de la pensión de 195 /mes (+ IVA) fijada para los nueve meses del curso académico. El pago de la cuota mensual incluye: alojamiento, calefacción, agua,
Más detallesCONTRATO DE ACEPTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN DENTAL CHILE SONRIE
CONTRATO DE ACEPTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN DENTAL CHILE SONRIE En Santiago, a. de.. de 2012, el firmante, don(a) RUT declara conocer y aceptar las condiciones del contrato de servicios de atención
Más detallesPLIEGO DE CLÁUSULAS TECNICAS PARTICULARES PARA LA INSTALACION DEL AIRE ACONDICIONADO EN EL GRAN TEATRO DE CÓRDOBA
PLIEGO DE CLÁUSULAS TECNICAS PARTICULARES PARA LA INSTALACION DEL AIRE ACONDICIONADO EN EL GRAN TEATRO DE CÓRDOBA 1- OBRAS QUE COMPRENDE EL PROYECTO. Las obras comprendidas en el siguiente Proyecto son
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892)
REGLAMENTO DE PRÁCTICA NOTARIAL - LEY 404 ART 35. Resolución N 91/14 (Acta 3892) PAUTAS GENERALES: Artículo Primero: Todo aquel aspirante a la titularidad y/o adscripción a un registro notarial deberá
Más detallesGeneralitat de Catalunya Departament de Salut Direcció General de Recursos Sanitaris
MODELO DE CONTRATO PARA ENSAYOS CLÍNICOS CON MEDICAMENTOS CONTRATO ENTRE (nombre de la entidad promotora) Y EL (nombre del centro donde se realizará el ensayo) PARA LA REALIZACIÓN DEL ENSAYO CLÍNICO (título
Más detallesREGLAMENTO INTERNO Consorcio Laprida 1744 CAPÍTULO 1 ALCANCES Y OBJETIVO OBJETIVOS
REGLAMENTO INTERNO Consorcio Laprida 1744 CAPÍTULO 1 ALCANCES Y OBJETIVO OBJETIVOS 1.1 Alcance. El presente Reglamento Interno de Convivencia tendrá accionar sobre los propietarios y/o inquilinos que por
Más detallesINSTITUTO TECNÓLOGICO SUPERIOR DE TEPEXI DE RODRÍGUEZ INSTITUTO TECNÓLOGICO SUPERIOR DE TEPEXI DE RODRÍGUEZ
INSTITUTO TECNÓLOGICO SUPERIOR DE REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN CONTENIDO OBJETIVO ACCESO PRÉSTAMO DE MATERIAL OTROS SERVICIOS OTRAS CONCESIONES SANCIONES TRANSITORIOS I OBJETIVOS 1. Ofrecer
Más detallesREGLAMENTO PARA EL USO DEL SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES CONTENIDO FUNDAMENTO...
REGLAMENTO PARA EL USO DEL SISTEMA DE VIDEOCONFERENCIA DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES CONTENIDO FUNDAMENTO.....2 CAPITULO I DE LA COORDINACIÓN... 2 CAPITULO II DEL USO DE LA SALA DE VIDEOCONFERENCIA..
Más detallesREGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Banco LAFISE & Peugeot le traen Marchamo Aventurero
REGLAMENTO: REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Banco LAFISE & Peugeot le traen Marchamo Aventurero TITULAR, PATROCINADOR Y PARTICIPANTES 1. La mecánica, la publicidad y los derechos de autor que
Más detalles