EJE TEMÁTICO. Desarrollo Social, Grupos Vulnerables, Asuntos Indígenas y Migrantes. TÍTULO DEL ENSAYO
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- José Manuel Río Alarcón
- hace 8 años
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1 EJE TEMÁTICO Desarrollo Social, Grupos Vulnerables, Asuntos Indígenas y Migrantes. TÍTULO DEL ENSAYO Inclusión de la Perspectiva de Derechos Humanos en las leyes de Protección a Migrantes y Grupos Vulnerables del Estado de B.C. 1
2 INTRODUCCIÓN (EXPOSICIÓN DE MOTIVOS): Baja California, por su ubicación geográfica y condiciones socioeconómicas, se caracteriza por ser un estado de origen, destino, retorno y tránsito de migrantes, la Frontera Norte de México con Estados Unidos, tiene una extensión de poco más de 3,000 kilómetros, y comprende seis estados de la República Mexicana: Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas; según el Centro de Estudios Migratorios en el 2013 se tuvieron eventos de repatriación por Baja California, aunado a los flujos de jornaleros agrícolas y trabajadores diversos que llegan al Estado. Es importante mencionar que por tradición el tema de la migración de Mexicanos a Estados Unidos no ha sido tema relevante en la agenda política, pero recientemente la situación de los migrantes ha cambiado ya que si bien anteriormente no se tenía grandes flujos de migrantes de origen centroamericano actualmente se observa un incremento de ellos y se hacen más visibles las crecientes violaciones de los derechos humanos que enfrentan las personas migrantes en su camino hacia Estados Unidos pasando por nuestro Estado. La mayoría de quienes transitan por México emprenden su viaje en búsqueda de oportunidades, huyendo de la violencia en sus comunidades y/o países o por falta de empleo; al tratarse la gran mayoría de personas de escasos recursos se exponen durante su trayecto a accidentes, abusos por parte de delincuentes y autoridades migratorias, etc. Se da poca atención a los derechos humanos de los grupos vulnerables especialmente los migrantes, grupos étnicos, las mujeres, jóvenes y niños. En la actualidad en el tema de protección a Migrantes se han experimentado ciertos avances legislativos como lo es la reciente Ley de Protección al Migrante Del Estado de Baja California aprobada por los legisladores, pendiente de su publicación en el diario oficial y la implementación del Consejo Estatal de apoyo al Migrante en donde si bien es un gran avance 2
3 contar con la ley, se requiere incluir la perspectiva de género, la protección a menores y sus familias y la participación ciudadana en la elaboración del reglamento entre otros, sin embargo, estas acciones al ser tan recientes aún no han contribuido a reducir la situación de vulnerabilidad de los migrantes. Para el caso de las demás leyes vinculantes a grupos vulnerables, grupos étnicos, mujeres, jóvenes y niños de igual forma se observa la falta de inclusión de la perspectiva de derechos humanos y en algunas de ellas la visión de género. En este trabajo queremos plantear la necesidad que existe en el Estado de Baja California del reconocimiento de los derechos humanos y el combate a la marginación y la discriminación social que sufren los grupos vulnerables, especialmente los migrantes, grupos étnicos, las mujeres, los jóvenes y los niños. Como representación central del presente ensayo el concepto de Derechos humanos es de suma importancia, por ser una categoría de análisis, que nos permitirá comprender la vulnerabilidad como una forma de aproximarnos a los mecanismos de protección para las personas que le son violentados sus derechos humanos. Iniciamos con una semblanza de los Derechos Humanos, destacando el capítulo 1 De los Derechos Humanos y sus Garantías de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que dice: Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. 3
4 Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas, la protección más amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes. Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. El contenido de este articulo y las recientes modificaciones forman parte de grandes avances en materia de protección a los derechos humanos y nos introduce al tema de la fragilidad especialmente de los grupos vulnerables y migrantes considerando que pocas veces se da cumplimiento a los derechos contemplados en el artículo anterior mencionado; lo que justifica y hace necesario el presente ensayo. Los derechos fundamentales son atributos que la ley otorga y que motivan obligaciones a los Estados para garantizar el desarrollo de los seres humanos. 4
5 A partir de la reforma constitucional de junio de 2011, las normas contenidas en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano en materia de derechos humanos, tienen rango constitucional. En caso de discrepancia entre la Constitución y una norma protectora de derechos humanos contenida en un tratado internacional se recurre a la protección más amplia basada en el Artículo 1 constitucional, por lo que cuando una persona considera que ha sufrido quebranto en sus derechos humanos, la autoridad competente deberá aplicar la norma que más le favorezca, ya sea que esté contenida en la Constitución o en un tratado internacional. Todas las autoridades tienen la obligación de proteger los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Es justo Por éste último principio que una contrarreforma no debe ser posible, ya que una vez que se garantiza un derecho humano, en un marco jurídico, no puede modificarse con posterioridad si esto implica un detrimento en el reconocimiento de dicho derecho humano. El principio de progresividad de los derechos humanos garantiza que una vez que se ha reconocido un derecho humano las medidas del Estado deben ser encaminadas al avance de la protección de dicho derecho fundamental y no en su retroceso. La Convención Americana de Derechos Humanos que México forma parte establece que los Estados partes se comprometen a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta Convención, las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos los derechos y libertades reconocidos en dicha Convención. El Estado mexicano será responsable por violación a derechos humanos protegidos en los instrumentos internacionales y regionales cuando siendo Estado Parte incumpla con sus disposiciones. 5
6 Para que la Corte Interamericana de Derechos Humanos conozca del caso, primero se deben agotar los recursos internos de protección a los ciudadanos. Una vez agotados, se envía la información a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, quien emite un informe y en caso de así decidirlo, tanto la Comisión Interamericana como el Estado parte pueden acudir a la misma. Ante la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos sólo se juzgan asuntos que se consideren violatorios de los derechos humanos contenidos en los instrumentos internacionales firmados por un estado parte y será responsable cuando así lo decidan la Comisión o la Corte IDH. En la actualidad nos encontramos con una gran cantidad de organizaciones de la sociedad civil creadas con el objetivo de defender los derechos humanos de los grupos vulnerables, sin embargo, el esfuerzo resulta siempre insuficiente. Nos encontramos ante reconocidos abusos por parte de las instituciones encargadas de aplicar la ley y por grupos de personas que no respetan la integridad de los individuos. Diariamente nos encontramos con acciones que reflejan la tendencia de obstaculizar el respeto a los Derechos Humanos y una normatividad tanto en papel como en la práctica que no garantiza la reparación del daño. Con estos comentarios queremos incidir en un problema que no obstante estar legalmente reconocido, no se respeta, manejaremos como idea central de nuestro ensayo el concepto de Derechos humanos, por ser una categoría de análisis, que nos permitirá involucrar la vulnerabilidad como una forma de acercarnos al mecanismo de protección a los individuos que les son violados sus derechos. 6
7 El trabajo se estructuró en dos partes, la primera globaliza la definición, función, características y clasificación de los Derechos Humanos. El segundo apartado comprende los grupos vulnerables, mujeres, jóvenes y niños y como parte final del ensayo una conclusión del mismo, en donde se destaca la necesidad de realizar propuestas legislativas y/ punto de acuerdo que lleve a la inclusión de la perspectiva de derechos humanos de las leyes estatales inherentes a los grupos vulnerables, migrantes, grupos étnicos, mujeres, jóvenes y niños además de un mecanismo de observación y vigilancia del cumplimiento en coordinación con organismos de la sociedad civil especializados en atención a grupos vulnerables. El ser humano es por naturaleza migrante, pese a las condiciones económicas, políticas, sociales y culturales en que se mueve; la migración es una dinámica constante, aunado a la posición geográfica binacional en la que nos encontramos. El tema de la migración, justicia y grupos vulnerables es de gran interés e importancia, dadas las constaste violaciones a derechos humanos de las que son sujetos especialmente las personas migrantes. Justificamos nuestro trabajo por la incidencia y frecuencia al escuchar y ver a nuestro alrededor una serie de abusos que se cometen en contra de la sociedad por autoridades, personas o grupos sociales, que sin ninguna consideración violan los más elementales derechos de las personas. Efectivamente nos damos cuenta de esta situación y la mayor parte de las veces guardamos silencio, por temor a vernos involucrados en problemas de índole mayor. Ante este panorama queremos plantear en éste ensayo que toda persona por el simple hecho de serlo cuenta con una serie de prerrogativas que le protegen y garantizan todos sus derechos. Por tal motivo queremos dejar patente que la ignorancia de nuestros derechos nos hace cómplices de las injusticias, por lo cual trabajaremos en este tema, como una forma de dar a conocer que todos los individuos que podemos ayudarnos si ponemos en práctica los postulados de la declaración universal de los derechos humanos. 7
8 DESARROLLO DEL CONTENIDO Y VIABILIDAD DEL ENSAYO LEGISLATIVO: Iniciamos afirmando que, no obstante contar con adelantos de primer nivel y con alianzas y organizaciones internacionales, aún persisten en gran escala los conflictos de discriminación y abandono de los grupos vulnerables, que desgraciadamente existen en Baja California. Para contextualizar y explicar esta deficiencia entre los ciudadanos, es necesario considerar que la armonización legislativa con perspectiva de derechos humanos es urgente ya que como es bien sabido se observan casos de discriminación y violaciones a derechos humanos de personas, grupos vulnerables, grupos étnicos mujeres y niños en donde tampoco se garantiza la progresividad de los derechos humanos mucho menos la reparación del daño. Derechos humanos: son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya asimilación efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada y tienen como características: La universalidad.- Que indica que son para todas las personas, independientemente del sexo, edad, raza, lugar en la sociedad, preferencias.-sexuales, religiosas, políticas, etc. La incondicionalidad.- Que apoyan únicamente los derechos de las personas sin transgredir los de los demás. La Inalienabilidad.- Que fortalecen la dignidad humana. Se considera importante la definición de grupos vulnerables para mayor comprensión del ensayo. Cuando hablamos de grupos vulnerables nos estamos refiriendo a aquellos grupos de personas que por circunstancias sociales, biológicas o étnicas se encuentran en situaciones enfáticas de abandono que los obligan a depender directamente de otros. En éste rubro tenemos: 8
9 Personas en extrema pobreza, con capacidades diferentes, grupos étnicos, migrantes, mujeres y niños que por su situación cultural observan una serie de conductas que les impiden integrarse de forma eficiente y total a la sociedad. Bajo estas circunstancias a los grupos vulnerables se les da poco reconocimiento al compromiso de respeto a sus garantías individuales y se sujetan a las pocas o nulas alternativas que el gobierno o las instituciones ofrecen como apoyo, normalmente se presentan como ayuda extraordinaria, sin reconocer que es una obligación que la autoridad tiene de proteger los derechos humanos. Esta situación al irse dando de forma continua hace que al paso del tiempo se piense que es una forma normal de actuar y va creando cierto grado de conformismo y fragilidad en los grupos vulnerables que se encuentran en esta situación. Dicha fragilidad de observa por: Falta de igualdad de oportunidades e incapacidad para satisfacer sus necesidades básicas. Desnutrición, enfermedad e Incapacidad de acceder a los servicios públicos. La vulnerabilidad atenta contra la división de los derechos humanos, dado que éstos deben ser entendidos en forma integral. La ausencia de determinadas garantías anula sistemáticamente a las demás, por tanto afecta la dignidad y los derechos fundamentales de personas, grupos y comunidades. Por lo anterior, el Estado debe encaminar sus esfuerzos a garantizar que todos sus integrantes, en particular los más vulnerables, cuenten con un nivel de vida digno. No es posible entender el desarrollo de un Estado sin esta perspectiva de derechos humanos. Las personas vulnerables en la sociedad son las que se ven afectadas directamente por su condición económica o sus características étnicas, o físicas. Lo que interesa plasmar en este ensayo es fundamentalmente la discriminación, la exclusión social y la falta de perspectiva en derechos humanos de las leyes inherentes a los grupos 9
10 vulnerables, así como la falta de mecanismos de observación y seguimiento del cumplimiento de estos preceptos. Considerando que las propuestas deben ser con enfoque de mayor impacto en la sociedad y en la vida de los jóvenes que por su propia condición de vulnerabilidad se hace el presente recordatorio respecto a los derechos de los jóvenes contemplados en el capítulo primero de la Ley de Juventud para Baja California que menciona lo siguiente: De los derechos de la Juventud: Articulo 8.- Los derechos y garantías de los jóvenes, son inherentes a su condición de persona humana, por consiguiente, serán de máxima prioridad, indivisibles e irrenunciables. Articulo 9.- Los jóvenes gozan, sin restricción alguna, de la protección efectiva de las instituciones del Estado para el ejercicio y defensa de los derechos consagrados en esta Ley. Artículo 10.- Los jóvenes como miembros de la sociedad y como habitantes del Estado de Baja California, tienen como derecho de acceso y disfrute de los servicios y beneficios socioeconómicos, políticos, culturales, informativos, de desarrollo y de convivencia que les permitan una vida digna en el Estado. Articulo 11.- Para los efectos de esta Ley, los derechos de la juventud, se clasifican de la siguiente forma: I.- Derechos civiles y políticos; Derecho a una vida digna, Derecho a la identidad e integridad personal, Derecho de acceso a la justicia, Derecho a vivir en familia, Derecho a la libertad de expresión, opinión y religión, Derecho de reunión, organización y asociación, Derecho a la participación social y política. 10
11 II.- Derechos económicos, sociales y culturales: Derecho a la salud, Derecho a la educación, Derecho a un trabajo digno, Derecho a la cultura y al arte, Derecho a un medio ambiente sano y sustentable, Derecho de recreación, descanso y esparcimiento, Derecho a la práctica del deporte, y Derechos de los jóvenes con discapacidad. Por lo antes expuesto es evidente que no se le da cabal cumplimiento a muchos de los derechos de los jóvenes en Baja California especialmente en materia del derecho a un trabajo digno y a una vida digna; ya que en la actualidad en el Estado de Baja California existe un gran número de jóvenes desempleados y otro que debido a la situación de pobreza se ven forzados a dejar sus estudios y su única opción es incorporarse a las pocas posibilidades de empleo con salarios bajos que hay para ellos, así como la exclusión social que no les permite garantizar una vida digna. Por lo que de igual forma es muy importante mencionar la necesidad urgente de crear espacios de participación social, cultural, laboral y familiar para jóvenes que inhiba la susceptibilidad de generar patrones de inseguridad, exclusión social y violencia en el Estado de Baja California. Analizar la vulnerabilidad y el concepto de desajuste o desarrollo inadecuado de las capacidades de los jóvenes, que les impide aprovechar la estructura de oportunidades e integrarse socialmente, es de suma importancia ya que está comprobado que es parte de lo que provoca mayor exclusión y marginación; a través de estos procesos se detectan consecuencias más profundas sobre el modo de vida, los agrupamientos y el nivel de violencia a los que recurren los jóvenes marginados. La falta de horizontes y de propuestas viables para propiciar una reintegración social de los jóvenes excluidos de las oportunidades educativas y laborales, y de su mismo entorno familiar, los obliga a mantener estrategias de 11
12 supervivencia basadas en asociaciones marginales, delictivas y proclives a la violencia en contra de la sociedad. Uno de los rasgos más sobresalientes en la situación de marginación de los jóvenes de la calle es la desintegración de su entorno familiar, en un clima de pobreza y violencia acentuadas. La falta de una estructura familiar que pueda sostenerlos y orientarlos en su formación constituye la exclusión principal, al menos para los más jóvenes. Esta condición negativa se refuerza con el abandono de la escuela y la casi imposibilidad de lograr posteriormente una inserción laboral que pudiera otorgarles los medios para sobrellevar una vida digna en un amplio sentido. En la medida en que el funcionamiento económico y las instituciones no generan medidas o soluciones compensatorias a esta situación de exclusión, la vulnerabilidad social de los jóvenes tiende a agravarse, tanto por la disminución de la edad de quienes abandonan sus hogares y las escuelas. En general, los programas gubernamentales orientados a la juventud pocas veces contemplan el problema de los jóvenes marginados, ni la necesidad de abrirles espacios de expresión, participación y elaboración de propuestas. Los jóvenes marginados son objeto de la atención gubernamental cuando les afectan situaciones críticas, como la drogadicción, la transmisión de alguna enfermedad sexual o el embarazo precoz en el caso de las adolescentes. En las experiencias exitosas de organizaciones civiles que se dedican a ofrecer soluciones integrales a los jóvenes marginados, se comprueba que la reintegración social duradera combina soluciones para los tres aspectos mencionados. La inversión en educación para procurar la continuidad escolar, el aprendizaje de oficios o desarrollo de destrezas que permita emplearse o financiar parcialmente un proyecto, así como la recomposición del ámbito familiar, contribuyen a una reintegración más estable de los jóvenes. Desde una perspectiva social más amplia, el cambio en los patrones culturales de las 12
13 familias para incrementar la educación de las mujeres, estimular la paternidad responsable y un ambiente familiar de respeto y sin violencia para los jóvenes constituyen proyectos que pueden disminuir la vulnerabilidad de los jóvenes en Baja California. CONCLUSIONES: Siendo Baja California un Estado fronterizo en donde convergen cerca de 3 millones 432 mil 944 habitantes, siendo 50.3% hombres y 49.7% mujeres, según las estimaciones del Consejo Nacional de Población (CONAPO -2014), resulta difícil saber cuántas personas son objeto de abuso de sus derechos humanos elementales especialmente las personas migrantes, grupos vulnerables, grupos étnicos, mujeres, jóvenes y niños; es real y difícil por lo que es necesario incluir una propuesta legislativa que nos lleve al cumplimiento y vigilancia de estos derechos protegidos por la propia Constitución en su artículo 1, por tratados y convenciones internacionales y leyes estatales, por mencionar algunos ejemplos: Casos de robo, secuestro, abuso de autoridad, falta de acceso a la salud, a una vida digna, falta de acceso al trabajo, a la libertad de tránsito, libertad de expresión, derecho a la identidad, acceso al debido proceso, etc. y en general abuso de los derechos humanos. Ante esta situación es importante que los Diputados de Baja California realicen propuestas legislativas y/ punto de acuerdo que lleve a la inclusión de la perspectiva de derechos humanos de las leyes estatales inherentes a los grupos vulnerables, migrantes, grupos étnicos, mujeres, jóvenes y niños que son lamentablemente los más susceptibles, además de un mecanismo de observación y vigilancia del cumplimiento del mismo en coordinación con organismos de la sociedad civil especializados en atención a grupos vulnerables. Se requiere de un diagnóstico previo que permita posteriormente armonizar las leyes estatales con perspectiva de derechos humanos considerando que la alternativa de evitar el abuso y la 13
14 marginación de la procuración de justicia, es mediante el conocimiento y la aplicación de todos los beneficios que la ley nos concede por el simple hecho de ser persona. Crear espacios de participación social, cultural, laboral y familiar para jóvenes; que inhiba la susceptibilidad de generar patrones de inseguridad, exclusión social y violencia en el Estado de Baja California. Garantizar el acceso al trabajo y a una vida digna a los jóvenes del Estado de Baja California. Se concluye el presente ensayo legislativo esperando que los y las involucrados solucionen la ausencia de perspectiva de derechos humanos en las leyes de Baja California especialmente de los grupos vulnerables, migrantes, mujeres, jóvenes y niños por los que debemos exigir el cumplimiento para que no se vulneren los Derechos Humanos, como la mejor forma de vivir en armonía dentro de la sociedad. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS: Constitución Política de México mexico/tpl/top-bottom.xsl Ley de Protección a Migrantes para Baja California Declaración Universal de los Derechos Humanos Convención Americana de Derechos Humanos 14
15 Informe 2013 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos Constitución Política del Estado de B.C. Compendio de leyes del Estado de B.C. Población de Baja California y sus municipios Coalición Pro Defensa Del Migrante, A.C. Síntesis 2013 Estadística Migratoria Centro de Estudios Migratorios / Unidad de Política Migratoria / Protocolo de actuación para Migrantes de la SCJN 15
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