Manual 01/2008 de Sistemas de Gestión y Control PO Regional FSE - Servei d Ocupació de Catalunya

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1 Manual 01/2008 de Sistemas de Gestión y Control PO Regional FSE - Servei d Ocupació de Catalunya v4.0

2 Datos del documento Código: Nombre: MD012008GE00004 Manual de Sistemas de Gestión y Control PO Regional FSE - Servei d Ocupació de Catalunya Versión: 4.0 Fecha: 15/01/2011 Órgano gestor: SCIPA Órgano de aprobación: Dirección del SOC Histórico de revisiones Versión Fecha Autor Comentarios v1.0 15/11/2008 SCIPA Creación v2.0 22/12/2008 SCIPA v3.0 05/11/2009 SCIPA V4.0 15/01/2011 SCIPA Modificaciones en cuanto a delegación y separación de funciones a requerimiento de la Intervención General Modificaciones a requerimiento de la Intervención General Modificaciones a requerimiento de la Intervención General

3 Regional FSE - Servei d Ocupació de Catalunya INDEX 1. INTRODUCCIÓN NORMATIVA APLICABLE AL PROGRAMA OPERATIVO , EN MATERIA DE GESTIÓN Y CONTROL ESTRUCTURA DEL PROGRAMA ORGANISMOS RESPONSABLES EN LA EJECUCIÓN Y GESTIÓN DEL PROGRAMA OPERATIVO: FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES Comisión Europea Autoridad de Gestión (AG) Autoridad de Certificación (AC) Autoridad de Auditoria (AA) Organismo Intermedio (OI) Organismos Colaboradores del Organismo Intermedio Supervisión a los Organismos Colaboradores Distribución orientativa del gasto del Programa Operativo entre SOC i Departament de Treball Organismos responsables de la aplicación de las políticas horizontales Beneficiarios ORGANISMO INTERMEDIO: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ORGANIGRAMA ORGANISMO INTERMEDIO FUNCIONES DEL PERSONAL DE LOS DIFERENTES SERVICIOS POR CATEGORÍAS: PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN Y CONTROL PLANIFICACIÓN, PROGRAMACIÓN DE LAS ACTUACIONES Y MODIFICACIONES A LA PROGRAMACIÓN PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN MODIFICACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN EJECUCIÓN: PROCEDIMIENTOS SEGÚN SISTEMAS DE EJECUCIÓN DE GASTO SUBVENCIONES CONVENIOS Tramitación de convenios CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ENCOMIENDA DE GESTIÓN Tramitación encomienda de gestión GASTOS DE PERSONAL PROPIO Gastos de personal propio CONTROL DE LAS ACTUACIONES A BENEFICIARIOS Y JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA CONTROL DE LAS ACTUACIONES A BENEFICIARIOS Base legal Importancia de las verificaciones en el nuevo periodo de programación Orientaciones Registro de las verificaciones sobre el terreno JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA Y PAGO Pista de Auditoria Justificación económica Revisión de la justificación Normativa sobre la justificación económica de las subvenciones Instrucciones para la revisión de la justificación económica CONTROL INTERNO SOBRE LA VERIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES (ARTÍCULO 60.B DEL REGLAMENTO (CE) 1083/2006) CONSIDERACIONES GENERALES

4 INSTRUCCIONES PARA LA COMPROBACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 60 DEL REGLAMENTO (CE) 1083/2006, DEL CONSEJO, DE 11 DE JULIO DE OBLIGACIONES DE GESTIÓN OBLIGACIONES DE VERIFICACIÓN METODOLOGÍA APLICADA ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE COMPROBACIÓN CALENDARIO PROGRAMACIÓN DE LOS CONTROLES SOBRE LA VERIFICACIÓN LOS ERRORES SISTÉMICOS CERTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES CONSIDERACIONES GENERALES Solicitud Preparación por el órgano gestor del SOC Revisión / Validación por el Área FSE Presentación informe anual y certificación AUTORIDAD DE GESTIÓN AUTORIDAD DE CERTIFICACIÓN - UAFSE / COMITÉ DE SEGUIMIENTO / COMISIÓN PROCEDIMIENTOS DE CONTROL FINANCIERO EVALUACIÓN ARCHIVO Y TRANSMISIÓN DE INFORMACIÓN DOCUMENTACIÓN ESCRITA ELABORADA POR EL ORGANISMO INTERMEDIO PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Modo de registro, identificación y emplazamiento de los documentos justificativos necesarios para una pista de auditoría adecuada Procedimiento para cumplir con las obligaciones de conservación de la documentación, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 90 del R (CE) 1083/2006 y el artículo 19 del R (CE) 1828/ Procedimiento para certificar la conformidad de los documentos conservados en soportes de datos ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DEFINICIONES

5 1. INTRODUCCIÓN El presente documento recoge la descripción de los sistemas de gestión y control empleados por el Servei d Ocupació de Catalunya (SOC) como Organismo Intermedio (OI) de las actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Intervención Comunitaria del Fondo Social Europeo en el marco de Competitividad Regional y Empleo de la Comunidad Autónoma de Cataluña de España (a partir de ahora, PO FSE de Catalunya ó PO). El Manual recoge los procedimientos adoptados, siendo susceptible de sufrir modificaciones dirigidas a facilitar la adaptación de los sistemas de gestión y control existentes a la normativa comunitaria y a las modificaciones del PO a lo largo del periodo. El Servei d Ocupació de Catalunya (SOC) fue designado como Organismo Intermedio (OI) mediante un acuerdo con la Unidad Administradora de Fondo Social Europeo (UAFSE) como Autoridad de Gestión (AG) del PO FSE de Catalunya (anexo nº 2) Los datos identificativos del OI son los siguientes: Servei d Ocupació de Catalunya. Llull BARCELONA Director: Sr. Joan Josep Berbel Sánchez Normativa Aplicable al Programa Operativo , en materia de Gestión y Control El nuevo período de programación exige profundizar, entre las diferentes administraciones y organismos implicados, en las tareas de gestión y control de los fondos estructurales. De conformidad a las disposiciones reglamentarias aplicadas a los fondos estructurales, uno de los requisitos de los Estados Miembros es el remitir información acerca de los sistemas de gestión y control de manera conjunta con un informe que contenga una evaluación de los mismos y un dictamen de conformidad para su posterior aprobación para la Comisión. La normativa comunitaria de aplicación en materia de gestión y control del Programa Operativo en Catalunya es la siguiente:

6 Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión. Reglamento (CE) nº 1081/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006 relativo al Fondo Social Europeo. Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión. El artículo 58 del Reglamento (CE) nº 1083/2006 establece los principios generales que deben tener en consideración los sistemas de gestión y control de los programas operativos. Del mismo modo, el artículo 59 designa las entidades que deben participar en los programas operativos (autoridad de gestión, autoridad de certificación y autoridad de auditoría), así como la necesidad de establecer normas y procedimientos que regulen la relación entre las diferentes autoridades. 4 En este artículo se define al organismo intermedio como aquella entidad que realiza alguna o algunas de las funciones de la autoridad de gestión o de la autoridad de certificación bajo la responsabilidad de éstas. Asimismo, los artículos 60 a 62 establecen las funciones que deben cumplir la autoridad de gestión, la autoridad de certificación y la autoridad de auditoría, respectivamente. Finalmente, el artículo 71 establece los plazos para realizar la descripción de los sistemas de organización y los procedimientos de las autoridades de gestión, certificación, auditoría y órganos intermedios, así como los criterios para su valoración y aprobación. Por otro lado, el artículo 21 del Reglamento (CE) nº 1828/2006 establece los criterios para la descripción de los sistemas de gestión y control que debe realizarse de conformidad con los modelos que se ha empleado para la elaboración de la presente guía de gestión y control. Además, el artículo 22 hace referencia al contenido de los sistemas de gestión y control que deben proporcionar la autoridad de gestión, la autoridad de certificación y los órganos intermedios. Finalmente, el artículo 23 se refiere a la información que debe proporcionar la autoridad de auditoría y los organismos que realizan la auditoría.

7 1.2. Estructura del Programa El PO FSE de Catalunya se articula a través de los cinco ejes definidos para la aplicación del FSE en el Marco Estratégico Nacional de Referencia (MENR) Los ejes en los que se articula el Programa Operativo son los siguientes: Eje 1. Fomento del espíritu empresarial y mejora de la adaptabilidad de trabajadores, empresas y empresario. Eje 2. Fomento de la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Eje 3. Aumento y mejora del capital humano. Eje 4. Promover la cooperación transnacional e interregional. Eje 5. Asistencia Técnica. Estos ejes en los que se articula el MENR presentan un elevado grado de relación con las necesidades latentes del mercado laboral de Catalunya, al mismo tiempo que disponen de un importante grado de relación con los objetivos estratégicos y prioridades de actuación definidos en la estrategia de desarrollo del Programa Operativo. 5 En consecuencia, la Generalitat de Catalunya ha estimado oportuno incorporar en el Programa Operativo acciones en la totalidad de los ejes establecidos en el MENR, destacado la incorporación de actuaciones en el eje 4. Promover la cooperación transnacional e interregional que incorporan temáticas contenidas en otros ejes desde una perspectiva de intercambio de experiencias con otras regiones y países. Concretamente, las actuaciones del Programa Operativo se enmarcan en cinco ejes de actuación:

8 Eje Líneas de Actuación EJE 1. FOMENTO DEL ESPÍRITU EMPRESARIAL Y MEJORA DE LA ADAPTABILIDAD DE TRABAJADORES, EMPRESAS Y EMPRESARIOS, EJE 2. FOMENTO DE LA EMPLEABILIDAD, LA INCLUSIÓN SOCIAL Y LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES. EJE 3. AUMENTO Y MEJORA DEL CAPITAL Mejora del capital humano. HUMANO. Mejora de la capacidad de adaptación de los trabajadores y las compañías, las empresas y los empresarios. Mejora del acceso al empleo y la conservación del puesto de trabajo Mejora del acceso al empleo y la conservación del puesto de trabajo. Mejora de la inclusión social de las personas menos favorecidas. Movilización para la introducción de reformas en los ámbitos del empleo y la inclusión. EJE 4. COOPERACIÓN TRANSNACIONAL E INTERREGIONAL Movilización para la introducción de reformas en los ámbitos del empleo y la inclusión. 6 EJE 5. ASISTENCIA TÉCNICA. Apoyo a la gestión de los programas operativos que incluya apoyo a la gestión de la intervención, seguimiento, auditorías y controles de las actuaciones y otras acciones de coordinación. Evaluación, estudios, información y comunicación que incluyan el diseño, mantenimiento y puesta en marcha de sistemas informatizados de gestión, así como la realización de estudios de carácter planificador que faciliten el desarrollo de las actuaciones previstas.

9 EJE PRIORITARIO / TIPO DE ACTUACIÓN PROCESO DE REFERENCIA Categoría de gasto (tema prioritario) 1. ESPIRITU EMPRESARIAL Y ADAPTABILIDAD ACCIONES FORMATIVAS Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Desarrollo de sistemas y estrategias de aprendizaje permanente en las empresas; 62 formación y servicios destinados a los empleados para mejorar su capacidad de adaptación al cambio; fomento del espíritu empresarial y la innovación Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos ACCIONES FORMATIVAS Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos 63 Proyección y difusión de formas innovadoras y más productivas de organizar el ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O EVALUACIONES Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos trabajo Gastos de personal propio JORNADAS O SEMINARIOS Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Gastos de personal propio AYUDAS A LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios ACCIONES FORMATIVAS Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Desarrollo de servicios específicos para el empleo, la formación y la ayuda en ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva relación con la reestructuración de sectores y empresas, y desarrollo de sistemas 64 de anticipación de los cambios económicos y las futuras necesidades en materia Tramitación de convenios de empleo y cualifación AYUDAS A LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios AYUDAS A LA ECONOMÍA SOCIAL Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios ACCIONES FORMATIVAS Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva 68 Apoyo al trabajo por cuenta propia y a la creación de empresas Tramitación de convenios Gastos de personal propio MODERNIZACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva EMPLEO CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O EVALUACIONES Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Gastos de personal propio 2. EMPLEABILIDAD, INCLUSIÓN SOCIAL E IGUALDAD ENTRE HOMBRES I MUJERES ADQUISICIÓ DE SOFTWARE I HARDWARE I Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos 65 Modernización y fortalecimiento de las instituciones del mercado laboral SERVEIS CONTRACTACIÓ RELACIONATS RECURSOS HUMANS Gastos de personal propio CONTRACTACIÓ SERVEIS Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos ACCIONES FORMATIVAS Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios 66 Aplicación de medidas activas y preventivas en el mercado laboral ACCIONES DE FORMACIÓN Y EMPLEO Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios AYUDAS A LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O EVALUACIONES Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Gastos de personal propio ACCIONES FORMATIVAS Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Medidas para mejorar el acceso de la mujer al mercado laboral, así como la Tramitación de convenios 69 participación y los progresos permanentes de la mujer en dicho mercado, a fin de reducir la segregación sexista en materia de empleo y reconciliar la vida laboral y CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos privada Medidas concretas para incrementar la participación de los inmigrantes en el mundo laboral, reforzando así su integración social ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O EVALUACIONES TUTORÍA Y ACOMPAÑAMIENTO AL EMPLEO ACCIONES FORMATIVAS Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Gastos de personal propio Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos ConcesióN de subvenciones: concurrencia competitiva ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O EVALUACIONES Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Gastos de personal propio JORNADAS O SEMINARIOS Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Vías de integración y reintegración en el mundo laboral de las personas desfavorecidas; lucha contra la discriminación en el acceso al mercado laboral y en la evolución en él y fomento de la aceptación de la diversidad en el lugar de trabajo. ACCIONES FORMATIVAS ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN Gastos de personal propio ConcesióN de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos 71 ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O EVALUACIONES TUTORÍA Y ACOMPAÑAMIENTO AL EMPLEO ASISTENCIA A PERSONAS DEPENDIENTES Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Gastos de personal propio Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva

10 EJE PRIORITARIO / Categoría de gasto (tema prioritario) 80 TIPO DE ACTUACIÓN 3. AUMENTO Y MEJORA DEL CAPITAL HUMANO Proyección, introducción y aplicación de reformas en los sistemas de enseñanza y ACCIONES FORMATIVAS formación para desarrollar la empleabilidad, mejorando la adecuación al mercado laboral de la enseñanza y la formación iniciales y professionales y actualizando los conocimientos ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN Desarrollo potencial humano en el àmbito de la investigación y la innovación, en particular a través de estudios de postgrado y formación de investigadores, así 74 como de actividades en red entre universiades, centros de investigación y empresas 4. COOPERACIÓN TRANSNACIONAL E INTERREGIONAL Fomento de colaboraciones, pactos e iniciativas a través de redes de partes interesadas 80 Medidas para aumentar la participación en la enseñanza y la formación permanentes a través de acciones destinadas a disminuir el porcentaje de abandono escolar y la segregación sexista de materias, así como a incrementar el acceso a la enseñanza 5. ASISTENCIA TÉCNICA Preparación, ejecución, seguimiento y control Fomento de colaboraciones, pactos e iniciativas a través de redes de partes interesadas Evaluación y estudios; información y comunicación ACCIONES FORMATIVAS AYUDAS A LA POTENCIACIÓN DE REDES O ASOCIACIONES ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O EVALUACIONES CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN AYUDAS PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS CERTIFICACIONES Y TÍTULOS PROFESIONALES ACTUALIZACIÓN Y DESARROLLO DEL SISTEMA NACIONAL DE CUALIFICACIONES CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O EVALUACIONES ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN TUTORÍA Y ACOMPAÑAMIENTO AL EMPLEO ACCIONES FORMATIVAS ACCIONES FORMATIVAS AYUDAS A LA POTENCIACIÓN DE REDES O ASOCIACIONES ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O EVALUACIONES ACTIVIDADES DE GESTIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL ESTUDIOS, INVESTIGACIONES O EVALUACIONES ADQUISICIÓ DE SOFTWARE I HARDWARE I SERVEIS RELACIONATS CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN PROCESO DE REFERENCIA Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos ConcesióN de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Tramitación encomienda de gestión Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Gastos de personal propio ConcesióN de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Tramitación encomienda de gestión Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Gastos de personal propio Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos ConcesióN de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos ConcesióN de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Concesión de subvenciones: concurrencia competitiva Tramitación de convenios Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Tramitación encomienda de gestión Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Gastos de personal propio Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Gastos de personal propio Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Gastos de personal propio Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos Tramitación de expedientes de contratación y adjudicación de contratos

11 1.3. Organismos responsables en la ejecución y gestión del Programa Operativo: funciones y responsabilidades El objetivo de esta sección es describir las funciones y responsabilidades de los diferentes agentes implicados en la gestión, seguimiento y control del Programa Operativo de Competitividad Regional y Empleo en Catalunya durante el período La estructura básica de gestión y seguimiento del PO es la siguiente: Comisión Europea Es el responsable último de la administración del FSE, adoptando de común acuerdo con el Estado Miembro las estrategias y prioridades de desarrollo de la programación, la participación financiera comunitaria y las disposiciones que sean necesarias Autoridad de Gestión (AG) En aplicación del artículo 59 del Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006, y de acuerdo con el Real Decreto 683/2002, de 12 de julio, el Estado Español designa como Autoridad de Gestión del presente Programa Operativo FSE al Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo (centro dependiente de la Secretaría General de Empleo).

12 Las funciones de la Autoridad de Gestión, son enumeradas en el artículo 60 del Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006, así: a) garantizará que la selección de las operaciones para su financiación se realiza de conformidad con los criterios aplicables al programa operativo, y que dichas operaciones se atienen a las normas comunitarias y nacionales aplicables en la materia durante todo el período de ejecución; b) comprobará que se ha llevado a cabo la entrega de los bienes o la prestación de los servicios objeto de cofinanciación, que se ha efectuado realmente el gasto declarado por los beneficiarios en relación con las operaciones, y que este cumple las normas comunitarias y nacionales aplicables en la materia; las verificaciones sobre el terreno de operaciones concretas se podrán realizar por muestreo, de acuerdo con las normas de aplicación que adoptará la Comisión de conformidad con el procedimiento a que se refiere el artículo 103, apartado 3; c) garantizará que se dispone de un sistema informatizado de registro y almacenamiento de datos contables relacionados con cada una de las operaciones correspondientes al programa operativo, y que se procede a la recopilación de los datos sobre la ejecución necesarios para la gestión financiera, el seguimiento, las verificaciones, las auditorías y la evaluación; 10 d) se asegurará de que los beneficiarios y otros organismos participantes en la ejecución de las operaciones mantienen un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones relacionadas con la operación, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional; e) garantizará que las evaluaciones de los programas operativos a que se refiere el artículo 48, apartado 3, se llevan a cabo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 47; f) establecerá procedimientos que garanticen que se dispone de todos los documentos sobre el gasto y las auditorías necesarios para contar con una pista de auditoría apropiada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90; g) se asegurará de que la autoridad de certificación dispondrá de toda la información necesaria sobre los procedimientos y verificaciones efectuados en relación con el gasto a efectos de certificación; h) orientará el trabajo del Comité de seguimiento y le suministrará los documentos que permitan supervisar la calidad de la ejecución del programa operativo a la luz de sus objetivos específicos; i) elaborará y remitirá a la Comisión, tras su aprobación por el Comité de seguimiento, los informes de ejecución anual y final; j) garantizará el cumplimiento de los requisitos de información y publicidad establecidos en el Artículo 69; k) facilitará a la Comisión información que le permita evaluar los grandes proyectos. De acuerdo con el artículo 59.2 del Reglamento (CE) 1083/2006, de la Comisión, el estado miembro podrá designar uno o varios organismos intermedios que realicen algunos o todos los cometidos de la autoridad de gestión o de la autoridad de certificación, bajo la responsabilidad

13 de éstas. A este efecto se ha firmado el Acuerdo por el que se regulan las competencias de la Autoridad de Gestión que serán desarrolladas por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Catalunya, donde se delegan unas funciones concretas. El Servei d Ocupació de Catalunya (SOC) ha sido designado organismo intermedio (PO apartado 4.1) Así mismo, el Organismo Intermedio ha recibido de la Autoridad de Gestión las instrucciones y directrices necesarias para ejercer sus funciones, con alcance y en el marco de lo establecido en las Disposiciones de Aplicación del Programa Operativo y en el Acuerdo de Delegación de Funciones suscrito al efecto por el Organismo Intermedio y la Autoridad de Gestión. El estado Miembro (Unidad Administradora del FSE), en virtud de las funciones que tiene atribuidas, ha elaborado los documentos e instrucciones que el Organismo Intermedio ha ido recibiendo, con el fin de garantizar la coherencia y uniformidad en la buena gestión de las actividades cofinanciadas por el Fondo Social Europeo. Los documentos e instrucciones que ha recibido el Organismo Intermedio (SOC) son los siguientes: Guía metodológica actualizada para la elaboración de los programas operativos del Fondo Social Europeo para el periodo 2007/2013 y para la selección de indicadores 11 Documento de apoyo y complemento de la Guía metodológica Disposiciones de aplicación de los Programas Operativos FSE 2007/2013 Regionales Documentos de programación periodo 2007/2013 Documento metodológico: sistema de indicadores para la programación del FSE 2007/2013 Orientaciones sobre los criterios de selección de las operaciones Consideraciones: definición de operación Instrucciones para la descripción de los sistemas de gestión Nota explicativa metodológica de evaluación de los Planes de comunicación Documentos de reunión sobre el Plan de Comunicación FSE 2007 (Programa Informático) Análisis de requisitos Gestión: Programación y seguimiento

14 Orientaciones para la Evaluación previa de los programas operativos 2007/2013 Guía de orientaciones para la Evaluación ex-ante de los programas operativos de l FSE 2007/2013 Evaluación ex-ante del Programa Operativo FSE 2007/2013 Regiones de Competitividad Por lo que respecta al control por parte de la Autoridad de Gestión en un primer nivel de control facilita al SOC como organismo intermedio documentos e instrucciones con el fin de garantizar la coherencia y uniformidad en la buena gestión de las actividades cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Así mismo, y de acuerdo con lo que se establece en la descripción de los sistemas de gestión y control de la Autoridad de Gestión del PO FSE de Cataluña, la UAFSE establece los distintos niveles de control y seguimiento en su manual de procedimientos: Establecimiento de procedimientos escritos elaborados para ser utilizados por el personal de la autoridad de gestión/los organismos intermedios. 12 Comprobar que la documentación remitida por los organismos intermedios cumplen todos los requisitos reglamentarios para la elaboración de los informes anuales y finales y su remisión a la Comisión. Garantiza que las evaluaciones se lleven a cabo de acuerdo con lo que establece el Reglamento 1083/2006. Garantizar el cumplimiento de los requisitos de información y publicidad, verificando el desarrollo de los planes de Comunicación del PO. Formar parte del Comité de Seguimiento y garantizar que la ejecución del PO responda a criterios de calidad. Velar por el correcto cumplimiento de las funciones delegadas al organismo intermedio. Comprobación de la existencia de la verificación de operaciones (artículo 60, letra b), del Reglamento (CE) 1083/2006. Se reserva la posibilidad de hacer controles de calidad de las verificaciones efectuadas por los órganos intermedios o de llevar a cabo verificaciones a fin de garantizar la exactitud de la recopilación efectuada por el organismo intermedio. Recibe, verifica y valida las solicitudes de reembolso

15 Autoridad de Certificación (AC) En aplicación del artículo 59 del Reglamento (CE) 1083/2006, y de acuerdo con el Real Decreto 683/2002, de 12 de julio, el Estado Español designa como Autoridad de Certificación del presente Programa Operativo FSE al Ministerio de Trabajo e Inmigración, a través de la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo (dependiente de la Secretaría General de Empleo), que llevará a cabo su cometido de plena conformidad con los sistemas institucional, jurídico y financiero del Estado. Las funciones de la Autoridad de Certificación, de acuerdo con el Reglamento (CE) 1083/2006 y con el Reglamento (CE) 1828/2006, son las siguientes: a) Elaborar y remitir a la Comisión las certificaciones de las declaraciones de gastos y las solicitudes de pago intermedio. b) Certificar que la declaración de gastos es exacta, se ha realizado aplicando sistemas de contabilidad fiables y se basa en justificantes verificables. c) Certificar que el gasto declarado se atiene a las normas nacionales y comunitarias aplicables en la materia y se ha realizado en relación con las operaciones seleccionadas para financiación, de conformidad con los criterios aplicables al programa y en cumplimiento de las disposiciones nacionales y comunitarias. 13 d) Velar, a efectos de certificación, que ha sido convenientemente informada por la Autoridad de Gestión de los procedimientos y las verificaciones llevados a cabo en relación con el gasto incluido en las declaraciones. Toda certificación de gastos enviada por el Servei d Ocupació de Catalunya a la Autoridad de Certificación incluirá la documentación acreditativa de que las verificaciones previstas en los artículos 13.2 del Reglamento (CE) 1828/2006 y 60.b) del Reglamento (CE) 1083/2006, se han llevado a cabo satisfactoriamente. La Unidad Administradora del FSE, como Autoridad de Certificación y con independencia de las atribuciones de la Autoridad de Auditoria del programa, podrá realizar las verificaciones necesarias y adoptar medidas oportunas, para garantizar que las certificaciones de las declaraciones de gastos que se remitan a la Comisión Europea cumplen los requerimientos de la normativa comunitaria. e) Llevar un seguimiento, de los resultados de todos los controles llevados a cabo por la autoridad de auditoria o bajo su responsabilidad. f) Mantener registros contables en soporte electrónico del gasto declarado a la Comisión. g) Mantener una cuenta de los importes recuperables y de los importes retirados debido a la cancelación de toda o parte de la contribución a una operación. Los importes

16 recuperados se devolverán al presupuesto general de las Comunidades Europeas, antes del cierre del programa operativo, deduciéndolos del siguiente estado de gastos. h) Remitir anualmente a la Comisión, antes del 31 de marzo, la información establecida en el Artículo 20 del Reglamento (CE) 1828/2006. i) Antes de presentar la primera solicitud provisional de pago o, a más tardar, en un plazo de doce meses a partir de la aprobación del programa operativo, la Autoridad de Certificación remitirá a la Comisión una descripción de sus sistemas, que abarcará, en particular, su organización y los procedimientos. Esta descripción ira acompañada de un informe en el que se expondrán los resultados de una evaluación de los sistemas establecidos y se emita un dictamen sobre la conformidad de dichos sistemas con lo dispuesto en los artículos 58 a 62 del Reglamento 1083/ j) Recibir los pagos de la Comisión y el importe de la prefinanciación previsto en el artículo 82 del Reglamento (CE) 1083/2006. k) En su caso, rembolsar a la Comisión el importe total abonado en concepto de prefinanciación cuando no se haya recibido ninguna solicitud de pago del programa operativo en un plazo de veinticuatro meses a partir de la fecha en que la Comisión haya pagado la primera fracción de la refinanciación. 14 l) Ordenar a la Caja pagadora, la realización de los pagos a los órganos de la Generalitat de Catalunya con los que se comparte la gestión, o en su caso a los beneficiarios de las ayudas FSE, velando por que estos reciban las ayudas a que tengan derecho, cuanto antes y en su integridad, sin deducciones ni retenciones. No se impondrá ninguna carga específica u otra carga de efecto equivalente, que reduzca los importes destinados a los beneficiarios. m) Asignar los intereses devengados por la prefinanciación al programa operativo de que se trate. Estos serán considerados como recurso para el Estado miembro en forma de contribución pública nacional. n) Remitir a la Comisión antes del 30 de abril de cada año una previsión de las probables solicitudes de pagos en relación con el ejercicio presupuestario en curso y con el ejercicio siguiente 2. De acuerdo con el artículo 59.2 del Reglamento (CE) 1083/2006, de la Comissió, el estado miembro podrá designar uno o varios organismos intermedios que realicen algunos o todos los 1 Ver Artículo 71 del Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de Ver Artículo 76 del Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006.

17 cometidos de la autoridad de gestión o de la autoridad de certificación, bajo la responsabilidad de estas, a este efecto se ha firmado el Acuerdo por el que se regulan las competencias de la Autoridad de Gestión que serán desarrolladas por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Catalunya, donde se delegan unas funciones concretas Autoridad de Auditoria (AA) En el presente Programa Operativo, la Autoridad de Auditoría será la Intervención General de la Generalitat de Catalunya. La IGAE establecerá, de acuerdo con la normativa comunitaria y nacional vigente, la coordinación precisa con la Intervención General de la Generalitat de Catalunya. La IGAE será el órgano competente para establecer, de acuerdo con la normativa comunitaria y nacional vigente, las relaciones que sean precisas con los órganos correspondientes de la Comisión Europea, de los entes territoriales y de la Administración General del Estado. De acuerdo con lo anterior, las funciones establecidas en el artículo 62.1 del Reglamento nº 1083/2006 del Consejo serán responsabilidad exclusiva de la Intervención General de Catalunya Organismo Intermedio (OI) El Servei d Ocupació de Catalunya (SOC), de acuerdo con lo que establece el PO FSE de Catalunya en su punto d), y con lo establecido en el Acuerdo por el que se regulan las competencias de la Autoridad de Gestión que serán desarrolladas por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Catalunya (anexo 2), se constituye en el OI del PO FSE Catalunya en lo que se refiere a las actuaciones de la Generalitat de Catalunya que se desarrollan con cargo al Programa, siendo el interlocutor con la AG, la AC y la AA. El Servei d Ocupació de Catalunya es el encargado de mantener las relaciones con los organismos encargados de la ejecución de las operaciones del Programa Operativo FSE de Catalunya. La estructura organizativa interna del SOC, detallada en el punto 2 de esta descripción, permite que exista una separación de funciones entre los servicios encargados de realizar la ejecución de las operaciones y el encargado de realizar la verificación.

18 Unidad Dependencia Funciones Órganos gestores de Servicios Centrales Dirección Programes de Responsable de la fase de planificación y lanzamiento de las convocatorias hasta su publicación. Órganos gestores de Servicios Territoriales Dirección de la Xarxa Territorial Responsable de la instrucción del expediente: recepción de solicitudes, valoración y concesión, verificación administrativa e in situ (art. 60) y liquidación. Servicio de Control e Inspección de Políticas activas Gerencia Control interno sobre la correcta verificación de las operaciones realizada por los órganos gestores Organismos Colaboradores del Organismo Intermedio Los organismos colaboradores del organismo intermedio se constituyen como una figura de apoyo a la gestión del organismo intermedio correspondiente al Servei d Ocupació de Catalunya. Participan en el PO FSE de Catalunya a, de conformidad con lo establecido en el punto segundo del Acuerdo por el que se regulan las competencias de la Autoridad de Gestión que serán desarrolladas por el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Catalunya. Será organismo colaborador del SOC el Departament de Treball, que designa a la Dirección General de Igualdad de Oportunidades en el Trabajo y a la Dirección General de Economía Cooperativa y Creación de Empresa como órganos gestores de las operaciones elegibles al Programa Operativo del FSE El Servei d Ocupació de Catalunya se reserva la posibilidad de ampliar los organismos colaboradores y/o los órganos gestores que éstos designen y la modificación de los protocolos correspondientes. En relación con el Departament de Treball, actual organismo colaborador del SOC, se firma un protocolo en el que se establecen las funciones que asume: (anexo 3) 1. Garantizar que se ha llevado a cabo la entrega de los bienes o la prestación del servicio objeto de cofinanciación, que se ha efectuado realmente el gasto declarado por los beneficiarios en relación con las operaciones, y que éste cumple con las normas comunitarias y nacionales aplicables en la materia.

19 2. Garantizar el cumplimiento de los requisitos de información y publicidad establecidos en el art. 69 del Reglamento (CE) 1083/ Garantizar que los beneficiarios participantes en la ejecución de las operaciones mantienen un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones relacionadas con la operación, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional. 4. Asegurar que se dispone de todos los documentos sobre el gasto y las auditorias necesarios para contar con una pista de auditoría apropiada que garantice la fiabilidad de las solicitudes de reembolso que se presenten al SOC. Estos documentos pueden encontrarse directamente en su poder o puede establecerse su custodia por los beneficiarios, tal y como se prevé en el artículo 19 del Reglamento (CE) 1828/ En particular, garantizará que todos los documentos justificativos relacionados con los gastos y con las auditorias correspondientes al Programa Operativo se mantienen a disposición de la Comisión y del Tribunal de Cuentas durante un período de tres años a partir del cierre del mismo, o a partir del año en el que haya tenido lugar el cierre parcial, en su caso, conforme a lo establecido en el art. 90 del Reglamento (CE) 1083/ Proporcionar al SOC la información relativa a los informes de ejecución anual y final del PO Cataluña La fecha límite para proporcionar esta información en el caso de los informes anuales es el 15 de marzo del año siguiente al que corresponda, mientras que para el informe final es 31 de octubre de Ejecutar el Plan de Comunicación, elaborado por el SOC, previsto en la sección 1ª del capítulo II del Reglamento (CE) 1828/ Trasladar a los beneficiarios la información comunicada por la Unidad de Gestión de la Unidad Administradora del FSE en relación con la adecuada gestión del programa operativo FSE Cataluña , y en particular la relativa a las condiciones específicas de los bienes o servicios prestados en el marco de la operación, el plan de financiación, el plazo límite de ejecución, la información financiera y de otro tipo que se deba conservar y comunicar Informar a los beneficiarios de que la aceptación de la financiación del FSE implicará la aceptación de su inclusión en una lista de beneficiarios de acuerdo con el artículo 7 del Reglamento (CE) 1828/ Garantizar que a los beneficiarios potenciales de las operaciones se les ha facilitado la información prevista en el artículo 5.2 del Reglamento (CE) 1828/ Seleccionará las operaciones previo informe de elegibilidad del SOC. 12. Aplicará los sistemas de gestión y control de este manual, especificados en documento anexo.

20 ORGANISMO INTERMEDIARIO GESTOR DE ACCIONES PROPIAS GESTOR DE SUBVENCIONES Y CONVENIOS UNIDAD DE CONTROL GESTOR DE CONTRATACIONES UNIDAD DE CONTROL Y SUPERVISIÓN DEL DEPARTAMENT DE TREBALL GESTOR DE PAGOS 18

21 Secretaria general Antoni Fernández Pérez Direcció de Serveis Laura Muñoz Jordán Relacions laborals Salvador Alvarez Vega Economia Cooperativa i Creació d Empreses Mireia Franch Gallés Igualtat d Oportunitats en el Treball Sara Berbel Sánchez Manual 01/2008 de Sistemas de Gestión y Control PO Departament de Treball Conseller/a Secretaria General Direcció General Conseller/a Mar Serna Calvo 19

22 anual 01/2008 de Sistemas de Gestión y Control PO 20 DIRECCIÓ GENERAL D'ECONOMIA COOPERATIVA PROGRAMACIÓN Direcció Departament de Treball GESTIÓN Servei de Gestió d'ajuts Servei Gestió Econòmica (Dep. Treball) SEGUIMIENTO Servei de Gestió d'ajuts Servei Gestió Econòmica (Dep. Treball) CONTROL INTERNO Àrea d'administració i Control de la Gestió CONTROL SOBRE LA VERIFICACIÓN Servei de Control i Inspecció de Polítiques Actives (SOC) Servei de Gestió d'ajuts Servei Gestió Econòmica (Dep. Treball) Servei de Gestió d'ajuts Servei de Control i Inspecció de Polítiques Actives (SOC) Servei Gestió Econòmica (Dep. Treball) Intervenció Delegada Intervenció Delegada Intervenció Delegada Intervenció Delegada PAGOS DECLARACIÓ N GASTOS CERTIFICACIÓN

23 PROGRAMACIÓN GESTIÓN SEGUIMIENTO CONTROL INTERNO CONTROL SOBRE LA VERIFICACIÓN PAGOS DECLARACIÓ N GASTOS CERTIFICACIÓN Direcció Departament de Treball Servei de Programes d'itineraris d'ocupació per a Dones Servei de Programes per a la Diversitat Servei Gestió Econòmica (Dep. Treball) Servei de Programes d'itineraris d'ocupació per a Dones Servei de Programes per a la Diversitat Servei Gestió Econòmica (Dep. Treball) Àrea de Suport Jurídic i Control de la Gestió Servei de Control i Inspecció de Polítiques Actives (SOC) Servei de Programes d'itineraris d'ocupació per a Dones Servei de Programes per a la Diversitat Servei Gestió Econòmica (Dep. Treball) Servei de Programes d'itineraris d'ocupació per a Dones Servei de Programes per a la Diversitat Servei de Control i Inspecció de Polítiques Actives (SOC) Servei Gestió Econòmica (Dep. Treball) Intervenció Delegada Intervenció Delegada Intervenció Delegada Intervenció Delegada 21 DIRECCIÓ GENERAL D'IGUALTAT D'OPORTUNITATS

24 anual 01/2008 de Sistemas de Gestión y Control PO Definición de funciones de las diversas áreas del DEPARTAMENT DE TREBALL: 22 GESTIÓN Órgano Competencia Funciones DIRECCIÓ GENERAL D ECONOMIA COOPERATIVA I CREACIÓ D EMPRESES Servei de Gestió d Ajuts Economía cooperativa y fomento de creación de empresas Àrea d Administració i Control de la Gestió Economía cooperativa y fomento de creación de empresas DIRECCIÓ GENERAL D IGUALTAT D OPORTUNITATS Servei de Programes d Itineraris d Ocupació per a Dones Fomento de la igualdad entre hombre y mujer en el trabajo Fomento de la inserción laboral Servei de Programes per a la Diversitat de colectivos con especiales dificultades Àrea de Suport Jurídic i Control de la Gestió Fomento de la igualdad y de la inserción laboral Órgano Competencia Funciones Gestión y seguimiento de los expedientes de subvención de la Dirección General Seguimiento i control interno de los expedientes de subvención Gestión y seguimiento de los expedientes de subvención de la Dirección General Gestión de los expedientes de subvención de la Dirección General Coordinación interna del procedimiento de tramitación de ayudas y subvenciones VERIFICACIÓN SERVEI D OCUPACIÓ DE CATALUNYA. Servei de Control i Inspecció de Polítiques Actives. Control sobre la verificación de sistemas de gestión y de control Realiza el control sobre las acciones de verificación del art. 60b del R. 1083/2006 Realiza la declaración general de gastos a la UAFSE

25 Supervisión a los Organismos Colaboradores Para garantizar una correcta gestión, el SOC, como Organismo Intermedio, con el objeto de velar por la regularidad de las operaciones financiadas en el marco de la intervención, de acuerdo con el Protocolo de delegación de funciones entre el SOC y el Departament de Treball, se reserva las siguientes funciones: (anexo 3) 1. Asegurarse de que se han llevado a cabo tanto las verificaciones administrativas de todos los gastos relativos a las operaciones incluidas en los distintos certificados de gastos que vaya a presentar a la autoridad de gestión, como verificaciones in situ que abarquen parte de los gastos antes mencionados, y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 13.3 del Reglamento (CE) 1828/ Para garantizar frente a la Unidad de Gestión de la Unidad Administradora del FSE el cumplimiento de lo dispuesto en este punto, el SOC firmará el certificado de verificaciones y el informe del resultado de las mismas, que acompaña a cada certificado de gastos que presente a la autoridad de gestión, tal y como aparece recogido en la Aplicación FSE2007. Asimismo, remitirá toda la información que le sea requerida por la autoridad de gestión en este sentido. 3. Remitir a la Unidad de Gestión de la Unidad Administradora del FSE la descripción de los sistemas de gestión y control del Departament de Treball, en los términos señalados en el apartado Tercero del presente Acuerdo. 4. Registrar y almacenar la información relativa a los datos contables y de gestión financiera, ejecución física, verificaciones y auditorías y evaluación de las operaciones ejecutadas. Este registro se llevará a cabo por medios informáticos, permitiendo la transmisión de información de forma fiable a requerimiento de la Unidad de Gestión de la Unidad Administradora del FSE, de acuerdo a los requerimientos del sistema de información FSE Presentar las certificaciones de gasto con el detalle y la periodicidad requeridos por la Unidad de Gestión de la Unidad Administradora del FSE. 6. Elaborar y ejecutar el Plan de Comunicación previsto en la sección 1ª del capítulo II del Reglamento (CE) 1828/ Realizar las evaluaciones vinculadas al seguimiento del programa operativo FSE Catalunya y facilitar a la Unidad de Gestión de la Unidad Administradora del FSE la información necesaria para que se puedan llevar a cabo el resto de las evaluaciones pertinentes, en conformidad con los artículos 47, 48 y 49 del Reglamento (CE) 1083/2006. A tales efectos, prestará su colaboración y participará en cuantos comités o grupos técnicos de evaluación, nacionales o comunitarios, se le requiera. 8. Ejercer conjuntamente con la Unidad Administradora del FSE la presidencia del comité de seguimiento del PO FSE Catalunya y suministrar, en el ámbito de su competencia, la documentación e información necesarias para que las reuniones y trabajos del comité se puedan llevar a cabo.

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