REGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE INGENIERÍA SANITARIA Y AMBIENTAL
|
|
- Ángela Río Ávila
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL REGLAMENTOS INTERNOS REGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE INGENIERÍA SANITARIA Y AMBIENTAL Morelia, Michoacán, Mayo de 2009
2 UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL REGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE INGENIERÍA SANITARIA Y AMBIENTAL CONTENIDO I DE LOS ALUMNOS II DE LOS PROFESORES DE PRÁCTICAS III DE LA JEFATURA DEL LABORATORIO IV DEL PERSONAL DEL LABORATORIO V GENERALES El presente reglamento tiene por finalidad dictar las normas de procedimiento que permitan regular el uso del laboratorio de Ingeniería Sanitaria y Ambiental a fin de permitir un servicio de calidad al alumnado.. I) DE LOS ALUMNOS 1. El ingreso de los alumnos al laboratorio será a la hora fijada para la práctica, con una tolerancia de 15 minutos, por el acceso establecido para tal efecto. 2. Los alumnos ingresarán al laboratorio con sus respectivas batas de laboratorio, además ingresarán al laboratorio en presencia del profesor o técnico responsable de la práctica correspondiente. El uso de bata es también extensivo para los profesores y/o técnicos responsables de las prácticas. 3. Los alumnos deberán solicitar los materiales, equipos y reactivos a través del formato de solicitud (vale) de material correspondiente. El (los) alumno(s) es (son) responsable(s) por los materiales, equipos y reactivos que reciben. Para el caso de materiales y sustancias peligrosas es responsabilidad del profesor cuidar las normas de seguridad necesarias para su correcta utilización. 4. La entrega del material a los alumnos se realizará con la autorización del profesor o técnico responsable de la práctica. 5. Al recibir el material de trabajo, el alumno verificará en presencia del técnico responsable del almacén del laboratorio, que los materiales y equipos se encuentren en buenas condiciones de uso. 6. Antes de la devolución de los materiales utilizados, el alumno debe verificar que éstos se encuentren completos, limpios y en buenas condiciones de uso. Esta verificación se realizará ante la presencia del técnico responsable del almacén del laboratorio. 1
3 7. En el caso de prácticas de laboratorio en grupo, todos los integrantes se responsabilizan solidariamente por los materiales y equipos perdidos o dañados. 8. En el caso de pérdida o rotura de materiales por descuido o negligencia, el (los) alumno(s) repondrá(n) el material dañado o perdido de la misma calidad u otro similar, en un plazo fijado por la Jefatura del Laboratorio. 9. En el caso de pérdida, daño irreparable o reparable de un equipo del laboratorio, producto del uso inadecuado del mismo, el (los) alumno(s) se responsabiliza(n) por el costo que signifique su reemplazo o reparación, en un plazo fijado por la Jefatura del Laboratorio. 10. Para poder tener derecho a la calificación del reporte de práctica, es indispensable haber asistido a la parte experimental. 11. Debido a que el Laboratorio de Ingeniería Sanitaria y Ambiental es de reciente creación, se establece en conjunto por el Jefe del Departamento y del Laboratorio que para acreditar la calificación de la materia que incluye la parte práctica en el laboratorio, es necesario contar como mínimo un 75% de asistencias a las prácticas programadas en el semestre correspondiente 12. Durante el desarrollo de las prácticas: Queda prohibido recibir visitas y salir del laboratorio sin previa autorización del profesor o técnico de práctica. Está prohibido fumar, comer, beber y alterar el orden. Está prohibido asistir a las prácticas en estado de ebriedad o inconveniente. El alumno no debe arrojar al suelo, ni a las tarjas desechos sólidos, sino en los depósitos ubicados para tal fin. Al finalizar la práctica y antes de retirarse del laboratorio, dejará su área limpia, en orden los equipos, materiales y reactivos utilizados. 13. Las mismas obligaciones se aplicarán para los alumnos tesistas de licenciatura y de postgrado de la Facultad de Ingeniería Civil o de otras Facultades de la Universidad. 14. Para el caso de tesistas de esta y otras Facultades, deberá tener autorización del Jefe del Laboratorio para el desarrollo de trabajos de investigación. Debiendo identificarse claramente el alumno, el asesor, el periodo de uso del laboratorio y otras exigencias establecidas por el Jefe del Laboratorio, siendo indispensable la presencia del asesor al inicio del periodo de los trabajos y responsabilizándose de las actividades a realizar. 15. En el caso de pérdida o deterioro de materiales el tesista deberá reponer el material antes de la fecha de término del periodo de uso del laboratorio. 16. Los prestadores de servicio social quedarán sujetos al presente reglamento, además de que se sujetaran únicamente a las indicaciones de los técnicos y/o jefe del laboratorio. 2
4 17. Para el caso de prácticas de maestría y de prácticas solicitadas por otras dependencias, deberá coordinarse con el jefe del laboratorio para su programación correspondiente. 18. Es indispensable la presencia del profesor titular de las prácticas de maestría o la dependencia solicitante, a fin de que conduzcan la práctica correspondiente y se responsabilicen de los contenidos y objetivos planteados, así como de los equipos, materiales y reactivos a utilizar. II) DE LOS PROFESORES Y/O TÉCNICOS DE PRÁCTICAS 1. El único responsable de conducir la práctica de laboratorio, es el profesor y/o técnico de prácticas asignado, según la programación oficial que se publica al inicio de cada periodo escolar, o en su caso, a la programación que se haya establecido en función de la solicitud y la dependencia solicitante. 2. El profesor y/o técnico de práctica debe estar presente dentro del laboratorio por lo menos 5 minutos antes de la hora programada de la práctica. 3. Si el profesor y/o técnico no se hace presente en el laboratorio hasta después de 15 minutos de la hora programada para el inicio de la práctica, ésta se dará por diferida bajo responsabilidad del profesor y/o técnico, y posteriormente previo acuerdo entre alumnos se realizará la recuperación posterior. Este hecho será informado al Jefe del Laboratorio, cuidando no interferir con otras actividades. 4. Los profesores y/o técnicos de práctica tienen la obligación de permanecer en el laboratorio hasta que se retire el último de los alumnos a su cargo. 5. Los profesores y/o técnicos de práctica serán responsables que los alumnos cumplan con la limpieza de su área de trabajo en el laboratorio. 6. Los profesores y/o técnicos de prácticas son responsables del orden y buen uso de los equipos, materiales y reactivos que se encuentran en las mesas de trabajo y de que estos queden ordenados y limpios al finalizar la práctica. 7. El profesor y/o técnicos de práctica, en caso de accidentes (derrames, quemaduras, etc.) debe estar atento a suministrar los primeros auxilios al alumno afectado, o en caso de ser necesario, solicitar su asistencia y canalización a las instancias correspondientes. III) DE LA JEFATURA DEL LABORATORIO 1. Es obligación de la Jefatura del Laboratorio hacer cumplir el Reglamento de uso, además de informar periódicamente al Jefe del Departamento de las necesidades o carencias del laboratorio. 2. La duración del cargo de la jefatura será por un periodo de 2 (dos) años, con posibilidad de reelección. Su nombramiento y/o designación deberá realizarse en reunión departamental por elección directa con los asistentes. 3
5 IV) DEL PERSONAL DEL LABORATORIO 1. Los técnicos del laboratorio, tienen como función primordial: la elaboración e implementación de las prácticas necesarias según los objetivos planteados en los temarios correspondientes, la impartición de prácticas, la elaboración y revisión de los manuales de prácticas, la preparación de reactivos a utilizar en prácticas, la elaboración de los programas de prácticas y mantenimiento de equipos, la administración de materiales y reactivos, la capacitación de los ayudantes de técnicos y prestadores de servicio social, el mantenimiento menor de equipo, el control del inventario de reactivos y materiales, y todas aquellas necesarias para el correcto funcionamiento del laboratorio. 2. Los ayudantes de técnico académico, tienen como función primordial apoyar el buen desarrollo de las actividades inherentes al laboratorio, por lo que estarán sujetos a las indicaciones de los técnicos y/o jefe del laboratorio. 3. Para el caso de que el personal proponga y/o requiera actividades diferentes a las aquí expresadas, deberán someterse a autorización del jefe del laboratorio. 4. Para salir del laboratorio, el personal informará al jefe del laboratorio indicando el motivo de su salida y especificando el lugar y actividades a realizar. V) GENERALES 1. Los trabajos externos tales como cursos, tesis de licenciatura, de postgrado, de servicio social, etc. No deberán interferir con las actividades relacionadas al desarrollo de las prácticas. 2. Será obligación de las personas que realicen trabajos no relacionados a las prácticas de laboratorio lo siguiente: Reponer los consumibles utilizados para su servicio. Cuidar el buen estado general de los equipos, materiales y reactivos. Hacer buen uso de las instalaciones. Solicitar asistencia al personal técnico para la correcta manipulación del equipo de laboratorio 3. El uso de equipo y material de laboratorio, deberá hacerse previa solicitud por escrito al jefe del laboratorio, para su caso, deberá elaborarse el respectivo vale de salida que ampare el préstamo solicitado. En dicho vale firmará de responsable el solicitante, bajo el entendido de que en caso de pérdida, robo o extravío, deberá reponer con el artículo que subsane la baja, además de que se deberá especificar en dicho vale las fechas de salida y regreso al laboratorio. Para que este vale sea efectivo, deberá estar aprobado el préstamo con el visto bueno del jefe del laboratorio. 4. Es parte de este reglamento las normas de seguridad, necesarias y aplicables a cualquier persona que haga uso de éste. 5. Debido a que el Laboratorio de Ingeniería Sanitaria y Ambiental es de reciente creación, el jefe del laboratorio en coordinación con el jefe del departamento, 4
6 establecerán las bases para la calificación de las materias que cuentan con prácticas de laboratorio de Ingeniería Sanitaria y Ambiental. 6. El jefe del laboratorio en coordinación con el jefe del departamento, realizarán la gestión necesaria para la adquisición y reparación de equipo, materiales y reactivos que se requieran. Cualquier caso no previsto en el presente reglamento quedará sujeto a consideración de las autoridades correspondientes. El presente permanecerá a la vista y se hará de su conocimiento a los usuarios del laboratorio. Este reglamento y las normas de seguridad entran en vigor al día siguiente de su aprobación por el H. Consejo Universitario. Laboratorio de Ingeniería Sanitaria y Ambiental Departamento de Ingeniería Sanitaria y Ambiental Facultad de Ingeniería Civil Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo 5
7 NORMAS DE SEGURIDAD Para evitar cualquier imprevisto que se traduzca en accidente de trabajo, es indispensable tener siempre presentes las normas de seguridad que a continuación se enumeran: 1. Usar bata blanca y de manga larga dentro del laboratorio 2. Seguir las instrucciones del profesor y/o técnico responsable 3. Nunca dejar sin vigilancia su equipo de trabajo 4. Tener conocimiento de dónde se encuentran los implementos de seguridad y cómo se usan (extintores, botiquín, regadera, lavaojos, etc.) 5. Jamás emplear reactivos sin tener la seguridad de que son los indicados 6. Tener cuidado con el manejo de sustancias proporcionadas (debido a su toxicidad) 7. Al calentar cualquier líquido, cuidar que la boca del tubo de ensaye, matraz o cualquier otro recipiente utilizado, no apunte a ninguna persona, aplicando el calor en las paredes del recipiente y no en el fondo. 8. Nunca dejar líquidos volátiles cerca del mechero. Cuando se inflamen las sustancias contenidas en un recipiente, tapar la boca de éste inmediatamente. 9. Nunca someter el material proporcionado a exceso de calentamiento, esfuerzo físico, presión, etc. 10. Para percibir el olor de alguna sustancia, no se deberá hacer directamente sobre la boca del recipiente, es recomendable abanicar el aroma con la mano. 11. No verter agua sobre ácidos, metales alcalinos o cualquier otra sustancia que a su contacto pueda provocar explosión. 12. No hacer mezclas que no hayan sido indicadas con las sustancias que esté utilizando. 13. Los residuos sólidos no peligrosos deben ser desechados en el cesto de basura y los líquidos de manera adecuada según indicación de los técnicos, para residuos peligrosos se deberán manejar de acuerdo a los procedimientos especificados según su clasificación. 14. Se deberá cerciorar que las válvulas de gas y agua estén bien cerradas cuando no se ocupen y antes de retirarse del laboratorio. 15. En caso de cualquier accidente, avisar inmediatamente al técnico y/o profesor. 16. Seguir siempre las indicaciones del técnico y/o profesor. 6
reglamento laboratorio física y química
reglamento laboratorio física y química MEDIDAS DE SEGURIDAD: Un laboratorio es un sitio peligroso, sobre todo el de química, por lo que el experimentador debe ser prudente y seguir todas las instrucciones
Más detallesLINEAMIENTOS DE PRÁCTICAS DE LABORATORIO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS BIOLÓGICAS
1 LINEAMIENTOS DE PRÁCTICAS DE LABORATORIO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS BIOLÓGICAS CAPÍTULO PRIMERO USO Y SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES Artículo 1. El laboratorio es un área de trabajo en la que se realizan
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DEL LABORATORIO DE NUTRICIÓN DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.
REGLAMENTO GENERAL DEL LABORATORIO DE NUTRICIÓN DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente ordenamiento establece las disposiciones
Más detallesReglamento uso de Laboratorios de Computación y Equipamiento Informático
Reglamento uso de Laboratorios de Computación y Equipamiento Informático CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular, optimizar y asegurar el correcto
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular el uso de las Áreas materia del mismo, así como la práctica de las actividades realizadas en estas Salas
Más detallesUNIVERSIDAD DE SONORA Vicerrectoría Unidad Regional Centro
LINEAMIENTOS PARA LOS CURSOS EN EL PERÍODO ESPECIAL DE VERANO 2013 Introducción. La Universidad de Sonora organiza los cursos especiales de verano como una oferta educativa extraordinaria a los períodos
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UAQ
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE QUERÉTARO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES REGLAMENTO DE BIBLIOTECA UAQ Página 2 de 5 CAPÍTULO I DE LOS USUARIOS ARTÍCULO 1.- Podrán hacer uso de los servicios bibliotecarios quienes
Más detallesUNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE DISEÑO ASISTIDO POR COMPUTADORA (MACINTOSH)
UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE DISEÑO ASISTIDO POR COMPUTADORA (MACINTOSH) CAPÍTULO I (ÚNICO) De las disposiciones generales y de uso CAPÍTULO I (ÚNICO) De las disposiciones generales
Más detallesCalendario de Actividades del Proceso de Selección de Auxiliares de Cátedra para el Ciclo II 2016
Calendario de Actividades del Proceso de Selección de Auxiliares de Cátedra para el Ciclo II 2016 No ACTIVIDAD FECHA RESPONSABLE OBSERVACIONES 1 Apertura del Proceso de Selección del Programa de Auxiliares
Más detallesREGLAMENTO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO
REGLAMENTO DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO 1 OBJETIVOS GENERALES El reglamento de los LABORATORIOS DE CÓMPUTO tendrá como objetivo primordial normar el uso y el funcionamiento adecuado de éstos, coadyuvando
Más detalles4. ÁREA FÍSICA DE LOS LABORATORIOS. 4.1. Características generales.
4. ÁREA FÍSICA DE LOS LABORATORIOS 4.1. Características generales. 4.1.1. Los laboratorios estarán localizados dentro del plantel en un lugar accesible, con ventilación cruzada y extractores e iluminación
Más detallesCHAPINGO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA REGLAMENTO INTERNO PARA LA OPERACIÓN DE LA BIBLIOTECA DE FITOTECNIA
Enseñar la explotación de la tierra, No la del hombre UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO REGLAMENTO INTERNO PARA LA OPERACIÓN DE LA BIBLIOTECA DE FITOTECNIA El presente Reglamento fue aprobado por el HCDF en
Más detallesSAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 1 setiembre 2003
RESOLUCION C.D. F.Cs.S. Nº 044/03 SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 1 setiembre 2003 VISTO: La presentación efectuada por Secretaría Académica de la facultad, mediante la cual solicita la actualización,
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular el uso y la práctica deportiva y recreativa de las instalaciones de Squash en este Centro Deportivo y sus
Más detallesPrograma de becas complementarias. Centro de Geociencias
Programa de becas complementarias Centro de Geociencias Condiciones generales El Centro de Geociencias (CGEO) otorga becas complementarias a estudiantes de licenciatura, maestría o doctorado con el fin
Más detallesManual del conductor C M Y CM MY CY CMY K
Manual del conductor Le damos la bienvenida a APK RENTlNG. C M Y CM MY CY CMY K Este Manual le proporciona la información necesaria para disfrutar de todos los servicios que su empresa ha contratado con
Más detallesPROCESO GESTIÓN DE BIENES E INFRAESTRUCTURA PROCEDIMIENTO PARA VERIFICACIÓN FISICA DE INVENTARIOS SENADO DE LA REPÚBLICA
1. OBJETIVO Este procedimiento establece las actividades para el control, traslado, devolución, salida y baja de activos fijos y de bienes de consumo de la Unidad de Almacén en forma coherente con las
Más detallesResolución N 40. Años 193 y 144 REQUISITOS PARA EL REGISTRO Y AUTORIZACION DE MANEJADORES DE SUSTANCIAS, MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS.
Resolución N 40 Caracas, 29-05-03 Años 193 y 144 REQUISITOS PARA EL REGISTRO Y AUTORIZACION DE MANEJADORES DE SUSTANCIAS, MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS. Por disposición del ciudadano Presidente de la
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE OFICIALÍA MAYOR DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA
REGLAMENTO INTERNO DE OFICIALÍA MAYOR DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA Publicado en el Periódico Oficial No. 52, del 13 de noviembre de 2015, sección II, tomo CXXII. TÍTULO PRIMERO NATURALEZA DE LA OFICIALÍA
Más detallesDOCUMENTO DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DISTINTOS DE CONSULTORÍA PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO ABOGADOS JUNIOR
DOCUMENTO DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DISTINTOS DE CONSULTORÍA PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO ABOGADOS JUNIOR PROYECTO MEJORAMIENTO DE ESTACIONES POLICIALES A NIVEL NACIONAL DE HONDURAS Tegucigalpa,
Más detalles''btt\ .. ). FONDO SOLIDARIO PARA LA FAMILIA MICROEMPRESARIA POLITICA DE ADQUISICIÓN Y CONTRATACIÓN DE OBRAS, BIENES Y SERVICIOS
.. ). I ~l\ 1,1, \ '... ;-:. / ',.: _.,,t: \ \ ' ' ''btt\, FOSOFAMILIA\ FONDO SOLIDARIO PARA LA FAMILIA MICROEMPRESARIA POLITICA DE ADQUISICIÓN Y CONTRATACIÓN DE OBRAS, BIENES Y SERVICIOS FECHA DE APROBACIÓN:
Más detallesREGLAMENTO PARA EVENTOS ESPECIALES.
UNIVERSIDAD DE LOS ALTOS DE CHIAPAS. CLAVE: 07PSU0009X REGLAMENTO PARA EVENTOS ESPECIALES. REGLAMENTO PARA EVENTOS ESPECIALES. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º. El presente Reglamento es de observancia
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL
Lineamientos del Centro de Estudios Psicológicos Integrales de la Facultad de Ciencias de la Conducta de de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DEL CENTRO
Más detallesREGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE LOS LABORATORIOS DE LA FACULTAD DE QUÍMICA DE LA U.A.D.Y. MÉRIDA, YUCATÁN, MÉXICO
REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE LOS LABORATORIOS DE LA FACULTAD DE QUÍMICA DE LA U.A.D.Y. MÉRIDA, YUCATÁN, MÉXICO ENERO 2011 ÍNDICE PAG. NORMAS GENERALES 1 NORMAS REFERENTES A LA MANIPULACIÓN DE EQUIPO
Más detallesREGLAMENTO DE PRACTICAS INDUSTRIALES
UNIVERSIDAD CATOLICA DE VALPARAÍSO FACULTAD DE INGENIERIA ESCUELA DE INGENIERIA INDUSTRIAL REGLAMENTO DE PRACTICAS INDUSTRIALES Art. 1º Art. 2º Este Reglamento rige para todos los alumnos regulares de
Más detallesReglamento de Practicas. Facultad de Ingeniería. Página 1
Reglamento de Practicas Facultad de Ingeniería 2010 Página 1 Artículo 1. De las prácticas Los alumnos deben desarrollar y aprobar durante sus estudios dos prácticas profesionales, en función de lo indicado
Más detallesINSTRUCTIVO PARA EL FUNCIONAMIENTO INTERNO Y OPERATIVO PARA REGULAR LAS PRÁCTICAS DE CAMPO DE LA UNIDAD IZTAPALAPA.
INSTRUCTIVO PARA EL FUNCIONAMIENTO INTERNO Y OPERATIVO PARA REGULAR LAS PRÁCTICAS DE CAMPO DE LA UNIDAD IZTAPALAPA. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Reglamento de Estudios Superiores, en el artículo 28 señala
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA SANTIAGO, 2011 Título I. Definición y Misión Título II. Condición de usuarios de Biblioteca Título III. Servicios y plazos de préstamos Título IV. Préstamos interbibliotecarios
Más detallesFACULTAD DE MEDICINA HUMANA Coordinación de Química REGLAMENTO DEL FUNCIONAMIENTO DE LABORATORIO DE QUÍMICA
FACULTAD DE MEDICINA HUMANA Coordinación de Química REGLAMENTO DEL FUNCIONAMIENTO DE LABORATORIO DE QUÍMICA 1 UNIVERSIDAD RICARDO PALMA FACULTAD DE MEDICINA HUMANA REGLAMENTO DEL FUNCIONAMIENTO DE LABORATORIO
Más detallesINSTITUTO UNIVERSITARIO PUEBLA
INSTITUTO UNIVERSITARIO PUEBLA GUIA DE SEGURIDAD DE LABORATORIO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Son sujetos de este reglamento todos los usuarios alumnos, profesores, empleados, y otros. Artículo
Más detallesColegio de Enfermeras de Costa Rica Apartado 5085-1000. Tel: 2257-95-22, Fax: 2257-98-54 E-mail: colegio@enfermeria.cr
CABAÑAS CENTRO DE RECREACION REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS CABAÑAS Y RECOMENDACIONES A NUESTROS HUÉSPEDES JUSTIFICACIÓN Como un servicio más a sus agremiadas y agremiados, el Colegio de Enfermeras
Más detallesREGLAMENTO PARA EL PRÉSTAMO DE RECURSOS ACADÉMICOS
REGLAMENTO PARA EL PRÉSTAMO DE RECURSOS ACADÉMICOS VICERRECTORÍA INSTITUCIONAL DE INGENIERÍA, DISEÑO Y ARQUITECTURA Diciembre de 2016 Página 1 de 6 CAPÍTULO I DE SU APLICACIÓN Y DEFINICIÓN TÍTULO PRIMERO
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL Coyoacán, D.F., enero de 2014 INTRODUCCIÓN El servicio social universitario es considerado como
Más detallesUNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA
UNIVERSIDAD DE PANAMÁ VICERRECTORÍA ACADÉMICA REGLAMENTO PARA EL NOMBRAMIENTO POR RESOLUCIÓN DE PROFESORES ESPECIALES Y ASISTENTES Aprobado por el Consejo Académico, No.11-10 de 7 de abril de 2010. Aprobado
Más detallesCoordinación de Trabajos en el SING PROCEDIMIENTO DO
Coordinación de Trabajos en el SING PROCEDIMIENTO DO Autor Dirección de Operación Versión 4 TÍTULO I. ASPECTOS GENERALES Artículo 1. Objetivo El presente Procedimiento define el proceso, antecedentes y
Más detallesTERMINOS DE REFERENCIA
TERMINOS DE REFERENCIA Posición: Servicio: Cantidad Requerida: Consultor Internacional Servicio de consultoría internacional para el asesoramiento en la implantación de la fiscalización del Sector Turismo
Más detallesNOM-017-STPS-2008 EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL-SELECCION, USO Y MANEJO EN LOS CENTROS DE TRABAJO.
NOM-017-STPS-2008 EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL-SELECCION, USO Y MANEJO EN LOS CENTROS DE TRABAJO. 1 NOM-017-STPS-2008 Objetivo particular: El participante reconocerá el contenido de la NOM-017-STPS-2008,
Más detallesDIRECTIVA PARA EL OTORGAMIENTO DE PRÉSTAMO Y ADELANTO DE REMUNERACION AL PERSONAL DE LA EMPRESA SILSA
DIRECTIVA PARA EL OTORGAMIENTO DE REMUNERACION AL PERSONAL DE LA EMPRESA SILSA DIRECTIVA 004 GG Rev. 10 / 04-12-08 Revisado JRRHH Aprobado GG 1. OBJETIVO Normar el procedimiento para el otorgamiento de
Más detallesUSAL UNIVERSIDAD DEL SALVADOR
CAPITULO 1 Consideraciones Generales. Art. 1. Este Reglamento se enmarca dentro de las disposiciones generales de la y particularmente, en el Reglamento General de Posgrados, según Resolución Rectoral
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE HIDRÁULICA
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL REGLAMENTOS INTERNOS REGLAMENTO INTERNO DEL LABORATORIO DE HIDRÁULICA Morelia, Michoacán, Mayo de 2009 UNIVERSIDAD MICHOACANA
Más detallesREGLAMENTO DE ACADEMIAS
REGLAMENTO DE ACADEMIAS 1 ÍNDICE Página Capítulo I Disposiciones Generales. 3 Capítulo II De sus atribuciones. 4 Capítulo III De su instalación. 6 Capítulo IV De su operación. 7 Capítulo V De las funciones
Más detallesCentro de Investigación en Materiales Avanzados, S.C. REGLAMENTO GENERAL DE LABORATORIOS
REGLAMENTO GENERAL DE LABORATORIOS Laboratorio de Metalografía y Microscopía Óptica Centro de Investigación en Materiales Avanzados Unidad Monterrey Fecha de expedición: Enero de 2009 Las reglas y procedimientos
Más detallesCOLEGIO UNIVERSITARIO FERMÍN TORO REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DE POSGRADO AL PERSONAL DOCENTE DEL COLEGIO UNIVERSITARIO FERMÍN TORO
REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DE POSGRADO AL PERSONAL DOCENTE DEL COLEGIO UNIVERSITARIO FERMÍN TORO BARQUISIMETO, ENERO 2002 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente reglamento
Más detallesPOLÍTICAS GENERALES POLÍTICAS DE VENTAS
POLÍTICAS GENERALES POLÍTICAS DE VENTAS HORARIO DE SERVICIO Y ATENCIÓN Si desea información sobre los productos y sus precios, nuestro sitio web www.electronicaestudio.com está disponible para usted de
Más detallesObligaciones y Responsabilidades de la Empresa
Obligaciones y Responsabilidades de la Empresa Información general DUE Prevención de Riesgos Laborales, entidad acreditada, a nivel nacional, como servicio de Prevención de Riesgos Laborales ajenos (número
Más detallesUniversidad Autónoma de San Luis Potosí. Facultad de Ciencias
Universidad Autónoma de San Luis Potosí Facultad de Ciencias CONVOCATORIA La Universidad Autónoma de San Luis Potosí, a través de la Facultad de Ciencias convoca a los interesados en ocupar las siguientes
Más detallesINSTRUCTIVO DE CONTROL PARA EL INGRESO DE PERSONAS PARTICULARES A LAS INSTALACIONES DE CELEC EP UNIDAD DE NEGOCIO HIDROAGOYÁN
DOC TIPO: Procedimiento de Visitas Formato: HAG-SI-SMPCV ELABORADO POR: SEGURIDAD Y SALUD LABORAL CORPORACIÓN ELÉCTRICA DEL ECUADOR UNIDAD DE NEGOCIO HIDROAGOYÁN INSTRUCTIVO DE CONTROL PARA EL INGRESO
Más detallesGUÍA PARA EL USO DE LOS LABORATORIOS DE CIENCIAS NATURALES DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS ESCOLARES
GUÍA PARA EL USO DE LOS LABORATORIOS DE CIENCIAS NATURALES DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS ESCOLARES 1 I La presente guía es una fuente de consulta rápida al respecto de las acciones aplicables
Más detalles1. La Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, es el área encargada de
INSTRUMENTO DE CONTROL ARCHIVISTICO DENOMINADO CONTROL DE PRESTAMO DE S Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 20, fracción III y 25 de la Ley de Archivos del Distrito Federal, se emite el presente
Más detallesReglamento de la Comisión Mixta de Auditoria
Reglamento de la Comisión Mixta de Auditoria Índice 1. Introducción...3 2. Composición...3 3. Funciones del Comité...3 3.1. Funciones del Comité en materia de riesgos:...3 3.2. Funciones del Comité en
Más detallesPROCEDIMIENTO DE INFORMACION, CONSULTA Y PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
0 Página 1 de 7 Realizado por: Servicio de Prevención de Prevención de Riesgos Laborales del SERIS Fecha y firma: Febrero 2008 Aprobado por: Fecha y firma: VºBº: Comité de Seguridad y Salud Fecha y firmas
Más detallesPrimero. Finalidad de la oferta de asignaturas optativas.
INSTRUCCIÓN 7/2016, DE 6 DE JUNIO, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONFIGURACIÓN DE LAS ASIGNATURAS OPTATIVAS DE LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LICENCIATURA DE LA UABCS
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LICENCIATURA DE LA UABCS 127 Reglamento General de Becas para los Estudiantes de Licenciatura de la UABCS C O N S I D E R A N D O S 1. Que es el fin
Más detallesREGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO SOCIAL PARA LOS ALUMNOS DE LA CARRERA DE GASTRONOMÍA
REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO SOCIAL PARA LOS ALUMNOS DE LA CARRERA DE GASTRONOMÍA Artículo 1. El presente reglamento tiene como finalidad establecer los lineamientos y políticas para la realización
Más detallesNOM-029-STPS-2011, Mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad
NOM-029-STPS-2011, Bufete Ambiental Técnico, S.A. de C.V. Mantenimiento de las instalaciones eléctricas en los centros de trabajo - Condiciones de seguridad Principales cambios Se actualizan, reordenan
Más detallesREGLAMENTO GENERAL PARA LABORATORIOS Y TALLERES
ALCANCE El presente documento establece los lineamientos básicos que deben seguir los usuarios de laboratorios y/o talleres de la Universidad de los Andes, con el propósito de garantizar en ellos procesos
Más detallesCoordinación Nacional de Maratones.
Coordinación Nacional de Maratones. La Asociación Nacional de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración a través de la Coordinación Nacional de Maratones Convocan al: X MARATÓN NACIONAL DE CONOCIMIENTOS
Más detallesEste documento es válido solo si se ve en Sitio WEB de ITESCA
RESIDENCIAS PROFESIONALES Hoja Página 1 de 6 1.- OBJETIVO Definir las actividades necesarias para la solicitud del proceso de residencias profesionales, presentación del reporte final y conclusión de las
Más detallesArtículo 9 Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación
A continuación se reproducen los artículos de la Ley 41/2002 de de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación
Más detallesProcedimiento de Cuentas por Pagar.
Página: 1 de 1 Hoja de Control de Emisión y Revisiones. N de Revisión Páginas Afectadas Motivo del Cambio Aplica a partir de: 0 Todas Generación del documento 10 Junio 2014 o CON/? CONTRATISTAS. S.A DE
Más detallesMANUAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES Y MANEJO DE ALMACÉN EN LA ADMINISTRACION PORTUARIA INTEGRAL DE LÁZARO CÁRDENAS, S.A. DE C.V.
MANUAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES Y MANEJO DE ALMACÉN EN LA ADMINISTRACION PORTUARIA INTEGRAL DE LÁZARO CÁRDENAS, S.A. DE C.V. 1 INDICE CAPITULO 1. 1.1.- Fundamento Legal 3 1.2.- Definiciones
Más detallesREGLAMENTO PARA EL FONDO DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO PARA EL FONDO DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE CAJEME CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- El Fondo de Vivienda de los Trabajadores del Instituto
Más detalles1. Será responsabilidad del Subdirector del Programa de Drogas y Alcohol vigilar y aplicar el presente procedimiento.
OBJETIVO ESTRATEGICO: Subdirección del Programa de Drogas y Alcohol, Subdirección de Certificación Médica Terrestre y Subdirección de Certificación Certificación Aeromédica y Marítima Coadyuvar a la disminución
Más detallesINSTRUCCIÓN. Primero.- Régimen general.
INSTRUCCIÓN DE 31 DE JULIO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, RELATIVA AL RÉGIMEN DE LICENCIAS, PERMISOS Y VACACIONES APLICABLE AL PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Y
Más detallesNORMAS DE CONTROL INTERNO PARA EL SECTOR PUBLICO R.C. N 072-98-CG y R.C. N 123-2000-CG
NORMAS DE CONTROL INTERNO PARA EL SECTOR PUBLICO R.C. N 072-98-CG y R.C. N 123-2000-CG 300 NORMAS DE CONTROL INTERNO PARA EL ÁREA DE ABASTECIMIENTO Y ACTIVOS FIJOS El abastecimiento como actividad de apoyo
Más detallesREGLAMENTO DE LABORATORIO DE BIOTECNOLOGÍA
Requerimiento: 7.2.1 Código: D-AA-14 Hoja No. 1 de 6 REGLAMENTO DE LABORATORIO DE BIOTECNOLOGÍA Requerimiento: 7.2.1 Código: D-AA-14 Hoja No. 2 de 6 ASPECTOS OPERACIONALES 1. De los Docentes. 1.1 Anotarse
Más detallesAnexo II REGLAMENTO DE AYUDANTÍAS
Anexo II REGLAMENTO DE AYUDANTÍAS Artículo 1. La Universidad, como institución educativa encargada de la formación en el nivel superior de educación, tiene como función inherente la creación de espacios
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA REINSCRIPCIÓN SEMESTRE 16-17 / 1 (SEPTIEMBRE 2016 FEBRERO 2017)
PROCEDIMIENTO PARA LA REINSCRIPCIÓN SEMESTRE 16-17 / 1 (SEPTIEMBRE 2016 FEBRERO 2017) EL ALUMNO DEBERÁ: 1. Acudir al departamento de presupuesto y contabilidad ubicado en el edificio B, planta baja, Laboratorio
Más detallesMANUAL PARA EL REGISTRO DE PÉRDIDAS
MANUAL PARA EL REGISTRO DE PÉRDIDAS Biblioteca Bucaramanga 2007 PÉRDIDAS Página 2 de 12 Revisó Director y Profesional Circulación y Préstamo Aprobó Rector Fecha de aprobación Noviembre 29 de 2007 Resolución
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE BACALAR TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE BACALAR TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES **LA AUTORIZACIÓN DE LA PROPUESTA DE REGLAMENTO DE
Más detallesCONSEJO DIRECTIVO. ACUERDO CD-015 (19 de junio de 2003)
CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO CD-015 (19 de junio de 2003) Por el cual se expide el Reglamento Interno para uso de los Laboratorios de Práctica en Ciencias Básicas de la Universidad Católica de Oriente. El
Más detallesRESOLUCION No. 002036 ( 27 SET. 2004 )
EL GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO ICA En ejercicio de sus funciones, las conferidas en la constitución Política, Ley 80 de 1993, Decreto 2170 de 2002 y Acuerdo 08 de 2001 y CONSIDERANDO:
Más detallesREGLAMENTOS GENERAL DE BECAS. Universidad Técnica Latinoamericana
REGLAMENTOS GENERAL DE BECAS Universidad Técnica Latinoamericana REGLAMENTO GENERAL DE BECAS TITULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES SU REGIMEN, COMPROMISO Y DEFINICION Artículo 1 0 - Este reglamento regirá
Más detallesMETODOLOGÍA DE ELABORACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN. Depto. de Organización y Métodos-Sría. de Finanzas y Administración
METODOLOGÍA DE ELABORACIÓN DE MANUALES DE ORGANIZACIÓN OBJETIVO DE ELABORAR EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN El Manual de Organización es un elemento fundamental para facilitar la comunicación, la coordinación,
Más detallesCapítulo I Disposiciones Generales
Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la práctica la práctica del Frontenis como actividad en este Centro Deportivo y sus disposiciones regirán
Más detallesPROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS ESTANCIAS FORMATIVAS EN EL HOSPITAL UNIVERSITARI i POLITÈCNIC LA FE
PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS ESTANCIAS FORMATIVAS EN EL HOSPITAL UNIVERSITARI i POLITÈCNIC LA FE Junio 2011 ESTANCIAS EN EL HOSPITAL LA FE. A. Formación de Grado Estudiantes B. Formación de Post-grado
Más detallesREGLAMENTO DE TRABAJO FINAL DE LA MAESTRÍA EN RELACIONES Y NEGOCIACIONES INTERNACIONALES UNIVERSIDAD DE SAN ANDRÉS-FLACSO/ARGENTINA
REGLAMENTO DE TRABAJO FINAL DE LA MAESTRÍA EN RELACIONES Y NEGOCIACIONES INTERNACIONALES UNIVERSIDAD DE SAN ANDRÉS-FLACSO/ARGENTINA Artículo 1.- Fundamento y Objetivo El presente reglamento se dicta en
Más detallesREGLAMENTO DE BIBLIOTECA
REGLAMENTO DE BIBLIOTECA Con el fin de prestar un servicio eficiente que beneficie a toda la comunidad, se han fijado unas Normas que regulan el funcionamiento de la Biblioteca, e indican los deberes y
Más detallesCAPÍTULO I DE LOS USUARIOS
CAM/BIB-AN03-FT 1 de 6 CENTRO DE ACTUALIZACIÓN DEL MAGISTERIO EN ZACATECAS BIBLIOTECA ESCOLAR JUSTO SIERRA MÉNDEZ PRESENTACIÓN El presente reglamento tiene como propósito establecer las normas generales
Más detallesPROCEDIMIENTO GENERAL
Hoja: 1 de 11 PROCEDIMIENTO GENERAL Procedimiento General del Personal de Administración y Servicios Elaborado: Subdirectora de Gestión Recursos Humanos. Revisado: Jefes de Servicio de Gestión P.A.S. Funcionario
Más detallesU n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a
U n i v e r s i d a d V e r a c r u z a n a DEL CONSEJO UNIVERSITARIO GENERAL GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE LAS ENTIDADES ACADÉMICAS Aprobada por la Comisión de Reglamentos del Consejo
Más detallesPRÉSTAMO BID Nº 3161/OC-UR
República Oriental del Uruguay Ministerio de Economía y Finanzas Dirección General de Secretaría PRÉSTAMO BID Nº 3161/OC-UR Programa de Modernización de la Gestión Financiera Pública del Ministerio de
Más detallesNORMA TÉCNICA 32-2009 AUTORIZACIÓN DE ESTUPEFACIENTES Y SICOTRÓPICOS A ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PRIVADOS Y NACIONALES Y A PROFESIONALES DE LA SALUD
1 MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE REGULACIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DE LA SALUD, A TRAVÉS DEL DEPARTAMENTO DE REGULACIÓN Y CONTROL DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y AFINES,
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE USO DE LABORATORIOS Y TALLERES 1
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE INGENIERÍA REGLAMENTO GENERAL DE USO DE LABORATORIOS Y TALLERES 1 1. OBJETIVO Y DEFINICIONES OBJETIVO El presente reglamento tiene por objeto establecer
Más detallesREGLAMENTO Capítulo I de la organización
Lineamientos Generales Para El Trabajo Dentro De Los Laboratorios De Ciencias Básicas Dirigido A Las Asignaturas Teórico Práctico Física y Metrología, Química y Termo Fluidos, Biología y Neurofisiología,
Más detallesReglamento de laboratorios
Reglamento de laboratorios Capitulo primero Disposiciones generales Artículo 1. La Dirección de la Facultad de Ingeniería Química de la Universidad Autónoma de Yucatán, para mejor organización interna
Más detallesREGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS. Reglamento de la Biblioteca Don Rodolfo Sandoval Álvarez
REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ALUMNOS Reglamento de la Biblioteca Don Rodolfo Sandoval Álvarez ÍNDICE DEL REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DON RODOLFO SANDOVAL ÁLVAREZ ÍNDICE DEL REGLAMENTO
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES
REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES Escuela de Arquitectura Universidad de Magallanes. MAYO 2011 1 1. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1.1 El presente reglamento tiene el objetivo de normar el desarrollo
Más detallesREGLAMENTO PARA EL USO DE LABORATORIOS Y TALLERES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.
REGLAMENTO PARA EL USO DE LABORATORIOS Y TALLERES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1.- Las disposiciones de este reglamento son de observancia obligatoria para todas las personas que hagan
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA FACULTAD DE INFORMÁTICA MAZATLÁN Reglamento Interno de Aulas de Clase CONTENIDO REGLAMENTO DE AULAS DE CLASES CAPÍTULO I.- DEL USO DE LAS AULAS... 3 CAPÍTULO II.- DE LAS
Más detallesLa tipología de plazas en los aparcamientos de la Universidad será la siguiente:
REGLAMENTO DE USO DE APARCAMIENTOS DE LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SU SESIÓN DE 29 DE NOVIEMBRE DE 2012 Y MODIFICADO EN SESIÓN DE 7 DE FEBRERO DE 2013 I.
Más detallesINDICE... 1 PRESENTACION... 2 1. OBJETIVOS... 2. 1.1. Objetivo general... 2. 1.2. Objetivos específicos... 2 2. SOBRE LOS PROYECTOS...
BASES TECNICAS DE EJECUCION INCUBADORA DE PROYECTOS SOCIALES 1 er SEMESTRE 2013 Programa de Desarrollo Social Vicerrectoría de Desarrollo Institucional INDICE INDICE... 1 PRESENTACION... 2 1. OBJETIVOS...
Más detallesCAPÍTULO I GENERALIDADES
RESPONSABLE: Departamento de Difusión y Concertación HOJA: 1 de 5 El presente tiene por objeto señalar los lineamientos a que se sujetará la realización de actividades de difusión y promoción dentro del
Más detallesC O N T E N I D O. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas.
Fecha: 06/10/10 C O N T E N I D O 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas. 6. Diagrama de bloque del procedimiento. 7. Glosario. 8. Anexos (formatos
Más detallesMUNICIPALIDAD DE SANTA LUCIA, FRANCISCO MORAZAN MANUAL DE USO Y MANEJO DE CAJA CHICA
MUNICIPALIDAD DE SANTA LUCIA, FRANCISCO MORAZAN MANUAL DE USO Y MANEJO DE CAJA CHICA INDICE DE CONTENIDO No. Pagina CAPITULO I 3 DE LAS DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II 4 DE LA AUTORIZACION DE LOS GASTOS
Más detallesTarjeta Préstamo Personal Credomatic Inclusividad
Tarjeta Préstamo Personal Credomatic Inclusividad REGLAMENTO ARTICULO PRIMERO: DEL REGLAMENTO: El presente reglamento regula el producto TARJETA PRESTAMO PERSONAL INCLUSIVIDAD que en adelante se conocerá
Más detallesCámara de Diputados de la República Dominicana
Cámara de Diputados de la República Dominicana Fortalecimiento del Rol Fiscalizador del Congreso Nacional ATN/OC-13370-DR - TÉRMINOS DE REFERENCIA Especialista en Adquisiciones y Administración de Proyectos
Más detallesREGLAMENTO PARE EL USO DE LOS ESPACIOS DE LA CASA DE LA CULTURA DON EFRAIN GONZALEZ LUNA DE AUTLAN DE LA GRANA JALISCO.
REGLAMENTO PARE EL USO DE LOS ESPACIOS DE LA CASA DE LA CULTURA DON EFRAIN GONZALEZ LUNA DE AUTLAN DE LA GRANA JALISCO. El presente reglamento establece las bases para el uso y funcionamiento de los espacios
Más detallesREGLAMENTO NACIONAL PARA LA ACREDITACION DE SUPERVISORES MUNICIPALES DE OBRAS
REGLAMENTO NACIONAL PARA LA ACREDITACION DE SUPERVISORES MUNICIPALES DE OBRAS DEL COLEGIO DE ARQUITECTOS DEL PERÚ Enero 2012 REGLAMENTO NACIONAL PARA LA ACREDITACION DE SUPERVISORES MUNICIPALES DE OBRAS
Más detallesREGLAMENTO QUE RIGE EL USO DE LOS LABORATORIOS DE BIOTECNOLOGÍA INTRODUCCIÓN.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 15 fracción IV del Decreto que crea a la Universidad Politécnica Metropolitana de Puebla, la Junta Directiva de esta Institución Educativa expide el siguiente:
Más detalles