4. Precio de compra y condiciones de pago, demora

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1 KOLIBRI Internationale Werbemittel GmbH Condiciones Generales de Venta y Suministro para contratos con empresas y personas jurídicas de derecho público y de patrimonio especial de derecho público En lo sucesivo, KOLIBRI Internationale Werbemittel GmbH se denominará "KOLIBRI". La parte que compra a KOLIBRI o que tiene una relación precontractual relacionada con una compra a KOLIBRI, se denominará "COMPRADOR". Las presentes Condiciones Generales de Venta y Suministro se denominarán en lo sucesivo "CONDICIONES". 1. Ámbito de vigencia Las presentas CONDICIONES son aplicables a todas las ofertas, aceptaciones de oferta y ventas. Siendo aplicables a empresarios, según lo dispuesto en el Art. 14 del Código Civil alemán (BGB), a personas jurídicas de derecho público y de patrimonio especial de derecho público, y a otras personas en la medida en que legalmente esté permitido. Queda revocada cualquier condición del COMPRADOR que difiera de esto, y ésta sólo se podrá hacer efectiva contra KOLIBRI, si KOLIBRI la ha aprobado previamente por escrito. 2. Ofertas, formalización de contratos, calidad de los productos y reexportación 2.1 Todas las ofertas son sin compromiso y dependen de la disponibilidad, de la recepción puntual del material y de la confirmación de cobertura del seguro de crédito comercial de KOLIBRI. Los catálogos y otros documentos y presentaciones de KOLIBRI utilizados para la venta, también en formato electrónico, sirven únicamente para la solicitud de una oferta. 2.2 El pedido del COMPRADOR representa una oferta vinculante para la formalización de un contrato de compra. Los pedidos del COMPRADOR sólo se consideran aceptados por KOLIBRI, si éstos son confirmados por KOLIBRI en el plazo de 30 días, mediante una declaración expresa de aceptación o bien por escrito o correo electrónico, o si se ejecutan inmediatamente después de su recepción. En este caso la factura sirve como confirmación de pedido. 2.3 Cualquier explicación o promesa oral realizada por empleados del departamento de ventas o por agentes comerciales de KOLIBRI que difiera del contrato escrito o de la confirmación de pedido, sólo será válida si KOLIBRI las ha confirmado por escrito. Esto no se aplica a las explicaciones dadas por personas que ostenten la representación ilimitada de KOLIBRI o bien que ostenten un cargo con facultades que por ley no puedan ser limitadas con efectos frente a terceros. 2.4 La cantidad, la calidad, la descripción y las posibles especificaciones de la mercancía se basan en la oferta de KOLIBRI, siempre que haya sido aceptada por el COMPRADOR, o bien en el catálogo de KOLIBRI vigente junto con la confirmación de pedido de KOLIBRI, en caso de que el COMPRADOR haya realizado un pedido. Las ofertas y tarifas de precios se tratarán de forma confidencial y no pueden ser entregadas a terceros sin la autorización previa de KOLIBRI. 2.5 KOLIBRI podrá corregir errores, evidentes o que puedan inducir a equívocos, contenidos en los catálogos, en las tarifas de precios, en la documentación relativa a una oferta o en otros documentos, sin que ello derive derecho alguno para el COMPRADOR. 2.6 KOLIBRI se reserva el derecho a modificar o a mejorar los productos sin informar al COMPRADOR, siempre y cuando se respeten los requisitos legales y/o siempre que ello no conlleve un empeoramiento continuo de la calidad, la funcionalidad o el uso para el que están previstos. La realización de este tipo de cambios no otorga ningún tipo de derecho al COMPRADOR. 2.7 Los productos fabricados en serie se venden tomando como base una muestra. No existe derecho alguno a recibir las muestras expuestas. Las pruebas y muestras se consideran modelos orientativos en cuanto a calidad, dimensiones, tallas, peso y color. 2.8 Las posibles diferencias con respecto a los productos y a las mercancías, como por ejemplo, el graneado en el caso del cuero, las diferencias de color de +/- 10%, las diferencias de pasada de impresión de hasta 0,1 mm, las diferencias insignificantes de color y de contorno en función del tipo de material y del revestimiento en el caso de los grabados, se consideran ajustadas a contrato. Esto es igualmente válido en el caso de los pedidos de reposición o de las entregas posteriores. 2.9 La reexportación de la mercancía suministrada precisa la autorización expresa del proveedor. Esto no se aplica a la reventa a países miembros de la Unión Europea y a Estados firmantes del Acuerdo del Espacio Económico Europeo.

2 3. Anulación del contrato y devolución de los productos La anulación de un contrato en vigor, en su caso junto con la devolución de la mercancía ya entregada, precisa el acuerdo expreso entre el vendedor y el COMPRADOR. Por lo general, queda excluida la posibilidad de anular un contrato y devolver la mercancía en perfecto estado ya suministrada que se haya fabricado o comprado especialmente para el COMPRADOR. En caso de que el COMPRADOR anule un pedido ya registrado por el vendedor, se aplicará una tasa de anulación. Si se trata de producciones especiales, esta tasa ascenderá al 30% del valor del pedido y en el caso de producciones estándares al 15% del valor del pedido. El COMPRADOR tendrá que presentar las pruebas que justifiquen una penalización inferior a la descrita anteriormente. 4. Precio de compra y condiciones de pago, demora 4.1 El precio de compra se basa en la oferta de KOLIBRI o en el caso de no existir una oferta de precio expresa, en la tarifa de precios vigente para el COMPRADOR en la fecha en que se formalizó el contrato. Los precios acordados se entienden en euros. Los precios indicados en cualquier tipo de documentos utilizados para la venta son sin compromiso. A éstos hay que añadirles siempre el IVA legal vigente así como los gastos de embalaje correspondientes, y se entienden franco fábrica (ex works, respetando los "INCOTERMS 2000"). 4.2 En caso de que entre la fecha de formalización del contrato y el plazo de entrega transcurran más de dos meses, KOLIBRI se reserva el derecho a subir el precio antes de realizar la entrega de la mercancía notificándolo previamente al COMPRADOR, con el fin de cubrir el aumento de gastos fuera del control de KOLIBRI, como, en particular, posibles modificaciones en el tipo de cambio o en las tasas arancelarias o incrementos en los gastos de material y fabricación superiores al 10%. 4.3 Los pagos se deberían realizar exclusivamente mediante transferencia bancaria. En los pagos realizados mediante letras bancarias, cheques o cualquier otro medio, la obligación de pago no se considera satisfecha hasta que KOLIBRI no pueda disponer definitiva e irrevocablemente sobre el importe correspondiente. Los gastos por descuento corren a cargo del COMPRADOR. 4.4 En caso de acordar que el COMPRADOR proceda a la apertura de un crédito documentario se deberán respetar las Reglas y Usos Uniformes relativos a los Créditos Documentarios, Revisión de 1993, Publicación ICC N.º 500. Todos los gastos relacionados con el crédito documentario correrán a cargo del COMPRADOR. 4.5 Siempre y cuando no se haya acordado lo contrario, el COMPRADOR deberá realizar el pago del importe completo en el plazo de 21 días desde la fecha de la factura. A partir de esa fecha se incurre en demora sin necesidad de previo requerimiento de pago. Si una vez formalizado el contrato, KOLIBRI tuviera conocimiento de circunstancias que según el debido criterio comercial permiten concluir que existe un importante empeoramiento patrimonial o crediticio, en particular demora en el pago a otros proveedores, KOLIBRI tiene derecho a exigir el pago anticipado o la presentación de garantías, y en caso de negativa, a renunciar al contrato, con lo que los pagos por las prestaciones parciales ya recibidas se deberán abonar de inmediato. 4.6 Si el COMPRADOR se demora en sus obligaciones de pago, vencerán automáticamente todas las demás deudas, sin que sea necesario iniciar un procedimiento de demora expreso. Además, KOLIBRI está facultada para optar según su criterio entre rescindir el contrato o bien retirarse del mismo, exigir una indemnización por incumplimiento de contrato y/o a suspender otras entregas al COMPRADOR o exigir por ellas el pago anticipado o demandar el pago de intereses según lo legalmente establecido (tipo de interés base más 8%) desde la fecha de vencimiento hasta la fecha del pago completo de la deuda, y suspender otras entregas al COMPRADOR, sin que ello afecte a otras reivindicaciones o derechos que le correspondan. El COMPRADOR tiene derecho a demostrar que la demora no ha ocasionado daños o que se trata de daños menores. 4.7 KOLIBRI tiene derecho a retirarse del contrato o a exigir una indemnización por daños y perjuicios, si el COMPRADOR se ha negado definitivamente a la recepción de la mercancía o si no la ha recepcionado después de establecer previamente un nuevo plazo de al menos cinco días. 4.8 Si el COMPRADOR incurre en demora o no atiende una letra en el plazo de vencimiento, el vendedor tiene derecho a retirar la mercancía. Desde este momento, el COMPRADOR autoriza el acceso del vendedor a sus instalaciones para recoger la mercancía. Además, el vendedor puede prohibir la venta y retirada de la mercancía. La retirada de la mercancía no implica la rescisión del contrato. En cambio, el vendedor se compromete a retirarse previamente del contrato, siempre que la mercancía se haya suministrado en el marco de un contrato particular ajeno a una relación comercial. En cualquier caso, el COMPRADOR podrá impedir estas consecuencias jurídicas constituyendo una garantía por el valor de la pretensión de pago en peligro. 4.9 Queda expresamente acordado que el COMPRADOR restituirá a KOLIBRI todos los gastos generados por la interposición de recursos de KOLIBRI en caso de demora del COMPRADOR, tanto por vía judicial como extrajudicial, como por ejemplo para la contratación de una empresa de cobros.

3 4.10 El COMPRADOR sólo podrá compensar con deudas no impugnadas y fijadas con validez jurídica. Quedan excluidos los derechos de denegación de prestación y de retención del COMPRADOR, siempre que éstos se fundamenten en otras relaciones contractuales, en particular, en otro contrato de compra, o si no se basan en deudas no impugnadas o fijadas con validez jurídica o si tienen su origen en una grave negligencia de KOLIBRI. Está excluida la posibilidad de rehusar el pago por defectos que en relación al precio resultan insignificantes. 5. Entrega de la mercancía 5.1 En principio, la mercancía se entrega franco fábrica, (ex works, respetando los "INCOTERMS 2000") en la sede principal de KOLIBRI. 5.2 En caso de suministrar mercancías a granel, conforme al contrato KOLIBRI tiene derecho a entregar un 3% más o menos, sin revisión de precios. 5.3 Si KOLIBRI debe fabricar, adaptar o transformar la mercancía del modo que sea o en el caso de mercancía no incluida en el catálogo vigente de KOLIBRI, conforme al contrato se aplicarán cantidades máximas y mínimas de entrega de hasta un 15%, adaptando el precio como corresponda. 5.4 Las entregas parciales, a las que en principio KOLIBRI tiene derecho sin notificación previa al COMPRADOR, se consideran entregas en sí mismas y pueden facturarse por separado. 5.5 Siempre que no exista una confirmación escrita expresa, definida como vinculante por un empleado del departamento de ventas de KOLIBRI o una confirmación oral por parte de personas que ostenten la representación ilimitada de KOLIBRI o bien ostenten un cargo con facultadas que por ley no pueden ser limitadas con efectos frente a terceros, los plazos y las fechas de entrega se consideran aproximativos, no suponiendo compromiso de suministro alguno y considerándose cumplidos si no hay una diferencia superior 14 días. 5.6 Los plazos de entrega se prorrogarán razonablemente, también dentro de un contrato, en caso de fuerza mayor, huelgas, cierres, intervenciones de autoridades nacionales o internacionales así como de todas aquellas circunstancias imprevisibles que puedan surgir tras formalizarse el contrato y que no sean responsabilidad de KOLIBRI, siempre y cuando estas circunstancias influyan determinantemente y de forma demostrable en el suministro. Igualmente en el caso de que sean los proveedores de KOLIBRI o sus subproveedores los que sufran estas circunstancias. Estas normas sobre circunstancias especiales se aplicarán por analogía igualmente al COMPRADOR. Si como consecuencia de este tipo de circunstancias una de las partes considera inadmisible la ejecución del contrato, podrá renunciar al mismo con una plazo de notificación mínimo de una semana. En tales casos, las indemnizaciones por daños y perjuicios quedan totalmente excluidas. 5.7 Si la mercancía entregada presenta daños producidos de algún modo por el transportista o si falta mercancía, el COMPRADOR exigirá de inmediato la correspondiente confirmación escrita. Una vez que el COMPRADOR haya confirmado ante el transportista que la entrega ha sido completa y correcta, no podrá revocarla. 6. Envío, transmisión de riesgos 6.1 KOLIBRI puede decidir el medio y la ruta de expedición, así como el tipo de embalaje. El riesgo de deterioro, hundimiento o pérdida de la mercancía se transmite al COMPRADOR del modo siguiente: - En el caso de entrega franco fábrica ("ex works" "INCOTERMS 2000"), en el momento en que KOLIBRI informa al COMPRADOR de que la mercancía está preparada para ser recogida. - En el caso de que KOLIBRI envíe la mercancía a otro lugar, en el momento en que KOLIBRI realiza la entrega al transportista o le notifica su disponibilidad. - En el caso de que exista un acuerdo por el cual excepcionalmente KOLIBRI corra con el riesgo de realizar la entrega en un lugar diferente a su sede, en el momento de la entrega o si el COMPRADOR se encuentra en demora con la aceptación, en el momento en que KOLIBRI oferta la mercancía. En este caso KOLIBRI almacenará la mercancía a cargo y riesgo del COMPRADOR. 7. Reserva de propiedad 7.1 La propiedad de la mercancía no pasa al COMPRADOR hasta que éste no efectúa el pago de su precio completo y cumpla todas las demás obligaciones derivadas de la relación comercial. Incluso aunque el COMPRADOR efectúe pagos parciales de prestaciones de carácter especial. La acumulación de determinados pagos pendientes en una factura corriente o el reconocimiento de un saldo no anula la reserva de propiedad. La mercancía sujeta al derecho de (co-)propiedad de KOLIBRI se denominará en lo sucesivo mercancía sujeta a reserva de propiedad.

4 7.2 Hasta el pago completo, en caso de que el COMPRADOR se encuentre en demora con una obligación de pago, KOLIBRI tiene derecho a exigir la devolución de la mercancía sujeta a reserva de propiedad, a venderla de otra manera o a disponer de ella de cualquier otro modo. 7.3 En todo momento, el COMPRADOR deberá conservar y almacenar debidamente y de forma segura, a título fiduciario y gratuito para KOLIBRI, la mercancía sujeta a reserva de propiedad, manteniéndola separada de sus propiedades y de las propiedades de terceros, correctamente asegurada e identificada como propiedad de KOLIBRI. 7.4 Si se procesa la mercancía sujeta a reserva de propiedad con otros objetos que no son propiedad de KOLIBRI, o bien se combina o mezcla de cualquier otro modo, KOLIBRI pasa a ser copropietaria de este nuevo objeto en función de la proporción que corresponde de la relación del valor facturado de la mercancía sujeta a reserva de propiedad y de los valores de ese nuevo producto y del procesamiento Si la propiedad de KOLIBRI se extingue como consecuencia de esta combinación, mezcla o procesamiento, ya en el momento de la formalización del contrato, el COMPRADOR transfiere los derechos de propiedad que le corresponden de este nuevo objeto, en la cuantía proporcional al valor de la factura de la mercancía sujeta a reserva de propiedad. A estos derechos parciales de propiedad o copropiedad originados se les aplicará, a su vez, las mismas reglas que en el caso de la mercancía sujeta a reserva de propiedad. El COMPRADOR está autorizado a utilizar o revender la mercancía sujeta a reserva de propiedad dentro de su actividad comercial habitual, siempre y cuando no se encuentre en demora. Está prohibido empeñarla o cederla a título de garantía. 7.6 Por razones de seguridad, desde este momento, el COMPRADOR cede a KOLIBRI y ésta acepta todas las deudas que tenga a su favor por el uso o la venta, incluidas las posibles indemnizaciones por seguros o por daños y perjuicios, así como todos los saldos deudores pendientes en cuenta corriente. 7.7 El COMPRADOR no está autorizado para realizar otra cesión de deudas. Una cesión con el objeto un factoring real sólo está autorizada si se notifica a KOLIBRI tanto el nombre del banco a cargo del factoring como las cuentas que el COMPRADOR mantiene allí, y el ingreso del Factoring supera el valor de la deuda que KOLIBRI tiene asegurada. Con el abono en cuenta del ingreso procedente del Factoring se pagará inmediatamente la deuda de KOLIBRI. 7.8 KOLIBRI faculta al COMPRADOR, con carácter revocable, a cobrar las deudas o prestaciones cedidas actuando a nombre y factura propios. Este poder de cobro sólo puede ser revocado si el COMPRADOR no cumple debidamente sus obligaciones de pago. A solicitud de KOLIBRI, el COMPRADOR está obligado a informar a sus compradores inmediatamente sobre la cesión efectuada a KOLIBRI, siempre y cuando no lo haga KOLIBRI por sí mismo, y a facilitar toda la información y documentación necesaria para realizar el cobro. 7.9 Cualquier retribución u objeto recibidos por el poder de cobro otorgado será conservado por el COMPRADOR a título fiduciario y gratuito para KOLIBRI, manteniéndolo separado de su propio patrimonio y del de terceros. Estos sirven de garantía para KOLIBRI del mismo modo que la mercancía sujeta a reserva de propiedad En caso de pago mediante cheque, la propiedad de éste pasa al vendedor, en cuanto el COMPRADOR realiza la compra. Si el pago se realiza mediante letra bancaria, por la presente el COMPRADOR cede de antemano a KOLIBRI los derechos resultantes y ésta los acepta. La entrega de estos papeles se sustituye por que el COMPRADOR los conserve para KOLIBRI, o en caso de que no obtenga la propiedad directa de los mismos, ceda de antemano a KOLIBRI el derecho a la restitución de los mismos ante terceros, entregando a KOLIBRI sin demora estos papeles con su endoso correspondiente En caso de embargos u otras intervenciones de terceros sobre la (co)propiedad de KOLIBRI, el COMPRADOR deberá advertir de que la propiedad es de KOLIBRI y comunicar a KOLIBRI sin demora la intervención de terceros sobre la mercancía sujeta a reserva de propiedad, enviando la documentación justificativa de dicha intervención, para que KOLIBRI pueda hacer valer sus derechos. El COMPRADOR se compromete a enviar a KOLIBRI sin demora una copia del acta de embargo. Si el tercero no está en condiciones de restituir los gastos judiciales y extrajudiciales ocasionados por estas circunstancias, será el COMPRADOR el que responda por ellos. En caso de incumplimiento de la obligación de notificación o de advertencia, el COMPRADOR responderá por todos los daños que ello ocasione a KOLIBRI La retirada o el embargo de la mercancía sujeta a reserva de propiedad por parte KOLIBRI, no supone ninguna rescisión del contrato Si el COMPRADOR lo solicita, KOLIBRI se compromete a desbloquear las garantías que le correspondan, siempre y cuando el valor efectivo de dichas garantías supere en más de un 20% las deudas pendientes con KOLIBRI. KOLIBRI podrá decidir libremente qué garantías desbloquear.

5 8. Garantía y exoneración de responsabilidad Por defectos, según lo establecido en el Art. 434 del Código Civil alemán (BGB), KOLIBRI asume por las mercancías vendidas las garantías y responsabilidades siguientes: - El COMPRADOR deberá examinar la mercancía entregada, según lo dispuesto, en el Art. 377 del Código de Comercio alemán (HGB), y, en principio, presentará las posibles reclamaciones por escrito, sin demora y de forma específica, como muy tarde en el plazo de 7 días, aunque en cualquier caso siempre antes de su reventa o tratamiento. Esto no afecta a otras obligaciones legales. - En el caso de que el COMPRADOR constatara la presencia de defectos en la mercancía, no podrá disponer de la misma sin el consentimiento de KOLIBRI, siempre esto constituyera una amenaza de daños mayores. - El COMPRADOR está obligado a poner a disposición de KOLIBRI el objeto reclamado o la muestra, si ésta así lo solicita. En caso de negativa negligente, la garantía queda automáticamente invalidada. Las piezas u objetos sustituidos pasan a ser propiedad de KOLIBRI. - KOLIBRI no responderá de que la mercancía sea apta para una finalidad concreta, a no ser que previamente lo haya declarado por escrito. - La garantía y la responsabilidad quedan excluidas en el caso de defectos o daños en el suministro de mercancías fabricadas siguiendo las especificaciones del COMPRADOR, basadas especialmente en descripciones, especificaciones, diseños o documentos de diseño del COMPRADOR, a no ser que su defecto sea reconocible por KOLIBRI sin realizar ninguna revisión complementaria. Igualmente, en el caso de los defectos o daños ocasionados por piezas, materiales u otros objetos añadidos que el COMPRADOR haya facilitado o que hayan sido fabricados por terceros a petición del mismo. - KOLIBRI no concede garantía alguna ni responderá por defectos o daños debidos a una instalación, conexión, manejo, utilización o acciones similares contrarias al contrato, erróneas o indebidas por parte del COMPRADOR o por terceras personas contratadas por él. Para establecer si una acción es inadecuada o contraria al contrato se tomarán como base, en particular, las indicaciones del fabricante. - En el caso de reclamaciones justificadas, KOLIBRI tiene derecho, en función del tipo de defecto y del interés justificado del COMPRADOR a establecer el tipo de resarcimiento (reparación del defecto, realizar un envío sustitutorio). Sólo en caso de que la restitución posterior de KOLIBRI fracasara o fuera rehusada, el COMPRADOR podrá deducir el precio o rescindir el contrato. - Si se produce con un usuario final una incidencia cubierta por la garantía, el COMPRADOR deberá informar sin demora a KOLIBRI. - En caso de constarse defectos en un objeto, los derechos del COMPRADOR caducan al concluir un año desde la entrega de dicho objeto. Esto no se aplicará, siempre que legalmente, según los Arts. 438, apartado 1 n.º 2 y 479, apartado 1 del Código Civil alemán (BGB)se establezcan plazos superiores. - Los derechos de resarcimiento, según los Arts. 478 y 479 del Código Civil alemán (BGB) existen, sólo si el derecho del consumidor final era legítimo y dentro del alcance legal, y, por el contrario, no existen para acuerdos de cortesía no acordados con KOLIBRI. Además, presuponen el cumplimiento de las obligaciones de la persona con derecho a reembolso, sobre todo el cumplimiento de las obligaciones de reclamación. - En cuanto al derecho de indemnización por daños y perjuicios se aplica la limitación general de responsabilidad descrita en el punto 9 siguiente. 9. Limitación general de responsabilidad Quedan excluidos los derechos de indemnización por daños y de resarcimiento de los gastos del COMPRADOR (en lo sucesivo "derechos de indemnización por daños"), independientemente del motivo legal, especialmente en el caso de violación de obligaciones de una relación de deuda y de manipulación no autorizada. Esto no es válido en el caso de que se haya recibido una garantía o asumido un riesgo de compra. Tampoco será aplicable siempre que la responsabilidad sea obligatoria, por ejemplo según la Ley de Responsabilidad por el Producto, en caso de premeditación o negligencia grave por muerte, heridas corporales o enfermedad así como por violación de las obligaciones contractuales fundamentales. El derecho a indemnización por daños por la violación de obligaciones contractuales fundamentales está limitado al daño previsible y típico del contracto, siempre y cuando no exista dolo o negligencia grave o se deba responder por muerte, heridas corporales o enfermedad. Esto no conlleva una modificación del mérito probatorio en prejuicio del COMPRADOR. 10. Protección de datos Por la presente se comunica al COMPRADOR, y éste se considera informado, de que KOLIBRI utilizará sus datos personales, recopilados en el marco de su actividad comercial, exclusivamente para la tramitación y la administración de la relación contractual KOLIBRI se compromete expresamente a cumplir todas las leyes y disposiciones legales relativas al tratamiento seguro y a la protección de datos. Entre estas leyes de protección de datos se encuentran sobre todo, aunque no de forma exclusiva, la Ley Federal alemana sobre la Protección de Datos (BDSG), así como las disposiciones legislativas a nivel europeo en su última edición.

6 11. Derechos de protección 11.1 Está terminantemente prohibido facilitar a terceros, en particular, a la competencia, planos de KOLIBRI o piezas de muestra fabricadas según los diseños de KOLIBRI y utilizadas por terceros por orden de éstos. En caso de violación de esta obligación, el COMPRADOR responderá por todos los perjuicios que la utilización de las muestras por personas no autorizadas ocasionen a KOLIBRI El COMPRADOR responderá por posibles violaciones de derechos de protección de terceros, si KOLIBRI ha fabricado y suministrado objetos siguiendo sus indicaciones. Él se compromete a eximir sin demora a KOLIBRI de los derechos de indemnización de daños a terceros en caso de que se produjera una violación de los derechos de terceros de este tipo, y a restituir a KOLIBRI todos los demás daños que le haya podido ocasionar en relación con la presentación de recursos ante terceros o en el marco de la conciliación en el caso de este tipo de disputas legales, en particular, por pagos adecuados y necesarios Los objetos comercializados por KOLIBRI se utilizan para su publicidad. Si el COMPRADOR tuviese un interés justificado en que se mantenga en secreto qué objetos se fabrican para él, KOLIBRI sólo asumirá la obligación correspondiente, si, como muy tarde, en el momento de la formalización del contrato se llega al acuerdo correspondiente. 12. Herramientas Las herramientas para modelos especiales, fabricados por KOLIBRI o por terceros bajo su pedido, son propiedad de KOLIBRI basándose en el servicio de diseño prestado y en la inclusión de la experiencia interna de fabricación, incluso aunque el COMPRADOR asuma (porcentualmente) los gastos de fabricación de los mismos o aunque la utilización esté exclusivamente prevista para pedidos del CLIENTE, como consecuencia de la firma del acuerdo correspondiente. La conservación voluntaria será como máximo de dos años, aunque para las herramientas propiedad del COMPRADOR existe también el mismo deber de diligencia que para los asuntos propios. En el caso de impago de la mercancía suministrada, KOLIBRI tiene derecho de retención sobre las herramientas propiedad del COMPRADOR. 13. Idioma contractual; derecho aplicable, lugar de cumplimiento y juzgado competente; consecuencias jurídicas por no observación e invalidez de las Condiciones Generales de Venta y Suministro El idioma contractual es el alemán. En consecuencia, a efectos legales sólo es válida la versión alemana de las presentes Condiciones de Venta y Suministro Las presentes Condiciones de Venta se someten a la jurisprudencia alemana con la exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre la compraventa internacional de mercancías, incluso aunque las entregas sean realizadas directamente por una empresa de transporte extranjera ligada a KOLIBRI. La vigencia de estas Condiciones Generales de Venta y Suministro, en particular, se rige exclusivamente por el derecho alemán El lugar de cumplimiento, así como el Juzgado exclusivo competente para cualquier litigio derivado de la relación contractual entre el COMPRADOR y KOLIBRI (incluidas las acciones cambiarias y de cheques) es la sede de KOLIBRI. KOLIBRI también está facultado para, según su criterio, presentar una demanda en el juzgado competente en la sede del COMPRADOR o en cualquier otro juzgado que pueda ser competente, según el derecho nacional o internacional. En caso de cesión de deudas por parte de KOLIBRI, el cesionario también tendrá el derecho de elección entre las diferentes jurisdicciones En caso de que alguna de las cláusulas de las presentes Condiciones Generales de Venta y Suministro deje total o parcialmente de ser parte del contrato o fuera invalidada, esto no afectará a la validez del resto del contrato. En caso de que alguna de las cláusulas de las presentes Condiciones de Venta y Suministro deje de ser parte del contrato o fuera invalidada, el contenido del contrato se orientará según las disposiciones legales. Versión: 06/2010

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