DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO PLAN DE INCENTIVOS Y RECONOCIMIENTOS

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1 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO PLAN DE INCENTIVOS Y RECONOCIMIENTOS VIGENCIA 2016

2 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN 2. MARCO CONCEPTUAL Y NORMATIVO 3. JUSTIFICACION 4. OBJETIVOS DEL PLAN DE INCENTIVOS 5. BENEFICIARIOS 6. INCENTIVOS Y RECURSOS 7. CLASES DE INCENTIVOS 7.1. De tipo Pecuniario: 7.2. De tipo no Pecuniario: 8. INCENTIVOS MEJORES EMPLEADOS POR NIVELES OCUPACIONALES Categorías 8.2. Incentivos a desempeño individual 9. REQUISITOS Y CONSIDERACIONES PARA ASIGNAR LOS INCENTIVOS 9.1. Mejor funcionario de carrera por niveles 10. PROCESO DE SELECCIÓN Mejor servidor público de acuerdo a cada nivel de desempeño Individual Los empates 11. MEJORES EQUIPOS DE TRABAJO DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO Selección de mejor equipo de trabajo Incentivos a equipos de trabajo Criterios de desempate

3 12. BECAS Y COMISIONES ESPECIALES Responsabilidad de los beneficiarios 13. RECURSOS PRESUPUESTALES 14. LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS 15. DEL SEGUIMIENTO AL PLAN

4 1. INTRODUCCIÓN El Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP, establece el Plan de Incentivos y Reconocimientos (PIR) como una de las herramientas de motivación más importantes para mantener la productividad de los servidores públicos y el desarrollo y creatividad de equipos de trabajo que alcancen niveles de excelencia. Los sistemas de incentivos se encuentran entre los procesos de apoyo para fortalecer las conexiones estructurales a través de la organización, puesto que son un instrumento para motivar el comportamiento requerido de sus miembros. La entidad pretende elevar los niveles de motivación de cada uno de los servidores públicos que la integran, reconociendo su eficaz desempeño en la ejecución de sus funciones y el compromiso del cumplimiento de los fines y objetivos del DADEP, así mismo propiciar un buen clima laboral. Este Plan de Incentivos y Reconocimientos (PIR) tiene su fundamento normativo en el Decreto Nacional 1567 de 1998, la Ley 909 de 2004, reglamentada parcialmente por el Decreto 1227 de 2005 y el Decreto Nacional 4567 de 2011, cuyo objeto persigue la motivación, el desempeño, el compromiso a través de acciones orientadas a impulsar la participación de los servidores y servidoras de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción la cual tendrá un reconocimiento de acuerdo a los recursos del presupuesto asignado.

5 2. MARCO CONCEPTUAL Y NORMATIVO El tema de la motivación laboral ha recibido considerable atención en años recientes tanto por los lideres institucionales como por los investigadores organizacionales, es así como Stephen Robbins publica la siguiente definición de motivación: "Voluntad de llevar a cabo grandes esfuerzos para alcanzar las metas organizacionales, condicionada por la capacidad del esfuerzo para satisfacer alguna necesidad individual". En esta medida la entidad reconoce a través del plan de incentivos los esfuerzos, el compromiso y el sentido de pertenencia que tienen los servidores públicos para alcanzar los logros institucionales, y requiere contar con potencial humano que reúna las siguientes características: Servidores públicos que desempeñen sus funciones con un alto nivel de excelencia y deseen permanecer en la entidad, prestando un buen servicio a la ciudadanía. Los servidores públicos deben ejecutar sus funciones en forma confiable. Los servidores públicos deben tener actitudes creativas, espontáneas e innovadoras, dando un valor agregado a su labor. Es importante tener en cuenta que los individuos son motivados por una compleja serie de factores interrelacionados tales como la remuneración, la necesidad de logro, el deseo de trabajar, las necesidades familiares, por esto se asume que los empleados buscan objetivos complementarios dentro de su empleo y tienen una diversidad de talento que ofrecer. El Plan de Incentivos y Reconocimientos (PIR) del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio público - DADEP para la vigencia 2015, se rige por la siguiente normatividad de carácter legal y reglamentario: NORMA Constitución Política de Colombia Decreto - Ley 1567 de 1998 CONTENIDO ESPECÍFICO APLICADO A BIENESTAR SOCIAL DE CARÁCTER NACIONAL Artículos 57 consagra que la ley podrá establecer los estímulos y los medios para que los trabajadores participen en la gestión de las empresas. Artículo 19 dispone: Las entidades públicas que se rigen por las disposiciones contenidas en el presente Decreto - ley están en la obligación de organizar anualmente, para sus empleados, programas de bienestar social e incentivos. Ley 909 de 2004 Artículo 36 Parágrafo Con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas vigentes y las que desarrollen la presente Ley.

6 Decreto 1227 de 2005 Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y el Decreto-Ley 1567 de Artículos 69, 76, y 79. Artículo 69 dispone: Las entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados. Los estímulos se implementarán a través de programas de bienestar social. Artículo 76: Los planes de incentivos, enmarcados dentro de los planes de bienestar social, tienen por objeto otorgar reconocimientos por el buen desempeño, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y productividad bajo un esquema de mayor compromiso con los objetivos de las entidades. Artículo 79 Cada entidad establecerá el procedimiento para la selección de los mejores empleados de carrera y de libre nombramiento y remoción, así como para la selección y evaluación de los equipos de trabajo y los criterios a seguir para dirimir los empates, con sujeción a lo señalado en el presente decreto. 3. JUSTIFICACIÓN El Plan de Incentivos y Reconocimientos (PIR), busca elevar los niveles de eficiencia, satisfacción personal y laboral de los servidores públicos logrando que su desempeño alcance el nivel sobresaliente en el ejercicio de sus funciones, coadyuvando en el cumplimiento de los objetivos trazados por la Entidad. Los incentivos tienen como finalidad otorgar reconocimiento por el buen desempeño laboral a nivel individual del mejor empleado de carrera administrativa de la entidad y de libre nombramiento y remoción según los niveles jerárquicos existentes, así como también se exaltará y valorará el mejor equipo de trabajo. 4. OBJETIVOS DEL PLAN DE INCENTIVOS Reconocer y exaltar el desempeño laboral de los servidores de la Entidad. Motivar a los servidores públicos a que se comprometan a conciencia en el logro de los objetivos institucionales Mejorar el desempeño laboral y las actitudes de los servidores públicos que coadyuven en el mejoramiento del clima organizacional. Fomentar el trabajo en equipo. 5. BENEFICIARIOS Los beneficiarios del Plan de Incentivos y Reconocimientos (PIR), serán los servidores públicos que se encuentren en carrera administrativa de los diferentes niveles jerárquicos de la entidad y de libre nombramiento y remoción, que cumplan con los requisitos establecidos en el marco normativo vigente sobre la materia y lo establecido en el presente plan.

7 6. INCENTIVOS Y RECURSOS Los incentivos que reconozca la Entidad serán de carácter pecuniario y no pecuniario, a los cuales tendrán derecho los mejores empleados de carrera y de libre nombramiento y remoción de la entidad, teniendo en cuenta los niveles jerárquicos establecidos a quienes se les reconocerá por su excelente desempeño laboral y de acuerdo con el resultado objetivo de la calificación en escala sobresaliente en la evaluación del desempeño. 7. CLASES DE INCENTIVOS El Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP, reconocerá los siguientes incentivos a los servidores públicos los cuales serán personales e intransferibles De tipo Pecuniario: Están constituidos por reconocimientos económicos que se asignaran a los mejores equipos de trabajo del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público -DADEP. Estarán dados de acuerdo con la disponibilidad de los recursos y se distribuirán entre los equipos y funcionarios seleccionados De tipo no Pecuniario: Los planes de incentivos no pecuniarios están conformados por un conjunto de programas flexibles dirigidos a reconocer a los empleados inscritos en carrera administrativa, de libre nombramiento y remoción o equipos de trabajo por su desempeño productivo en niveles de excelencia, entre los cuales se establecen: a) Becas para educación formal b) Participación en proyectos especiales c) Reconocimientos públicos a la labor meritoria d) Programas de turismo social e) Publicación de trabajos en medios de circulación nacional e internacional f) Financiación de investigaciones g) Subsidio para financiar la matricula del funcionario o de los hijos de los empleados que adelanten estudios de: preescolar, primaria, secundaria, técnicos, tecnológicos, superiores de pregrado, educación especial en establecimientos reconocidos por el Estado y en los porcentajes establecidos en el presente reglamento menores de 25 años y que dependan económicamente del servidor público siempre que se acredite tal situación. h) Adquisición de equipos científicos, informáticos, educativos i) Plan de salud complementario j) Adquisición de útiles, implementos y uniformes escolares k) Adquisición de artículos o implementos deportivos, recreativos, educativos l) Bonos de consumo m) Otorgar días de descanso remunerado (no mayor a tres) 8. INCENTIVOS MEJORES EMPLEADOS POR NIVELES OCUPACIONALES. Están constituidos por un conjunto de programas flexibles que se otorgarán a los mejores empleados de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción de la Entidad por cada nivel jerárquico y que hayan ocupado el mayor nivel de excelencia.

8 Serán escogidos entre aquellos que pertenezcan a los niveles profesional, técnico y asistencial de carrera administrativa, de libre nombramiento y remoción y de Gerencia Pública Categorías Al interior del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP, se reconocerán estímulos e incentivos a las siguientes categorías: a) Mejor empleado de carrera administrativa y/o libre nombramiento y remoción del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público. b) Mejor empleado de carrera administrativa del nivel profesional c) Mejor empleado de carrera administrativa del nivel técnico d) Mejor empleado de carrera administrativa del nivel asistencial e) Mejor empleado de libre nombramiento y remoción de Gerencia Pública 8.2. Incentivos a desempeño individual Premio seleccionado mejor funcionario por un monto máximo de $ Premio seleccionado para los mejores servidores por nivel por valor de $ Se escogerá al mejor servidor de la entidad y el mejor servidor por cada nivel jerárquico, quienes recibirán una mención honorifica con copia a la hoja de vida y publicación en la cartelera de la entidad. Tendrán la posibilidad de recibir encargos, comisiones y traslados Dependiendo del presupuesto y una vez asignados los anteriores reconocimientos a los servidores que se encuentren en el nivel sobresaliente, se les podrá reconocer un incentivo de los enunciados en el numeral 7.2 Plan Incentivos No Pecuniarios. 9. REQUISITOS Y CONSIDERACIONES PARA ASIGNAR LOS INCENTIVOS Los servidores públicos de la Defensoría del Espacio Público deberán reunir los siguientes requisitos para participar en el otorgamiento de los incentivos: 9.1. Mejor funcionario de carrera por niveles: Acreditar tiempo de servicio en carrera administrativa continuo en la entidad no inferior a un (1) año a la fecha de postulación. No haber sido sancionado disciplinariamente en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación o durante el proceso de selección. Acreditar nivel sobresaliente en la evaluación de desempeño en firme, correspondiente a la calificación del año de postulación. De conformidad con el parágrafo del artículo 78 del Decreto 1227 de 2005, podrán acceder a los incentivos institucionales "los empleados de libre nombramiento y remoción de Gerencia Pública, se efectuará de acuerdo con el sistema de evaluación de Gestión prevista en el presente Decreto. Los demás empleados de libre nombramiento y remoción serán evaluados con los criterios y los instrumentos que se aplican en la entidad para los empleados de carrera".

9 Con base en lo establecido en el Artículo 25 del Acuerdo 137 de 2010, "para efecto del reconocimiento de los incentivos, se entenderá la evaluación sobresaliente como equivalente al nivel de excelencia de que trata el Decreto 1567 de 1998 o disposiciones que lo modifiquen". En el evento que a un empleado seleccionado en nivel sobresaliente le sobrevenga una sanción disciplinaria en cualquier estado del proceso de selección, se constituye en causal de exclusión del mismo. Los empleados deben acreditar nivel de excelencia en la evaluación del desempeño en firme, correspondiente al año inmediatamente anterior a la fecha de postulación. 10. PROCESO DE SELECCIÓN 10.1 Mejor servidor público de acuerdo a cada nivel de desempeño individual Para efectuar la selección al mejor servidor público se procederá así: El Responsable de Talento Humano o quien haga sus veces en condición de Jefe de Personal de la entidad presentará a la Dirección y a la Comisión de Personal, el primer día hábil de Octubre de 2015, el listado de los empleados cuyas calificaciones de servicios hayan alcanzado el nivel sobresaliente. El Comité Directivo procederá a revisar, evaluar y seleccionar entre los funcionarios de carrera y de libre nombramiento y remoción, al mejor funcionario en sus diferentes niveles y al mejor servidor de la entidad de acuerdo a la calificación obtenida en el año de postulación, selección que se realizará en la primera semana de noviembre de la anualidad y de ello se dejará constancia mediante acta para el otorgamiento de los incentivos establecidos. La comisión de personal comunicará a los seleccionados, los incentivos previstos en el presente plan, para que éstos elijan los de su preferencia y remitan su elección mediante comunicación escrita a la Subdirección Administrativa Financiera y de Control Disciplinario, dentro del tiempo que para esto se señale. Se precisa que sólo podrá optar por uno de los incentivos no pecuniarios arriba señalados. El Director(a) en acto público será el encargado de proclamar a los funcionarios que hayan sido seleccionados. El mejor empleado de carrera administrativa y/o libre nombramiento y remoción de la entidad, será seleccionado entre los funcionarios que hayan obtenido el mayor puntaje en la calificación de servicios entre los escogidos de cada nivel jerárquico. El mejor empleado de carrera administrativa y/o libre nombramiento y remoción del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, quedara excluido de la nominación y premiación como el mejor empleado del nivel al que éste pertenezca y sólo podrá ser acreedor a (percibir) un (1) incentivo Los Empates En el evento de presentarse empate en el puntaje obtenido por dos o más funcionarios y que corresponda al primer lugar, se calificarán sus aportes personales extraordinarios realizados durante el período correspondiente a la última calificación de servicios, de acuerdo con el nivel jerárquico que ocupen, así:

10 Para los empleados del nivel técnico y asistenncial, se tendrán en cuenta las habilidades o destrezas excepcionales demostradas en el ejercicio de sus tareas o funciones que contribuyan a mejorar procesos y trámites o a cambiar procedimientos. Para los empleados de los demás niveles se evaluará su aporte personal como su participación en representación de la entidad. Al presente proceso de selección se invitará a los representantes de la Comisión de Personal para que hagan parte del mismo. 11. MEJORES EQUIPOS DE TRABAJO DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO. Tiene como propósito resaltar los proyectos destacados y/o experiencias exitosas que se desarrollen por equipos de trabajo en el marco de su impacto en la gestión institucional Selección de mejor equipo de trabajo Para la selección del mejor equipo de trabajo se tendrán en cuenta los siguientes requisitos y lineamientos: Los funcionarios participantes deben ser de carrera administrativa y/o de libre nombramiento y remoción. Todos los integrantes deben haber laborado en la entidad un tiempo no inferior a un (1) año. Los equipos de trabajo deben estar conformados como mínimo por tres (3) funcionarios y máximo cinco (5), los integrantes pueden ser de la misma o diferente área de conformidad con la estructura orgánica del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público. El equipo debe inscribirse ante el área de talento humano del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público por intermedio del Jefe inmediato de la dependencia interesada en el tema a desarrollar, quien ejercerá la labor de tutor del proyecto. Los equipos participantes deberán inscribir su proyecto antes del primer día hábil de agosto de 2014 con el cumplimiento de los siguientes lineamientos: - El proyecto debe ser innovador y creativo - Debe causar efecto en el mejoramiento del servicio o de los procesos y procedimientos de la entidad - Eficiencia en el manejo de los recursos - Ser susceptible de medición - El proyecto debe haber concluido el año inmediatamente anterior. Se designará un representante por cada equipo de trabajo, quien será el canal de comunicación entre las áreas competentes respecto al trabajo de los equipos, y el equipo mismo de trabajo.

11 Un funcionario podrá participar solamente en un equipo de trabajo. No haber sido sancionado disciplinariamente ninguno de sus miembros en el año inmediatamente anterior a la fecha de la integración del equipo. En el caso que uno de los integrantes del equipo de trabajo sea sancionado disciplinariamente en cualquier estado del proceso de selección se constituye en causal de exclusión del mismo. En todo caso, el desarrollo del proyecto no podrá afectar el cumplimiento de las funciones de quienes integran los equipos de trabajo. Si el incentivo pecuniario no es entregado se utilizará en las actividades de bienestar programadas para la presente vigencia Incentivos a Equipos de Trabajo Primer puesto mejor equipo de trabajo $ Segundo puesto incentivo no pecuniario equivalente a $ El Director(a) del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP, reconocerá por escrito y con copia a la hoja de vida a los funcionarios integrantes del mejor equipo de trabajo en niveles de excelencia Criterios de desempate de Equipos de Trabajo Promedio de calificación en la evaluación del desempeño Sorteo público si persiste el empate 12. BECAS Y COMISIONES ESPECIALES Para el otorgamiento de becas y comisiones ofrecidas por organismos y/o Entidades Distritales, nacionales y extranjeros sufragados por éstos a los servidores públicos de la entidad, deberán cumplir con los siguientes requisitos: El objeto de la comisión deberá estar relacionado con el Plan Estratégico vigente del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público y con las funciones inherentes al cargo que desempeña el funcionario. Acreditar tiempo de servicios continuo en la entidad no inferior a un (1) año. No haber sido sancionado disciplinariamente en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación o durante el proceso de selección. Acreditar nivel de excelencia en la evaluación de desempeño en firme, correspondiente al año inmediatamente anterior a la fecha de postulación. Presentar concepto favorable del jefe inmediato sobre su desempeño dentro de los parámetros del Acuerdo 137 de la Comisión Nacional del Servicio Civil y aportes realizados en su puesto de trabajo. Acreditar la asistencia a por lo menos el 80% de las actividades programadas por el área de talento humano en desarrollo del Plan Institucional de Capacitación y el Plan de Bienestar. Enviar los documentos con suficiente antelación al inicio los estudios. El funcionario a quien se le confiera comisión de estudios en el exterior o en el interior del país que implique separación total o de medio tiempo en el ejercicio de

12 sus funciones, por seis (6) o más meses calendario, suscribirá con el Director(a) del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público o quien este delegue un convenio en virtud del cual se obligue a prestar sus servicios a la entidad en el cargo de que es titular, o en otro de igual o de superior categoría, por un tiempo correspondiente al doble del que dure la comisión, término éste que en ningún caso podrá ser inferior a un (1) año. Cuando la comisión de estudios se realice en el exterior por un término menor de seis (6) meses, el empleado estará obligado a prestar sus servicios a la entidad por un lapso no inferior a seis (6) meses. Para respaldar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas conforme a lo anterior, el funcionario comisionado otorgará a favor de la Entidad, una caución en la cuantía que para cada caso se fije en el convenio, pero que en ninguno será inferior al cincuenta por ciento (50%) del monto total de los sueldos devengados durante el lapso de la comisión, más los gastos adicionales que ella ocasione. La caución se hará efectiva en todo caso de incumplimiento del contrato, por causas imputables al funcionario, mediante resolución del respectivo. Aplicar los conocimientos adquiridos para mejorar la prestación del servicio a cargo de la entidad; y Servir de agente capacitador dentro de la entidad o fuera de ella, cuando se requiera Responsabilidad de los beneficiarios: Tramitar el registro del título y del certificado de notas ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y el ICFES, para la convalidación del título obtenido. Cuando se trate de comisiones de estudio de educación no formal al exterior, deberá enviar un informe dentro de los tres días siguientes a su culminación. Una vez finalizada la respectiva comisión de estudios, deberá remitir al área de talento humano la certificación o constancia de asistencia al mismo El funcionario deberá reembolsar el total de los valores pagados por la Entidad o de los valores determinados en el convenio en los siguientes casos: Retiro académico sin causa justificada de acuerdo con la evaluación que adelante la Comisión de Personal Cambio de área de estudios. Cambio de centro educativo, sin la previa autorización de la Comisión de Personal. Retiro del servicio por renuncia, destitución o abandono del cargo. Promedio inferior al que establezca la Comisión de Personal. 13. RECURSOS PRESUPUESTALES El Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público utilizara los recursos para la ejecución del Plan de Incentivos, el presupuesto de la vigencia 2016, específicamente el rubro presupuestal Bienestar e Incentivos. Los incentivos pecuniarios y no pecuniarios concedidos por la entidad en desarrollo del Plan de incentivos no modificarán el régimen salarial y prestacional de los servidores públicos del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público. 14. LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS

13 Los actos administrativos mediante los cuales el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP, concede los incentivos contemplados en el Plan Anual de Incentivos (PIR) vigencia 2015, serán motivados y contra ellos no procede recurso alguno y deberán estar amparados con la respectiva disponibilidad presupuestal y los registros presupuestales correspondientes. 15. DEL SEGUIMIENTO AL PLAN Corresponderá a la Comisión de Personal efectuar el seguimiento al desarrollo de cada uno de los procesos expuestos en este Plan de incentivos, en desarrollo del literal h) del Artículo 16 de la Ley 909 de NELSON YOVANY JIMÉNEZ GONZALEZ Director DADEP MONICA RUBIO ARENAS Subdirectora Administrativa, Financiera y de Control Disciplinario

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