Grupo de Trabajo de Responsabilidad Civil. Proyecto Sectorial de Seguros Obligatorios

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1 Grupo de Trabajo de Responsabilidad Civil Proyecto Sectorial de Seguros Obligatorios México, D.F. 3 de Febrero de 2012

2 Proyecto Sectorial de Seguros Obligatorios 1. Descripción del Proyecto 2. Temas Legales 3. Catálogo de Seguros Obligatorios

3 Proyecto del Plan de Expansión Luis Alvarez Marcén

4 Fases del Proyecto a) Blindaje Técnico Legal b) Promoción de los Seguros Obligatorios

5 Blindaje Técnico - Legal Modificaciones a la LSCS Manual del Legislador Manual de Recomendaciones para el Asegurador Documentos para la SHCP y CNSF Modificaciones operativas Actualización constante del Catálogo de Seguros Obligatorios Sistema de Consulta en línea de Seguros Obligatorios Número de Póliza Aseguradora Inicio y Fin de Vigencia Pagado Producto Referencia a la Ley? Otros campos?

6 Promoción de los Seguros Obligatorios Revisión de los Seguros Seleccionados Producto (coberturas, exclusiones, sumas aseguradas, ) Regulación (actores, definiciones, sanciones, mecanismo de verificación, paquete de sugerencias, ) Paquete del seguro de referencia Texto Base tarifaria (si aplica) Datos adicionales base de datos para verificación Sesiones con Funcionarios Públicos, Congresistas Definición de los mecanismos de difusión Promoción

7 Plan Previsto Blindaje técnico jurídico y construcción base de datos Primer semestre 2012 Seguros a Promover En 2012 los seguros de Aviación, Hoteles, Servicios Turísticos y Comercios con actividad peligrosa o medianamente peligrosos. En 2013 los seguros ligados a autotransporte federal y transporte público (materiales peligrosos y regulación local de carga). En 2014 los seguros de responsabilidad civil de buques, puertos y ferrocarriles. En 2015 por definir los giros a atacar. En 2016 lo relacionado con RC Ecológica.

8 Temas Legales Jorge Antonio Gómez Castillo

9 Seguros Obligatorios de Responsabilidad Civil Con fechas 02 de enero del 2002 y 24 de abril del 2006, se reformaron y adicionaron los artículos 40,145 y 150 bis de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, creando el marco legal para los seguros de responsabilidad civil de carácter obligatorio. Esto nos lleva a considerar: A) El aspecto comercial por el potencial del mercado existente. B) La suscripción de este tipo de seguros, en los que el gobierno tiene interés en su cumplimiento. C) Repercusiones legales de su contratación.

10 Seguros Obligatorios de Responsabilidad Civil Artículo 150 Bis.- LSCS «Los seguros de responsabilidad que por disposición legal tengan el carácter de obligatorios, no podrán cesar en sus efectos, rescindirse, ni darse por terminados con anterioridad a la fecha de terminación de su vigencia. Cuando la empresa pague por cuenta del asegurado la indemnización que éste deba a un tercero a causa de un daño previsto en el contrato y compruebe que el contratante incurrió en omisiones o inexactas declaraciones de los hechos a que se refieren los artículos 8o., 9o., 10 y 70 de la presente Ley, o en agravación esencial del riesgo en los términos de los artículos 52 y 53 de la misma, estará facultada para exigir directamente al contratante el reembolso de lo pagado.»

11 Seguros Obligatorios de Responsabilidad Civil Artículo de la LSCS «En el seguro contra la responsabilidad,. Tratándose de los seguros obligatorios a que hace referencia el artículo 150 Bis de esta Ley, la empresa estará obligada a cubrir los riesgos asegurados hasta los montos indemnizatorios o las sumas aseguradas por persona o por bien, así como, en su caso, los acumulados por evento, que se establezcan en las disposiciones legales respectivas o en las administrativas de carácter general que se deriven de las mismas, vigentes al celebrarse el contrato. Para los riesgos respecto de los cuales, las disposiciones a que se refiere el párrafo anterior no determinen el monto indemnizatorio o la suma asegurada obligatoria, se estará a lo dispuesto en el artículo 86 de la presente Ley para determinar el límite de la suma asegurada.»

12 Seguros Obligatorios de Responsabilidad Civil Artículo 40.- LSCS «Si no hubiese sido pagada la prima o la primera fracción de ella, en los casos de pago en parcialidades, dentro del término convenido, el cual no podrá ser inferior a tres días, ni mayor a treinta días naturales siguientes a la fecha de su vencimiento, los efectos del contrato cesarán automáticamente a las doce horas del último día de ese plazo. En caso de que no se haya convenido el término, se aplicará el mayor previsto en este artículo. Salvo pacto en contrario, el término previsto en el párrafo anterior no será aplicable a los seguros obligatorios a que hace referencia el artículo 150 Bis de esta Ley.»

13 Características 1. Que se contemplan en una disposición legal o administrativa de carácter general. 2. Que son obligatorios 3. Que no pueden cesar en sus efecto 4. Que no pueden rescindirse 5. Que no pueden darse por terminados con anterioridad a su vigencia.

14 Especificaciones A. Quienes serían sus contratantes B. Coberturas y exclusiones C. Determinación de la suma asegurada D. Pago de la indemnización en tiempos diferenciados E. La aseguradora puede recuperar del contratante la indemnización. F. Prescripción

15 1.- Que se contemplen en una disposición legal o administrativa de carácter general. Habría que determinar en principio cuales son las disposiciones legales o administrativas a que se refirieren los artículos 145 y 150 bis de la LSCS? La Ley: es una disposición de carácter general y obligatoria, cuyo incumplimiento es sancionado. Decreto Ley: es una facultad concedida al Ejecutivo sea por el Legislativo o por la Constitución para legislar. Reglamentos: son las disposiciones administrativas de carácter general que se derivan de una Ley, expedidas por el Ejecutivo.

16 1.- Que se contemplen en una disposición legal o administrativa de carácter general. Por lo tanto los Reglamentos Autónomos (que no derivan de una ley), los Decretos (disposiciones concretas emanadas de una autoridad administrativa), los Acuerdos (dictados por una autoridad superior a una inferior), las Circulares (derivadas de las facultades de decisión y mando de los órganos administrativos), y las Normas Oficiales Mexicanas (provenientes de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización) deberían de ser consideradas para estipular seguros obligatorios? El artículo 3º del Código Civil Federal señala: «las leyes reglamentos, circulares o cualesquiera otra disposición de carácter general, obligan y.»

17 2.- Que sean obligatorios De las aproximadamente 770 disposiciones consultadas tenemos en algunas de ellas los siguientes imperativos que hacen obligatoria su contratación, éstos son: deberán tener, existe la obligación, se requerirá, presentar y contar. Asimismo existen otros ordenamientos que dan una facultad potestativa a la autoridad para requerir los seguros en forma circunstancial como lo son: se podrá convenir, se podrá exigir, se podrá solicitar. Sobre este tema habría que preguntarse estos seguros serían obligatorios, ya que no son de carácter general.?

18 Ejemplo de obligatoriedad Artículo 32 fracción XI de la Ley de Turismo para el Estado de Coahuila de Zaragoza «los prestadores de servicios turísticos tendrán las siguientes obligaciones: suscribir los seguros obligatorios con las coberturas exigidas por las disposiciones aplicables..»

19 Ejemplo de Potestativos Artículo 74 de la Ley Ambiental y de Protección del Patrimonio Natural del Estado de Michoacán de Ocampo: «la secretaria podrá exigir la contratación de seguros y garantías de responsabilidad civil o de daños al ambiente»

20 3.- Que no pueden cesar en sus efectos Por falta de pago de la prima, o por no comunicar a la aseguradora la agravación esencial del riesgo, como lo establecen los artículos 40 y 52 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.

21 4.- Que no pueden rescindirse No se pueden rescindir cuando se sitúen en las siguientes hipótesis de LSCS. Artículo 47.- «Cualquiera omisión o inexacta declaración de los hechos a que se refieren los artículos 8, 9 y 10 de la presente ley, facultará a la empresa aseguradora para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no hayan influido en la realización del siniestro.» Artículo 56.- «Cuando la empresa aseguradora rescinda el contrato por causa de agravación esencial del riesgo, su responsabilidad terminará quince días después de la fecha en que comunique su resolución al asegurado.» Artículo 63.- «La empresa aseguradora estará facultada para rescindir el contrato, cuando por hechos del asegurado, se agraven circunstancias esenciales que por su naturaleza, debieran modificar el riesgo, aunque prácticamente no lleguen a transformarlo.»

22 5.- Que no pueden darse por terminados con anterioridad a su vigencia. Artículo 20 fracción IV de la LSCS «La empresa aseguradora estará obligada a entregar una póliza IV.- El momento a partir del cual se garantiza el riesgo y la duración de esta garantía..» Qué pasa con los seguros obligatorios si se deja de prestar un servicio o de realizar una actividad para la cual fueron requeridos? Artículo 46.- de la LSCS «Si el riesgo deja de existir después de la celebración del contrato, éste se resolverá de pleno derecho» (cesar, rescindir y dar por terminados son conceptos diferentes).

23 Ejemplo de no darse por terminado con anterioridad a su vigencia Artículo 152 de la Ley Número 137 de Turismo del Estado de Guerrero: «los prestadores de servicios turísticos están obligados a celebrar un contrato de seguro de responsabilidad civil el cual debe de ser no cancelable durante su vigencia»

24 A.- Quienes serían sus contratantes Los concesionarios que obtienen un derecho para la explotación y aprovechamiento de bienes del dominio público o de servicios públicos. Los que adquieren una autorización, licencia o permiso, para operar o explotar un servicio público, cuando se han satisfecho diversos requisitos legales. Los particulares que: arrienden determinados inmuebles, que utilicen las vías generales de comunicación o que otorguen servicios al público.

25 Ejemplo para quien obtenga una concesión Artículo 32 Fracción I de la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas «son requisitos que deberán de observarse para ser titular de concesiones del servicio público del transporte de carga: contratar seguro de daños contra terceros»

26 Ejemplo para quien obtenga un permiso Artículo 61 fracción II del Reglamento Municipal para el Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios de Huixquilucan, Estado de México: «la solicitud de un permiso provisional para la instalación de juegos mecánicos se deberá de acompañar de la siguiente documentación: póliza de seguro de responsabilidad civil»

27 B.- Coberturas y exclusiones La mayoría de las disposiciones administrativas, remiten a diversos ordenamientos para determinar la cobertura de los seguros de responsabilidad civil obligatorios, sin que en ninguno de éstos se precise cuál debe de ser, ni mucho menos señalan exclusiones, sin embargo estas deben de existir considerando una buena valoración técnica de suscripción y el costo del seguro.

28 Ejemplo que menciona coberturas Artículo 111 del Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, «la cobertura mínima de los seguros para cada riesgo del material y residuos peligrosos de que se trate, se determinara conjuntamente por las autoridades involucradas en función al tipo de material que se transporta.»

29 Cuáles podrían ser algunas exclusiones La pérdida o suspensión de la concesión, de la autorización, licencia o permiso. El incumplimiento de la normatividad aplicable a su actividad. La suspensión o clausura de un establecimiento mercantil.

30 C.- Determinación de la suma asegurada Esta puede ser: hasta los montos indemnizatorios, por la suma asegurada por persona, por el valor del bien y en su caso las acumuladas por evento. Si no se señala el monto indemnizatorio o la suma asegurada obligatoria, se estará a lo dispuesto en el artículo 86 de la LSCS que establece: «En el seguro contra los daños, la empresa aseguradora responde solamente por el daño causado hasta el límite de la suma y del valor real asegurados...» Hay leyes que establecen que para fijar los montos a indemnizar, se tomarán en cuenta los tratados y convenios internacionales en la materia.

31 Ejemplo determinación suma asegurada Artículo 9 fracción VIII de la Ley que Regula las Casas de Empeño en el Estado de Durango «para obtener el permiso el interesado presentará póliza de seguro cuyo monto asegurado será equivalente a doce mil veces el salario mínimo general vigente en el Estado para garantizar los daños y perjuicios a los pignorantes.»

32 Ejemplo de aplicación de tratados internacionales Artículo 85 del Reglamento de la Ley de Aviación «cuando se trate de viajes internacionales, las empresas deberán de mantener protegidos a los usuarios desde el punto de origen hasta el punto de destino en los términos que establezcan los tratados internacionales..»

33 D.- Pago de la indemnización en tiempos diferenciados Existen disposiciones que señalan que el pago de cualquier indemnización se hará en un plazo no mayor a 30 días de ocurrido el evento, lo cual difiere del Artículo 71 de la LSCS que establece: «El crédito que resulte del contrato de seguro vencerá treinta días después de la fecha en que la empresa haya recibido los documentos e informaciones que le permitan conocer el fundamento de la reclamación.»

34 Ejemplo de pago de Indemnización Artículo 127 de Ley de Vías Generales de Comunicación.- «el pago por cualquier indemnización se hará en un plazo no mayor de treinta días»

35 E.- La aseguradora puede recuperar del contratante la indemnización. La empresa debe de comprobar judicialmente que el contratante omitió, declaró inexactamente o incurrió en agravación esencial del riesgo, para exigirle el reembolso de lo pagado.

36 F.- Prescripción En los seguros obligatorios existen tiempos diferenciados para hacer el reclamo del pago de las indemnizaciones, como lo son de noventa días o de un año. Artículo CCF Prescriben en dos años fracción V. La responsabilidad civil proveniente de actos ilícitos que no constituyan delitos. La prescripción corre desde el día en que se verificaron los actos. Conforme el Artículo 81 de la LSCS.- Todas las acciones que se deriven de un contrato de seguro prescribirán: I.- En cinco años, tratándose de la cobertura de fallecimiento en los seguros de vida y II.- En dos años, en los demás casos. En todos los casos, los plazos serán contados desde la fecha del acontecimiento que les dió origen.

37 Ejemplo de prescripción Artículo 66 Ley de aviación civil.- «para los daños a las personas, las acciones para exigir el pago de las indemnizaciones prescribirán en el plazo de un año, a partir de la fecha de los hechos que le dieron nacimiento,.»

38 Modificaciones a la Ley Sobre el Contrato de Seguro Las características de estos seguros obligatorios de responsabilidad civil, en la práctica restringen la aplicación de los siguientes artículos de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: 8º, 9º, 10, referentes a declarar hechos importantes para la apreciación del riesgo; 52, 53, relativos a comunicar a la aseguradora la agravación esencial del riesgo; 56, 63, respecto a la facultad que tiene la aseguradora para rescindir el contrato por agravación del riesgo

39 Modificaciones a la Ley Sobre el Contrato de Seguro 69 las obligaciones de la empresa se extinguen, si el asegurado no proporcionar información relacionada con el siniestro. 70 las obligaciones de la empresa se extinguen por declaraciones inexactas. 71 referente al período de pago de la indemnización. 82 que se refiere a la prescripción.

40 Otros Seguros Obligatorios Diversas disposiciones legales señalan la obligación de contratar: seguros de vida, de gastos médicos y de daños, sin que éstos tengan un marco de regulación específico como los de responsabilidad civil, a estos tipos de seguros qué tratamiento se les debe de dar?

41 Ejemplo de otros seguros obligatorios Artículo 41 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles del Estado de Quintana Roo: «El reglamento podrá establecer la obligación a cargo de cada uno de los condóminos de contratar un seguro contra fenómenos hidrometereológicos, terremoto,... incendio»

42 Diferencia entre garantías y el Seguro de Responsabilidad Civil Hay normas que señalan la obligación de contar con un seguro o garantías, siendo jurídicamente dos figuras diferentes. Las garantías son para cumplir obligaciones y éstas pueden ser: personales (fianza), reales (prenda e hipoteca) o financieras (créditos, fondos y fideicomisos). Los seguros de RC son para pagar la indemnización que el asegurado deba a un tercero por hechos que le causen un daño.

43 Ejemplo de contratar seguros o garantías Artículo 81 del Reglamento del Libro Quinto del Código para la Biodiversidad del Estado de México: «La Secretaria podrá exigir el otorgamiento de seguros o garantías para asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la autorización.»

44 Concurrencia de Seguros Artículo Los contratos de seguros de que trata el artículo 100, celebrados de buena fe, en la misma o en diferentes fechas, por una suma total superior al valor del interés asegurado, serán válidos y obligarán a cada una de las empresas aseguradoras hasta el valor íntegro del daño sufrido, dentro de los límites de la suma que hubieren asegurado. Artículo La empresa que pague en el caso del artículo anterior, podrá repetir contra todas las demás en proporción de las sumas respectivamente aseguradas. Desde mi punto de vista, sólo hay concurrencia en seguros privados, en los seguros obligatorios en donde el gobierno tiene interés en su cumplimiento, primero debería de agotarse la suma asegurada de éstos.

45 Constitución de Fideicomisos El artículo 52 Bis-2 de la LGISMS señala que cuando a juicio de la CNSF o de las aseguradoras, por la naturaleza de los seguros obligatorios, se haga necesaria la creación de un fideicomiso privado complementario a su operación, se constituirán con los ingresos de cargos especiales que se cobren y sus objetivos serán entre otros, determinar el tipo de indemnización y el procedimiento de ajuste, el pago de siniestros y los gastos administrativos.

46 Constitución de Fideicomisos Por cada tipo de seguro obligatorio se constituirá un solo fideicomiso. Serán fideicomitentes las instituciones de seguros que operen el seguro obligatorio correspondiente y fideicomisarios los beneficiarios o sus herederos, de las prestaciones que resulte.

47 Conclusiones Para su comercialización, se podría llevar a cabo agrupando los riesgos conforme a las actividades reguladas o por sectores. Para su suscripción, hay que considerar la elaboración de condiciones especiales (coberturas y exclusiones) para adherirse a la póliza de seguro de responsabilidad civil general, incluyendo la clausula de prelación.

48 Conclusiones Se deben de considerar como obligatorios lo seguros de responsabilidad civil, que se contemplen en cualquier disposición legal o administrativa de carácter general, aún los que se señalen potestativamente. Los seguros de vida, gastos médicos y daños deben de dárseles el mismo tratamiento que a los de Responsabilidad Civil.

49 Conclusiones Para su interpretación, a fin de darle más elementos al Poder Judicial respecto del alcance de éstos seguros, se considera: a) Señalar en el texto de la póliza: «que no se trata de un seguro obligatorio de responsabilidad civil, ya que el pago al tercero dañado no esta previsto en ninguna disposición legal o administrativa de carácter general» o

50 Conclusiones b) Mencionar en el texto de la póliza, «que se trata de un seguro de responsabilidad civil obligatorio a los que hace referencia el artículo 150 Bis de Ley Sobre el Contrato de Seguro»

51 Catálogo Lourdes Sosa Rosas

52 Historia Seguro Obligatorio de Auto comienza en Suiza en Noruega lo adopta 1918 sigue Dinamarca En Estados Unidos New Jersey en 1916 Para 1927 el seguro obligatorio de autos es considerarado en la mayoria de los estados de los Estados Unidos 2012

53 Objetivo Identificar los seguros obligatorios a nivel federal, estatal, municipal y su normatividad Identificar el ramo de seguro al cual aplica cada uno de los seguros obligatorios y sus características. Elaborar un catalogo que permita su actualización y consulta de manera fácil y rápida. Trabajar con el Mercado Asegurador a través de AMIS para regular la operación de estos seguros.

54 Catalogo CATALOGO SEGUROS OBLIGATORIOS DIFICULTADES

55 Número de Ordenamientos Acuerdo Aviso Circular Código Convenio Decreto Decreto Administrativo Decreto Legislativo Disposiciones Diversas Fe de erratas Ley Lineamiento Manual Nota Aclaratoria Programa Regla Reglamento Resolución Otros Ordenamientos Número de Ordenamientos Ordenamientos Consultados Ordenamientos Federales Total: Del total de disposiciones, el 3% son relativas a seguros obligatorios. 0 Tipo de Ordenamiento Ordenamientos Estatales Total: Del total de disposiciones, el 1% son relativas a seguros obligatorios Tipo de Ordenamientos

56 Ordenamientos Consultados Ordenamientos Municipales Total ordenamientos: Total de municipios: 990 No. Ordenamientos No. Municipios Del total de disposiciones, el 2% son relativas a seguros obligatorios.

57 Estructura Nuevo Catálogo El catálogo realizado se divide de la siguiente forma: Leyes federales y normas reglamentarias Ordenamiento Artículo Ramo Seguro Característica Actividad del asegurado Ley fundamento Leyes estatales y disposiciones Entidad federativa Ordenamiento Artículo Ramo Seguro Característica Naturaleza Actividad del asegurado Normas municipales Entidad federativa Municipio Ley fundamento Ordenamiento Artículo Ramo Seguro Característica Naturaleza Actividad del asegurado

58 Catálogo Obligatorio Obligación de asegurar Caso por caso Requisito La ley, disposición reglamentaria o administrativa señala expresamente la obligatoriedad del seguro, o por la práctica reiterada del mercado se tiene en esta consideración. Se Impone la obligación de garantizar y/o asegurar la actividad o el producto para evitar algún daño, pero se establece como opción la contratación de un seguro, entre varios medios de garantía (póliza, fondo, fideicomiso, etc.) Se refiere a circunstancias específicas, como el caso de contratos con organismos gubernamentales, licitaciones, entre otros; éstos exigen la concurrencia de varios ramos o características especiales del seguro. La ley o disposiciones aplicables exigen un seguro para poder finalizar un trámite, otorgar una concesión o permiso, autorización para la realización de alguna actividad, entre otras.

59 Cuestionamientos TECNICOS Si el seguro es un requisito u obligación por asegurar, se convierte en obligatorio al momento de perfeccionar el contrato de seguro? Si un seguro es obligatorio y no se determina el monto mínimo que se debe asegurar, qué parte es cancelable? Qué pasa con el mantenimiento de estos seguros (Endosos)? Son validos los endosos D? Qué pasa si el reasegurador cancela su participación en seguros obligatorios? Qué pasa con la Reinstalación? Debe ser automática? Entenderá el juez los términos de LUC, AGREGADO ANUAL POR UNO O TODOS LOS SINIESTROS o lo podrá interpretar que mientras existe el riesgo debe existir la cobertura hasta la S.A. que exige la ley? 59 Y la concurrencia de pólizas, como debe de operar?

60 Y los Productos Actuales ACUERDO ENTRE ASEGURADORAS? EXCLUSIONES DEDUCIBLES? CUMPLEN CON EL FIN SOCIAL? 60

61

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