LEY 5/2012, DE 20 DE MARZO, DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA SOBRE NUEVAS MEDIDAS FISCALES DE ÁMBITO AUTONÓMICO.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "LEY 5/2012, DE 20 DE MARZO, DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA SOBRE NUEVAS MEDIDAS FISCALES DE ÁMBITO AUTONÓMICO."

Transcripción

1 Edición 45 Abril 2012 Boletín informativo LEY 5/2012, DE 20 DE MARZO, DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA SOBRE NUEVAS MEDIDAS FISCALES DE ÁMBITO AUTONÓMICO. La Ley 5/2012, de 20 de marzo de medidas fiscales, financieras y administrativas de la Generalitat de Catalunya va a suponer, con carácter general, un aumento impositivo en Catalunya tanto en relación a tributos ya existentes, como obviamente en relación a los nuevos tributos aprobados que se aplicarán a partir de su correspondiente entrada en vigor. Asimismo, la Ley ha aprovechado para realizar alguna aclaración o mejoras técnicas impositivas. Analicemos pues, algunas de sus modificaciones principales: a) Incremento de los tipos de gravamen de algunas operaciones inmobiliarias por Actos Jurídicos Documentados (AJD). Con entrada en vigor para las operaciones y hechos imponibles que se realicen a partir del 21 de marzo de se tributará en concepto de AJD: b) El 1,8 %, en el caso de documentos en los que se produzca la renuncia a la exención de IVA según lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley del Estado 30/1.992, de 28 de diciembre de IVA e) EL 1,5% en el caso de otros documentos. En consecuencia, a partir de 21 de marzo de 2.012, los documentos en los que se solicite y proceda la renuncia a la exención de IVA y por tanto tributen también en concepto de AJD, el tipo a aplicar será del 1,8 % (hasta esta modificación, la tributación era del 1,5%) y el resto de documentos que tengan por objeto cosas evaluables económicamente, se eleven a escritura pública y sean susceptibles de inscripción en registros, es decir, estén sujetos a AJD, tributarán al tipo del 1,5 % (hasta la presente modificación, la tributación en Cataluña era del 1,2%). b) Nueva tasa por la prestación de servicios personales y materiales en el ámbito de la Administración de Justicia de competencia de la Generalitat. La tasa judicial, que entrará en vigor el 1 de mayo del 2012 (lo que ha provocado una aceleración en la preparación de las demandas que 1

2 estaban elaborando los despachos de abogados con la finalidad de presentarlas con anterioridad a la indicada fecha y ahorrar así los costes extras que la misma supondrá para el demandante o recurrente), y sobre la que próximamente se publicará una orden que aprobará el modelo de autoliquidación de las tasas y los procedimientos correspondientes para cada tipo de tasa, tiene como hecho imponible de la misma la prestación de servicios personales y materiales en el ámbito de la Administración de Justicia de competencia de la Generalitat, a instancia de parte, en los órdenes jurisdiccionales civiles y contencioso administrativos, en órganos judiciales con sede en Cataluña y cuando se llevan a cabo los actos procesales siguientes: - En el orden jurisdiccional civil, con independencia de la cuantía: La formulación de reconvención en el juicio verbal La interposición de demanda de procesos de ejecución de títulos extrajudiciales La interposición de demanda de juicio cambiario La presentación de la petición inicial del procedimiento monitorio y del proceso monitorio europeo - En el orden jurisdiccional civil, en los casos de cuantía superior a euros: la interposición de demanda en los procesos de ejecución de títulos judiciales. La interposición de recursos de apelación, extraordinario por infracción procesal y de casación en el orden civil. La interposición de la demanda de juicio ordinario La formulación de reconvención en el juicio ordinario La presentación de la solicitud de declaración de concurso La interposición del recurso contencioso administrativo de cuantía superior a euros. La interposición de recursos de apelación y de casación en el ámbito de la jurisdicción contenciosa administrativa. - En el orden jurisdiccional civil, en los casos de cuantía superior a euros: La interposición de demanda de juicio verbal También constituye el hecho imponible de la tasa la emisión de segunda certificación y testimonio de sentencias y otros documentos que constan en los expedientes judiciales en los órdenes jurisdiccionales civil y contencioso administrativo. 2

3 La tasa es exigible en el ámbito territorial de Cataluña para la producción o realización de los hechos imponibles descritos que tengan lugar en los órganos de la Administración de justicia con sede en Cataluña, sin perjuicio de las tasas y otros tributos de carácter estatal que se puedan exigir. Es sujeto pasivo de la tasa, en concepto de contribuyente, la persona física o jurídica que, directamente o mediante representación, realice alguno de los actos a los que hace referencia el apartado anterior. Están exentas de esta tasa: - las personas físicas o jurídicas que tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita - las entidades totalmente exentas del impuesto sobre sociedades - la interposición de demanda y la presentación de recursos posteriores en materia de sucesiones, familia y estado civil de las personas. - la presentación de la demanda de juicio ordinario en caso de oposición de la persona deudora, en los supuestos de procedimiento monitorio y proceso monitorio europeo por los cuales se haya satisfecho la tasa. - la interposición de recursos contenciosos administrativos y la presentación de recursos posteriores en materia de personal, protección de derechos fundamentales de la persona y actuación de la Administración electoral y también la impugnación directa de disposiciones de carácter general. En la orden jurisdiccional civil, la acreditación de la tasa coincide con el momento de la realización de los actos siguientes: - interposición del escrito de demanda - formulación del escrito de reconvención - presentación de la petición inicial del procedimiento monitorio y del proceso monitorio europeo - presentación de la solicitud de declaración de concurso - interposición del recurso de apelación - interposición del recurso extraordinario por infracción procesal - interposición del recurso de casación En el orden jurisdiccional contencioso administrativo, la acreditación de la tasa coincide con el momento de la realización de los actos siguientes: 3

4 - la interposición del recurso contencioso administrativo, acompañada o no de la formulación de demanda - la interposición del recurso de apelación - la interposición del recurso de casación En los órdenes civil y contencioso administrativo, la acreditación de la tasa se produce en el momento de formular la solicitud de segunda certificación y testimonio de sentencias y otros documentos que consten en los expedientes judiciales. Será exigible la cantidad fija que, en función de cada tipo de procedimiento, se determina en la tabla siguiente: Orden civil Verbal superior a : 60 Ordinario: 120 Monitorio de cuantía superior a : 60 Cambiario de cuantía superior a : 90 Ejecución de títulos extrajudiciales de cuantía superior a y de títulos judiciales de cuantía superior a : 120 c) Nueva tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial, por cualquier título, constituidos sobre bienes o derechos afectos al servicio público de la justicia, en el ámbito de la competencia de la Generalitat de Catalunya. Esta nueva tasa, la segunda dentro del ámbito de la Administración de Justicia, también entrará en vigor el 1 de mayo del También próximamente se publicará una orden que aprobará su modelo de autoliquidación. Constituye el hecho imponible de la tasa la utilización privativa o el aprovechamiento especial, por cualquier concepto, constituidos sobre bienes o derechos afectos al servicio público de la justicia en el ámbito de la competencia de la Generalitat. No están sujetos a la tasa la utilización privativa o el aprovechamiento especial de bienes o derechos afectos al servicio público cuando no lleven emparejada una utilidad económica para la persona titular de la autorización, concesión o cualquier otro título; o, aunque exista esta utilidad, cuando la utilización o aprovechamiento comporte condiciones o contraprestaciones a cargo del beneficiario que anulen o hagan irrelevante aquella utilidad, o bien se haya hecho constar esta circunstancia en los pliegos de condiciones o en las cláusulas de la autorización, de la concesión o de la adjudicación. La tasa es exigible en el ámbito territorial de Cataluña para la producción o realización de los hechos imputables descritos que tengan lugar en los órganos de la 4

5 Administración de justicia con sede en Cataluña, sin perjuicio de las tasas y otros tributos de carácter estatal que se puedan exigir. Es sujeto pasivo de la tasa, en concepto de contribuyente, la persona física o jurídica del aprovechamiento, ocupación temporal o utilización que constituye el hecho imponible. Quedan exentas de esta tasa: Las entidades totalmente exentas del impuesto sobre sociedades. Los colegios profesionales de abogados, de procuradores y de graduados sociales La tasa tendrá un periodo impositivo anual con autoliquidación entre el día 1 y 20 de enero. Su importe se determina: a) Una cantidad fija anual de 60 euros más la cantidad en euros que resulte de multiplicar por 6 cada cm2 en que la superficie ocupada exceda de un metro cuadrado. b) Además, en el supuesto de explotación económica de máquinas fotocopiadoras, la cantidad en euros que resulte de multiplicar por 0,05 el número de fotocopias durante el período impositivo. Llama la atención, que el propio Preámbulo de la Ley, anticipándose a las críticas surgidas ante la duplicidad de tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, no ya en cuanto a las dos impuestas por la Generalitat, si no, también y sobre todo por la superposición que en el mismo ámbito se va a producir con las nuevas tasas estatales, ha dedicado todo un párrafo a matizar las diferencias entre los hechos imponibles de las tasas autonómicas (ya expuestas en los apartados precedentes) y la estatal, cuyo hecho imponible es, según se indica expresamente, el propio ejercicio de la potestad jurisdiccional stricto sensu, que se identifica con la función de Juzgar y hacer cumplir lo que haya sido juzgado del artículo 117,3 de la Constitución. d) Creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. Este nuevo tributo propio de la Generalitat configura su hecho imponible en la estancia en los establecimientos que conforman el ámbito de aplicación subjetiva del propio tributo, y establece una graduación de la carga tributaria según la categoría del establecimiento. Sus ingresos se afectarán a un fondo de turismo con finalidades de promoción, impulso, preservación y fomento y desarrollo de infraestructuras turísticas. e) Fijación de un nuevo mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio. Como dentro de las competencias de la Generalitat, está el fijar el mínimo exento del Impuesto sobre el Patrimonio, quedaba pendiente igualar 5

6 éste a la cifra que con carácter general se aplicará al resto del Estado, lo cual se ha realizado con la presente Ley al determinar que el mismo será de f) Bonificación del 100% de determinadas operaciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD). Se aprueba una bonificación en la cuota del impuesto del 100% de determinadas operaciones como por ejemplo la novación de créditos hipotecarios, con la finalidad esencial de equiparar estas operaciones a las novaciones de préstamos hipotecarios ya exentas. Asimismo, también se aprueba una bonificación del 100% en la cuota del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) que grava la transmisión a la entidad financiera de la vivienda habitual por parte de la persona física que no puede hacer frente al pago del crédito o préstamo hipotecario. La misma bonificación es aplicable a los contratos de arrendamiento firmados por ambas partes, así como a la recompra efectuada por el particular de su vivienda. Juanjo Ollé Aguilar Abogado Área Derecho Tributario 6

PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE

PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS TASAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID

Más detalles

REAL DECRETO-LEY 1/2015, DE 27 DE FEBRERO CAMBIOS INTRODUCIDOS EN LA LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE

REAL DECRETO-LEY 1/2015, DE 27 DE FEBRERO CAMBIOS INTRODUCIDOS EN LA LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE Artículo 4. Exenciones de la tasa. 1. Las exenciones objetivas de la tasa están constituidas por: Artículo 4. Exenciones de la tasa. 1. Las exenciones objetivas de la tasa están constituidas por: a) La

Más detalles

La tasa se aplicará en el ámbito Civil, Contencioso-Administrativo y Social.

La tasa se aplicará en el ámbito Civil, Contencioso-Administrativo y Social. Ley 10/2012 de 20 de Noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. 1. ESTRUCTURA La presente

Más detalles

NOTA MONOGRÁFICA I ÁREAS CONTENCIOSA, LABORAL Y PUBLICO

NOTA MONOGRÁFICA I ÁREAS CONTENCIOSA, LABORAL Y PUBLICO NOTA MONOGRÁFICA I ÁREAS CONTENCIOSA, LABORAL Y PUBLICO Noviembre de 2012 TASA JUDICIAL POR EL EJERCICIO DE LA POTESTAD JURISDICCIONAL EN EL ORDEN CIVIL, CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y SOCIAL LEY 10/2012,

Más detalles

Resumen de la normativa sobre tasas judiciales 20/11/2012. Están sujetos al pago de las tasas judiciales los siguientes supuestos:

Resumen de la normativa sobre tasas judiciales 20/11/2012. Están sujetos al pago de las tasas judiciales los siguientes supuestos: Nueva Ley de tasas judiciales. Resumen de la normativa sobre tasas judiciales 20/11/2012 Están sujetos al pago de las tasas judiciales los siguientes supuestos: 1. La interposición de la demanda en toda

Más detalles

Acceso Ley : BOE 21 noviembre 2012 http://www.boe.es/boe/dias/2012/11/21/pdfs/boe-a-2012-14301.pdf

Acceso Ley : BOE 21 noviembre 2012 http://www.boe.es/boe/dias/2012/11/21/pdfs/boe-a-2012-14301.pdf Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Acceso Ley : BOE 21

Más detalles

En el orden social, la interposición del recurso de suplicación y casación.

En el orden social, la interposición del recurso de suplicación y casación. Hoy 17 de Diciembre de 2012, entra en vigor la Orden HAP/2662/2012, de 13 de Diciembre de 2012, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución

Más detalles

NOVEDADES LEGISLATIVAS

NOVEDADES LEGISLATIVAS Las nuevas tasas judiciales. Ley 10/2012, de 20 de noviembre y Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre. Nº 8/2012 LAS NUEVAS TASAS JUDICIALES. LEY 10/2012, DE 20 DE NO- VIEMBRE Y ORDEN HAP/2662/2012,

Más detalles

DESDE EL DÍA 22 DE NOVIEMBRE ES MÁS CARO RECURRIR A LA JUSTICIA

DESDE EL DÍA 22 DE NOVIEMBRE ES MÁS CARO RECURRIR A LA JUSTICIA DESDE EL DÍA 22 DE NOVIEMBRE ES MÁS CARO RECURRIR A LA JUSTICIA Se ha publicado en el BOE del 21 de noviembre la nueva Ley de tasas judiciales, que contempla incrementos de entre 50 y 750 euros, y que

Más detalles

NOTA SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 3/2013, DE 22 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL RÉGIMEN DE LAS

NOTA SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 3/2013, DE 22 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL RÉGIMEN DE LAS NOTA SOBRE EL REAL DECRETO-LEY 3/2013, DE 22 DE FEBRERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL RÉGIMEN DE LAS TASAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y EL SISTEMA DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA El pasado

Más detalles

Agencia Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN HAP/2662/ 2012, DE 13

Agencia Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN HAP/2662/ 2012, DE 13 Agencia Tributaria Departamento de Gestión Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN HAP/2662/ 2012, DE 13 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 696 DE AUTOLIQUIDACIÓN, Y EL

Más detalles

NOVEDADES LEGISLATIVAS

NOVEDADES LEGISLATIVAS Las nuevas tasas judiciales. Ley 10/2012, de 20 de noviembre, modificada por RD-ley 3/2012, de 22 de febrero. Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre. Nº 2/2013 LAS NUEVAS TASAS JUDICIALES. LEY 10/2012,

Más detalles

PREGUNTAS FRECUENTES "TASAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA"

PREGUNTAS FRECUENTES TASAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA OBSERVATORIO DE LA JUSTICIA Y DE LOS ABOGADOS ÁREAS PROCESALES "TASAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA" ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID ÍNDICE 1. CUESTIONES GENERALES... 3 2. JURISDICCIÓN

Más detalles

APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS

APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE OBTENGAN DETERMINADOS RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES PROFESIONALES El porcentaje de retención sobre rendimientos de actividades

Más detalles

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones?

Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4 Cuál es la fiscalidad de los planes y fondos de pensiones? 4.1. Cuáles son los principios generales? 4.2. Cuál es la fiscalidad del fondo de pensiones? 4.3. Cuál es la fiscalidad del promotor? 4.4. Cuál

Más detalles

CONSULTAS VINCULANTES. Dirección General de Tributos (DGT)

CONSULTAS VINCULANTES. Dirección General de Tributos (DGT) CONSULTAS VINCULANTES. Dirección General de Tributos (DGT) NÚM. CONSULTA V0374-10 FECHA SALIDA 01-03-2010 NÚM. CONSULTA V2775-09 FECHA SALIDA 15-12-2009 NÚM. CONSULTA V0935-10 FECHA SALIDA 07-05-2010 LEY

Más detalles

tendrá que pagar las tasas marcadas por la Ley se pierda o gane el contencioso.

tendrá que pagar las tasas marcadas por la Ley se pierda o gane el contencioso. En el BOE del día 21 de noviembre de 2012 ha sido publicada la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional

Más detalles

NOTA: Las modificaciones que introduce el R.D Ley figuran en negrita

NOTA: Las modificaciones que introduce el R.D Ley figuran en negrita LEY 10/2012, DE 20 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE REGULAN DETERMINADAS TASAS EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA Y DEL INSTITUTO NACIONAL DE TOXICOLOGIA Y CIENCIAS FORENSES (con las modificaciones

Más detalles

ITPAJD. PREGUNTA. José Luis adquiere un inmueble por 500.000 euros en una operación sujeta a la modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

ITPAJD. PREGUNTA. José Luis adquiere un inmueble por 500.000 euros en una operación sujeta a la modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas. ITPAJD Preguntas y respuestas relativas a la normativa autonómica refundida en el Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas

Más detalles

NUM-CONSULTA V0129-04 ORGANO SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos FECHA-SALIDA 24/09/2004 NORMATIVA Ley 53/2002. Art.

NUM-CONSULTA V0129-04 ORGANO SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos FECHA-SALIDA 24/09/2004 NORMATIVA Ley 53/2002. Art. NUM-CONSULTA V0129-04 FECHA-SALIDA 24/09/2004 DESCRIPCION-HECHOS Ver cuestión planteada CUESTION-PLANTEADA Devengo de la Tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil y contencioso-administrativo

Más detalles

Régimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas

Régimen fiscal de los donativos donaciones y aportaciones realizadas Régimen fiscal de los donativos, donaciones y aportaciones realizadas a favor de las fundaciones a las que sea de aplicación el régimen fiscal previsto en el Título II de la Ley 49/2002 Página1 Régimen

Más detalles

Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003)...

Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003)... Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre de 2003).... Artículo 11. Naturaleza. TÍTULO II. TRIBUTOS PROPIOS. CAPÍTULO

Más detalles

ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contenciosoadministrativo

ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contenciosoadministrativo Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos,

Más detalles

ARTICULO 1º. FUNDAMENTO LEGAL

ARTICULO 1º. FUNDAMENTO LEGAL ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO CONSTITUIDO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL

Más detalles

TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOS PERMANENTES

TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOS PERMANENTES TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS Y VADOS PERMANENTES Art. 1.- Fundamento jurídico. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el art. 106 de la Ley 7/1985,

Más detalles

NOTA SOBRE DIVERSAS CUESTIONES PLANTEADAS ANTE EL CAMBIO DE TIPOS IMPOSITIVOS EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO.

NOTA SOBRE DIVERSAS CUESTIONES PLANTEADAS ANTE EL CAMBIO DE TIPOS IMPOSITIVOS EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. NOTA SOBRE DIVERSAS CUESTIONES PLANTEADAS ANTE EL CAMBIO DE TIPOS IMPOSITIVOS EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. El 1 de septiembre de 2012 entra en vigor la modificación del tipo general y del tipo

Más detalles

CIRCULAR 1/2013. CRITERIOS ORIENTATIVOS DE INTERPRETACIÓN PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY 10/2012 de 20 de noviembre,

CIRCULAR 1/2013. CRITERIOS ORIENTATIVOS DE INTERPRETACIÓN PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY 10/2012 de 20 de noviembre, CIRCULAR 1/2013 CRITERIOS ORIENTATIVOS DE INTERPRETACIÓN PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY 10/2012 de 20 de noviembre, La entrada en vigor de la Ley 10/2012 de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas

Más detalles

Nos es grato contactar con Udes. con el objeto de recordarle una novedad normativa de gran interés que afecta al sector hotelero.

Nos es grato contactar con Udes. con el objeto de recordarle una novedad normativa de gran interés que afecta al sector hotelero. CIRCULAR INFORMATIVA OCTUBRE 2012 Nos es grato contactar con Udes. con el objeto de recordarle una novedad normativa de gran interés que afecta al sector hotelero. Para más información, puede llamar al

Más detalles

RD 1619/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE

RD 1619/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE RD 1619/2012, DE 30 DE NOVIEMBRE REGLAMENTO DE FACTURACIÓN TEXTO LEGAL El Reglamento se divide en un título preliminar, dos títulos, 6 disposiciones adicionales y 2 transitorias. Su entrada en vigor es

Más detalles

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES X LEGISLATURA Serie B: PROPOSICIONES DE LEY 5 de diciembre de 2014 Núm. 200-1 Pág. 1 PROPOSICIÓN DE LEY 122/000177 Proposición de Ley sobre derogación de las tasas

Más detalles

Novedades Fiscales Mayo 2008

Novedades Fiscales Mayo 2008 DEPARTAMENTO FISCAL Mayo 2008 Novedades Fiscales Mayo 2008 El departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la Administración Tributaria ha publicado recientemente un informe, cuyo objetivo es

Más detalles

Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Entrada de Vehículos a través de Aceras y Reservas de Vía Pública Expediente nº: Asunto:

Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Entrada de Vehículos a través de Aceras y Reservas de Vía Pública Expediente nº: Asunto: Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Entrada de Vehículos a través de Aceras y Reservas de Vía Pública Expediente nº: 2488/2012 Asunto: Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por

Más detalles

AYUNTAMIENTO PALANQUES

AYUNTAMIENTO PALANQUES ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR EXPEDICION DE LICENCIAS URBANISTICAS I.- FUNDAMENTO, NATURALEZA Y OBJETO. Artículo 1º. En uso de las facultades atribuidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución,

Más detalles

LEY Preámbulo. Título III Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos Capítulo I Disposiciones generales

LEY Preámbulo. Título III Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos Capítulo I Disposiciones generales LEY 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos (DOGC núm. 6094, de 23 de marzo de 2012). El

Más detalles

O R D E N A N Z A Núm. 15

O R D E N A N Z A Núm. 15 A Y U N T A M I E N T O D E L A V I L L A D E R A S C A F R I A (MADRID) Año 2000 O R D E N A N Z A Núm. 15 LICENCIA DE AUTOTAXIS Y VEHICULOS DE ALQUILER Aprobada en Pleno el 30 de diciembre de 1999. Publicada

Más detalles

Artículo 1º. Fundamento y naturaleza

Artículo 1º. Fundamento y naturaleza ORDENANZA FISCAL NÚMERO 34, TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE TELEFONÍA MÓVIL Artículo 1º. Fundamento y naturaleza

Más detalles

APUNTES SOBRE LA ACTUALIDAD FISCAL

APUNTES SOBRE LA ACTUALIDAD FISCAL INFORME APUNTES SOBRE LA ACTUALIDAD ABRIL 2.014 SUMARIO 1. NOVEDADES ES CONTEMPLADAS EN EL REAL DECRETO-LEY 4/2014 DE MEDIDAS URGENTES, REFINANCIACIÓN Y REESTRUCTURACIÓN DE DEUDA EMPRESARIAL Se contemplan

Más detalles

ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA.

ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL PARA ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LA ACERA, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 13

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 13 ORDENANZA FISCAL NÚMERO 13 TASA POR EMISIÓN DE DOCUMENTOS Y TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES QUE EXPIDAN O DE QUE ENTIENDAN LA ADMINISTRACIÓN O AUTORIDADES LOCALES, A INSTANCIA DE PARTE. ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO

Más detalles

Novedades de la Ley 1/2008, de 27 de diciembre.

Novedades de la Ley 1/2008, de 27 de diciembre. Grupo Asesur-Tropic SL Avda Juan Carlos I EdifMiami, 8 Tel 958-88 00 54 Fax 958-88 03 52 info@asesurtropiccom Medidas fiscales de la C A de Andalucía para el ejercicio 2008 (Disposiciones cuarta y quinta

Más detalles

NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA.

NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. NORMAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA EL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Artículo 1. OBJETO Las presentes Normas tienen por objeto la concesión

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 20: TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIA Y AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS DE AUTO TAXIS AMBULANCIAS Y DEMAS VEHICULOS DE ALQUILER.

ORDENANZA FISCAL Nº 20: TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIA Y AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS DE AUTO TAXIS AMBULANCIAS Y DEMAS VEHICULOS DE ALQUILER. ORDENANZA FISCAL Nº 20: TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIA Y AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS DE AUTO TAXIS AMBULANCIAS Y DEMAS VEHICULOS DE ALQUILER. FUNDAMENTO LEGAL Y OBJETO Art. 1. Ejercitando la facultad

Más detalles

ORDENANZA NUMERO 16. Artículo 1.Al amparo del previsto en los Artículos 57 y 24.1 C del Real Decreto

ORDENANZA NUMERO 16. Artículo 1.Al amparo del previsto en los Artículos 57 y 24.1 C del Real Decreto ORDENANZA NUMERO 16 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL FUNDAMENTO

Más detalles

2. A estos efectos se incluyen como empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos.

2. A estos efectos se incluyen como empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO CONSTITUIDO A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y Artículo 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA. En uso de las facultades concedidas por artículos 133.2 y 142 de la Constitución

Más detalles

Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local para el Desarrollo de Acciones Publicitarias Especiales

Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local para el Desarrollo de Acciones Publicitarias Especiales Ordenanzas fiscales y precios públicos Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local para el Desarrollo de Acciones Publicitarias Especiales Marginal: ANM 2013\2 Tipo

Más detalles

podrá ampliarse previa justificación y atención a las características de la vía

podrá ampliarse previa justificación y atención a las características de la vía ORDENANZA Nº 11 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL SOBRE ENTRADAS DE VEHICULOS A TRAVES DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE LA

Más detalles

M.I. AJUNTAMENT DE CARCAIXENT

M.I. AJUNTAMENT DE CARCAIXENT ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.- De conformidad con lo establecido en el Art. 101 y ss. De la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE MEDIDAS DE APOYO A LAS INVERSIONES PRODUCTIVAS PARA LA CREACIÓN Y FOMENTO DEL EMPLEO EN EL POLIGONO INDUSTRIAL DE BELORADO

REGLAMENTO SOBRE MEDIDAS DE APOYO A LAS INVERSIONES PRODUCTIVAS PARA LA CREACIÓN Y FOMENTO DEL EMPLEO EN EL POLIGONO INDUSTRIAL DE BELORADO AYUNTAMIENTO DE BELORADO REGLAMENTO SOBRE MEDIDAS DE APOYO A LAS INVERSIONES PRODUCTIVAS PARA LA CREACIÓN Y FOMENTO DEL EMPLEO EN EL POLIGONO INDUSTRIAL DE BELORADO Artículo 1º. I. PRECEPTOS GENERALES

Más detalles

MEDIDAS FISCALES PARA EL IMPULSO DEL MERCADO INMOBILIARIO. Febrero 2012

MEDIDAS FISCALES PARA EL IMPULSO DEL MERCADO INMOBILIARIO. Febrero 2012 MEDIDAS FISCALES PARA EL IMPULSO DEL MERCADO INMOBILIARIO Febrero 2012 CEOE considera imprescindible dinamizar el mercado inmobiliario a través de medidas fiscales que, por una parte, eliminen las distorsiones

Más detalles

O R D E N A N Z A N U M. 19

O R D E N A N Z A N U M. 19 O R D E N A N Z A N U M. 19 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL, A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS O PRESTADORAS DEL SERVICIO

Más detalles

B & V A B O G A D O S B & V ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L.

B & V A B O G A D O S B & V ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L. Circular 08/11 MEDIDAS FISCALES Y ADMINISTRATIVAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID La Ley 7/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para la Comunidad de Madrid, publicada en el Boletín

Más detalles

IVA y costas procesales (depende del caso concreto) Isaac IBÁÑEZ GARCÍA

IVA y costas procesales (depende del caso concreto) Isaac IBÁÑEZ GARCÍA IVA y costas procesales (depende del caso concreto) Isaac IBÁÑEZ GARCÍA Abogado y asesor fiscal Diario La Ley, Nº 7316, Sección Práctica Forense, 8 Ene. 2010, Año XXXI, Editorial LA LEY LA LEY 20682/2009

Más detalles

PROPUESTA DE HONORARIOS ESPECIALES PARA FECOR Y SUS ORGANIZACIONES MIEMBRO

PROPUESTA DE HONORARIOS ESPECIALES PARA FECOR Y SUS ORGANIZACIONES MIEMBRO PROPUESTA DE HONORARIOS ESPECIALES PARA FECOR Y SUS ORGANIZACIONES MIEMBRO 1 1.- Introducción: En la presente propuesta se ofrece y fijan los honorarios especiales que serán aplicados a FECOR al contratar

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES RELATIVOS AL EJERCICIO DE ACTIVIDADES EN EL MUNICIPIO DE ASPE.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES RELATIVOS AL EJERCICIO DE ACTIVIDADES EN EL MUNICIPIO DE ASPE. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES RELATIVOS AL EJERCICIO DE ACTIVIDADES EN EL MUNICIPIO DE ASPE. FECHA DE APROBACIÓN: 26/12/2014 FECHA PUBLICACIÓN EN EL B.O.P.: 13/01/2015

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO:

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: NORMATIVA APLICABLE: Art. 10.1.3º Ley 20/1991 Art. 17.1 Ley 20/1991 Impuesto General Indirecto Canario Art. 27.1.4º Ley 20/1991 D.A.Octava.Uno.3

Más detalles

NOVEDADES FISCALES 2011-2012

NOVEDADES FISCALES 2011-2012 NOVEDADES FISCALES 2011-2012 El día 27 de diciembre de 2011 se publicaron en el Boletín Oficial de Gipuzkoa dos Normas Forales con gran transcendencia en el ámbito tributario. La primera de ellas tiene

Más detalles

FIGURA: MODIFICACIÓN BASE IMPONIBLE DEL I.V.A.

FIGURA: MODIFICACIÓN BASE IMPONIBLE DEL I.V.A. RECUPERACIÓN IVA REPERCUTIDO FIGURA: MODIFICACIÓN BASE IMPONIBLE DEL I.V.A. Legislación: - NORMATIVA: LEY Y REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO - * Art. 80. LEY 37/1992, DE 28 DE DICIEMBRE,

Más detalles

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda.

Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda. NUM- CONSULTA V1870-07 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA- SALIDA 11/09/2007 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 7-10o, 78- tres- 1o, 164- uno- 3o. Rgto Fac: art. 2, 6.7 y 6.8 DESCRIPCION- HECHOS El

Más detalles

1.- PRÉSTAMOS PARA FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS. Clase de operación y concepto

1.- PRÉSTAMOS PARA FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS. Clase de operación y concepto Epígrafe 5, Página 1 5.- PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS EN DIVISA 1.- PRÉSTAMOS PARA FINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS Clase de operación y concepto % Mínimo 1. de apertura. Aplicable

Más detalles

CAPITULO IV. TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL.

CAPITULO IV. TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL. CAPITULO IV. TASAS POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL. Servicios Fiscales - Ayuntamiento de Getafe - 2012 167 Servicios Fiscales - Ayuntamiento de Getafe

Más detalles

Art. 1º.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA.

Art. 1º.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA. ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL Art. 1º.- FUNDAMENTO

Más detalles

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS E INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO

REGLAMENTO DEL RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS E INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO REGLAMENTO DEL RÉGIMEN FISCAL DE LAS ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS E INCENTIVOS FISCALES AL MECENAZGO Decreto Foral 60/2004, del Consejo de Diputados de 19 de octubre, que aprueba el Reglamento para la

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 98 Miércoles 23 de abril de 2014 Sec. I. Pág. 31975 I. DISPOSICIONES GENERALES COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA 4331 Ley 4/2014, de 4 de abril, del impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito.

Más detalles

O R D E N A N Z A Núm. 44

O R D E N A N Z A Núm. 44 A Y U N T A M I E N T O D E Ajofrín (TOLEDO) Año 2.012 O R D E N A N Z A Núm. 44 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Aprobada el 27 de Noviembre de 1.998. Modificada

Más detalles

1.- Aspectos principales de la Cesión del IVA a las Comunidades Autónomas de régimen común (1 punto)

1.- Aspectos principales de la Cesión del IVA a las Comunidades Autónomas de régimen común (1 punto) 1.- Aspectos principales de la Cesión del IVA a las Comunidades Autónomas de régimen común (1 punto) De acuerdo con lo dispuesto en el apartado cuatro del artículo único de la Ley Orgánica 3/2009, de 18

Más detalles

LEY DE APOYO A EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN: LAS CÉDULAS Y LOS BONOS DE INTERNACIONALIZACIÓN

LEY DE APOYO A EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN: LAS CÉDULAS Y LOS BONOS DE INTERNACIONALIZACIÓN 10-2013 Septiembre, 2013 LEY DE APOYO A EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN: LAS CÉDULAS Y LOS BONOS DE INTERNACIONALIZACIÓN Con fecha 28 de septiembre de 2013 se ha publicado en el Boletín Oficial

Más detalles

2.- Consideración de las retribuciones en especie como operaciones sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido.

2.- Consideración de las retribuciones en especie como operaciones sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido. Nota sobre indirecta el tratamiento de las retribuciones en especie en la imposición 1.- Introducción El objetivo de la presente nota es comentar las Consultas de la Dirección General de Tributos V1379-11

Más detalles

El Gobierno reduce a la mitad el Impuesto de Sucesiones y Donaciones

El Gobierno reduce a la mitad el Impuesto de Sucesiones y Donaciones El Gobierno reduce a la mitad el Impuesto de Sucesiones y Donaciones ANTECEDENTES La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) tiene competencias en materia tributaria para gestionar y regular determinados

Más detalles

ORDENANZA Nº 15 ARTICULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA.

ORDENANZA Nº 15 ARTICULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA. ORDENANZA Nº 15 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA DE VEHICULOS A TRAVES DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE LA VIA PUBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHICULOS, CARGA Y DESCARGA DE

Más detalles

Ajuntament de Catarroja. Qualitat i Futur. Articulo. 1. Fundamento y naturaleza.

Ajuntament de Catarroja. Qualitat i Futur. Articulo. 1. Fundamento y naturaleza. 2.19.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS DE TELEFONÍA MÓVIL Articulo. 1. Fundamento

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS OFT 14 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS 2014 1 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR GESTIÓN DE RESIDUOS URBANOS. Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades

Más detalles

REGISTRO CONTABLE DE INGRESOS OBTENIDOS POR LA CORPORACIÓN Y RELATIVOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS

REGISTRO CONTABLE DE INGRESOS OBTENIDOS POR LA CORPORACIÓN Y RELATIVOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS REGISTRO CONTABLE DE INGRESOS OBTENIDOS POR LA CORPORACIÓN Y RELATIVOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Consulta: Un Ayuntamiento tiene suscrito un contrato con una empresa de servicios deportivos

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE YATOVA COM AR C A HO Y A BU ÑOL-CHIV A ORDENANZA Nº 16

AYUNTAMIENTO DE YATOVA COM AR C A HO Y A BU ÑOL-CHIV A ORDENANZA Nº 16 ORDENANZA Nº 16 Ordenanza Fiscal reguladora de la TASA POR TENDIDOS, TUBERIAS y GALERIAS PARA LAS CONDUCCIONES DE ENERGIA ELECTRICA, AGUA, GAS O CUALQUIER OTRO FLUIDO, INCLUIDOS LOS POSTES PARA L1NEAS,

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON INSTALACIÓN DE PUESTOS Y TERRAZAS (MESAS Y SILLAS)

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON INSTALACIÓN DE PUESTOS Y TERRAZAS (MESAS Y SILLAS) 2010 AYUNTAMIENTO DE CHERA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO CON INSTALACIÓN DE PUESTOS Y TERRAZAS (MESAS Y SILLAS) ÍNDICE DE ARTÍCULOS ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA

Más detalles

Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR CONCESIÓN DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS

Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR CONCESIÓN DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR CONCESIÓN DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106

Más detalles

INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS, Y OPERACIONES FINANCIERAS PARTICIPACIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL O DEL PATRIMONIO DE LAS

INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS, Y OPERACIONES FINANCIERAS PARTICIPACIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL O DEL PATRIMONIO DE LAS Departamento de Gestión Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EHA/3514/2009, DE 29 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 181 DE DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS,

Más detalles

REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL LA COMISIÓN DE EXPERTOS HA PRESENTADO SU INFORME.-

REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL LA COMISIÓN DE EXPERTOS HA PRESENTADO SU INFORME.- REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL LA COMISIÓN DE EXPERTOS HA PRESENTADO SU INFORME.- El pasado 5 de julio de 2013 el Consejo de Ministros decidió la constitución de una Comisión de Expertos

Más detalles

14116 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 15-VII-2006

14116 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 15-VII-2006 14116 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 15-VII-2006 puesto por don Abelardo Colunga Alvarez contra el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Gijón, versando el recurso sobre la aprobación

Más detalles

I DISPOSICIONES GENERALES

I DISPOSICIONES GENERALES ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL Nº 24 REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL SUELO, SUBSUELO O VUELO DE LAS VÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES, EN FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS

Más detalles

TASA POR OCUPACIONES DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DEL DOMINIO PÚBLICO.

TASA POR OCUPACIONES DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DEL DOMINIO PÚBLICO. Ordenanza 8: TASA POR OCUPACIONES DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DEL DOMINIO PÚBLICO. Artículo 1- Fundamento y naturaleza Al amparo de lo previsto en el artículo 20.3. apartado e), g), j), k) del Real Decreto

Más detalles

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES Servicio de Asesoría Jurídica

ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES Servicio de Asesoría Jurídica ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE FUNDACIONES Servicio de Asesoría Jurídica General Castaños, 4 4ª planta 28004 Madrid Tel.: 91 310 63 09 Fax: 91 578 36 23 asociacion@fundaciones.org www.fundaciones.org Régimen fiscal

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS

ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El Ayuntamiento de Alegría-Dulantzi, de acuerdo con

Más detalles

I.- FUNDAMENTO, NATURALEZA Y OBJETO

I.- FUNDAMENTO, NATURALEZA Y OBJETO ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA, EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL Y LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LAS COCHERAS MUNICIPALES DE COCHES DE CABALLOS

Más detalles

CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013

CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 En vigor desde el 14-08-2013 CAJA DE AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT EPÍGRAFE 14º - Página 1 EPÍGRAFE 14º CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS (Créditos, Préstamos, Efectos Financieros, Descubiertos en Cuenta Corriente, Libretas de Ahorro, Excedidos

Más detalles

OFT 16. Modificada por acuerdo plenario de 26/07/02 Publicación BOP 253 de 24/10/02 OFT 16

OFT 16. Modificada por acuerdo plenario de 26/07/02 Publicación BOP 253 de 24/10/02 OFT 16 OFT 16 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACION PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA

Más detalles

A AJUNTAMENT DE BURJASSOT

A AJUNTAMENT DE BURJASSOT C.1. ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (11200 Y 11201). ARTICULO 1: FUNDAMENTO, NATURALEZA Y OBJETO 1. En virtud de la potestad reglamentaria y tributaria reconocida al Ayuntamiento

Más detalles

O R D E N A N Z A Núm. 04

O R D E N A N Z A Núm. 04 A Y U N T A M I E N T O D E L A V I L L A D E R A S C A F R I A (MADRID) Año 2000 O R D E N A N Z A Núm. 04 PUESTOS Y BARRACAS Aprobada en Pleno el 30 de Diciembre de 1999. Publicada en BOCM el 30 de Mayo

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL Artículo 1. Creación de la Caja Provincial de Cooperación Local De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.f) del artículo 30 del Real Decreto

Más detalles

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE COBROS Y RECLAMACIÓN DE HONORARIOS DE LA DEMARCACIÓN EN TOLEDO DEL COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCHA La incesante innovación y consecuente modificación normativa

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN PRIVATIVA DE EDIFICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES CAPÍTULO I: DISPOSICIÓN GENERAL ARTÍCULO 1º.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES. ORDENANZA FISCAL NÚMERO 6 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR EL SERVICIO DE ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES. ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2

Más detalles

CONSULTAS VINCULANTES. Dirección General de Tributos (DGT) IVA (Ley 37/1992)

CONSULTAS VINCULANTES. Dirección General de Tributos (DGT) IVA (Ley 37/1992) CONSULTAS VINCULANTES. Dirección General de Tributos (DGT) IVA (Ley 37/1992) NÚM. CONSULTA V 2161 FECHA SALIDA 29-09 -2010 Servicios de arrendamiento de stands en Feria alemana Organización de ferias y

Más detalles

3. COMISIÓN POR DESCUBIERTOS EN CUENTA Y EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO

3. COMISIÓN POR DESCUBIERTOS EN CUENTA Y EXCEDIDOS EN CUENTAS DE CRÉDITO EPÍGRAFE 12º, Página 1 de 5 EPÍGRAFE 12: CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS. (Créditos, Préstamos. Efectos Financieros, Descubiertos en Cuenta Corriente, Excedidos en Cuenta de Crédito y Anticipos sobre Efectos) 1.

Más detalles

O R D E N A N Z A Núm. 20

O R D E N A N Z A Núm. 20 A Y U N T A M I E N T O D E L A R O D A AÑO 2.015 O R D E N A N Z A Núm. 20 REGULADORA DE LA TASA POR ASISTENCIA Y ESTANCIA EN RESIDENCIAS DE MAYORES FUNDAMENTO Y RÉGIMEN Artículo 1º Este Ayuntamiento

Más detalles

(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 2003)

(B.O.P de Guadalajara de 31 de diciembre de 2003) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE TASA POR APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL, A FAVOR DE EMPRESAS EXPLOTADORAS DE SERVICIOS DE SUMINISTROS DE INTERÉS GENERAL. (B.O.P de Guadalajara de 31

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 15 TASA POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDAN O QUE EXTIENDAN LA ADMINISTRACIÓN O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES

ORDENANZA FISCAL Nº 15 TASA POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDAN O QUE EXTIENDAN LA ADMINISTRACIÓN O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES ORDENANZA FISCAL Nº 15 TASA POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDAN O QUE EXTIENDAN LA ADMINISTRACIÓN O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO En uso de las facultades concedidas por los Artículos

Más detalles

ACUERDOS APROBADOS. - La demanda y reconvención del juicio verbal en cuantía superior a 2.000

ACUERDOS APROBADOS. - La demanda y reconvención del juicio verbal en cuantía superior a 2.000 Junta de Secretarios Judiciales de los Juzgados de Primera Instancia de MURCIA para la unificación de criterios para la aplicación de la TASA JUDICIAL, celebrada en la Ciudad de Murcia el 18 de Febrero

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE ALQUERÍAS DEL NIÑO PERDIDO

AYUNTAMIENTO DE ALQUERÍAS DEL NIÑO PERDIDO AYUNTAMIENTO DE ALQUERÍAS DEL NIÑO PERDIDO ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS DE TELEFONÍA

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN Y USO EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO LOCAL.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN Y USO EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO LOCAL. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN Y USO EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO LOCAL. ARTICULO 1º.- FUNDAMENTO LEGAL Y NATURALEZA. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y

Más detalles