AYUNTAMIENTO DE PUNTA UMBRÍA INSPECCION DE RENTAS Y EXACCIONES
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- José Luis Agüero Figueroa
- hace 7 años
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1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE JARDINES DEL TERMINO MUNICIPAL DE PUNTA UMBRIA. 1.- OBJETO DEL CONTRATO. Es objeto del contrato de la presente licitación, el Servicio Conservación y mantenimiento de Jardines sitos en el término Municipal de Punta Umbría conforme a lo establecido en el Anexo 1 al presente Pliego. La conservación comprende labores que hay que realizar en los céspedes, plantas y sistema de riego, de todos los jardines existentes en el término municipal de Punta Umbría. También entra en el capítulo de conservación y mantenimiento las labores dedicadas a la poda y limpieza de alcorques. Estas labores se clasifican de la siguiente manera: 1.A. REPOSICIÓN DE LOS JARDINES DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE PUNTA UMBRÍA. La reposición comprende las labores de sustitución, renovación o resiembra de las plantas permanentes o de temporada, arbustos y praderas de césped que hubieran perdido sus características ornamentales o bien que su precario estado botánico haga prever tal situación para un futuro próximo. Estas labores comprenden: Tratamiento de arbolado. Se realizarán las operaciones de corta y extracción de los troncos de los árboles secos y de todos aquellos que por accidente o por su estado fitosanitario haga recomendable su eliminación. Reposición de arbustos. Se sustituirán los arbustos que presenten malas condiciones, eliminándose toda la parte aérea y radicular, abriendo hoyo, preparando la tierra, abonando si fuera necesario y dejando la planta prevista para el riego posterior. Siendo el suministro de la planta a cargo del Ayuntamiento, salvo que la sustitución traiga causa de falta o defectuoso mantenimiento. Reposición de setos. Se eliminarán las plantas y restos de las mismas sustituyéndolas por una nueva línea de setos con abonado y riego necesario para su agarre. Siendo el suministro de la planta a cargo del Ayuntamiento, salvo que la sustitución traiga causa de falta o defectuoso mantenimiento. Reposición de flor de temporada. Eliminación de flores anteriores y nueva plantación con abonado con la garantía de no dañar a las plantas perennes que pudieran quedar. Habrá que determinar que flores plantar dependiendo de la época del año y de las especies a emplear
2 en la siembra. Siendo el suministro de la planta a cargo del Ayuntamiento, salvo que la sustitución traiga causa de falta o defectuoso mantenimiento. Reposición de praderas de céspedes. Consiste en renovar toda la extensión de pradera de césped que fuera necesario y se seguirán los pasos anteriormente descritos en todo este apartado de reposición. Siendo el suministro de la planta a cargo del Ayuntamiento, salvo que la sustitución traiga causa de falta o defectuoso mantenimiento. Reposición de marras. Consiste en la nueva plantación de plantas que hayan muerto en el periodo de garantía, siendo la plantación en la misma forma y con la misma planta que la que se llevó a cabo en un principio. Siendo el suministro de la planta a cargo del Ayuntamiento, salvo que la sustitución traiga causa de falta o defectuoso mantenimiento. 1.B. CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS JARDINES DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE PUNTA UMBRÍA. La conservación y mantenimiento de los jardines del término municipal de Punta Umbría comprende: a. Conservación de céspedes. b. Conservación de plantas. c. Conservación del sistema de riego. d. Limpieza de jardines y Alcorques. Conservación de céspedes. Habrá que realizar las siguientes tareas: 1. Riegos. El riego inmediato a la siembra se hará con agua procedente de la red de riego municipal y con las precauciones oportunas para evitar arrastres de tierra o de semillas. Se procederá al riego con la frecuencia e intensidad necesaria, dependiendo de las condiciones edafoclimatológicas y con el objetivo de mantener el suelo húmedo con el porcentaje de agua útil para el desarrollo y crecimiento normal del césped. En función de la época de siembra y a modo indicativo se establecen las siguientes frecuencias de riego. De mayo a septiembre, ambos inclusive, 3-4 veces por semana. De octubre a abril, ambos inclusive, 1-3 veces por semana. Habrá que depender en estos meses últimos de las condiciones climatológicas. Los momentos más indicados para el riego de los céspedes son las primeras horas de la mañana o las últimas de la tarde. El riego se realizará a través de aspersores principalmente, no excluyéndose otro tipo de sistema riego si fuera necesario. El agua consumida correrá por cuenta del Ayuntamiento de Punta Umbría, no permitiéndose el uso del agua estrictamente necesaria para el riego en cuestión.
3 2. Siega. Se realizará con una frecuencia tal que impida que la hierba alcance una altura igual o superior a 10 cms. de altura. El nivel mínimo de la siega del césped no será inferior a 2 cm. 3. Recorte de bordes. En los límites de las áreas de césped y con objeto de que este no invada las zonas de caminos o parterres de flores, se realizará periódicamente y por lo menos tres veces al año un recorte con maquinaria adecuada, del borde de superficie encespada arrancando la parte sobrante incluso hasta las raíces. 4. Escarda. La escarda o limpieza de malas hierbas deberá hacerse en cuanto estas resulten visibles en la superficie de césped y haga desmerecer su aspecto. Los céspedes implantados de más de un año, podrá realizarse con herbicidas selectivos siempre que estos garanticen la supervivencia de las especies que hayan sido utilizadas en la siembra. 5. Aireación. Con objeto de facilitar la penetración de agua, oxígeno y abonos que se aporten al césped se realizará la aireación, que consiste en la perforación del terreno a través de unos rodillos especiales de la capa del césped, extrayendo y evacuando los restos obtenidos mediante esta operación. Los orificios resultantes se recebarán con mantillo. Esto se hará al menos una vez al año. 6. Recebo. Después de las operaciones anteriores y en el caso que por la erosión, muy corriente en Punta Umbría, quedará al aire parte de las raíces del césped, deberá recebarse el terreno con una mezcla de mantillo y arena rellenando todos los huecos, para que sólo asome las puntas de la hierba recién cortada. 7. Resembrado. En las zonas o céspedes que se produzcan calvas o claros deberá realizarse el resembrado con las mismas mezclas de semillas que la siembra, procediéndose antes a una aireación y luego un recebo. 8. Tratamiento fitosanitario. Se realizarán de forma periódica con productos adecuados manteniéndose una especial vigilancia en el tratamiento específico para combatir o prevenir cualquier tipo de enfermedad o ataque de insectos. 9. Abonado. El abonado de los céspedes se realizará al menos dos veces al año con mezcla de abonos minerales compuestos de nitrógeno, fósforo y potasio en cantidad no inferior a 800 kilogramos por Ha. y abonado. Conservación de plantas. Habrá de realizarse las siguientes operaciones para una mejor conservación de las plantas y árboles de los jardines del término municipal de Punta Umbría, estas son las siguientes. 1. Riego. Las plantas que no se encuentren en zonas de césped, aquellas que pertenezcan a alineaciones y las que corresponden a plantaciones en jardines o parterres estarán sometidas al riego por goteo, por inundación, por automatización, y en todo caso
4 seguirán un proceso similar al empleado para los céspedes, anteriormente descrito en el punto 1 del apartado conservación de céspedes. 2. Poda. Se dan una serie de procesos básicos a seguir dentro de lo que es la conservación de los jardines. La poda se realizará en la época adecuada, siendo los cortes ocasionados por la misma cortes limpios y tratados con cicatrizantes en los casos en que el diámetro de la rama cortada sea de grandes dimensiones. Habrá que tener en cuenta lo siguiente: - Que los arbustos resinosos de hoja persistente no deben podarse sino en puntas de ramas, o en casos excepcionales supresión de ramas muy jóvenes. - Deberá evitarse cortes de ramas muy gruesas y cuando esto se haga se tratará con cicatrizantes inmediatamente después. - Los arbustos que florecen en las ramas del año se podarán en otoño. - Los que florezcan en las ramas del año anterior se podarán inmediatamente después de la floración. - Los arbustos de follaje ornamental se podarán en otoño. - La poda deberá atender siempre a conseguir la máxima ventilación y soleamiento de todas las partes de la planta. - Las ramas que se supriman definitivamente deberán cortarse lo más raso posible de su punto de inserción. - Las leñas de la poda deberán trocearse, atarse y ser transportadas al vertedero al día siguiente al corte. - Todas las ramas muertas y partes secas deberán eliminarse en la operación de poda. Habrá que distinguir tres tipos de poda: - Poda de formación. Realizada en los arbustos jóvenes y recién plantados hasta conseguir el porte y la forma deseada de la planta adulta. - Poda de mantenimiento. Realizada para mantener el arbusto en su porte y lograr la máxima vistosidad y floración en su caso. - Poda de rejuvenecimiento. Se realizarán en los arbusto que brotan con facilidad después del corte suprimiendo partes o toda la copa, o partes visibles de la misma con objeto de obtener una parte más joven y vigorosa. Se realizará cuando se estime oportuno y necesario. 3. Tratamiento fito-sanitario. Se realizarán periódicamente y por lo menos dos veces al año los tratamientos preventivos de plagas y enfermedades corrientes en la zona,
5 manteniéndose un servicio de vigilancia para detectar cualquier ataque o enfermedad prevista y proceder a su inmediato combate. 4. Abonado. Se realizará de igual forma que la descrita anteriormente en el apartado de creación de jardines, es decir, abono con compuesto mineral de los tres macro-elementos y abono orgánico en proporción adecuada al porte de cada uno de los jardines o plantas, al menos una vez al año. 5. Recortes. Se realizarán al menos dos veces al año y tiene como objetivo mantener, y en su caso crear si fuera necesario, los setos y las figuras que se establezcan para tal fin. También se realizará un mantenimiento de la base del árbol o alcorque, consistente en eliminar las malas hierbas. Esta operación se realizará al menos cada dos meses exceptuando los meses de mayo a septiembre que se realizará cada mes como mínimo. 6. Escardas. Las partes de las zonas verdes dedicadas a plantas de flor se entrecavarán de forma frecuente para que no de a lugar a la aparición de malas hiervas y se mantenga la buena estructura del suelo. La frecuencia recomendada será de dos al mes como mínimo. A los árboles y arbustos se le darán como mínimo dos entrecavados al año, correspondiendo uno a la primavera y el otro al otoño. Los entrecavados serán de entre cms. de profundidad y de unos 40 cms. de radio, sin que en ningún momento afecte al sistema radicular. 7. Rastrillado. Con objeto de evitar la compactación del suelo, todos los terrenos de cualquiera de las zonas objeto de este pliego de condiciones, será rastrillado después de cada operación de entrecavado. Conservación del sistema de riego. La empresa adjudicataria velará por el buen funcionamiento y buen uso de los sistemas de riego instalados y habilitados para el correcto riego de los jardines de Punta Umbría. El agua consumida por los mimos correrá a cargo del Ayuntamiento de Punta Umbría. La empresa adjudicataria responderá ante las posibles inundaciones o roturas de tuberías, avisando urgentemente al servicio encargado del suministro para la rápida solución del problema. Los desperfectos que se observen en la red e riego como consecuencia de actos vandálicos o robos, deberán de comunicarse antes de su reposición a los Servicios Municipales para su valoración y autorización. Limpieza de jardines y Alcorques. Será por cuenta de la empresa adjudicataria la limpieza de todas las zonas que comprende este pliego de condiciones. Esta labor consistirá en la eliminación de la vegetación de crecimiento espontáneo (malas hierbas, maleza, etc.), de hojas caídas y restos de labores necesarias para mantener los alcorques en perfecto estado de conservación y ornato público. La recogida se completará con el traslado de las mismas dentro de la jornada de trabajo al área de eliminación o al lugar que pueda ser designado, evitándose así que permanezcan en la vía pública acopios de los mismos. La limpieza será durante todos los meses del año. 2.- CLASIFICACION.-
6 De conformidad con el artículo 65 del RDLeg 3/2011 de 14 de Noviembre que aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se requiere que los empresarios que acudan a licitación se encuentran debidamente clasificados. Se exige clasificación en Grupo O. Subgrupo 6. Categoría c. 3.- CONTENIDO DEL TRABAJO. 1 Para la ejecución material del servicio se utilizarán, por parte y a costa del adjudicatario, todos los elementos mecánicos y manuales e infraestructuras idóneos y precisos a la finalidad, así como los productos adecuados, según las zonas. 2º Será obligación del contratista aceptar la inclusión o exclusión parcial o total de nuevas Zonas en relación con los contratados, en congruencia con las decisiones municipales de poner en funcionamiento nuevos servicios o desistir de la utilización de otros, o suprimir, aumentar o disminuir horas de contrato. Tal alteración cuantitativa del objeto del contrato podrá conllevar la modificación del precio del mismo, La contraprestación económica municipal que pudiera derivarse de dicha Inclusión se determinará en la forma en establecida en Pliego de cláusulas Administrativas, y en todo caso por la regulación establecida en el RdLeg 3/2011 de 14 de Noviembre para los supuestos de Modificación de Contrato. 3º.-. El contratista responderá de la estricta y buena conservación de los bienes e inmuebles en los que preste el servicio siendo responsable del deterioro, desperfecto, menoscabo o desaparición de cualquier elemento. La inutilización o desaparición comportará la reposición a su cargo en igualdad de calidad y cantidad, a menos que demuestre su falta de culpa. 4.- El contratista es directamente responsable frente a terceros por los daños o perjuicios que a las personas o cosas pudieran producirse con motivo del servicio y como consecuencia del normal o anormal ejecución de sus prestaciones, incluso por deficiente manipulación o empleo de productos químicos o de cualquier naturaleza que deba emplear. A tal fin y aparte de otras responsabilidades que deba asumir legalmente, el Adjudicatario garantizará esta obligación específica con una Póliza de Seguro con la cobertura mínima que deberá ser indicada por el Ayuntamiento, copia de la cual deberá presentar en este Ayuntamiento para su constancia en el Expediente. 5.- En general será obligación del adjudicatario, desarrollar cuantas actividades sean necesarias y aplicar los elementos materiales y productos indispensables, en cantidad y calidad idóneos para la permanente buena presentación, ornato y estado de limpieza incluyendo la maquinaria que resulte precisa. 4.- PERSONAL A PRESTAR EL SERVICIO
7 El contratista tomará a su cargo (SUBROGACIÓN) el personal actualmente afecto al Servicio relacionado en el Anexo 2, al que se le respetarán los derechos laborales adquiridos. Al término de vigencia del presente Contrato, este personal quedará a cargo de la Empresa sin que ni ésta ni aquél puedan alegar derecho alguno frente al Ayuntamiento. La Empresa adjudicataria durante todo el tiempo de vigencia del contrato deberá tener contratado el personal necesario para la correcta prestación del mismo (debiendo tener en todo caso la previsión necesaria de aumento de personal (dos personas mínimo) en época estival, así como del personal especializado para realizar las labores que por su naturaleza se necesiten), y en todo caso se determina expresamente la obligación de tener un mínimo en plantilla de 4 jardineros (personal operario) durante toda la prestación del contrato, asimismo, deberá designar un responsable que coordinará y controlará los trabajos, sin perjuicio de las instrucciones que reciba del Personal Técnico o Responsable, con los que deberá estar coordinado en todo momento. Será de cuenta del contratista el dotar a los empleados de vestuario adecuado y material de seguridad necesario, de acuerdo con las normas establecidas al efecto, siendo renovado todo ello cuantas veces se precise, para que en todo momento, su aspecto sea decoroso y su seguridad no se vea mermada. 5.- FORMACIÓN DEL PERSONAL El adjudicatario pondrá especial énfasis en la formación técnica de su personal, asegurándose de que sus trabajadores conozcan las características de su puesto de trabajo, los productos a utilizar, los métodos a seguir y la actitud a mantener, así como todo lo referente a Seguridad y Salud Laboral. 6.- SEGURO. La Adjudicataria del Servicio deberá contratar los Seguros correspondientes a la actividad, y especialmente Póliza de Responsabilidad Civil que cubra los posibles riesgos derivados de la ejecución del Servicio. 7.- MATERIALES. El adjudicatario aportará todos los útiles y productos necesarios, empleándose los productos adecuados para la debida conservación, mantenimiento y limpieza. Asimismo el adjudicatario, dispondrá a su costa, cuando así sea preciso, la maquinaria y enseres necesarios para abordar las tareas necesarias. Será de cuenta del Ayuntamiento el suministro de agua y alumbrado que se precise para la ejecución de los trabajos.
8 ANEXO 1. ZONAS VERDES DEL AYUNTAMIENTO DE PUNTA UMBRÍA OBJETO DEL PROCEDIMIENTO. 1º El ámbito del Procedimiento incluye todas las superficies ajardinadas, parterres y arboleda de plantación existente actualmente en el término de Punta Umbría (incluido el núcleo urbano del Portil). No obstante, se excluyen expresamente de este contrato las siguientes áreas: - Áreas de Césped Natural del Polideportivo Antonio Gil Hernández, compuestas por el campo de fútbol, escuela de golf y zonas ajardinadas, así como las zonas ajardinadas del Polideportivo Municipal de El Portil. - Plazas Barrio Romano: Neptuno, Selene, Helios y Nautas. - Plaza de Cádiz. - Pinares naturales del término municipal, ya sean urbanos o no. 2º En cuanto a lo que se refiere al servicio de Poda incluido en el contrato, se fijan las condiciones y ámbitos siguientes: Es obligación expresa del Adjudicatario del contrato realizar la Poda de palmaceas en las Calles y Zonas siguientes del Término Municipal: AVENIDA CIUDAD DE HUELVA. ROTONDA NORTE HUELVA PUNTA UMBRIA. IGLESIA DE LOURDES. PLAZA DON JUAN DE BORBÓN (CANALETA) AVENIDA DE ANDALUCIA. AVENIDA PASCASIO. AVENIDA JOSÉ CABALLERO. PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN. CALLE DOCTOR EMILIO MORALES MORALES. BARRIADA DE LA SANTA CRUZ. BARRIADA DEL CARMEN. PLAZA DE CADIZ. AVENIDA DE PUNTA UMBRIA EN EL PORTIL. CALLE GARCETA EN EL PORTIL. RONDA DE LOS PATOS EN EL PORTIL. RONDA DE LOS PAJAROS EN EL PORTIL. CALLE DEL LORO EN EL PORTIL. CALLE ALCOTÁN EN EL PORTIL. CALLE ZORZAL EN EL PORTIL.
9 Siendo por cuenta del Ayuntamiento realizar la Poda de palmaceas de las Calles y Zonas no expresamente indicadas Es obligación expresa del Adjudicatario del contrato realizar la Poda de Arbolado en las Calles y Zonas siguientes del Término Municipal: PLAZA DE LOS MARINEROS. PASEO DE LA RIA. AYUNTAMIENTO ANTIGUO. CALLE LEPANTO. AVENIDA DEL OCEANO. AVENIDA ATLANTICO. CUESTA DEL CARMEN. CALLE SANTA MARIA. CALLE BITACORA. CALLE ESTEROS. CUÑA DE DON ENRIQUE. AVENIDA CIUDAD DE HUELVA. AVENIDA MAR DE LEVA. PLAZA DE CADIZ. CALLE PARGO. CALLE CABALLA. CALLE CORBETA. CALLE CABALLITO DE MAR. CALLE TORTUGA DE MAR. PLAZA BLAS INFANTE. PLAZA 26 DE ABRIL. PLAZA DEL SOL. PASEO DE LAS CADENAS. PLAZA DE LA PEÑA. CALLE CERRITO. AVENIDA PASEO DEL MAR. CALLE ALCALDE RICARDO SERRANO TERRADES. AVENIDA DE ANDALUCIA. OFICINA DE TURISMO. CALLE DOCTOR EMILIO MORALES MORALES. PLAZA DE LA CONSTITUCION. CALLE RUISEÑOR. CALLE COLÓN. CALLE SALMÓN. CALLE ISLA BACUTA. CALLE JUAN GOMEZ MARQUEZ. CALLE REMOLCADOR. AVENIDA DEL DECANO.
10 AVENIDA DOCTOR MACKAY. CALLE HERRERILLO. CALLE DOCTOR DOETSCH. AVENIDA SUNDHEIN. CALLE DE LA GINETA. AVENIDA ALAN BRACE. CALLE DEL SABINAR. CALLE DEL CORDON DUNAR. CALLE CURRUCA. AVENIDA J. CLAYTON. CALLE CARMEN LOPEZ ABREU. CALLE ISABEL MAÑAS VAZQUEZ. CALLE ALCALDE PEDANEO FRANCISCO RODRIGUEZ BENAVENTE. CALLE MANUEL RETAMALES BENITEZ. Siendo por cuenta del Ayuntamiento realizar la Poda de arbolado de las Calles y Zonas no expresamente indicadas.
11 ANEXO 2. SUBROGACION DE PERSONAL Relación de personal cuya subrogación se establece como obligatoria, actualmente adscritos al contrato del servicio de conservación y mantenimiento de jardines en el Termino Municipal de Punta Umbria, Categoría Jornada Antiguedad Tipo Contrato TÉCNICO TITULADO TÉCNICO TITULADO ENCARGADO AUXILIAR JARDINERO AUXILIAR JARDINERO AUXILIAR JARDINERO AUXILIAR JARDINERO 15/04/03 10/05/00 10/05/00 07/01/03 11/04/02 12/04/04 16/04/
El Servicio que se prestará, alcanza la totalidad de las labores que a continuación se relacionan:
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