AEROTRIUNFO CÍA. LTDA.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "AEROTRIUNFO CÍA. LTDA."

Transcripción

1 EIA EX POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA PISTA BLANCA PIEDRA- AEROTRIUNFO CIA. LTDA. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PARA LAS ACTIVIDADES REALIZADAS EN LA PISTA BLANCA PIEDRA EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO. Preparado para: AEROTRIUNFO CÍA. LTDA. Ing. Qco. Onassis Sánchez Mazzini Reg. MAE-065-CI categoría A SIMON BOLÍVAR, DICIEMBRE 2014

2 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 1.- RESUMEN EJECUTIVO El objeto de dar cumplimiento a lo establecido en las Normas Ecuatorianas de Protección Ambiental, los directivos de la empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA. Con su PISTA BLANCA PIEDRA, UBICADA EN EL SECTOR RÍO MILAGRO, PARROQUIA LORENZO GARAICOA CANTÓN SIMÓN BOLÍVAR cuya actividad principal es la prestación de servicio de fumigación aérea a plantaciones agrícolas, actividades que debido a su impacto requieren ser reguladas ambientalmente para de esta manera mitigar parcial o definitivamente los impactos negativos generados, además de mantener la armonía con los habitantes del sector. Es así que la empresa necesita de la elaboración de los componentes que integran un estudio ambiental para su aprobación. Entre estos documentos se destacan la obtención del Certificado de Intersección y Categorización, presentación de los Términos de Referencia, elaboración del Estudio de impacto ambiental Ex post propiamente dicho, realización del componente de Participación Social, así como los elementos requeridos dentro de estos componentes como son la elaboración de planos hidro sanitarios y de implantación detallando sus respectivas coordenadas UTM, toma de muestras y caudales, caracterización de los aspectos, etc. Luego de la elaboración de todos los componentes requeridos en el Estudio de Impacto Ambiental Ex-post se procederá a su entrega para su revisión y análisis en Gobierno Provincial del Guayas. Adicionalmente, los documentos técnicos que se deban presentar para su evaluación deberán tener la firma de responsabilidad de un profesional que conste en el Registro de Consultores calificados para este tipo de trabajos. El Estudio de Impacto Ambiental Ex post, reúnen los elementos y aspectos considerados en la Normativa Ambiental vigente en Ecuador y bibliografía técnica disponible, por lo cual se espera cumplan los requerimientos formales exigido por el Ministerio del Ambiente del Ecuador (MAE) como Autoridad Ambiental Nacional (AAN) OBJETIVO GENERAL Determinar mediante la evaluación ambiental, los impactos ambientales generados por las operaciones, instalaciones e insumos existentes en la PISTA BLANCA PIEDRA, la cual se encuentra ubicada en LORENZO DE GARAICOA Cantón SIMÓN BOLÍVAR, que permita generar correctas y precisas prácticas ambientales que estén enmarcadas dentro de la normativa ambiental vigente OBJETIVOS ESPECÍFICOS Con el fin de lograr el objetivo general planteado y, en función de la descripción de las operaciones e instalaciones existentes en la PISTA BLANCA PIEDRA de la empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA., a continuación se detallan los siguientes objetivos específicos: Cumplir con lo dispuesto en el Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA-MAE), enfatizando lo dispuesto en el Libro VI y en el SUMA y demás Normativas de tipo nacional (leyes y reglamentos), local (ordenanzas) y normas técnicas aplicables.

3 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Determinar un breve análisis del marco legal e institucional que aplique en las actividades de la PISTA BLANCA PIEDRA. Realizar un diagnóstico ambiental de los componentes físicos, bióticos y sociales que son dinámicos en el tiempo y presentarla conjuntamente con la caracterización de los aspectos que permanecen inalterables en el medio, como la geología, geomorfología, etc. Determinar las Conformidades y No conformidades, mediante la verificación del cumplimiento de la normativa ambiental vigente y de las Normas Generales de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional de los trabajadores. Diseñar un Plan de Manejo Ambiental (PMA) que permita cumplir con la normativa ambiental vigente; el mismo contendrá una serie de programas, medidas y procedimientos que permitan prevenir, controlar, minimizar y mitigar los potenciales impactos socioambientales, en beneficio de la conservación de los recursos naturales y socioculturales del área de influencia de las instalaciones. Facilitar la participación ciudadana en los momentos y términos establecidos en la normativa ambiental vigente CRITERIOS DE LA AUDITORÍA En la presente evaluación ambiental se han considerado, de manera general, dos tipos de criterios ambientales para su desarrollo: a. Principales hallazgos encontrados en las instalaciones de la BASE EL PIEDRERO Luego de haber realizado la visita técnica dentro del programa para conseguir la licencia ambiental, la empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA, en la PISTA BLANCA PIEDRA, la cual se encuentra ubicada en LORENZO DE GARAICOA Cantón SIMÓN BOLÍVAR, perteneciente a la provincia del Guayas, hemos determinado los siguientes hallazgos en dichas instalaciones: En nuestra inspección detectamos que existen derrames de soluciones agroquímicas en el piso del área de mezclado, área de aceites agrícolas y en especial el área posterior y frontal de la base, la solución para corregir estos derrames involuntarios es aplicar limpieza con mayor frecuencia en toda el área de mezclado y construir canales perimetrales de conducción de las aguas residuales; así también se observa restos de mezcla de productos químicos (color amarillento) en la parte frontal de la base estos beben dirigidos hacia los canales que a su vez deben estar conectado y desembocar en el pozo de reciclaje. La bodega se encontraba cerrada en el momento dela inspección y no se pudo constatar cómo era la disposición y almacenamientos de los insumos y agroquímicos a utilizarse.

4 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES b. Descripción de las actividades La PISTA aérea denominada PISTA BLANCA PIEDRA ubicada en LORENZO DE GARAICOA Cantón SIMÓN BOLÍVAR en la que opera la empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA, ocupa un área aproximada de 1800m2, en la que cuenta con una empacadora, que a su vez posee bodega de almacenamiento de garruchas, bodega de almacenamiento de insumos (fundas, etiquetas, cartones), bodega de fertilizantes, instalaciones donde se corta, lava, y empaca el banano. La Pista cuenta con oficinas tanto administrativas como operativas, mismas que se dividen en: Instalaciones Operativas: o o o o o o o o Almacenamiento de aceite agrícola Almacenamiento de combustible Bodega de productos químicos Bodega de Mantenimiento Bodega de repuestos Área de Mezclado Pozo de reciclaje. Plataforma. Instalaciones Administrativas: o o o o Oficina. Baños Vestidores Cuarto de pilotos HORARIOS DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA BASE EL PIEDRERO En las instalaciones de la PISTA BLANCA PIEDRA, laboran 6 personas todos eventualmente dependiendo de los programas de las fumigación en las áreas del sector, luego de culminar el trabajo de 8 horas el personal se retira a descansar. SERVICIOS BÁSICOS Sistema de Abastecimiento de Energía Eléctrica La PISTA BLANCA PIEDRA, recibe energía eléctrica del sistema público de abastecimiento Corporación Nacional de Electricidad CNEL S.A., para el funcionamiento general de toda la pista, en caso de ausencia de luz pública se cuenta con un generador para el funcionamiento del servicio. Sistema de Abastecimiento de Agua El consumo de agua, tanto para el proceso, limpieza de áreas, servicios de empleados, entre otras, se abastece a través de un pozo de agua el cual se encuentra ubicado dentro de los predios de la Pista BLANCA PIEDRA.

5 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES DESECHOS GENERADOS POR LA PISTA BLANCA PIEDRA. Desechos líquidos NOMBRE DEL RESIDUO PUNTO DE GENERACIÓN EN EL PROCESO DESTINO FINAL FORMA DE COMERCIALIZACIÓN Residuos de mezcla de fungicidas y aceites Agua residual de lavado de avionetas y de la limpieza del área de mezclado Residuos de sustancias de la Avioneta Residuo de baños Proceso de Mezcla Limpieza de avionetas, plataforma e implementos Bum de la Avioneta Baños Pozo de reciclaje Pozo de reciclaje Pozo de reciclaje Depositados en pozo séptico Elaborado por: El Se reutiliza Se reutiliza Se reutiliza Ninguna NOMBRE DEL RESIDUO Envases vacíos Fundas de papel provenientes del producto Residuos domésticos PUNTO DE GENERACIÓN EN EL PROCESO Proceso de medición y de mezclado Proceso de medición y de mezclado General Desechos sólidos DESTINO FINAL El productor retira los envases vacíos de los productos químicos después de su utilización. Se evidenció que los cartones y papeles se los almacene a aun costado de los tanques de aceites agrícolas Botadero Municipal de EL TRIUNFO Elaborado por: El FORMA DE COMERCIALIZACIÓN Ninguna Ninguna Ninguna PLAN DE MANEJO AMBIENTAL El Plan de Manejo Ambiental (PMA) ha sido establecido para proteger al personal que labora dentro de las instalaciones, así como a las comunidades más próximas a la PISTA BLANCA PIEDRA y a los componentes del ecosistema natural que constituyen el entorno de las instalaciones donde se desarrollan las operaciones normales dentro de la misma. El presente PMA ha sido diseñado para prevenir, mitigar, compensar y monitorear los impactos ambientales negativos basado en las No Conformidades (mayores y menores) las cuales surgen de la evaluación ambiental ex post realizada a las instalaciones y operaciones existentes en la Base. El PMA propone medidas ambientales preventivas, de control, de mitigación.

6 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES El PMA propone medidas ambientales preventivas, de control, de mitigación, de compensación, de contingencia, monitoreo, capacitación y seguimiento, para lo cual se presenta un formato de Fichas Ambientales enmarcadas en una serie de programas que deben ser cumplidos, tanto por la PISTA BLANCA PIEDRA como por sus usuarios externos, a fin de cumplir con el marco legal ambiental ecuatoriano. Finalmente, el Plan de Manejo Ambiental deberá ser entendido como una herramienta dinámica, y por lo tanto variable en el tiempo, el cual deberá ser actualizado y mejorado en la medida en que los procedimientos y prácticas de las actividades operativas de la Base se vayan modificando o implementando nuevas tecnologías. Esto implica que el personal de la PISTA BLANCA PIEDRA, mantenga un compromiso hacia el mejoramiento continuo de los aspectos ambientales presentes en los procesos e instalaciones existentes. Programas de Manejo Ambiental. En el marco de los requisitos establecidos en el Sistema Unificado de Manejo ambiental, para la elaboración del Plan de Manejo Ambiental, se considera los siguientes programas: o o o o o o o o o o Nombre de la medida Objetivo Criterio Normativo Posibles impactos ambientales negativos enfrentados Acciones y procedimientos a desarrollar Medio de verificación Indicadores verificables de aplica Frecuencia de ejecución Responsable de la ejecución Costo El Plan de Manejo Ambiental que la PISTA BLANCA PIEDRA. Plantea, se subdivide en una serie de planes, los cuales se mencionan a continuación: o o o o o o o o o o Plan de Prevención, Control y Mitigación de Impactos Ambientales Negativos. Plan de Manejo de Combustibles y Sustancias Químicas. Plan de Manejo de desechos sólidos peligrosos(especiales y contaminados) Plan de Manejo de desechos sólidos no peligrosos (reciclables y domésticos) Plan de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial. Plan de Educación y Capacitación Ambiental. Plan de Monitoreo y Seguimiento Ambiental. Plan de Contingencias. Plan de Relaciones Comunitarias. Plan General de Abandono.

7 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 2.- CONTENIDO 1.- RESUMEN EJECUTIVO OBJETIVO GENERAL OBJETIVOS ESPECÍFICOS CRITERIOS DE LA AUDITORÍA CONTENIDO FICHA TÉCNICA DE LAS ACTIVIDADES EN LA EMPRESA AEROTRIUNFO CIA. LTDA EN SU PISTA BLANCA PIEDRA INFORMACIÓN DEL PROMOTOR DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD INFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO DEL PROYECTO OBRA O ACTIVIDAD SIGLAS Y ABREVIATURAS MARCO LEGAL NORMATIVA APLICABLE CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (COIP) LEY ORGÁNICA DE LOS RECURSOS HÍDRICOS USO Y APROVECHAMIENTO DEL AGUA CODIFICACIÓN DE LA LEY FORESTAL Y DE CONSERVACIÓN DE ÁREAS NATURALES Y DE VIDA SILVESTRE PUBLICADA EN EL SUPLEMENTO DEL REGISTRO OFICIAL NO. 418 DEL 10 DE SEPTIEMBRE DE LEY DE AVIACIÓN CIVIL LIBRO VI, DE LA CALIDAD AMBIENTAL, TÍTULO IV, REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL ANEXO 1: NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE DESCARGA DE EFLUENTES: RECURSO AGUA (TEXTO ÚNICO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA) ANEXO 2: NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL DEL RECURSO SUELO Y CRITERIOS DE REMEDIACIÓN PARA SUELOS CONTAMINADOS (TEXTO ÚNICO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA) ANEXO 4: NORMA DE CALIDAD DE AIRE AMBIENTE (TEXTO ÚNICO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA) ANEXO 6: NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS, LIBRO VI, DE LA CALIDAD AMBIENTAL, DEL TEXTO UNIFICADO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL SECUNDARIA LIBRO VI, DE LA CALIDAD AMBIENTAL, TÍTULO V, REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN POR DESECHOS PELIGROSOS, DEL TEXTO UNIFICADO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL SECUNDARIA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL LEY ORGÁNICA DE SALUD CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, LIBRO VI. DE LA CALIDAD AMBIENTAL - NORMAS DE CALIDAD AMBIENTAL. DECRETO EJECUTIVO Nº: 3516 DEL 31 DE MARZO DEL

8 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, PUBLICADO EN EL R.O. EDICIÓN ESPECIAL NO. 2 DE 31 DE MARZO DEL LIBRO VI, DE LA CALIDAD AMBIENTAL ACUERDO MINISTERIAL NO ACUERDO NO. 161: TÍTULO V: REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN POR SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS, DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES ACUERDO MINISTERIAL NO. 142: R.O NO. 856 DEL 21 DE DICIEMBRE DEL 2012 MINISTRA DEL AMBIENTE REGLAMENTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO AMBIENTAL PARA LAS OPERACIONES HIDROCARBURÍFERAS EN EL ECUADOR EXPEDIR EL INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDO EN EL DECRETO EJECUTIVO NO. 1040, PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL NO. 332 DEL 08 DE MAYO DEL PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL PARA PROYECTOS CATEGORÍA IV SOBRE EL FACILITADOR SOCIO AMBIENTAL REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. DECRETO CÓDIGO PENAL NORMA TÉCNICA INEN 439:1984 COLORES SEÑALES Y SÍMBOLOS DE SEGURIDAD 5. DISPOSICIONES GENERALES NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTN INEN 2266:2013, TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACION SECUNDARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA LIBRO II TÍTULO VII DEL SANEAMIENTO AMBIENTAL BANANERO MARCO INSTITUCIONAL GESTIÓN DE RECURSOS NATURALES VIGENTES O MEDIDAS DE GESTIÓN DE ÁREAS PROTEGIDAS DEFINICIÓN DEL ÁREA REFERENCIAL METODOLOGÍA CERTIFICADO DE INTERSECCIÓN Y MAPAS CARTOGRÁFICOS DONDE SE IMPLANTA LA EMPRESA AEROTRIIUNFO CIA. LTDA. EN SU PISTA BLANCA PIEDRA JURISDICCIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVO SISTEMAS HIDROGRÁFICOS CARACTERIZACIÓN Y DIAGNÓSTICO DEL ÁREA REFERENCIAL DEL PROYECTO DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO COMPONENTE FÍSICO ANÁLISIS DE LA PISTA DE AEROFUMIGACIÓN BLANCA PIEDRA COMPONENTE BIOTICO COMPONENTE SOCIO ECONÓMICO Y CULTURAL CARACTERIZACIÓN DEL COMPONENTE ARQUEOLÓGICO IDENTIFICACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS O FUENTES DE CONTAMINACIÓN IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y VALORACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS AMBIENTALES DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS EN LA PISTA AEROFUMIGACIÓN BLANCA PIEDRA AEROTRIUNFO CIA. LTDA ANTECEDENTES

9 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES OBJETIVO GENERAL OBJETIVOS ESPECÍFICOS ALCANCE JUSTIFICACIÓN DE LA LOCALIZACIÓN DESCRIPCIÓN DE ÁREAS DE LA PISTA BLANCA PIEDRA INSTALACIONES OPERATIVAS ÁREA DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS, COMBUSTIBLES Y ACEITE AGRÍCOLA ÁREA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL DE BODEGAS ÁREA DE MEZCLADO ÁREA DE PLATAFORMA POZO DE RECICLAJE HORARIOS DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA PISTA BLANCA PIEDRA INVENTARIO DE EQUIPOS Y MAQUINARIA DE LA PISTA BLANCA PIEDRA SERVICIOS BÁSICOS MATERIA PRIMA DESCRIPCIÓN DE LOS PROCESOS, ACTIVIDADES Y SERVICIOS DENTRO DE LA PISTA BLANCA PIEDRA DESECHOS GENERADOS DATOS DEL GESTOR AUTORIZADO DE DESECHOS PELIGROSOS CARACTERÍSTICAS DE LAS AERONAVES CRONOGRAMA DE OPERACIÓN MONTO DE INVERSIÓN SUSTENTABILIDAD DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD ANALISIS DE ALTERNATIVAS ALTERNATIVA CERO ANÁLISIS TÉCNICO IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES INTRODUCCIÓN METODOLOGÍA ANÁLISIS DE RIESGOS DE LA PISTA BLANCA PIEDRA RIESGOS ENDÓGENOS Y EXÓGENOS RIESGOS OPERACIONALES Y OCUPACIONALES (ENDÓGENOS) RIESGOS NATURALES AMENAZA POR INUNDACIÓN AMENAZA POR SEQUÍA TERREMOTOS DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA O DE GESTIÓN ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA ÁREAS SENSIBLES SENSIBILIDAD ABIÓTICA SENSIBILIDAD BIÓTICA SENSIBILIDAD SOCIOECONÓMICA Y CULTURAL

10 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 13.- PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PLAN DE ANÁLISIS DE RIESGOS Y ALTERNATIVAS DE PREVENCIÓN PROGRAMA DE ANÁLISIS DE RIESGOS Y PREVENCIÓN PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DESECHOS LÍQUIDOS PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PLAN DE CONTINGENCIAS PLAN DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL PLAN DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO PLAN DE REHABILITACIÓN PLAN DE CIERRE, ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA CRONOGRAMA VALORADO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL GLOSARIO DE TÉRMINOS REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS FIRMAS DE RESPONSABILIDAD ANEXOS ANEXOS FOTOGRÁFICOS CERTIFICADO DE INTERSECIÓN MAPA DE INTERSECCIÓN CERTIFICADO USO DE SUELO MAPA GEOGRÁFICA DE LA PISTA BLANCA PIEDRA MAPA DE BIODIVERSIDAD MAPA DE COBERTURA VEGETAL MAPA DE GEOMORFOLOGÍA DE SUELOS MAPA DE INFRAESTRUCTURA MAPA DE MICROCUENCAS MAPA DE PARCELAS MAPA SOCIOECONÓMICO MAPA DE SUELOS MAPA DE USO DE TIERRA MAPA DE ZONAS CLIMÁTICAS CERTIFICADO DE LA AVIACIÓN CIVIL PLANO HIDROSANITARIO HOJA DE MANEJO SEGURO ETIQUETAS DE SEGURIDAD DEL REGISTRO GENERADOR DE DESECHOS PLEIGROSOS

11 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 3.- FICHA TÉCNICA DE LAS ACTIVIDADES EN LA EMPRESA AEROTRIUNFO CIA. LTDA EN SU PISTA BLANCA PIEDRA NOMBRE DEL PROYECTO ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EX POST DE LAS ACTIVIDADES DE LA EMPRESA AEROATOMIZACIONES EL TRIUNFO CIA. LTDA. EN SU BASES DE OPERACIONES DE LA PISTA BLANCA PIEDRA EN SUS FASES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y ABANDONO. SECTOR RÍO MILAGRO, PARROQUIA LORENZO DE GARAICOA, DIRECCIÓN DEL PROYECTO CANTÓN SIM N BOLÍVAR. ACTIVIDAD ECONÓMICA COORDENADAS GEOGRÁFICAS WGS-84 UBICACIÓN GEOGRÁFICA Servicio de Fumigación Aérea X Y PISTA BLANCA PIEDRA

12 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES INFORMACIÓN DEL PROMOTOR DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD INFORMACIÓN DEL PROMOTOR DEL PROYECTO RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA AEROATOMIZACIONES EL TRIUNFO AEROTRIUNFO CIA. RUC REPRESENTANTE LEGAL DIRECCIÓN DE LA EMPRESA SALVATIERRA FUENTES HENRY OSWALDO PARROQUIA EL TRIUNFO, CANTÓN EL TRIUNFO, CIUDADELA LA VICTORIA TELÉFONO aerotriunfo@hotmail.com

13 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES INFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO DEL PROYECTO OBRA O ACTIVIDAD INFORMACIÓN DEL CONSULTOR NOMBRE DEL CONSULTOR REGISTRO DE CONSULTOR DIRECCIÓN DE LA EMPRESA ING. ONASIS SÁNCHEZ MAZZINI MAE-065-CI Cdla. Guayaquil, Manzana 3 Solar 17, Edifico Apolo 3er. Piso TELÉFONO megaquimica.s.a@gmail.com

14 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES EQUIPO TÉCNICO DEL PROYECTO PROFESIONALES/EXPERTOS GRADO ACADÉMICO ÁREAS DE EXPERIENCIA ONASSIS SÁNCHEZ MAZINI INGENIERO QUÍMICO CONSULTOR AMBIENTAL CHRISTIAN COTO RIVERA EGRESADO DE INGENIERÍA QUÍMICA JEFE TÉCNICO AMBIENTAL MICHELLE PLAZA SALAZAR ESTUDIANTE DE INGENIERÍA QUÍMICA TÉCNICA AMBIENTAL RONALD PACHECO CHOEZ ESTUDIANTE DE INGENIERÍA QUÍMICA TÉCNICO AMBIENTAL NORKA GUTIEREZ PEREZ ESTUDIANTE INGENIERÍA SISTEMAS ASISTENTE DE OPERACIONES FIRMAS DE RESPONSABILIDAD DEL EQUIPO TÉCNICO RESPONSABLE Ing. Cristhian Coto Rivera Jefe Técnico Ambiental Ronald Pacheco Choez Técnico Ambiental Michelle Plaza Salazar Técnico Ambiental Norka Gutiérrez P. Asistente de Operaciones

15 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 4.- SIGLAS Y ABREVIATURAS AAc: Autoridad Ambiental Competente. CO: Monóxido de carbono. EIA: Estudio de Impacto Ambiental. EPA: Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de América. EPP: Equipos de protección personal. HACCP: Análisis de Riesgos y Puntos Críticos de Control. HCl: Ácido clorhídrico. IESS: Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. INEN: Instituto Ecuatoriano de Normalización. ISO: Organización Internacional de Normalización. DMA: Dirección de Medio Ambiente. MAE: Ministerio del Ambiente del Ecuador. NFPA: National Fire Protection Association (Asociación Nacional de Protección contra Incendios). NTE: Norma Técnica Ecuatoriana. OEA: Organismo de Estados Americanos. O3: Oxidantes fotoquímicos (Ozono). PMA: Plan de Manejo Ambiental. PM10: Material Particulado menor a 10 micrones. SO2: Dióxido de azufre. STARD: Sistema de tratamiento de aguas residuales domésticas. STPQP: Técnica de productos químicos peligrosos TULSMA: Texto Unificado de Legislación Ambiental Segundaria Ministerio del Ambiente. RRHH: Recursos Humanos.

16 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 5.- MARCO LEGAL Normativa Aplicable CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Constitución de la República del Ecuador, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente y el Referéndum aprobatorio, que se encuentra publicado en el Registro Oficial No. 449 del día lunes 20 de octubre del TÍTULO II: DERECHOS CAPÍTULO II. DERECHOS DEL BUEN VIVIR Art Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumakkawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. CAPÍTULO VII. DERECHOS DE LA NATURALEZA Art La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema. Art La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas. Art EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional. Art Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir. Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado. CAPÍTULO I. BIODIVERSIDAD Y RECURSOS NATURALES SECCIÓN PRIMERA: Naturaleza y Medio Ambiente Art La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales: 1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras.

17 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas en el territorio nacional. 3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales. 4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza. Art El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas. La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas. Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de control ambiental permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles. Art En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental. Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a: 1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado. 2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales. 3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente. 4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado. 5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales, basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad. Art Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado. La ley regulará la consulta previa, la participación ciudadana, los plazos, el sujeto consultado y los criterios de valoración y de objeción sobre la

18 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES actividad sometida a consulta. El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la ley y los instrumentos internacionales de derechos humanos. Si del referido proceso de consulta resulta una oposición mayoritaria de la comunidad respectiva, la decisión de ejecutar o no el proyecto será adoptada por resolución debidamente motivada de la instancia administrativa superior correspondiente de acuerdo con la ley. Art El ejercicio integral de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza. SECCIÓN SEGUNDA: BIODIVERSIDAD Art El Estado ejercerá la soberanía sobre la biodiversidad, cuya administración y gestión se realizará con responsabilidad intergeneracional. Se declara de interés público la conservación de la biodiversidad y todos sus componentes, en particular la biodiversidad agrícola y silvestre y el patrimonio genético del país. Art Se declara al Ecuador libre de cultivos y semillas transgénicas. Excepcionalmente, y sólo en caso de interés nacional debidamente fundamentado por la Presidencia de la República y aprobado por la Asamblea Nacional, se podrán introducir semillas y cultivos genéticamente modificados. El Estado regulará bajo estrictas normas de bioseguridad, el uso y el desarrollo de la biotecnología moderna y sus productos, así como su experimentación, uso y comercialización. Se prohíbe la aplicación de biotecnologías riesgosas o experimentales. Art Se prohíbe el otorgamiento de derechos, incluidos los de propiedad intelectual, sobre productos derivados o sintetizados, obtenidos a partir del conocimiento colectivo asociado a la biodiversidad nacional. Art El Estado no se comprometerá en convenios o acuerdos de cooperación que incluyan cláusulas que menoscaben la conservación y el manejo sustentable de la biodiversidad, la salud humana y los derechos colectivos y de la naturaleza. SECCIÓN SEXTA: Agua Art El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua. La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua. Art La autoridad a cargo de la gestión del agua será responsable de su planificación, regulación y control. Esta autoridad cooperará y se coordinará con la que tenga a su cargo la gestión ambiental para garantizar el manejo del agua con un enfoque eco sistémico CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL (COIP) Título IV Infracciones en particular CAPÍTULO CUARTO DELITOS CONTRA EL AMBIENTE Y LA NATURALEZA O PACHA MAMA

19 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES SECCIÓN PRIMERA Delitos contra la biodiversidad Artículo Invasión de áreas de importancia ecológica.- La persona que invada las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o ecosistemas frágiles, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se aplicará el máximo de la pena prevista cuando: 1. Como consecuencia de la invasión, se causen daños graves a la biodiversidad y recursos naturales. 2. Se promueva, financie o dirija la invasión aprovechándose de la gente con engaño o falsas promesas. Artículo Incendios forestales y de vegetación.- La persona que provoque directa o indirectamente incendios o instigue la comisión de tales actos, en bosques nativos o plantados o páramos, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se exceptúan las quemas agrícolas o domésticas realizadas por las comunidades o pequeños agricultores dentro de su territorio. Si estas quemas se vuelven incontrolables y causan incendios forestales, la persona será sancionada por delito culposo con pena privativa de libertad de tres a seis meses. Si como consecuencia de este delito se produce la muerte de una o más personas, se sancionará con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años. Artículo Delitos contra la flora y fauna silvestres.- La persona que cace, pesque, capture, recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, se beneficie, permute o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de flora o fauna silvestre terrestre, marina o acuática, de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias, listadas a nivel nacional por la Autoridad Ambiental Nacional así como instrumentos o tratados internacionales ratificados por el Estado, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se aplicará el máximo de la pena prevista si concurre alguna de las siguientes circunstancias: 1. El hecho se cometa en período o zona de producción de semilla o de reproducción o de incubación, anidación, parto, crianza o crecimiento de las especies. 2. El hecho se realice dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Se exceptúan de la presente disposición, únicamente la cacería, la pesca o captura por subsistencia, las prácticas de medicina tradicional, así como el uso y consumo doméstico de la madera realizada por las comunidades en sus territorios, cuyos fines no sean comerciales ni de lucro, los cuales deberán ser coordinados con la Autoridad Ambiental Nacional. Artículo Delitos contra los recursos del patrimonio genético nacional.- El atentado contra el patrimonio genético ecuatoriano constituye delito en los siguientes casos: 1. Acceso no autorizado: la persona que incumpliendo la normativa nacional acceda a recursos genéticos del patrimonio nacional que incluya o no componente intangible asociado, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años de prisión. La pena será agravada en un tercio si se demuestra que el acceso ha tenido finalidad comercial. 2. Erosión genética: la persona que con sus acciones u omisiones ingrese, reproduzca, trafique o

20 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES comercialice organismos o material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional, que incluyan o no componente intangible asociado, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años, tomando en consideración el valor de los perjuicios causados. 3. Pérdida genética: la persona que con sus acciones u omisiones provoque pérdida del patrimonio genético nacional, que incluya o no componente intangible asociado será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años, tomando en consideración el valor de los perjuicios causados. PARÁGRAFO ÚNICO Contravención de maltrato y muerte de mascotas o animales de compañía Artículo Maltrato o muerte de mascotas o animales de compañía.- La persona que por acción u omisión cause daño, produzca lesiones, deterioro a la integridad física de una mascota o animal de compañía, será sancionada con pena de cincuenta a cien horas de servicio comunitario. Si se causa la muerte del animal será sancionada con pena privativa de libertad de tres a siete días. Se exceptúan de esta disposición, las acciones tendientes a poner fin a sufrimientos ocasionados por accidentes graves, enfermedades o por motivos de fuerza mayor, bajo la supervisión de un especialista en la materia. Artículo Peleas o combates entre perros.- La persona que haga participar perros, los entrene, organice, promocione o programe peleas entre ellos, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez días. Si se causa mutilación, lesiones o muerte del animal, será sancionada con pena privativa de libertad de quince a treinta días. SECCIÓN SEGUNDA Delitos contra los recursos naturales Artículo Delitos contra el agua.- La persona que contraviniendo la normativa vigente, contamine, deseque o altere los cuerpos de agua, vertientes, fuentes, caudales ecológicos, aguas naturales afloradas o subterráneas de las cuencas hidrográficas y en general los recursos hidrobiológicos o realice descargas en el mar provocando daños graves, será sancionada con una pena privativa de libertad de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y permanentes. Artículo Delitos contra suelo.- La persona que contraviniendo la normativa vigente, en relación con los planes de ordenamiento territorial y ambiental, cambie el uso del suelo forestal o el suelo destinado al mantenimiento y conservación de ecosistemas nativos y sus funciones ecológicas, afecte o dañe su capa fértil, cause erosión o desertificación, provocando daños graves, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Se impondrá el máximo de la pena si la infracción es perpetrada en un espacio del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o si la infracción es perpetrada con ánimo de lucro o con métodos, instrumentos o medios que resulten en daños extensos y permanentes.

21 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Artículo Contaminación del aire.- La persona que, contraviniendo la normativa vigente o por no adoptar las medidas exigidas en las normas, contamine el aire, la atmósfera o demás componentes del espacio aéreo en niveles tales que resulten daños graves a los recursos naturales, biodiversidad y salud humana, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. SECCIÓN TERCERA Delitos contra la gestión ambiental Artículo Gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o sustancias peligrosas.- La persona que, contraviniendo lo establecido en la normativa vigente, desarrolle, produzca, tenga, disponga, queme, comercialice, introduzca, importe, transporte, almacene, deposite o use, productos, residuos, desechos y sustancias químicas o peligrosas, y con esto produzca daños graves a la biodiversidad y recursos naturales, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años cuando se trate de: 1. Armas químicas, biológicas o nucleares. 2. Químicos y Agroquímicos prohibidos, contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos y sustancias radioactivas. 3. Diseminación de enfermedades o plagas. 4. Tecnologías, agentes biológicos experimentales u organismos genéticamente modificados nocivos y perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la biodiversidad y recursos naturales. Si como consecuencia de estos delitos se produce la muerte, se sancionará con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años. Artículo Falsedad u ocultamiento de información ambiental.- La persona que emita o proporcione información falsa u oculte información que sea de sustento para la emisión y otorgamiento de permisos ambientales, estudios de impactos ambientales, auditorías y diagnósticos ambientales, permisos o licencias de aprovechamiento forestal, que provoquen el cometimiento de un error por parte de la autoridad ambiental, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se impondrá el máximo de la pena si la o el servidor público, con motivo de sus funciones o aprovechándose de su calidad de servidor o sus responsabilidades de realizar el control, tramite, emita o apruebe con información falsa permisos ambientales y los demás establecidos en el presente artículo. SECCIÓN CUARTA Disposiciones comunes Artículo Definiciones y normas de la Autoridad Ambiental Nacional.- La Autoridad Ambiental Nacional determinarán para cada delito contra el ambiente y la naturaleza las definiciones técnicas y alcances de daño grave. Así también establecerá las normas relacionadas con el derecho de restauración, la identificación, ecosistemas frágiles y las listas de las especies de flora y fauna silvestres de especies amenazadas, en peligro de extinción y migratorias. Artículo Obligación de restauración y reparación.- Las sanciones previstas en este capítulo, se aplicarán concomitantemente con la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas y la obligación de compensar, reparar e indemnizar a las personas y comunidades afectadas por los daños. Si el Estado asume dicha responsabilidad, a través

22 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES de la Autoridad Ambiental Nacional, la repetirá contra la persona natural o jurídica que cause directa o indirectamente el daño. La autoridad competente dictará las normas relacionadas con el derecho de restauración de la naturaleza, que serán de cumplimiento obligatorio. Artículo Pena para las personas jurídicas.- En los delitos previstos en este Capítulo, si se determina responsabilidad penal para la persona jurídica se sancionará con las siguientes penas: 1. Multa de cien a trescientos salarios básicos unificados del trabajador en general, clausura temporal, comiso y la remediación de los daños ambientales, si el delito tiene prevista una pena de privación de libertad de uno a tres años. 2. Multa de doscientos a quinientos salarios básicos unificados del trabajador en general, clausura temporal, comiso y la remediación de los daños ambientales, si el delito tiene prevista una pena de privación de libertad de tres a cinco años. 3. Multa de quinientos a mil salarios básicos unificados del trabajador en general, clausura definitiva, comiso y la remediación de los daños ambientales, si el delito tiene prevista una pena de privación de libertad superior a cinco años. Artículo Atenuantes.- Se podrá reducir hasta un cuarto de las penas contenidas en este Capítulo, cuando la persona que ha cometido la infracción, adopte las medidas y acciones que compensen los daños ambientales. La calificación y seguimiento de las medidas y acciones se hará bajo la responsabilidad de la Autoridad Ambiental Nacional. SECCIÓN QUINTA Delitos contra los recursos naturales no renovables PARÁGRAFO PRIMERO Delitos contra los recursos mineros Artículo Actividad ilícita de recursos mineros.- La persona que sin autorización de la autoridad competente, extraiga, explote, explore, aproveche, transforme, transporte, comercialice o almacene recursos mineros, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. En caso de minería artesanal será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Si producto de este ilícito se ocasionan daños al ambiente, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años. Artículo Financiamiento o suministro de maquinarias para extracción ilícita de recursos mineros.- La persona que, en beneficio propio o de terceros, financie o suministre a cualquier título, maquinaria, equipos, herramientas y en general cualquier instrumento que se utilice para realizar las actividades ilícitas descritas en el artículo anterior, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años. PARÁGRAFO SEGUNDO Delitos contra la actividad Hidrocarburífera, derivados de hidrocarburos, gas licuado de petróleo y biocombustibles Artículo Paralización del servicio de distribución de combustibles.- La persona que paralice o suspenda de manera injustificada el servicio público de expendio o distribución

23 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES de hidrocarburos o sus derivados, incluido el gas licuado de petróleo y biocombustibles, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año. Artículo Adulteración de la calidad o cantidad de productos derivados de hidrocarburos, gas licuado de petróleo o biocombustibles.- La persona que por sí o por medio de un tercero, de manera fraudulenta o clandestina adultere la calidad o cantidad de los hidrocarburos o sus derivados, incluido el gas licuado de petróleo y biocombustibles, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Artículo Almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal o mal uso de productos derivados de hidrocarburos, gas licuado de petróleo o biocombustibles.- La persona que sin la debida autorización, almacene, transporte, envase, comercialice o distribuya productos hidrocarburíferos o sus derivados, incluido el gas licuado de petróleo y biocombustibles o estando autorizada, lo desvíe a un segmento distinto, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Las personas que utilicen derivados de hidrocarburos, incluido el gas licuado de petróleo y biocombustibles, en actividades distintas a las permitidas expresamente por la Ley o autoridad competente, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. Artículo Almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de hidrocarburos en las provincias fronterizas, puertos marítimos o fluviales o mar territorial.- La persona que, en las provincias fronterizas, puertos marítimos, fluviales o mar territorial,almacene, transporte, envase, comercialice o distribuya sin la debida autorización, productos derivados de hidrocarburos incluido el gas licuado de petróleo o biocombustibles, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Con la misma pena, será sancionada en el caso que no se detecte la presencia de una sustancia legalmente autorizada, que aditiva da a los combustibles permita identificarlos o que modifique la estructura original del medio de transporte sin contar con la autorización de la entidad del Estado correspondiente. Artículo Sustracción de hidrocarburos.- La persona que por medios fraudulentos o clandestinos se apodere de hidrocarburos, sus derivados, incluido el gas licuado de petróleo y biocombustibles, cuando sean transportados a través de un oleoducto, gasoducto, poliducto o a través de cualquier otro medio o cuando estos se encuentren almacenados en fuentes inmediatas de abastecimiento o plantas de bombeo, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Artículo Sanción a la persona jurídica.- Si se determina responsabilidad penal de la persona jurídica por las acciones tipificadas en esta Sección será sancionada con multa de quinientos a mil salarios básicos unificados del trabajador en general LEY ORGÁNICA DE LOS RECURSOS HÍDRICOS USO Y APROVECHAMIENTO DEL AGUA (Publicada en el Registro Oficial de Agosto del 2014). TÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES CAPÍTULO I DE LOS PRINCIPIOS Artículo 1.- Naturaleza jurídica. Los recursos hídricos son parte del patrimonio natural del Estado y serán de su competencia exclusiva, la misma que se ejercerá concurrentemente

24 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES entre el Gobierno Central y los Gobiernos Autónomos Descentralizados, de conformidad con la Ley. El agua es patrimonio nacional estratégico de uso público, dominio inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida, elemento vital de la naturaleza y fundamental para garantizar la soberanía alimentaria. Artículo 2.- Ámbito de aplicación. La presente Ley Orgánica regirá en todo el territorio nacional, quedando sujetos a sus normas las personas, nacionales o extranjeras que se encuentren en él. Artículo 3.- Objeto de la Ley. El objeto de la presente Ley es garantizar el derecho humano al agua así como regular y controlar la autorización, gestión, preservación, conservación, restauración, de los recursos hídricos, uso y aprovechamiento del agua, la gestión integral y su recuperación, en sus distintas fases, formas y estados físicos, a fin de garantizar el sumak kawsay o buen vivir y los derechos de la naturaleza establecidos en la Constitución. Artículo 4.- Principios de la Ley. Esta Ley se fundamenta en los siguientes principios: a) La integración de todas las aguas, sean estas, superficiales, subterráneas o atmosféricas, en el ciclo hidrológico con los ecosistemas; b) El agua, como recurso natural debe ser conservada y protegida mediante una gestión sostenible y sustentable, que garantice su permanencia y calidad; c) El agua, como bien de dominio público, es inalienable, imprescriptible e inembargable; d) El agua es patrimonio nacional y estratégico al servicio de las necesidades de las y los ciudadanos y elemento esencial para la soberanía alimentaria; en consecuencia, está prohibido cualquier tipo de propiedad privada sobre el agua; e) El acceso al agua es un derecho humano; f) El Estado garantiza el acceso equitativo al agua; g) El Estado garantiza la gestión integral, integrada y participativa del agua; y, h) La gestión del agua es pública o comunitaria. Artículo 5.- Sector estratégico. El agua constituye patrimonio nacional, sector estratégico de decisión y de control exclusivo del Estado a través de la Autoridad Única del Agua. Su gestión se orientará al pleno ejercicio de los derechos y al interés público, en atención a su decisiva influencia social, comunitaria, cultural, política, ambiental y económica. Artículo 6.- Prohibición de privatización. Se prohíbe toda forma de privatización del agua, por su trascendencia para la vida, la economía y el ambiente; por lo mismo esta no puede ser objeto de ningún a extranjera. Su gestión será exclusivamente pública o comunitaria. No se reconocerá ninguna forma de apropiación o de posesión individual o colectiva sobre el agua, cualquiera que sea su estado. En consecuencia, se prohíbe: a) Toda delegación al sector privado de la gestión del agua o de alguna de las competencias asignadas constitucional o legalmente al Estado a través de la Autoridad Única del Agua o a los Gobiernos Autónomos Descentralizados; Documento con posibles errores digitalizado de la publicación original. Favor verificar con imagen. No imprima este documento a menos que sea absolutamente necesario. Segundo Suplemento -- Registro Oficial Nº Miércoles 6 de agosto de b) La gestión indirecta, delegación o externalización de la prestación de los servicios públicos relacionados con el ciclo integral del agua por parte de la iniciativa privada; c) Cualquier acuerdo comercial que imponga un régimen económico basado en el lucro para la gestión del agua; d) Toda forma de mercantilización de los servicios ambientales sobre el agua con fines de lucro; e) Cualquier forma de convenio o acuerdo de cooperación que incluya cláusulas que menoscaben la conservación, el manejo sustentable del agua, la biodiversidad, la salud humana, el derecho humano al agua, la soberanía alimentaria, los derechos humanos y de la naturaleza; y, f) El otorgamiento de autorizaciones perpetuas o de plazo indefinido para el uso o aprovechamiento del agua.

25 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Artículo 7.- Actividades en el sector estratégico del agua. La prestación del servicio público del agua es exclusivamente pública o comunitaria. Excepcionalmente podrán participar la iniciativa privada y la economía popular y solidaria, en los siguientes casos: a) Declaratoria de emergencia adoptada por la autoridad competente, de conformidad con el ordenamiento jurídico; o, b) Desarrollo de subprocesos de la administración del servicio público cuando la autoridad competente no tenga las condiciones técnicas o financieras para hacerlo. El plazo máximo será de diez años, previa auditoría. Artículo 8.- Gestión integrada de los recursos hídricos. La Autoridad Única del Agua es responsable de la gestión integrada e integral de los recursos hídricos con un enfoque ecosistémico y por cuenca o sistemas de cuencas hidrográficas, la misma que se coordinará con los diferentes niveles de gobierno según sus ámbitos de competencia. Se entiende por cuenca hidrográfica la unidad territorial delimitada por la línea divisoria de sus aguas que drenan superficialmente hacia un cauce común, incluyen en este espacio poblaciones, infraestructura, áreas de conservación, protección y zonas productivas. Cuando los límites de las aguas subterráneas no coinciden con la línea divisoria de aguas superficiales, dicha delimitación incluirá la proyección de las aguas de recarga Subterráneas que fluyen hacia la cuenca delimitada superficialmente. La Autoridad Única del Agua aprobará la delimitación concreta de las cuencas hidrográficas y su posible agrupación a efectos de planificación y gestión así como la atribución de las aguas subterráneas a la cuenca que corresponda. La gestión integrada e integral de los recursos hídricos será eje transversal del sistema nacional descentralizado de planificación participativa para el desarrollo. Artículo. 9.- Garantía de los derechos y políticas públicas. El Estado asignará de manera equitativa y solidaria el presupuesto público para la ejecución de políticas y prestación de servicios públicos de conformidad con la Ley CODIFICACIÓN DE LA LEY FORESTAL Y DE CONSERVACIÓN DE ÁREAS NATURALES Y DE VIDA SILVESTRE Publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 418 del 10 de septiembre de El Art. 5 determina las atribuciones y funciones del MAE, entre las cuales se pueden citar: a) Delimitar y administrar el área forestal y las áreas naturales y de vida Silvestre pertenecientes al Estado; b) Velar por la conservación y el aprovechamiento racional de los recursos forestales y naturales existentes; c) Fomentar y ejecutar las políticas relativas a la conservación, fomento, protección, investigación, manejo, industrialización y comercialización del recurso forestal, así como de las áreas naturales y de vida silvestre; d) Elaborar y ejecutar los planes, programas y proyectos para el desarrollo del subsector, en los campos de forestación, investigación, explotación, manejo y protección de bosques naturales y plantados, cuencas hidrográficas, áreas naturales y vida silvestre; e) Administrar, conservar y fomentar los siguientes recursos naturales renovables: bosques de protección y de producción, tierras de aptitud forestal, fauna y flora silvestre, parques nacionales y unidades equivalentes y áreas de reserva para los fines antedichos;

26 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES f) Promoverá la acción coordinada con entidades, para el ordenamiento y manejo de las cuencas hidrográficas, así como, en la administración de las áreas naturales del Estado, y los bosques localizados en tierras de dominio público; g) Estudiar, investigar y dar asistencia técnica relativa al fomento, manejo y aprovechamiento de los recursos forestales, áreas naturales y de vida Silvestre. El Art. 66 señala que el patrimonio de áreas naturales del Estado se halla constituido por el conjunto de áreas silvestres que se destacan por su valor protector, científico, escénico, educacional, turístico y recreacional, por su flora y fauna, o porque constituyen ecosistemas que contribuyen a mantener el equilibrio del ambiente. La determinación y delimitación de las áreas que forman este patrimonio, corresponderá al Ministerio del Ambiente, mediante Acuerdo, sin perjuicio de las áreas ya establecidas por leyes especiales, decretos o acuerdos ministeriales anteriores a esta Ley. El Art. 67 señala la clasificación de las áreas naturales del patrimonio del Estado para efectos de su administración, en las siguientes categorías: a) Parques Nacionales b) Reserva ecológica c) Refugio de vida silvestre d) Reservas biológicas e) Áreas nacionales de recreación f) Reserva de producción de fauna g) Área de caza y pesca Se menciona que el patrimonio de áreas naturales del Estado deberá conservarse inalterado. A este efecto se formularán planes de ordenamiento de cada una de dichas áreas. Este patrimonio es inalienable e imprescriptible y no puede constituirse sobre él ningún derecho real (Art. 68) La administración del Patrimonio de Áreas Naturales del Ecuador (PANE) y todo lo que engloba (planificación, manejo, desarrollo, administración, protección y control) estará a cargo del MAE (Art. 69) El Art. 71 establece que el patrimonio de áreas naturales del Estado se manejara de acuerdo a programas específicos de ordenamiento y en dichas áreas sólo se ejecutarán las obras de infraestructura que autorice la autoridad ambiental nacional. El Art. 78 y siguientes señala las diversas infracciones contempladas en esta Ley y sus respectivas penas. El Art. 106 incorpora dentro del patrimonio nacional de áreas protegidas la categoría de reserve marina y la define. Finalmente, el Art. 107 define ciertos términos técnicos de interés en la materia LEY DE AVIACIÓN CIVIL Registró Oficial 435 S 11- ENE TITULO IV DISPOSICIONES GENERALES Art Toda persona natural o jurídica, nacional y las extranjeras con centro de operaciones y mantenimiento en el Ecuador, contratarán, según el caso, para los servicios de pilotos, tripulación de abordo, técnicos, profesionales y personal administrativo a

27 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES ciudadanos ecuatorianos, de acuerdo con las leyes aplicables y el reglamento respectivo. Art Los servicios aéreos ecuatorianos solo podrán explotarse por personas naturales ecuatorianas o por personas jurídicas constituidas en el Ecuador, ya sea con inversiones nacionales o extranjeras. Art Las concesiones y permisos de operación para la explotación de los servicios de transporte aéreo público, interno e internacional, sólo podrán ser otorgados a empresas que se hubieren constituido específicamente para dedicarse a esta actividad, con un capital no inferior a veinte veces el monto señalado por la Ley de Compañías para las sociedades anónimas. Art Son obligaciones de operadores y personal aeronáutico, las siguientes: 1. Cada operador deberá efectuar la inspección de mantenimiento, reparación general y reparación de todo el equipo usado en las operaciones de aviación civil y, asegurarse que las operaciones conducidas estén de acuerdo con esta Ley, las regulaciones, directivas y órdenes respectivas dictadas por el Director de Aviación Civil; 2. El poseedor de un certificado de transportador u operador aéreo, deberá asegurarse que el mantenimiento de las aeronaves y sus operaciones se conduzcan en aras del interés público y de acuerdo con los requerimientos de esta Ley, las regulaciones, directivas y órdenes respectivas dictadas por el Director de Aviación Civil; 3. El poseedor de una licencia de piloto, deberá observar y cumplir con la autorización y limitaciones de esa licencia, con los requerimientos de esta Ley y las regulaciones, directivas y órdenes respectivas; emitidas de conformidad con la misma; 4. Toda persona que realiza funciones en la aviación civil, deberá observar y cumplir con los requerimientos de esta Ley, con las órdenes, reglas, y regulaciones emitidas en el marco de esta Ley y relativas a sus funciones; y, 5. Toda persona que ofrece o acepta embarques, carga o equipaje que contenga mercancías peligrosas para el transporte aéreo comercial, ya sea que se origine o arribe en vuelos internacionales hacia o desde el Ecuador o para vuelos domésticos, deberá cumplir las disposiciones de las regulaciones técnicas RDAC, o del Anexo 18 de la Convención de Chicago y con las instrucciones técnicas de la OACI para el transporte seguro de mercancías peligrosas por aire. Art Una aeronave para operar en actividades aero-comerciales en el territorio ecuatoriano debe: 1. Ser aeronave civil; 2. Tener matrícula otorgada por la Dirección General de Aviación Civil; 3. Mantener un certificado tipo que le permita efectuar la operación propuesta; 4. Mantener un certificado de aeronavegabilidad vigente; 5. Ser operada por una persona natural o jurídica, ecuatoriana, debidamente certificada, que disponga de autorización otorgada por el Consejo Nacional de Aviación Civil o por el Director; 6. Cumplir con las regulaciones técnicas de aviación civil RDAC aplicables; y,

28 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 7. Ser tripulada por personal civil ecuatoriano. Art Una aeronave de matrícula extranjera, para ser operada por una compañía ecuatoriana en actividades Aero-comerciales dentro, hacia y desde el territorio ecuatoriano, debe: 1. Mantener un certificado tipo que le permita efectuar la operación propuesta; 2. La compañía operadora deberá estar debidamente certificada y disponer de una autorización otorgada por el Consejo Nacional de Aviación Civil o por el Director; 3. Mantener vigente el certificado de aeronavegabilidad extranjero; 4. Ser tripulada por personal civil ecuatoriano; 5. Que el estado de registro, cumpla con los requisitos y obligaciones del Convenio de Chicago en lo relativo a la aeronavegabilidad de la aeronave y de ser necesario, se firme un convenio que acepte las acciones de vigilancia del Ecuador sobre el certificado de aeronavegabilidad; 6. Que el Estado de registro reconozca las licencias del personal aeronáutico ecuatoriano involucrado en la operación de esa aeronave; y, 7. Cumplir con las regulaciones técnicas de aviación civil RDAC aplicables. Art Una aeronave civil, para operaren el territorio ecuatoriano debe: 1. Tener matrícula otorgada por la Dirección General de Aviación Civil o por su país de registro; 2. Mantener un certificado tipo que le permita efectuar la operación privada; y, 3. Cumplir con las regulaciones técnicas de aviación civil RDAC aplicables. TITULO V. DE LAS CONTRAVENCIONES Y SANCIONES CAPÍTULO II De las contravenciones y sanciones a explotadores y/u operadores de aeronaves civiles. Art Las contravenciones en que incurran los explotadores y/u operadores de aeronaves civiles son las siguientes: 1. Contravenciones de primera clase; 2. Contravenciones de segunda clase; y, 3. Contravenciones de tercera clase. Art Son contravenciones de primera clase y serán sancionadas, según su gravedad, con multa de a dólares de los Estados Unidos de América, las siguientes: a) No disponer de la documentación técnica y manuales de a bordo, exigidos por la reglamentación técnica; o utilizar manuales desactualizados; b) Tener registros de mantenimiento y operaciones incompletos o desactualizados; c) Negarse a participar en operaciones de búsqueda y salvamento sin causa justificada; d) Matricular la aeronave en el registro de otro estado sin haber cancelado la matrícula ecuatoriana;

29 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES e) Modificar o alterar las marcas de nacionalidad y matrícula, sin autorización de la Dirección General de Aviación Civil; f) No registrar en sus libros los trabajos de mantenimiento realizados; g) Realizar trabajos no autorizados por los manuales y las especificaciones técnicas en las aeronaves, motores, hélices y componentes; h) Permitir que se transporte cadáveres y personas afectadas por enfermedades mentales o contagiosas, sin la correspondiente autorización; o, negar su transporte cuando se encuentre debidamente autorizado; i) La inobservancia de las normas de seguridad en el interior de las aeronaves; j) Permitir que se realicen operaciones de fumigación aérea sin utilizar equipos de protección apropiados, de conformidad con las regulaciones y disposiciones del Director; k) No cumplir con las normas de seguridad establecidas para el abastecimiento de combustible de las aeronaves; l) No registrar en la Dirección General de Aviación Civil las tarifas del transporte de pasajeros y de carga; m) Incumplimiento de las normas de despacho de aeronaves en su operación; n) Permitir el ingreso de personas o vehículos no autorizados a las áreas restringidas de un aeropuerto, operaciones, calles de rodaje, pistas de aterrizaje o áreas de maniobra, ya sea que provoquen o no el cierre de las operaciones aéreas; y, o) Todas las demás acciones u omisiones de los explotadores u operadores que infrinjan o incumplan de cualquier forma, las obligaciones alas que se encuentran obligados por las regulaciones técnicas RDAC y demás leyes y reglamentos pertinentes que no estén considerados como contravenciones de segunda y tercera clase. Art Son contravenciones de segunda clase y serán sancionadas según su gravedad con multa de a dólares de los Estados Unidos de América, o la suspensión de hasta tres meses de la concesión o permiso de operación, las siguientes: a) No informar, en el tiempo requerido en las RDAC, a la Dirección General de Aviación Civil de los accidentes o incidentes relacionados con sus aeronaves, en territorio nacional o extranjero; b) Permitir que una aeronave opere sin las marcas de nacionalidad o matrícula correspondientes; c) En el caso de transporte aéreo regular, realizar operaciones aéreas incumpliendo rutas, horarios o cancelando frecuencias de vuelo, aprobados por la autoridad aeronáutica, sin causa justificada; d) En el caso de servicio aéreo no regular, anunciar o publicitar horarios y frecuencias de vuelo; e) En el servicio aéreo no regular, efectuar periódicamente vuelos en determinados días de la semana y con frecuencia tal que puedan constituir vuelos regulares; f) Incumplir cualquier otra obligación, incluida en la concesión o permisos de operación; g) No cumplir con las directivas de aeronavegabilidad o documentación técnica del fabricante y de la autoridad aeronáutica; h) Utilizar en las aeronaves productos, partes o materiales no aprobados para aviación, transgrediendo las especificaciones del certificado tipo o, que no hayan sido

30 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES inspeccionadas, reparadas, calibradas y certificadas por una entidad técnica autorizada o reconocida por la Dirección General de Aviación Civil; i) Efectuar mantenimiento sin utilizar herramientas, equipos y aparatos de ensayo apropiados, de conformidad con las normas, boletines y recomendaciones de los fabricantes; j) Obstaculizar las actividades de los inspectores de la Dirección General de Aviación Civil; k) Realizar operaciones excediendo los límites de tiempo de vuelo, períodos de descanso de las tripulaciones, determinados en las regulaciones técnicas; l) Operar una aeronave, sin la correspondiente aprobación de mantenimiento; m) Operar una aeronave sin cumplir con lo estipulado en la Lista Mínima de Equipo (MEL); n) Autorizar durante el vuelo, el ingreso a la cabina de mando, de personas no calificadas bajo las RDAC; o) Permitir que se opere una aeronave sin tener debidamente señalizados los accesos, salidas y equipos de emergencia; p) Permitir que una aeronave opere en un aeródromo que no se encuentre habilitado para la operación realizada, salvo caso de fuerza mayor; q) Permitir, el ingreso de personas no autorizadas a áreas restringidas; r) Las compañías nacionales y extranjeras que no den cumplimiento a lo determinado en los artículos 36 y 37 de esta Ley; s) Operar una aeronave sin respetar las limitaciones especificadas en su manual de vuelo; t) Permitir que una aeronave sea tripulada por personal que no tenga una licencia y/o certificado médico vigentes y apropiados para esa aeronave y operación, otorgados por el Director o sin el entrenamiento requerido; u) La falta de información a los pasajeros sobre la identidad de la compañía operadora, o la información deficiente sobre las normas de embarque, o los medios de compensación en caso de denegación del embarque; v) El incumplimiento de la obligación del traslado del pasajero, frecuencias y horarios, del equipaje facturado, o de la obligación de expedir el boleto, o documento acreditativo de la facturación de dicho pasajero o equipaje, o del incumplimiento de la compañía de las obligaciones de compensación en caso de denegación del transporte; w) La no inclusión en el contrato de transporte de las cláusulas relativas al régimen de responsabilidad del transportista en caso de accidente o el incumplimiento de la obligación de informar de forma clara y precisa a los pasajeros y a otras personas interesadas sobre dicho régimen; y, x) La falta de información en el boleto de los cambios de ruta, del número de escalas previstas, por parte de las compañías aéreas o de sus agentes. Art Son contravenciones de tercera clase y serán sancionadas, según su gravedad, con multa de a dólares de los Estados Unidos de América o la suspensión de hasta seis meses de la concesión o permiso de operación, las siguientes: a) Ingresar o internar al país o llevar al extranjero una aeronave, sin cumplir con los requisitos establecidos en la ley, reglamentos y regulaciones;

31 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES b) Operar sin los equipos de seguridad y de auxilio establecido por la autoridad aeronáutica; c) Explotar derechos Aero-comerciales no concedidos por la autoridad aeronáutica competente; d) Operar una aeronave sin cobertura de seguros que cubran los riesgos propios de la actividad de transporte aéreo; e) Aceptar la certificación de trabajos no realizados; f) Operar una aeronave excediendo los tiempos límite, otorgado por el fabricante, para equipos, productos y partes de las aeronaves; g) Ocultar el mal funcionamiento de sistemas, componentes y accesorios de las aeronaves; h) Agredir en forma verbal o física a la autoridad aeronáutica; i) Operar sin el permiso o concesión de operación o cuando este documento se encuentre caducado o suspendido; j) Operar sin el certificado de aeronavegabilidad o cuando este documento se encuentre caducado o cancelado; u, operar excediendo los límites establecidos en el mismo; k) No efectuar en forma reglamentaria, el mantenimiento de las aeronaves; y, l) Permitir que se transporte armas, explosivos, drogas y mercancías peligrosas, inobservando los reglamentos y procedimientos correspondientes. CAPÍTULO III De las contravenciones y sanciones al personal aeronáutico Art Son contravenciones de primera clase del comandante de una aeronave y serán sancionadas con multa de 500 a dólares de los Estados Unidos de América, las siguientes: a) Transportar enfermos mentales o afectados por enfermedades contagiosas o cadáveres, sin la autorización legal correspondiente, o negarse sin justificación alguna, a este tipo de transporte cuando esté legalmente autorizado; b) Arrojar o permitir que se arrojen innecesariamente objetos desde la aeronave en vuelo; c) No disponer de la documentación técnica o manuales de a bordo; d) Utilizar manuales desactualizados; e) No portar la licencia, habilitaciones y certificado médico, o que estos estén caducados; y, f) Todas las acciones u omisiones de los comandantes que infrinjan o incumplan de cualquier forma las regulaciones técnicas RDAC, y demás leyes y órdenes pertinentes y que no estén consideradas como contravenciones de segunda o tercera clase. Art Son contravenciones de segunda clase del comandante de una aeronave y serán sancionadas con multa de a dólares de los Estados Unidos de América o la suspensión de la licencia hasta por seis meses, las siguientes: 1. Iniciar y/o realizar un vuelo en una aeronave con certificado de aeronavegabilidad caducado o que la aeronave no lleve las marcas de nacionalidad y matrícula;

32 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 2. No tener la documentación necesaria para un vuelo exigida en la reglamentación técnica respectiva; 3. Tripular con la licencia suspendida, cancelada o caducada o permitir que cualquier miembro de la tripulación vuele con la licencia caducada, suspendida o cancelada; 4. Realizar vuelos de demostración, pruebas técnicas o vuelos de instrucción sin la debida autorización; 5. Negarse a participar, sin justa causa, en las operaciones de búsqueda y salvamento; 6. No comunicar a la Dirección General de Aviación Civil dentro del tiempo establecido en las regulaciones, de los accidentes o incidentes que ocurran en la aeronave a su mando o aquellos otros que tenga conocimiento en razón de sus funciones; 7. Permitir durante el vuelo, el ingreso a la cabina de mando de personas no calificadas en la regulación; 8. No utilizar durante la operación de la aeronave los servicios auxiliares de la navegación aérea, indispensables para la seguridad de vuelo; 9. Desobedecer las órdenes o instrucciones que reciba con respecto al servicio de tránsito aéreo; 10. Exceder los límites de tiempo determinados en el Reglamento de Tiempos de Vuelo y Períodos de Descanso de las Tripulaciones de Aeronaves; 11. No cumplir con los períodos de descanso de acuerdo a la regulación técnica respectiva; 12. Alterar documentos y manuales de a bordo; 13. No reportar el mal funcionamiento de sistemas, equipos, componentes y accesorios de la aeronave; 14. Irrespeto verbal o físico a la autoridad aeronáutica; 15. Obstaculizar las actividades de los inspectores de la Dirección de Aviación Civil; 16. Operar una aeronave sin observar los procedimientos o limitaciones establecidas en el Manual de Vuelo de la Aeronave; 17. Operar una aeronave sin el correspondiente visto bueno de mantenimiento; y, 18. No cumplir con lo estipulado en la Lista Mínima de Equipo (MEL). Art Son contravenciones de tercera clase del comandante de una aeronave y será sancionado con suspensión de la licencia de seis a doce meses, las siguientes: 1. Permitir que una persona que no sea miembro del personal de vuelo, tome parte de las operaciones de la aeronave; 2. Tripular la aeronave en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o de cualquier otra sustancia o medicamento que produzca la alteración física o síquica del tripulante; 3. Permitir que un miembro del personal de vuelo, en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o de cualquier otra sustancia o medicamento que produzca la alteración física o síquica del tripulante, participe en las operaciones de la aeronave; 4. Aterrizar en un aeródromo que no esté habilitado para la operación que realice, salvo en caso de fuerza mayor;

33 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 5. Realizar vuelos acrobáticos, rasantes o de exhibición, sin la autorización de la autoridad aeronáutica; 6. Volar sobre zonas prohibidas, publicadas en los diferentes documentos aeronáuticos; 7. Transportar armas, municiones o materiales inflamables, explosivos, biológicos o radioactivos, contaminantes u otros semejantes sin autorización; 8. Realizar maniobras que pongan en peligro la seguridad de la aeronave y los pasajeros; y, 9. Operar una aeronave en condiciones que ponga en peligro evidente a pasajeros, carga y personas o bienes en la superficie. Art Son contravenciones de primera clase de los miembros de la tripulación y serán sancionados con multa de 500 a dólares de los Estados Unidos de América, las siguientes: 1. Arrojar objetos innecesariamente desde la aeronave en vuelo; 2. No disponer de la documentación técnica o manuales de a bordo; 3. Utilizar manuales desactualizados; 4. No portar la licencia, habilitación y certificado médico, u operar una aeronave con estos documentos caducos; y, 5. Todas las acciones u omisiones de los miembros de la tripulación que infrinjan o incumplan de cualquier forma las regulaciones técnicas RDAC y demás leyes y reglamentos pertinentes y que no estén considerados como contravenciones de segunda o tercera clase. Art Son contravenciones de segunda clase de los miembros de la tripulación y serán sancionados con multa de a dólares de los Estados Unidos de América o la suspensión de la licencia hasta por seis meses; las siguientes: 1. Exceder los límites de tiempo de vuelo y no cumplir con los períodos de descanso, determinados en las regulaciones técnicas respectivas; 2. Tripular sin el entrenamiento requerido; 3. Permitir que a bordo de las aeronaves, los pasajeros utilicen aparatos electrónicos o de comunicación que interfieran con la normal operación de la aeronave; y, 4. No implementar las medidas de seguridad antes y durante el vuelo. Art Son contravenciones de tercera clase de los miembros de la tripulación y serán sancionados con suspensión de la licencia de seis a doce meses; las siguientes: 1. Tripular una aeronave en estado de embriaguez, o bajo los efectos de drogas o de cualquier otra sustancia o medicamento que produzca la alteración física o síquica del tripulante; y, 2. Transportar armas, municiones o materiales inflamables, explosivos, biológicos o radioactivos, contaminantes o drogas. Art Son contravenciones de primera clase del personal técnico aeronáutico de tierra y serán sancionados con multa de 500 a dólares de los Estados Unidos de América; las siguientes:

34 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 1. Tener registros de mantenimiento u operacionales incompletos o desactualizados; 2. No observar los procedimientos técnicos en el ejercicio de sus funciones; y, 3. Todas las acciones u omisiones del personal técnico aeronáutico de tierra que infrinjan o incumplan de cualquier forma las regulaciones técnicas RDAC y demás leyes y reglamentos pertinentes y que no estén considerados como contravenciones de segunda o tercera clase. Art Son contravenciones de segunda clase del personal técnico aeronáutico de tierra y serán sancionados con multa de a dólares de los Estados Unidos de América o suspensión de la licencia hasta por seis meses; las siguientes: 1. Falsificar, adulterar los registros, libros y más documentos; 2. Certificar trabajos no realizados; 3. Realizar trabajos no autorizados en las aeronaves; 4. Ocultar el mal funcionamiento de componentes, sistemas y accesorios; 5. Efectuar mantenimiento sin utilizar manuales, órdenes técnicas, herramientas, equipos y aparatos de ensayo apropiados; y, 6. Ejercer sus funciones con licencia caducada, suspendida, cancelada, no poseer la habilitación correspondiente, o sin tener el entrenamiento requerido. Art Son contravenciones de tercera clase del personal técnico aeronáutico de tierra y serán sancionados con suspensión de la licencia de seis a doce meses; las siguientes: 1. Despachar una aeronave incumpliendo los requisitos de la Lista Mínima de Equipo (MEL); 2. Desarrollar actividades en estado de embriaguez, o bajo las influencias de drogas o de cualquier otra sustancia o medicamento que produzca la alteración física o síquica; y, 3. Manifiesta negligencia en la planificación y despacho de los vuelos. CAPÍTULO IV Otras contravenciones Art Los operadores de aeropuerto que construyan, modifiquen o realicen operaciones de aeródromos o aeropuerto, sin contar con el certificado de operador de aeropuerto emitido por el Director bajo las regulaciones de Aviación Civil, o infringiendo las regulaciones correspondientes, sin perjuicio de la obligación de regularizar el trámite de autorización correspondiente, serán sancionadas con la multa prevista en el artículo 80 de la presente Ley. Art Las sanciones económicas establecidas en el presente Título, se impondrán sin perjuicio de la acción civil o penal que podría instaurarse en contra de los culpables. Art Son delitos aeronáuticos las siguientes acciones u omisiones: 1. Todo acto de destrucción, cambio, retiro o interferencia contra las señales, equipos, instrumentos, medios de comunicación y demás instalaciones que, con fines aeronáuticos, hubieren sido colocados por la autoridad competente;

35 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 2. Toda alteración y falsificación de la matrícula, manuales de a bordo, registro de mantenimiento; 3. Falsificar partes y repuestos de aeronaves; 4. Todo atentado contra la seguridad de los pasajeros y de las aeronaves, que consista en obstaculizar u obstruir las pistas de aterrizaje, calles de rodaje, plataformas de estacionamiento utilizados por aeronaves; 5. Emitir información falsa por parte de los tripulantes o controladores del tránsito aéreo, durante el servicio de tránsito aéreo; 6. No informar o denunciar, en forma inmediata, ante la autoridad competente, la posición de una aeronave o sus partes, que se encuentre accidentada o abandonada; 7. Portar armas, sin la debida autorización a bordo de la aeronave o en el área de abordaje; 8. Colocar artefactos explosivos o incendiarios en las aeronaves e instalaciones aeronáuticas y su tentativa; 9. Cometer o intentar cometer actos de piratería en contra de una aeronave; y, 10. Obstaculizar la ejecución de las funciones del tripulante, esenciales en la conducción de la aeronave. Los casos previstos en los numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 serán sancionados con pena de prisión de uno a cuatro años; y, los casos previstos en los numerales 7, 8, 9, y 10 serán sancionados con pena de prisión de dos a cinco años y multa de a dólares de los Estados Unidos de América. Juzgarán estos delitos los jueces competentes de lo penal, pertenecientes a la Función Judicial Art También serán sujetos de las sanciones previstas en el artículo 81, las siguientes contravenciones: 1. El propietario de un aeródromo privado, por negar el acceso a éste para actividades aéreas en general, cuando así lo disponga el Director; 2. Las personas naturales y jurídicas del ámbito aeronáutico que de cualquier forma impidan o interfieran con las funciones de inspección, verificación y control del Director; 3. Las estaciones reparadoras o talleres de mantenimiento aeronáutico que, en el desarrollo de sus actividades, incumplan o alteren las condiciones, especificaciones y limitaciones que se establezcan en la correspondiente autorización, en sus anexos o cualquier otra disposición técnica; 4. Los centros o escuelas de instrucción aeronáutica que, en el desarrollo de sus actividades, incumplan o alteren las condiciones, especificaciones y limitaciones que se establezcan en la correspondiente autorización, en sus anexos o cualquier otra disposición técnica; y, 5. Las personas naturales, del ámbito aeronáutico que tengan funciones administrativas, de control u otras, en las actividades de aviación y sean responsables directa o indirectamente del cometimiento de una contravención.

36 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES CAPÍTULO V Disposiciones comunes a las contravenciones. Art En el caso de concurrencia de dos o más contravenciones, las sanciones serán acumulativas. La reincidencia en el caso de las contravenciones constituirá agravante, en virtud de lo cual, el infractor será sancionado con el máximo de la pena. La reincidencia en el caso de las contravenciones de tercera clase será sancionada con suspensión definitiva de su licencia. Al determinar el monto de la sanción el juzgador tomará en consideración la naturaleza, circunstancia, extensión y gravedad de la contravención cometida y con respecto a la persona que ha cometido dicha violación, y cualquier información que pueda servir de atenuante o agravante. Art El explotador de la aeronave, será solidariamente responsable con el comandante de la misma, y con el personal técnico aeronáutico en general, por la violación de la ley, Código Aeronáutico, sus reglamentos y más regulaciones técnicas. Art Las sanciones administrativas impuestas serán sin perjuicio del juzgamiento que proceda por parte de los jueces competentes, cuando el hecho o acto sancionado administrativamente constituya infracción de acuerdo a las leyes penales. Sin perjuicio de las sanciones impuestas, el Director puede colocar un sello de seguridad en las aeronaves o instalaciones, con la finalidad de garantizar que no operen mientras no cumplan los requisitos previstos en las regulaciones y disposiciones técnicas. Los montos de las multas por contravenciones, previstas en la presente Ley se ajustarán automáticamente en forma anual, de conformidad con el índice de inflación anual emitido por el Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censos al 31 de diciembre de cada año LIBRO VI, DE LA CALIDAD AMBIENTAL, TÍTULO IV, REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL. Capítulo IV, Del control ambiental, Sección I: Estudios Ambientales. Art Plan de manejo ambiental.- El plan de manejo ambiental incluirá entre otros un programa de monitoreo y seguimiento que ejecutará el regulado, el programa establecerá los aspectos ambientales, impactos y parámetros de la organización, a ser monitoreados, la periodicidad de estos monitoreos, la frecuencia con que debe reportarse los resultados a la entidad ambiental de control. El plan de manejo ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán el mismo efecto legal para la actividad que las normas técnicas dictadas bajo el amparo del presente Libro VI De la Calidad Ambiental.

37 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Art Auditoría ambiental de cumplimiento.- Un año después de entrar en operación la actividad a favor de la cual se aprobó el EIA, el regulado deberá realizar una Auditoría Ambiental de Cumplimiento con su plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes, particularmente del presente reglamento y sus normas técnicas. La Auditoría Ambiental de Cumplimiento con el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes incluirá la descripción de nuevas actividades de la organización cuando las hubiese y la actualización del plan de manejo ambiental de ser el caso. Art Periodicidad de la auditoría ambiental de cumplimiento.- En lo posterior, el regulado, deberá presentar los informes de las auditorías ambientales de cumplimiento con el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes al menos cada dos años, contados a partir de la aprobación de la primera auditoría ambiental. En el caso de actividades reguladas por cuerpos normativos especiales, el regulado presentará la auditoría ambiental en los plazos establecidos en esas normas, siempre y cuando no excedan los dos años. Estas auditorías son requisito para la obtención y renovación del permiso de descarga, emisiones y vertidos. Art Inspecciones.- La entidad ambiental de control podrá realizar inspecciones para verificar los resultados del informe de auditoría ambiental y la validez del mismo, y que el nivel de cumplimiento del plan de manejo es consistente con lo informado. Cuando la entidad ambiental de control considere pertinente, deberá solicitar, la realización de una nueva auditoría ambiental para verificar el cumplimiento del regulado con el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes. Esta auditoría será adicional a la que el regulado está obligado a realizar, según el artículo 60 por cuerpos normativos especiales. El costo de esta AA de cumplimiento excepcional deberá ser cubierto por el regulado solo si de sus resultados se determina que se encontraba excediéndose en las emisiones, descargas o vertidos autorizados, en incumplimiento con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas o con su plan de manejo ambiental. Art Inspección de instalaciones del regulado.- Las instalaciones de los regulados podrán ser visitadas en cualquier momento por parte de funcionarios de la entidad ambiental de control o quienes la representen, a fin de tomar muestras de sus emisiones, descargas o vertidos e inspeccionar la infraestructura de control o prevención existente. El regulado debe garantizar una coordinación interna para atender a las demandas de la entidad ambiental de control en cualquier horario. Art Reporte anual. Es deber fundamental del regulado reportar ante la entidad ambiental de control, por lo menos una vez al año, los resultados de los monitoreos correspondientes a sus descargas, emisiones y vertidos de acuerdo a lo establecido en su PMA aprobado. Estos reportes permitirán a la entidad ambiental de control verificar que el

38 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES regulado se encuentra en cumplimiento o incumplimiento del presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas contenidas en los Anexos, así como del plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control. Art Reporte de descargas, emisiones y vertidos.- Solamente una vez reportadas las descargas, emisiones y vertidos, se podrá obtener el permiso de la entidad ambiental de control, para efectuar éstas en el siguiente año. Art Plan de manejo y auditoría ambiental de cumplimiento.- El regulado deberá contar con un plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control y realizará a sus actividades, auditorías ambientales de cumplimiento con las normativas ambientales vigentes y con su plan de manejo ambiental, acorde a lo establecido en el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas ambientales. Art Prueba de planes de contingencia.- Los planes de contingencias deberán ser implementados, mantenidos, y probados periódicamente a través de simulacros. Los simulacros deberán ser documentados y sus registros estarán disponibles para la entidad ambiental de control. La falta de registros constituirá prueba de incumplimiento de la presente disposición. Art Permiso de descargas y emisiones.- El permiso de descargas, emisiones y vertidos es el instrumento administrativo que faculta a la actividad del regulado a realizar sus descargas al ambiente, siempre que éstas se encuentren dentro de los parámetros establecidos en las normas técnicas ambientales nacionales o las que se dictaren en el cantón y provincia en el que se encuentran esas actividades. El permiso de descarga, emisiones y vertidos será aplicado a los cuerpos de agua, sistemas de alcantarillado, al aire y al suelo. CAPÍTULO XI: Educación, promoción y difusión. Disposiciones Transitorias Primera: Las actividades o proyectos que se encuentren en funcionamiento y que no cuenten con un estudio de impacto ambiental aprobado deberán presentar un Estudio de Impacto Ambiental Ex-post de cumplimiento con las regulaciones ambientales vigentes ante la entidad ambiental de control. El Estudio de Impacto Ambiental Ex-post debe incluir un plan de manejo ambiental. La AA inicial o EIA Ex-post cubre la ausencia de un EIA Anexo 1: Norma de calidad ambiental y de descarga de efluentes: recurso agua (Texto Único de Legislación Secundaria). Art El regulado deberá mantener un registro de los efluentes generados, indicando el caudal del efluente, frecuencia de descarga, tratamiento aplicado a los efluentes, análisis de laboratorio y la disposición de los mismos, identificando el cuerpo receptor.

39 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Es mandatorio que el caudal reportado de los efluentes generados sea respaldado con datos de producción. Art En las tablas # 11, 12 y 13 de la presente norma, se establecen los parámetros de descarga hacia el sistema de alcantarillado y cuerpos de agua (dulce y marina), los valores de los límites máximos permisibles, corresponden a promedios diarios. La Entidad Ambiental de Control deberá establecer la normativa complementaria en la cual se establezca: La frecuencia de monitoreo, el tipo de muestra (simple o compuesta), el número de muestras a tomar y la interpretación estadística de los resultados que permitan determinar si el regulado cumple o no con los límites permisibles fijados en la presente normativa para descargas a sistemas de alcantarillado y cuerpos de agua. Art Se prohíbe la utilización de cualquier tipo de agua, con el propósito de diluir los efluentes líquidos no tratados. Art Las municipalidades de acuerdo a sus estándares de Calidad Ambiental deberán definir independientemente sus normas, mediante ordenanzas, considerando los criterios de calidad establecidos para el uso o los usos asignados a las aguas. En sujeción a lo establecido en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación. Art Se prohíbe toda descarga de residuos líquidos a las vías públicas, canales de riego y drenaje o sistemas de recolección de aguas lluvias y aguas subterráneas. La Entidad Ambiental de Control, de manera provisional mientras no exista sistema de alcantarillado certificado por el proveedor del servicio de alcantarillado sanitario y tratamiento e informe favorable de ésta entidad para esa descarga, podrá permitir la descarga de aguas residuales a sistemas de recolección de aguas lluvias, por excepción, siempre que estas cumplan con las normas de descarga a cuerpos de agua. Art Las aguas residuales que no cumplan previamente a su descarga, con los parámetros establecidos de descarga en esta Norma, deberán ser tratadas mediante tratamiento convencional, sea cual fuere su origen: público o privado. Por lo tanto, los sistemas de tratamiento deben ser modulares para evitar la falta absoluta de tratamiento de las aguas residuales en caso de paralización de una de las unidades, por falla o mantenimiento. Art Los laboratorios que realicen los análisis de determinación del grado de contaminación de los efluentes o cuerpos receptores deberán haber implantado buenas prácticas de laboratorio, seguir métodos normalizados de análisis y estar certificados por alguna norma internacional de laboratorios, hasta tanto el organismo de acreditación ecuatoriano establezca el sistema de acreditación nacional que los laboratorios deberán cumplir. Art Los sistemas de drenaje para las aguas domésticas, industriales y pluviales que se generen en una industria, deberán encontrarse separadas en sus respectivos sistemas o colectores.

40 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Art Se prohíbe descargar sustancias o desechos peligrosos (líquidos-sólidossemisólidos) fuera de los estándares permitidos, hacia el cuerpo receptor, sistema de alcantarillado y sistema de aguas lluvias. Art Se prohíbe la infiltración al suelo, de efluentes industriales tratados y no tratados, sin permiso de la Entidad Ambiental de Control. Art Loso sedimentos, lodos y sustancias sólidas provenientes de sistemas de potabilización de agua y de tratamiento de desechos y otras tales como residuos del área de la construcción, cenizas, cachaza, bagazo, o cualquier tipo de desecho doméstico o industrial, no deberán disponerse en aguas superficiales, subterráneas, marinas, de estuario, sistemas de alcantarillado y cauces de agua estacionales secos o no, y para su disposición deberá cumplirse con las normas legales referentes a los desechos sólidos no peligrosos Anexo 2: Norma de calidad ambiental del recurso suelo y criterios de remediación para suelos contaminados (Texto Único de Legislación Secundaria). Art Prevención de la contaminación del recurso suelo: La prevención de la contaminación al recurso suelo se fundamenta en las buenas prácticas de manejo e ingeniería aplicada a cada uno de los procesos productivos. Se evitará trasladar el problema de contaminación de los recursos agua y aire al recurso suelo. Art Sobre las actividades generadoras de desechos sólidos no peligrosos: Toda actividad productiva que genere desechos sólidos no peligrosos, deberá implementar una política de reciclaje o re-uso de los desechos. Si el reciclaje o re-uso no es viable, los desechos deberán ser dispuestos de manera ambientalmente aceptable. Las industrias y proveedores de servicios deben llevar un registro de los desechos generados, indicando volumen y sitio de disposición de los mismos. Por ningún motivo se permite la disposición de desechos en áreas no aprobadas para el efecto por parte de la entidad ambiental de control. Art Sobre las actividades que generen desechos peligrosos: Los desechos considerados peligrosos generados en las diversas actividades industriales, comerciales agrícolas o de servicio, deberán ser devueltos a sus proveedores, quienes se encargarán de efectuar la disposición final del desecho mediante métodos de eliminación establecidos en las normas técnicas ambientales y regulaciones expedidas para el efecto. Art Sobre el manejo, almacenamiento y disposición de residuos peligrosos: El almacenamiento, transporte y disposición de residuos peligrosos, deberán ser manejados de acuerdo a lo establecido en las normas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que generan residuos peligrosos, deben llevar una bitácora mensual sobre la generación de sus residuos peligrosos, donde se incluirá las características del desecho, volumen, procedencia y disposición final del mismo.

41 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Se debe transportar los residuos peligrosos en los vehículos que cuenten con todas las condiciones previstas en las normas técnicas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que realicen esta actividad, deben contar con el permiso de la Entidad Ambiental de Control correspondiente. Las áreas de almacenamiento deberán reunir como mínimo, a más de las establecidas en la Norma Técnica Ambiental para el Manejo de Desechos Peligrosos, con las siguientes condiciones: Estar separadas de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados. Estar ubicadas en zonas donde se minimicen los riesgos por posibles emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones. Contar con muros de contención, y fosas de retención para la captación de los residuos de los lixiviados. Los lixiviados deberán ser recogidos y tratados para volverlos inocuos. Por ningún motivo deberán ser vertidos o descargados sobre el suelo sin previo tratamiento y aprobación de la entidad ambiental de control. Los pisos deberán contar con trincheras o canaletas que conduzcan los derrames a las fosas de retención, con capacidad para contener una quinta parte de lo almacenado. Contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, así como el movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia. Contar con sistemas para la prevención y respuesta a incendios. Art De la prohibición de descargas, infiltración o inyección de efluentes en el suelo y subsuelo. Se prohíbe la descarga, infiltración o inyección en el suelo o en el subsuelo de efluentes tratados o no, que alteren la calidad del recurso. Se exceptúa de lo dispuesto en este artículo las actividades de inyección asociadas a la exploración y explotación de hidrocarburos, estas actividades deberán adoptar los procedimientos ambientales existentes en los reglamentos y normas ambientales Hidrocarburíferas vigentes en el país. Las sustancias químicas e hidrocarburos deberán almacenarse, manejarse y transportarse de manera técnicamente apropiada, tal como lo establece las regulaciones ambientales del sector Hidrocarburífera y la Norma Técnica Ecuatoriana INEN 2266, referente al Transporte, Almacenamiento y Manejo de Productos Químicos Peligrosos, o la que la reemplace. Art De las actividades que degradan la calidad del suelo Los talleres mecánicos y lubricadoras, y cualquier actividad industrial, comercial o de servicio que dentro de sus operaciones manejen y utilicen hidrocarburos de petróleo o sus derivados, deberán realizar sus actividades en áreas pavimentadas e impermeabilizadas y por ningún motivo deberán verter los residuos aceitosos o disponer los recipientes, piezas o partes que hayan estado en contacto con estas sustancias sobre el

42 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES suelo. Este tipo de residuos deberán ser eliminados mediante los métodos establecidos en las Normas Técnicas y Reglamentos aplicables y vigentes en el país. Los aceites minerales usados y los hidrocarburos de petróleo desechados serán considerados sustancias peligrosas. Los productores o comercializadores de aceites minerales o aceites lubricantes están obligados a recibir los aceites usados, los cuales obligatoriamente deberán devolverles sus clientes Anexo 4: Norma de Calidad de Aire Ambiente (Texto Único de Legislación Secundaria). Art Para efectos de esta norma se establecen como contaminantes comunes del aire ambiente a los siguientes: Partículas sedimentables. Material particulado de diámetro aerodinámico menor a 10 (diez) micrones. Se abrevia PM10. Material Particulado de diámetro aerodinámico menor a 2,5 (dos enteros cinco décimos) micrones. Se abrevia PM 2,5. Óxidos de Nitrógeno: NO y NO2, y expresados como NO2. Dióxido de Azufre SO2. Monóxido de Carbono. Oxidantes Foto químicos, expresados como Ozono. Art La Entidad Ambiental de Control verificará, mediante sus respectivos programas de monitoreo, que las concentraciones a nivel de suelo en el aire ambiente de los contaminantes comunes no excedan los valores estipulados en esta norma. Dicha Entidad quedará facultada para establecer las acciones necesarias para, de ser el caso de que se excedan las concentraciones de contaminantes comunes del aire, hacer cumplir con la presente norma de calidad de aire. Caso contrario, las acciones estarán dirigidas a prevenir el deterioro a futuro de la calidad del aire. Art La Entidad Ambiental de Control establecerá sus procedimientos internos de control de calidad y aseguramiento de calidad del sistema de monitoreo de calidad del aire ambiente en la región bajo su autoridad. Así mismo, la Entidad Ambiental de Control deberá definir la frecuencia y alcance de los trabajos, tanto de auditoría interna como externa, para su respectivo sistema de monitoreo de calidad de aire ambiente. Art Normas generales para concentraciones de contaminantes comunes en el aire ambiente. Art Para los contaminantes comunes del aire, definidos en 4.1.1, se establecen las siguientes concentraciones máximas permitidas. El Ministerio del Ambiente establecerá la frecuencia de revisión de los valores descritos en la presente norma de calidad de aire ambiente. La Entidad Ambiental de Control utilizará los valores de concentraciones máximas de contaminantes del aire ambiente aquí definidos, para fines de elaborar su respectiva ordenanza o norma sectorial. La Entidad Ambiental de Control podrá establecer normas de calidad de aire ambiente de mayor exigencia que los valores descritos en esta norma nacional, esto si los resultados de las evaluaciones de calidad de aire que efectúe dicha Autoridad indicaren esta necesidad.

43 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Partículas Sedimentables.-La máxima concentración de una muestra, colectada durante 30 (treinta) días de forma continua, será de un miligramo por centímetro cuadrado (1 mg/cm2 x 30 d). Material particulado menor a 10 micrones (PM10).-El promedio aritmético de la concentración de PM10 de todas las muestras en un año no deberá exceder de cincuenta microgramos por metro cúbico (50 μg/m3). La concentración máxima en 24 horas, de todas las muestras colectadas, no deberá exceder ciento cincuenta microgramos por metro cúbico (150 μg/m3), valor que no podrá ser excedido más de dos (2) veces en un año. Material particulado menor a 2,5 micrones (PM 2,5).-Se ha establecido que el promedio aritmético de la concentración de PM 2,5 de todas las muestras en un año no deberá exceder de quince microgramos por metro cúbico (15 μg/m3). La concentración máxima en 24 horas, de todas las muestras colectadas, no deberá exceder sesenta y cinco microgramos por metro cúbico (65 μg/m3), valor que no podrá ser excedido más de dos (2) veces en un año. Dióxido de azufre (SO2).-El promedio aritmético de la concentración de SO2 determinada en todas las muestras en un año no deberá exceder de ochenta microgramos por metro cúbico (80 μg/m3). La concentración máxima en 24 horas no deberá exceder trescientos cincuenta microgramos por metro cúbico (350 μg/m3), más de una vez en un año. Monóxido de carbono (CO).-La concentración de monóxido de carbono de las muestras determinadas de forma continua, en un período de 8 (ocho) horas, no deberá exceder diez mil microgramos por metro cúbico ( μg/m3) más de una vez en un año. La concentración máxima en una hora de monóxido de carbono no deberá exceder cuarenta mil microgramos por metro cúbico ( μg/m3) más de una vez en un año. Oxidantes fotoquímicos, expresados como ozono.-la máxima concentración de oxidantes fotoquímicos, obtenida mediante muestra continua en un período de una hora, no deberá exceder de ciento sesenta microgramos por metro cúbico (160 μg/m3), más de una vez en un año. La máxima concentración de oxidantes fotoquímicos, obtenida mediante muestra continua en un período de ocho horas, no deberá exceder de ciento veinte microgramos por metro cúbico (120 μg/m3), más de una vez en un año. Óxidos de nitrógeno, expresados como NO2.-El promedio aritmético de la concentración de óxidos de nitrógeno, expresada como NO2, y determinada en todas las muestras en un año, no deberá exceder de cien microgramos por metro cúbico (100 μg/m3). La concentración máxima en 24 horas no deberá exceder ciento cincuenta microgramos por metro cúbico (150 μg/m3) más de dos (2) veces en un año. Art Los valores de concentración de contaminantes comunes del aire, establecidos en esta norma, así como los que sean determinados en los programas

44 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES públicos de medición, están sujetos a las condiciones de referencia de 25 C y 760 mm Hg. Art De los planes de alerta, alarma y emergencia de la calidad del aire. Art La Entidad Ambiental de Control establecerá un Plan de Alerta, de Alarma y de Emergencia ante Situaciones Críticas de Contaminación del Aire, basado en el establecimiento de tres niveles de concentración de contaminantes. La ocurrencia de estos niveles determinará la existencia de los estados de Alerta, Alarma y Emergencia. Art Se definen los siguientes niveles de alerta, de alarma y de emergencia en lo referente a la calidad del aire. Cada uno de los tres niveles será declarado por la Entidad Ambiental de Control cuando uno o más de los contaminantes comunes indicados exceda la concentración establecida en la siguiente tabla, o cuando las condiciones atmosféricas se espera que sean desfavorables en las próximas 24 horas. Tabla 2-1. Concentraciones de contaminantes comunes que definen los niveles de alerta y emergencia en la calidad del aire. CONTAMINANTE Y PERÍODO DE TIEMPO ALERTA ALARMA EMERGENCIA Monóxido de Carbono Concentración promedio en ocho horas Oxidantes Fotoquímicos, expresados como ozono. Concentración promedio en una hora Óxidos de Nitrógeno, como NO2 Concentración promedio en una hora Dióxido de Azufre Concentración promedio en veinticuatro horas Material Particulado PM10 Concentración en veinticuatro horas Nota: [1] Todos los valores de concentración expresados en microgramos por metro cúbico de aire, a condiciones de 25 C y 760 mm Hg. Anexo 5: Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas y fuentes móviles, y para vibraciones. Art. 4.1 Límites máximos permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas. Art Niveles máximos permisibles de ruido Art Los niveles de presión sonora equivalente, NPSeq, expresados en decibeles, en ponderación con escala A, que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, no podrán exceder los valores que se fijan en la siguiente Tabla.

45 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Tabla 2-2 Niveles Máximos de Ruido Permisibles según el uso de suelo. TIPO DE ZONA SEGÚN USO DE SUELO NIVEL DE PRESIÓN SONORA EQUIVALENTE NPS eq [db(a)] DE 06H00 A 20H00 DE 20H00 A 06H00 Zona hospitalaria y educativa Zona Residencial Zona Residencial mixta Zona Comercial Zona Comercial mixta Zona Industrial Fuente: Reglamento de la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, Anexo 5, Norma de Calidad de Aire ANEXO 6: NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL PARA EL MANEJO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS, LIBRO VI, DE LA CALIDAD AMBIENTAL, DEL TEXTO UNIFICADO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL SECUNDARIA. Art Los propietarios de terrenos y solares tienen las siguientes responsabilidades: a) Mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene, salubridad y seguridad, libre de desechos sólidos en general; y, b) Ejecutar labores de desratización y desinfección de manera periódica. Art Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente realizar la separación en la fuente de los desechos sólidos normales de los peligrosos, evitando de esta manera una contaminación cruzada en la disposición final de los desechos. Art Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente facilitar toda la información requerida a los municipios, sobre el origen, naturaleza, composición, características, cantidades, forma de evacuación, sistema de tratamiento y destino final de los desechos sólidos. Así también brindarán las facilidades necesarias al personal autorizado de los municipios, para que puedan realizar inspecciones, labores de vigilancia y control. Art Se prohíbe la quema de desechos sólidos en los contenedores de almacenamiento de desechos sólidos. Art Se prohíbe quemar desechos sólidos a cielo abierto. Art Se prohíbe mezclar desechos sólidos peligrosos con desechos sólidos no peligrosos.

46 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES LIBRO VI, DE LA CALIDAD AMBIENTAL, TÍTULO V, REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN POR DESECHOS PELIGROSOS, DEL TEXTO UNIFICADO DE LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL SECUNDARIA. Art El presente reglamento regula las fases de gestión y los mecanismos de prevención y control de la los desechos peligrosos, al tenor de los lineamientos y normas técnicas previstos en las leyes de Gestión Ambiental, de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en sus respectivos reglamentos, y en el Convenio de Basilea. Art Los desechos peligrosos comprenden aquellos que se encuentran determinados y caracterizados en los Listados de Desechos Peligrosos y Normas Técnicas aprobados por la autoridad ambiental competente para la cabal aplicación de este reglamento. Art Se hallan sujetos a las disposiciones de este reglamento toda persona, natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera, que dentro del territorio del Ecuador participe en cualquiera de las fases y actividades de gestión de los desechos peligrosos, en los términos de los artículos precedentes. Art Todo generador de desechos peligrosos es el titular y responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final, siendo su responsabilidad: 1 Tomar medidas con el fin de minimizar al máximo la generación de desechos peligrosos; 2 Almacenar los desechos en condiciones ambientalmente seguras, evitando su contacto con el agua y la mezcla entre aquellos que sean incompatibles; 3 Disponer de instalaciones adecuadas para realizar el almacenamiento temporal de los desechos, con accesibilidad a los vehículos recolectores; 4 Realizar la entrega de los desechos para su adecuado manejo, únicamente a las personas autorizadas para el efecto por el MA o por las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva; 5 Inscribir su actividad y los desechos peligrosos que generan, ante la STPQP o de las autoridades seccionales que tengan la delegación respectiva, el cual remitirá la información necesaria al MA; 6 Llevar en forma obligatoria un registro del origen, cantidades producidas, características y destino de los desechos peligrosos, cualquiera sea ésta, de los cuales realizará una declaración en forma anual ante la Autoridad Competente; esta declaración es única para cada generador e independiente del número de desechos y centros de producción. La declaración se identificará con un número exclusivo para cada generador. Esta declaración será juramentada y se lo realizará de acuerdo con el formulario correspondiente, el generador se responsabiliza de la exactitud de la información declarada, la cual estará sujeta a comprobación por parte de la Autoridad Competente; 7 Identificar y caracterizar los desechos peligrosos generados, de acuerdo a la norma técnica correspondiente; y,

47 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 8 Antes de entregar sus desechos peligrosos a un prestador de servicios, deberá demostrar ante la autoridad competente que no es posible aprovecharlos dentro de su instalación LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL La Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 418 del 10 de septiembre de 2004, previo a su actual status de codificada, la expedición de la Ley de Gestión Ambiental (D.L. No : R.O. No. 245: 30-O7-99) norma por primera vez la gestión ambiental del Estado, y da una nueva estructuración institucional; además, se establecen los principios y directrices de una política ambiental, determinando las obligaciones de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia. Sin duda, esta Ley de Gestión Ambiental (actualmente codificada, como Ley especial), se torna como la normativa jurídica ambiental general a la que deben sujetarse todas las instituciones públicas, privadas o mixtas en la ejecución de obras o estudios, conforme se indica precedentemente. De esta manera, queda establecida en esta ley la obligatoriedad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental en toda obra que suponga un riesgo ambiental. En la actualidad, los municipios del país están incorporando en sus Ordenanzas la exigencia de realizar este estudio en toda obra nueva. TÍTULO I: ÁMBITO Y PRINCIPIOS DE LA GESTIÓN AMBIENTAL. Art. 1.- La presente Ley establece los principios y directrices de política ambiental; determina las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental y señala los límites permisibles, controles y sanciones en esta materia. Art. 2.- La gestión ambiental se sujeta a los principios de solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, coordinación, reciclaje y reutilización de desechos, utilización de tecnologías alternativas ambientalmente sustentables y respecto a las culturas y prácticas tradicionales. TÍTULO II. DEL RÉGIMEN INSTITUCIONAL DE LA GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO I. DEL DESARROLLO SUSTENTABLE Art. 7 y 8.- Se establece como principio el desarrollo sustentable para la conservación del Patrimonio Natural y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales. Se dispone como autoridad ambiental nacional el Ministerio de Medio Ambiente que actúa como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental. Esta institución reguladora debe, entre otras cosas, determinar las obras, proyectos e inversiones que requieran estudios de impacto ambiental aprobados. CAPÍTULO IV. DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO. Los diversos organismos estatales y entidades sectoriales intervienen de manera activa en la descentralización de la Gestión Ambiental, prueba de aquello es que el Ministerio del Ambiente asigna la responsabilidad de ejecución de los planes a todas las instituciones del Estado que tienen que ver con los asuntos ambientales. Actualmente son los Municipios los que están actuando en este ámbito con la expedición de Ordenanzas Ambientales. Con esta medida el Estado espera ampliar su ámbito de acción y mejorar su efectividad. TÍTULO III: INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO II. DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y DEL CONTROL AMBIENTAL Art Las obras públicas privadas o mixtas, y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su

48 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio. Art Los sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental; evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos, el Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente. Art La evaluación del impacto ambiental comprenderá: a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada; b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución, y, c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural. CAPÍTULO III. DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Art Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental, a través de los mecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector público y el privado. Se concede acción popular para denunciar a quienes violen esta garantía, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal por denuncias o acusaciones temerarias o maliciosas. El incumplimiento del proceso de consulta al que se refiere el artículo 88 de la Constitución Política de la República tornará inejecutable la actividad de que se trate y será causal de nulidad de los contratos respectivos. Art Toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada oportuna y suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales. Para ello podrá formular peticiones y deducir acciones de carácter individual o colectivo ante las autoridades competentes. Art Instancias.- La acción del Comité de Coordinación y Cooperación Interinstitucional para la Gestión de Residuos se enmarca en las siguientes instancias: a) Política.- que involucra la toma de decisiones que orienten la gestión de los actores de los procesos según las disposiciones legales correspondientes; y, b) Técnica.- que implica la capacidad de incidir en los procedimientos operativos y en la participación de los distintos actores, siempre dentro del marco de las orientaciones de las instancias políticas y normatividad general vigente. TÍTULO VI: DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS AMBIENTALES Art. 41. Con el fin de proteger los derechos ambientales individuales o colectivos, concédase acción pública a las personas naturales, jurídicas o grupo humano a denunciar la violación de las normas del medio ambiente, sin perjuicio de la acción de amparo constitucional previsto en La Constitución Política de la República CAPÍTULO I. DE LAS ACCIONES CIVILES. Art. 43. Las personas naturales, jurídicas o grupos humanos vinculados por un interés común y afectado directamente por la acción u omisión dañosa podrán interpone ante

49 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES el Juez competente, acciones por daños y perjuicios y por el deterioro causado a la salud o al medio ambiente incluyendo la biodiversidad con sus elementos constitutivos. CAPÍTULO II. DE LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVAS Art Cuando los particulares, por acción u omisión incumplan las normas de protección ambiental, la autoridad competente adoptará las sanciones previstas en esta Ley, y las siguientes medidas administrativas: Exigirá la regularización de las autorizaciones, permisos estudios y evaluaciones; así como verificará el cumplimiento de las medidas adoptadas para mitigar y compensar daños ambientales, dentro del término de treinta días LEY ORGÁNICA DE SALUD Publicada en el suplemento del registro oficial No. 423 del 22 de diciembre de El Art. 7 literal c) se refiere al derecho que tienen las personas de vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación. El Libro II se refiere a la Salud y Seguridad Ambiental estableciendo en su Art. 95 que la autoridad sanitaria nacional coordinara con el MAE las normas básicas para la preservación del ambiente en temas de salud humana. El Art. 96 señala la obligación de toda persona natural o jurídica de proteger todo acuífero, fuente o cuenca que sirva para abastecimiento de agua para consumo humano y prohíbe cualquier actividad que pueda contaminar dicha fuente de captación de agua. El Art. 103 prohíbe descargar o depositar aguas servidas y residuales sin el tratamiento apropiado en cualquier curso de agua siendo responsabilidad de la autoridad sanitaria nacional en coordinación con los municipios del país. El Art. 104 dispone la obligación de todo establecimiento comercial industrial o de servicios de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas que se produzcan por efecto de sus actividades. El Capítulo III se refiere a la Calidad del aire y contaminación acústica con el objetivo de evitar la contaminación por ruido que afecte la salud humana CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN Título III: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Art Ejercicio de las competencias de gestión ambiental.- De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, el ejercicio de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza a través de la gestión concurrente y subsidiaria de las competencias de este sector, con sujeción a las políticas, regulaciones técnicas y control de la autoridad ambiental nacional, de conformidad con lo dispuesto en la ley. Para otorgar licencias ambientales, los gobiernos autónomos descentralizados municipales podrán calificarse como autoridades ambientales de aplicación responsable en su cantón. En los cantones en los que el gobierno autónomo descentralizado municipal no se haya calificado, esta facultad le corresponderá al gobierno provincial. Los gobiernos autónomos descentralizados municipales establecerán, en forma progresiva, sistemas de gestión integral de desechos, a fin de eliminar los vertidos contaminantes en ríos, lagos, lagunas, quebradas, esteros o mar, aguas residuales

50 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES provenientes de redes de alcantarillado, público o privado, así como eliminar el vertido en redes de alcantarillado. Las obras o proyectos que deberán obtener licencia ambiental son aquellas que causan graves impactos al ambiente, que entrañan riesgo ambiental y/o que atentan contra la salud y el bienestar de los seres humanos, de conformidad con la ley LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL. Art. 1.- Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del estado o de particulares o constituir una molestia. Art Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, LIBRO VI. DE LA CALIDAD AMBIENTAL - NORMAS DE CALIDAD AMBIENTAL. DECRETO EJECUTIVO Nº: 3516 DEL 31 DE MARZO DEL Art. 1.- Propósito y ámbito.- Reglamentase el Sistema Único de Manejo Ambiental señalado en los artículos 19 hasta 24 de la Ley de Gestión Ambiental, en lo referente a: marco institucional, mecanismos de coordinación interinstitucional y los elementos del subsistema de evaluación de impacto ambiental, el proceso de evaluación de impacto ambiental, así como los procedimientos de impugnación, suspensión revocatoria y registro de licencias ambientales. Art. 2.- Disposiciones especiales de coordinación interinstitucional.- La determinación de la AAc dentro de un proceso de evaluación de impactos ambientales será diferente a lo dispuesto en los artículos precedentes en los siguientes casos y/o circunstancias específicos: El licenciamiento ambiental corresponde a la autoridad ambiental nacional, la cual se convertirá en estos casos en AAc que coordinará con las demás autoridades de aplicación involucradas, para: a) Proyectos específicos de gran magnitud, declarados de interés nacional de manera particularizada por el Presidente de la República mediante decreto ejecutivo; así como proyectos de gran impacto o riesgo ambiental, declarados expresamente por la Autoridad Ambiental Nacional. b) Actividades o proyectos propuestos cuyo promotor sería la misma autoridad ambiental de aplicación, excepto que ésta sea un municipio, caso en el cual el licenciamiento ambiental corresponderá al respectivo Consejo Provincial siempre y cuando el Consejo Provincial tenga en aplicación un sub-sistema de evaluación de impacto ambiental acreditado, caso contrario la autoridad líder se determinada de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior; y, c) Actividades o proyectos propuestos cuyo licenciamiento ambiental en razón de competencia territorial correspondería al ámbito provincial cuando la actividad, proyecto o su área de influencia abarca a más de una jurisdicción provincial. En el caso que la propia autoridad ambiental nacional sea el promotor de una actividad o proyecto sujeto a licenciamiento ambiental, será el Consejo Nacional de Desarrollo

51 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Sustentable quien determine la AAc del proceso de evaluación de impactos ambientales mediante resolución. Art Inciso b): establece los criterios y métodos de calificación para determinar en cada caso la necesidad (o no) de un proceso de evaluación de impactos ambientales en función de las características de una actividad; entre estos métodos pudiendo incluirse fichas ambientales. Art Literal a): establece la ficha ambiental de la actividad o proyecto propuesto, la cual justifique que no es sujeto de evaluación de impactos ambientales TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, PUBLICADO EN EL R.O. EDICIÓN ESPECIAL NO. 2 DE 31 DE MARZO DEL LIBRO VI, DE LA CALIDAD AMBIENTAL. TÍTULO I.- DEL SISTEMA ÚNICO DE MANEJO AMBIENTAL (SUMA).- El presente título establece y define el conjunto de elementos mínimos que constituyen un sub-sistema de evaluación de impactos ambientales a ser aplicados en las instituciones integrantes del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental. Un sub-sistema de evaluación de impactos ambientales abarca el proceso de presentación, revisión, licenciamiento y seguimiento ambiental de una actividad o un proyecto propuesto. El Art. 13 del SUMA establece que es Objetivo General de la evaluación de impactos ambientales el garantizar el acceso de funcionarios públicos y la sociedad en general a la información ambiental relevante de una actividad o proyecto propuesto previo a la decisión sobre la implementación o ejecución de la actividad o proyecto. El Art. 15 del SUMA establece la necesidad (o no) de una evaluación de impactos ambientales, en función de las actividades o proyectos propuestos. En función de los siguientes métodos: a) lista taxativa y umbrales que determinen las actividades y/o proyectos sujetos a un proceso de evaluación de impactos ambientales, incluyendo criterios complementarios para la determinación de la necesidad de una evaluación de impactos ambientales; o, b) criterios y método de calificación para determinar en cada caso la necesidad (o no) de un proceso de evaluación de impactos ambientales; entre estos métodos pueden incluirse fichas ambientales y/o estudios preliminares de impacto ambiental; o, c) cualquier tipo de combinación de las dos alternativas mencionadas; y, d) tomarán en cuenta los criterios priorizados en la Estrategia Ambiental para el Desarrollo Sustentable, así como las correspondientes políticas sectoriales y/o seccionales. TÍTULO IV. REGLAMENTO A LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL, PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL (RLGAPCCA). El presente título establece: Las normas generales nacionales aplicables a la prevención y control de la contaminación ambiental y de los impactos ambientales negativos de las actividades definidas por la Clasificación Ampliada de las Actividades Económicas de la versión vigente de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU), adoptada por el Instituto Nacional de Estadística y Censo; Las normas técnicas nacionales que fijan los límites permisibles de emisión, descargas y vertidos al ambiente; y los criterios de calidad de los recursos agua, aire y suelo, a nivel nacional. El Art. 45 establece que toda acción relacionada a la gestión ambiental deberá planificarse y ejecutarse sobre la base de los principios de: sustentabilidad, equidad, consentimiento informado previo, representatividad validada, coordinación, precaución, prevención, mitigación y remediación de impactos negativos, solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, reciclaje y reutilización de desechos, conservación de

52 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES recursos en general, minimización de desechos, uso de tecnologías más limpias, tecnologías alternativas ambientalmente responsables y respeto a las culturas y prácticas tradicionales y posesiones ancestrales. Igualmente, el citado reglamento establece que deberán considerarse los impactos ambientales de cualquier producto, industrializados o no, durante su ciclo de vida. El Art. 60 especifica la Auditoría Ambiental de Cumplimiento que se realiza un año después de entrar en operación la actividad a favor de la cual se aprobó el EIA. El regulado deberá realizar una Auditoría Ambiental de Cumplimiento con su plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes, particularmente del presente reglamento y sus normas técnicas.la Auditoría Ambiental de Cumplimiento con el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes incluirá la descripción de nuevas actividades de la organización cuando las hubiese y la actualización del plan de manejo ambiental de ser el caso. ANEXO 1: NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE DESCARGA DE EFLUENTES: RECURSO AGUA (TEXTO ÚNICO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA). Art El regulado deberá mantener un registro de los efluentes generados, indicando el caudal del efluente, frecuencia de descarga, tratamiento aplicado a los efluentes, análisis de laboratorio y la disposición de los mismos, identificando el cuerpo receptor. Es mandatorio que el caudal reportado de los efluentes generados sea respaldado con datos de producción. Art En las tablas # 11, 12 y 13 de la presente norma, se establecen los parámetros de descarga hacia el sistema de alcantarillado y cuerpos de agua (dulce y marina), los valores de los límites máximos permisibles, corresponden a promedios diarios. La Entidad Ambiental de Control deberá establecer la normativa complementaria en la cual se establezca: La frecuencia de monitoreo, el tipo de muestra (simple o compuesta), el número de muestras a tomar y la interpretación estadística de los resultados que permitan determinar si el regulado cumple o no con los límites permisibles fijados en la presente normativa para descargas a sistemas de alcantarillado y cuerpos de agua. Art Se prohíbe la utilización de cualquier tipo de agua, con el propósito de diluir los efluentes líquidos no tratados. Art Las municipalidades de acuerdo a sus estándares de Calidad Ambiental deberán definir independientemente sus normas, mediante ordenanzas, considerando los criterios de calidad establecidos para el uso o los usos asignados a las aguas. En sujeción a lo establecido en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación. Art Se prohíbe toda descarga de residuos líquidos a las vías públicas, canales de riego y drenaje o sistemas de recolección de aguas lluvias y aguas subterráneas. La Entidad Ambiental de Control, de manera provisional mientras no exista sistema de alcantarillado certificado por el proveedor del servicio de alcantarillado sinarmorio y tratamiento e informe favorable de ésta entidad para esa descarga, podrá permitir la descarga de aguas residuales a sistemas de recolección de aguas lluvias, por excepción, siempre que estas cumplan con las normas de descarga a cuerpos de agua. Art Las aguas residuales que no cumplan previamente a su descarga, con los parámetros establecidos de descarga en esta Norma, deberán ser tratadas mediante tratamiento convencional, sea cual fuere su origen: público o privado. Por lo tanto, los sistemas de tratamiento deben ser modulares para evitar la falta absoluta de tratamiento de las aguas residuales en caso de paralización de una de las unidades, por falla o mantenimiento. Art Los laboratorios que realicen los análisis de determinación del grado de contaminación de los efluentes o cuerpos receptores deberán haber implantado buenas prácticas de laboratorio, seguir métodos normalizados de análisis y estar certificados por alguna norma internacional de laboratorios, hasta tanto el organismo de acreditación

53 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES ecuatoriano establezca el sistema de acreditación nacional que los laboratorios deberán cumplir. Art Los sistemas de drenaje para las aguas domésticas, industriales y pluviales que se generen en una industria, deberán encontrarse separadas en sus respectivos sistemas o colectores. Art Se prohíbe descargar sustancias o desechos peligrosos (líquidos-sólidossemisólidos) fuera de los estándares permitidos, hacia el cuerpo receptor, sistema de alcantarillado y sistema de aguas lluvias. Art Se prohíbe la infiltración al suelo, de efluentes industriales tratados y no tratados, sin permiso de la Entidad Ambiental de Control. Art Loso sedimentos, lodos y sustancias sólidas provenientes de sistemas de potabilización de agua y de tratamiento de desechos y otras tales como residuos del área de la construcción, cenizas, cachaza, bagazo, o cualquier tipo de desecho doméstico o industrial, no deberán disponerse en aguas superficiales, subterráneas, marinas, de estuario, sistemas de alcantarillado y cauces de agua estacionales secos o no, y para su disposición deberá cumplirse con las normas legales referentes a los desechos sólidos no peligrosos. ANEXO 2: NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL DEL RECURSO SUELO Y CRITERIOS DE REMEDIACIÓN PARA SUELOS CONTAMINADOS (TEXTO ÚNICO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA). ART PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN DEL RECURSO SUELO: La prevención de la contaminación al recurso suelo se fundamenta en las buenas prácticas de manejo e ingeniería aplicada a cada uno de los procesos productivos. Se evitará trasladar el problema de contaminación de los recursos agua y aire al recurso suelo. ART SOBRE LAS ACTIVIDADES GENERADORAS DE DESECHOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS: Toda actividad productiva que genere desechos sólidos no peligrosos, deberá implementar una política de reciclaje o re-uso de los desechos. Si el reciclaje o reuso no es viable, los desechos deberán ser dispuestos de manera ambientalmente aceptable. Las industrias y proveedores de servicios deben llevar un registro de los desechos generados, indicando volumen y sitio de disposición de los mismos. Por ningún motivo se permite la disposición de desechos en áreas no aprobadas para el efecto por parte de la entidad ambiental de control. ART SOBRE LAS ACTIVIDADES QUE GENEREN DESECHOS PELIGROSOS: Los desechos considerados peligrosos generados en las diversas actividades industriales, comerciales agrícolas o de servicio, deberán ser devueltos a sus proveedores, quienes se encargarán de efectuar la disposición final del desecho mediante métodos de eliminación establecidos en las normas técnicas ambientales y regulaciones expedidas para el efecto. ART SOBRE EL MANEJO, ALMACENAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS: El almacenamiento, transporte y disposición de residuos peligrosos, deberán ser manejados de acuerdo a lo establecido en las normas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que generan residuos peligrosos, deben llevar una bitácora mensual sobre la generación de sus residuos peligrosos, donde se incluirá las características del desecho, volumen, procedencia y disposición final del mismo. Se debe transportar los residuos peligrosos en los vehículos que cuenten con todas las condiciones previstas en las normas técnicas y regulaciones expedidas para el efecto. Las personas que realicen esta actividad, deben contar con el permiso de la Entidad Ambiental de Control correspondiente.

54 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Las áreas de almacenamiento deberán reunir como mínimo, a más de las establecidas en la Norma Técnica Ambiental para el Manejo de Desechos Peligrosos, con las siguientes condiciones: Estar separadas de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados. Estar ubicadas en zonas donde se minimicen los riesgos por posibles emisiones, fugas, incendios, explosiones e inundaciones. Contar con muros de contención, y fosas de retención para la captación de los residuos de los lixiviados. Los lixiviados deberán ser recogidos y tratados para volverlos inocuos. Por ningún motivo deberán ser vertidos o descargados sobre el suelo sin previo tratamiento y aprobación de la entidad ambiental de control. Los pisos deberán contar con trincheras o canaletas que conduzcan los derrames a las fosas de retención, con capacidad para contener una quinta parte de lo almacenado. Contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, así como el movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia. Contar con sistemas para la prevención y respuesta a incendios. ART DE LA PROHIBICIÓN DE DESCARGAS, INFILTRACIÓN O INYECCIÓN DE EFLUENTES EN EL SUELO Y SUBSUELO. Se prohíbe la descarga, infiltración o inyección en el suelo o en el subsuelo de efluentes tratados o no, que alteren la calidad del recurso. Se exceptúa de lo dispuesto en este artículo las actividades de inyección asociadas a la exploración y explotación de hidrocarburos, estas actividades deberán adoptar los procedimientos ambientales existentes en los reglamentos y normas ambientales Hidrocarburíferas vigentes en el país. Las sustancias químicas e hidrocarburos deberán almacenarse, manejarse y transportarse de manera técnicamente apropiada, tal como lo establece las regulaciones ambientales del sector Hidrocarburíferas y la Norma Técnica Ecuatoriana INEN 2266, referente al Transporte, Almacenamiento y Manejo de Productos Químicos Peligrosos, o la que la reemplace. ART DE LAS ACTIVIDADES QUE DEGRADAN LA CALIDAD DEL SUELO Los talleres mecánicos y lubricadoras, y cualquier actividad industrial, comercial o de servicio que dentro de sus operaciones manejen y utilicen hidrocarburos de petróleo o sus derivados, deberán realizar sus actividades en áreas pavimentadas e impermeabilizadas y por ningún motivo deberán verter los residuos aceitosos o disponer los recipientes, piezas o partes que hayan estado en contacto con estas sustancias sobre el suelo. Este tipo de residuos deberán ser eliminados mediante los métodos establecidos en las Normas Técnicas y Reglamentos aplicables y vigentes en el país. Los aceites minerales usados y los hidrocarburos de petróleo desechados serán considerados sustancias peligrosas. Los productores o comercializadores de aceites minerales o aceites lubricantes están obligados a recibir los aceites usados, los cuales obligatoriamente deberán devolverles sus clientes. ANEXO 5: LÍMITES PERMISIBLES DE NIVELES DE RUIDO AMBIENTE PARA FUENTES FIJAS Y FUENTES MÓVILES, Y PARA VIBRACIONES. Art. 4.1 Límites máximos permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas. Art Niveles máximos permisibles de ruido Art Los niveles de presión sonora equivalente, NPS eq, expresados en decibeles, en ponderación con escala A, que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, no podrán exceder los valores que se fijan en la siguiente Tabla. Tabla 2 Niveles Máximos de Ruido Permisibles según el uso de suelo

55 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES TIPO DE ZONA SEGÚN USO DE SUELO NIVEL DE PRESIÓN SONORA EQUIVALENTE NPSeq [db(a)] DE 06H00 A 20H00 DE 20H00 A 06H00 Zona hospitalaria y educativa Zona Residencial Zona Residencial mixta Zona Comercial Zona Comercial mixta Zona Industrial Fuente: Reglamento de la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, Anexo 5, Norma de Calidad de Aire. Anexo 6: Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición final de Desechos Sólidos No Peligrosos, Libro VI, DE LA CALIDAD AMBIENTAL, del Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria. Art Los propietarios de terrenos y solares tienen las siguientes responsabilidades: a) Mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene, salubridad y seguridad, libre de desechos sólidos en general; y, b) Ejecutar labores de desratización y desinfección de manera periódica. Art Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente realizar la separación en la fuente de los desechos sólidos normales de los peligrosos, evitando de esta manera una contaminación cruzada en la disposición final de los desechos. Art Las industrias generadoras, poseedoras y/o terceros que produzcan o manipulen desechos peligrosos deben obligatoriamente facilitar toda la información requerida a los municipios, sobre el origen, naturaleza, composición, características, cantidades, forma de evacuación, sistema de tratamiento y destino final de los desechos sólidos. Así también brindarán las facilidades necesarias al personal autorizado de los municipios, para que puedan realizar inspecciones, labores de vigilancia y control. Art Se prohíbe la quema de desechos sólidos en los contenedores de almacenamiento de desechos sólidos. Art Se prohíbe quemar desechos sólidos a cielo abierto. Art Se prohíbe mezclar desechos sólidos peligrosos con desechos sólidos no peligrosos ACUERDO MINISTERIAL NO. 006 REFORMAR EL TITULO I Y IV, DEL LIBRO VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE. Art.1 Refórmese la denominación del Artículo 4 del Título I, del libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, por Glosario de Términos e inclúyase en orden alfabético las siguientes definiciones: Auditoría ambiental.- Procesos técnicos de carácter fiscalizador, posterior, realizado generalmente por un tercero independiente y en función de los respectivos términos de referencia, en los cuales se determina el tipo de autoría (de cumplimiento y/o de gestión ambiental), el alcance y el marco documental que sirve de referencia para dicha auditoría. Alcance.- etapa del proceso de evaluación de impacto ambiéntales en la cual se determina el alcance, la focalización y los métodos a aplicarse en la realización de un estudio ambiental, basado en las características del proyecto, obra o actividad propuesto y contando con criterios obtenidos a través de la participación ciudadana. El

56 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES resultado documental de esta etapa son los términos de referencia para el estudio ambiental. Categorización ambiental nacional.- es el proceso de selección, depuración, ordenamiento, valorización, estratificación, de los procesos, obras o actividad existente en el país, en función de las características particulares de éstos y de los impactos negativos que causan al ambiente. Todos los proyectos, obras o actividades a desarrollar se en el país, deberes regularizarse ambientalmente, conforme a la normativa ambiental aplicable y a la categorización ambiental nacional, establecidos en el Anexo I de este Acuerdo. Declaración de impacto ambiental.- Es el instrumento previsto para la regularización ambiental de los proyectos, obras o actividades de la categoría III, en el cual se expresan los resultados de una evaluación de impacto ambiental; es un instrumento de análisis con características específicas, que permite identificar los posibles impactos ambientales y las consecuencias que podrían ser ocasionadas por la ejecución del proyecto, obras o actividad. Plan de manejo ambiental.- documento que establece en detalle y en orden cronológico las acciones que se requieren para prevenir, mitigar, controlar, corregir y compensar los posibles impactos ambientales negativos, o acentuar los impactos positivos causados en el desarrollo de una acción propuesta. Por lo general, el plan de manejo ambiental consistente de varios sub-planes, dependiente de las características de la actividad o proyecto propuesto. Regularización ambiental.- es el proceso mediante el cual un proyecto, obra o actividad, se regula ambientalmente, bajo los parámetros establecidos en la legislación ambiental aplicable, la categorización ambiental nacional, el manual para cada categoría establecido en el Anexo II, guías metodológicas establecidas en los anexos III Y IV, las directrices establecidas por la Autoridad ambiental nacional. Art. 2.- Sustitúyase la definición de Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA)del artículo 4 del Capítulo I del Título I del libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria por el siguiente texto: El sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA) Es el conjunto de principios, normas, procedimientos, mecanismos y relaciones organizadas orientadas entre otras al planteamiento, evaluación de riesgos ambientales; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistema de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono, dentro de los mecanismos de regularización, control y seguimiento ambiental, mismo que será realizado por las entidades centrales y seccionales que cuenten con funciones ambientales. Art. 3.- Agréguense a continuación del numeral 11 del artículo 13 del Capítulo II del Título I del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria por el siguiente numerales: 12. Remitir una certificación en la cual se demuestre que el GAD Provincial o Municipal y Organismo Seccional, no tiene procesos administrativos o sanciones incumplidas establecidas por el MAE. 13. En caso de no cumplir con todos los requisitos para la renovación de la acreditación, y una vez finalizado el periodo de acreditación, la autoridad ambiental de aplicación responsable, deberá cumplir en un plazo de tres meses, con todos los requisitos previstos para la renovación de la acreditación ante el SUMA, caso contrario, se dará por finalizado la acreditación, por lo que, el GAD Provincial, Municipal u Organismo Seccional deberá iniciar un nuevo proceso de acreditación ante el SUMA.

57 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Art. 4.- Agréguense a continuación del último párrafo del artículo 16 del Capítulo II del Título I del libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria el siguiente párrafo : Los actividades, obras o proyectos que inicien o se encuentren en proceso de regularización ambiental, podrán continuar con el proceso de licenciamiento ambiental en el Gobierno Autónomo Descentralizado provincial en caso de estar acreditado, o al que determine la Autoridad ambiental nacional. Art. 5.- Sustitúyase el segundo párrafo del artículo 17 del Capítulo II del Título I del LIBRO VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaría por el siguiente texto: Una vez notificada la revocatoria a la acreditación, la autoridad ambiental de aplicación responsable, pierde todas las facultades que le fueran concedidas en la resolución de la acreditación, por lo que en el término de 15 días, deberá remitir todos los procesos en los que actúa como autoridad ambiental de aplicación responsable, al gobierno autónomo descentralizado provincial en caso de estar acreditado, o al que determine la Autoridad ambiental nacional. Art.6.- Sustitúyase el artículo 23 del Capítulo IV del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria por lo siguiente: Del Sistema Único de Información Ambiental (SUIA).-Es la herramienta informática de uso obligatorio para las entidades que conforman el Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental, será administrado por la Autoridad ambiental nacional y, será el único medio en línea empleado para realizar todo el proceso de licenciamiento ambiental, de acuerdo a los principales de celeridad y transparencia. Art.9.- Sustitúyase el artículo 28 del Capítulo IV del Título I del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria por lo siguiente: Del certificado de intersección.- El certificado de intersección es un documento electrónico generado por el SUIA a partir de coordinar UTM datum: WGS-84, 17S, en el que se indican si el proyecto, obra o actividad propuesto por el promotor interseca o no con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques y Vegetación Protectora, Patrimonio Forestal del Estado, Zonas Intangibles, áreas de amortiguamiento de éstas y otras de alta prioridad. El certificado intersección es un documento necesario y obligatorio para continuar con el proceso de un registro de un proyecto, obra o actividad; sin la obtención del mismo no se podrá continuar con el proceso de regularización. Art.16.- Sustitúyase el número 1 del artículo 40 del Capítulo V del Título I del VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria por lo siguiente: Emitir pronunciamiento favorable a la Declaración de Impacto Ambiental presente por el promotor en el término previsto de 30 días y conferir la respectivas licencia ambiental, conforme al manual de ésta categoría Art.20.- Suprímase y sustituya el contenido de los artículos 62,63,64,65 del Título I del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, por el siguiente: De la participación ciudadana.- En los que respecta a los mecanismos de participación ciudadana en los procesos de licenciamiento ambiental se estará a lo señalado en el Decreto Ejecutivo No de 22 de abril de 2008, mediante el cual se expidió el Reglamento de Aplicación de los Mecanismo de Participación Social establecidos en la ley de Gestión Ambiental ; y, el Acuerdo Ministerial No.66 de 18 de Junio de 2013, mediante el cual se expidió el Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social establecido en la Ley de Gestión Ambiental, publicado en el Registro Oficial No 332 de 8 de mayo de Art.21.- Sustitúyase el artículo 64 del Capítulo VII del Título I del libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria por lo siguiente: Recepción y recolección de criterios.- Los mecanismos para la recolección de criterios y observaciones serán entre otros:

58 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES a) Actas de reuniones informativos y audiencia pública, notariadas si se considera necesario; b) Memorias de talleres participativos; c) Formularios a depositarse en buzones en talleres participativos, centros de información pública y audiencia pública; d) Correo tradicional (carta, fax, etc.); e) Correo electrónico f) Registro audiovisuales Los criterios y observaciones de la comunidad deberán ser documentados y sistematizados a fin de establecer categorías de criterios de acuerdo a su origen, tipo de criterios tratamientos en el estudio ambiental o plan de manejo ambiental y la forma de incorporación a éstos De las inspecciones Inspecciones Ambientales.- Las instalaciones de los sujetos de control, serán inspeccionadas en cualquier momento, sin necesidad de notificación previa, por parte de la Autoridad ambiental competente que podrá contar con el apoyo de la fuerza pública en los casos que fueren necesarios. La autoridad Ambiental competente de control podrá tomar muestras de las emisiones, descargas o vertidos e inspeccionar la infraestructura de control o prevención existente. El Sujeto de Control deberá garantizar una coordinación interna para atender a las demandas de la entidad ambiental de control de cualquier horario. Los resultados de las inspecciones constaran en el correspondiente informe de ser el caso dará inicio, al requerimiento de un plan emergente qué contengan medidas correctivas inmediatas, al procedimiento sancionatorio o a los procedimientos de sancionatorio o a los procedimientos de regularización establecidos en la Normativa Ambiental aplicable. Dicho plan emergente deberá estar sujeto al control y seguimiento por parte de la Autoridad Ambiental por medios de informes de cumplimientos y demás mecanismos de control establecidos. Los sujetos de control están obligados a prestar todas las facilidades para la ejecución de las inspecciones, toma de muestras y análisis del laboratorio que la Autoridad Ambiental competente lo requiera. De las auditorías ambientales Auditorías Ambientales.- Es una herramienta de gestión que involucra conjuntos de métodos y procedimientos de carácter fiscalizador, posterior, que serán evaluados por la Autoridad Ambiental competente. Auditoría ambiental de cumplimiento. Deberán ser realizadas para las actividades o proyectos caracterizados como III y IV; donde se evaluara y se verificara el cumplimiento de los planes de manejo Ambiental respectivos y normativas Ambientales vigentes. El costo de la auditoría será asumido por el sujeto de controlo regulado y la empresa consultora deberá estar calificada ante la Autoridad Ambiental nacional. Las auditorías Ambientales incluirán, además de los establecidos en el inciso anterior, la Actualización el Plan de Manejo Ambiental, planes de acción y evaluación del avance y los cumplimientos de los programas de reparación y restauración integral ambiental si fuera el caso; lo cual serán verificados por la Autoridad Ambiental competente. Periodicidad de la auditoría ambiental de cumplimiento.- Sin perjuicio de la autoridad ambiental competente pueda disponer que se realice una auditoría ambiental de cumplimiento en cualquier momento en función de nivel de riesgo de la actividad, una vez cumplido el año e otorgado el permiso ambiental a las actividades de las categorías III y IV se deberá presentar el primer informe de Auditoría Ambiental de Cumplimento, en

59 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES lo posterior, el sujeto de control, deberá presentar el informe de las auditorías ambientales de cumplimento al menos cada dos años contados a partir de la presentación de la primera auditoría ambiental. En caso de las actividades reguladas por cuerpos de normativos sectoriales el regulado presentara la auditoría ambiental en los plazos establecidos en esas normas, siempre y cuando no excedan los dos años. PÁRRAFO 2 Hallazgos de mecanismos de control Hallazgos.- los hallazgos de los mecanismos de control se clasifican como: conformidades, no conformidades y observaciones. Las conformidades y no conformidades se la determina por medio de Auditorías Ambientales pudiendo ser mayores y menores, sin perjuicio de la Autoridad Ambiental pueda establecer no conformidades en cualquier momento en base de los resultados de los mecanismos de control. Las observaciones pueden ser entre otras, incumplimiento a los límites permisibles, a los Planes de Manejo Ambiental y la Normativa Ambiental Vigente, y se lo identificara por medio de los mecanismos de control. Los plazos para que el sujeto de Control remita los informes pertinentes, ya sea de observaciones o no conformidades, serán dispuestos por la Autoridad Ambiental. No conformidad mayor (nc+).- Esta calificación implica una falla grave frente al Plan de Manejo Ambiental y/o Leyes Aplicables. Una calificación de NC+ puede ser aplicada también cuando se produzcan repeticiones periódicas de no conformidades menores. Los criterios de calificación son los siguientes: Corrección o remediación Rápida corrección o remediación Bajo costo de corrección o remediación Evento de magnitud pequeña, extensión puntual, poco riesgo e impactos menores, sean directos y/o indirectos. Art.28.- Sustitúyase el artículo 68 del capítulo VIII del Título I del libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, por lo siguiente: Suspensión de la licenciatura ambiental.- En el caso de no existir no conformidades mayores (NC+) que impliquen el incumplimiento al plan de manejo ambiental y/o de la normativa ambiental vigente, que ha sido observadas en más de dos ocasiones por la Autoridad ambiental competente, y no hubieran sido mitigadas ni subsanadas por el promotor del proyecto, obra u actividad; comprobadas mediantes mecanismo de control y seguimientos. La autoridad ambiental competente suspenderá mediante resolución motivada, la licencia ambiental hasta que los hechos que causaron la suspensión sean subsanados. La suspensión de la licencia ambiental interrumpirá la ejecución del proyecto, obra o actividad, bajo responsabilidad del propio promotor o ejecutor, durante el mismo tiempo. Para el efecto la autoridad ambiental competente, comunicara al promotor la no conformidad y le otorgara un término no menor de 10 días para que remedie el incumplimiento, sin menoscabo de la responsabilidad de terceros, aplicando el principio de responsabilidad de terceros, aplicando el principio responsabilidad objetiva previsto en nuestro ordenamiento jurídico. Agotado el término legal otorgado, la autoridad ambiental competente resolverá sobre la suspensión de la licencia ambiental o el archivo del expediente administrativo. La suspensión de la licencia ambiental implicara que el promotor no podrá realizar actividad alguna hasta el cierre de las no conformidades y se haya reparado en forma integral los daños causados.

60 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Sustitúyase la Disposición General Tercera del Título I del libro VI del Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria por lo siguiente: Todos los proyectos, obras o actividades en funcionamiento que se regularicen ambientalmente en las categorías III y IV por medio de una licencia Ambiental, deberán presentar una Declaración de Impacto Ambiental ex post o estudio de Impacto Ambiental ex post respectivamente, de acuerdo a los instrumentos establecidos en la Categorización Ambiental Nacional ; sin embargo, si en la identificación y la evaluación de impactos y riesgos ambientales de la fase operativa, se detectaran incumpliendo a la normativa ambiental vigente, se deberá incorporar el Plan de Manejo Ambiental, un Plan de Acción con acciones correctivas inmediatas para subsanar los problemas de contaminación ambiental que se podrían estar generando ACUERDO NO. 161: TÍTULO V: REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN POR SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS, DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES CAPÍTULO I PRINCIPIOS GENERALES Y ÁMBITO DE APLICACIÓN SECCIÓN I PRINCIPIOS GENERALES Art A efectos del presente Reglamento, los desechos peligrosos son: a) Los desechos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos resultantes de un proceso 'de producción, transformación, reciclaje, utilización o consumo y que contengan alguna sustancia que tenga características corrosivas, reactivas, tóxicas, inflamables, biológico-infecciosas y/o radioactivas, que representen un riesgo para la salud humana y el ambiente de acuerdo a las disposiciones legales aplicables; b) Aquellos que se encuentran determinados en los listados nacionales de desechos peligrosos, a menos que no tengan ninguna de las características descritas en el literal anterior. Estos listados serán establecidos y actualizados mediante acuerdos ministeriales. Para determinar si un desecho debe o no ser considerado como peligroso, la caracterización del mismo deberá realizarse conforme las normas técnicas establecidas por la Autoridad Ambiental Nacional y/o el INEN, o en su defecto normas técnicas aceptadas a nivel internacional. En lo relacionado a la gestión de los desechos peligrosos con contenidos de material radioactiva sea de origen natural o artificial serán regulados y controlados por la normativa específica emitida por el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable a través de la Subsecretaría de Control, Investigación y Aplicaciones Nucleares o aquella que la remplace, lo cual no exime al generador de proveer de la información sobre estos desechos a la Autoridad Ambiental Nacional. Art A efectos del presente Reglamento los desechos especiales son: a) Aquellos desechos, que sin ser peligrosos, por su naturaleza, pueden impactar el entorno ambiental o la salud, debido al volumen de generación y/o difícil degradación y para los cuales se debe implementar un sistema de recuperación, reusó y/o reciclaje con el fin de reducir la cantidad de desechos generados, evitar su inadecuado manejo y disposición, así como la sobresaturación de los rellenos sanitarios municipales; b) Aquellos cuyo contenido de sustancias que tenga características corrosivas, reactivas, tóxicas, inflamables, biológico-infecciosas y/o radioactivas, no superen los límites de concentración establecidos en la normativa ambiental que se expida para el efecto y para los cuales es necesario un manejo ambiental adecuado y mantener un control - monitoreo periódico. Para determinar si un desecho debe o no ser considerado como especial, la caracterización del mismo deberá realizarse

61 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES conforme las normas técnicas establecidas por la Autoridad Ambiental Nacional y/o el INEN, o en su defecto por normas técnicas aceptadas a nivel internacional; c) Aquellos que se encuentran determinados en el listado nacional de desechos especiales. Estos listados serán establecidos y actualizados mediante acuerdos ministeriales. Art Todas las personas que intervengan en cualquiera de las fases de la gestión integral de los desechos peligrosos y especiales, se asegurarán que el personal que se encargue del manejo de estos desechos, tenga la capacitación necesaria y cuenten con el equipo de protección apropiado, a fin de precautelar su salud. Art La transferencia (entrega/recepción) de desechos peligrosos y/o especiales, entre las fases del sistema de gestión establecido, queda condicionada a la verificación de la vigencia del registro otorgado al generador y el alcance de la regulación ambiental de los prestadores de servicio para la gestión de desechos peligrosos y/o especiales. PARRÁFO I: DE LA GENERACIÓN Art Todo generador de desechos peligrosos y especiales es el titular y responsable del manejo de los mismos hasta su disposición final, siendo su responsabilidad: a.- responder conjunta y solidariamente con las personas naturales o jurídicas que efectúen para él la gestión de los desechos de su titularidad, en cuanto al cumplimiento de la normativa ambiental aplicable antes de la entrega de los mismos y en caso de incidentes que involucren manejo inadecuado, contaminación y/o daño ambiental. La responsabilidad es solidaridad e irrenunciable; b.- Tomar medidas con el fin de reducir o minimizar la generación de desechos peligrosos y especiales; c.- Obtener obligatoriamente el requisito de generador de desechos peligrosos y/o especiales ante el Ministerio Del Ambiente o las Autoridades Ambientales de Aplicación Responsable, para lo cual el Ministerio del Ambiente establecerá los procedimientos aprobatorios respectivos mediante acuerdo ministerial; d.- Almacenar: los desechos peligrosos y especiales en condiciones técnicas de seguridad y en áreas que reúnan los requisitos previstos en el presente Reglamento, normas INEN y/o normas nacionales e internacionales aplicables evitando su contacto con los recursos agua y el suelo y verificado la compatibilidad de los mismos. e.- Disponer de instalaciones adecuadas y técnicamente construidas para realizar el almacenamiento de los desechos peligroso y/o especial, con accesibilidad a los vehículos que vayan a realizar el traslado de los mismos; f.- Identificar y/o caracterizar los desechos peligrosos y/o especiales generados, de acuerdo a la norma técnica correspondiente; g.- Realizar la entrega de los desechos peligrosos y/o especiales para su adecuado manejo, únicamente a personas naturales Q jurídicas que cuenten con la regularización ambiental correspondiente emitida por el Ministerio del Ambiente o por la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable; h.- Antes de entregar sus desechos peligrosos y/o especiales, el generador deberá demostrar ante la autoridad ambiental competente que no es posible someterlos a algún sistema de eliminación y/o disposición final dentro de sus instalaciones, bajo los lineamientos técnicos establecidos en la normativa ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente o por el INEN; en caso de ser necesario se complementará con las normas internacionales aplicables; i.- Elaborar, formalizar y custodiar el manifiesto único de movimiento de los desechos peligrosos y/o especiales para su gestión; este documento crea la cadena de custodia

62 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES desde la generación hasta la disposición final; j.- Regularizar su actividad conforme lo establece la normativa ambiental ante el Ministerio del Ambiente o las Autoridades Ambientales de Aplicación Responsable; k.- para generador que tengan dos o más establecimientos en donde se generen desechos peligrosos, el registro será individual para cada uno de los establecimientos peligrosos, el registro será individual para cada uno de los establecimientos y se obtendrán ante el ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable para la jurisdicción correspondiente; l.- Declarar anualmente ante el Ministerio del Ambiente o Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable acreditada para su aprobación, la generación y manejo de desechos peligrosos y/o especiales. Esta declaración la realizará cada generador por registro otorgado de manera anual. La información consignada en este documento estará sujeta a comprobación por parte de la Autoridad Competente, quien podrá solicitar informes específicos cuando lo requiera. El incumplimiento de esta disposición conllevará la cancelación del registro sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que hubieren lugar; m.- Mantener un registro (bitácora) de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos y especiales en su área de almacenamiento, en donde se hará constar la fecha de los movimientos (entradas/salidas), nombre del desecho, su origen, cantidad (transferida/almacenada) y destino; n.- Entregar al Ministerio del Ambiente o la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable correspondiente la información adicional o complementaria que sea necesaria; o.- Proceder a la actualización del Registro otorgado en caso de modificaciones en la información; p.- Para generadores que ya cuentan con licencia ambiental de su actividad y que están en capacidad de gestionar sus propios desechos peligrosos y/o especiales, deben actualizar su Plan de Manejo Ambiental a fin de reportar dicha gestión a la autoridad ambiental competente. Las operaciones de transporte de desechos peligrosos ylo sustancias químicas peligrosas, y/o eliminación de desechos peligrosos y/o especiales que realicen, deben cumplir con los aspectos técnicos y legales establecidos en la normativa ambiental aplicable; en caso de ser necesario se complementará con las normas internacionales aplicables. Art El generador reportará al Ministerio del Ambiente o a la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable, los accidentes producidos durante la generación manejo de los desechos peligrosos y/o especiales. El ocultamiento de esta información recibirá la sanción prevista en la legislación ambiental aplicable. PÁRRAFO 11: DEL ALMACENAMIENTO Art Dentro de esta etapa de la gestión, los desechos peligrosos o especiales deben permanecer envasados, almacenados y etiquetados, aplicando para el efecto, las normas técnicas pertinentes establecidas por el Ministerio del Ambiente y el INEN, o en su defecto normas técnicas aceptadas a nivel internacional aplicables en el país. L envases empleados en el almacenamiento deben ser utilizados únicamente para el fin, tomando en cuenta las características de peligrosidad y de incompatibilidad de los desechos peligrosos o especiales con ciertos materiales. Para el caso de desechos peligrosos con contenidos de material radioactiva sea de origen natural o artificial, el envasado, almacenamiento, y etiquetado deberá además cumplir con la normativa específica emitida por Autoridad Reguladora del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable a través de la Subsecretaria de Control, investigación y Aplicaciones Nucleares o aquella que la reemplace.

63 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Art El almacenamiento de desechos peligrosos y/o especiales en las instalaciones, no podrá superar, los doce (12) meses. En casos justificados mediante informe técnico, se podrá solicitar a la autoridad ambiental una extensión de dicho periodo que no excederá de 6 meses. Durante el tiempo que el generador esté almacenando desechos peligrosos dentro de sus instalaciones éste debe garantizar que se tomen las medidas tendientes a prevenir cualquier afectación a la salud y al ambiente, teniendo en cuenta su responsabilidad por todos los efectos ocasionados. Art En caso de inexistencia de una instalación d~ eliminación y/o disposición final, imposibilidad de accesos a ella u otros casos justificados, la autoridad ambiental podrá autorizar el almacenamiento de desechos peligrosos por períodos prolongados, superiores a los establecidos en el artículo precedente. En este caso, el Ministerio del Ambiente determinará los lineamientos técnicos para el control del almacenamiento de los desechos peligrosos. Art Los lugares para el almacenamiento de desechos peligrosos deben cumplir con las siguientes condiciones mínimas: a.- Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma segura los desechos peligrosos, así como contar con pasillos lo suficientemente amplios, que permitan el tránsito de montacargas mecánicos, electrónicos o manuales, así como el movimiento de los grupos de seguridad y bomberos en casos de emergencia; b.- Estar separados de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados; c.- No almacenar desechos peligrosos con sustancias químicas peligrosas. d.- El acceso a estos locales debe ser restringido, únicamente se admitirá el ingreso a personal autorizado provisto de todos los implementos determinados en las normas de seguridad industrial y que cuente con la identificación correspondiente para su ingreso; e.- En los casos que se almacenen desechos peligrosos de varios generadores cuya procedencia indique el posible contacto o presencia de material radioactivo, la instalación deberá contar con un detector de radiaciones adecuadamente calibrado y en caso de hallazgos al respecto proceder a informar inmediatamente al Ministerio de Electricidad y Energía Renovable a través de la Subsecretaria de control, investigación y Aplicaciones Nucleares o aquella que la reemplace; f.- Contar con un equipo de emergencia y personal capacitado en la aplicación de planes de contingencia; g.- Las instalaciones deben contar con pisos cuyas superficies sean de acabado liso, continuo e impermeable o se hayan impermeabilizado resistentes química y estructuralmente a los desechos peligrosos que se almacenen, así como contar con una cubierta a fin de estar protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura, radiación y evitar la contaminación por escorrentía; h.- Para el caso de almacenamiento de desechos líquidos, el sitio debe contar con cubetos para contención de derrames o fosas de retención de derrames cuya capacidad sea del 110% del contenedor de mayor capacidad, además deben contar con trincheras o canaletas para conducir derrames a las fosas de retención con capacidad para contener una quinta parte de lo almacenado; i.- contar con señalización apropiada con letreros alusivos a la peligrosidad de los mismos, en lugares y formas visibles; j.- Contar con sistemas de extinción contra incendios. En el caso de hidrantes, estos deberán mantener una presión mínima de 6 kg/cm2 durante 15 minutos; k.- Contar con un cierre perinatal que impida el libre acceso de personas y animales; Excepcionalmente se podrán autorizar sitios de almacenamiento que no cumplan con algunas de estas condiciones tales como piscinas, lagunas artificiales u otros, si se justifica técnicamente que no afectan a la salud y el ambiente.

64 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Art Los lugares para el almacenamiento de desechos especiales deben cumplir con las siguientes condiciones mínimas: a. Contar con señalización apropiada con letreros alusivos a la identificación de los mismos, en lugares y formas visibles; b. Contar con sistemas contraincendios; c. Contar con un cierre perimetral que impida el acceso de personas y animales; d. Estar separados de las áreas de producción, servicios, oficinas y de almacenamiento de materias primas o productos terminados; e. No almacenar con desechos peligrosos o sustancias químicas peligrosas; f. Las instalaciones deben contar con pisos cuyas superficies sean de acabado listo, continuo e impermeable o se hayan impermeabilizado, resistentes química y estructuralmente a los desechos especiales que se almacenen, así como contar con una cubierta a fin de estar protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura, radiación y evitar la contaminación por escorrentía; g. Para el caso de almacenamiento de desechos líquidos, el sitio de almacenamiento debe contar con cubetos para contención de derrames o fosas de retención de derrames cuya capacidad sea del 110% del contenedor de mayor capacidad, además deben contar con trincheras o canaletas para conducir derrames a las fosas de retención con capacidad para contener una quinta parte de lo almacenado; Art Todo envase durante el almacenamiento temporal de desechos peligrosos y/o especiales debe llevar la identificación correspondiente de acuerdo a las normas técnicas emitidas por el Ministerio del Ambiente o el INEN Art Los desechos peligrosos pelisos y especiales serán almacenados considerado los criterios de compatibilidad, de acuerdo a lo establecido en las: normas técnicas emitidas por el Ministerio del Ambiente o el INEN y las normas internacionales aplicables al país, no podrán ser almacenados en forma conjunta en un mismo recipiente y serán entregados únicamente a personas naturales o jurídicas que cuenten con la regulación ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente o por las Autoridades Ambientales de Aplicación Responsable; Art El generador que transfiera desechos peligrosos y/o especiales a un prestador de servicio (gestor) autorizado para el almacenamiento de los mismos, debe llevar la cadena de custodia de estos desechos a través de la consignación de la información correspondiente de cada movimiento en el manifiesto único; PÁRRAFO III: DE LA RECOLECCIÓN Art Dentro de esta etapa de la legislación, los desechos peligrosos y especiales deben ser recolectados en forma tal que no afecten a la salud humana Art La recolección y transporte de desechos peligrosos deberá realizarse en trasporte que cuente con la respectiva licencia ambiental otorgada por el ministerio del ambiente o por las autoridades ambientales de aplicación responsable, según lo establecido Art Sin perjuicio de lo anterior, el generador está obligado a archivar los manifiestos únicos de cada movimiento de desechos peligrosos, por un período de 6 años, los cuales podrán ser auditados y fiscalizados en cualquier momento por el ministerio del ambiente o las autoridades ambientales de aplicación responsable y se deberá presentar una copia física y digitalizada de cada uno de ellos, una vez finalizado el movimiento de desechos. Art queda prohibida la mezcla de desechos especiales con desechos peligrosos, ya que si esto llega a ocurrir, la mezcla completa debe manejarse como desecho peligroso

65 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES ACUERDO MINISTERIAL No. 142: R.O No. 856 DEL 21 DE DICIEMBRE DEL 2012 MINISTRA DEL AMBIENTE Acuerda: EXPEDIR LOS LISTADOS NACIONALES DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS, DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES Art. 1. Serán consideradas sustancias químicas peligrosas, las establecidas en el Anexo A del presente acuerdo. Art. 2.- Serán considerados desechos peligrosos, los establecidos en el Anexo B del presente acuerdo. Art. 3. Serán considerados desechos especiales los establecidos en los Anexo C del presente acuerdo. DISPOSICIONES GENERALES Primera.- El articulado del presente instrumento será aplicado sin perjuicio de las demás disposiciones establecidas con respecto a los conceptos de sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales, definidos en el Acuerdo Ministerial No. 161 publicado en el Registro Oficial No. 631 del 01 de febrero de 2012, sobre el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación por Sustancias Químicas Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especiales. Segunda.- La categoría de Desecho Especial, únicamente y para fines administrativos, implica que la regularización ambiental en cuanto a la gestión de transporte y/o almacenamiento son sujetos de categorización de acuerdo al artículo 15 del SUMA, lo cual implica que podría ser Ficha Ambiental o Licencia Ambiental, dependiendo el análisis técnico. En cuanto a los sistemas de eliminación o disposición final, estos serán regulados a través de una licencia ambiental, de acuerdo a los lineamientos técnico legales establecidos para el efecto. Tercera.- En lo relacionado a la gestión de los desechos peligrosos con contenidos de material radioactivo sea de origen natural o artificial, serán regulados y controlados por la normativa específica emitida por el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable a través de la Subsecretaría de Control, Investigación y Aplicaciones Nucleares o aquella que la reemplace, lo cual no exime al generador de proveer de la información sobre estos desechos a la Autoridad Ambiental Nacional. DISPOSICIÓN FINAL.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. ANEXO A LISTADO NACIONAL DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS LISTADO No. 1: LISTADO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS PROHIBIDAS Nº CAS Descripción , 2 dibromoetano (EDB) ,4,5 T y sales y ésteres de 2, 4, 5 T Aldrin Aldicarb temik 10% G y 10% G, restringe el uso, aplic ación y comercialización exclusivamente a flores y exclusivamente mediante el méto do de "USO RESTRINGIDO Y VENTA APLICADA"

66 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Amianto (actinolita, antofilita, amosita, crocidolita, tremolita) 4 (crocidoolita) Amitrole Arseniato de cobre 07/10/6108 BHC Nº CAS Descripción Bicloruro de etileno (hexa-) (octa-) (deca-) Bifenilos polibromados (PBB) Bifenilos poli clorados (PCB) Binapacrilo 01/06/2425 Captafol Clordano Clordimeformo (Galecron y Fundal) Clorobencilato compuestos de mercurio, incluidos compuestos inorgánicos de mercurio, compuestos alquílicos de mercurio y compuestos alcoxialquílicos y arílicos de mercurio DDT Dieldrin Dietil parathion Dinitro-orto-cresol - DNOC (Trifrina) y sus sales Dinoseb y sus sales DPCP Endosulfan Endrin Etil parathion (mezcla de isómeros E y Z) (isómero Z) (isómero E) Fluoroacetamida Formulaciones de polvo seco con la mezcla de: 7% o mas de benomilo, 10% o más de carbofurano y 15% o más de tiram Fosfomidón (Formulaciones líquidas solubles de la sus tancia que sobrepasen los 100g/l de ingrediente activo) Fosfato de tris (2,3-dibromopropil) HCH (mezcla de isómeros)

67 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Heptacloro Hexaclorobenceno Leptofos Lindano Metamidofos (Formulaciones líquidas solubles de la sustancia que sobrepasen los 600g/l de ingrediente activo) Metilparation (concentrados emulsificables con 19,5% o mas de ingresdiente activo y polvos que contengan 1,5% o más de ingrediente activo) Mirex Monocrotofos Monocrotofos (formulaciones líquidas solubles de la sust ancia que sobrepasen los 600 g/l de ingrediente activo) Óxido de etileno Paratión Paratión (se incluye todas las formulaciones: aero soles, polvos secos, concentrados emulsificables, gránulos,y polvos humedecibles, excpept o las suspensiones en cápsula) Pentaclorofenol, sus sales y ésteres Terfenilos policlorados (PCT) Tetracloruro de carbono Tetraetilo de plomo Tetrametilo de plomo Toxafeno Zineb solo o en combinación con otros fungicidas LISTADO No. 2: LISTADO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS DE TOXICIDAD AGUDA (*). Nº RP Nº CAS Descripción P ,0- Dietil 0-piracinil fosforotioato P (o-clorofenil)tiourea P Acetil-2- tiourea P Bromo-2-propanona P Naftalenil-tiurea P ,4- Dinitrofenol P Ciclohexil-4,6-dinitrofenol P Hidroxi-2- metil- propanonitrilo P Metil aziridina P , Metil-4,6-dinitrofenol y sus sales P Propen-1-ol

68 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES P Propin-1-ol (alcohol propargilico) P (1-metil-2-pirrolidinil)- piridina (S) y sales Nicotina y sus sales P Cloro-propanonitrilo P ,6-Dinitro-o-cresol y sus sales P Aminopiridina P (Aminometil)-3(2H)-isoxazolona P Acetato de fenil mercurio P Acido arsénico H3AsO4 P Acido fluoroacético, sal de sodio P Acido tetraetil ester difosfórico P Acido tiodifosfórico, tetraetil éster P Acroleína P Aldicarb P Alfa, alfa-dimetil-bencenoetanoamina P Azida de sodio P Aziridina P Berilio P Brucina P Carbonil de niquel Ni(CO)4 (T,R) P Cianuro de bario P Cianuro de calcio Ca(CN)2 P Cianuro de cinc Zn(CN)2 P Cianuro de cobre CuCN P Cianuro de etilo P Cianuro de hidrógeno P Cianuro de níquel Ni(CN)2 P Cianuro de plata Ag(CN) P Cianuro de plata y potasio P Cianuro de potasio K(CN) P Cianuro de sodio Na(CN) P Cianuros (sales solubles de cianuro), no especificado P Cloro de acetaldehído otra forma P Cloruro de bencillo P Cloruro de cianógeno (CN)Cl P Diclorofenilarsina P Diclorometil éter P Dietil arsina P Dietil-p-nitrofenil fosfato P Diisopropilfluorofosfato (DFP) P Dimetoato P Dinoseb

69 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES P Dióxido de nitrógeno P Disulfotón P Disulfuro de carbono P Ditiobiuret P Endosulfan P Endotal P Endrin y metabolitos P Epinefrina P Estricnina y sales Estricnidin -10- ona y sales P Etanodinitrilo Nº RP Nº CAS Descripción P Famfur P Feniltiourea P Flúor P Fluoroacetamida P Forato P Fosfina P Fosfuro de aluminio (R, T) P Fosfuro de cinc Zn3P2, cuando está presente mayores al 10% (R,T) P Fosgeno P Fulminato de mercurio (R,T) P Hexaetil tetrafosfato P Isocianato de metilo P Isodrín P Metil paratión P Metilhidrazina P Metomyl P Nitroglicerina (R) P N-Metil-N-nitroso-vinilamina P N-Nitrosodimetilamina P Octametil difosforamida P Oxido de talio TL2O3 P Oxido de Vanadio V2O5 P Oxido nítrico P Paratión P p-cloroanilina P Pentóxido de arsénico

70 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES P Picrato de amonio (R) P p-nitroanilina P Selenito de Talio (I) P Selenoúrea P Sulfato de Talio (I) P Tetraetilditiopirofosfato P Tetraetilo de plomo P Tetraetilo pirofosfato P Tetranitrometano (R) P Tetraóxido de osmio P Tiofanox P Tiofenol P Tiosemicarbazida P Triclorometanotiol P Trióxido de arsénico P Vanadato de amonio LISTADO No 3: LISTADO NACIONAL DE SUSTANCIAS QUIMICAS PELIGROSOS DE TOXICIDAD CRONICA (*) Nº RP Nº CAS Descripción U [1,1'-Bifenil] -4,4'-diamina,3,3'- dimetil U [1,1'-Bifenil]-4,4'-diamina, 3,3'- dicloro U ,0-Dietil -S-metil ditiofosfato U ,1'-( 2,2-dicloroetilideno) bis(4-clorobenceno) U ,1'-(2,2,2-Tricloroetilideno) bis 4-metoxi-benceno U ,1,1,2-Tetracloroetano U ,1,1-Tricloroetano U ,1,2,2-Tetracloroetano U ,1,2-Tricloroetano U ,1'-[metilen bis (oxi)] bis 2-cloro-etano U ,1-Dicloro-etano U ,1-Dicloroetileno U ,1-Dimetilhidracina U ,1'-oxibis-etano (I) U ,2 -Difenilhidracina U ,2,4,5-Tetraclorobenceno U ,2:3,4-Diepoxibutano (I,T) U ,2-Dibromo-3-cloropropano U ,2-Dibromo-etano

71 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES U ,2-Dicloroetano U ,2-Dicloroetileno U ,2-Dicloropropano U ,2-Dietil-hidracina U ,2-Dimetilhidracina U ,3,5-Trinitrobenceno (R,T) U ,3-Dicloropropeno U ,3-Pentadieno (I) U ,3-Propanosulfona U ,4-Dicloro-2-buteno (I,T) U ,4-Dioxano U ,4-Naftoquinona U Bromo-4-fenoxi-benceno U Butanol (I) U Metil-1-feniletil-hidroperóxido (R) U Metil-2,4-dinitrobenceno U Metiletil-benceno (I) U Naftalenamina U ,2'-(nitrosoimino) bis etanol F ,3,4,6-Tetraclorofenol F ,4,5-Triclorofenol F ,4,6-Triclorofenol U ,4-Diclorofenol U ,4-Dimetilfenol U ,4-Dinitrotolueno U ,6-Diclorofenol U ,6-Dinitrotolueno U Acetilaminofluoreno U Butanona (I,T) U Butanona, peroxido (R,T) U Butenal U Cloroetil vinil éter U Cloro-naftaleno U Metil-1,3-dinitrobenceno U Metil-1-propanol (I,T) U metil-hidrocloruro de bencenamina U Naftalenamina U Nitropropano (I,T) Nº RP Nº CAS Descripción U Picolina U Propenamida

72 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES U Propenonitrilo U ,3'- Dimetoxibencidina U ,3'-Diclorobencidina U ,3'-Dimetilbencidina U Metilclorantreno U ,4'-Metilenbis (2-cloroanilina) U ,4'-metileno bis (2-cloro)- bencenamina U [bis(2-cloroetil) amino]-l-fenilalanina U Cloro-2-metil-hidrocloruro de bencenamina U Cloro-3-metil-fenol U Cloro-o-toluidina, hidrocloruro U Metil-2-pentanona (1) U metil-pentanol U [bis(2-cloroetil) amino]-2,4 - (1H, 3H)-pirimidindiona U Nitro-o-toluidina U ,12-Dimetilbenzo [a] antraceno U Acetaldehído (I) U Acetato de etilo (I) U Acetato de plomo U Acetato de talio (I) U Acetofenona U Acetona (I) U Acetonitrilo (I,T) U Acido 1,2-becenodicarboxílico, dimetil éster U Acido 1,2-bencenodicarboxílico, dietil éster F Acido 2-(2,4,5-triclorofenoxi) propanoico U Acido 2-metil-2-propenoíco, etil éster U Acido 2-propenoíco (I) U Acido 2-propenoíco, etil éster U Acido acrílico (I) U Acido bencenacético, 4 cloro-alfa-(4-clorofe-nil)- alfa-hidroxi-etil éster U Acido carbámico, etil éster U Acido carbámico, metil nitroso-, etil éster U Acido carbamotióco, bis (1-metiletil)-,S-(2,3-dicloro-2- propenil) éster. U Acido carbono clorhídrico, metil éster (I,T) U Acido clorhídrico benzensulfónico (C,R) U Acido dimetil arsínico U Acido etilenbisditiocarbámico, sales y ésteres U Ácido fluorhídrico (C,T)

73 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES U Acido fórmico (C,T) U Acido fosfórico, plomo (2+) sal (2:3) U Acido sulfúrico, dimetil éster F Acido-(2,4,5-triclorofenoxi)-acético U Acido-(2,4-diclorofenoxi)-acético, sales y ésteres U Acrilamida U Acrilato de etilo (I) U Acrilonitrilo U Amitrole U Anhídrido ftálico U Anhídrido maleíco U Anilina (I,T) U Auramina U Azaserina U Bencenamina (I,T) U Benceno (I,T) U Bencidina U Benzo (a) antraceno U Benzo [a] pireno Nº RP Nº CAS Descripción U Di-n-propilnitrosamina U Dióxido de selenio U Dipropilamina (I) U Epiclorhidrina U Etil carbamato (uretano) U Etil éter (I) U Etilenglicol monoetil U Etilentiourea U Fenacetín U Fenol U Fluoranteno U Formaldehído U Fosfato de 2,3-dibromo-1-propanol (3:1) U Fosfato de plomo U Fosfuro de azufre (R) U Furfural (I) U Furfurano (I) U Glicidilaldehído U Hexaclorobutadieno U Hexaclorociclopentadieno

74 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES U Hexacloroetano U Hexaclorofeno U Hexacloropropeno U Hidracida maleíca U Hidracina (R,T) U Indeno[1,2,3-cd] pireno U Iodometano U Ioduro de metilo U Isobutil alcohol (I,T) U Isosafrole U Kepone U Lasiocarpine U L-Serina, diazoacetato (ester) U m-diclorobenceno U Melfalen U Mercurio U Metacrilato de etilo U Metacrilato de metilo (I,T) U Metacrilonitrilo (I,T) U Metanol (I) U Metanosulfanato de etilo U Metapirileno U Metil etil cetona (I,T) U Metil etil cetona peróxido (R,T) U Metilmercaptano (I,T) U Metiltiouracil U Metoxiclor U Mitomicin C U N,N'-Dietilhidracina U N-9H-fluoren-2 -il-acetamida U Naftaleno U N-butil-N-nitroso-1-butanamina U Nitrato de talio (I) U Nitrobenceno (I,T) U N-Metil-N'-nitro-N-nitroso-guanidina U N-metil-N-Nitroso-urea U N-Nitrosodietanolamina U N-Nitrosodietilamina U N-Nitrosodi-n-butilamina U N-Nitroso-N-etilurea

75 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Nº RP Nº CAS Descripción U Benzo [rst] pentafeno U Benzo acridina U Benzo[a]pireno U Benzotricloruro (C,R,T) U Bromuro de cianógeno (CN)Br. U Bromuro de metilo U Carbonato de talio (I) U Ciclofosfamida U Ciclohexano (I) U Ciclohexanona (I) U Cloral U Clorambucil U Clornafazin U Clorobenceno U Clorobencilato U Clorocarbonato de metilo (I,T) U Cloroeteno U Cloroformo U Clorometano (I,T) U Clorometil metil éter U Clorometil-oxirano U Cloruro de acetilo (C,R,T) U Cloruro de bencensulfonilo (C,R) U Cloruro de benzol U Cloruro de metileno U Cloruro de metilo (I,T) U Cloruro de talio (I) U Cloruro de vinilo U Creosota U Cresol (ácido cresílico) U Criseno U Cromato de calcio U Daunomicin U DDD U Dialato U Dibenzo [a,h] antraceno U Dibenzo [a,i] pireno U Dibromometano U Dibromuro de etileno

76 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES U Dibutil ftalato U Diclorodifluorometano U Dicloroetil éter U Dicloroisopropil éter U Diclorometano U Diclorometil-benceno U Diclorometoxi etano U Dicloruro de etileno U Dicloruro de etilideno U Dicloruro de propileno U Dietil ftalato U Dietilestilbesterol U Dietilhexil ftalato U Difluoruro carbónico U Dihidrosafrole U Diisocianato de tolueno (R,T) U Dimetil cloruro carbámico U Dimetil sulfato U Dimetilamina (I) U Dimetilftalato U Di-n-octil ftalato Tabla #7 Anexo A del ACUERDO MINISTERIAL No. 142 R.O No. 856 DEL 21 DE DICIEMBRE DEL 2012 ANEXO B LISTADOS NACIONALES DE DESECHOS PELIGROSOS LISTADO No. 1: DESECHOS PELIGROSOS POR FUENTE ESPECÍFICA A CIIU 1 AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA Descripción de categorías CRITB Código Agricultura, floricultura, ganadería, caza y actividades de servicios conexas: fumigación aérea, terrestre, tratamiento de semillas, control de plagas Código Basilea Lodos de lavado y limpieza que contengan plaguicidas T A Y4 Aguas residuales que contengan plaguicidas T A Y4 Lodos contaminados con plaguicidas provenientes del tratami ento de Efluentes. T A Y4 Agroquímicos caducados, obsoletos o fuera de especificaciones T (1) A Y4 / A414 0

77 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Lodos de tanques de almacenamiento de aceites agrícolas T, I A Y8 Envases vacíos de plaguicidas sin triple lavado T A Y4 Mangeras y accesorios de los sistemas de fumigación utilzado s en Florícolas. T A Y4 Desechos de persevantes tóxicos utilizados en pos cosecha T A Y4 / A403 0 Cadáveres de animales enfermos retirados de camales, veteri narias, PISTA BLANCA PIEDRA, etc. B A Y1 / A402 0 E SUMINISTRO DE AGUA, EVACUACIÓN DE AGUAS RESIDUALES, GESTIÓN DE DESECHOS Y DESCONTAMINACIÓN 36 Captación, tratamiento y distribución de agua Productos químicos caducados o fuera de especificaciones T, C (2) E A4140 Carbón activado o material filtrante que contienen metales pesados u otras sustancias peligrosas T E Y Evacuación de aguas residuales domésticas. Sistemas de alcantarillado Lodos que contienen sustancias peligrosas T E Y18 Recolección, tratamiento y disposición final de desechos sólidos y recuperación de materiales (reciclaje, incineración, autoclavado, procesamiento) Desechos peligrosos recuperados de las corrientes de desechos domésticos T E Y18 Lixiviados generados en vertederos, rellenos y celdas de seguridad T E Y18 Cenizas de fondo de la cámara de combustión generadas por el proceso de incineración T E Y18 Cenizas volantes y otros residuos de tratamiento de gases que conti enen sustancias peligrosas T E Y18/A4100 Lodos generados en el proceso de lavado de gases T E Y18/A4100 Lodos de tratamiento de lixiviados T E Y18 Escorias y polvos de plomo generados en la fundición de celdas de baterías de plomo-ácido T E Y31 Soluciones ácidas agotadas generadas en el desmontaje de baterías plomo-acido C E Y34 39 Actividades de descontaminación de suelos y aguas. Desechos que después de ser tratados aún contienen Sustancias peligrosas T E Y18 H Transporte y almacenamiento

78 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 49 Transporte por vía terrestre y tuberías: combustibles, productos Químicos peligrosos, desechos peligrosos. Desechos líquidos de la limpieza de carros cisternas (tanqueros) detransporte terrestre que contengan productos químicos peligrosos y desechos peligrosos Desechos sólidos de la limpieza de carros cisternas (tanqueros) y elmantenimiento en general del transporte terrestre de materiales peligrosos T H Y18 T H Y18 Tuberías con residual de materiales peligrosos Tanques cisternas fuera de uso que contienen sustancias químicas peligrosas T H Y18 50 Transporte por vía marítima: combustibles, productos químicos peligrosos, desechos peligrosos. Agua de sentina, mezclas oleosas T H Y9 Desechos de la limpieza de cisternas de transporte maríti mo que contengan sustancias peligrosas y desechos peligrosos T H Y18 Aceites usados marinos T, H Y8 Desechos sólidos de la limpieza de las cisterna y el mantenimiento T H Y18 en general del transporte marítimo Chatarra contaminada con sustancias peligrosas T H Y18 Bodegas, almacenamiento y actividades de apoyo del transporte de 52 materiales peligrosos Productos químicos declarados en abandono, caducados, produ ctos no identificados, incluidos los desechos generados en los terminales portuarios/aéreos T, I, C,R -2 H Desechos sólidos contaminados con materiales peligrosos 2 H Y18 Lodos de tanques, cisternas de almacenamiento de sustancias quí micas peligrosas A H Y18 Material adsorbente del derrame de materiales peligrosos 2 H Y18 Lodos de tanque de almacenamiento de combustible del transporte Q T, I H Y9 ACTIVIDADES DE ATENCIÓN A LA SALUD HUMANA Y DE ASISTENCIA SOCIAL 86 Actividades de atención a la salud humana: hospitales, clínicas, centros médicos, odontológicos, laboratorios clínicos banco de sangre Cultivos de agentes infecciosos y desechos de producción bio lógica, vacunas vencidas o inutilizadas, cajas de petri, placas de frotis y todos los instrumentos usados para manipular, mezclar B Q Y1 o inocular microorganismos. Desechos anatomo-patológicos: órganos, tejidos, partes corporales que han sido extraídos mediante cirugía, necropsia u otro procedimiento médico. B Q Y1 Sangre, sus derivados e insumos usados para procedimientos de a nálisis y Administración de los mismos. B Q Y1 Fluidos corporales. B Q Y1

79 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Objetos cortopunzantes que han sido utilizados en la atención de seres humanos o animales; en la investigación, en laboratorios y administración. De fármacos B Q Y1 Cadáveres o partes anatómicas de animales provenientes de clínicasveterinarias o que han estado expuestos a agentes B Q Y1 infecciosos en laboratorios de experimentación. Material e insumos que han sido utilizados para procedimientos mé B Q Y1 dicos y que han estado en contacto con fluidos corporales Fármacos caducados o fuera de especificaciones T Q Y3 Desechos químicos de laboratorio, químicos caducados o f T, C,B- Q Y1/A4020 uera de especificaciones 2 Desechos que contienen mercurio (termómetros) T Q Y29 Líquidos de revelado (líquidos que contienen nitrato de plata) utiliz T Q Y16 ados en imagenología Desechos de amalgamas odontológicas T Q Y29 LISTADO No. 2: LISTADO DE DESECHOS PELIGROSOS POR FUENTE NO ESPECÍFICA DESECHO PELIGROSO Aceites dieléctricos usados que no contengan bifen ilopoliclorados (PBC),terfenilopoliclorados (PCT) o bifenilopolibr omados (PBB) CRTIB CODIGO Código Basilea T, I NE-01 Y8 Aceites dieléctricos usados u otros aceites minerales que conten gan bifenilopoliclorados (PBC) mayor o igual a 50 ppm o mg/l T, I NE-02 Y10 Aceites minerales usados o gastados T, I NE-03 Y8 Agroquímicos caducados o fuera de especificaciones generados en actividades comunes T NE-04 Y4 Aguas de sentina T NE-05 Y9 Aguas residuales industriales que cuyas concentraciones de Cr (V I), As, Cd, Se, Sb, Te, Hg, Tl, Pb, cianuros, fenoles u otras sustancias peligrosas excedan los límites máximos permitidos (Anexo 1 del Libro VI del TULSMA) T NE-06 Baterías usadas plomo-ácido C NE-07 A1180 Baterías usadas que contengan Hg, Ni, Cd u otros materiales peli grosos y que exhiban Características de peligrosidad. T NE-08 A1180 Chatarra contaminada con materiales peligrosos NE-09 Y18 Desechos biopeligrosos activos resultantes de la atención mé dica prestados en centros médicos de empresas B NE-10 Y1 Y18

80 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Desechos contaminados con peróxidos R NE-11 A4120 Desechos de aceites minerales no aptos para el uso al que estab T, NE-12 Y8 Desechos de amianto/asbesto o materiales contaminados con ell os. T NE-13 Y36/A20 50 Desechos de asfalto con contenido de alquitrán resultante d e la construcción y el mantenimiento de carreteras T NE-14 A3200 Desechos de carácter explosivo R NE-15 Y15 Desechos de catalizadores que contengan metales pesados T NE-16 Y18 Desechos de los baños de aceite en las operaciones de tratamie nto térmico de metales T, NE-17 Y17 Desechos de soluciones ácidas con ph < 2 C NE-18 Y34 Desechos de soluciones alcalinas con ph>12.5 C NE-19 Y35 Desechos metálicos y desechos que contengan aleaciones de a ntimonio, arsénico, berilio, cadmio, plomo, mercurio, selenio, telurio y talio T NE-20 Y25, Y26, Y27, Y28, Y29, Y31/A Desechos que contienen mercurio T NE-21 Y29 Desechos que contienen, consisten o están contaminados con di T NE-22 A4110 Desechos químicos de laboratorio de análisis y control de calidad T NE-23 Y18 Desechos sólidos o lodos/sedimentos de sistemas de tratamiento de las aguas residuales industriales que contengan materiales peligrosos: Cr (VI), As, Cd, Se, Sb, Te, Hg, Tl, Pb, cianuros, fenoles o metales pesados T NE-24 Y18 Desechos, sustancias y artículos que contienen, consisten o están contaminados con PCB, PCT, naftalenopoliclorado (PCN) O PBB con una T NE-25 Y10 concentración igual o mayor a 50Mg/kg. Emulsiones bituminosas T NE-26 Y9 Envases contaminados con materiales peligrosos T NE-27 A4130 Envases vacíos de agroquímicos sin triple lavado T NE-28 A4030 Envases y contenedores vacíos de materiales tóxicos sin previo tr atamiento Equipo de protección personal contaminado con materiales peli grosos Escombros de construcción contaminados con materiales peligro sos T NE-29 A4130 T NE-30 Y18 T NE-31 Y18

81 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Filtros usados de aceite mineral T NE-32 Y8 Gases comprimidos, gases refrigerantes en desuso, almacena T dos en contenedores o cilindros NE-33 A4140 Aceites, grasas y ceras usadas o fuera de especificaciones T, I NE-34 A4140 Hidrocarburos sucios o contaminados con otras sustancias T, I NE-35 Y9 Lodos de aceite T NE-36 Y8 Lodos de sistema de tratamiento de las aguas residuales do mésticas que contengan materiales peligrosos T NE-37 Y18 Lodos de tanques de almacenamiento de hidrocarburos T, I NE-38 Y9 Lodos del tratamiento de lavado de gases, que contengan mate riales peligrosos T NE-39 Y18 Luminarias, lámparas, tubos fluorescentes, focos ahorradores u sados que contengan mercurio T NE-40 A1180 Material filtrante y/o carbón activado usados con contenido nocivo T NE-41 Y18 Material adsorbente contaminado con hidrocarburos: waipes, paños, trapos, aserrín, barreras adsorbentes y otros materiales sólidos adsorbentes T NE-42 Y18 Material adsorbente contaminado con sustancias químicas p eligrosas: waipes, paños, trapos, aserrín, barreras adsorbentes y otros materiales sólidos adsorbentes Material de embalaje contaminado con restos de sustancias o desechos peligrosos Mezclas oleosas, emulsiones de hidrocarburos- agua, Desechos de taladrina Partes de equipos eléctricos y electrónicos que contienen montajes eléctricos y electrónicos, componentes o elementos constitutivos como acumuladores y otras baterías,interruptores de mercurio, vidrios de tubos de rayos catódicos, capacitores de PCB o contaminados con Cd, Hg, Pb, PCB, Organoclorados entre otros. Productos farmacéuticos caducados o fuera de especificaciones generados en empresas no farmacéuticas T NE-43 Y18 T NE-44 Y18 T NE-45 Y9 T NE-46 A1180 T NE-47 Y2 Productos químicos caducados o fuera de especificaciones T, I, C, R-2 NE-48 A4140 Residuos de tintas, pinturas, resinas que contengan sustancias T, I peligrosas y exhiban características de peligrosidad (1) NE-49 Y12 Sedimentos o colas de la recuperación de solventes orgánicos T, I ( NE-50 Y6 Solventes orgánicos gastados y mezclas de solventes gastados 1) T, I NE-51 Y6 Suelos contaminados con materiales peligrosos T NE-52 Y18 Cartuchos de impresión de tinta o tóner usados T NE-53 Y12

82 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Sustancias químicas de desecho, no identificadas o nuevas, result antes de la investigación o el desarrollo o las actividades de enseñanza y cuyos efectos en el ser humano o el medioambiente no se conozcan T, I, C, R-2 NE-54 Y14 Transformadores en desuso que hayan contenido aceites con PC B, PCT, PBB T NE-55 Y10 Desechos peligrosos con contenidos de material radioactivo s ea de origen natural o Radiactivo artificial (3) T NE - 56 (1) Algunos desechos, además de tóxicos pueden tener características inflamables (2) Depende de las carácterísticas propias de cada sustancia/desecho. Revisar la correspondiente MSDS del principio activo A1180; A4120; A3200; A1010; A4110; A4130; A4030; A4140, no poseen una corriente Y específica, por lo que se coloca su,identificación tal como consta en el Anexo VIII del Texto del Convenio de Basilea (3) En lo relacionado a la gestión de los desechos peligrosos con contenidos de material radioactivo sea de origen natural oartificial serán regulados y controlados por la normativa específica emitida por el Ministerio de Electricidad y Energía Renovable a través de la Subsecretaría de Control, Investigación y Aplicaciones Nucleares o aquella que la reemplace, lo cualno exime al generador de proveer de la información sobre estos desechos a la Aut oridad Ambiental Nacional. Tabla #8 Anexo B del ACUERDO MINISTERIAL No. 142 R.O No. 856 DEL 21 DE DICIEMBRE DEL 2012 ANEXO C: LISTADO NACIONAL DE DESECHOS ESPECIALES Envases vacíos de agroquímicos con triple lavado ES-01 Envases/contenedores vacíos de químicos tóxicos luego del tratamiento ES-02 Plásticos de invernadero ES-03 Neumáticos usados o partes de los mismos ES-04 Fundas biflex, corbatines y protectores usados ES-05 Equipos eléctricos y electrónicos en desuso que no han sido desensamblados, separados sus componentes o elementos constitutivos ES-06 Aceites vegetales usados generados en procesos de fritura de alimentos ES-07 Escorias de acería cuyos componentes tóxicos se encuentren bajo los valores establecidos en las normas Técnicas correspondientes REGLAMENTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO AMBIENTAL PARA LAS OPERACIONES HIDROCARBURÍFERAS EN EL ECUADOR. Expedido mediante Decreto Ejecutivo 1215 y publicado en el Registro Oficial No. 265 del 13 de Febrero del El Art. 1 señala el objeto de regular las actividades hidrocarburífera de exploración, desarrollo y producción, almacenamiento, transporte, industrialización y comercialización de petróleo crudo, derivados del petróleo, gas natural y afines, susceptibles de producir impactos ambientales en el área de influencia directa, definida en cada caso por el Estudio Ambiental respectivo. Es menester repetir que mediante Decreto Ejecutivo 1630 y publicado en el Registro Oficial No. 561 del 1 de abril de 2009 se transfirieron al Ministerio del Ambiente todas las competencias, atribuciones, funciones y delegaciones que en materia ambiental ejercían la Subsecretaría de Protección Ambiental SPA y la Dirección Nacional de Protección

83 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Ambiental Hidrocarburífera DINAPAH del Ministerio de Minas y Petróleos (Hoy Ministerio de Recursos No Renovables). Art Manejo de productos químicos y sustitución de químicos convencionales. - Para el manejo y almacenamiento de productos químicos se cumplirá con lo siguiente: a) Instruir y capacitar al personal sobre el manejo de productos químicos, sus potenciales efectos ambientales así como señales de seguridad correspondientes, de acuerdo a normas de seguridad industrial; b) Los sitios de almacenamiento de productos químicos serán ubicados en áreas no inundables y cumplirán con los requerimientos específicos de almacenamiento para cada clase de productos; c) Para el transporte, almacenamiento y manejo de productos químicos peligrosos, se cumplirá con las respectivas normas vigentes en el país y se manejarán adecuadamente las hojas técnicas de seguridad (material safety data sheet) que deben ser entregadas por los fabricantes para cada producto; d) En todas las actividades Hidrocarburíferas se utilizarán productos naturales y/o biodegradables, entre otros los siguientes: desengrasantes, limpiadores, detergentes y desodorizantes domésticos e industriales, digestores de desechos tóxicos y de hidrocarburos provenientes de derrames; inhibidores paranínficos, insecticidas, abonos y fertilizantes, al menos que existan justificaciones técnicas y/o económicas debidamente sustentadas; y, e) En todas las operaciones Hidrocarburíferas y actividades relacionadas con las mismas se aplicarán estrategias de reducción del uso de productos químicos en cuanto a cantidades en general y productos peligrosos especialmente, las cuales se identificarán detalladamente en el Plan de Manejo Ambiental. Art Manejo y almacenamiento de crudo y/o combustibles. - Para el manejo y almacenamiento de combustibles y petróleo se cumplirá con lo siguiente: a) Instruir y capacitar al personal de operadoras, subcontratistas, concesionarios y distribuidores sobre el manejo de combustibles, sus potenciales efectos y riesgos ambientales así como las señales de seguridad correspondientes, de acuerdo a normas de seguridad industrial, además del el cumplimiento de los Reglamentos de Seguridad Industrial del Sistema PETROECUADOR vigentes, respecto al manejo de combustibles; b) Los tanques o recipientes para combustibles deben cumplir con todas las especificaciones técnicas y de seguridad industrial del Sistema PETROECUADOR, para evitar evaporación excesiva, contaminación, explosión o derrame de combustible. Principalmente se cumplirá la norma NFPA - 30 o equivalente; c) Los sitios de almacenamiento de combustibles serán ubicados en áreas no inundables. La instalación de tanques de almacenamiento de combustibles se realizará en las condiciones de seguridad industrial establecidas reglamentariamente en cuanto a capacidad y distancias mínimas de centros poblados, escuelas, centros de salud y demás lugares comunitarios o públicos; Art Seguridad e higiene industrial. - Es responsabilidad de los sujetos de control, el cumplimiento de las normas nacionales de seguridad e higiene industrial, las normas técnicas INEN, sus regulaciones internas y demás normas vigentes con relación al manejo y la gestión ambiental, la seguridad e higiene industrial y la salud ocupacional, cuya inobservancia

84 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES pudiese afectar al medio ambiente y a la seguridad y salud de los trabajadores que prestan sus servicios, sea directamente o por intermedio de subcontratistas en las actividades Hidrocarburíferas contempladas en este Reglamento. Es de su responsabilidad el cumplimiento cabal de todas las normas referidas, aún si las actividades se ejecutan mediante relación contractual con terceros. Toda instalación industrial dispondrá de personal profesional capacitado para seguridad industrial y salud ocupacional, así como de programas de capacitación a todo el personal de la empresa acorde con las funciones que desempeña. Art Operación y mantenimiento de equipos e instalaciones.- Se deberá disponer de equipos y materiales para control de derrames así como equipos contra incendios y contar con programas de mantenimiento tanto preventivo como correctivo, especificados en el Plan de Manejo Ambiental, así como documentado y reportado anualmente en forma resumida a través de la Dirección Nacional de Protección Ambiental a la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Energía y Minas. ART TANQUES DE ALMACENAMIENTO.- PARA LOS TANQUES DE ALMACENAMIENTO DEL PETRÓLEO Y SUS DERIVADOS, ADEMÁS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 25, SE DEBERÁN OBSERVAR LAS SIGUIENTES DISPOSICIONES: a. Tanques verticales API y tanque subterráneos UL: a.1) El área para tanques verticales API deberá estar provista de cunetas y sumideros interiores que permitan el fácil drenaje, cuyo flujo deberá controlarse con una válvula ubicada en el exterior del recinto, que permita la rápida evacuación de las aguas lluvias o hidrocarburos que se derramen en una emergencia, y deberá estar conectado a un sistema de tanques separadores. a.2) Entre cada grupo de tanques verticales API deberá existir una separación mínima igual al 1/4 de la suma de sus diámetros, a fin de guardar la debida seguridad. a.3) Los tanques de almacenamiento deberán contar con un sistema de detección de fugas para prevenir la contaminación del subsuelo. Se realizarán inspecciones periódicas a los tanques de almacenamiento, construcción de diques y cubetos de contención para prevenir y controlar fugas del producto y evitar la contaminación del subsuelo, observando normas API o equivalentes. a.4) Las tuberías enterradas deberán estar debidamente protegidas para evitar la corrosión, y a por lo menos 0.50 metros de distancia de las canalizaciones de aguas servidas, sistemas de energía eléctrica y teléfonos. a.5) Cada tanque estará dotado de una tubería de ventilación que se colocará preferentemente en área abierta para evitar la concentración o acumulación de vapores y la contaminación del aire; b. Recipientes a presión para GLP: b.1) Las esferas y los tanques horizontales de almacenamiento de gas licuado de petróleo (GLP) deberán estar fijos sobre bases de hormigón y mampostería sólida, capaces de resistir el peso del tanque lleno de agua, a fin de garantizar su estabilidad y seguridad y así evitar cualquier accidente que pudiera causar contaminación al ambiente;

85 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES b.2) Todas las operaciones de mantenimiento que se realicen en tanques de almacenamiento de combustibles y/o esferas de GLP, se ejecutarán bajo los condicionantes de las normas de seguridad del sistema PETROECUADOR, a fin de evitar cualquier derrame o fuga que pudiera afectar al ambiente; c. Transporte de hidrocarburos y/o sus derivados costa afuera: c.1) El transporte de hidrocarburos y/o sus derivados costa afuera, a través de buque tanques, se realizará sujetándose a lo establecido por la Dirección General de la Marina Mercante y del Litoral, como autoridad marítima nacional responsable de la prevención y control de la contaminación de las costas y aguas nacionales. c.2) Semestralmente durante los meses de junio y diciembre, la Dirección General de la Marina Mercante y del Litoral presentará a la Subsecretaría de Protección Ambiental a través de la Dirección Nacional de Protección Ambiental un informe de las medidas ambientales aplicadas durante las actividades de transporte para el respectivo control y seguimiento; y, d. Disposiciones generales para todo tipo de instalaciones: d.1) Mantener las áreas de las instalaciones industriales vegetadas con mantenimiento periódico para controlar escorrentías y la consecuente erosión. d.2) Se presentará anualmente un informe de inspección y mantenimiento de los tanques de almacenamiento a la Subsecretaría de Protección Ambiental, así como sobre la operatividad del Plan de Contingencias incluyendo un registro de entrenamientos y simulacros realizados con una evaluación de los mismos. ACUERDO MINISTERIAL No EXPEDIR EL INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDO EN EL DECRETO EJECUTIVO NO. 1040, PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL NO. 332 DEL 08 DE MAYO DEL DEFINICIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL (PPS) Art. 1.- Entiéndase por Proceso de Participación Social (PPS) al diálogo social e institucional en el que la Autoridad Ambiental competente informa a la población sobre la realización de posibles actividades y/o proyectos, y consulta la opinión de la ciudadanía informada sobre los impactos socio-ambientales esperados y la pertinencia de las acciones a tomar, con la finalidad de recoger sus opiniones, observaciones y comentarios, e incorporar aquellas que sean justificadas y factibles técnicamente en el Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental, y que son de cumplimiento obligatorio en el marco de la Licencia Ambiental del proyecto. De esta manera, se asegura la legitimidad social del proyecto y el ejercicio del derecho de participación de la ciudadanía en las decisiones colectivas. Art. 2- El Proceso de Participación Social (PPS) se realizará de manera obligatoria en todos los proyectos o Actividades que requieran de licencia ambiental tipo II, III y IV. Art. 3.- El Ministerio del Ambiente se encargará del control y administración institucional de los Procesos de Participación Social (PPS) en aquellos proyectos o actividades en los que

86 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES interviene como autoridad competente. De existir Autoridades Ambientales de Aplicación Responsable debidamente acreditadas, éstas serán las encargadas de aplicar el presente instructivo. Art. 4.- Sin perjuicio de otros mecanismos establecidos en la Constitución de la República del Ecuador y en la Ley, para la adecuada aplicación del presente instrumento, tómense en cuenta las siguientes definiciones: Acto central del Proceso de Participación Social en el que se presenta de manera didáctica y ajustada a las condiciones socioculturales de la población del área de influencia directa, el Estudio de Impacto y el Plan de Manejo Ambiental del proyecto o actividad, para luego receptar observaciones y criterios de la comunidad. 2. Reuniones Informativas (RI): En las RI, el promotor informará sobre las principales características del proyecto, sus impactos ambientales previsibles y las respectivas medidas de mitigación a fin de aclarar preguntas y dudas sobre el proyecto y recibir observaciones y criterios de la comunidad. 3. Centros de Información Pública: El Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental, así como documentación didáctica y visualizada serán puestos a disposición del público en una localidad de fácil acceso, contando con personal familiarizado con el proyecto u obra a fin de poder dar las explicaciones del caso. 4. Página Web: El Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental podrán ser publicados también en una página web, siempre y cuando su ubicación (URL) sea difundida suficientemente para garantizar el acceso de la ciudadanía. 5. Talleres Participativos: Para complementar y reforzar el efecto de las RI, se podrán aplicar foros que permitan al promotor identificar las percepciones y planes de desarrollo local para insertar su propuesta de medidas mitigadoras y/o compensadoras de su Plan de Manejo Ambiental en la realidad institucional y de desarrollo del entorno de la actividad o el proyecto propuesto. 6. Facilitador Socio-ambiental. Profesional reconocido y acreditado por el Ministerio del Ambiente para la organización, conducción, registro, sistematización, análisis e interpretación de los Procesos de Participación Social para la organización, conducción y sistematización de procesos de diálogo social, en el manejo de grupos de discusión y en la sistematización, análisis e interpretación de procesos de diálogo social entre actores diversos: empresas, gobiernos locales, Estado, sociedad civil. 7. Área de Influencia Social Directa: espacio social resultado de las interacciones directas, de uno o varios elementos del proyecto o actividad, con uno o varios elementos del context o social donde se implantará el proyecto. La relación social directa proyecto-entorno social se da en por lo menos dos niveles de integración social: unidades individuales (fincas, viviendas y sus correspondientes propietarios) y organizaciones sociales de primer y segundo orden (Comunidades, recintos, barrios y asociaciones de organizaciones). La identificación de los elementos individuales del AISD se realiza en función de orientar las acciones de indemnización, mientras que la identificación de las comunidades, barrios y organizaciones de primer y segundo orden que conforman el AISD se realiza en función de establecer acciones de compensación. 8. Área de Influencia Social Indirecta: espacio socio institucional que resulta de la relación del proyecto con las unidades político-territoriales donde se desarrolla el proyecto: parroquia, cantón y/o provincia. El motivo de la relación es el papel del proyecto y/o actividad en el ordenamiento del territorio local. Si bien se fundamenta en la ubicación político-administrativa del proyecto, pueden existir otras unidades territoriales que resultan relevantes para la gestión socio ambiental del Proyecto como las Circunscripciones Territoriales Indígenas, o Áreas Protegidas, Mancomunidades Municipales.

87 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL PARA PROYECTOS CATEGORÍA IV SOBRE EL FACILITADOR SOCIO AMBIENTAL. Art. 5.- El Facilitador Socio ambiental Acreditado es un profesional en libre ejercicio, sin relación de dependencia con institución pública o privada alguna, que el Ministerio del Ambiente reconoce como calificado para la organización, conducción, registro, sistematización, análisis e interpretación de los Procesos de Participación Social. Art. 6.- Para la coordinación y sistematización del Proceso de Participación Social (PPS), el Ministerio del Ambiente, a través de la Subsecretaría de Calidad Ambiental, establecerá una base de datos de Facilitadores Socio ambiéntales Acreditados, quienes provendrán de las ciencias sociales, socio ambiéntales y/o disciplinas afines, y acreditarán experiencia en la organización, conducción, registro, sistematización, análisis e interpretación de procesos de diálogo y participación social. Las Autoridades Ambientales de Aplicación Responsable debidamente acreditadas podrán contar con su propia base de Facilitadores Socio-ambientales Acreditados. En caso de no contar con dicha base, obligatoriamente deberán recurrir a la base de Facilitadores Socioambientales del Ministerio del Ambiente. Art. 7.- El Facilitador Socio-ambiental mantendrá independencia e imparcialidad con el consultor y proponente del proyecto durante la organización, conducción, registro, sistematización, análisis e interpretación del Proceso de Participación Social (PPS). Por tanto, para que un Facilitador Socio-ambiental pueda ser designado para un Proceso de Participación Social (PPS), no tendrá que haber sido parte del equipo multidisciplinario que elaboró el Estudio de Impacto Ambiental y el Plan de Manejo Ambiental motivo del Proceso de Participación Social (PPS), ni mantener relación laboral alguna con el promotor o ejecutor del proyecto y tampoco contar con vínculo profesional, económico, financiero o personal alguno con el promotor del proyecto. Art. 8.- El Facilitador Socio-ambiental será designado por la Autoridad Ambiental competente a partir del ingreso de la solicitud del proponente del proyecto. SOBRE LA ORGANIZACIÓN DEL PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL PPS Art. 9.- Para la organización local del Proceso de Participación Social (PPS), el Facilitador Socioambiental Registro Oficial Nº Lunes 15 de julio de o técnico asignado para el Proceso de Participación Social (PPS), de manera obligatoria, realizará una visita previa al Área de Influencia Directa (AID) del proyecto definida en el borrador del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) con la finalidad de identificar las condiciones socio comunicacionales locales y establecer los Mecanismos de Participación Social (MPS) más adecuados en función de las características sociales locales, de manera tal que se asegure un Proceso de Participación Social (PPS) oportuna y suficientemente convocado e informado. El proceso de Vista Previa consiste en: 1. Verificar en campo la lista de actores sociales y organizacionales que son parte del área de influencia social, directa e indirecta, del proyecto y que tendrán que ser convocados al Proceso de Participación Social (PPS). 2. Identificar las temáticas, problemáticas y conflictos socio-ambientales que podrían ser motivo de tratamiento durante el proceso de diálogo social del Proceso de Participación Social (PPS).

88 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 3. Identificar a las organizaciones de la sociedad civil de género, y de los pueblos y nacionalidades indígenas, afro ecuatorianas y montubias, presentes en el área de influencia del proyecto, para verificar su inclusión en la lista de actores a ser invitados al Proceso de Participación Social (PPS). 4. Determinar los medios de comunicación locales a ser utilizados para la convocatoria al Proceso de Participación Social (PPS) y para la difusión del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, o su equivalente. 5. Programar, en conocimiento de los representantes y/o líderes comunitarios, autoridades locales, y comunidad en general, el lugar, fecha y hora tentativas para la aplicación de los Mecanismos de Participación Social (MPS). Se debe asegurar que el escenario, fecha y hora de la Presentación Pública o su Mecanismo de Participación Social equivalente responda al principio de libre accesibilidad. Art Finalizada la Visita Previa, en el término de cinco días, el Facilitador socio ambiental asignado presentará un informe técnico con los debidos respaldos empíricos (fotos, mapas, encuestas, entrevistas, material de audio o video, etc.). Este informe será revisado y validado por la Autoridad Ambiental correspondiente, y será el marco de referencia para el desarrollo del Proceso de Participación Social (PPS) y la aplicación de los Mecanismos de Participación Social correspondientes. Si luego de la Visita Previa, el Facilitador socio ambiental establece que por el contexto social del proyecto se requiere de la participación de más Facilitadores socio ambientales, la Autoridad Ambiental Nacional y/o Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable evaluará esta recomendación y podrá asignar a dos o más Facilitadores Socio-ambientales para dicho Proceso de Participación Social (PPS). En este caso, se solicitará al proponente el pago por los servicios de facilitación de acuerdo al número de Facilitadores socio ambientales requeridos. El informe de Visita Previa deberá estar incluido en el informe final del Proceso de Participación Social (PPS). SOBRE LA CONVOCATORIA AL PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Y LA DIFUSIÓN PÚBLICA DEL EIA-PMA O SU EQUIVALENTE. Art La convocatoria al Proceso de Participación Social (PPS) y la difusión del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, o su equivalente, se realizará a través de uno o varios medios de comunicación de amplia difusión pública del Área de Influencia Directa e Indirecta del proyecto: radio, prensa, televisión, y otros mecanismos complementarios de información y comunicación. Para asegurar los principios de información, consulta y libre accesibilidad para la participación social, en las convocatorias e invitaciones colectivas, institucionales y personales, se especificará y precisará: a) Fechas y lugares donde se instalarán y funcionarán el/los Centros de Información Pública (CIP) en donde estará disponible el borrador del EsIA y PMA, b) Las páginas web de la Autoridad Competente, gobierno local vinculado y/o del proponente, donde estará disponible la versión digital del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, o su equivalente, c) La dirección electrónica de recepción de comentarios, observaciones y sugerencias al documento,d) El cronograma del Proceso de Participación Social en el que se especificará los Mecanismos de Participación Social seleccionados, lugar y fecha de aplicación, y e) La fecha límite de recepción de criterios. Art El texto y formato de la convocatoria deberá contar con la aprobación previa de la respectiva Autoridad Competente. Las convocatorias e invitaciones al Proceso de Participación Social (PPS) contarán con la firma de la Autoridad Ambiental Competente.

89 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES La publicación de las convocatorias, entrega de invitaciones, instalación de los mecanismos de información y difusión social del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental o su equivalente, son de responsabilidad del promotor o ejecutor del proyecto. Art Para la difusión e información social, y una vez realizada la publicación de las convocatorias, en el/los Centros de Información Pública (CIP), se deberá mantener disponible, por un periodo no menor a siete días antes de la realización de la Audiencia Pública (AP) o el mecanismo equivalente, el borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental o su equivalente, para su revisión por parte de la ciudadanía. Art Para la recepción y registro de observaciones y comentarios de la población, luego de la realización de la Asamblea Pública o su equivalente, el Centro de Información Pública deberá estar habilitado durante siete días más con el propósito de receptar los criterios de la comunidad sobre el borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, o su equivalente. Concluido este período de recepción y registro de las observaciones de la población posterior a la Asamblea Pública o su equivalente, se dará por concluido el Proceso de Participación Social. Art En caso de proyectos y/o actividades que se desarrollen en zonas donde exista presencia de comunidades de los pueblos y nacionalidades indígenas, las convocatorias al Proceso de Participación Social deberán hacerse en castellano y en los idiomas de uso social del Área de Influencia Directa del proyecto. De la misma manera, el Centro de Información Pública (CIP) deberá contar con al menos un extracto del proyecto traducido al idioma de las nacionalidades. Además, se deberá contar con la presencia de un traductor lingüístico para la presentación del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, o su equivalente y el diálogo social que se genera durante el desarrollo de la Audiencia Pública o su equivalente. SOBRE EL REGISTRO, SISTEMATIZACIÓN Y APROBACIÓN DEL PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL. Art La sistematización del Proceso de Participación Social (PPS) se procederá de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 9 y 19 del Decreto Ejecutivo No. 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332 del 08 de mayo del Art Una vez culminado el proceso, el Facilitador Socio-ambiental Asignado tendrá siete días laborables para la entrega del Informe de Sistematización del Proceso de Participación Social a la Autoridad Ambiental Nacional y/o a la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable debidamente acreditada para su revisión y, en base a este informe, establecer si el Proceso de Participación Social (PPS) cumple con lo establecido en el Decreto Ejecutivo No publicado en el Registro Oficial No. 332 del 08 de mayo del 2008 y el presente instructivo, en cuyo caso se procederá a su aprobación; caso contrario, se procederá al pronunciamiento desfavorable que motiva el rechazo del Proceso de Participación Social (PPS) ejecutado. Art De requerir información ampliatoria, aclaratoria, y/o complementaria del Proceso de Participación Social (PPS), la Autoridad Ambiental Nacional y/o a la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable debidamente acreditada, solicitará al facilitador socio-ambiental asignado la entrega de la misma en un plazo máximo de cinco días. Art De ser necesario, y en función de la evaluación científico y técnica del PPS, la Autoridad Ambiental Nacional y/o a la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable debidamente acreditada, podrá disponer de mecanismos de refuerzo, complemento y/o ampliación del PPS.

90 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES SOBRE LAS SANCIONES AL PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL. Art Si en la evaluación científico-técnica del Informe del Proceso de Participación Social se determinara incumplimiento de las actividades y responsabilidades del proponente del proyecto en la aplicación de los Mecanismos de Participación Social (MPS) acordados, la Autoridad Ambiental Nacional y/o la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable debidamente acreditada dispondrá al proponente la realización de un nuevo Proceso de Participación Social (PPS), y el pago del servicio de facilitación correspondiente. Art Si se determinara el incumplimiento por parte del Facilitador Socio ambiental en las responsabilidades asignadas en la organización, conducción, registro, sistematización, análisis e interpretación de los Procesos de Participación Social conforme a lo dispuesto en el Art. 4 del Acuerdo Ministerial No. 121, no se procederá al pago por el servicio de facilitación prestado. Art En caso de inasistencia del Facilitador Socio ambiental Asignado a la Audiencia Pública o su equivalente, la Autoridad Ambiental Nacional y/o Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable presente en el acto recogerá las observaciones y comentarios de los asistentes y presentará un informe técnico que permitirá evaluar y validar el Proceso de Participación Social (PPS). Art La suspensión del Proceso de Participación Social (PPS) por parte del proponente del proyecto, habiéndose ya realizado la Visita Previa del Facilitador asignado, no exime al promotor del proyecto del pago por Servicio de Facilitación. Para retomar el proceso de licenciamiento ambiental, el promotor del proyecto u actividad deberá realizar un nuevo pago por concepto de Servicio de Facilitación y designación del Facilitador Socio-ambiental correspondiente. Art En caso de incumplimiento por parte del Facilitador Socio ambiental de una o más obligaciones establecidas en el presente Acuerdo Ministerial, la primera vez será suspendido durante un periodo de tres meses, tiempo durante el cual no se le asignará Proceso de Participación Social (PPS) alguno. Los causales de suspensión son: Retrasos en tiempos de entrega de informes e información complementaria. Incumplimiento en la organización, conducción, registro, sistematización, análisis e interpretación de los Procesos de Participación Social (PPS). En caso de reincidencia se revocará definitivamente la calificación del Facilitador Socio ambiental ante la Autoridad Ambiental Nacional y/o a la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable debidamente acreditada. Art Serán motivo de eliminación definitiva de la base de Facilitadores Socio-ambientales del Ministerio del Ambiente las siguientes causales: La negativa injustificada a la coordinación de Procesos de Participación Social (PPS) por cuatro ocasiones en el periodo de un año. La presentación de información falsa dentro de los informes presentados a la Autoridad Ambiental Competente. Art El proceso sancionatorio se realizará previo informe técnico de la Dirección Nacional de Prevención de Contaminación Ambiental del Ministerio del Ambiente, el mismo que será remitido a la Coordinación General Jurídica, para la sustanciación del correspondiente expediente administrativo, a fin de garantizar el derecho a la defensa. La Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable debidamente acreditada, para la aplicación de dicha sanción, sustanciará el correspondiente procedimiento administrativo, respetando las garantías del debido proceso establecidas en la Constitución de la República del Ecuador.

91 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES SOBRE LA LEGITIMIDAD SOCIAL DEL EIA-PMA Art El informe de Sistematización del Proceso de Participación Social (PPS), de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 9 y 19 del Decreto Ejecutivo No. 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332 del 08 de mayo del 2008, será ingresado, junto con el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental o su equivalente, por el promotor del proyecto para el análisis, evaluación y pronunciamiento por parte de la Autoridad Ambiental Nacional y/o a la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable debidamente acreditada. El objetivo de esta revisión es constatar y determinar el grado en el que los criterios, observaciones, sugerencias y recomendaciones generadas durante el Proceso de Participación Social (PPS), y que se presentan como pertinentes y viables, han sido consideradas e incluidas en el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, con sus correspondientes sustentos técnico, económico, jurídico y social debidamente desarrollados. De esta manera se asegura la legitimidad social del Proyecto. SOBRE EL PAGO POR LOS SERVICIOS DE FACILITACIÓN SOCIOAMBIENTAL DE LOS PROCESO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL. Art Incorpórese en el artículo 11, Acápite V, Capítulo II del Libro IX del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente lo siguiente: 1. El pago de USD 1500 más IVA, por concepto de Servicios de Facilitación de Procesos de Participación Social (PPS) cuando el trabajo sea realizado en Ecuador Continental. 2. El pago de USD 1900 más IVA, para el caso de proyectos que se desarrollen en la Provincia de Galápagos, en caso de que no exista un Facilitador disponible en la provincia; caso contrario, el pago será el establecido en el Artículo 28 del presente instructivo. Art En el caso de que las Autoridades de Aplicación Responsable tengan un registro propio de facilitadores de Procesos de Participación Social, deberán establecer un valor de pago por servicios de Facilitación Socio ambiental que se ajuste a la realidad de la circunscripción territorial asignada dentro de sus competencias Art En caso de cumplimiento parcial de las actividades de Proceso de Participación Social (PPS) por parte del promotor del proyecto, al facilitador designado se le cancelarán los siguientes rubros: Informe de Visita Previa: 50% Informe de Sistematización del Proceso de Participación Social (PPS): 50%. El pago por Servicios de Facilitación podrá ser devuelto al proponente solamente en el caso de que éste hubiera notificado oficialmente a la Autoridad Ambiental de la suspensión del proceso antes de la realización de la Visita Previa por parte del Facilitador Socio-ambiental REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. DECRETO TÍTULO II: CONDICIONES GENERALES DE LOS CENTROS DE TRABAJO CAPÍTULO II. EDIFICIOS Y LOCALES Art. 33. PUERTAS Y SALIDAS. 1. Las salidas y puertas exteriores de los centros de trabajo, cuyo acceso será visible o debidamente señalizado, serán suficientes en número y anchura, para que todos los trabajadores ocupados en los mismos puedan abandonarlos con rapidez y seguridad. 2. Las puertas de comunicación en el interior de los centros de trabajo reunirán las condiciones suficientes para una rápida salida en caso de emergencia. 3. En los accesos a las puertas, no se permitirán obstáculos que interfieran la salida normal de los trabajadores. 4. El ancho mínimo de las puertas exteriores será de 1,20 metros cuando el número de trabajadores que las utilicen normalmente no exceda de 200. Cuando exceda

92 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES de tal cifra, se aumentará el número de aquellas o su ancho de acuerdo con la siguiente fórmula: Ancho en metros = 0,006 x número de trabajadores usuarios. 5. Se procurará que las puertas abran hacia el exterior. 6. Se procurará que la puerta de acceso a los centros de trabajo o a sus plantas, permanezcan abiertas durante los períodos de trabajo, y en todo caso serán de fácil y rápida apertura. Art. 34. LIMPIEZA DE LOCALES. 1. Los locales de trabajo y dependencias anexas deberán mantenerse siempre en buen estado de limpieza. 2. En los locales susceptibles de que se produzca polvo, la limpieza se efectuará preferentemente por medios húmedos o mediante aspiración en seco, cuando aquella no fuera posible o resultare peligrosa. CAPÍTULO III. SERVICIOS PERMANENTES Art. 39. ABASTECIMIENTO DE AGUA. 1. En todo establecimiento o lugar de trabajo, deberá proveerse en forma suficiente, de agua fresca y potable para consumo de los trabajadores. 2. Debe disponerse, cuando menos, de una llave por cada 50 trabajadores, recomendándose especialmente para la bebida las de tipo surtidor. 3. Queda expresamente prohibido beber aplicando directamente los labios a los grifos. 4. No existirán conexiones entre el sistema de abastecimiento de agua potable y el de agua que no sea apropiada para beber, tomándose las medidas necesarias para evitar su contaminación. 5. En los casos en que por la ubicación especial de los centros de trabajo, el agua de que se disponga no sea potable, se recurrirá a su tratamiento, practicándose los controles físicos, químicos y bacteriológicos convenientes. Art. 41. SERVICIOS HIGIÉNICOS.- El número de elementos necesarios para el aseo personal, debidamente separados por sexos, se ajustará en cada centro de trabajo a lo establecido en la siguiente tabla: ELEMENTOS Excusados Urinarios RELACIÓN POR NÚMERO DE TRABAJADORES 1 por cada 25 varones o fracción 1 por cada 15 mujeres o fracción 1 por cada 25 varones o fracción Duchas Lavabos 1 por cada 30 varones o fracción 1 por cada 30 mujeres o fracción 1 por cada 10 trabajadores o fracción Tabla#3 valores de elementos de servicios higiénicos Art. 42. EXCUSADOS Y URINARIOS. 1. Estarán provistos permanentemente de papel higiénico y de recipientes especiales y cerrados para depósito de desechos. 2. Cuando los excusados comuniquen con los lugares de trabajo estarán completamente cerrados y tendrán ventilación al exterior, natural o forzada.

93 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 3. Las dimensiones mínimas de las cabinas serán de 1 metro de ancho por 1,20 metros de largo y de 2,30 metros de altura. 4. Las puertas impedirán totalmente la visibilidad desde el exterior y estarán provistas de cierre interior y de un colgador. 5. Se mantendrán con las debidas condiciones de limpieza, desinfección y desodorización. 6. (Reformado por el Art. 25 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Los urinarios y excusados serán diariamente mantenidos limpios y evacuados por cuenta del empleador. Art. 43. DUCHAS. 1. Se instalarán en compartimientos individuales para mujeres y comunes para varones y dotados de puertas con cierre interior. 2. Estarán preferentemente situadas en los cuartos vestuarios o próximas a los mismos. Caso contrario se instalarán colgadores para la ropa. Art. 44. LAVABOS 1. Estarán provistos permanentemente de jabón o soluciones jabonosas. 2. Cada trabajador dispondrá de sus útiles de aseo de uso personal, como toallas, espejos, cepillos, etc. 3. A los trabajadores que utilicen sustancias grasosas, oleaginosas, pinturas, etc., o manipulen sustancias tóxicas, se les facilitarán los medios especiales de limpieza necesarios en cada caso, que no serán irritantes o peligrosos. 4. En los supuestos de que el agua destinada al aseo personal no fuese potable, se advertirá claramente esta circunstancia, con la correspondiente indicación escrita, perfectamente legible. Art. 45. NORMAS COMUNES A LOS SERVICIOS HIGIÉNICOS. 1. Los suelos, paredes y techos de los cuartos de aseo, vestuarios, duchas, lavabos y excusados, serán continuos, lisos e impermeables, enlucidos en tonos claros y con materiales que permitan su limpieza con líquidos desinfectantes. 2. Los empleadores velarán porque todos sus elementos tales como grifos, desagües y regaderas de las duchas, estén siempre en perfecto estado de funcionamiento y los armarios y asientos aptos para su utilización. 3. Queda prohibido usar estos locales para funciones distintas a las que están destinadas y, en cualquier caso, los trabajadores mantendrán en perfecto estado de conservación tales servicios y locales. Art. 46. SERVICIOS DE PRIMEROS AUXILIOS.- Todos los centros de trabajo dispondrán de un botiquín de emergencia para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores durante la jornada de trabajo. Si el centro tuviera 25 o más trabajadores simultáneos, dispondrá además, de un local destinado a enfermería. El empleador garantizará el buen funcionamiento de estos servicios, debiendo proveer de entrenamiento necesario a fin de que por lo menos un trabajador de cada turno tenga conocimientos de primeros auxilios. CAPÍTULO V. MEDIO AMBIENTE Y RIESGOS LABORALES POR FACTORES FÍSICOS, QUÍMICOS Y BIOLÓGICOS. Art. 53 CONDICIONES GENERALES AMBIENTALES: VENTILACIÓN, TEMPERATURA Y HUMEDAD. 1. En los locales de trabajo y sus anexos se procurará mantener, por medios naturales o artificiales, condiciones atmosféricas que aseguren un ambiente cómodo y saludable para los trabajadores. 2. En los locales de trabajo cerrados el suministro de aire fresco y limpio por hora y trabajador será por lo menos de 30 metros cúbicos, salvo que se efectúe una renovación total del aire no inferior a 6 veces por hora. 3. La circulación de aire en locales cerrados se procurará acondicionar de modo que los trabajadores no estén expuestos a corrientes molestas y que la velocidad

94 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES no sea superior a 15 metros por minuto a temperatura normal, ni de 45 metros por minuto en ambientes calurosos. 4. En los procesos industriales donde existan o se liberen contaminantes físicos, químicos o biológicos, la prevención de riesgos para la salud se realizará evitando en primer lugar su generación, su emisión en segundo lugar, y como tercera acción su transmisión, y sólo cuando resultaren técnicamente imposibles las acciones precedentes, se utilizarán los medios de protección personal, o la exposición limitada a los efectos del contaminante. 5. (Reformado por el Art. 26 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Se fijan como límites normales de temperatura de bulbo seco y húmedo aquellas que en el gráfico de confort térmico indiquen una sensación confortable; se deberá condicionar los locales de trabajo dentro de tales límites, siempre que el proceso de fabricación y demás condiciones lo permitan. 6. En los centros de trabajo expuestos a altas y bajas temperaturas se procurará evitar las variaciones bruscas. 7. En los trabajos que se realicen en locales cerrados con exceso de frío o calor se limitará la permanencia de los operarios estableciendo los turnos adecuados. 8. (Reformado por el Art. 27 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Las instalaciones generadoras de calor o frío se situarán siempre que el proceso lo permita con la debida separación de los locales de trabajo, para evitar en ellos peligros de incendio o explosión, desprendimiento de gases nocivos y radiaciones directas de calor, frío y corrientes de aire perjudiciales para la salud de los trabajadores. Art. 55.RUIDOS Y VIBRACIONES. 1. La prevención de riesgos por ruidos y vibraciones se efectuará aplicando la metodología expresada en el apartado 4 del artículo El anclaje de máquinas y aparatos que produzcan ruidos o vibraciones se efectuará con las técnicas que permitan lograr su óptimo equilibrio estático y dinámico, aislamiento de la estructura o empleo de soportes anti vibratorios. 3. Las máquinas que produzcan ruidos o vibraciones se ubicarán en recintos aislados si el proceso de fabricación lo permite, y serán objeto de un programa de mantenimiento adecuado que aminore en lo posible la emisión de tales contaminantes físicos. 4. Reformado por el Art. 31 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Se prohíbe instalar máquinas o aparatos que produzcan ruidos o vibraciones, adosados a paredes o columnas excluyéndose los dispositivos de alarma o señales acústicas. 5. (Reformado por el Art. 32 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Los conductos con circulación forzada de gases, líquidos o sólidos en suspensión, especialmente cuando estén conectados directamente a máquinas que tengan partes en movimiento siempre y cuando contribuyan notablemente al incremento de ruido y vibraciones, estarán provistos de dispositivos que impidan la transmisión de las vibraciones que generan aquéllas mediante materiales absorbentes en sus anclajes y en las partes de su recorrido que atraviesen muros o tabiques. 6. (Reformado por el Art. 33 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Se fija como límite máximo de presión sonora el de 85 decibeles escala A del sonómetro, medidos en el lugar en donde el trabajador mantiene habitualmente la cabeza, para el caso de ruido continuo con 8 horas de trabajo. No obstante, los puestos de trabajo que demanden fundamentalmente actividad intelectual, o tarea de regulación o de vigilancia, concentración o cálculo, no excederán de 70 decibeles de ruido. 7. (Reformado por el Art. 34 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Para el caso de ruido continuo, los niveles sonoros, medidos en decibeles con el filtro "A" en posición lenta, que se permitirán, estarán relacionados con el tiempo de exposición según la siguiente tabla:

95 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Nivel Sonoro /db (A-lento) Tiempo de exposición por jornada / hora Tabla #4 tiempo de exposición de ruido por jornada hora Los distintos niveles sonoros y sus correspondientes tiempos de exposición permitidos señalados, corresponden a exposiciones continuas equivalentes en que la dosis de ruido diaria (D) es igual a 1. En el caso de exposición intermitente a ruido continuo, debe considerarse el efecto combinado de aquellos niveles sonoros que son iguales o que excedan de 85 db (A). Para tal efecto la Dosis de Ruido Diaria (D) se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula y no debe ser mayor de 1: D = C1 + C2 + Cn T1T2Tn C = Tiempo total de exposición a un nivel sonoro específico. T = Tiempo total permitido a ese nivel. En ningún caso se permitirá sobrepasar el nivel de 115 db (A) cualquiera que sea el tipo de trabajo. RUIDO DE IMPACTO.- Se considera ruido de impacto a aquel cuya frecuencia de impulso no sobrepasa de un impacto por segundo y aquel cuya frecuencia sea superior, se considera continuo. Los niveles de presión sonora máxima de exposición por jornada de trabajo de 8 horas dependerán del número total de impactos en dicho período de acuerdo con la siguiente tabla: Número de impulso o impacto por jornada de 8 Nivel de presión sonora máxima (db) horas Tabla #5 número de impulsos o impactos por jornada de 8 horas Los trabajadores sometidos a tales condiciones deben ser anualmente objeto de estudio y control audio métrico. 8. (Agregado inc. 2 por el Art. 30 del D.E. 4217, R.O. R.O. 997, 10-VIII-88) Las máquinasherramientas que originen vibraciones tales como martillos neumáticos, apisonadoras, remachadoras, compactadoras y vibradoras o similares, deberán estar provistas de dispositivos amortiguadores y al personal que los utilice se les proveerá de equipo de protección anti vibratorio. Los trabajadores sometidos a tales condiciones deben ser anualmente objeto de estudio y control audio métrico. 9. (Reformado por el Art. 35, y agregado inc. 2 por el Art. 30 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Los equipos pesados como tractores, traíllas, excavadoras o análogas

96 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES que produzcan vibraciones, estarán provistas de asientos con amortiguadores y suficiente apoyo para la espalda. Los trabajadores sometidos a tales condiciones deben ser anualmente objeto de estudio y control audio métrico. Art. 56.ILUMINACIÓN, NIVELES MÍNIMOS. 1. Todos los lugares de trabajo y tránsito deberán estar dotados de suficiente iluminación natural o artificial, para que el trabajador pueda efectuar sus labores con seguridad y sin daño para los ojos. Los niveles mínimos de iluminación se calcularán en base a la siguiente tabla: NIVELES DE ILUMINACIÓN MÍNIMA PARA TRABAJADORES ESPECÍFICOS Y SIMILARES ILUMINACIÓN MÍNIMA ACTIVIDADES 20 luxes Pasillos, patios y lugares de paso 50 luxes 100 luxes 200 luxes 300 luxes 500 luxes Operaciones en las que la distinción no sea esencial como manejo de materias, desechos de mercancías, embalaje, servicios higiénicos Cuando sea necesaria una ligera distinción de detalles como: fabricación de productos de hierro y acero, taller de textiles y de industria manufacturera, salas de máquinas y calderos, ascensores. Si es esencial una distinción moderada de detalles, tales como: talleres de metal mecánica, costura, industria de conserva, imprentas. Siempre que sea esencial la distinción media de detalles, tales como: trabajos de montaje, pintura a pistola, tipografía, contabilidad, taquigrafía. Trabajos en que sea indispensable una fina distinción de detalles, bajo condiciones de contraste, tales como: corrección de pruebas, fresado y torneado, dibujo. Trabajos en que exijan una distinción extremadamente fina o bajo condiciones de 1000 luxes contraste difíciles, tales como: trabajos con colores o artísticos, inspección delicada, montajes de precisión electrónicos, relojería. Tabla #6 niveles de iluminación mínima para trabajadores específicos y similares 2. Los valores especificados se refieren a los respectivos planos de operación de las máquinas o herramientas, y habida cuenta de que los factores de deslumbramiento y uniformidad resulten aceptables. 3. Se realizará una limpieza periódica y la renovación, en caso necesario, de las superficies iluminantes para asegurar su constante transparencia.

97 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Art. 57. ILUMINACIÓN ARTIFICIAL 1. NORMA GENERAL En las zonas de trabajo que por su naturaleza carezcan de iluminación natural, sea ésta insuficiente, o se proyecten sombras que dificulten las operaciones, se empleará la iluminación artificial adecuada, que deberá ofrecer garantías de seguridad, no viciar la atmósfera del local ni presentar peligro de incendio o explosión. Se deberán señalar y especificar las áreas que de conformidad con las disposiciones del presente reglamento y de otras normas que tengan relación con la energía eléctrica, puedan constituir peligro. 2. ILUMINACIÓN LOCALIZADA. Cuando la índole del trabajo exija la iluminación intensa de un lugar determinado, se combinará la iluminación general con otro local, adaptada a la labor que se ejecute, de tal modo que evite deslumbramientos; en este caso, la iluminación general más débil será como mínimo de 1/3 de la iluminación localizada, medidas ambas en lux. 3. UNIFORMIDAD DE LA ILUMINACIÓN GENERAL. La relación entre los valores mínimos y máximos de iluminación general, medida en lux, no será inferior a 0,7 para asegurar la uniformidad de iluminación de los locales. 4. PARA EVITAR DESLUMBRAMIENTOS SE ADOPTARÁN LAS SIGUIENTES MEDIDAS: a) No se emplearán lámparas desnudas a menos de 5 metros del suelo, exceptuando aquellas que en el proceso de fabricación se les haya incorporado protección antideslumbrante. b) Para alumbrado localizado, se utilizarán reflectores o pantallas difusoras que oculten completamente el punto de luz al ojo del trabajador. c) En los puestos de trabajo que requieran iluminación como un foco dirigido, se evitará que el ángulo formado por el rayo luminoso con la horizontal del ojo del trabajador sea inferior a 30 grados. El valor ideal se fija en 45 grados. d) Los reflejos e imágenes de las fuentes luminosas en las superficies brillantes se evitarán mediante el uso de pinturas mates, pantallas u otros medios adecuados. 5. FUENTES OSCILANTES. Se prohíbe el empleo de fuentes de luz que produzcan oscilaciones en la emisión de flujo luminoso, con excepción de las luces de advertencia. 6. ILUMINACIÓN FLUORESCENTE. Cuando se emplee iluminación fluorescente, los focos luminosos serán como mínimo dobles, debiendo conectarse repartidos entre las fases y no se alimentarán con corriente que no tenga al menos cincuenta períodos por segundo. 7. (REFORMADO POR EL ART. 36 DEL D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) ILUMINACIÓN DE LOCALES CON RIESGOS ESPECIALES. En los locales en que existan riesgos de explosión o incendio por las actividades que en ellos se desarrollen o por las materias almacenadas en los mismos, el sistema de iluminación deberá ser anti deflagrante. TÍTULO III. APARATOS, MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS CAPÍTULO I. INSTALACIONES DE MÁQUINAS FIJAS. Art. 75. COLOCACIÓN DE MATERIALES Y ÚTILES. 1. Se establecerán en las proximidades de las máquinas zonas de almacenamiento de material de alimentación y de productos elaborados, de modo que éstos no constituyan un obstáculo para los operarios, ni para la manipulación o separación de la propia máquina.

98 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 2. Los útiles de las máquinas que se deban guardar junto a éstas, estarán debidamente colocadas y ordenadas en armarios, mesas o estantes adecuados. 3. Se prohíbe almacenar en las proximidades de las máquinas, herramientas y materiales ajenos a su funcionamiento. CAPÍTULO II. PROTECCIÓN DE MÁQUINAS FIJAS Art. 76. INSTALACIÓN DE RESGUARDOS Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD.- Todas las partes fijas o móviles de motores, órganos de transmisión y máquinas, agresivos por acción atrapante, cortante, lacerante, punzante, prensante, abrasiva y proyectiva en que resulte técnica y funcionalmente posible, serán eficazmente protegidos mediante resguardos u otros dispositivos de seguridad. Los resguardos o dispositivos de seguridad de las máquinas, únicamente podrán ser retirados para realizar las operaciones de mantenimiento o reparación que así lo requieran, y una vez terminadas tales operaciones, serán inmediatamente repuestos. TÍTULO V. PROTECCIÓN COLECTIVA CAPÍTULO VI. SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD.- NORMAS GENERALES Art OBJETO. 1. La señalización de seguridad se establecerá en orden a indicar la existencia de riesgos y medidas a adoptar ante los mismos, y determinar el emplazamiento de dispositivos y equipos de seguridad y demás medios de protección. 2. La señalización de seguridad no sustituirá en ningún caso a la adopción obligatoria de las medidas preventivas, colectivas o personales necesarias para la eliminación de los riesgos existentes, sino que serán complementarias a las mismas. 3. La señalización de seguridad se empleará de forma tal que el riesgo que indica sea fácilmente advertido o identificado. Su emplazamiento se realizará: a) Solamente en los casos en que su presencia se considere necesaria. b) En los sitios más propicios. c) En posición destacada. d) De forma que contraste perfectamente con el medio ambiente que la rodea, pudiendo enmarcarse para este fin con otros colores que refuercen su visibilidad. 4. Los elementos componentes de la señalización de seguridad se mantendrán en buen estado de utilización y conservación. 5. Todo el personal será instruido acerca de la existencia, situación y significado de la señalización de seguridad empleada en el centro de trabajo, sobre todo en el caso en que se utilicen señales especiales. 6. La señalización de seguridad se basará en los siguientes criterios: a) Se usarán con preferencia los símbolos evitando, en general, la utilización de palabras escritas. b) Los símbolos, formas y colores deben sujetarse a las disposiciones de las normas del Instituto Ecuatoriano de Normalización y en su defecto se utilizarán aquellos con significado internacional. Art TIPOS DE SEÑALIZACIÓN. 1. A efectos clasificatorios la señalización de seguridad podrá adoptar las siguientes formas: óptica y acústica. 2. La señalización óptica se usará con iluminación externa o incorporada de modo que combinen formas geométricas y colores. 3. Cuando se empleen señales acústicas, intermitentes o continuas en momentos y zonas que por sus especiales condiciones o dimensiones así lo requieran, la

99 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES frecuencia de las mismas será diferenciable del ruido ambiente y en ningún caso su nivel sonoro superará los límites establecidos en el presente Reglamento. Art Se cumplirán además con las normas establecidas en el Reglamento respectivo de los Cuerpos de Bomberos del país. TÍTULO VI. PROTECCIÓN PERSONAL Art PROTECCIÓN AUDITIVA. 1. Cuando el nivel de ruido en un puesto o área de trabajo sobrepase el establecido en este Reglamento, será obligatorio el uso de elementos individuales de protección auditiva. 2. Los protectores auditivos serán de materiales tales que no produzcan situaciones, disturbios o enfermedades en las personas que los utilicen. No producirán además molestias innecesarias, y en el caso de ir sujetos por medio de un arnés a la cabeza, la presión que ejerzan será la suficiente para fijarlos debidamente. 3. Los protectores auditivos ofrecerán la atenuación suficiente. Su elección se realizará de acuerdo con su curva de atenuación y las características del ruido. 4. Los equipos de protección auditiva podrán ir colocados sobre el pabellón auditivo (protectores externos) o introducidos en el conducto auditivo externo (protectores insertos). 5. Para conseguir la máxima eficacia en el uso de protectores auditivos, el usuario deberá en todo caso realizar las operaciones siguientes: a) Comprobar que no poseen abolladuras, fisuras, roturas o deformaciones, ya que éstas influyen en la atenuación proporcionada por el equipo. b) Proceder a una colocación adecuada del equipo de protección personal, introduciendo completamente en el conducto auditivo externo el protector en caso de ser inserto, y comprobando el buen estado del sistema de suspensión en el caso de utilizarse protectores externos. c) Mantener el protector auditivo en perfecto estado higiénico. 6. Los protectores auditivos serán de uso personal e intransferible. Cuando se utilicen protectores insertos se lavarán a diario y se evitará el contacto con objetos sucios. Los externos, periódicamente se someterán a un proceso de desinfección adecuado que no afecte a sus características técnicas y funcionales. 7. Para una buena conservación los equipos se guardarán, cuando no se usen, limpios y secos en sus correspondientes estuches CÓDIGO PENAL Art La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá las normas básicas para la preservación del ambiente en materias relacionadas con la salud humana, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y comunitarias. El Estado a través de los organismos competentes y el sector privado está obligado a proporcionar a la población, información adecuada y veraz respecto del impacto ambiental y sus consecuencias para la salud individual y colectiva. Art Corresponde a la autoridad sanitarias nacional, en coordinación con la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica y más organismos competentes, vigilar el cumplimiento de las normas establecidas en materia de radiaciones ionizantes y no ionizantes. Art Ninguna persona será sometida o expuesta a radiaciones ionizantes y no ionizantes más allá de las dosis o límites permisibles, conforme a las normas pertinentes.

100 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Los equipos diagnósticos y terapéuticos que utilicen radiaciones ionizantes y no ionizantes se instalarán en edificaciones técnicamente apropiadas y que cumplan con requisitos sanitarios y de seguridad, establecidos por la autoridad sanitaria nacional y la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica; estarán sujetos a mantenimientos rigurosos y periódicos, debiendo contar con los certificados de control de calidad. Art Los importadores de artículos y dispositivos electrónicos que emiten radiaciones no ionizantes, deberán asegurarse que los mismos cumplan con las normas sanitarias vigentes, no estén prohibidos en su país de origen o en otros países; y, lleven la rotulación de precauciones e indicaciones claras sobre su uso NORMA TÉCNICA INEN 439:1984 COLORES SEÑALES Y SÍMBOLOS DE SEGURIDAD 5. DISPOSICIONES GENERALES 5.1 Colores de seguridad La Tabla 1 establece los tres colores de seguridad, el color auxiliar, sus respectivos significados y da ejemplos del uso correcto de los mismos. Imagen #1 colores de seguridad y significados

101 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 1.2 Señales de seguridad La Tabla 3 establece las formas geométricas y sus significados para las señales de seguridad. Aplicaciones ver en el Anexo B. 1.3 Señales auxiliares Las señales auxiliares deben ser rectangulares. El color de fondo será blanco con texto en color negro. En forma alternativa, se puede usar como color de fondo, el color de seguridad de la señal principal, con texto en color de contraste correspondiente Los tamaños de las señales auxiliares deben estar de acuerdo a los tamaños para rótulos rectangulares, cuyas dimensiones se establecen en la Norma INEN 878. Ejemplos de textos se detallan en el anexo C Los textos deberán escribirse en idioma español. 5.5 Diseño de los símbolos El diseño de los símbolos debe ser tan simple como sea posible y deben omitirse detalles no esenciales para la comprensión del mensaje de seguridad. El Anexo D presenta los símbolos normalizados internacionalmente, los cuales deberán aplicarse sin modificación alguna en la señal de seguridad respectiva. 5.6 Distancia de observación La relación entre la distancia (l) desde la cual la señal puede ser identificada y el área mínima (A) de la señal, está dada por: Imagen #2 Señales de seguridad

102 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES ANEXO A: PROPIEDADES COLORIMÉTRICAS Y FOTOMÉTRICAS DE LOS COLORES DE SEGURIDAD A.1 Definiciones A.1.1 Limite del color. Línea (recta) en el diagrama de cromaticidad CIE (ver nota 1), que separa el área de los colores permitidos de los que se excluyen (ver figura 1). A.1.2 Factor de luminancia. (En un punto de la superficie de un cuerpo no radiante, en determinada dirección y bajo condiciones específicas de iluminación), es la relación de la luminancia del material a aquella de un reflectante difuso perfecto, idénticamente iluminado. A.1.3 Coeficiente de intensidad luminosa. Cociente de la intensidad luminosa reflejada en la dirección concerniente y la luminancia del material reflectivos, para ángulos dados de entrada y de observación (unidades, cd. 1 x-1). A.1.4 Coeficiente especifico de intensidad luminosa. Coeficiente entre la intensidad luminosa en la dirección concerniente, el área de la superficie y la luminancia del material Reflectivo, para ángulos dados de entrada y de observación (unidades, cd. 1x-1. m-2). A.2 Condiciones A.2.1 Las mediciones deben efectuarse como se especifica en la publicación CIE Nr. (E. 13.1) , hasta que se expida la Norma INEN correspondiente. Para mediciones colorimétricas y para la determinación del factor de luminancia bajo reflexión difusa, el material se considera iluminado por luz diurna, como el representado por el iluminante normalizado D65 (ver CIE ) a un ángulo de 45 con la perpendicular a la superficie; la observación se hace en dirección de la normal (geometría 45 /0 ). A.2.2 Los requisitos físicos que deben cumplir las señales de seguridad se relacionan primordialmente a colores diurnos y al factor de luminancia (ƒà) bajo reflexión difusa. A.2.3 Los coeficientes específicos de intensidad luminosa de los materiales retroflectivos deben medirse de acuerdo a las recomendaciones CIE, usando iluminante normalizado A, bajo condiciones en las cuales los ángulos de entrada y de observación estén en el mismo plano. A.3 Requisitos A.3.1 La Tabla 4 contiene las coordenadas x, y de los puntos que determinan las áreas de color permitidas, como se muestra en la figura 1, así como los factores de luminancia requeridos, ya sea para los materiales no - reflectivo o para los retro lectivos bajo reflexión difusa. A.3.2 La Tabla 5 contiene los requisitos relevantes para los materiales fluorescentes. A.3.3 La Tabla 6 contiene los coeficientes específicos mínimos de intensidad luminosa para Materiales retro lectivos. A.3.4 Si en la práctica los valores fotométricos de los materiales retroflectivos están bajo el 50% del mínimo requerido, o si las coordenadas cromáticas caen fuera de los límites de la Tabla 4, los materiales no se consideraran aceptables para usos de seguridad. A.3.5 Si en la práctica el factor de luminancia de los materiales fluorescentes está bajo el 50% del mínimo requerido para materiales nuevos, según la Tabla 5, o si las coordenadas cromáticas caen fuera de los límites de la Tabla 5, los materiales usados se consideran que han dejado de ser aptos para usos de seguridad.

103 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES imagen # 3coeficientes específicos mínimos de intensidad luminosa para materiales retroflectivos

104 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTN INEN 2266:2013, TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS Personal El manejo de materiales peligrosos debe hacerse cumpliendo lo dispuesto en las leyes y reglamentos nacionales vigentes y convenios nacionales suscritos en el país Todas las personas naturales o jurídicas que almacenen, manejen y transporten materiales peligrosos, deben garantizar que cuando se necesite cargar o descargar la totalidad o parte de su contenido, el transportista y el usuario deben instalar señalización o vayas reflectabas de alta intensidad o grado diamante con la identificación del material peligroso, que aíslen la operación, con todas las medidas de seguridad necesarias Toda empresa que maneje materiales peligrosos debe contar con procedimientos e instrucciones operativas formales que le permitan manejar en forma segura dichos materiales a lo largo del proceso: a) Embalaje, rotulado y etiquetado b) Producción c) Carga d) Descarga e) Almacenamiento f) Manipulación g) Disposición adecuada de residuos h) Descontaminación y limpieza Quienes manejan materiales peligrosos deben garantizar que todo el personal que esté vinculado con la operación cumpla con los siguientes requisitos: Contar con los equipos de seguridad adecuados y en buen estado, de acuerdo a lo establecido en la hoja de seguridad de materiales Instrucción y manejo especifico, documentados, registrados y evaluados de acuerdo a un programa, a fin de asegurar que posean los conocimientos y las habilidades básicas para minimizar la probabilidad de ocurrencia de accidentes y enfermedades ocupacionales. Se recomienda que el programa de capacitación incluya como mínimo los siguientes temas. a) Reconocimiento e identificación de materiales peligrosos b) Clasificación de materiales peligrosos c) Aplicación de la información que aparece en las etiquetas, hojas de seguridad de materiales, tarjetas de emergencia y demás documentos de transporte. d) Información sobre los peligros que implica la exposición a estos materiales e) Manejo, mantenimiento y uso del equipo de protección personal f) Planes de emergencia a contingencias g) Manejo de la guía de respuesta en caso de emergencia en el transporte Todo el personal vinculado con la gestión de materiales peligrosos debe tener conocimiento y capacitación acerca del manejo y aplicación de las hojas de seguridad de materiales (anexo B), con la finalidad de conocer sus riesgos, los equipos de protección personal y cómo responder en caso que ocurran accidentes con este tipo de materiales. La información debe estar en idioma español y contendrá 16 secciones: 1. Identificación del material y del proveedor 2. Identificación de peligros 3. Composición e información de los ingredientes peligrosos 4. Primeros auxilios 5. Medidas de lucha cintra incendios 6. Medidas que deban tomarse en caso de derrame accidental 7. Manejo y almacenamiento

105 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 8. Control de exposición/protección individual 9. Propiedades físicas y químicas 10. Estabilidad reactividad 11. Información toxicológica 12. Información relativa a la eliminación de los productos 13. Información relativa al transporte 14. Información sobre la reglamentación 15. Otras informaciones TRANSPORTISTAS Los transportistas, deben capacitar a sus conductores mediante un programa anual que incluya como mínimo los siguientes temas: a) Leyes, disposiciones, normas, regulaciones sobre el transporte de materiales peligrosos b) Principales tipos de riesgos, para la salud, seguridad y ambiente. c) Buenas prácticas de envase/embalaje d) Procedimientos de carga y descarga e) Estibado correcto de materiales peligrosos f) Compatibilidad y segregación g) Planes de respuesta y emergencias h) Conocimiento y manejo del kit de derrame i) Mantenimiento de la unidad de transporte j) Manejo defensivo k) Aplicación de señalización preventiva l) Primeros auxilios Los transportistas que maneja materiales peligrosos deben contar con los permisos de funcionamiento de las autoridades competentes El transportista debe garantizar que los conductores y el personal auxiliar reciban de forma inmediata a su admisión, la inducción de seguridad que abarque los temas específicos de su operación Los transportistas deben revisar y observar periódicamente con la autoridad competente la estructura de las rutas de tránsito, que podrían ser causas de problemas que afecten al conductor, al vehículo, la carga y el ambiente Todo vehículo para este tipo de transporte debe ser operado al menos por dos personas: el conductor y un auxiliar. El auxiliar debe poseer los mismos conocimientos y entretenimiento que el conductor. El transportista es responsable del cumplimiento de este requisito En caso de daños o de fallas de vehículo en ruta, el transportista llamara a empresas especializadas garantizando el manejo de la caga dentro de las normas técnicas y de seguridad según instrucciones del fabricante y del comercializador, de igual manera debe informar inmediatamente el daño y la presencia de materiales peligrosos a las autoridades competentes Los conductores deben informar al transportista de forma frecuente y regular todo lo acontecido durante el transporte. Deben comunicar así mismo posibles retrasos en la entrega de la carga Los conductores deben contar con licencia de conducir tupo E Antes de cada recorrido el transportista debe elaborar y entregar al conductor un plan de transporte, de tal forma que se tenga un control y seguimiento de la actividad. Un plan de transporte debe incluir: a) Hora de salida de origen b) Hora de llegada al destino

106 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES c) Ruta seleccionada Los conductores deben tener un listado de los teléfonos para notificación en caso para notificación en caso de una emergencia: del trasportista, del comercializador, destinarios y organismos de socorro, localizados en la ruta a seguir El transportista debe garantizar que los conductores conozcan las características generales de la carga que se transporta, sus riesgos, grado de peligrosidad, normas de actuación frente a una emergencia y comprobar que la carga y os equipos se encuentren en buenas condiciones para el viaje El transportista debe verificar que la carga se encuentre fija y segura con soportes adecuados. Antes de realizar cualquier envío revisa los siguientes aspectos, que se ilustran en el anexo J: a) Distribuir uniformemente la carga en el envío (ver figura J.1). b) Balancear el peso de la carga (ver figura J.2 y J.3). c) Afianzar correctamente la carga. Dependiendo del tipo de envases existen entre otros los siguientes métodos: c.1) Aseguramiento con bandas para cargado de tambores (ver figura J.4) c.2) Método para cargado de canecas (ver figura J.4) c.3) Cargado de camas de sacos (ver figura J.6) Si existiese necesidad de refrigeración para carga, el transportista se asegurará del adecuado funcionamiento de los sistemas de refrigeración del vehículo El transportista controlara que los vehículos que transporten materiales peligrosos, estén dotados del equipamiento básico destinado a enfrentar emergencias, consistente en al menos de: 1 extintor tipo ABC (u otro agente de extinción aceptable al tipo de carga que transporte) con una capacidad de 2,5 kg ubicado en la cabina del vehículo y 2 extintores PQS (Polvo Químico Seco), tipo ABC (u otro agente de extinción aceptable al tipo de la carga que transporte) con una capacidad minina de 9 kg de la carga neta, dependiendo del volumen de carga, ubicados en el exterior de la unidad, equipo de primeros auxilios. 2 palas, 1 zapapico, 2 escobas, fundas plásticas resistentes, cintas de seguridad, kit de cuñas para taponamiento, aserrín o material absorbente, equipo de protección personal adecuado según la hoja de seguridad. En caso de vehículos tipo cisterna se debe adicionar un armes con su respectiva línea de vida En la ruta el conductor debe velar por: a) Su seguridad, del vehículo y de la carga. b) Que la carga se encuentre en todo momento correctamente fija en el interior del vehículo. c) que la carga sea transportada q temperaturas adecuadas con las indicadas de acuerdo con las indicadas en las etiquetas y hojas de seguridad de los materiales a transportar Los conductores deben cumplir estrictamente todas las regulaciones de transito vigentes Del estacionamiento: a.1) Instalar señales reflectiva de seguridad de lata intensidad o grado diamante; anteriores; posteriores y laterales, con la identificación de la mercancía peligrosa que trasporta, de acuerdo a los códigos de colores del Anexo E. a.2) Verifica que el vehículo y la carga no generen problemas en caso que los conductores tengan que alejarse del vehículo. a.3) El establecimiento debe efectuarse lo más alejado posible de áreas pobladas, de acuerdo a las leyes y regulaciones vigentes.

107 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES a.4) En caso de que el vehículo deba ser abandonado por cualquier motivo, notificar inmediatamente a los teléfonos indicados en el plan de emergencias, su localización y tipo de material trasportado. b) En lugares públicos. El conductor debe: b.1) verificar que el vehículo y la carga no generen problemas en caso de que los conductores tengan que alejarse del mismo. b.2) el estacionamiento debe efectuarse lo más alejado posible de áreas pobladas, escuelas, hospitales, cárceles, aeropuertos y lugares de concentraciones masivas (al menos 500m) b.3) en caso de que el vehículo deba ser abandonado, por cualquier motivo, notificar inmediatamente a los teléfonos indicados en el plan de emergencias, su localización y tipo de materia transportado c) Temporal. El conductor no debe estacionar por motivos diferentes a su operación, en lugares cercanos a: c.1) supermercados, mercados c.2) Vías de ferrocarril c.3) Centros de abastecimiento de combustibles, o de sus líneas de distribución, subterráneas o aéreas. c.4) Fábricas de materiales o desechos peligrosos ajenos a la empresa expedidora o de destino de la carga. c.5) Obras de infraestructura urbana de gran envergadura; sistemas de agua potables, entre otras c.6) Terminales terrestres c.7) Paradas de la transportación urbana de pasajeros c.9) Centros culturales c.10) Edificios públicos c.11) Zonas ambientalmente frágiles o de reserva c.12) Zonas de cultivos y de cosecha c.13) Establecimientos educacionales c.14) Centros de salud c.15 Centro de culto religioso c.16) Centros deportivos c.17) Aeropuertos c.18) Recintos militares o policiales El Transportista en coordinación con la autoridad competente, establecerán las paradas que sean necesarias para que se lleven a cabo en lugares previamente analizados que brinden la seguridad del transporte, del conductor y del ambiente Los conductores son responsables de que en vehículos de carga y transporte de materiales peligrosos no se transporten pasajeros, solamente se aceptara personal asignado al vehículo El transportista y los conductores son responsables de acatas y de hacer respetar la prohibición de no fumar y comer durante el traslado de materiales peligrosos y en presencia de vehículos de carga peligrosa El conductor no debe recibir carga de materiales peligrosos, si el expedidor no le hace la entrega de la documentación de embarque que consta de una guía de embarque (Ver anexo A), hoja de seguridad de materiales peligrosos en idiomas español (ver anexo B) y tarjeta de emergencia (ver anexo C) Comercialización El comercializador debe entregar al conductor la documentación de embarque completa que certifique las características de los materiales transportados

108 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Todas aquellas personas naturales o jurídicas que comercializan materiales peligrosos deben garantizar que los vehículos de los transportistas no sean abandonados, sin notificación a las autoridades respectivas El comercializador está en la obligación de estregar al conductor toda la información necesaria sobre las normas y precauciones a tomar con respecto a los materiales peligrosos que transporten, y el procedimiento de emergencia en caso de accidentes Selección de ruta El transportista solicitara a las autoridades competentes la determinación de la ruta del transporte, y de acuerdo a la peligrosidad del producto se le proporcionara resguardo, con relación a las regulaciones pertinentes Para la determinación de la ruta se seleccionarán las horas de menor congestión vehicular y peatonal que ofrezca un mínimo riesgo al tráfico o a terceros. Se evitara es lo posibles zonas densamente pobladas o especialmente vulnerables a la contaminación Cuando inevitablemente se tenga que cruzar centros poblados se eliminaran las paradas innecesarias Las vías escogidas deben ser marginales y en lo posible se deben evitar; curvas cerradas, vías estrechas, declives pronunciados o tramos que presentan especial dificultad al conductor Para la determinación de una ruta se consideraran previamente los puntos críticos que podrían incrementar la parvedad de un accidente Para evitar los accidentes en túneles, se deben considerara las siguientes alternativas: a) De existir rutas alternativas se debe prohibir el paso de materiales peligrosos por túneles b) Restringir el paso por túneles, de vehículos que transportan materiales peligrosos, en la horas de mayor demanda c) evitar que circulen por el túnel, simultáneamente más de un vehículo con materiales peligrosos d) Suspender la circulación vehicular normal cuando deba atravesar el túnel un vehículo que transporte mercancías peligrosas e) Las autoridades competentes en coordinación con los transportistas evitaran que los vehículos con carga de materiales peligrosos formen una hilera continua (convoy); y se deba mantener entre las unidades, una distancia mínima de 100 metros Etiquetado y rotulado. Las etiquetas y rótulos de peligro deben cumplir con los requisitos que se establecen en las normas en las NTE INEM correspondientes vigentes, y las que a continuación se mencionan: Etiquetas para la identificación de embalajes/envases a) Las etiquetas deben ser de materiales resistentes a la manipulación y la intemperie, pueden ser adheribles o estar impresas en el empaque, adicionalmente llevar marcas indelebles y legibles, que certifiquen que están fabricadas conforme a las normas respectivas b) las etiquetas deben ajustarse al tamaño del envase y dependerán del tipo de contenedor sobre el cual habrán de ser colocadas (anexo F). La dimensión de las etiquetas debe ser de 100mm-1000mm (anexo H). Para los envases menor a 20 litros o 25 kilogramos, las etiquetas deben abarcar por lo menos el 25% d la superficie de la cara lateral de mayor tamaño. c) las etiquetas deben estar escritas en idioma español y los símbolos gráficos o diseños incluidos de las etiquetas deben aparecer claramente visibles (anexo F) d) los códigos de colores se deben aplicar de acuerdo a lo indicado en la tabla anexo E. e) los recipientes intermedios para gráneles (RIG), de una capacidad superior a 450 litros y los grandes embalajes/envases se marcaran en dos lados opuestos.

109 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES f) el fabricante y el comercializador son responsables del cumplimiento de todo lo referente al etiquetado de materiales peligrosos. g) cuando se requieran dos o más etiquetas, estas deben colocarse juntas. h) las etiquetas para la clase 7 se aplicaran de acuerdo con las siguientes categorías: Categoría I, (Blanco), categoría II, (Amarillo)/blanco) y categoría III, (Amarillo/Blanco), según los niveles de radiación que se indican en la siguiente tabla (ver nota 4). NIVEL DE RADIACIÓN MÁXIMO EN CUALQUIER PUNTO DE SUPERFICIE EXTERNA CATEGORÍA Hasta msv/h I - Blanca Mayor que msv/h pero no mayor que 0.5 msv/h II - Amarilla Mayor que 0.5 msv/h pero no mayor que 2 msv/h III - Amarilla Mayor que 2 msv/h pero no mayor que 10 msv/h III - Amarilla i) En los envases vacíos debe colocarse además de las etiquetas de peligro indicadas en esta norma (anexo F), los pictogramas de precaución de la clasificación del Sistema Globalmente Armonizado (SGA), (ver anexo D) y el etiquetado de precaución según la NTE INEN Productos químicos industriales peligrosos. También se debe colocar el nombre y dirección del proveedor, teléfonos de emergencia y cualquier información adicional que pueda ser requerida por la autoridad competente (anexo H-1, H2) j) Las etiquetas de peligro ( ver anexo F) y los pictogramas de precaución, sobre peligros físicos y daños a la salud y al ambiente del Sistema Globalmente Armonizado SGA ( ver anexo D), deben utilizarse conjuntamente en los envases/embalajes siguiendo como guía la matriz comparativa indicada en el anexo D-1 y la asignación de los elementos de etiquetado; pictograma, palabra de advertencia e indicación de peligro para cada categoría del anexo D-2 k) La etiqueta de los materiales peligrosos para el ambiente deben ser como la parte se presenta en la figura 1. Para los embalajes/envases, sus dimensiones deben ser de 100 mm-100mm. Salvo en el caso de los bultos cuyas dimensiones obliguen a fijar etiquetas más pequeñas l) La etiqueta como la que se indica en la figuro 2 son 2 flechas negras o rojas sobre un fondo de color blanco de otro color que ofrezca suficiente contraste con un marco rectangular facultativo, señalando correctamente hacia arriba, debe colocarse en las dos caras verticales opuestas del embalaje/envase de líquidos u otros materiales que así lo requieran m) Los cilindros (botellas) que contengan gases de la clase 2, considerando su forma, así como su posición y sus elementos de sujeción durante el transporte, deben identificarse con las etiquetas de peligro indicadas en el anexo F, pero de tamaño reducido, con el fin de que puedan fijarse en la parte no cilíndrica (en la bombonera) de dichos cilindros

110 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES n) Para mayor detalle de la aplicación del etiquetado de embalajes/envases, consultar el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos químicos (SGA) de las Naciones Unidas Vigente Rótulos para la identificación de auto tanques, contenedores y otros tipos de transporte al granel a) Para identificar fácilmente el material peligrosos que es transportado, y para advertirá otros el tipo descarga, se deben colocar en los extremos y en los lados de los tanques, isotanques, furgones, contenedores, auto tanques y camiones plataforma, rombos de la clase de peligro y una placa anaranjada que deberá colocarse junto al rombo, con el número de identificación de cuatro dígitos de las Naciones Unidas (UN), correspondientes al material transportado, o al rombo que incluya en su parte central una placa de color blanco con el número de identificación de Naciones Unidas ( ver anexos G I.I-1, 1-2,1-3 L) b) en los vehículos de transporte no debe utilizarse el rombo tipo de diamante de identificación NFPA-704, solamente se debe usar tanques fijos de almacenamiento al granel, ubicados en las áreas exteriores o interiores de las instalaciones los pictogramas de precaución del Sistema Globalmente Armonizado SGA, no deben utilizarse para rotular los vehículo de transporte a) los rótulos deben estar escritos en idioma español y los símbolos gráficos o diseños incluidos de los rombos deben aparecer claramente visibles (anexos F y G) b) los rótulos deben de ser de material reflectivo de alta intensidad o grado diamante y resistentes a la intemperie. Para unidades de transporte y contenedores las dimensiones del rombo no deben ser menores a 250 mm por 250 mm con una línea del mismo color que el símbolo, trazada a 12.5 mm del borde en todo el perímetro y paralelo a él y las de la placa de color anaranjado, no deben ser menores de 300 mm de largo por 120 de ancho con 10 mm de borde negro, con signos negros de un alto no menor de 65 mm (ver anexos F, G, I, I b.1) Cuando las unidades de carga transporten dos o más sustancias o desechos peligrosos, solo, se debe identificar los riesgos principales, colocando los dos rombos de mayor grado de peligrosidad, junto a sus respectivas placas naranjas con el número de naciones unidas cumpliendo a cabalidad las restricciones indicadas en la matriz de incompatibilidad indicadas en el anexo K c) cuando se requieren dos o más rótulos, estos deben colocarse juntos. d) los rótulos de identificación no deben ser retirados hasta que el vehículo sea completamente descontaminado, des gasificado y limpiado con los métodos apropiados para el tipo de carga que transporto e) la unidad de carga o transporte que movilice líquidos y que posea varios compartimientos, debe colocar los rótulos para cada uno de los materiales que transporte, en el caso de llevar el mismo material en todos los comportamientos, debe identificarla unidad con un solo rotulado. f) en el caso que la unidad de carga o transporte sea del tipo plataforma o desprovista de caras laterales, los rótulos se ubicaran en la estructura de la misma o podrán estar ubicadas en los embalajes/envases de la mercancía g) los rótulos para la identificación de materiales peligrosos, deben ser iguales a los indicadores en el anexo F de esta forma h) durante el transporte terrestre, los rótulos para la identificación de los materiales peligrosos en vehículos, se deben colocar de acuerdo a las tablas 1 y 2 de pesos (ver nota 5 y 6) Tabla 1 Rótulos que deben colocarse cuando se transporta cualquier cantidad de materiales peligrosos

111 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES CLASE O DIVISIÓN DE PELIGRO NOMBRE DEL ROTULO 1.1 Explosivos Explosivos Explosivos Gas toxico venenoso 4.3 Peligroso cuando se mojo 5.2 Peróxido orgánico Tipo B, liquido o solido de temperatura controlada Peróxido orgánico 6.1 Riesgo de inhalación Zonas A o B únicamente Toxico (veneno) 7 Material Radiactivo categoría III únicamente Radiactivo TABLA # 9. Rótulos que deben colocarse cuando se transportan cantidades de materiales peligrosos en pesos mayores a 454 kg. CLASE O DIVISIÓN DE PELIGRO NOMBRE DEL ROTULO 1.4 Explosivos Explosivos Explosivos Gas inflamable 2.2 Gas no inflamable 3 inflamable Liquido combustible Combustible 4.1 Solidos inflamables 4.2 Combustión espontanea 5.1 Comburente (oxidante)

112 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 5.2 ( que no sea peróxido orgánico Tipo B, liquido o solido de temperatura controlada) Peróxido orgánico 6.1 (que no sea de riesgo de inhalación Zonas A y B) Toxico (veneno) 6.2 (Ninguno) 8 Corrosivo 9 Clase 0 i) El transporte a granel se entiende para cantidades superiores a kg o 3000 litros en sistemas portátiles o en contenedores para gráneles j) El rotulo para las unidades de transporte de materiales peligrosos para el ambiente debe ser como lo que se presenta en la figura 2, sus dimensiones deben ser mínimo de 250 mm-250mm k) Las unidades de transporte que contengan un material en estado líquido que se transporte o se presente para el transporte a una temperatura igual o superior a 100ªC, o un material solido que se transporte o se presente para el transporte a una temperatura igual o superior a 240ªC, llevaran en cada lado y encada extremo el rotulo de forma triangular de 250 mm-250mm como mínimo y será de color rojo, tal como se indica en la figura 3. l) Las unidades de transporte de desechos peligrosos deben identificarse de acuerdo a su peligro principal Vehículos Los vehículos dedicados al transporte de materiales peligrosos deben cumplir con un mínimo de características especiales 1. El tipo, capacidad y dimensiones de sus carrocerías, deben contar con una estructura que permita contener o estibar el material peligroso de tal manera que no se derrame o se escape. 2. También deben contar con elementos de carga y descarga, compuertas y válvulas de seguridad, de emergencia y mantenimiento, así como también de indicadores gráficos, luces reglamentarias y sistemas de alarma, aviso en caso de accidentes y sistemas de comunicación para emergencias. 3. Deben disponer de un equipo básico de emergencia para control de derrames. 4. Deben tener los dispositivos que le permitan situar los rótulos para la identificación de los materiales peligrosos que transporta 5. Para efectos de limpieza de derrames, el transportista es responsable que el vehículo cuente con materiales e implementos de recolección. Algunos elementos que pueden ser de ayuda en caso de derrame son: 6. Paños absorbentes seleccionados de acuerdo a las características de la sustancia. Son idóneos para responder ante situaciones provocadas por derrames de líquidos. Tienen una buena capacidad de adsorción y un manejo fácil y cómodo. 7. Cordones o barreras adsorbentes seleccionadas de acuerdo a las características de la sustancia confinar. Son u medio eficaz y económico para recoger vertidos. Tramos están disponibles en varias longitudes interconéctales entre sí para formar cercos de cualquier longitud. 8. Una pala de plástico anti chispas 9. Bolsa de polietileno de alta densidad, para depositar temporalmente los materiales de los derrames. 10. Masillas epoxy para recuperar fisuras

113 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 11. El vehículo debe ir previsto de al menos 2 cuñas o tacos de dimensiones apropiadas al peso del mismo, de un material resistente y que no genere chispas. 12. El vehículo debe contar con un dispositivo sonoro o pito, que se active en el momento en que se encuentre en movimiento de reversa 13. Todas las partes metálicas del vehículo deben mantener continuidad eléctrica a fin de asegurar una adecuada descarga a tierra, mediante cables flexibles 14. Ninguna llanta o neumático del vehículo debe tener defectos en las lonas o bandas de rodamiento. 15. El labrado o surco de las llantas o neumáticos, no debe tener una profundidad restante inferior a 1.6 mm, siendo este el límite máximo del desgaste permitido y al llegar a esta profundidad el reemplazo de las llanta es obligatorio 16. Deben estar equipados con parachoques frontal, posterior y laterales, respetando los diseños originales del fabricante, para evitar que otros vehículos choquen directamente 17. Los vehículos tipo cisterna deben tener protección del tipo antivuelco que proteja las bocas o tapas superiores de carga, de igual forma estas etapas deben impedir la salida del producto hacia el exterior en caso de vuelco 18. En los vehículos tipo cisterna la capacidad en litros de cada compartimiento debe estar rotulada en ambos lados a la altura de las tapas o bocas superiores de carga. 19. Todo el sistema de válvulas de carga y descarga de vehículos tipo cisterna deben estar equipados con un cubeto. 20. Los mecanismos de operación y las tapas de acople rápido de las válvulas de carga y descarga deben ser asegurados en la posición de cierre durante el transporte, con cadenas o su equivalente. 21. Toda válvula o accesorio debe ser asociado al cuerpo de la cisterna, evitando utilizar elementos roscados, aplicando este criterio para cisternas presurizadas y no presurizadas. 22. Para cisternas de transporte de líquidos no presurizados, la boca de carga (manhold) debe tener mínimo cm de diámetro, excepto para ácidos que debe ser mínimo de cm. 23. Los sellos, empaques de las válvulas, bocas de carga y descarga y acoples deben ser de un material resistente acorde al producto transportado, asegurándolos de forma adecuada para evitar fugas. 24. Todo vehículo tipo cisterna debe tener sus respectivas válvulas de alivio de presión para cada comportamiento, las mismas que deben ser calibradas y revisadas según recomendación del fabricante. 25. Toda cisterna debe tener un sistema de protección personal anticaidas, ubicada en la parte superior del tanque. 26. Los vehículos que transportan materiales inflamables y no tienen incorporado en el escape el dispositivo de control para evitar la salida de chispas, deben contar con un arresta llantas para colocarlo al final del tubo de escape. 27. El vehículo debe mantener en condiciones operativas seguras los sistemas eléctricos y mecánicos 28. Deben estar equipados con un tacôgrafo digital que incluya un dispositivo de monitoreo satelital por GPS, con un soporte inalterable y factible de ser descargado fácilmente que permita monitorear, alertar y grabar por medios magnéticos y físicos los parámetros de operación del vehículo. Los registros de estos dispositivos deben quedar en poder del transportista, para ser entregados a la autoridad competente cuando serán requeridos.

114 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Carga y descarga para el transporte Responsabilidad. Toda persona natural o jurídica que maneje materiales peligrosos será responsable de los accidentes y daños que pudieran ocurrir como resultado de la mezcla de materiales incompatibles Tipo de material. Los materiales antes de ser transportados deben ser clasificados por tipo de material, clase de peligro, compatibilidad (ver Anexo K) La carga debe estar debidamente segregada, acomodada, estibada, apilada, sujeta y cubierta de tal forma que no presente peligro para la vida de las personas, instalaciones y el medio ambiente Apilamiento a) Los materiales peligrosos deben ser apilados cumpliendo con la matriz de incompatibilidad indicada en el anexo K b) Los envases no deben estar colocados directamente en el piso sino sobre plataformas o paletas. c) Los envases con materiales líquidos deben apilarse con las tapas arriba. d) Los envases deben apilarse respetando la resistencia de sus materiales, de tal forma que no se dañes unos con otras. e) La altura de apilado debe aplicarse de acuerdo al tipo de embalaje/envase, clase de peligro y cumpliendo las normas nacionales e internacionales vigentes Compatibilidad: Durante el apilamiento y manejo general d los materiales peligrosos no se deben apilar o colocar junto a los siguientes materiales: a) Materiales tóxicos con alimentos, semillas o productos agrícolas comestibles b) Combustibles con comburentes c) Explosivos con fulminantes o detonadores d) Líquidos inflamables con comburentes e) Material radiactivo con otro cualquiera. f) Sustancias infecciosas con ninguna otra. g) Ácidos con bases. h) Oxidantes (comburentes) con reductores) i) Otros: (ver tabla de incompatibilidad química en el anexo K) Equilibrio de peso y aseguramiento de la carga. Es responsabilidad del transportista que el peso este bien equilibrado y la carga asegurada correctamente, para la cual debe: a) Antes de iniciar el transporte, comprobar que la carga se encuentre debidamente asegurada, para la cual debe considerar que, cuando se transporta carga, en camiones de plataforma, así como para los vehículos con rejillas o compartimientos cerrado, esta se debe sujetar utilizando cuerdas, correas, aparatos de tensión, redes, u otros según sea el caso b) Sujetar correctamente el sistema de amarres al vehículo mediante ganchos, pernos o argollas u otros c) Evitar el desplazamiento de la carga sobre la plataforma o piso para la cual se deben emplear cuñas al frente, atrás y a los lados y anclajes o cualquier otro mecanismo idóneo de sujeción. d) Todo transporte de materiales peligrosas, sea liquido o sólido, debe ser cargado manteniendo una distribución homogénea del peso e) Para tanques divididos en compartimientos por medio de tabiques o separadores, al cargarlos, el operador debe prestar atención especial a la distribución del peso, no poner demasiado peso en la parte delantera o trasera del vehículo. El empleo de estos tabiques exige tener cuidado cuando están parcialmente llenos, debido a la agitación y movimiento del líquido que tiende a empujar al vehículo en la direccionen la que la oleada se mueve.

115 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES f) Para tanques que tienen compartimientos con paredes con perforaciones llamadas deflectores, estos deben permitir que el líquido fluya y ayude a controlar la oleada del líquido hacia delante y atrás, mas no en sentido laboral Condiciones de carga. Previo a la maniobra de carga, se deben cumplir con las siguientes condiciones: a) Verificar el correcto estado y funcionamiento del vehículo que debe incluir como mínimo lo siguiente: Neumáticos. Parabrisas Luces Identificación y señalización del vehículo Tanque de combustible Kit de derrames b) Colocar adelante, atrás y en los costados del vehículo, señalizaciones que indiquen que se está procediendo a la carga. c) Comprobar que el contenedor se encuentre completamente limpio y sin residuos d) Efectuar las actividades de carga lejos de fuentes de ignición y de instalaciones eléctricas e) Verificar la inexistencia de fugas o derrames provenientes de los auto tanques, recipientes, canecas, contenedores, sacos, fundas, bidones, empaques, u otros envases a ser cargados en el vehículo f) En el caso de tanques y auto tanques se debe verificar mediante la apertura y el cierre, el correcto funcionamiento de las válvulas de carga y descarga y la válvula de desalojo de la estructura de contención de derrames g) No comer, beber o fumar durante todas las actividades que impliquen el manejo de materiales peligrosos. h) Si el material es trasladado en cajas o en tambores cerrados, verificar que todos se encuentren debidamente protegidos contra todo rozamiento o golpe. i) Si se trata de envases/embalajes, tanques, auto tanques, con sustancias inflamables, conecta a la tierra antes de iniciar el proceso de carga j) No utilizar materiales fácilmente inflamables para estibar materiales peligrosos. k) Si el cargamento comprenden diversos tipos de mercancías, separar los materiales peligrosos de los demás. l) Para el ordenamiento de la carga, cumplir las recomendaciones técnicas del fabricante y los procedimientos de clasificación y apilamiento recomendados. m) Portar la hoja de seguridad (anexo B) de dada uno de los materiales peligrosos transportados. n) Abastecer de combustible al vehículo antes de iniciar la carga Condiciones de descarga. En la operación de descarga de los materiales peligrosos, tanto el comercializador, como el transportista y el usuario deben proceder con suma atención respetando en todo momento los siguientes requisitos mínimos: a) Antes de descargar un vehículo con este tipo de materiales, revisar minuciosamente los etiquetados y las hojas de seguridad a fin del que el personal conozca sobre la forma de descarga que garantice una operación con un mínimo de riesgos. b) Antes de proceder a la descarga, realizar una inspección física de toda la parte externa del vehículo para verificar la existencia de fugas, escurrimientos, señales de impacto, desgaste, sobrecalentamiento de una o varias partes del vehículo y que pudiesen afectar a la carga. c) Todo el personal involucrado en la descarga utilice el equipo de protección personal necesario según los requerimientos de las hojas de seguridad del producto. d) Abrir las puertas de contenedores y furgones y esperar al menos un tiempo de 15 minutos previo al inicio de la descarga, a efectos de ventilación.

116 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES e) Durante el proceso de descarga, evitar que el material se derrame o se escape. Evitar también rozamientos o cualquier otra situación que ocasione derrame o incendios. f) Los lugares de descarga deben estar alejados de líneas eléctricas o de fuentes de ignición. g) Todo el personal que efectué maniobras de descarga de materiales peligrosos, debe contar con adiestramiento adecuado y conocimiento sobre los materiales que maneja. h) En el caso de tanques, se debe llevar a cabo una revisión de las conexiones a usarse en la descarga de ser necesario realizar un análisis del material i) Para la descarga colocar la señalización pertinente que de aviso del peligro j) En los auto tanques, con sustancias inflamables, conectar a tierra antes de su descarga k) En caso de descargas de materiales inflamables, utilizar equipo y herramientas anti chispa l) Para la descarga colocar la señalización pertinente que de aviso al peligro. m) El personal involucrado en las actividades de descarga, así como aquel que se encuentre en las cercanías del área, no debe comer, beber, ni fumar. n) Los vehículos tanqueados deben utilizar un motor externo para accionar las bombas de descarga o) En caso de derrame de material en el interior del transporte, se debe limpiar y recolectar inmediatamente, para evitar que llegue al suelo y producir contaminación. p) Para efectos de limpieza de derrame, el transportista es responsable de que el vehículo cuente con materiales e instrumentos de recolección( palas, escobas, bolsas plásticas de alta resistencia, material adsorbente, entre otras) q) Los implementos o materiales utilizados para la limpieza no deben descartarse libremente; deberán ser mantenidos hasta el destino final de la carga, donde serán sometidos a un proceso de descontaminación o entregados al comercializador para su adecuada disposición final. r) Verificar que la cantidad declarada sea igual a la que descarga. En caso de existir faltantes, se debe notificar a la autoridades que constan en el numeral relativo a la prevención y emergencias Almacenamiento a) identificación del material. Es responsabilidad del fabricante y del comercializador de materiales peligrosos su identificación y etiquetado de conformidad con la presente norma b) Compatibilidad. Durante el almacenamiento y manejo general de materiales peligrosos no se debe mezclar los siguientes materiales b.1 Materiales tóxicos con alimentos, semillas o productos agrícolas comestibles b.2 Combustibles con comburentes b.3 Explosivos con fulminantes o detonadores b.4 Líquidos inflamables con comburentes b.5 Material radiactivo con otro cualquiera. b.6 Sustancias infecciosas con ninguna otra. b.7 Ácidos con bases. b.8 Oxidantes (comburentes) con reductores) b.9 Otros: (ver tabla de incompatibilidad química en el anexo K) b.10 Toda persona natural o jurídica que almacene y maneje materiales peligrosos debe contar con los medios de prevención para evitar que se produzcan accidentes y daños que pudieran ocurrir como resultado de la negligencia en el manejo o mezcla de productos incompatibles.

117 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Prevención y planes de emergencias a) Planes de prevención a.1) la Empresa debe diseñar e implementar planes y programas que elimine o reduzca el riesgo asociado a una actividad donde existía la posibilidad de producirse una emergencia. Los planes y programas serán diseñados en fusión del análisis de riesgos y pueden incluir actividades de: capacitación, inspecciones planeadas y no planeadas, auditorias, simulacros y eventos de concientización. b) Planes de emergencia b.1 Toda empresa debe contar con un plan de emergencias que contemple, al menos los siguientes elementos: b.1.1 Nombres dirección y teléfono de al menos dos persona responsables con los que se pueda hacer contacto en caso de emergencia b.1.2 Evaluación de los riesgos, que incluye el análisis de los recursos humanos y materiales disponibles, vías de evacuación, mapas de riesgos. b.1.3 Listado de recursos a utilizar para la atención a la emergencia tales como extintores, mangueras, brigadistas o personal entrenado, kits para derrames medios de comunicación entre otros b.1.4 Hojas de seguridad de materiales (MSDS por sus siglas en ingles) y tarjetas de emergencias que contengan la información descrita en los anexos A y B b.1.5 Características constructivas de las instalaciones y de loa anexos del transporte. b.1.6 identificación de centros nacionales o regionales de información toxicológica y atención en casos de accidentes con materiales peligrosos, a fin de que puedan dar orientaciones inmediatas sobre primeros auxilios y tratamiento médico, y resulten accesibles en todo momento por teléfono y radio b.1.7 Para el manejo de una emergencia el transportista y los conductores deben realizar las siguientes acciones b adoptar medidas de detección inmediata de derrame, incendio, fuga o explosión b identificar las operaciones de control a ser desarrolladas durante la emergencia b Establecer comunicación, a la brevedad posible con entidades públicas y privadas que puedan prestar ayuda emergente b Mantener por todos los medios al alcance, la temperatura recomendada para la conservación de los materiales peligrosos, a fin de controlar su reactividad, inflamabilidad y explosividad, según recomendación establecida en la hoja de seguridad (MSDS) o tarjetas de emergencia b Adoptar medidas para limitar la dispersión del material peligroso causante de la emergencia b.1.8 El responsable de la gestión de materiales peligrosos coordinara con las autoridades competentes, los procedimientos para la atención a los accidentes, como: b Emplear los recursos (humanos, materiales y económicos) con que se cuenta para ejecutar la operaciones de control identificadas b1.8.2 estimar posibles daños materiales, al ambiente y a la comunidad para aislar la zona de accidente, impedir una mayor expansión del evento y evitar el acceso de persona extrañas b llevar a cabo un levantamiento de información primaria que permita diagnosticar la situación imperanteb Efectuar un reconocimiento inmediato para determinar el tipo de agentes químicos presentes en la emergencia b Evaluar sistemáticamente el progreso de las acciones para el manejo de la emergencia b.1.9 Las acciones de mitigación y recuperación de las zonas afectadas son responsables de las persona naturales y jurídicas, representantes legales de las empresas e instalaciones ya sean de carácter público o privado quienes deban cumplir las

118 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES acciones establecidas por la autoridad competente. Para esto se deben llevar a cabo las siguientes acciones b Elaborar un informe de accidente que incluya los impactos en la salud humana y ambiente, los costos y plazos de mitigación y recuperación b Evaluar las necesidades para lograr una rehabilitación de la zona b Vigilar el cumplimiento y el desarrollo de todas las actividades propuestas con programas de control y seguimiento TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACION SECUNDARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA LIBRO II Título VII DEL SANEAMIENTO AMBIENTAL BANANERO. DEL SANEAMIENTO AMBIENTAL BANANERO Capítulo I Aspectos generales Art. 1.- El Ministerio de Agricultura y Ganadería a través del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA) y en coordinación con las compañías fabricantes e importadoras de plaguicidas, empresas exportadoras y productoras de banano, diseñarán y realizarán programas de educación, capacitación y divulgación en el ámbito nacional, sobre uso, manejo, transporte y almacenamiento de productos químicos utilizados como: fertilizantes, defoliantes, adyuvantes, plaguicidas, etc. El manejo de los plaguicidas utilizados en el cultivo de banano podrá ser ejecutado solamente por un profesional acreditado por el SESA, con el carné respectivo, quien velará por el cumplimiento de las leyes y reglamentos vigentes. El personal que intervenga en la manipulación y aplicación de plaguicidas debe sujetarse a lo que, para el efecto, establecen las leyes y normas vigentes. Art. 2.- Las compañías importadoras y/o comercializadoras de productos químicos, transportistas, exportadores, productores de banano y compañías aeroatomizadoras, deben firmar contratos de trabajo con los trabajadores involucrados en el manejo de plaguicidas, incluyendo una cláusula en el sentido de que si el trabajador no hace uso del equipo de protección adecuado, se dará por terminado el contrato. Art. 3.- Las bodegas para el almacenamiento de plaguicidas, además de lo dispuesto en las normas respectivas deben reunir los siguientes requisitos: a. Ubicarse en lugares protegidos y alejados de las viviendas, escuelas, centros de salud, centros de comercio, industrias que fabriquen o procesen alimentos para el hombre o animales, establos y fuentes de agua, en por lo menos diez metros de distancia; b. Situarse en terrenos o áreas no expuestas a inundaciones; c. Poseer óptima ventilación, la misma que debe estar protegida con malla metálica para evitar la entrada de insectos, animales rastreros o aves: d. Las paredes deben estar pintadas por dentro y por fuera, para protegerlas de la humedad, lo que a la vez permitirá detectar si existe fuga de plaguicidas;

119 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES e. Los pisos deben ser de concreto impermeabilizado con desniveles y desagües que permitan recoger derrames accidentales; f. La puerta de entrada debe mantenerse siempre cerrada y con las debidas seguridades; y, g. No permitir la entrada de niños, mujeres embarazadas o animales. Art. 4.- El almacenamiento, carga y descarga de plaguicidas debe contemplar, además de lo dispuesto en las normas INEN, lo siguiente: a. Colocarse sobre tarimas o plataformas para evitar la corrosión, humedecimiento y/o deterioro del embalaje y del plaguicida; b. Las formulaciones líquidas deben colocarse con los orificios hacia arriba, bien tapados y en la parte inferior del estante; c. Almacenar los plaguicidas en sus envases originales con sus etiquetas respectivas, siguiendo la norma NTE INEN 1927:92. Clasificar los diversos plaguicidas de acuerdo con su categoría toxicológica y por el estado físico de la formulación; d. Evitar almacenar plaguicidas sin dejar hileras entre ellos; e. Cada bodega mantendrá 2 recipientes: Uno con material absorbente limpio (aserrín, arena, etc.) y otro vacío. El material absorbente que se utilice deberá ser depositado en el recipiente vacío, inmediatamente después de efectuada la limpieza, el mismo que posteriormente deberá ser desechado, en forma apropiada; f. Se obliga a construir y utilizar rampas fijas o portátiles y/o hidráulicas para la descarga de los plaguicidas; g. Se prohíbe lanzar recipientes desde el vehículo hacia el suelo para evitar derrames y riesgos físicos al personal; y, h. Dar a conocer al personal el grado de toxicidad de los plaguicidas y productos químicos que manejan los productores bananeros. Art. 5.- Las compañías aplicadoras, los exportadores bananeros y las compañías de agroquímicos, se obligan a velar por la seguridad del personal se entregará al trabajador que maneje plaguicidas el equipo necesario de protección personal. Les proporcionarán también asistencia médica preventiva y curativa y someterá a aquellos que manejen organofosforados y carbamatos a controles médicos de colinesterasa semestralmente. El equipo de protección personal constará de prendas que protejan adecuadamente las partes del cuerpo expuestas al plaguicida en uso. El trabajador contará con un seguro de vida contratado por las compañías aplicadoras, exportadores, bananeras, o las compañías de agroquímicos que los contratasen. Art. 6.- Las compañías aplicadoras, los productores bananeros y el profesional acreditado para realizar las aplicaciones deberán escoger las horas más adecuadas, y velar porque los operarios además de estar informados sobre los productos que van a aplicar, dispongan de ropa de protección y no trabajen más de 5 horas con productos químicos. Art. 7.- Las compañías aplicadoras, los exportadores, importadores y productores de agroquímicos, están obligados a elaborar planes y programas de contingencia ambiental

120 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES y o biorremediación que permitan evitar y mitigar la contaminación del ambiente y las provocadas por derrames para lo cual dispondrán de los equipos, materiales y personal suficiente para atender esos accidentes. Los residuos serán manejados de acuerdo con lo dispuesto en el presente reglamento, en la Ley de Plaguicidas, su reglamento y en las normas INEN correspondientes. Art. 8.- Las compañías aplicadoras, los exportadores, importadores y productores de agroquímicos, los profesionales acreditados, tienen la obligación de: a. Velar porque el trabajador agrícola esté bien informado, capacitado y protegido con la ropa adecuada establecida y recomendada para cada plaguicida según su categoría toxicológica y para que no realice acciones que pongan en riesgo su salud como: comer, fumar, tomar agua, limpiarse la cara, ojos o nariz durante el manejo de plaguicidas. Previo a cuales quiera de esas actividades debe lavarse las manos y alejarse del lugar del trabajo, para lo cual deberán disponer de las facilidades del caso como lavamanos, duchas, jabón líquido, toallas desechables y toda la ropa de protección (mascarilla, casco, guantes, overol, hojas, etc.); b. Disponer de duchas adecuadas y obligar al trabajador a bañarse con suficiente agua y jabón, después de finalizada la fumigación y ponerse ropa limpia; c. Hacer lavar la ropa contaminada con plaguicidas, separada del resto de las prendas familiares. Esta labor no podrá realizarla mujeres embarazadas, niños o enfermos; y, d. Informar e instruir a toda persona que mezcle y aplique plaguicidas, sobre el equipo de protección personal que debe usar y sobre las precauciones y antídotos que debe utilizar en caso de emergencia. Art. 9.- Es obligación de las compañías aplacadoras y productores de banano, seleccionar y dotar del equipo necesario para cada labor. Art Las compañías aplacadoras, los exportadores, los productores bananeros y las compañías de agroquímicos, están obligadas a mantener los tanques de transporte y almacenamiento de aceite agrícola y combustible, libres de impurezas, basuras y sustancias contaminantes, que comprometan la calidad del producto. Los tanques para transporte deben ser lavados en forma exhaustiva inmediatamente después del carribio de producto transportado. En caso de tanques de almacenamiento, el mantenimiento debe realizarse por lo menos dos veces al año. Art Es obligación de los productores bananeros y compañías aplacadoras, así como de los entes provinciales y municipales, colocar en sitios estratégicos, afiches, murales y material divulgativo, entregado por las compañías en general, para que los trabajadores conozcan los riesgos a los que se exponen y las recomendaciones a seguir, en caso de intoxicación o envenenamiento. Art Se prohíbe a las compañías aplicadoras, los exportadores, los productores bananeros y compañías de agroquímicos, quemar al aire libre cualquier tipo de recipientes vacíos de plaguicidas y desechos plásticos provenientes de las actividades bananeras.

121 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Art Las compañías aplicadoras, los exportadores, los productores bananeros y compañías de agroquímicos, están obligadas a transportar el aceite agrícola con la máxima seguridad posible, con el propósito de evitar adulteraciones del producto con otros combustibles, derrames y contaminación ambiental; y de ser posible, contratar seguros de contingencia ambientas para el transporte de este tipo de producto. Capítulo II De los productores bananeros Art Los productores bananeros que, con previa autorización legal establecieron nuevas plantaciones o que resembrarán las antiguas, deberán regirse a los siguientes lineamientos: a. Formar una unidad de producción compacta con linderos perimetrales regulares; b. Dejar libre de todo obstáculo que dificulte las aplicaciones aéreas 25 metros a cada costado de la unidad de producción; c. Reservar franjas protectoras de por lo menos 10 metros de ancho a lo largo de ríos, esteros, pozas, canales de aducción de agua, canales perimetrales de drenaje, carreteros, camaroneras o estanques de agua que linderen con las bananeras; d. Evitar las siembras bajo los tendidos de energía eléctrica dentro de la unidad de producción. Esto también se aplicará con respecto a las antenas; e. En los espacios libres se prohíbe la siembra de cultivos comerciales y se autoriza la siembra de arbustos o setos ornamentales de una altura no mayor de la mata de banano; y, f. Evitar construcciones de oficina y viviendas dentro del perímetro de fumigación. Las plantaciones actualmente existentes que no cumplan con los requisitos señalados, pero por su conformación, ubicación o infraestructura, su desmembración cause serios perjuicios económicos, tendrán un plazo no mayor de diez (10) años para adecuarse a las normas aquí prescritas. Art Los productores bananeros deben contar con asesoría profesional experimentada y especializada de ingenieros agrónomos quienes serán responsables de la selección, dosificación y aplicación de plaguicidas, siguiendo las recomendaciones de la etiqueta y del SESA. Los productores deberán llevar un registro de las aplicaciones fitosanitarias con determinación de los productos, dosificaciones, frecuencias y fecha de aplicación, el mismo que deberá estar disponible para el control de la autoridad competente. Art Los productores bananeros solo pueden aplicar plaguicidas registrados y autorizados por el SESA. La adquisición de estos plaguicidas se hará únicamente en las casas comerciales y/o distribuidores autorizados.

122 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Art El productor bananero está obligado a prevenir la contaminación de fuentes de agua y ambiente en general, evitando derrames, recogiendo recipientes vacíos y remanentes de plaguicidas. Estos remanentes de plaguicidas así como las aguas utilizadas en el lavado del equipo empleado, deben ser depositados en lugares apropiados como pozos de sedimentación, debidamente tratados para el efecto. Los residuos serán esparcidos en la bananera a un mínimo de diez metros de canales de riego, drenaje, pozos y tanques de agua y/o viviendas, en diferentes lugares en cada ocasión. Art El productor bananero, dueño del predio al tratar con plaguicidas altamente tóxicos (nematicidas, insecticidas) es la persona responsable de la colocación de rótulos de advertencia previo a cada aplicación en los que se indique "PROHIBIDO EL PASO, "CUIDADO" CULTIVO TRATADO CON PRODUCTOS TOXICOS", mostrando una mano, una calavera o cualquier símbolo que señale que está prohibido el paso. Los rótulos deben ser visibles y colocados a la entrada de los caminos y guarda rayas comúnmente utilizados por peatones, así como, retirados después de cumplirse el tiempo de espera establecido en la etiqueta del producto utilizado. Art Se obliga al productor bananero a elegir un sitio alejado (10) metros como mínimo de distancia de canales de riego, drenaje, carreteras, viviendas, dentro de la finca para que funcione como botadero de los desechos orgánicos de banano. Este material debe estar totalmente libre de residuos plásticos. La construcción del botadero debe sujetarse a lo dispuesto en el Reglamento de Residuos Peligrosos. Se recomienda al productor bananero regresar el raquis de los racimos al campo y además buscar formas alternas para procesar los desechos orgánicos. Ejemplo: El uso de digestores orgánicos para la obtención de fertilizantes. Art Los productores están obligados a retirar de la plantación los plásticos provenientes de fundas, cintas y material de apuntalamiento y enviarlos a los centros de acopio establecidos, a hornos sementeros o incineradores que funcionen a temperaturas superior a 600 grados centígrados a rellenos sanitarios autorizados. Queda prohibido quemar plásticos en fuegos abiertos, observando en todo caso el Reglamento de Desechos Peligrosos. Art En un plazo no mayor de un año los productores bananeros están obligados a diseñar o rediseñar su planta empacadora para recoger los residuos de fungicidas (resultantes del control de pudrición de corona) del agua con látex. Los residuos de mezcla fungicida no deben ir a canales sino a un pozo sedimentador, para después ser asperjados en la bananera a una distancia mínima de diez metros de las casas, canales de riego, drenajes y pozos de agua. Art En un plazo no mayor de un año, el productor bananero se obliga a instalar filtros (trampas de sólidos y látex) para retener los desechos arrastrados por el agua usada en la empacadora y así asegurar que el agua descargada sea la más limpia posible.

123 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Colocarán además sistemas de clorinación o purificación del agua para consumo humano y tratamiento de la fruta. Art Los productores bananeros están obligados a establecer algún sistema de señalamiento para ayuda del piloto y así evitar desperdicios. En caso de señalamiento (bandereo) móvil serán Requisitos: a. Colocar puentes en canales por donde se desplazan los bandereros; b. Mantener libre las líneas de hilos, orientado hijos, quitando basura u otros obstáculos; c. Proveer oportunamente banderas y cañas; y, d. Cumplir con los lineamientos requeridos a los productores bananeros para establecer nuevas plantaciones o resembrarán las antiguas. Art Los productores bananeros están obligados a brindar un permanente mantenimiento de las señales de bandereo móvil, fijo y perimetral, con el propósito de optimizar la clase de cobertura y evitar desperdicios. En caso de realizarse aerotomizaciones nocturnas, el productor está obligado a señalizar los obstáculos existentes en el área de aplicación y su perímetro con material reflectivo o similares para optimizar la operación nocturna y evitar accidentes. Art Los productores bananeros están obligados a establecer un área libre de aplicación de plaguicidas o fertilizantes a una distancia de diez (10) metros o más de los pozos de agua. Art El Ministerio de Agricultura y Ganadería a través del SESA, semestralmente hará una evaluación de todas las plantaciones bananeras, verificará su funcionamiento comprobando las entregas semanales de fruta a los exportadores, su estado general y cumplimiento de las normas prescritas en este reglamento. En aquellas plantaciones bananeras que se comprobare que no venden, que están abandonadas o cuyo estado fitosanitario ponga en serio peligro las plantaciones vecinas, se dispondrá su inmediata eliminación. Capítulo III De los exportadores Art Los exportadores están obligados a realizar levantamientos planimétricos en las fincas de sus productores, cuyos valores serán descontados de las liquidaciones por concepto de pago de la fruta. Estos levantamientos se harán para determinar posibles, incrementos, marginaciones de áreas y áreas bajo cultivo. Art Los exportadores están obligados a brindar asesoría técnica y de manejo ambiental a sus productores y/o proveedores permanentes de frutas.

124 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Art Los exportadores están obligados a supervisar que sus productores no permitan en sus fincas experimentos con plaguicidas no registrados para su uso en banano, sin la debida autorización del organismo oficial de control. Art Los exportadores están obligados a cumplir con las disposiciones que dicte el SESA, en cuanto a las sanciones que por incumplimiento a las normas establecidas en el Capítulo II de este reglamento, se apliquen a los productores. Las empresas exportadoras podrán suspender temporalmente los cupos de entrega de fruta, por incumplimiento por parte de los productores a las prescripciones del Reglamento de Saneamiento Ambiental Bananero y presentarán su resolución por escrito adjuntando las pruebas necesarias en un plazo máximo de siete días al organismo oficial de control; quien luego de verificar las mismas ratificará o negará la sanción en un plazo de siete días. En caso de la falta de presentación de las pruebas en el plazo señalado o la negativa de sancionar al productor por parte del organismo oficial de control, el exportador resarcirá económicamente al productor por los daños causados durante la suspensión de la entrega de fruta. Art Los exportadores deberán brindar a sus productores cursos y/o seminarios de capacitación relacionados con el uso y manejo adecuado de plaguicidas. Además implementarán programas integrales para protección del ambiente. Art Los exportadores están obligados a capacitar a su personal técnico, en lo relacionado al uso y manejo adecuado de plaguicidas y defensa del ambiente, personal que se convertirá además en difusor y concientizador del tema. Art Los exportadores están obligados a cumplir las leyes y reglamentos relacionados con el uso y manejo de plaguicidas y defensa del ambiente establecidos por el Gobierno Nacional. Art Los exportadores están obligados a establecer programas de monitoreo de resistencia de la sigatoka frente al fungicida cuyos resultados deben ser divulgados a los sectores interesados. Art Es obligación de los exportadores cuidar que los productores utilicen solamente preservantes y/o plaguicidas autorizados para su uso en banano. Observando la dosis, épocas y técnicas de aplicación recomendadas, mediante la implantación de sistemas adecuados para cumplir con estos objetivos. Art Los exportadores están obligados a generar programas que tengan como propósito disminuir los peligros de sustracción o adulteración de plaguicidas.

125 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Capítulo IV De las compañías de agroquímicos Art Las compañías de agroquímicos están obligadas a generar e implantar sistemas que conduzcan a la eliminación de recipientes de plaguicidas. (Ejem. Recipientes biodegradables, reusables o suministros en camiones cisternas). Conforme a lo dispuesto en las normas INEN. Art Las compañías de agroquímicos están obligadas a receptar los recipientes vacíos de los plaguicidas y reciclarlos o eliminarlos según las normas INEN y demás métodos autorizados para el efecto. Art En caso de reciclaje de recipientes vacíos, las compañías de agroquímicos están obligadas además de lo establecido en las normas INEN, a velar porque el producto final no vaya en perjuicio de la salud humana y ambiental, caso contrario el responsable de éstos hechos tendrá que pagar los daños causados conforme al principio de gestión ambiental que quien contamina paga, debiendo para ello seguir las acciones legales correspondientes. Art Las compañías de agroquímicos están obligadas a promover y divulgar por todos los medios disponibles y mediante cursos y/o seminarios, las normas sobre uso y manejo adecuado de plaguicidas. Además implantarán programas integrales sobre protección del ambiente. Art Las compañías de agroquímicos ofrecerán a los productores, solamente los plaguicidas registrados para su uso en banano y durante las épocas de empleo autorizadas por el SESA. No instalarán ensayos con plaguicidas no registrados para su uso en banano. Si el ensayo fuese imperativo debe hacérselo con autorización del Ministerio de Agricultura y Ganadería, a través del SESA, quien supervisará que la fruta obtenida del área experimental no sea empleada para consumo humano o animal. Art Las compañías de agroquímicos deberán hacer todos los esfuerzos razonables para reducir los peligros: poniendo a disposición fórmulas menos tóxicas y en presentaciones granuladas, flotables o similares, de tal manera que evite la exposición de los trabajadores a la inhalación de plaguicidas en polvo. Art Las compañías de agroquímicos están obligadas a mantener procedimientos que garanticen la calidad de los productos fabricados, a fin de asegurar que éstos cumplan las normas pertinentes de pureza, rendimiento, estabilidad y seguridad, tomando las precauciones necesarias para proteger la salud y seguridad de sus trabajadores, de terceras personas y del ambiente. Art Las compañías de agroquímicos deberán asegurarse que los plaguicidas sean transportados, comercializados y ofrecidos para la venta por comerciantes legalmente

126 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES registrados en el SESA, para evitar la adulteración y contrabando de los productos, siguiendo además los siguientes procedimientos establecidas para el efecto en las normas INEN. a. Que se cumpla las normas y requisitos establecidos por los organismos internacionales respecto a formas de transporte de mercancías peligrosas por vía terrestre, aérea y marítima; b. Que se optimicen las seguridades mientras dure el proceso de desaduanización; y, c. Que se optimicen las seguridades en bodegas de almacenamiento. Art Los plaguicidas deben ser manipulados en su reempacado y reenvasado únicamente por personas calificadas para tales actividades, los mismos que deberán portar el carné que los acredite como tales. Art El reempacado y reenvasado de plaguicidas y nutrientes foliares debe realizarse en instalaciones separadas y autorizadas, y con maquinaria específica para cada fin, que impida que el personal que lo maneje entre en contacto directo con estos productos químicos. Los trabajadores deben utilizar siempre el equipo de protección personal adecuado, que brinde la máxima seguridad. Art Se prohíbe el reempacado, reenvasado y distribución de plaguicidas en botellas, frascos o recipientes empleados tradicionalmente para preparar o envasar alimentos, bebidas o medicamentos. Art Respecto a las situaciones no establecidas en el presente capítulo se aplicará el contenido del Código internacional de conducta para la utilización y distribución de plaguicidas de la FAO, siempre y cuando no se oponga a las normas vigentes en la República del Ecuador. Capítulo V De las compañías aplicadoras Art Previo a la obtención del permiso de operación, toda compañía aeroatomizadora debe cumplir los requisitos establecidos para tal efecto por la Dirección General de Aviación Civil, el Ministerio de Agricultura y Ganadería y demás organismos de control del Estado. Art Las compañías aeroatomizadoras se someterán obligatoriamente a las regulaciones existentes sobre uso y manejo adecuado de plaguicidas. Art Las aeronaves destinadas a aplicaciones aéreas, deben estar dotadas de equipo de aplicación en excelente estado de funcionamiento. Para el mantenimiento de estos equipos deberán considerarse como mínimo: a. Lavado diario; b. Cambio de partes según lo dispone el fabricante; y, c. Cambio de partes por daño evidente.

127 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Art De utilizarse una aeronave atomizadora en aplicaciones en cultivos distintos al banano, las compañías aeroatomizadoras deberán realizar un estricto lavado del equipo de aplicación previo a su reutilización en banano. No deben utilizarse productos que a pesar del lavado dejaren residuos perjudiciales al banano. Art Las compañías aeroatomizadoras realizarán semanalmente la calibración del equipo de aplicación de las aeronaves bajo la supervisión técnica correspondiente. En la calibración del equipo de aplicación deberán considerarse como mínimo: a. La dosis por hectárea; b. La velocidad de vuelo; c. Altura de vuelo sobre el cultivo; d. El ancho de pase; e. El número y posición de atomizadores rotativos y/o boquillas de otro tipo; y, f. Tipo de mezclas. Art Las compañías aeroatomizadoras serán responsables civilmente de los trabajos a ellas encomendadas, lo que será comprobado en la acción respectiva. Art Con el fin de evitar la contaminación ambiental las compañías aeroatomizadoras contarán en sus bases de operaciones además de los establecidos por la Dirección General de Aviación Civil, con la siguiente infraestructura: a. Hangar adecuado para la protección de sus aeronaves; b. Una oficina de operaciones donde se lleve ordenadamente: literatura técnica, boletines, etc., que permita un control operacional adecuado; c. Una oficina donde se cuente con los documentos técnicos para mantenimiento de aeronaves y su respectivo control; d. Un taller de mantenimiento dotado con los equipos necesarios; e. Un sistema de comunicaciones entre aeronave base, entre aeronaves y entre bases y oficina central; f. Una bodega de repuestos con una provisión mínima necesaria para el mantenimiento de las aeronaves; g. Una bodega de lubricantes y productos; h. Una sala para descanso del personal; i. Duchas o instalaciones sanitarias; j. Extintores contra incendios en cantidades necesarias; k. Leyendas y avisos de seguridad; l. Botiquín de primeros auxilios, dispuesto en un lugar accesible y con sus medicinas en buen estado y con su respectivo instructivo; m. Equipo de protección personal para el manejo adecuado de plaguicidas; n. Plantas mezcladoras fijas o portátiles; o. Una plataforma para abastecimiento y lavado de aeronaves; p. Pozo de reciclaje para desechos químicos y decantador de sólidos, construido conforme a las normas; q. Tanque y surtidores de combustible y aceite agrícola;

128 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES r. Tanque elevado, pozo y/o cisterna con agua; s. Bombas de abastecimiento rápido y absorción de residuos; t. Materiales para la medición exacta de productos (balanzas, probetas, baldes aforados) calibrados y certificados por el organismo de control correspondiente; y, u. Pistolas de lavado de alta presión con bloqueo automático. Los tanques de combustibles y aceite agrícola contarán, obligatoriamente con: a. Un sistema de contención de derrames, con capacidad para recibir el 120% del volumen del tanque de mayor capacidad circunscrito en el área de contención; b. El piso y paredes del área de contención deberán ser impermeabilizados y estar en capacidad de soportar la presión del líquido a la máxima profundidad de diseño; y, c. Para las operaciones de descarga de combustible y aceite agrícola, contarán con un sistema de contención de derrames que incluya: plataforma, fosa de recolección, bombas anti-explosión para evitar incendios, mangueras y acoples en buen estado. Art Se obliga a las compañías aeroatomizadoras a recoger y reutilizar las aguas residuales producto del lavado de aeronaves y equipos, con el fin de evitar la contaminación de cuerpos hídricos. Art De utilizarse varios plaguicidas en un día de labores, no deben mezclarse los distintos remanentes, sino almacenarlos en recipientes individuales debidamente rotulados para su posterior reutilización. Art Las compañías aeroatomizadoras evitarán los derrames en las pistas y plataformas de abastecimiento, tomando entre otras las siguientes medidas: a. Instalar válvulas de seguridad tipo kamvalock en los tanques de almacenamiento, bombas de abastecimiento, mezcladoras y tanqueros para transporte de aceite agrícola; b. Cuidar que los empaques de las bombas de abastecimiento se encuentren en excelente estado; c. Revisar constantemente las mangueras para verificar deterioros y renovarlas inmediatamente para prevenir rupturas; d. Prohibir la realización de pruebas de los equipos de fumigación en pistas o en el aire. De ser imperativa una prueba, esta podrá realizarse solamente en la plataforma de abastecimiento; y, e. Prohibir que se descarguen los remanentes del producto utilizado en los vuelos, ya sea en el aire o en la pista. Art Las compañías aeroatomizadoras proveerán al personal involucrado en operaciones de aplicaciones aéreas (pilotos, mecánicos y abastecedores) de los equipos de protección especificados en las regulaciones técnicas de aviación civil. Art Se prohíbe la aspersión y espolvoreo de plaguicidas sobre: a. Zonas pobladas; b. Plantaciones con personas laborando y/o que se encuentren dentro de ellas; c. Cuerpos hídricos; y,

129 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES d. Áreas sensitivas tales como granjas avícolas, colmenas y criaderos de animales. Art El piloto aeroatomizadora es responsable de la aplicación del producto. Cuidará que el mismo sea rociado única y exclusivamente dentro de las plantaciones previamente programadas y evitando al máximo los desperdicios fuera de ellas. Art Se prohíbe a los pilotos iniciar o continuar con los trabajos de Aero atomización si se presentaren problemas en el equipo de aspersión tales como: rupturas de canastillas, obstrucciones de cañerías, bajas de presión de la bomba, goteos y otros. Art Los vuelos de Aero atomización no se realizarán cuando ocurra una de las siguientes Condiciones: a. La temperatura en el inferior de las plantaciones exceda los 28 grados centígrados. b. La humedad relativa esté bajo 60%; c. La velocidad del viento supere los 8 km/h (2,2m/seg); d. Existe lámina de agua en las hojas; e. Existan gotas de agua (perlas) cubriendo un 40% o más de la superficie de la hoja; f. Precipitaciones pluviales dentro de una hora antes de la aplicación; y, g. Exista un fenómeno de inversión (neblina o bruma) que impida la visibilidad durante el vuelo. Art Si se presentare una cobertura deficiente, la compañía aeroatomizadora debe rectificarla inmediatamente, Luego de un análisis estrictamente técnico entre el representante de la plantación rociada y la empresa aeroatomizadora, se establecerá el responsable de la mala cobertura para los efectos que sean del caso. Art Las compañías aeroatomizadoras deben organizar por lo menos una vez cada año, cursos, seminarios y/o talleres de actualización en el uso y manejo adecuado de productos químicos agrícolas para su personal de pilotos, mecánicos y abastecedores. Art Se prohíbe a las compañías aeroatomizadoras la aplicación de plaguicidas en dosis y épocas no autorizadas por el organismo oficial de control, o aquellos no registrados para su uso en banano. Aplicaciones terrestres Art La aplicación de plaguicidas con equipo terrestre debe estar sujeta a las recomendaciones del organismo oficial de control en cuanto a técnicas, dosis y épocas de aplicación para prevenir la resistencia Art Las aplicaciones terrestres para el control de Sigatoka solo pueden realizarse con Tridemorph y/o Protectantes. Nunca utilizar Bensimidazoles, Triazoles ni Estrobilurinas. Art Toda compañía que se dedique a dar servicio de aplicación terrestre de plaguicidas debe estar debidamente autorizada por el Ministerio de Agricultura y

130 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES Ganadería a través del SESA, además de regirse por las normas establecidas en las leyes y reglamentos pertinentes. Art Toda compañía que se dedique a dar servicio de aplicación terrestre de plaguicidas debe tener el equipo de aplicación adecuado en buen estado de funcionamiento y calibrado de acuerdo a las características físicas y químicas del producto a utilizar. Capítulo VI De las sanciones Art Están sometidos a las leyes de la República del Ecuador y serán juzgados por las autoridades y jueces competentes las acciones y omisiones que deben tenerse por infracciones cometidas por el incumplimiento de las normas contempladas en el presente reglamento. Art Administración de procedimientos.- El control de la gestión ambiental en las actividades bananeras corresponde al Ministerio de Agricultura y Ganadería a través MARCO INSTITUCIONAL. Instituciones Reguladoras y de Control Ministerio del Medio Ambiente Según el Art. 8 de la Ley de Gestión Ambiental, La autoridad ambiental nacional será ejercida por el Ministerio del ramo, que actuará como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, sin perjuicio de las atribuciones que dentro del ámbito de sus competencias y conforme las leyes que las regulan, ejerzan otras instituciones del Estado. El Ministerio del ramo, contará con los organismos técnico-administrativos de apoyo, asesoría y ejecución, necesarios para la aplicación de las políticas ambientales, dictadas por el Presidente de la República. Gobierno Provincial del Guayas El marco institucional en materia de prevención y control de la contaminación ambiental es la Gobierno Provincial del Guayas quien tiene competencia para operar dentro de la provincia. Competencias de la Autoridad Ambiental Provincial.- Sin perjuicio de las atribuciones previstas en la Ley de Gestión Ambiental y otros cuerpos legales, al Gobierno Provincial del Guayas le corresponde: a) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en la presente Ordenanza y sus normas técnicas; b) Levantar y actualizar un registro provincial de las entidades que forman parte del Sistema Provincial Descentralizado de Gestión Ambiental con competencia en materia de prevención y control de la contaminación; c) Recopilar y sistematizar la información relativa a prevención y control de la contaminación como instrumento de planificación, educación y control. Esta información será de carácter público y formará parte de la Red Provincial y Nacional de Información Ambiental, la que tiene por objeto registrar, analizar, calificar, sintetizar y difundir la información ambiental

131 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES provincial. Esta información estará disponible en el portal d de Internet de la Autoridad Ambiental Provincial y será actualizada al menos de manera anual en el primer trimestre de cada año. Además, está información existirá impresa y fechada y será pública, como fe de la información que se ha publicado en el portal de Internet; d) Verificar que las instituciones que forman parte del Sistema Provincial Descentralizado de Gestión Ambiental con competencia en prevención y control de la contaminación dispongan de los sistemas de control necesarios para exigir el cumplimiento del presente reglamento y sus normas técnicas; e) Determinar la eficacia de los sistemas de control con que cuentan las instituciones que forman parte del Sistema Provincial Descentralizado de Gestión Ambiental para la verificación del cumplimiento de la presente ordenanza y sus normas técnicas; f) Evaluar el cumplimiento de los Planes o Programas municipales, provinciales, por recurso y sectoriales para la prevención y control de la contaminación ambiental; g) Coadyuvar las acciones de la Contraloría General del Estado, tendientes a vigilar que la totalidad de los recursos recaudados por tasas y otros cargos ambientales, sean invertidos en prevención y control de la contaminación ambiental y conservación ambiental en la jurisdicción en la que fueron generados. El uso final de estos fondos, deberá ser informado a la comunidad; h) Iniciar las acciones administrativas y excitativas legales a que hubiere lugar en contra de aquellas instituciones del Sistema Provincial Descentralizado de Gestión Ambiental que no realizaren efectivamente el control ambiental que les corresponde en función de sus marcos regulatorios específicos y de la presente ordenanza; i) Establecer mecanismos para que la comunidad pueda exigir el cumplimiento del presente Título y sus normas técnicas; j) Capacitar a los municipios, juntas parroquiales y otras entidades del Sistema Provincial Descentralizado de Gestión Ambiental y a la sociedad civil en general, en la aplicación del presente Título y sus normas técnicas; k) Otras que le sean otorgadas por leyes y reglamentos. Competencias Compartidas.- En consulta y coordinación con las entidades del Sistema Provincial Descentralizado de Gestión Ambiental, también le corresponde a la Dirección Provincial de Ambiente de Los Ríos. a) Elaborar la política provincial de protección ambiental para la prevención y control de la contaminación de los recursos aire, agua y suelo, en correspondencia con la política nacional que sobre la materia exista; b) Establecer los criterios y objetivos provinciales de calidad de los recursos aire, agua y suelo. Los objetivos deberán responder y aplicar a la política provincial de protección ambiental para la prevención y control de la contaminación; c) Elaborar el Plan o Programa Provincial para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental. Este Plan o Programa Provincial será parte del Plan Ambiental Provincial; y d) Expedir y aplicar normas técnicas, métodos, manuales y parámetros, lineamientos de buenas prácticas de protección ambiental, aplicables en el ámbito provincial; y el régimen normativo general aplicable al sistema de permisos y licencias de actividades que potencialmente puedan causar contaminación. Concurrencia de Atribuciones.- Las entidades ambientales de control en las jurisdicciones municipales efectuarán el seguimiento de las actividades materia del presente título, sin

132 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES perjuicio de las atribuciones de control, autorizaciones y sanciones que las leyes respectivas faculten a las entidades reguladoras ambientales sectoriales y por recurso natural, que aún no hayan descentralizado sus competencias hacia las entidades ambientales de control. Coordinación Interinstitucional.- En los casos en los que haya concurrencia de atribuciones, funciones o competencias, deberá obligatoriamente existir coordinación interinstitucional a fin de no duplicar actividades ni incrementar exigencias administrativas a los regulados GESTIÓN DE RECURSOS NATURALES VIGENTES O MEDIDAS DE GESTIÓN DE ÁREAS PROTEGIDAS. En el presente Estudio de Impacto Ambiental se elaborará un Plan de Análisis de Riesgo y Alternativas de Prevención para la Base BLANCA PIEDRA. La Empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA en su Base BLANCA PIEDRA, se comprometerá en el cumplimiento de los Planes de Manejo Ambientales, puestos en el Estudio Impacto Ambiental, tanto así que se crearán campañas ambientales al personal que labora en la Base para tener una buena Gestión Ambiental dentro de la misma, y poder así mitigar los Impactos Ambientales generados por dicha Base. También se realizarán capacitaciones a los Pilotos, para que no circulen por áreas protegidas y sensibles del Sector Río Milagro como: Centros Educativos, Subcentro de Salud, Sector Urbano, etc. En el caso de que la Empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA no cumplan con el Plan de Manejo Ambiental, se tomarán las medidas respectivas por parte de la Autoridad Ambiental Gobierno Provincial del Guayas.

133 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES 6.- DEFINICIÓN DEL ÁREA REFERENCIAL METODOLOGÍA El medio en que se basara es como está definido en el Acuerdo Ministerial No. 006 del Ministerio del Ambiente, el cual nos indica que para la definición del área referencial podemos basarnos en varios Documentos tales como: Mapas Cartográficos, Certificado de Intersección, Coordenadas Geográficas y Ordenamiento Territorial CERTIFICADO DE INTERSECCIÓN Y MAPAS CARTOGRÁFICOS DONDE SE IMPLANTA LA EMPRESA AEROTRIIUNFO CIA. LTDA. EN SU PISTA BLANCA PIEDRA. En esta sección se definen los límites del Proyecto, la cual están basados en los diferentes documentos que se tuvieron al alcance. El sector donde se emplaza el Proyecto es Netamente AGRO-INDUSTRIAL como consta en el Certificado de Uso de Suelo emitido por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Simón Bolívar. El área del Proyecto no Intersecta con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques y Vegetación Protectora (BVP) y Patrimonio Forestal del Estado (PFE), esto se confirma mediante Oficio MAE-SUIA-DNPCA emitidos por el Ministerio de Ambiente del Ecuador a través de la Dirección Provincial Ambiental del Guayas. A continuación se detallan las Coordenadas Geográficas donde se implanta el Proyecto y también el Mapa Temático del proyecto donde definiremos los límites del área Referencial del proyecto. X Y La Pista de aerofumigación BLANCA PIEDRA de AEROTRIUNFO CIA LTDA. Ocupa un área de 1 Hectárea, Dentro de esta área se elaborara la Línea Base Ambiental lo que Comprende el Componente Biótico, Físico y Socioeconómico. En la siguiente imagen podemos Observar que La Pista de aerofumigación BLANCA PIEDRA de AEROTRIUNFO CIA LTDA. Se encuentra ubicada en un área netamente AGRO-INDUSTRIAL, como se mencionó anteriormente.

134 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES FUENTE: GOOGLE EARTH

135 CERTIFICADO DE INTERSECCIÓN BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LAS ACTIVIDADES

136 EIA EX POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA PISTA BLANCA PIEDRA- AEROTRIUNFO CIA. LTDA. MAPA DE INTERSECCIÓN DE LA BASE DE AEROFUMIGACIÓN BLANCA PIEDRA DE LA EMPRESA AEROTRIUNFO CIA. LTDA.

137 EIA EX POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA PISTA BLANCA PIEDRA- AEROTRIUNFO CIA. LTDA JURISDICCIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVO El cantón Simón bolívar está dividido en dos parroquias una es la parroquia Simón Bolívar ocupando una superficie aproximada de has y la otra parroquia es San Lorenzo de Garaicoa ocupando un área aproximadamente de has, dentro del cantón Simón Bolívar existen 73 recintos. Además el Municipio de esta Localidad está también autorizado a recibir denuncias por parte de los moradores del sector donde se encuentra ubicada la Base de Aerofumigación BLANCA PIEDRA de la Empresa de Aero atomizaciones el Triunfo AEROTRIUNFO CIA. LTDA. La dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas también está Autorizado para recibir Observaciones generadas por el Proyecto. Localización político-administrativa Provincia: GUAYAS Cantón: SIMÓN BOLÍVAR Parroquia: MARISCAL SUCRE FUENTE: PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL SISTEMAS HIDROGRÁFICOS El Cantón Simón Bolívar forma parte de la cuenca del rio guayas, y de acuerdo a la clasificación de unidades ambientales, está en la unidad ambiental, pie de Monte Andino, su red hidrográfica la constituye, principalmente los siguientes ríos y esteros.

138 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA FUENTE: POT del Cantón Simón Bolívar. FUENTE: Semplades Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 138

139 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA 7.- CARACTERIZACIÓN Y DIAGNÓSTICO DEL ÁREA REFERENCIAL DEL PROYECTO 7.1 DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO COMPONENTE FÍSICO CRITERIOS METODOLÓGICOS La metodología aplicada para la Declaración de Impacto Ambiental Ex - post de la Pista de aerofumigación BLANCA PIEDRA, fue en la obtención de información correspondiente a los factores ambientales; físicos, bióticos, socio-económicos y culturales pertenecientes al proyecto. La caracterización de los factores ambientales se llevó a cabo mediante la recopilación de información en las instalaciones de la Pista de aerofumigación BLANCA PIEDRA, con inspecciones técnicas de dos días consecutivos. Durante el primer día se levantó información general del proyecto, se realizaron tomas de coordenadas UTM WGS-84 en 6 puntos de la implantación. En el segundo día se realizó un recorrido dentro del área de influencia directa del proyecto, donde se pudo levantar información física, biótica y cultural ANÁLISIS DE LA PISTA DE AEROFUMIGACIÓN BLANCA PIEDRA COMPONENTE FÍSICO El diagnóstico ambiental presentado, ha sido desarrollado en función de los estudios técnicos de cada uno de los profesionales que conforman el equipo multidisciplinario de consultores de MEGAQUÍMICA S.A. División Ambiental. La información recopilada, se obtuvo de la base de datos ambientales. METODOLOGÍA Para la descripción del componente físico se utilizará información verificable como son las visitas de campo, datos de estaciones meteorológicas y fuentes bibliográficas. Con dicha información se podrá ampliar el contenido de este elemento. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 139

140 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA CLIMA Para la descripción del clima del Cantón Simón Bolívar se analizara los siguientes parámetros climáticos como; temperatura, precipitaciones, humedad relativa y velocidad del viento. TEMPERATURA La temperatura promedio del Cantón Simón Bolívar es de 24 C y totalmente despojado, la temperatura varía a lo largo del año y por temporadas de verano e invierno. FUENTE: Weather.com PRECIPITACIONES El cantón Simón Bolívar presenta una precipitación del 30 % y una humedad relativa del 78% esto varía a largo del año y por temporadas de verano e invierno. FUENTE: Weather.com VELOCIDAD DE VIENTO El cantón Simón Bolívar presenta una velocidad de viento de 11 Km/h, esto varía a lo largo del año y por temporadas de verano e invierno. FUENTE: Weather.com PLUVIOSIDAD. La pluviosidad en el Cantón está subdividida en 3 grandes zonas que concuerdan aproximadamente con las zonas topográficas naturales del Cantón. La zona de mayor pluviosidad con y cm3. Está ubicado al sureste entre las cotas 40 y 100 con un área aproximadamente de has. La zona central del cantón con una pluviosidad entre y cm3. Ubicada entre las cotas 25 y 40 con un área aproximada de has. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 140

141 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA Las zonas de menor pluviosidad con y cm3. Ubicadas al noroeste del cantón entre las cotas 15 y 35 mts con un área aproximada de has. GEOLOGÍA La litología de la zona está formada por Arcillas Marinas de Estuario del periodo Cuaternario. GEOMORFOLOGÍA Y SUELOS. La geomorfología de la zona es caracterizada por ser planicies costaneras, el uso del suelo predominante es Pasto cultivado. La taxonomía del suelo se caracteriza por ser inceptizoles de textura fina. El sitio de estudio posee terrenos planos o casi planos con una susceptibilidad a erosión moderada. FUENTE: Semplades HIDROGRAFÍA. El Cantón Simón Bolívar forma parte de la cuenca del rio guayas, y de acuerdo a la clasificación de unidades ambientales, está en la unidad ambiental, pie de Monte Andino, su red hidrográfica la constituye, principalmente los siguientes ríos y esteros. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 141

142 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA FUENTE: POT del Cantón Simón Bolívar. FUENTE: Semplades CONTAMINACIÓN DEL AGUA El agua consumida por la población del Cantón SIMÓN BOLÍVAR, tanto en las zonas urbanas como en el sector rural, es agua entubada o agua sin tratamiento, la población recibe agua a través de la red pública (25%), también agua directa de pozo (64%), de ríos, canales, vertientes o acequias (10%) y de otras formas (1%), pero siempre sin tratamiento previo. El 95% de la población de la cabecera cantonal se abastece de agua captada de pozos profundos ubicados en diferentes zonas del centro poblado. El sistema comprende 12 puntos de captación individuales, pon pozos someros de 8 a 12 m. de profundidad, una torre metálica de 7 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 142

143 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA metros de altura promedio y tanques de 2500 litros de almacenamiento de fibra o asbesto. Estos están repartidos por toda la planta urbana cubriendo el mayor porcentaje de barrios de la ciudad. La distribución se realiza por tubería de PVC, otros ramales domiciliarios son de manguera de 1½ colocadas de manera sobrepuesta en las calles y aceras hacia las casas, estos sistemas de distribución no son seguros, las uniones de las mangueras son puntos vulnerables por donde ingresan elementos contaminantes provenientes directamente del suelo, calles y cunetas. La red ingresa a los domicilios por medio de tramos conectados sin control técnico. Este sistema además no cuenta con un control sanitario de calidad, por tanto, los usuarios conocen acerca de la calidad del agua que consumen. Cabe señalar que la prestación de este servicio para la población es gratuita. El Gobierno Autónomo no posee un plan técnico de servicio de agua potable y tampoco posee un plan tarifario destinado a la sustentabilidad y sostenibilidad del sistema. Adicionalmente, El Gobierno Autónomo maneja la prestación de este servicio de forma directa, ya que no cuenta con una empresa que permita volver competitivo al servicio. Con respecto a la contaminación de las aguas subterráneas y superficiales se identifica como orígenes. 1.- La disposición final de aguas servidas a través de pozos ciegos y sépticos que en el cantón representa el 74 % de los casos. 2.-La descarga sin ningún tipo de tratamiento de aguas residuales de talleres automotrices y locales de expendio de comidas preparadas y todos estos desechos llegan al rio. 3.- El deficiente manejo de las aguas residuales de los equipamientos urbanos en la cabecera cantonal. 4.- Las descargas de tamo que realizan algunas piladoras que se encuentran en las riberas y caen sobre las aguas de los ríos cantonales 5.- La deficiente disposición final de los desechos sólidos que se realiza de manera anti técnica sin conocimiento de los niveles freáticos, ni control de fluidos lixiviados. USO Y APROVECHAMIENTO DE SUELO. En la superficie total ,61 hectáreas, se han encontrado siete categorías de usos, el predominante es la cobertura total de cultivos anuales, semipermanentes y permanentes con ,96 hectáreas, correspondiente al 95,25%, destacan los cultivos de soya, banano y cacao respectivamente; la vegetación herbácea tiene una extensión 454,53 hectáreas lo que significa un 1,56 % correspondiente solo a pastos cultivados, las asociaciones de cultivos representan el 0,98 % y cubren 284,53 hectáreas, en este caso la más representativa es la asociación Misceláneo Indiferenciado. El Uso de infraestructura y misceláneos continua con 282,59 hectáreas que equivale a 0,97%, la superficie de bosques plantados de teca y balsa haciende a 183,97 hectáreas que ocupan el 0,63%, finalmente el área de humedales ocupan 10,17 hectáreas que corresponden a 0,04% de la superficie cantonal. Es importante destacar la alternabilidad de los cultivos anuales; en época seca se encuentran cultivos como soya, tabaco, maíz, zapallo, pimiento, mientras que en época lluviosa toda esta superficie se utiliza para el cultivo de arroz, las salidas de campo se realizaron en los meses de octubre y noviembre razón por la cual en este trabajo de investigación no se encuentra datos de dicho cultivo. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 143

144 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA FUENTE: Semplades CONTAMINACIÓN DEL AIRE Un aspecto importante de la llamada crisis ambiental actual es el problema de superpoblación, y hasta se podría decir que dicho problema es el punto de partida para otros tales como la contaminación, sobre uso de éstas y otros. El problema de la superpoblación se tiene que considerar en base a tres indicadores generales, a saber: la estructura y dinámicas demográficas, los patrones de asentamiento y los patrones de movilidad. La emisión de sustancias tóxicas, bajo determinadas circunstancias, algunas substancias químicas que se hallan en el aire contaminado pueden producir cáncer. A determinado nivel de concentración y después de cierto tiempo de exposición, ciertos contaminantes del aire son sumamente peligrosos y pueden causar serios trastornos e incluso la muerte. Con respecto a la contaminación del aire en nuestro medio se identifican como orígenes: 1.- Las emisiones de humo producto de las quemas de canteros en poblaciones vecinas. 2.-Las quemas locales que practican los agricultores como parte de la preparación de los terrenos para la siembra. 3.-La constante quema de basura que se deposita en el botadero cantonal. 4.- Las fumigaciones aéreas de plantaciones de banano que se encuentran en vecindad con los centros poblados. 5.-Las partículas residuales de la madera de los aserríos y talleres de ebanistería que funcionan en los centros poblados del cantón. 6.- La emisión de tamo producido por las piladoras que inclusive funcionan dentro de áreas urbanas. 7.-La emisión de CO2 al aire que todavía no es considerable debido al tamaño del Parque automotor. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 144

145 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA TIPO DEL USO DE SUELOS El cantón Simón Bolívar se caracteriza por ser uno de los cantones con más producción tanto agrícola como ganadera, ya que el cantón posee un excelente clima y también uno de los mejores suelos, en el cantón hay una gran producción de productos agrícolas como: caña de azúcar, banano, cacao, arroz, frutas tropicales, maíz, palma africana y además productos de ciclo corto para el abastecimiento de la población y para las demás provincia en general. En el siguiente cuadro podemos apreciar las superficies sembradas de los diferentes cultivos que realiza el cantón, teniendo una concentración mayor del 40,30 % para el Cacao, siguiéndole el 26,99% que corresponde a la caña de Soya, el 18,20 % para las actividades de cultivo de Banano. DESCRIPCIÓN ÁREA % Zapallo 3,78 0,01 Mixta 4,17 0,01 Pista de Aterrizaje 4,74 0,02 Papaya 4,83 0,02 Pimiento 5,94 0,02 Granja avícola 8,15 0,03 Humedal 10,17 0,04 Semipermanente 14,19 0,05 Mango 16,79 0,06 Balsa 20,37 0,07 Palma Africana 22,93 0,08 Plátano 29,01 0,10 Pasto cultivado 42,45 0,15 Tabaco 83,18 0,29 Ciudades 116,14 0,40 Centros poblados 153,56 0,53 Maracuyá 157,35 0,54 Teca 163,60 0,56 Río doble 165,86 0,57 Misceláneo indiferenciado 223,73 0,77 Maíz 394,69 1,36 Pasto cultivado 454,53 1,56 Piña 475,28 1,64 Caña de Azúcar 1641,54 5,65 Banano 5287,64 18,20 Soya 7842,03 26,99 Cacao 11711,97 40,30 TOTAL 29058,61 100,0 FUENTE: Semplades Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 145

146 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA FUENTE: Semplades FUENTE: Semplades Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 146

147 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA COMPONENTE BIOTICO El componente biótico trata de englobar a todos los organismos vivos que interactúan con otros seres vivos y con el ecosistema. Este componente se refiere a la flora y fauna de un lugar, especificando las interacciones y las relaciones dentro de un ecosistema, donde el individuo tiene un comportamiento y características fisiológicas específicas que sólo pueden ser desarrolladas en un ambiente propicio y equilibrado. El área de estudio, se encuentra dentro de la zona de vida, llamada Bosque Tropical Húmedo, los ríos de corriente continua o intermitente que cruzan está formación, por las influencias atmosféricas del sitio. Además, está formación se compone en gran parte de Pastizales. Para la caracterización del componente biótico, se fundamentó en el levantamiento e identificación de aquellas especies de flora y fauna, presentes en el área de implantación del proyecto, mediante visitas de campo por parte del equipo técnico de MEGAQUÍMICA S.A., quienes se encargaron de realizar las anotaciones e investigación de las especies de flora y fauna, existentes en el sector. FAUNA Para la identificación del nivel de Fauna, se utilizó la metodología del conteo por puntos; la misma que consiste en situarse en un punto específico y registrar todas las especies vistas durante un período de diez minutos. Los puntos de muestreo se los escogió en el campo según la accesibilidad del terreno. El cantón Simón Bolívar aún mantiene una presencia importante de bosques, debido a que se mantienen los remantes agroforestales (huerta tradicional), que son sistemas combinados entre cacao, café y árboles forestales nativos o frutales; lo cual ha permitido conservar estos ecosistemas. A pesar de esto, la ampliación de la frontera agrícola, la comercialización de la madera, las quemas, entre otras causas, ha provocado que se vaya perdiendo de forma acelerada la flora en el cantón. ORNITOFAUNA Las aves son animales vertebrados, de sangre caliente, que caminan, saltan o se mantienen sólo sobre las extremidades posteriores, mientras que las extremidades anteriores están modificadas como alas que, al igual que muchas otras características anatómicas únicas, son adaptaciones para volar, aunque no todas vuelan. Tienen el cuerpo recubierto de plumas y, las aves actuales, un pico córneo sin dientes. La comunicación entre las aves es variable y puede implicar señales visuales, llamadas y cantos. Algunas emiten gran diversidad de sonidos, y se destacan por su inteligencia y por la capacidad de transmisión cultural de conocimientos a nuevas generaciones. La tabla que se presenta a continuación, indica el nivel taxonómico de las especies de ornitofauna encontradas en el área del proyecto: NOMBRE CIENTÍFICO FAMILIA NOMBRE COMÚN IMAGEN Aves Tinamidae Crypturellus trnasfasciatus Perdiz Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 147

148 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA Anas platyrhynchos domesticus Anatidae Pato Gallus Domésticos Phasianidae Gallina Cacicus uropygialis Icteridae Tilingo Crothophaga sulcirostris Cuculidae Garrapatero Columba Livia Columbidae Paloma Coragyps atratus Cathartidae Gallinazo negro Elaborado por: El Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 148

149 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA ANFIBIOS Y REPTILES Los reptiles (Reptilia) son un grupo parafilético de vertebrados amniotas provistos de escamas epidérmicas de queratina. Fueron muy abundantes en el Mesozoico, época en la que surgieron los dinosaurios, pterosaurios, ictiosaurios, plesiosauros y mosasaurios. Según la taxonomía tradicional los reptiles son considerados una clase; según la sistemática cladística, son un grupo parafilético sin valor taxonómico. Se evidencio los Siguientes: ANFIBIOS Y REPTILES NOMBRE CIENTÍFICO FAMILIA NOMBRE COMÚN IMAGEN Ameiva sp Telidae Lagartija Bufo marinus Bufonidae Sapo Bothrops atrox Crotalinae Culebra X Calliophis Elapidae Serpiente Coral Elaborado por: El MAMÍFEROS Los mamíferos (Mammalia) son una clase de vertebrados amniotas homeotermos (de "sangre caliente"), con pelo y glándulas mamarias productoras de leche con la que alimentan a las crías. La mayoría son vivíparos (con la notable excepción de los monotremas: ornitorrinco y equidnas), entre los Principales Mamíferos Encontrados Tenemos. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 149

150 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA NOMBRE CIENTÍFICO FAMILIA MAMÍFEROS NOMBRE COMÚN IMAGEN Rathus rattus Muridae Rata de campo Canis lupus familiaris Cánidos perro Felis Silvestris Catus Félidae gato Didelphis marsupialis Didelphimorphia Zorro FLORA De acuerdo a las inspecciones realizadas, en las cercanías donde se encuentra las instalaciones de la Pista de aerofumigación BLANCA PIEDRA, predominan cultivos de orden agrícola. El uso del suelo actualmente se caracteriza por la las extensas zonas de cultivos de Musa Acuminata (Musácea), es un área que se encuentra totalmente intervenida en su componente biótico terrestre, por lo tanto la Pista no está ubicada en un ecosistema sensible o área natural protegida, En las cercanías del lugar se pueden apreciar especies como: Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 150

151 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO IMAGEN Banano Musa sapientum Paja de burro Sida Cordifolia Caña de Azúcar Saccharum officinarum Ficus Ficus benjamina Cacao Theobroma cacao Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 151

152 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA Almendro Terminalia Catappa Mango Mangifera Indica Papaya Carica papaya Palma Africana Elaeis oelifera Arroz Oryza sativa Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 152

153 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA Guaba Machete Inga Spectabilis Frejol Phaseolus vulgaris Fuente: Sistema Único de Información INVENTARIO FORESTAL Justificación: No se implementara Inventario Forestal debido a que no se realizara ningún tipo de remoción de cobertura vegetal del área donde se emplaza la Pista BLANCA PIEDRA tiene una pista de 8000 m2 aproximadamente y un área operativa (base) que ocupa un área aproximada de 1800 m2 en la que se encuentra: hangar de mantenimiento, oficinas, área operativa (mezcladora de soluciones herbicidas; fungicidas o foliares), un pozo de reciclaje, una bodega de almacenamiento de productos químicos, bodega de envases vacíos, área específica para los tanques de almacenamiento de combustibles y aceite agrícola, una plataforma para avionetas de 225 m2, en caso de que se realice una remoción de cobertura vegetal se realizara un estudio complementario para así justificar y cancelar los pagos por dicha remoción COMPONENTE SOCIO ECONÓMICO Y CULTURAL DIVISIÓN POLÍTICA ADMINISTRATIVA El cantón Simón bolívar está dividido en dos parroquias una es la parroquia Simón Bolívar ocupando una superficie aproximada de has y la otra parroquia es San Lorenzo de Garaicoa ocupando un área aproximadamente de has, dentro del cantón Simón Bolívar existen 73 recintos. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 153

154 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA RESENA HISTORICA DEL CANTÒN SIMÒN BOLÍVAR El Cantón Simón Bolívar se extiende hacia el Este de la Provincia. Su territorio permaneció al Cantón Yaguachi. Su cantonización se efectuó el 27 de Mayo de La cabecera cantonal es Simón Bolívar con su parroquia del mismo nombre. La parroquia rural es Coronel Lorenzo de Garaicoa (Pedregal). Historia (Anécdotas de su nombre) Cuentan que hace muchos años, las personas se movilizaban en época invernal a canoa, desde el poblado de Jujan a Lorenzo de Garaicoa por el río Los Amarillos, en el trayecto a mitad de camino había un poblado al que se lo conocía como Vuelta de Gallina ; nombre que provino por el accidente que sufrió una canoa que navegaba llena de gallinas y que por la correntada del río se viró, razón por la cual mantuvo ese nombre por mucho tiempo. Por el año de 1940 un grupo de personas decidió elevar a comuna el poblado y se le cambio el nombre de Vuelta de Gallina por Simón Bolívar, para resaltar los grandes dotes del libertador y porque muchos consideraron de que era tiempo de ponerle un nombre más serio a su comunidad. ASPECTOS FÍSICOS PAÍS PROVINCIA SUPERFICIE Ecuador Guayas 292 Km ( has) LÍMITES NORTE SUR ESTE OESTE Cantón Jujan (provincia Guayas) y cantón Babahoyo (provincia Los Ríos) El cantón Naranjito y el cantón Milagro (provincia Guayas) Cantón Bucay (provincia Guayas) y cantón Babahoyo (provincia Los Ríos) Cantón Milagro y cantón Jujan (provincia guayas). Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 154

155 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA ASPECTOS DEMOGRÁFICOS. El Cantón Simón Bolívar, está ubicado en la Provincia del Guayas en el margen Oriental, al norte del Cantón Naranjito y al Este del Cantón Milagro, tiene una extensión aproximada de ,30 Ha., distribuido en sus dos parroquias: Parroquia Urbana Simón Bolívar ,70 Ha. y Parroquia Rural Lorenzo de Garaicoa ,60 Ha. siendo la extensión de la cabecera cantonal 436,46 Ha. El cantón Simón Bolívar, se encuentra ubicado hacia el Nor-Este de la Provincia del Guayas, su clima es tropical y fresco, con marcada diferencia entre el invierno y verano. CABECERA CANTONAL PARROQUIA SIMÓN BOLÍVAR PARROQUIA SAN LORENZO GARAICOA Simón Bolívar has has RECINTOS 73 SUPERFICIE CANTÓN SIMON BOLÍVAR PARROQUIA PARROQUIA SIMÓN BOLÍVARSAN LORENZO SUPERFICIE CANTÓN SIMON BOLÍVAR FUENTE: Plan Desarrollo y Ordenamiento Territorial POBLACIÓN URBANA POBLACIÓN RURAL habitantes habitantes POBLACIÓN TOTAL POBLACIÓN TOTAL SIMÓN BOLIVAR POBLACIÓN URBANA POBLACIÓN RURAL 29% 71% FUENTE: Plan Desarrollo y Ordenamiento Territorial Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 155

156 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA COMPOSICIÓN POR SEXO Y EDAD La población por género, del cantón Simón Bolívar, corresponde al sexo masculino y al sexo femenino , determinándose que hay hombres más que mujeres siendo, diferente a la realidad global de la provincia en donde hay más hombres que mujeres. POBLACIÓN DEL CANTÓN SIMÓN BOLÍVAR Nombre de la Parroquia Hombre Mujer Total SIMÓN BOLÍVAR FUENTE: Datos Del Censo INEC 2010 POBLACIÓN POR GRUPO DE EDAD DEL CANTÓN SIMÓN BOLÍVAR La población del Cantón Simón Bolívar, fue censada en el periodo ( ), representa el 0.6% de la provincia del Guayas. En Este Cantón, la mayor población es joven comprendida entre las edades de 1 a 29 años, lo que representa el % de la población total cantonal. Y el 42.23% de la población está comprendida de 30 años en adelante. Observándose además un importante porcentaje de personas adultas mayores, comprendidas de 65 años en adelante, lo cual debe conllevar, a generar programas de atención a este grupo vulnerable. GRUPO DE EDADES SEXO TOTAL % HOMBRE MUJER Menor de 1 año % 1 a % 5 a % 10 a % 15 a % 20 a % 25 a % 30 a % 35 a % 40 a % 45 a % 50 a % 55 a % 60 a % 65 a % 70 a % 75 a % 80 a % 85 a % Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 156

157 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA 90 a % 95 a % 100 y más % TOTAL FUENTE: Datos Del Censo INEC % 6% 4% 4% POBLACIÓN POR EDADES 1% 0% 0% 2% 3% 2% 2% 1% 0% 0% 9% 11% 11% Menor a 1 año 1 a 4 5 a 9 10 a a 19 6% 20 a 24 7% 7% 8% 10% 25 a a a a a 49 CRECIMIENTO POBLACIONAL. El crecimiento poblacional, del Cantón Simón Bolívar, genera una pirámide progresiva en el que la población crece rápidamente, ya que el porcentaje de natalidad es mayor que el porcentaje de morbilidad. Por este motivo la población se renueva constantemente; se observa, predominio de la población joven, a la que debemos garantizar todos los derechos consagrados en la constitución de la República, de tal forma que podamos proyectar a tener, una disponibilidad de fuerza laboral, que generará desarrollo productivo, económico y social sostenido. FUENTE: Datos Del Censo INEC 2010 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 157

158 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA CONDICIONES ECONÓMICAS El mayor porcentaje de la PEA del Cantón que representa el 55,13% son trabajadores no calificados, seguido por el 20,80% dedicada a la Agricultura y trabajo calificado; luego, con el 5,92% de la PEA, trabajadores de los servicios; con el 5,73%, son oficiales operarios y artesanos. Los demás grupos como operadores de instalaciones y maquinaria, empleados de oficina, técnicos y profesionales nivel medio, profesionales, científicos e intelectuales, entre otros, se desarrollan en menor porcentaje. La población comprendida entre 20 y 39 años representa el 46.40% de la PEA del total del Cantón. Existe, además un 2.75% de la PEA infantil comprendida entre 5 y 14 años de edad. POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA (PEA) Fuente: INEC CENSO 2010 ÍNDICE DE POBREZA Situaciones que pueden estar determinada por la singularidad de la producción, y por identidad propia del cantón, como agrícola, mayoritariamente orientado al sector bananero y cacaotero, sujeto los productos a las ofertas de los intermediarios que son a través de los cuales se comercializa la producción de los pequeños agricultores. TIPO DE POBREZA PARROQUIA SIMÓN BOLÍVAR PARROQUIA SAN LORENZO POBREZA POR NECESIDADES BÁSICAS INSATISFECHAS 79,23% 87,60% EXTREMA POBREZA POR NECESIDADES BÁSICAS 42,07% 50,77% INSATIFECHAS Fuente: INEC CENSO 2010 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 158

159 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA % % % % % 80.00% 60.00% 40.00% 20.00% 0.00% POBREZA POR NECESIDADES EXTREMA POBREZA SAN LORENZO SIMON BOLIVAR Fuente: INEC CENSO 2010 MIGRACIÓN La información obtenida en el INEC 2010 el cantón Simón Bolívar la migración total de las personas fueron de 215 personas las cuales el 66% fueron por motivos de trabajo. El principal motivo de la migración se debe a buscar la oportunidad de un empleo para mejorar los ingresos económicos y las condiciones de vida de las familias. A continuación se presenta la tabla con la migración total de la población del cantón Simón Bolívar. MOTIVO DE VIAJE CASOS % Trabajo Estudios Unión Familiar Otro 14 7 TOTAL Fuente: INEC CENSO 2010 MIGRACIÓN TRABAJO ESTUDIOS UNIÓN FAMILIAR OTRO 6% 17% 11% 66% Fuente: INEC CENSO 2010 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 159

160 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA DESTINO DE MIGRACIÓN DE LA POBLACIÓN Según datos reportados del censo efectuado por el INEC en el año 2010, el país donde más emigran los ciudadanos simoneños es España con un 54%, seguido de Estados Unidos con un 18%, Italia con 15%, y un mínimo porcentaje los países de Chile, Colombia, México y Bolivia. PAÍS DE RESIDENCIA CASOS PORCENTAJE (%) Bolivia 1 0 Colombia 3 1 Chile 9 4 Estados Unidos México 3 1 Antillas Holandesas 1 0 Bélgica 2 1 España Italia Sin especificar 7 3 TOTAL Fuente: INEC CENSO 2010 DESTINO DE MIGRACIÓN Fuente: INEC CENSO 2010 BOLIVIA COLOMBIA CHILE ESTADOS UNIDOS MÉXICO ANTILLAS HOLANDESAS BÉLGICA ESPAÑA SIN ESPECIFICAR OTROS COMUNIDADES Y ETNIAS En el cantón Simón Bolívar, están asentadas 7 etnias, de las cuales: los mestizos abarca la mayoría correspondiendo un porcentaje del 67.86%, seguida de la raza montubia con un porcentaje de 20.89%, seguido de la afro ecuatoriana / afro descendiente correspondiente al 4.65% y la raza blanca a un porcentaje de un 4.38%. Lo cual nos hace un cantón con una variedad intercultural que debe ser desarrollada y potenciada al máximo. AUTOIDENTIFICACIÓN CASOS PORCENTAJE (%) Indígena 102 0,40% Afro ecuatoriano ,65% Negro /a 248 0,97% Mulato /a 160 0,63% Montubio /a ,89% Mestizo /a ,86% Blanco /a ,38% Otro /a 53 0,21% TOTAL Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 160

161 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA ETNIAS INDIGENA AFROECUATORIANO NEGRO MULATO MONTUBIO MESTIZO BLANCO OTRO Fuente: INEC CENSO 2010 ANALFABETISMO En el cantón Simón Bolívar según datos extraídos del censo realizado en el 2010 existe una tasa de analfabetismo correspondiente al 9.28%. TOTAL DE POBLACIÓN POBLACIÓN ANALFABETA % Elaborado por:. PORCENTAJE DE ANALFABETISMO Fuente: INEC CENSO 2010 Existe un 9.28% de analfabetismo, un 48.70% de personas que terminan la instrucción primaria, un 7.60% de personas que logran terminar sus estudios secundarios, un 15.92% de niños y adolescentes en edades entre 8 a 17 años que trabajan y estudian y un 18.50% de niños y niñas entre las edades de 8 a 17 años que no trabajan ni estudian. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 161

162 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA Fuente: INEC CENSO 2010 ACCESO A SERVICIOS BÁSICOS ELECTRICIDAD El Cantón Simón Bolívar cuenta con red, postes e iluminación eléctrica, pero no cubre todo ya que la población ha ido creciendo cada día más y en una forma desordenada lo que impide el desarrollo planificado y esto conlleva a que el servicio eléctrico no sea óptimo. La principal causa de este desorden se debe a las invasiones en lugares no autorizados por el Municipio del Simón Bolívar. PROCEDENCIA DE LUZ ELÉCTRICA CASOS PORCENTAJE (%) Red de Empresa pública ,80% Panel Solar 14 0,20% Generador de luz eléctrica 11 0,16% Otro 173 2,46% No tiene 591 8,39% TOTAL % 0% 0% 8% ELECTRICIDAD RED EMPRESA PÚBLICA PANEL SOLAR GENERADOR OTRO 89% NO TIENE Fuente: INEC CENSO 2010 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 162

163 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA ABASTECIMIENTO DE AGUA El cantón Simón Bolívar pertenece a la provincia del Guayas. Su sistema de salud está conformado por unidades del MSP, y servicios médicos privados localizados en los centros poblados de mayor importancia en el cantón. En el Cantón Simón Bolívar la mayoría de la población recibe el agua por medio de pozo ocupando un 75%, otra parte recibe el agua por medio de la red pública con un 23% y otra parte de la población lo hace por medio del río con 2%. AGUA RED PÚBLICA POZO RÍO OTROS 2% 0% 23% 75% Fuente: INEC CENSO 2010 VIVIENDA Y SERVICIOS BÁSICOS La vivienda existe, está construida pero no goza de todos los servicios básicos ni de un entorno que garantice, higiene, seguridad, comodidad y buen nivel de vida a sus ocupantes. Pese a esto se nota un mejoramiento paulatino de las condiciones físicas de la vivienda popular en buena parte conseguido gracias a la acción del MIDUVI con su programa de construcción y mejoramiento vivienda, que opera en la región y contribuye no solo a mejorar las viviendas de los habitantes del cantón sino también su calidad de vida y autoestima. Fuente: INEC CENSO 2010 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 163

164 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA SIMÓN BOLÍVAR VIVIENDA PROPIA AGUA ENTUBADA ALCANTERILLADO ANEGÍA ELÉCTRICA TELEFONÍA RECOLECCIÓN BASURA Fuente: INEC CENSO 2010 LORENZO GARAICOA VIVIENDA PROPIA AGUA ENTUBADA ALCANTERILLADO ANERGÍA ELÉCTRICA TELEFONÍA RECOLECCIÓN BASURA Fuente: INEC CENSO 2010 SERVICIO DE EDUCACIÓN Educación básica: La cobertura escolar en este nivel es superior al 85%. Sin embargo, es necesario propiciar el acceso general de la población de niños y niñas a la escuela. Educación Media: Existen en el cantón cinco establecimientos educativos de nivel medio; la cobertura general en la cabecera cantonal llega a 48.99%, mientras que en Lorenzo de Garaicoa alcanza el 25.31%. El ingreso y permanencia de las mujeres es mayor que el de los hombres; estas constituyen el 54.29% de la cobertura general en Simón Bolívar, en el caso de Lorenzo de Garaicoa, el 33.68% del sector está atendido. ESTUDIANTES DE CENTROS INFANTILES ESTUDIANTES EN ESCUELAS ESTUDIANTES EN COLEGIOS ESTUDIANTES EN CENTROS ARTESANALES Elaborado por:. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 164

165 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA NÚMERO DE ESTUDIANTES POR TIPO DE ESTABLECIMIENTO La cantidad total de estudiantes actualmente matriculados en los diferentes centros educativos preprimarios, educación básica, secundaria y centros artesanales en nuestro cantón Simón Bolívar es de alumnos, los mismos que detallamos a continuación. Fuente: INEC CENSO 2010 UNIDADES EDUCATIVAS NORMA JUDITH GARCIA NEGRET OLMEDO SALVADOR MUÑOZ MERCHAN PADRE DANIEL DIEZ GARCIA PADRE ETERNO SANTO DOMINGO SIN NOMBRE 9 VIRGILIO DROUET FUENTES WASHINGTON ORELLANA 25 DE JULIO ABDON CALDERON MUÑOZ ALFONSO BUSTAMANTE SANCHEZ ALFONSO REYES FALCON AMADO EULOGIO BAZAN RUIZ ARSENIO LOPEZ CEM MATA DE PLATANO CENTRO DE FORMACIÓN ARTESANAL 28 NOVIEMBRE DOLORES VEINTIMILLA DE GALINDO DR. JOSE MARIA VELASCO IBARRA DR. ANTONIO PARRA VELASCO ESCUELA SIN NOMBRE ESCUELA SIN NOMBRE NÚMERO OCHO FRANCISCO DE ORELLANA JOSE JOAQUÍN DE OLMEDO LEONOR MARÍA RAMIREZ ROMERO MARÍA DE SAN JOSE MARÍA ROSA JUNCO DE GARCÍA FUENTE: Sistema Único de Información Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 165

166 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA FUENTE: Sistema único de Información SALUD El cantón Simón Bolívar pertenece a la provincia del Guayas. Su sistema de salud está conformado por unidades del MSP, y servicios médicos privados localizados en los centros poblados de mayor importancia en el cantón. CENTROS DE SALUD MATA DE PLÁTANO SANTO DOMINGO SIMON BOLIVAR INES MARÍA LORENZO DE GARAICOA SOLEDAD FUENTE: Sistema único de Información Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 166

167 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA FUENTE: Sistema único de Información INDICADORES DE SALUD La tasa de natalidad corresponde al 12.8% cifra importante que proyecta un incremento acelerado de la población, en tanto que la tasa de mortalidad es baja en relación a los nacimientos. INDICADOR TASA Tasa de natalidad 12.80% Tasa de mortalidad general 2.90% Elaborado por:. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 167

168 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA CARACTERIZACIÓN DEL COMPONENTE ARQUEOLÓGICO ANTECEDENTES ARQUEOLÓGICOS En el cantón Simón Bolívar, en el Colegio fisco Misional Arsenio López se encuentra la biblioteca Municipal, perteneciente al Ilustre Concejo Cantonal y la fundación gratuita y privada Arsenio López ya que existe un convenio de cooperación. Se encuentran en exposición figuras humanas y vasijas, estos restos pertenecían a la cultura (confederación) Milagro Quevedo, fueron encontradas hace 20 años en el Sector, Tanque Amarillo, en los predios del Dr. Alex Cajas, quien fuera profesor emérito y efectuó la donación a la fundación. Encontramos 67 piezas las mismas que fueron examinadas es su momento por Arqueólogo Julio Viteri cooperador por muchos años del brillante Arqueólogo Víctor Emilio Estrada. También se han encontrados restos arqueológicos, en otros sectores del cantón, como en recinto Rio Chico 4, La Colombia, recinto San José, entre otros. HALLAZGOS ARQUEOLÓGICOS La botija grande es un hallazgo que se descubrió, en la hacienda La Colombia hace 10 años aproximadamente descubierto y desenterrado por dos moradores de la Parroquia Coronel Lorenzo de Garaicoa, la misma que solo se dañó la tapa de la botija. Según los dos señores que descubrieron esta botija dicen que en el recinto Rio chico 4 existen cinco tolas y no las pueden escavar porque no tienen los materiales adecuados como son un detector de mina, dichos señores recorren la provincia de guayas encontrado nuevos hallazgos. La India Cayapa que parece ver sido Reina de alguna tribu. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 168

169 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA Piedra cristalizada y de Diamante llamadas cuarzo porque dichos señores tienen cuarzo amarillo negro y blanco lo cual dicha piedra tiene que estar en agua porque si no lo esta se desaparece. Nota: dichos señores dicen que en el recinto Rio Chico y La Colombia hay mucho que descubrir pero no tienen el apoyo suficiente, y el señor Dávila puede llevar a descubrir donde hay ojo de agua vertiente donde hay petróleo. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 169

170 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA IDENTIFICACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS O FUENTES DE CONTAMINACIÓN En la Base Aerofumigación BLANCA PIEDRA no existen sitios de Contaminación ni fuentes de Contaminación debido a su buena Gestión ambiental Interna por parte de las Autoridades de la Empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA, los principales factores ambientales son el Agua, Aire, y Ruido. RECURSO AIRE El recurso aire del sector no se ha visto afectado, las Avionetas tienen filtro a la salida del tubo de escape de gases de combustión, los cuales son cambiados después de su saturación. En el Plan de Seguimiento y Monitoreo Ambiental se pondrán medidas para la realización de monitoreos de aire. RUIDO La generación de ruido solo se da en la zona de encendido de las avionetas, en la cual alrededor no se encuentra ningún tipo de área sensible y el operador usa tapones auditivos para mitigar el ruido. En el Plan de Seguimiento y Monitoreo Ambiental se pondrán medidas para la realización de monitoreos de ruido externo e interno de las instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA. COMPONENTE HUMANO El componente Humano no se ve afectado ya que la Base Aerofumigación BLANCA PIEDRA está en una zona donde no existen áreas sensibles; la Base Aerofumigación BLANCA PIEDRA brinda trabajo a los habitantes más cercanos o en su defecto a los habitantes del sector Río Milagro, Parroquia Lorenzo de Garaicoa. FUENTE: Google Earth Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 170

171 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y VALORACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS AMBIENTALES La identificación de bienes y servicios ambientales se los obtendrá mediante los lineamientos establecidos en el Anexo III del Acuerdo Ministerial No. 006, los cuales apliquen al Proyecto en cuestión. Los Servicios Ambientales utilizados por la Pista BLANCA PIEDRA son el Agua y el Suelo por lo tanto se escogerá el lineamiento marcado para estos dos bienes. RECURSO AGUA El recurso agua es Utilizado en el proceso de limpieza de las avionetas, servicios domésticos (cocina, baño), la Pista BLANCA PIEDRA realiza lavado de las avionetas una vez terminada la fumigación del día; a continuación aplicaremos la siguiente ecuación establecida en el anexo III para la valoración del Recurso Agua. Ya= Ingresos por el Aprovechamiento del agua como Insumo=? Pa= Precio del agua como insumo de la producción= 0.30 ctvs/m 3 Q a =Demanda de agua del Sector= m 3 /año Realizando esta operación tenemos como resultado un valor de dólares americanos, por el aprovechamiento del agua como insumo. RECURSO SUELO El Recurso suelo es utilizado para las diferentes operaciones realizadas en la Pista BLANCA PIEDRA entre las principales Tenemos: Almacenamiento de aceite agrícola Almacenamiento de combustible Bodega de productos químicos Bodega de Mantenimiento Bodega de repuestos Área de Mezclado Pozo de reciclaje. Plataforma. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 171

172 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA 8.- DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS EN LA PISTA AEROFUMIGACIÓN BLANCA PIEDRA AEROTRIUNFO CIA. LTDA ANTECEDENTES La Pista de Aero-fumigación BLANCA PIEDRA de AEROTRIUNFO CIA. LTDA. tiene como objetivo principal la aerofumigación y asistencia técnica de plantaciones bananeras para el control de plagas y enfermedades, sirviendo con calidad y eficacia a sus clientes con la mejor tecnología y con la participación de colaboradores capacitados y comprometidos con la visión de trascender hacia el futuro, tratando sobre todo de perpetuar los principios de honestidad y moral, asegurando el respeto hacia el medioambiente y el mejoramiento continuo para lograr la satisfacción y confianza de todos sus clientes. Los servicios que brinda son los siguientes: Fumigación aérea sincronizada para control de plagas y enfermedades. Aplicación de fertilizantes foliares. Reconocimientos aéreos. Tecnología de punta, DGPS-INTELLIFLOW. Reportes de condiciones climáticas para la Aero-fumigación. Revisión del Plan de Cobertura con un representante de la hacienda. Manejo Adecuado de Aero-fumigaciones de fungicidas suministrados por el cliente, incluyendo dosificación, preparación de las mezclas y emulsiones. Recomendaciones técnicas para aplicación en áreas sensibles. La Base Aero-fumigación BLANCA PIEDRA de AEROTRIUNFO CIA. LTDA., consciente de la importancia de la preservación del entorno y a fin de cumplir con la Legislación Ambiental existente, ha tomado la decisión de iniciar el proceso de regulación ambiental ante el Gobierno Provincial del Guayas, Autoridad Ambiental Competente (AAC), mediante un proceso de evaluación ambiental de las operaciones e instalaciones existentes, a través de un Estudio de Impacto Ambiental Ex-post (EIA) OBJETIVO GENERAL Determinar mediante la evaluación ambiental, los impactos ambientales generados por las operaciones, instalaciones e insumos existentes en la Base Aero-fumigación BLANCA PIEDRA, en la cual se halla ubicada la pista de Aero fumigación Samuel Quimi, que permita generar correctas y precisas prácticas ambientales que estén enmarcadas dentro dela normativa ambiental vigente OBJETIVOS ESPECÍFICOS Con el fin de lograr el objetivo general planteado y, en función de la descripción de las operaciones e instalaciones existentes de la Base Aero-fumigación BLANCA PIEDRA, a continuación se detallan los siguientes objetivos específicos: Cumplir con lo dispuesto en el Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA-MAE), enfatizando lo dispuesto en el Libro VI y en el SUMA y demás Normativas de tipo nacional (leyes y reglamentos), local (ordenanzas) y normas técnicas aplicables. Realizar un breve análisis del marco legal e institucional en el que se inscribirá el Estudio de Impacto Ambientas Ex-Post. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 172

173 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA Determinar las técnicas, métodos y fuentes de información (primaria y secundaria) y a demás herramientas que se emplearán para describir, estudiar y analizar: Línea base (diagnóstico ambiental), focalizada en las variables ambientales relevantes, así como el área de influencia directa e indirecta. Descripción general de las operaciones e instalaciones existentes. Identificación y evaluación de impactos ambientales. Definición del plan de manejo ambiental y su composición (sub-planes y/o Capítulos). Metodología de incorporación de los criterios, mediante la coordinación con la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable. Se empleará los mecanismos de participación social adecuados, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del SUMA, del Decreto Ejecutivo 1040 del 22 de Abril del 2008 que expide el Reglamento de aplicación de los mecanismos de participación social establecidos en la Ley de Gestión Ambiental. Especificar la composición del equipo multidisciplinario que responderá técnicamente al alcance y profundidad de la Estudio de Impacto Ambientas Ex-Post (EIA) ALCANCE El alcance del EIA Ex-post cubrirá las siguientes actividades: Actividades operativas y de mantenimiento que se realizan dentro de las instalaciones de la Base Aero-fumigación BLANCA PIEDRA. La concepción del ciclo de vida de todos los residuos generados en las instalaciones. Gestión, manejo y disposición final atmosféricas. de desechos sólidos, líquidos y emisiones Manejo de productos químicos peligrosos. Tratamiento de aguas residuales. Servicios auxiliares de la empresa (área administrativa, abastecimiento de agua y energía eléctrica, etc.) Cierre y abandono de las instalaciones. Se incluirán las directrices indicadas en el Decreto Ejecutivo 1040 del Ministerio del Ambiente, Acuerdo N 112 para el componente de Participación Social, mecanismo utilizado para sociabilizar la actividad en funcionamiento ante la comunidad y de esa manera obtener comentarios y puntos de vista de los involucrados de una u otra manera al proyecto o actividad regulada. Adjunto estarán los formatos de las fichas de reportes de las conformidades y no conformidades y de los protocolos a ser aplicados. Se establecerán las matrices lógicas de identificación de los impactos ambientales que forjarán las medidas a proponerse para la elaboración del plan de manejo ambiental. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 173

174 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA Se anexarán los formatos de todas las fichas, matrices, protocolos de las evaluaciones que se consideren necesarias en la elaboración del E.I.A. Ex post para su implementación y comparación con lo establecido en el TULAS. El Art. 1 del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA) del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria (TULAS) establece que los términos de referencia para un estudio de impacto ambiental determinarán el alcance, la focalización y los métodos y técnicas a aplicarse en la elaboración de dicho estudio en cuanto a la profundidad y nivel de detalle de los estudios para las variables ambientales relevantes de los diferentes aspectos ambientales: medio físico, medio biótico, medio socio-cultural y salud pública. Debe señalar por lo tanto y en función de la descripción de la actividad o proyecto propuesto, las técnicas, métodos, fuentes de información (primaria y secundaria) y demás herramientas que se emplearán para describir, estudiar y analizar: a) Línea base (diagnóstico ambiental), focalizada en las variables ambientales relevantes; b) Descripción del proyecto y análisis de alternativas; c) Identificación y evaluación de impactos ambientales; y d) Definición del plan de manejo ambiental y su composición (sub-planes y/o capítulos). Además, se debe incluir un breve análisis del marco legal e institucional en el que se inscribirá el estudio de impacto ambiental y se especificará la composición del equipo multidisciplinario que responderá técnicamente al alcance y profundidad del estudio determinado. Los resultados expuestos en el presente documento reflejan el contenido que el E.I.A. Ex-post deberá contemplar, considerando los aspectos ambientales del proyecto en análisis. Sin embargo, el equipo consultor considera fundamental incorporar al análisis del E.I.A. Ex-post cualquier aspecto ambiental que surja posterior a la elaboración de estos Términos de Referencia (TDR s) JUSTIFICACIÓN DE LA LOCALIZACIÓN De acuerdo al Oficio No. MAE-SUIA-DNPCA , con el cual la Coordinación Zonal 5 del Ministerio del Ambiente, emite el certificado de Intersección de las instalaciones donde se encuentra la BASE DE AEROFUMIGACIÓN BLANCA PIEDRA DE LA EMPRESA AEROATOMIZACIONES EL TRIUNFO AEROTRIUNFO CIA. LTDA en el que certifica que dichas instalaciones NO INTERSECTAN con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Bosques y Vegetación Protectora (BVP), y Patrimonio Forestal del Estado (PFE). La BASE AEROFUMIGACIÓN BLANCA PIEDRA está ubicada en el sector Río Milagro, Parroquia Lorenzo de Garaicoa, Cantón Simón Bolívar. Se presentan las coordenadas UTM (Sistema WSG84, Zona Sur 17) de la ubicación geográfica del proyecto objeto de estudio. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 174

175 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA Coordenadas UTM WSG84 X Y CULTIVO DE BANANO PISTA BLANCA PIEDRA COMUNA CULTIVO CICLO CORTO CULTIVO DE BANANO DESCRIPCIÓN DE ÁREAS DE LA PISTA BLANCA PIEDRA La Pista BLANCA PIEDRA ubicada en el Sector Río Milagro, Parroquia Lorenzo de Garaicoa, Cantón El triunfo, en la que opera la empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA., tiene una pista de 8000 m2 aproximadamente y un área operativa (base) que ocupa un área aproximada de 1800 m2 en la que se encuentra: hangar de mantenimiento, oficinas, área operativa (mezcladora de soluciones herbicidas; fungicidas o foliares), un pozo de reciclaje, una bodega de almacenamiento de productos químicos, bodega de envases vacíos, área específica para los tanques de almacenamiento de combustibles y aceite agrícola, una plataforma para avionetas de 225 metros cuadrados. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 175

176 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA INSTALACIONES DE LA PISTA BLANCA PIEDRA INSTALACIONES DE LA PISTA BLANCA PIEDRA Para el desarrollo de las actividades la base cuenta con instalaciones tanto administrativas como operativas, las mismas que se dividen en: a) Instalaciones Operativas: Área de mezcladora; Área de almacenamiento de combustible; Pozo de reciclaje; Plataforma para avionetas. b) Administrativas: Oficina. c) Dotación de servicios básicos: Sistema de abastecimiento de energía eléctrica; Sistema de drenaje de aguas lluvias. Sistema de abastecimiento de agua INSTALACIONES OPERATIVAS Dentro de las instalaciones operativas se incluyen aquellas áreas que intervienen directamente en el proceso de mezcla de fungicidas para su aplicación en las plantaciones o cultivos. Entre las que se encuentran: Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 176

177 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA ÁREAS DE ALMACENAMIENTO SUPERFICIE (M2) ESTRUCTURA TECHO PISO VENTILACIÓN Y TEMPERATURA ILUMINACIÓN INSTALACIO NES ELÉCTRICA OTRAS (CUBETO DE CONTENCIÓN SISTEMA DE TRAMPA DE GRASA, ETC.) DE CONTENCIÓN, SISTEMA TRAMPA DE GRASA, ETC. ALMACENAMIENTO DE ACEITES AGRÍCOLA Y COMBUSTIBLES 100 Hormigón y estructura metálica Plancha de zinc Hormigón Ambiente Natural No Cubetos de contención, si cumplen con el reglamento del 110% de la capacidad del tanque. BODEGA DE PRODUCTOS QUÍMICOS 15 Hormigón y estructura metálica Plancha de zinc Hormigón Ambiente Natural No N/A ÁREA DE MEZCLADO 60 Hormigón y estructura metálica Planchas de zinc Hormigón Ambiente Natural No Canales POZO DE RECICLAJE 12 Hormigón no Hormigón Ambiente natural No N/A PLATAFORMA 225 Hormigón N/A Hormigón Ambiente Natural No sumidero Fuente: PISTA BLANCA PIEDRA Elaborado por: El Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 177

178 EIA EX POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA PISTA BLANCA PIEDRA- AEROTRIUNFO CIA. LTDA ÁREA DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS, COMBUSTIBLES Y ACEITE AGRÍCOLA. La Pista BLANCA PIEDRA cuenta con tanques de almacenamiento para aceites agrícolas y otro para combustibles (JET). Las áreas de aceites agrícolas y de combustible, la infraestructura son de hormigón y con estructura metálica, piso de hormigón y temperatura ambiente. En las instalaciones se encuentran los siguientes tanques de almacenamiento: 1 tanque de combustible con una capacidad de 4000 galones. 2 tanques de Aceite Agrícola de y galones respectivamente. 1 bodega de productos químicos. (En implementación) ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS INFRAESTRUCTURA NÚMERO PRODUCTO PELIGROSO FORMA DE ALMACENAMIENTO TANQUE DE ACEITES AGRÍCOLA Hormigón y estructura metálica 2 Aceite agrícola 2 tanques de aceite agrícola de 8000 galones respectivamente ÁREA DE COMBUSTIBLES Hormigón y estructura metálico 1 Hidrocarburos 1 tanque de combustible con capacidad de 4000 Galones. BODEGA DE PRODUCTOS QUÍMICOS Hormigón y estructura metálico Fuente: PISTA BLANCA PIEDRA Elaborado por: El ALMACENAMIENTO DE ACEITE AGRÍCOLA ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLE

179 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA ÁREA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL DE BODEGAS Respecto a los principales aspectos de seguridad industrial de almacenamiento del aceite agrícola y combustibles se puede destacar lo siguiente: SEGURIDAD INDUSTRIAL BODEGAS EXTINTORES SEÑALIZACIÓN EPP INFRAESTRUCTUR A DE PRIMEROS AUXILIOS Y BOTIQUÍN HOJA DE SEGURIDAD EQUIPOS CONTRA DERRAMES ÁREA DE ALMACENAMIENTO DE ACEITES AGRÍCOLA CO2 PARCIAL SI CERCA DEL ÁREA - Arena ÁREA DE COMBUSTIBLE CO2 PARCIAL SI CERCA DEL ÁREA - Arena BODEGA DE PRODUCTOS QUÍMICOS o - CERCA DEL ÁREA Fuente: PISTA BLANCA PIEDRA Elaborado por: El EXTINTOR CO2 BOTÍQUIN Fuente: PISTA BLANCA PIEDRA Elaborado por: El Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 179

180 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA ÁREA DE MEZCLADO En esta área se realiza el proceso de mezclado de los diferentes productos químicos, previamente medidos en la cantidad necesaria para obtener las emulsiones y suspensiones. Dentro del área se encuentra instalada 1 mezcladora fija con una capacidad de: 320 galones esta cuentan con su respectivo motor cuya función permite mover un eje con tres aspas para la agitación de la mezcla; además se encuentra una bomba que permite realizar la carga o descarga del producto. INFRAESTRUCTURA DEL ÁREA DE MEZCLADO MEZCLADO. INFRAESTRUCTURA ÁREA (M2) CONTENIDO DE PRODUCTO PELIGROSO CANAL ÁREA DE MEZCLADO. Hormigón y estructura metálica. 60 Mezcla de sustancias químicos peligrosos. No posee Elaborado por: El ÁREA DE MEZCLADO ÁREA DE MEZCLADO Elaborado por: El Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 180

181 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA ÁREA DE PLATAFORMA La Pista BLANCA PIEDRA cuenta con una plataforma utilizada para la carga y descarga del producto a las aeronaves para luego proceder a fumigar por medio aéreo a las bananeras que se encuentran programadas durante la semana, también dentro de la plataforma se realiza la limpieza de los remanentes que quedan en el Bum de las avionetas y en la mezcladora. Área. Superficie aproximada (m2) Plataforma. 225 INFRAESTRUCTUTA DE PLATAFORMAS Estructura Techo Piso Iluminación Plataforma a cielo abierto. Plataforma a cielo abierto. Elaborado por: El Instalaciones eléctricas. hormigón Natural NO Sistema drenaje Sistema de canaletas y sumideros para recolección de efluentes líquidos ÁREA DE PLATAFORMA LLAVES DEL ÁREA PLATAFORMA Elaborado por: El Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 181

182 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA POZO DE RECICLAJE La Pista BLANCA PIEDRA cuenta con 1 pozo de reciclaje de efluentes, con una capacidad aproximada 2 m3, cuenta con una estructura de hormigón armado y tapa metálica. Estos efluentes son provenientes de la limpieza de la plataforma, área de mezclado y limpieza de los Bum de las avionetas. Estos efluentes van a dar en el pozo de reciclaje y estos son tratados físicamente por medio de un sistema de filtros de grava, piedra y carbón. INFRAESTRUCTURA DEL POZO DE RECICLAJE Pozos de reciclaje Capacidad aproximada m3 Estructura Techo Pisos Ventilación y temperatura Limpieza Pozo 2 Hormigón armado y Tapa metálica Cielo abierto Hormigón armado Elaborado por: El Ambiente Cada 3 meses ÁREA DE POZO RECICLAJE ÁREA DE POZO RECICLAJE Elaborado por: El Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 182

183 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA HORARIOS DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA PISTA BLANCA PIEDRA En las instalaciones de la PISTA BLANCA PIEDRA laboran 6 personas todos eventualmente dependiendo de los programas de las fumigación en las áreas del sector, luego de culminar el trabajo de 8 horas el personal se retira a descansar. A continuación se detallan la distribución de los empleados indispensables en cada área de operación: Horarios y Personal de la BASE EL PIEDRERO AEROTRIUNFO ÁREA NO. PERSONAL ÁREA NO. PERSONAL HORARIO (HRS) PERMANENCIA DEL PERSONA Piloto 1 8 Tiempo completo Producción 3 8 Tiempo completo Guardián 1 8 Tiempo completo Jefe de pista 1 8 Tiempo completo Elaborado por: El INVENTARIO DE EQUIPOS Y MAQUINARIA DE LA PISTA BLANCA PIEDRA A continuación se enumeran los equipos con sus principales características: INVENTARIO DE EQUIPO TIPO DE EQUIPO CAPACIDAD NÚMERO DE EQUIPOS FRECUENCIA DE MANTENIMIENTO BOMBA PARA EL AREA DE COMBUSTIBLE BOMBA PARA EL POZO DE AGUA BOMBA PARA LA PLANTA MEZCLADORA BOMBA PARA ALMACENAMIENTO DEL PRODUCTO 1.5 hp 1 ANUAL 1.5 hp 1 ANUAL 5.5 hp 1 ANUAL 1.5 hp 1 ANUAL Elaborado por: El Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 183

184 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA BOMBA 1.5 HP BOMBA 5.5 HP Elaborado por: El SERVICIOS BÁSICOS SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE ENERGÍA ELÉCTRICA La Pista BLANCA PIEDRA recibe energía eléctrica del sistema público Corporación Nacional de Electricidad CNEL S.A., de abastecimiento para el funcionamiento general de toda la base. MEDIDOR DE LUZ Elaborado por: El Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 184

185 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE AGUA En la Pista BLANCA PIEDRA tiene el consumo de agua, tanto para el proceso industrial, limpieza de áreas, servicios de empleados, entre otras, se abastece a través de un pozo, la cual almacena en 2 tanques con capacidad de 200 y 500 galones. TANQUE ELEVADO 200 GALONES TANQUE DE 500 GALONES Elaborado por: El ALMACENAMIENTO DE DESECHOS NO PELIGROSOS En la Pista BLANCA PIEDRA posee de tanques dentro de las instalaciones para la recolección de basura generada por parte de las labores que se llevan a cabo, para luego ser recogidos por el carro recolector de basura del Municipio del Cantón simón Bolívar. ÁREA DE DESECHOS NO PELIGROSOS Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 185

186 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA SERVICIOS HIGÉNICOS La Pista BLANCA PIEDRA, cuentan con servicios higiénicos para los trabajadores de la Pista, estos baños solo lo utilizan los hombres, los baños se encuentran dotados de jabón y papel higiénico. SERVICIOS HIGIÉNICOS SERVICIOS HIGIÉNICOS MATERIA PRIMA La Fumigadora AEROTRIUNFO CIA. LTDA. es una empresa de fumigación aérea, que se dedica a la prestación de servicio de fumigación aérea para plantaciones agrícolas en especial de banano, en el ECUADOR. Las principales materias primas utilizadas se detallan a continuación: NOMBRE COMERCIAL DITHANE OS SPECIAL PROPIEDADES FÍSICAS Y QUÍMÍCAS Tipo de plaguicida: Fungicida Uso: Agrícola Clasificación: Dithiocarbamatos Líquido amarillo viscoso con olor a azufre. Su punto de ebullición es de aproximadamente C y su punto de fusión es de -8 C. Su solubilidad en agua es emulsificante. Tiene una presión de vapor de 5,2 Solvente, Nafta Toxicología Toxicidad aguda o crítica LD50 oral rata >5000mg/kg, LD50 dermal rata >5000mg/kg, Ligeramente Irritante para piel y ojos del conejo Mutagenicidad: negativo ELEMENTO ACTIVO /FÓRMULA MANCOZEB Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 186

187 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA Carcinogenicidad: Tumores del tiroides en ratas a nivel dietético, a los 2 años Teratología: Malformaciones a nivel de la tiroides con ratas y hamsters, no hubo malformaciones en conejos, ratas, gatos o cochinillos de guinea. Eco toxicología Toxicidad peces CL50 96 hr trucha arcoíris 490 mg/l Toxicidad Dafnia CE50 48 hr Dafnia magna mg/l Toxicidad Algas EC hr Alga Verde 0,06-2,24 mg/l BAYCOR EC 300 PROTEZEB 40 SC Presentaciones: litros MANZATE 200 DF Tipo de plaguicida: Fungicida Uso: Agrícola Clasificación: Triazol Líquido transparente de color pardo con olor a químico aromático. Su punto de ebullición es 150 C, Densidad de 1,08 g/cm3 a 20 C, punto de inflamación a 95 C. Su solubilidad en agua es emulsionante. El ph es 3, 0-8,0 a % de agua Toxicología Toxicidad aguda LD50 oral rata >5000mg/kg, LD50 dermal rata >5000mg/kg, Levemente Irritante para la piel del conejo, y con riesgos de lesiones oculares graves en conejos Eco toxicología Toxicidad para peces CL50 96 hr trucha 8,31 mg/l Tipo de plaguicida: Fungicida Uso: Agrícola Clasificación: Dithiocarbamatos Suspensión acuosa, viscosa de color amarillo de olor característico al mancozeb. Su punto de ebullición es de aproximadamente 100 C. Su solubilidad en agua es dispersable. Tiene una presión de vapor de 17mmHg a 20 C /(agua) Toxicología DL50 oral aguda en ratas >5000mg/kg, DL50 dermal aguda en ratas >2000mg/kg, CL50 (4 horas ratas) >1,42mg/l aire, Irritación de los ojos positiva en 6 de 6 individuos. Categoría toxicológica III Irritación de la piel: Categoría toxicológica IV Sensibilización dermal positiva (si induce, leve) Mutagenicidad: negativo Carcinogenicidad: Tumores del tiroides en ratas Teratología: No es teratogénico. Tipo de plaguicida: Fungicida Uso: Agrícola Clasificación: Dithiocarbamatos Sólido de color amarillo, con olor sulfuroso, con BITERTANOL C20H23N3O2 MANCOZEB (C4H6Mn2S4)X(Zn)y MANCOZEB Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 187

188 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA REGNUM ACEITE MINERAL Aceite Mineral emulsionable CALIXIN Presentación: Calixin 75, , Concentrado emulsionable; Calixin 86 Ol, , Líquido Miscible una solubilidad en agua usado como dispersable Toxicología LD50 oral agudo rata >5000mg/kg, (Muy baja toxicidad por ingestión) LD50 dermal agudo conejos >2000mg/kg, (ligeramente toxico por contacto) No es Irritante para piel del conejo, y produce una opacidad leve a severa en los ojos del conejo, los ojos regresan a la normalidad en 7 días. Ecotoxicología Toxicidad acuática LC50 96 hr bluegrill sunfish 1ppm Tipo de plaguicida: Fungicida Uso: Agrícola Clasificación: Strobilurin Aspecto a 20º C: cristales blancos a beige claro Olor: sin olor Punto de fusión: º C Presión de vapor a 20º C: 2.6x 10-8 Pa Coef. de partición n-octanol / agua: log Pow : 3.99 at 22oC Solubilidad 20º C ( g de sustancia por 100 ml): agua: n-neptano: 0.37 toluol: >57 diclorometano: >57 metanol: 10.0 acetona >65 etilacetato >65 Tipo de plaguicida: Acaricida Uso: Agrícola Clasificación: Derivado del petróleo Líquido aceitoso incoloro; prácticamente inodoro. Su punto de fusión es 360 C. Su densidad relativa tiene un valor entre y Es insoluble en agua y alcohol, pero soluble en benceno, cloroformo, éter, disulfuro de carbono, éter de petróleo y aceites volátiles. Es miscible con casi todos los aceites, pero inmiscible con aceite de castor Toxicología : IV No produce efectos tóxicos agudos en peces (mortalidad) Tipo de plaguicida: Fungicida Uso: Agrícola Clasificación: Morfolina Para aplicación al follaje: como concentrado emulsionable en equivalentes en gramos de ingrediente activo (I.A./kg o l) de: 750 y como líquido miscible en equivalentes en gramos de ingrediente activo (I.A./kg o l) de: 860. Para uso exclusivo en plantas fumigadoras con plaguicidas agrícolas PIRACLOSTROBIN C19H18CIN3O4 ACEITE MINERAL TRIDEMORF C19H39NO Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 188

189 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA VOLLEY Presentación: VOLLEY 88 OL / 880 G/L Barril plástico 210.0l, caneca plástica 5.0l, caneca plástica 10.0l, caneca plástica 20.0l, caneca plástica 60.0l, frasco plástico 1.0l SIGANEX Presentación: Siganex 60 Sc, , Suspensión Concentrada ACEITES VEGETALES Toxicología Toxicidad aguda LD50 oral rata 980mg/kg, LD50 dermal rata >2000mg/kg, LD50 inhalación rata >2,19mg/kg, 4h de exposición Irritante para piel y membranas mucosas y ojos del conejo Ecotoxicología Toxicidad aguda para peces Toxicidad agudas en Dafnia s Tipo de plaguicida: Fungicida Uso: Agrícola Clasificación: Morfolina Liquido de color incoloro a amarillento, ligeramente aromático, punto de fusión -16 C, punto de ebullición: 370 C, punto de inflamación: 142 C, presión de vapor. (20 C) 2.5 E-5 bar. Densidad: Kg/ l. Toxicidad: Efecto de irritación primaria en pile de conejo, no tiene efecto sensibilizarte, nocivo por inhalación, efectos nocivos en el desarrollo, por consiguiente se evita cualquier contacto con las personas en razón de que puede ser perjudicial para la salud. Tipo de plaguicida: Fungicida Uso: Agrícola Clasificación: Anilinopyrimidine Cristales incoloros. Su punto de fusión es 96.3 C. Tiene una densidad específica de 1.15 g/cm3 a 20 C. Su solubilidad en agua g/l a 25 C. Es soluble en acetona, acetato de etilo, metanol, cloruro de metileno, n-hexano y tolueno. Tiene una presión de vapor de 1.65x10-5 mm Hg a 25 C Toxicología : Puede ser fitotóxico Tiempo de vida media para esta reacción es de aproximadamente 2 horas. Las partículas, por su parte, son removidas de la atmósfera por precipitación húmeda y seca En el agua se adsorbe a sólidos suspendidos y sedimentos y también se volatiliza. Tiene un potencial moderado de bio-concentración en organismos acuáticos Tipo de plaguicida: Insecticida Uso: Agrícola Para aplicación al follaje: como concentrado emulsionable en equivalentes en gramos de ingrediente activo. Elaborado por el: FENPROPIMORF C20H33NO PIRIMETANIL C12H13N3 ACEITES VEGETALES Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 189

190 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA DESCRIPCIÓN DE LOS PROCESOS, ACTIVIDADES Y SERVICIOS DENTRO DE LA PISTA BLANCA PIEDRA En esta sección se ha efectuado una breve descripción de las principales actividades realizadas dentro de la Pista BLANCA PIEDRA durante la producción y aspersión de fungicidas en las plantaciones agrícolas. ACTIVIDAD Traslado de materia prima al momento de la preparación de las mezclas Programa semanal Mediciones Mezclado Carga del producto a la aeronave y despegue de la misma. DESCRIPCIÓN Considerada como la primera fase del proceso, donde es transportado la materia prima e insumos requeridos, en caso de químicos se utiliza en el momento lo requerido para la mezcla. Para la dosificación de fungicidas para las haciendas se prepara un programa semanal de aplicación en el cual consta los siguientes parámetros: Hectáreas de aplicación, dosis, área de la finca, tipo de mezcla (suspensión, emulsión, control foliar), responsable, dosis, área por día. Conocida la dosis se procede a trasladar la materia prima de productos químicos hasta el área de mezclado; a continuación se procede a realizar las mediciones de los productos requeridos con una balanza (masa) en caso de sólidos, o con baldes de mediciones (volumen) marcados en litros, para líquidos, este proceso se lo realiza manualmente. La cantidad de aceite suministrado se mide a través de un nivel o regla que se encuentra en la mezcladora de productos. Luego que los productos están medidos, se continúa con el mezclado de los mismos en una planta mezcladora siendo el tiempo de agitación constante de 10 min. Aproximadamente hasta obtener una mezcla homogénea. En esta etapa se procede a cargar la sustancia a la avioneta por medio de una bomba, que hace pasar la sustancia hasta el punto de carga conectada una manguera la cual posea una válvula de seguridad tipo Kamvalock hembra, después se acopla la válvula de la manquera con la válvula Kamvalock macho instalada en la aeronave, realizando el ingreso de la carga mediante el sistema al tanque de almacenamiento de la misma. Luego de tomar todas las medidas de seguridad necesarias y verificar las CONDICIONES Y REQUERIMIENTOS Solicitud de la materia prima, necesaria para cumplir con las aplicaciones diarias de fungicidas. Conocer las hectáreas de la plantación. Tipo de mezcla requerida por los Clientes: emulsión, y suspensión. Materia prima Materiales e implementos de medición Energía Mezcladoras Productos Verificación de tiempo de mezclado Energía Equipos de mezclados y sistema de Transportación Materia prima Energía Aeronave Condiciones climatológicas: temperatura en el interior de la plantación hasta 28 ºC, humedad relativa menor al 60 %, velocidad del viento no supere 8 Km/h, lámina de agua en las hojas 40 % de humedad, Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 190

191 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA Limpieza de envases vacíos Almacenamiento de envases vacíos Descarga de remanentes del avión condiciones climatológicas, se efectúa el despegue de la avioneta para iniciar la aspersión del fungicida en la hacienda. En esta etapa se procede a limpiar los materiales utilizados para las mediciones de los productos, así como los envases de los mismos. En el canal de desagüe conectado al pozo de reciclaje se realiza la limpieza de los envases mediante triple lavado. Finalmente cuando los recipientes estén secos se ubican en una bodega exclusiva para luego devolver a los productores de agroquímicos. Esto se lo realiza de manera eventual, ya que los productores se llevan todos los envases vacíos de los productos químicos. Después de culminar la jornada de trabajo, se realiza la limpieza del bum de la aeronave, el cual consta de 8 atomizadores. Primero se descarga los remanentes en pánganos para posteriormente ser almacenados en recipientes para ser reutilizados, después se procede a la limpieza del bum añadiendo agua a presión y un cepillo de acero especial. gotas de agua (perlas) cubriendo un 40 % de la superficie La aero-fumigación se realiza con el cielo despejado, por lo que se suspende el vuelo si existe fenómeno de inversión térmica (neblina o bruma) que impida la visibilidad del vuelo o incluso cuando hay precipitaciones pluviales. Envases con residuos Proceso de triple lavado para remover los residuos de productos químicos de los mismos, en este proceso se debe usar un 20 % del volumen del recipiente en agua limpia para los 3 enjuagues individuales Envases limpios Disposición final de los recipientes a través de un Gestor autorizado. Solo se realiza la limpieza del avión después de haber culminado la jornada de trabajo Agua e implemento de limpieza Limpieza de la plataforma e implementos Finalmente, después de la jornada de trabajo se realiza la limpieza de la plataforma, áreas donde se queden posibles residuos líquidos e implementos utilizados en la descarga del avión, dichos efluentes se conducen por medio de canales al pozo de reciclaje. Agua e implementos de limpieza para la eliminación de remanentes de productos químicos. Fuente: PISTA BLANCA PIEDRA.- AEROTRIUNFO CIA LTDA. Elaborado por: El Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 191

192 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA DIAGRAMA DE FLUJO DE LA PISTA BLANCA PIEDRA - AEROTRIUNFO CIA. LTDA. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 192

193 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA DESECHOS GENERADOS Para la evaluación de la gestión de desechos sólidos dentro de la Pista BLANCA PIEDRA, se procedió a clasificar los tipos de desechos, y luego se describieron los sitios y métodos de gestión de cada uno de ellos. Los principales desechos generados son los siguientes: Caracterización de los desechos sólidos y líquidos Desechos Sólidos No Peligrosos (Comunes o Domésticos) Desechos Sólidos Peligrosos Gestión de Desechos Peligrosos y No peligrosos DESECHOS Desechos sólidos No peligrosos (Comunes o Domésticos) GENERACIÓN Y ALMACENAMIENTO Generación: Personal de la pista. El área de almacenamiento de desechos sólidos no peligrosos del establecimiento cuenta con varios recipientes para depósitos de basuras. Generación: Parte del proceso productivo de mezcla para fungicidas. No se cuenta con una bodega de almacenamiento de envases vacíos de productos Desechos Sólidos Peligrosos peligrosos, al momento de la inspección los envases se encuentran en la parte posterior izquierda a un costado de la vivienda del guardián de la base. Elaborado por: El DESECHOS GENERADOS Dentro de los desechos generados en la Pista BLANCA PIEDRA, se encuentran los residuos líquidos producto de la utilización de agua para la limpieza del área de la plataforma, limpieza del bum de la aeronave; Como se ha indicado en otras secciones del presente estudio estos residuos líquidos industriales son conducidos al pozo de reciclaje el cual cuenta con un sistema de filtros. En cuanto a las aguas residuales domesticas ellas son conducidas al pozo séptico. NOMBRE DEL RESIDUO Residuos de mezcla de fungicidas y aceites Agua residual de lavado de avionetas y de la limpieza del área de mezclado Residuos de sustancias de la Avioneta Residuo de baños y lavado de platos DESECHOS LÍQUIDOS PUNTO DE GENERACIÓN EN EL PROCESO Proceso de Mezcla Limpieza de avionetas, plataforma e implementos DESTINO FINAL Pozo de reciclaje Pozo de reciclaje Bum de la Avioneta Pozo de reciclaje Baños Depositados en pozo séptico Elaborado por: El FORMA DE COMERCIALIZACIÓN Se reutiliza Se reutiliza Se reutiliza Ninguna Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 193

194 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA DESECHOS SÓLIDOS NOMBRE DEL RESIDUO PUNTO DE GENERACIÓN EN EL PROCESO DESTINO FINAL FORMA DE COMERCIALIZACIÓN Envases vacíos Proceso de medición y de mezclado El gestor o las casas comerciales se hacen cargo de estos desechos. Ninguna Fundas de papel provenientes del producto Proceso de medición y de mezclado Botadero Municipal Ninguna Residuos domésticos General Botadero Municipal Ninguna Elaborado por: DATOS DEL GESTOR AUTORIZADO DE DESECHOS PELIGROSOS DATOS DEL GESTOR AUTORIZADO DE DESECHOS PELIGROSOS NOMBRE GESTIÓN Y PROYECTOS AMBIENTALES S.A. GYPAM DIRECCIÓN OFICINA: Córdova 810 y V. Manuel Rendón BODEGA: KM 26 Vía Milagro- Sector Buenos Aires COORDENADAS GEOGRÁFICAS X m E m S Y TELÉFONO FAX WEB SITE Elaborado: info@gypam.com CARACTERÍSTICAS DE LAS AERONAVES AEROTRIUNFO CIA. LTDA., posee 3 aeronaves registradas en la DAC (Dirección General de Aviación Civil) y matriculadas, de las cuales solo se encuentran todas realizando las actividades de fumigación, las avionetas de AEROTRIUNFO CIA. LTDA. Pista BLANCA PIEDRA poseen los implementos tecnológicos que continuación se describen. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 194

195 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA CADA AERONAVE ESTA ADAPTADA CON LA SIGUENTE TECNOLOGIA SISTEMA DE GPS SISTEMA DE FLUJO INTELIGENTE MARCA: DEL NORTE ANTENA PANTALLA DIGITAL BARRA DE LUCES CABLES DE CONEXIONES MARCA: AG-NAV VALVULA DE FLUJO (CONTADOR DE FLUJO) MODULO DE FLUJO CABLES DE CONEXIONES Elaborado por: AERONAVES DE FUMIGACION ITEM #1 ITEM #2 ITEM #3 PLACAS HC-CIR HC-AJJ HC.BPT AVION HC-CIR ITEM #1 MATERIAL DE LA AVIONETA: MARCA: MODELO Y TIPO: MATRICULA: COLOR: USO: CATEGORIA: FUNCION: ESTRUCTURA TUBULAR REVESTIMIENTO DE LAMINA DURAL ALUMINIO. PIPER PAWNEE PA HC-CIR BLANCO, AZUL, ROJO TRABAJOS AGRICOLAS AERONAVE COMERCIAL AÑO DE FABRICACION: 1961 SERIE: TIPO DE MOTOR: LYCOMING MODELO: O-540-B2C5 SERIE: RL A HELICE: 3 PALAS MARCA: McCULEY MODELO: 1A200/FA8452 SERIE: #91990 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 195

196 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA AVION HC-AJJ ITEM #2 MATERIAL DE LA AVIONETA: MARCA: MODELO Y TIPO: MATRICULA: COLOR: USO: CATEGORIA: FUNCION: ESTRUCTURA TUBULAR REVESTIMIENTO DE LAMINA DURAL ALUMINIO. PIPER PAWNEE PA HC-AJJ BLANCO, AZUL, ROJO TRABAJOS AGRICOLAS AERONAVE COMERCIAL ANO DE FABRICACION: 1964 SERIE: TIPO DE MOTOR: MODELO: SERIE: HELICE: MARCA: MODELO: LYCOMING O-540-B2C5 RL A 3 PALAS McCULEY 1A200/FA8452 SERIE: #91990 Elaborado por: AVION HC-BPT ITEM #3 MATERIAL DE LA AVIONETA: MARCA: MODELO Y TIPO: MATRICULA: COLOR: USO: CATEGORIA: FUNCION: ESTRUCTURA TUBULAR REVESTIMIENTO DE LAMINA DURAL ALUMINIO. PIPER BRAVO PA HC-BPT BLANCO, AZUL, ROJO TRABAJOS AGRICOLAS AERONAVE COMERCIAL ANO DE FABRICACION: 1980 SERIE: TIPO DE MOTOR: LYCOMING MODELO: O-720- DIC SERIE: L Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 196

197 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA HELICE: MARCA: MODELO: SERIE: 3 PALAS HARTZELL HC-C3YR-1RF/F8475R DY7774B Elaborado por: CRONOGRAMA DE OPERACIÓN La Pista BLANCA PIEDRA es un proyecto EX POST por lo tanto solo se describirá únicamente el proceso de Operación y Mantenimiento de la misma, esto Implicaría la Etapa de Almacenamiento Materia Prima, Área de Mezclado de Productos Químicos, Carga de Producto a la Avioneta, Fumigación Aérea a Cultivos, Proceso Limpieza de Plataforma. ACTIVIDADES ETAPA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO MESES ALMACENAMIENTO MATERIA PRIMA X X X X X X X X X X X X ÁREA DE MEZCLADO X X X X X X X X X X X X CARGA DE PRODUCTO A LA AVIONETA X X X X X X X X X X X X FUMIGACIÓN AÉREA A CULTIVOS X X X X X X X X X X X X PROCESO LIMPIEZA DE PLATAFORMA X X X X X X X X X X X X Elaborado por: MONTO DE INVERSIÓN Debido a que es una actividad en operación reemplazaremos el nombre de Monto de Inversión por el de Costos y Gastos de Operación el cual lo Obtendremos mediante el Formulario No. 101 del Servicio de Rentas Internas (SRI) en el Inciso # 799 el cual tiene por nombre Costos y Gastos de Operación la Empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA en su Base de Aerofumigación Pista BLANCA PIEDRA, tiene un costo de Operación Igual a SUSTENTABILIDAD DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD La Empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA en su Pista BLANCA PIEDRA, implementará a las avionetas un sistema automático, esto consiste por medio de GPS (coordenadas) donde los aspersores se van accionar automáticamente y van fumigar el Banano, también se va sembrar barreras naturales en los linderos de las Haciendas, con el fin de establecer una zona de amortiguamiento entre los cultivos banano y cuerpos de agua, comunas, etc., que se encuentren dentro del área de influencia directa e indirecta. La siembra de árboles y plantas arbustivas para formar las barreras vivas (cortinas rompe vientos), se realizará acorde a las condiciones climáticas (como por ejemplo: Peregrina, Caña Guadua, Ficus) de la zona donde se encuentra ubicada los Cultivos de Banano. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 197

198 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA 9.- ANALISIS DE ALTERNATIVAS Realizando un análisis de la ubicación de la Pista BLANCA PIEDRA se llegó a tener 1 alternativa debido a que es un Proyecto EX - POST, las posibilidades de cambio son pocas entre las principales tenemos: 1.- ALTERNATIVA CERO DEBIDO A QUE ES UNA PISTA DE AEROFUMIGACIÓN YA ESTABLECIDA ALTERNATIVA CERO Se trata de no realizar ningún cambio y continuar en las Instalaciones en las que se asienta la Pista BLANCA PIEDRA esta sería la alternativa más obvia para este tipo de proyectos ya que se encuentra establecido desde hace varios años, sus inicios de actividades fueron el 4 de Mayo del ANÁLISIS TÉCNICO La Pista BLANCA PIEDRA debería mejorar sus Instalaciones con el acondicionamiento adecuado tanto para área de productos químicos, como en el área de almacenamiento combustible, implementación de un taller, implementación de señalética, para las buenas operaciones realizadas en las instalaciones, es por esto que con alguna mejoras acordes a las necesidades del Proyecto debería quedarse donde está, así también se evitaría realizar el abandono de las instalaciones que implicaría un coste alto para la empresa. ANÁLISIS ECOLÓGICO Con el cierre de las actividades se generaría una serie de desechos las cuales podrían afectar el medio perceptual que rodea la Pista BLANCA PIEDRA en este caso el riego de combustibles y productos químicos, la ampliación de otra Pista Fumigación implicaría también generación de desechos y remoción de cobertura vegetal, la Pista BLANCA PIEDRA actualmente podría mejorar sus operaciones para que sean más amigables con el ambiente. ANÁLISIS SOCIO ECONÓMICO Aunque no se haya realizado una encuesta formal al momento de la Inspección no se registró ninguna queja por parte de la comunidad adyacente ni trabajadores, la Pista BLANCA PIEDRA aporto a la economía del sector brindando trabajo directa e indirectamente, más de 10 familias se ven beneficiadas por las actividades de la misma. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 198

199 BORRADOR DEL ESTUDIO IMPACTO AMBIENTAL EXPOST REALIZADAS EN LAS PISTA BLANCA PIEDRA 10.- IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES Debido a que es una actividad en Funcionamiento primeramente realizaremos la identificación de las conformidades y no conformidades encontradas en la Matriz de la Identificación de Hallazgos para posteriormente identificar y valorar los impactos ambientales generados por la Pista BLANCA PIEDRA INTRODUCCIÓN En esta Parte se realizará una evaluación del cumplimiento de las actividades realizadas en la Pista BLANCA PIEDRA, mediante la definición de conformidades, no conformidades mayores y menores respecto a la legislación aplicable (Normas Ambientales - TULSMA, Normas Técnicas INEN, entre otras), usando la Matriz Lógica de Obligaciones Ambientales y Plan de Acción. De las no conformidades encontradas, se procederá a proponer actividades inmediatas que estarán indicadas en un plan de acción, con plazos de cumplimiento de las mismas, o en el mismo Plan de Manejo Ambiental del Estudio METODOLOGÍA La Auditoría Ambiental se la realizará acorde a las Directrices para el uso de matrices de evaluación de Auditorías Ambientales, al Plan de Manejo Ambiental y Normativa Ambiental vigente y Leyes Conexas, establecidas por la Subsecretaría de Gestión Ambiental Costera, hoy Dirección Regional Nº 5 del Ministerio del Ambiente del Ecuador. Mediante el empleo de estas matrices se ejecutará la revisión del cumplimiento de la normativa ambiental vigente en nuestro País. La principal variable que se utilizará en las evaluaciones de las matrices será en relación al cumplimiento de las normas ambientales que rigen para las actividades productivas de Pista BLANCA PIEDRA. Una vez que se recopile la información existente (evidencias de la auditoría), ésta se comparará con los criterios auditables (criterios de auditoría) y se determinarán los hallazgos de auditoría. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 199

200 Conformidad Ítem No Conformidad Menor No Conformidad Mayor EIA EX POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA PISTA BLANCA PIEDRA- AEROTRIUNFO CIA. LTDA. Nivel de Cumplimiento Normativa Ambiental de la normativa ambiental Hallazgos Observaciones ACTIVIDAD REFERENCIA 1 REGLAMENTO A LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL 1.1 La empresa ha verificado el cumplimiento de las normas ambientales de emisión y descarga mediante el monitoreo ambiental. X - No se han realizado los Monitoreos de Calidad de Agua, Aire y ruido.

201 EIA EX POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA PISTA BLANCA PIEDRA- AEROTRIUNFO CIA. LTDA. 2.0 NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE DESCARGA DEL EFLUENTES: RECURSO AGUA 2.1 Se mantiene un registro de efluentes generados, indicando el caudal del efluente, tratamiento aplicado, análisis de laboratorio, disposición final. TULSMA, Libro VI Anexo 1 Art X - No posee un registro de efluentes. La Fumigadora deberá llevar un registro de control de las aguas residuales industriales. 2.2 Los efluentes líquidos no tratados no son diluidos con cualquier otro tipo de agua. TULSMA, Libro VI Anexo 1 Art X Fotografía # 6 La Pista BLANCA PIEDRA hacen las descargas en el pozo de reciclaje. 2.3 La descarga de residuos líquidos no se realiza a las vías públicas, canales de riego y drenaje o sistemas de recolección de aguas lluvias y aguas subterráneas. TULSMA, Libro VI Anexo 1 Art X Fotografía # 6 Todos los efluentes industriales son descargados al pozo de reciclaje para su posterior reutilización en próximas aplicaciones aéreas. 2.4 Las aguas residuales que no cumplen previo a su descarga, con los parámetros establecidos de descarga en la norma, son sometidas a tratamiento convencional. TULSMA, Libro VI Anexo 1 Art X Fotografía # 6 No se realiza ningún tipo de tratamiento, las aguas residuales son descargadas en al pozo de reciclaje de la Pista BLANCA PIEDRA para su reutilización. 2.5 Los sistemas de drenaje para las aguas domésticas, industriales y Fluviales que se generen en la empresa, se encuentran separadas en sus respectivos sistemas o colectores. TULSMA, Libro VI Anexo 1 Art X Fotografía # 6 La Pista BLANCA PIEDRA hacen descargan aguas residuales industriales son llevados hasta los pozos de reciclaje. Las aguas residuales domésticas generadas en los baños, lavabos y duchas, son descargadas en pozos sépticos ya que en el sector no se dispone de alcantarillado sanitario.

202 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 2.7 Los efluentes industriales tratados y no tratados no son infiltrados al suelo, sin permiso de la Entidad Ambiental de Control. TULSMA, Libro VI Anexo 1 Art X - En la Pista BLANCA PIEDRA, Los efluentes industriales generados en La PISTA son reutilizados y tratados por medio de un sistema de filtros. 2.9 Se disponen de sitios adecuados para caracterización y aforo de sus efluentes. A la salida de las descargas de los efluentes no tratados y de los tratados, existen sistemas apropiados, ubicados para medición De caudales. TULSMA, Libro VI Anexo 1 Art X Fotografía #6 En la Pista BLANCA PIEDRA, no cuenta con un sitio destinado para la caracterización y aforo del efluente industrial. Todos los efluentes son enviados reutilizados y tratados por medio de filtros Los sedimentos, lodos y sustancias sólidas provenientes de tratamiento de desechos o cualquier tipo de desecho doméstico o industrial, no se dispone en aguas superficiales, subterráneas, marinas, de estuario, sistemas de alcantarillado y cauces de agua estaciónales secos o no, y para su disposición cumplen con las normas legales referentes a los desechos sólidos no peligrosos. TULSMA, Libro VI Anexo 1 Art X - No se descarga al canal de drenaje exterior de aguas del sector, sedimentos, lodos o cualquier tipo de desechos domésticos o industriales en aguas superficiales. Las aguas domésticas generadas en las Pista son descargadas a pozos sépticos, ya que el sector no dispone del alcantarillado sanitario. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 202

203 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST NORMA NORMA DE CALIDAD DE CALIDAD AMBIENTAL AMBIENTAL DEL RECURSO PARA EL SUELO MANEJO Y CRITERIOS Y DISPOSICIÓN DE REMEDIACIÓN FINAL DE SÓLIDOS PARA SUELOS NO PELIGROSOS. CONTAMINADOS Se ha implementado una política de 4.1 reciclaje La empresa o reúso realiza de la los segregación desechos sólidos en la no fuente peligrosos de desechos generados. peligrosos Si reciclaje y no o 3.1 reusó peligrosos. no es viable, los desechos son dispuestos de manera ambientalmente aceptable. La empresa lleva un registro de los desechos generados, indicando 4.2 Se mantiene aseado los alrededores de volumen contenedores y sitio de de Almacenamiento disposición de los de 3.2 mismos. desechos Por sólidos ningún no motivo peligrosos. se permite la disposición de desechos en áreas no aprobadas para el efecto por parte de la entidad ambiental de control. TULAS, Libro TULSMA, Libro VI, VI Anexo 6, Anexo Art literal a TULSMA, TULAS, Libro VI, Anexo 26, y Art literal b X X Fotografía # 10 X - X Fotografía Fotografía # 10 # No se ha implementado políticas de La Pista BLANCA PIEDRA no realiza la reciclaje o reusó de los desechos. La segregación de los desechos peligrosos Pista BLANCA PIEDRA cuenta con y no peligrosos, la pista solo cuenta con recipientes para para el el almacenamiento de de Desechos. desechos no peligrosos. La No existe Pista un BLANCA registro de PIEDRA, salida de realiza los desechos mantenimiento generados. 2 veces Los por desechos semana que el área se generan almacenamiento la Pista de BLANCA desechos PIEDRA sólidos no son peligrosos. dispuestos en Tanques para luego ser enviados al botadero municipal. No se realiza descargas, infiltraciones o inyección en el suelo o en el subsuelo Los contenedores de almacenamiento de efluentes desechos tratados sólidos no o no, peligrosos que alteren no se la localizan calidad en del áreas recurso. públicas. TULSMA, Libro TULAS, VI Libro Anexo VI, 2, Anexo 6, Art X NO Fotografía ALICA # 10 En Los la recipientes Pista BLANCA para la PIEDRA recolección no de se realiza desechos ningún no peligrosos, tipo de se infiltración encuentran al suelo. ubicados dentro de las instalaciones de la Pista. En caso de que por acción u omisión se contamine al recurso suelo, a causa de derrames, vertidos, fugas, 4.4 No se realiza la quema de desechos almacenamiento sólidos los o contenedores abandono de productos almacenamiento o desechos y a cielo peligrosos, abierto. se 3.4 procede a la remediación de la zona afectada, considerando para el efecto los criterios de remediación de suelos 4.5 La entrega de desechos sólidos no contaminados peligrosos se la que realiza se encuentran recipientes en la presente. adecuados. TULAS, Libro VI, TULSMA, Libro Anexo 6, VI y Anexo 2 Art TULAS, Libro VI, Anexo 6, X - X NO APLICA X - Al momento de la inspección no se evidenció la incineración de desechos No se ha realizado la caracterización de no peligrosos. suelos contaminados, ya que la Pista no ha afectado al recurso suelo. No se realiza la entrega de desechos estos son dispuestos en tanques para luego ser enviados al botadero Municipal del Cantón Simón Bolívar. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 203

204 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 4.6 Los desechos sólidos son entregados a la entidad autorizada de aseo público. TULAS, Libro VI, Anexo 6, X - Se realiza la entrega de desechos sólidos al recolector de basura del Cantón Simón Bolívar. 4.9 El espacio y los contenedores destinados al almacenamiento de los desechos sólidos se mantienen en perfectas condiciones de higiene y limpieza. TULAS, Libro VI, Anexo 6, X - La Pista BLANCA PIEDRA, realiza mantenimiento 2 veces por semana el área almacenamiento de desechos sólidos no peligrosos. 5.0 REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN POR DESECHOS PELIGROSOS 5.1 Almacena los desechos en condiciones ambientalmente seguras, evitando su contacto con el agua y la mezcla entre aquellos que sean incompatibles Acuerdo ministerial No. 161 X - La Pista BLANCA PIEDRA no cuenta con un área específica para el almacenamiento de Desechos Peligrosos 5.2 Dispone de instalaciones adecuadas para realizar el almacenamiento temporal de los desechos, con accesibilidad a los vehículos recolectores Acuerdo ministerial No. 161 X - No cuenta con una bodega específica para el almacenamiento temporal de Desechos Peligrosos. 5.3 El lugar donde temporalmente se almacenan productos peligrosos cumplen con las condiciones mínimas establecidas en la Norma INEN 2266:2013 Acuerdo ministerial No. 161 X - No cuenta con una bodega específica para el almacenamiento temporal de Desechos Peligrosos. 5.4 Los envases donde se almacenan temporalmente los desechos peligrosos están debidamente identificados de Acuerdo ministerial No. 161 X - No cuenta con una bodega específica para el almacenamiento temporal de Desechos Peligrosos. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 204

205 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST acuerdo a la norma INEN Los desechos peligrosos incompatibles no deberán ser almacenados en forma conjunta en un mismo recipiente ni en una misma área. Acuerdo ministerial No. 161 Párrafo 5 X - No cuenta con una bodega específica para el almacenamiento temporal de Desechos Peligrosos. 5.6 Mantiene un registro de los movimientos de entrada y salida de desechos peligrosos al área de almacenamiento temporal, en donde consta la fecha de los movimientos, su origen, cantidad y destino. Acuerdo ministerial No. 161 Párrafo 5 X - No cuenta con un registro de desechos peligrosos, la Empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA en su Pista BLANCA PIEDRA se está registrando como Generadora de Desechos Peligros ante la autoridad ambiental. 5.7 El transporte de desechos peligrosos se realiza acompañado de un manifiesto de identificación entregado por el generador, condición indispensable para que el transportista pueda recibir y transportar dichos desechos. Acuerdo ministerial No. 161 Párrafo 4 X - No se mantienen registros de movimiento de desechos peligrosos para el transporte y disposición final, la Empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA en su Pista BLANCA PIEDRA se está registrando como Generadora de Desechos Peligros ante la autoridad ambiental. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 205

206 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 6.0 RÉGIMEN NACIONAL PARA LA GESTIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS 6.1 La empresa proporciona EPP s a los trabajadores que entren en contacto con los productos químicos peligrosos. Acuerdo ministerial No. 161 Reglamento de seguridad y salud de trabajadores X - Los trabajadores que manipulan productos químicos en la fumigadora ya sea en el área de mezcla o manejo de productos químicos y limpieza de áreas utilizan los EPP aunque no es el apropiado, el recomendado debe de constar de: (casco de seguridad, guantes de nitrilo, máscaras 3M con filtro de vapores orgánicos volátiles, gafas anti-salpicaduras, delantal impermeables, overol, orejeras y botas de caucha punta de acero. 6.2 La empresa capacita al personal sobre el uso seguro y eficiente de productos químicos peligrosos. Acuerdo Ministerial No. 161 Articulo 179 X - Se ha capacitado al personal de la Pista que entra en contacto con productos químicos peligrosos. 6.3 Se dispone de las hojas de datos de seguridad en idioma castellano, de los productos químicos peligrosos. Acuerdo Ministerial No. 161 Art. 219 Reglamento de seguridad y salud de trabajadores. X - Se cuenta con las Hojas de seguridad de productos químicos peligrosos. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 206

207 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 6.4 De reciclaje: Todos los usuarios de productos químicos peligrosos, especialmente del sector industrial, deberán utilizar técnicas ambientalmente adecuadas que promuevan el reciclaje de los desechos y por tanto disminuyan la contaminación. Acuerdo Ministerial No. 161 Párrafo V X - La Pista BLANCA PIEDRA, realiza el triple lavado y perforado de todos los envases de productos químicos peligros para ser entregados a sus proveedores. 7.0 REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES 7.1 En el lugar de trabajo, provee en forma suficiente, de agua fresca y potable para consumo de los trabajadores. Art X - Se cuenta tanto en el área de producción y oficinas admirativas botellones de agua potable. 7.2 Los servicios higiénicos Estarán provistos permanentemente de papel higiénico y de recipientes especiales y cerrados para depósito de desechos. Art. 42. EXCUSADOS Y URINARIOS. 1. X Fotografía # 11 Los baños de la base se encuentran destinados para hombres, ya que en la pista solo laboran hombres. 7.3 Estarán provistos permanentemente de jabón o soluciones jabonosas. Art. 44. LAVABOS X Fotografía # 11 Al momento de la Inspección los baños se encontraban provistos de jabón. 7.4 Queda prohibido usar estos locales para funciones distintas a las que están destinadas y, en cualquier Art. 45. NORMAS COMUNES A X Fotografía # 11 El baño es utilizado solo para su necesidad biológica, la empresa Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 207

208 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST caso, los trabajadores mantendrán en perfecto estado de conservación tales servicios y locales. Todos los lugares de trabajo y tránsito deberán estar dotados de suficiente iluminación natural o artificial, para que el trabajador pueda efectuar sus labores con seguridad y sin daño para los ojos. Todas las puertas exteriores, ventanas practicables y pasillos de salida estarán claramente rotulados con señales indelebles y perfectamente iluminadas o fluorescentes. Los equipos de extinción de incendios deberán tener un mantenimiento periódico y someterlos a comprobaciones frecuentes de funcionamiento, por lo menos cada seis meses, de lo cual se dejará constancia en una etiqueta especial colocada en los mismos equipos. 7.8 Los operadores utilizan protectores auditivos en áreas en las que supera los 85 db A. LOS SERVICIOS HIGIÉNICOS. Art.56. ILUMINACIÓN, NIVELES MÍNIMOS. Art SEÑALES DE SALIDA Art. 86 Art. 40 X X X X Fotografía #1 Fotografía #12 Fotografía #3 - sanciona a los trabajadores que lo utilicen para cualquier otra actividad fuera de la normal. La iluminación natural en el día es excelente, sin embargo poseen de instalaciones de la pista. Las instalaciones de la Pista se encuentran parcialmente rotuladas y señalizadas. El extintores han sido sometidos a mantenimiento de recarga, lo cual dispone de su cartilla indicando la fecha de uso. Todos los trabajares que laboran en el área de plataforma del avión, abastecimiento y área de mezclado disponen de orejeras y tapones auditivos, listos a utilizarse en caso de ser necesarios. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 208

209 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 8.0 REGLAMENTO SUSTITUTIVO PARA LA OPERACIONES HIDROCARBURÍFERAS EN EL ECUADOR RAHOE Los tanques de almacenamiento se mantienen en cubetos impermeabilizados, cuyo volumen es igual o mayor al 110% del tanque mayor RAHOE Art. 25, b X Fotografía # 2 Los tanques de almacenamiento cuentan con cubetos de retención cuyo volumen es igual al 110 %. 8.2 Todos los equipos mecánicos tales como tanques de almacenamiento, tuberías de productos, motores eléctricos y de combustión interna estacionarios así como compresores, bombas y demás conexiones eléctricas, deben ser conectados a tierra. RAHOE Art. 25, d X - Todos los equipos mecánicos se encuentran conectados a tierra. 8.3 Los tanques de almacenamiento de combustible deberán ser protegidos contra la corrosión a fin de evitar daños que puedan causar filtraciones de combustible que contaminen el ambiente RAHOE Art. 25, e X Fotografía # 2 Los tanques de almacenamiento de combustible se encuentran protegidos contra la corrosión. 8.4 La descarga de combustibles se lo realiza acorde a las normas y procedimientos correspondientes: no fumar, no obstruir el tráfico RAHOE Art. 78, b X - La descarga de combustible se la realiza de acuerdo a las normas y procedimientos correspondientes. 8.5 Los sitios de almacenamiento de combustibles y/o lubricantes de un volumen mayor a 700 galones deberán tener cunetas con trampas de aceite que permitan la recolección de combustibles derramados y de su adecuado tratamiento y disposición. RAHOE Art. 25, g X Fotografía # 2 Los sitios de almacenamiento de combustibles y/o lubricantes cuentan con cubetos de seguridad. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 209

210 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 9.0 TÍTULO VII DEL SANEAMIENTO AMBIENTAL BANANERO DEL LIBRO II DEL TULSMAG 9.1 9,2 Se prohíbe a las compañías aplicadoras, los exportadores, los productores bananeros y compañías de agroquímicos, quemar al aire libre cualquier tipo de recipientes vacíos de plaguicidas y desechos plásticos provenientes de las actividades bananeras. Las compañías aeroatomizadoras deben organizar por lo menos una vez cada año, cursos, seminarios y/o talleres de actualización en el uso y manejo adecuado de productos químicos agrícolas para su personal de pilotos, mecánicos y abastecedores. Art. 12. CAPITULO V DE LAS COMPAÑÍAS APLICADORAS Art. 65. X X - En la Pista BLANCA PIEDRA no se queman los recipientes vacíos. El personal cuenta con la hoja de seguridad para actuar frente algún incidente por la inadecuada manipulación de estos productos químicos. 9.3 Se realizan entregas de EPP al personal para cada labor. TULSMAG Libro II Título VII X - En la Pista BLANCA PIEDRA si se realiza la entrega de EPP al personal para cada labor. 9.4 Colocación en sitios estratégicos de afiches, murales y señalética de precaución, entregado por las compañías en general, para que los trabajadores conozcan los riesgos a los que se exponen. TULSMAG Libro II Título VII X Fotografía #12 Si cuentan con señalética de precaución. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 210

211 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 10.0 RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL OPERACIONES DE AERONAVES DE USO AGRÍCOLA PUBLICADA EN EL R. O. SUPLEMENTO NO. 655 DEL 7 DE MARZO DE Cuenta con el respectivo Si cuenta con el respectivo Requerimientos X Anexos certificado de la ( DAC). certificado de la DAC. de la Aeronave Está equipada con cinturón de seguridad y arnés de hombros instalado para uso del piloto Requerimientos de la Aeronave. X - Si cuenta con cinturón de seguridad Toda actividad agrícola deberá disponer de todos los medios a su alcance, establecidos en el Manual Estándar de Operaciones, para prevenir daños sobre bienes y personas en la superficie, así como sobre el personal afectado a las operaciones. Medidas de prevención X - Si cuenta con manual estándar de operaciones Ningún piloto podrá detonar el sistema de aspersión de una aeronave plaguicidas y productos afines, sobre áreas sensitivas como: zonas pobladas, centros educativos, de salud, áreas recreacionales abiertas al público, cuerpo de aguas, granjas avícolas, colmenas, criaderos de animales entre otros; no menos de 200 metros de la periferia de los lugares antes citados. Ningún trabajador podrá laborar sin el equipo de protección personal especificado en la sección , o si éste se encuentre deteriorado. RDAC parte 137 Operaciones con aeronaves agrícolas. RDAC parte 137 Operaciones con aeronaves agrícolas. X X No hay reclamos por moradores del sector. No se realiza ninguna detonación del sistema de aspersión en zonas sensibles. Todos los operarios cuentan con el completo y correcto uso del EPP (Equipo de Protección Personal). Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 211

212 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST RESULTADOS RESULTADOS DE LA AUDITORIA AMBIENTAL CONFORMIDAD 29 NO CONFORMIDAD MENOR 13 NO CONFORMIDAD MAYOR 7 TOTAL 49 ANÁLISIS La matriz antes indicada, evaluará el cumplimiento legal de las actividades de la Pista BLANCA PIEDRA en la cual se describirán las medidas ambientales implantadas mediante identificadores verificables (fotografías, resultados de protocolos y resultados de monitoreos, informes técnicos, registros, entre otros), los cuales serán anexados al EIA Ex post como soporte. La Pista BLANCA PIEDRA Cumple de manera con un 59 % de la normativa ambiental vigente aplicable para las Pista Aero fumigadoras, el 26% para conformidad menor y 14% restante para conformidad mayor. CRITERIOS AUDITABLES. Entre los criterios de auditoría que se aplicarán para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental Ex-post, están los siguientes: Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación; Acuerdo Ministerial No. 161, Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos ; Norma de calidad ambiental y de descarga de efluentes: recurso agua; Norma de calidad ambiental del recurso suelo y criterios de remediación para suelos contaminados; Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición final de desechos sólidos no peligrosos; Cumplimiento del Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores; Reglamento Sustitutivo al Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador (RAHOE 1215). A fin de validar la información que la empresa proporcione, se establecerá las siguientes actividades entre el equipo consultor y el personal que labora en las instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA : Entrevistas in situ con el personal técnico-administrativo de la Pista BLANCA PIEDRA. Revisión de documentos: revisión de registros de la generación de desechos peligrosos y no peligrosos, registro de la realización de actividades relacionadas con seguridad industrial y salud ocupacional, revisión de información sobre producción, registros de consumo de materia prima, insumos y productos auxiliares. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 212

213 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE IMPACTOS La metodología presentada a continuación fue desarrollada en base a la Matriz Causa - Efecto, como parte de una investigación científica aceptada en la Escuela Politécnica Nacional en el año Desde esa fecha ha venido siendo utilizada; es así que desde el año ha sido utilizada por varias consultoras, adaptándolo a la evaluación cuantitativa y cualitativa de diversas actividades o procesos productivos. Para la identificación de los impactos se utiliza una matriz de interrelación factor Estudio acción, donde se valora la importancia de los factores versus la magnitud del impacto asociado a dicha interacción. Los valores de magnitud de los impactos se presentan en un rango de 1 a 10 para lo cual, se han calificado las características de los impactos de acuerdo a la tabla siguiente. Para la consecución de los objetivos del estudio, este se ejecutó basado en el conocimiento de las condiciones ambientales del área de influencia directa y el reconocimiento de las interrelaciones con el ecosistema. Valores de las características de los impactos NATURALEZA DURACIÓN REVERSIBILIDAD PROBABILIDAD INTENSIDAD EXTENSIÓN Benéfico = +1 Detrimente = -1 Temporal = 1 Permanente = 2 A corto plazo = 1 A largo plazo = 2 Poco Probable = 0.1 Elaboración: Baja = 1 Probable = 0.5 Media = 2 Cierto = 1 Alta = 3 Puntual = 1 Local = 2 Regional = 3 A.) Naturaleza: La naturaleza o carácter del impacto puede ser positiva (+), negativa (-), neutral o indiferente lo que implica ausencia de impactos significativos. Por tanto, cuando se determina que un impacto es adverso o negativo, se valora como -1 y cuando el impacto es benéfico, +1. B.) Intensidad: El desarrollo de los procesos y cada una de sus acciones, puede tener un efecto particular sobre cada componente ambiental. Alto: si el efecto es obvio o notable. Medio: si el efecto es notable pero difícil de medirse o de monitorear. Bajo: si el efecto es sutil o casi imperceptible. C.) Duración: Corresponde al tiempo que va a permanecer el efecto. Permanente: Si el período de duración es constante en los procesos de operación. Temporal: Si el período de duración es de menor tiempo y no se lo está realizando de manera constante y permanentemente en los procesos de operación. D.) Extensión: Corresponde a la extensión espacial y geográfica del impacto con relación al área de estudio. La escala adoptada para la valoración fue la siguiente: Regional: si el efecto o impacto sale de los límites del área de estudio. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 213

214 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Local: si el efecto se concentra en los límites de área de influencia donde se desarrollan los procesos. Puntual: si el efecto está limitado a la huella del impacto. E.) Reversibilidad: En función de su capacidad de recuperación. A corto plazo: Cuando un impacto puede ser asimilado por el propio entorno en el tiempo. A largo plazo: Cuando el efecto no es asimilado por el entorno o si es asimilado toma un tiempo considerable. F.) Probabilidad: Se entiende como el riesgo de ocurrencia del impacto y demuestra el grado de certidumbre en la aparición del mismo. Poco Probable: el impacto tiene una baja probabilidad de ocurrencia. Probable: el impacto tiene una media probabilidad de ocurrencia. Cierto: el impacto tiene una alta probabilidad de ocurrencia. M = Naturaleza * Probabilidad * (Duración + Reversibilidad +Intensidad + Extensión) De acuerdo a estos criterios y a la metodología de evaluación, los impactos positivos más altos tendrán un valor de 10 cuando se trate un impacto permanente, alto, local, reversible a largo plazo y cierto ó 10 cuando se trate de un impacto de similares características pero de carácter perjudicial o negativo. A cada factor ambiental escogido para el análisis se le ha dado un peso ponderado frente al conjunto de factores; este valor de importancia se establece del criterio y experiencia del equipo de profesionales a cargo de la elaboración del estudio. Al igual que la magnitud de los impactos se presenta en un rango de uno a diez. De esta forma, el valor total de la afectación se dará en un rango de 1 a 100 ó de 1 a 100 que resulta de multiplicar el valor de importancia del factor por el valor de magnitud del impacto. Rango Porcentual y Nivel de Significancia de los Impactos Rango Características Significancia E Muy significativo D Significativo C Medianamente significativo B Poco significativo A No significativo (-) A (-) no significativo (-) B (-) Poco significativo (-) C (-) Medianamente significativo (-) D (-)Significativo (-) E (-) Muy significativo Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 214

215 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS Con el listado de acciones del proyecto susceptibles de generar algún impacto y los elementos del medio (factores) que se pueden ver afectados, se realizara una primera matriz denominada Matriz de Identificación de Impactos, sobre lo que se marcaran aquellos cruces en los que se detecte algún impacto, así como un signo positivo y negativo. Por lo general todas las acciones tienen algún tipo de impacto ambiental, si bien unos pueden considerarse significativos (y, por lo tanto evaluable, evaluables) y otros no significativos (no determinantes para el estudio). El objetivo de la realización de esta matriz es también el de estimar que impactos van a ser evaluados y cuáles no, para concentrar los esfuerzos en aquellos realmente significativos. Asimismo, la realización de la matriz tendrá asociada una descripción justificada del impacto producido por cada acción del proyecto sobre cada uno de los elementos que definen el entorno ambiental, detallando aspectos como el momento que se produce, el recurso afectado, etc. Las matrices presentas dos componentes principales que son la base de casi todas las metodología: analizar por un lado las ACCIONES del proyecto o del emprendimiento, que generalmente se colocan en las COLUMNAS de la matriz, y por el otro, los FACTORES AMBIENTALES o COMPONENTES AMBIENTALES seleccionados en el estudio como aquellas mar representativas del ambienta donde se aplicara el proyecto o donde se desarrollará el mismo, que se colocan en las FILAS. Una vez establecida la Matriz, en cada una de las celdillas se colocara un atributo, es decir, definir cualidades, los cuales pueden ser: IMPACTOS POSITIVOS 1 INTENSIDAD BAJA 1 2 MEDIA 2 3 INTENSIDAD ALTA 3 IMPACTOS NEGATIVOS INFLUENCIA DEL IMPACTO D IND A continuación los Impactos más significativos, Positivos y Negativos, identificados en la PISTA BLANCA PIEDRA : Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 215

216 EIA EX POST Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DE LA PISTA BLANCA PIEDRA- AEROTRIUNFO CIA. LTDA. MATRIZ DE VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES GENERADOS EN LA PISTA BLANCA PIEDRA DE LA EMPRESA AEROTRIUNFO CIA. LTDA.

217 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MATRIZ DE LEOPOLD, VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES DE LA AEROFUMIGADORA AEROTRIUNFO CIA. LTDA. PISTA BLANCA PIEDRA Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 217

218 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST RESUMEN IMPACTOS POSITIVOS: % IMPACTOS NEGATIVOS: % TOTAL DE IMPACTOS % INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS IMPACTOS NEGATIVOS SOBRE LOS COMPONENTES AMBIENTALES CONDICIONES AFECTADAS AGREGACIÓN DE IMPACTOS AGUA SUPERFICIAL 3-21 AGUA SUBTERRANEA 3-1 SUELO AIRE 4-29 FLORA 2-8 FAUNA 3-10 TOTAL: IMPACTOS POSITIVOS SOBRE LOS COMPONENTES AMBIENTALES CONDICIONES AFECTADAS AGREGACIÓN DE IMPACTOS COMPONENTE HUMANO COMPONENTE SOCIOECNOMICO TOTAL: RESULTADOS PARÁMETROS AMBIENTALES POSITIVOS 141 PARÁMETROS AMBIENTALES NEGATIVOS -205 TOTAL: -64 ACCIONES POSITIVAS DEL PROYECTO CONDICIONES AFECTADAS AGREGACIÓN DE IMPACTOS MANTENIMIENTO PREVENTIVO 8 49 TRASLADO DE MATERIA PRIMA 8 30 LIMPIEZA DE ENVASES VACIOS 8 16 LIMPIEZA DE PLATAFORMA E IMPLEMENTOS 7 11 MANEJO DESECHOS NO PLEIGROSOS 6 13 TOTAL Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 218

219 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST ACCIONES NEGATIVAS DEL PROYECTO CONDICIONES AFECTADAS AGREGACIÓN DE IMPACTOS MEDICIONES Y MEZCLADO 3-40 PREPARACIÓN DE LA MEZCLA 1-26 CARGA PRODUCTO AERONAVE 1-1 DESPEGUE Y ATERRIZAJE AERONAVE 1-5 FUMIGACIÓN DE CULTIVOS 4-25 ALMACENAMIENTO DE ENVASES VACÍOS 3-7 DESCARGAS REMANENTES DE LA AVIONETA 1-2 MANEJO ACEITES LUBRICANTES Y COMBUSTIBLE 6-42 MANEJO DESECHOS PLEIGROSOS 5-35 TOTAL RESULTADOS PARÁMETROS AMBIENTALES POSITIVOS 119 PARÁMETROS AMBIENTALES NEGATIVOS -183 TOTAL: -64 ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS. Al observar la matriz de Identificación de Impactos, se puede apreciar que las actividades de la Pista BLANCA PIEDRA tales como: Mediciones y mezclado, preparación de la mezcla, carga product aero nave, despegue y aterizaje aero nave, fumigación cultivos, almacenamiento en vases vacios, descargas remanentes de la avioneta, manejo aceites lubricantes y combustible, manejo desechos peligrosos, concentran gran parte de la afectación a los factores ambientales. Calidad del Recurso Agua, Recurso Aire, Recurso Suelo CONCLUSIONES En la Valoración de Impactos Ambientales de la Pista BLANCA PIEDRA, se obtuvo una calificación de -64 lo cual la enmarca en el Rango de Significativo (-D). Como se puede observar en los resultados de evaluación los impactos negativos más significativos son los Causados por: Manejo de Combustible, manejo desechos peligrosos, mediciones y mezclado, preparación de la mezcla y fumigación de cultivos. Impactos negativos: Los impactos negativos se encuentran dentro del rango de Significativo (-D) lo que determina que el Impacto generado por la Pista BLANCA PIEDRA, es alto. Impactos positivos: En cuanto a las afectaciones positivas identificadas en el estudio se tiene al componente humano, el componente Socioeconómico; los dos primeros están en el rango de los significativo (+D). Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 219

220 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 11.- ANÁLISIS DE RIESGOS DE LA PISTA BLANCA PIEDRA RIESGOS ENDÓGENOS Y EXÓGENOS Los peligros ambientales (situaciones de riesgo) se identificaron y evaluaron en base a dos escenarios de calificación: Riesgos Operacionales y Ocupacionales (endógenos), Riesgos Ambientales (exógenos). Una vez identificados los riesgos, se procedió a su respectiva evaluación, para lo cual se consideró la siguiente metodología: SEVERIDAD DEL RIESGO: Bajo: No causa daño significativo al medio ambiente. Puede ser mitigado y controlado con recursos propios/ No hay daños físicos de persona / Daños materiales insignificantes. Moderado: Daño al medio ambiente en el sitio de trabajo. Puede ser mitigado / Lesiones leves al personal / Daños materiales poco significativos. Alto: Daño severo al medio ambiente. Puede ser mitigado / Lesiones graves al personal / Daños materiales significativos. Crítico: Daño irreversible al medio ambiente en el sitio o fuera de sus límites / Lesiones irreparables PROBABILIDAD DEL RIESGO: Improbable: El daño o accidente ocurrirá raras veces. Probable: El daño o accidente ocurrirá en algunas ocasiones. Frecuente: El daño o accidente ocurrirá siempre o casi siempre. Determinación de la Significancia de los Riesgos: Se calculará como el producto de su severidad por la probabilidad, de acuerdo al siguiente análisis: Tabla Severidad de los Riesgos SEVERIDAD PROBABILIDAD Los riesgos en situaciones de emergencia cuya significancia sea menor o igual a cuatro, se constituyen en riesgos tolerables. Los riesgos en situación de emergencia cuya significancia sea mayor que seis, se constituyen en riesgos no tolerables (significativos) para la organización. En la tabla 4-2 se demuestra la jerarquización del riesgo determinado. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 220

221 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Jerarquización del Riesgo Determinado RIESGO Tolerancia Significativo ACCIÓN REQUERIDA No se necesita mejorar la acción preventiva. Sin embargo se deben considerar soluciones más rentables o mejoras que no supongan una carga económica importante. Se requieren comprobaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control No se debe empezar el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo. Puede que se precisen recursos considerables para controlar el riesgo. Cuando el riesgo corresponda a un trabajo que se está realizando, debe remediarse el problema en un tiempo mínimo. Las principales medidas de prevención y minimización de riesgos significativos, se establecerán en el Plan de Contingencias respectivo RIESGOS OPERACIONALES Y OCUPACIONALES (ENDÓGENOS) Las actividades que se realizan en la Pista BLNCA PIEDRA, son llevadas a cabo por medio de grupos de trabajo técnico-profesionales, con suficiente experiencia y solvencia, lo cual constituye un factor positivo para minimizar la ocurrencia de riesgos de carácter físicos, sociales y ambientales. Sin embargo, es de fundamental importancia establecer las contingencias necesarias, en tal virtud, en esta sección se analizan los riesgos de seguridad y operacionales asociados a las actividades de Aero fumigación de cultivos banano. De otra parte, a partir del análisis del entorno que rodea a la operación de la Pista BLNCA PIEDRA, se determinarán las características de los bienes y propiedades aledañas que podrían correr algún riesgo a causa de las actividades de operación y mantenimiento, en base a la naturaleza del potencial riesgo. Las potenciales actividades a tomarse en consideración para la evaluación de los riesgos endógenos son los siguientes: Conatos de Incendios, Derrame de Hidrocarburos, Mezclado de Productos, Manejo desechos Peligrosos, Carga Producto Aero nave, Descargas Remanentes de la Avioneta, Fumigación de Cultivos. Análisis de Riesgos Operacionales de la Pista BLANCA PIEDRA RIESGO PROBABILIDAD SEVERIDAD SIGNIFICANCIA JERARQUIZACIÓN Conatos de Incendios Tolerable Derrame de Hidrocarburos Significativo Mezclado de Productos Significativo Manejo Desechos Peligrosos Tolerable Carga Producto Aero nave Significativo Descargas Remanentes de la Avioneta Significativo Fumigación de Cultivos Significativo Elaborado: Del análisis de la tabla, se concluye que las probabilidades de ocurrencia de riesgos de las actividades en la Pista BLANCA PIEDRA, en lo referente a la posibilidad de incendios y/o Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 221

222 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST explosión, derrames de hidrocarburos, son de baja ocurrencia, sin embargo en el caso de ocurrir su efecto sería significativo y tolerable. En lo referente a Mezclado de Productos, Manejo Desechos Peligrosos, Carga Producto Aero Nave, Descargas Remanentes de la Avioneta, Fumigación de Cultivos, son de Probabilidad frecuente y severidad alto y crítico. Para esto se elaborará un Plan de Contingencias realizado por La Empresa AEROTRIUNFO CIA. LTDA en su Pista BLANCA PIEDRA RIESGOS NATURALES El Cantón Simón Bolívar está sujeto a riesgos naturales como; sismos, inundaciones y terremotos. Además tenemos el Fenómeno del Niño, a continuación se detallarán cada uno de los desastres naturales del Cantón Simón Bolívar AMENAZA POR INUNDACIÓN En el Cantón Simón Bolívar durante los inviernos de los años y 2.002, el río Los Amarillos tuvo grandes avenidas con desbordamientos de sus aguas causando graves perjuicios a la población especialmente en lo concerniente a la pérdida de sus sembríos y cosechas de banano, cacao, caña de azúcar y maíz. Asimismo, en todos los inviernos anteriores, las aguas de Los Amarillos se han desbordado a la altura del Malecón 10 de Agosto y del Malecón 12 de Octubre ubicados en la cabecera cantonal, sumado a otros populares sectores. Los Amarillos se desborda además debido a que se azolva fácilmente por efectos del arrastre de sedimentos causados por la lluvia, sumado al desgaste natural del suelo provocado por la erosión lo que ocasiona la inestabilidad de las riberas del mencionado río. AREAS PROSPENSA A INUNDARSE El Cantón Simón Bolívar está irrigado por las subcuentas del Río Chilintomo, en el límite noreste con la provincia de Los Ríos; y, del Río Los Amarillos, ubicado hacia el centro y oeste del cantón. Además de la micro cuenca del Río Chico, los Esteros Ñauza y Semibofe. Estos micros cuencas cubren aproximadamente el 80 % del área del Cantón, equivalente aproximadamente a ,08 Has., irrigando una zona altamente productiva durante todo el año. INUNACIONES EN EL SECTOR RURAL SECTOR MEDICIÓN OBSERVACIÓN 30% Este sector es muy bajo y en época invernal se inunda se han colocado alcantarillas y TANQUE AMARILLO se han hecho limpiezas de los canales para desviar las aguas lluvias. 20% Inundación del estero en época invernal hacia la ESTERO SEMIBOFE ciudadela Miraflores Nº 2 afectando 108 familias. 14% Terrenos bajos que época POZA DE PATO invernal se inundan por desbordamiento de esteros. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 222

223 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 11% Terrenos bajos que época CONGO #1 invernal se inundan por desbordamiento de esteros. 10% Terrenos bajos que época CONGO #3 invernal se inundan por desbordamiento de esteros. 8% Terrenos bajos que época BELLA SOMBRA invernal se inundan por desbordamiento de esteros. 5% Terrenos bajos que época LIMONAL invernal se inundan por desbordamiento de esteros. 2% Desbordamiento del rio Los HCDA. VENECIA Amarillos por causa de erosión. TOTAL 100% FUENTE: Plan de desarrollo y Ordenamiento territorial Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 223

224 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST AMENAZA POR SEQUÍA El Gobierno Autónomo Descentralizado de Simón Bolívar, trabajó en forma conjunta con el COPEFEN (Unidad Coordinadora del Programa de Emergencia para afrontar Fenómenos Naturales), mediante la suscripción de un Convenio Interinstitucional, para limpiar y desazolvar las aguas del río Los Amarillos en una longitud de 11 Km., en los meses comprendidos desde noviembre del 2004 a mayo del 2005, logrando con éxito que las aguas del río retomen su cauce natural. Es decir que, un significativo valor agregado tuviera la ejecución del presente proyecto en el momento en que no solo estabiliza las riberas del río y contiene los posibles desbordamientos sino que además protege y conserva la obra y la inversión realizada el año anterior por el Gobierno Autónomo Municipal y el COPEFEN con la limpieza y desazolve del río, para de esta manera poder controlar la sequía. La sequía en los ríos y lagunas, se origina porque los grandes agricultores tienen sistemas de regios con bombas de grandes proporciones donde se concentra la mayor cantidad de agua. En las riberas de los ríos hay un promedio de unas 100 bombas grandes donde succionan la poca afluencia de agua que emanan las cordilleras y por la época estacional. FUENTE: Semplades Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 224

225 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST TERREMOTOS El Ecuador se encuentra ubicado sobre la zona denominada cinturón de Fuego del Pacífico, la misma que es una zona caracterizada por conectar algunas de las zonas de subducción más importante del mundo, lo que ocasiona una intensa actividad sísmica y volcánica. En lo referente a amenazas sísmicas en el ecuador tenemos según la incidencia de eventos de origen natural registrados con anterioridad, al territorio del ecuador se lo ha clasificado en cuatro zonas definidas para determinar los niveles de amenaza física a partir de la aceleración máxima efectiva en la roca esperada para un sismo. Teniendo de esa manera que la zona I corresponde a la porción del territorio con menor peligro, mientras que la Zona IV corresponde a región con mayor peligro sísmico. Bajo estos criterios, el Cantón Simón Bolívar se encuentra en la Zona IV, nivel de amenaza sísmica mayor. Elaborado: Fuente: INHAMI Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 225

226 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST RIESGO PROBABILIDAD SEVERIDAD SIGNIFICANCIA JERARQUIZACIÓN Inundación Significativo Sequia Significativo Terremotos Significativo Los Impactos del Ambiente que Influyen al proyecto en su mayoría son de Probabilidad alta, los cuales tenemos: Inundación y sequía este tipo de Impacto es alto porque el proyecto se encuentran dentro zonas vulnerables; el resto de riesgos si llegaran a suceder serian de severidad media DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA O DE GESTIÓN DEFINICIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA El área de influencia está considerada como el espacio donde se presentan los posibles impactos ambientales y sociales derivados de la implementación de un Proyecto. Para determinar el área de influencia de una determinada actividad, se analizan los criterios que tienen relación con el alcance geográfico, las actividades de operación de cada uno de los procesos que se desarrollan dentro de la Pista BLANCA PIEDRA y además de la población aledañas al área de las instalaciones, los Impactos Ambientales Positivos o Negativos, Diagnostico Ambiental. El área de influencia o entorno constituye la fracción del ambiente que interacciona con la Pista BLANCA PIEDRA en términos de entradas (recursos, materias primas, mano de obra, espacio, mezcla de productos químicos, almacenamiento de combustible) y salidas (fumigación de banano, despegue de avionetas, envases de productos químicos, dispersión de remanentes de la avioneta, residuos sólidos y líquidos,). Los límites ecológicos están determinados por las escalas temporales y espaciales, sobre las cuales se prevé existan impactos o efectos al entorno social o natural. Para el ambiente natural la escala es variable. Ésta depende de la calidad del entorno o de sus recursos. Así, dependiendo del caso, puede haber una escala de mayor o menor duración. El área espacial de los efectos sobre el componente ecológico natural, se limita a los sitios donde la Pista BLANCA PIEDRA, tendrá intervención en el medio circundante, es decir, durante la operación. El entorno social, por su parte, tendrá relación con el grupo social que es afectado. Los Impactos Ambientales Generados por el Proyecto son de Rango Poco Significativo calificación 10, Lo cual afectaría en menor proporción al entorno, los impactos significativos al ambiente son manejo de desechos Peligrosos, tratamiento de efluentes, manejo de hidrocarburos, estos Impactos pueden repercutir a las áreas sensibles de la Pista BLANCA PIEDRA. De otra parte, considerando la dimensión física, tanto las descargas líquidas y los desechos sólidos (peligrosos y no peligrosos) que actualmente se generan en la Pista BLANCA PIEDRA, pueden trascender desde el ámbito local hasta el regional, considerando los factores Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 226

227 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST ambientales y climáticos como son lluvias, vientos, temperatura y humedad relativa, que influyen en la dispersión de las sustancias contaminantes en la fumigación de cultivos de banano. ÁREA DE INFLUENCIA SOCIAL DIRECTA: Es el espacio social resultado de las interacciones directas, de uno o varios elementos del proyecto o actividad, con uno o varios elementos del contexto social donde se implantará el proyecto. La relación social directa proyecto-entorno social se da en por lo menos dos niveles de integración social: unidades individuales (fincas, viviendas y sus correspondientes propietarios) y organizaciones sociales de primer y segundo orden (Comunidades, recintos, barrios y asociaciones de organizaciones) en el caso de la Pista BLANCA PIEDRA alrededor solo se encuentran cultivos de Banano y ciclo corto. La identificación de los elementos individuales del AISD se realiza en función de orientar las acciones de indemnización, mientras que la identificación de las comunidades, barrios y organizaciones de primer y segundo orden que conforman el AISD se realiza en función de establecer acciones de compensación, la Pista BLANCA PIEDRA está rodeada por pequeñas comunas. ÁREA DE INFLUENCIA SOCIAL INDIRECTA: Espacio socio institucional que resulta de la relación del proyecto con las unidades políticoterritoriales donde se desarrolla el proyecto: parroquia, cantón y/o provincia. El motivo de la relación es el papel del proyecto y/o actividad en el ordenamiento del territorio local. Si bien se fundamenta en la ubicación político-administrativa del proyecto, pueden existir otras unidades territoriales que resultan relevantes para la gestión socio ambiental del proyecto como las Circunscripciones Territoriales Indígenas, o Áreas Protegidas, Mancomunidades Municipales ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA Se entiende por Área de Influencia Directa, como el ámbito geográfico donde se presentarán de manera evidente los impactos ambientales y socioculturales ; al respecto es importante indicar que la determinación exacta de la extensión de los impactos es un proceso técnico complejo. Por lo tanto, se dividirá el área de influencia directa en: Área de intervención y el área de influencia directa propiamente dicha. Antes de definir estas áreas se debe tener claro el concepto de impacto ambiental que es definido como la alteración, favorable o desfavorable, del medio o de un componente del medio, fruto de una actividad o acción (Conesa, 1997: 25), por lo tanto el área de intervención corresponderá a los sitios, instalaciones o áreas auxiliares que serán utilizadas durante las operaciones de la Granja; es decir donde el impacto es totalmente evidente. Y para definir el área de influencia directa propiamente dicha, estaría dada por el alcance geográfico de los impactos o efectos a uno o varios componentes del entorno natural o social, como es el caso de la contaminación hídrica, contaminación atmosférica, incremento de los niveles de ruido por bombas de riego, es decir, donde el impacto es evidente para los usuarios internos y externos de las instalaciones. Para efectos prácticos, se ha tomado como área de influencia directa al sector de la Pista BLANCA PIEDRA, donde se realizarán todas las ACTIVIDADES DE AEROFUMIGACIÓN DE Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 227

228 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST CULTIVOS DE BANANO, comprendiendo mediante un rango de acción o un desfase a partir de 200 metros lineales a la periferia de la Pista. Con estas consideraciones se identifica que el área de influencia directa de la Pista BLANCA PIEDRA comprende los siguientes sectores: CULTIVO DE BANANO PISTA DE ATERRIZAJE COMUNA VÍA PRINCIPAL CULTIVO DE BANANO 200 mts CULTIVO DE CICLO CORTO Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 228

229 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST SECTOR NORTE SECTOR SUR SECTOR ESTE SECTOR OESTE Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 229

230 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA Está determinada por los cambios o efectos que la Pista BLANCA PIEDRA generará sobre los componentes naturales y sociales del entorno debido a los impactos ambientales determinados. Desde el punto de vista físico, el alcance de esta fase considera a la Pista BLANCA PIEDRA en las que realizan las ACTIVIDADES DE AEROFUMIGACIÓN DE CULTIVOS DE BANANO, y que afectan la población circundante, por tanto, como se valoran los residuos sólidos, líquidos y emisiones producidos en forma general, y está determinado en un rango de 500 metros lineales a la periferia. En Lo que respecta al área social Indirecta, la División Político- administrativa es el Cantón Simón Bolívar el cual realizara inspecciones ambientales y emitirá sanciones con el fin de Compensar el recurso ambiental que se vean afectados, también emitió el Certificado de Factibilidad de uso de suelo de la Pista BLANCA PIEDRA en la cual Indica que el Suelo es netamente Agrícola Industrial se encuentra ubicado en el Sector Río Milagro, Parroquia Lorenzo Garaicoa, Cantón Simón Bolívar. Con estas consideraciones se identifica que el área de influencia directa de la Pista BLANCA PIEDRA comprende los siguientes sectores: MARISCAL SUCRE LORENZO GARAICOA CULTIVO DE BANANO PISTA ATERRIZAJE VEGETACIÓN ENDÉMICA COMUNA CULTIVO DE BANANO 500 mts LA UNIÓN Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 230

231 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST SECTOR NORTE SECTOR SUR SECTOR NORTE SECTOR SUR Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 231

232 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST ÁREAS SENSIBLES El criterio básico para la definición de las condiciones de sensibilidad radicó en la dinámica interna de funcionamiento del ecosistema existente en el Área de Influencia o del Sistema Social. La mayor o menor sensibilidad, depende, entonces del grado de conservación o intervención del área de la Pista BLANCA PIEDRA en términos ambientales. Y en el campo social por las características internas de los grupos del área y, el grado de cohesión de la dinámica social interna. Se determinó la Sensibilidad Abiótica, Biótica y, Socio-Económica y Cultural, con la finalidad de caracterizar el estado de sensibilidad; para ello, se consideraron tres niveles de susceptibilidad: Susceptibilidad Baja: Efectos poco significativos sobre los factores ambientales o las esferas sociales comprometidas. No se producen modificaciones esenciales en las condiciones de vida, hábitats, prácticas sociales y representaciones simbólicas del componente ambiental y socioeconómico. Estas son consideradas dentro del desenvolvimiento normal de la Pista BLANCA PIEDRA. Susceptibilidad Media: El nivel de intervención ha transformado, de forma moderada, las condiciones ambientales y, económico-sociales y se pueden controlar con Planes de Manejo Socio-Ambiental. Susceptibilidad Alta: Las consecuencias de las operaciones de la Pista BLANCA PIEDRA implican modificaciones profundas sobre los ecosistemas y la estructura social que dificultan la lógica de reproducción sistémica y social de los factores y grupos intervenidos SENSIBILIDAD ABIÓTICA No existen factores físicos sensibles en los sitios o en las Áreas de Influencia donde se encuentra instalada la Pista BLANCA PIEDRA, que puedan afectarse por las actividades de operación y mantenimiento SENSIBILIDAD BIÓTICA Se registraron Zonas de baja Sensibilidad, debido a los pocos expuestos que estarían expuestos los sitios. La flora existente en el Área de Influencia presenta sensibilidad baja, debido a que es un área totalmente intervenida. Sin embargo, durante las visitas de campo, se observaron descargas de efluentes residuales al pozo de reciclajes, mala disposición basura en las instalaciones, desechos o vertidos de combustibles, aceites y carburantes; En la siguiente Tabla se detalla y califican los niveles de susceptibilidad biótica de acuerdo a los ámbitos sensibles específicos: Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 232

233 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST FACTOR SENSIBILIDAD DEL FACTOR FACTOR DEBIDO A LAS INSTALACIONES Y OPERACIONES DE LA PISTA BLANCA PIEDRA Flora Media Media Fauna Baja Baja Agua Alta Alta EXPLICACIÓN MEDIO ÁREA DE Dentro del Área de Influencia de la Pista BLANCA PIEDRA se ve medianamente afectada la cobertura de Vegetación presente en el sitio. Las operaciones de la Pista BLANCA PIEDRA no inciden en el Ecosistema del área de Influencia. Las operaciones de la Pista BLANCA PIEDRA inciden de manera alta en el Ecosistema. Los pozos sépticos sirven como cuerpos receptores de las descargas, las cuales tienen concentración de Sólidos, DBO, DQO, Coliformes Fecales, etc SENSIBILIDAD SOCIOECONÓMICA Y CULTURAL Está determinada por el posible debilitamiento de los factores que componen una estructura social, proceso originado por la intervención de grupos humanos externos a la misma. En concreto la sensibilidad se expresa en las relaciones sociales, económicas y culturales que configuran el sistema social general de la zona. En este sentido es necesario destacar que la sensibilidad para el área de influencia no es homogénea, la sensibilidad de esta población depende ante todo del grado y tipo de integración de la sociedad local a la sociedad nacional. Ahora bien, la susceptibilidad socioeconómica y cultural se definió por los ámbitos capaces de generar conflictividad por las operaciones u actividades de la Pista BLANCA PIEDRA. En consecuencia, la definición de sensibilidad socioeconómica y cultural se determinó en dos niveles. Por un lado, entorno a Áreas Sensibles con localización espacial relacionadas con los procesos de reproducción económica y asentamiento residencial. Por otro lado, en torno a factores de sensibilidad, que se vinculan a la dinámica. FACTOR SENSIBILIDAD DEL FACTOR FACTOR DEBIDO A LAS INSTALACIONES Y OPERACIONES DE LA PISTA BLANCA PIEDRA EXPLICACIÓN MEDIO ÁREA DE Salud Media Alta La Salud se puede ver afectada por las operaciones de Aerofumigación realizadas en la Pista BLANCA PIEDRA. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 233

234 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST La Sensibilidad es Positiva ya que la Pista BLANCA Economía Nula Media PIEDRA aporta a la Economía del sector brindando trabajo. Educación Nula Baja No existe afectación alguna ya que dentro de la zona de Influencia no se encuentra ningún centro educativo. La Pista BLANCA PIEDRA tiene relaciones con los Organización Nula Baja vecinos del sector, ya que el sector está parcialmente poblado. No existen alteraciones Cultura Nula Baja culturales en el sector del área de influencia. Elaborado por: VECINOS DEL SECTOR NORTE VECINOS SEL SECTOR SUR Elaborado por: Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 234

235 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 13.- PLAN DE MANEJO AMBIENTAL INTRODUCCIÓN El Plan de Manejo Ambiental (PMA) ha sido establecido para proteger al personal que labora dentro de las instalaciones, así como a las comunidades más próximas de la Pista BLANCA PIEDRA y a los componentes del ecosistema natural que constituyen el entorno de las instalaciones donde se desarrollan las operaciones normales dentro de la misma. El presente Plan de Manejo Ambiental ha sido diseñado para prevenir, mitigar, compensar y monitorear los impactos ambientales negativos basado en las No Conformidades (mayores y menores) las cuales surgen de la evaluación ambiental ex post realizada a las instalaciones y operaciones existentes en la Pista BLANCA PIEDRA. El PMA propone medidas ambientales preventivas, de control, de mitigación, de compensación, de contingencia, monitoreo, capacitación y seguimiento, para lo cual se presenta un formato de Fichas Ambientales enmarcadas en una serie de programas que deben ser cumplidos, tanto por la Pista BLANCA PIEDRA como por sus usuarios externos, a fin de cumplir con el marco legal ambiental ecuatoriano. Finalmente, el Plan de Manejo Ambiental deberá ser entendido como una herramienta dinámica, y por lo tanto variable en el tiempo, el cual deberá ser actualizado y mejorado en la medida en que los procedimientos y prácticas de las actividades operativas de la Pista BLANCA PIEDRA se vayan modificando o implementando nuevas tecnologías. Esto implica que el personal de Pista BLANCA PIEDRA mantenga un compromiso hacia el mejoramiento continuo de los aspectos ambientales presentes en los procesos e instalaciones existentes. OBJETIVOS Y ESTRUCTURA DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL El Plan de Manejo Ambiental (PMA) propuesto tiene como objetivos: Asegurar que las instalaciones y operaciones existentes cumplan con las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas ambientales vigentes en el Ecuador. Prevenir, minimizar, controlar y monitorear los impactos ambientales existentes sobre el entorno de la Pista BLANCA PIEDRA. Proporcionar al personal administrativo y operativo un instructivo para el manejo ambientalmente correcto de las actividades, que permitan preservar el entorno y cumplir con lo establecido en la Legislación Ambiental vigente y aplicable. RESPONSABILIDAD Y VERIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN La Gestión Ambiental a desarrollarse durante las operaciones de la Pista BLANCA PIEDRA, deberá establecer líneas claras de responsabilidad referente a los aspectos ambientales identificados como significativos de forma tal que éstos puedan ser previstos y controlados, con el respaldo de monitoreo periódicos durante la operación de la misma. Además, deberá proveer las políticas de administración que aseguren la implementación del Plan de Manejo Ambiental. La responsabilidad de la ejecución de este Plan de Manejo Ambiental en primera instancia es de los supervisores ambientales; sin embargo existe la corresponsabilidad por parte de los Jefe Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 235

236 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST o responsable del área ambiental de la Pista BLANCA PIEDRA. Así mismo, la Gerencia General y/o Administración de Pista BLANCA PIEDRA debe comprometerse con el desarrollo exitoso de la gestión ambiental de las instalaciones. ESTRUCTURA La estructura del Plan de Manejo Ambiental (PMA) será la siguiente: El PMA proporcionará una conexión esencial entre los impactos constatados (hallazgos) y las medidas ambientales especificadas y entre los resultados del análisis de impactos y la implementación y/o actividades operacionales. Este plan se desarrollará en función de la Legislación Ambiental Secundaria, las Políticas de Pista BLANCA PIEDRA en cuanto a Seguridad, Salud y Protección Ambiental. El propósito del PMA será asegurar que las políticas ambientales generales de Pista BLANCA PIEDRA y las medidas ambientales especificadas en el Estudio de Impacto Ambiental, sean cumplidas a cabalidad, para lo cual se estructuraron las respectivas fichas ambientales. El diseño de cada medida se describe a través de FICHAS AMBIENTALES, las cuales tienen por objeto resumir la información clave para la aplicación de las mismas. A continuación se muestran los aspectos contemplados en cada ficha ambiental: Nombre de la medida Objetivo Lugar de Aplicación Responsable Aspecto Ambiental Impactos Identificados Medidas Propuestas Medio de Verificación Indicadores Plazo El Plan de Manejo Ambiental que la Pista BLANCA PIEDRA plantea, se subdivide en una serie de planes, los cuales se mencionan a continuación: Plan de Análisis de Riesgos y de Alternativas de Prevención Plan de Prevención, Control y Mitigación de Impactos Ambientales Negativos Plan de Manejo de Desechos Peligrosos y no Peligrosos Plan d Comunicación y Capacitación Plan de Relaciones Comunitarias Plan de Contingencias Plan de Salud y Seguridad Ocupacional Plan de Monitoreo y Seguimiento Ambiental Plan de Rehabilitación Plan General de Abandono Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 236

237 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST PLAN DE ANÁLISIS DE RIESGOS Y ALTERNATIVAS DE PREVENCIÓN PROGRAMA DE ANÁLISIS DE RIESGOS Y PREVENCIÓN Objetivos: Garantizar y establecer una evaluación de los riesgos que pueden darse en la Pista BLANCA PIEDRA. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA PAP-01 ASPECTO AMBIENTAL Generación de Residuos. Emisiones gaseosas o lluvia ácida. IMPACTO IDENTIFICADO Riesgo alteración calidad del Aire. Riesgos contaminación al Suelo. Salud e integridad física de los trabajadores. Responsable: Gerente/ Administrador de la PISTA BLANCA PIEDRA MEDIO DE MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES VERIFICACIÓN Llevar un mantenimiento y control periódico de las avionetas, con el objetivo de corregir los defectos que pudieran afectar a la seguridad y salud de los trabajadores. Tener una buena elección de los puestos de las avionetas y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condiciones de acceso y la determinación de las vías o zonas de desplazamiento o circulación. Realizar un buen almacenamiento de los químicos, aceites lubricantes, etc., después que se hayan manipulado ya que estos al estar a exposición a la luz solar emiten vapores o lluvias ácidas, hacia la atmósfera. Las avionetas se encuentran en buen estado y funcionamiento. Los desechos tales como químicos, aceites lubricantes, guaipes son almacenados en la bodega desechos peligrosos. Facturas, de mantenimiento de las avionetas. PLAZO (meses) Durante el sexto y doceavo mes. Permanente Permanente Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 237

238 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Al momento del despegue de las avionetas, tener en cuenta que no se encuentre nadie haciendo alguna labor dentro de la pista. Al momento de la descarga de combustible, tener posibles precauciones ante cualquier derrame dentro de la Pista. Colocar señalética en el área de almacenamiento de combustibles, que esté prohibido fumar. En el área mantenimiento de las avionetas no realizar ningún tipo de descargas de aceite lubricantes, grasas, combustibles hacia el área superficial del suelo. Realizar la manipulación correcta de los materiales o sustancias peligrosos utilizados dentro de la Pista BLANCA PIEDRA. Tener manuales de instrucciones de las avionetas en castellano, para posibles emergencias. Se debe realizar chequeos médicos semestrales, a los pilotos y empleados de la Pista BLANCA PIEDRA. Fotografías, inspecciones técnicas. Facturas de chequeos médicos al personal. Manuales de instrucción de las avionetas. Permanente Permanente Durante el Tercer y Cuarto mes. Permanente Permanente Durante el sexto y doceavo mes. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 238

239 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN Objetivos: Proponer un conjunto de acciones de corto y mediano plazo, que los responsables de la Pista BLANCA PIEDRA ejecutarán para minimizar, prevenir o controlar los impactos determinados en el desarrollo del EIA. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA PPM-02 Responsable: Gerente/ Administrador de la Pista BLANCA PIEDRA. ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN PLAZO (meses) Riesgo de derrame y Manejo de productos químicos peligrosos. Contaminación de los recursos suelo y agua por inadecuado manejo, transporte y almacenamiento de tanques combustible o derivados de hidrocarburos que se encuentran en las instalaciones de la Pista. Mantener en la Bodega de productos químicos peligrosos las Hojas de Seguridad de todos los productos almacenados y manejados en la Pista. Mantener los materiales necesarios para contención de derrames (arena) para enfrentar y controlar una emergencia. En el área donde se realiza las mezclas de los productos químicos peligrosos (Mezcladora),deberá de seguir los siguientes criterios generales: -Las conexiones eléctricas deben aislarse con material mineral, o bien se debe usar cable armado con conexiones resistentes al fuego y al polvo. Áreas de almacenamiento adecuadas, señalizadas y rotuladas de acuerdo a las normas de seguridad. Registro de entradas y salidas de productos químicos peligrosos. Reportes de hallazgos durante inspecciones de cumplimiento. Permanente Permanente Durante el Tercer mes. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 239

240 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Riesgo de derrame y Manejo de combustible Contaminación de los recursos suelo y agua por inadecuado manejo, transporte y almacenamiento de tanques combustible o derivados de hidrocarburos que se encuentran en las instalaciones de la Base. -Debe poseer una señalización y rotulación de Seguridad Industrial adecuada donde conste el nivel de riesgos. -Se debe de indicar por medio de rotulación los Equipos de Protección Personal adecuado a utilizar para el manejo de los productos químicos peligrosos. -Instalar duchas de emergencia, lavaojos en el área de mezclado. -Rotular e identificar las duchas de emergencia que se encuentran en las Instalaciones para en caso de usarlas sean de fácil identificación. -Rotular e identificar los tanques que contienen material absorbente (arena) para en caso de producirse derrames de productos químicos sean de fácil identificación. -Implementar un registro de Entrada y Salida de productos químicos peligrosos. Existe un adecuado manejo y control de los productos químicos utilizados lo cual se evidencia en la bitácora y reportes de hallazgos de inspecciones. Las Hojas de Seguridad de los Productos Químicos se encuentran en la Bodega de productos químicos y en el área de mezclado de productos. Registro fotográfico de las medidas realizadas. Hojas de Seguridad de los Productos Químicos. Inspecciones técnicas. Durante el Cuarto mes. Durante el Cuarto mes. Durante el Cuarto y Quinto mes. Permanente El área de almacenamiento de combustibles y derivados de hidrocarburos de la Pista BLANCA PIEDRA deberá contar con las siguientes especificaciones: Existe un manejo adecuado de combustibles y se realizan inspecciones Permanente Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 240

241 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST -Mantener los materiales necesarios para contención de derrames (arena) para enfrentar y controlar una emergencia. periódicas con el fin de garantizar el correcto manejo de los mismos. Diseños técnicos, planos de adecuaciones. -Durante la operación y mantenimiento se dispondrá, para respuesta inmediata ante cualquier contingencia, del equipo y materiales necesarios así como personal capacitado especificados en el Plan de Contingencias del Plan de Manejo Ambiental, y se realizarán periódicamente los respectivos entrenamientos y simulacros, para lo cual se deberá llevar un registro. -Todos los equipos mecánicos tales como tanques de almacenamiento, tuberías de productos, motores eléctricos y de combustión interna estacionarios así como compresores, bombas y demás conexiones eléctricas, deben ser conectados a tierra. -Los vehículos que desarrollarán las actividades de abastecimiento de combustible deberán poseer las autorizaciones respectivas de la Dirección Nacional de Hidrocarburos DNH. Construir cubetos de contención con una capacidad mayor al 110% de los tanques de almacenamiento. -Impermeabilización de los cubetos de retención. La Pista BLANCA PIEDRA cuenta con áreas de almacenamiento de combustibles, aceites acorde a la normativa ambiental vigente. Las áreas de almacenamiento de combustibles y derivados de hidrocarburos cumplen con las medidas necesarias para prevenir el riesgo de contaminación por derrame u otra contingencia. Registros de Capacitaciones sobre manejo de combustibles y simulacros efectuados. Registro Fotográfico de implementación de medidas. Autorizaciones de la Dirección Nacional de Hidrocarburos. Señales de seguridad instaladas en el área de almacenamiento Permanente Durante el Segundo y Tercer mes. Durante el Quinto mes. Durante el Segundo y Tercer mes. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 241

242 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DESECHOS LÍQUIDOS Objetivos: Garantizar y establecer un manejo adecuado de los desechos líquidos de la Pista BLANCA PIEDRA. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA PMD-03 ASPECTO AMBIENTAL Descargas de aguas residuales industriales. IMPACTO IDENTIFICADO Concentración de hidrocarburos totales, pesticidas y organofosforad o, obtenida de los resultados analíticos de la muestra de las aguas residuales industriales de los pozos de reciclaje perteneciente a las instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA. Responsable: Gerente/ Administrador de la PISTA BLANCA PIEDRA MEDIO DE MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES VERIFICACIÓN Realizar un Estudio de Calidad las Aguas Residuales Industriales generadas en las instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA, con el fin de realizar una caracterización y tratamiento de las mismas, el cual conlleve a emplear el tipo de tratamiento óptimo para la eliminación de los contaminantes que contienen dichas aguas residuales. Los residuos de agroquímicos derramados tanto en plataforma como en cualquier sitio de las instalaciones de la pista deberán ser dirigidos por medio de canales, tuberías y sumideros a los pozos de reciclaje. Las aguas residuales domesticas del lavado de la ropa de los trabajadores con residuos de productos químicos deberán de estar canalizadas por tuberías hacia el pozo séptico. Resultados del Estudio de Calidad de las Aguas Residuales Industriales. Registro fotográfico del área de almacenamiento temporal. Análisis y Resultados del Estudio de Aguas Residuales Industriales. PLAZO (meses) Durante el Primer mes del año. Permanente Permanente Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 242

243 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Descargas de aguas residuales industriales Contaminación de las aguas superficiales y subterráneas. Todas las Aguas residuales Industriales generadas en la Base deben de conducirse por medio de canales, sumideros y tuberías al pozo de reciclaje de aguas residuales para su reusó en los procesos productivos y evitar la descarga de estos. Ubicación de señales que indique la PROHIBICIÓN DE DESCARGA DE LOS EFLUENTES (agua contaminada resultante de las operaciones de la Pista) a los cuerpos de agua cercanos. Se llevará a cabo la construcción de una planta de tratamiento de aguas en la Pista, la cual tiene que ser monitoreada y llevar un mantenimiento. Se deberá efectuar las limpiezas respectivas al pozo de reciclaje semestralmente, los lodos o residuos sólidos (peligrosos) y los residuos líquidos generados en el mantenimiento y limpieza de los mismos los cuales serán eliminados a través de un gestor autorizado para el manejo y destrucción de los mismos. Se efectuara la limpieza de los sistemas de recolección, canales y sumideros de aguas residuales de la Pista cada vez que se efectúen procesos de producción de mezclas. La Pista cuenta adecuaciones en la estructura para la conducción y almacenamiento de las aguas residuales y evitar posible contaminación ambiental las aguas subterráneas y de escorrentía. Se llevara un Registro de generación de lodos y residuos líquidos generados por unidad de tiempo. Planos y diseños de la nueva infraestructura instalada. Estudio de Conservación del Agua de Reciclaje Registro fotográfico de la construcción y funcionamiento de la infraestructura. Registros de la limpieza del pozo de reciclaje. Permanente Durante el Cuarto mes Durante el Séptimo mes Durante el Sexto y Doceavo mes Permanente Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 243

244 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Revisar y diagnosticar anualmente el estado de la infraestructura, a través de pruebas en la cual se evalúen posibles fisuras actuales del pozo de reciclaje y sistema de tuberías. Se deberá instalar un sitio establecido para el secado de los lodos provenientes del pozo de reciclaje, el cual deberá conectarse directamente hacia el pozo para conducir los residuos de los mismos. Se analizara el estado de los sistemas de tuberías y pozo de reciclaje. Programa de mantenimiento preventivo y correctivo. Manual de operación y mantenimiento. Durante el Quinto y Sétimo mes PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DESECHOS NO PELIGROSOS Objetivos: Garantizar y establecer un manejo adecuado de los desechos sólidos no peligrosos. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA PMD-04 ASPECTO AMBIENTAL Manejo de desechos peligrosos y no peligrosos IMPACTO IDENTIFICADO Inadecuado manejo y recolección de los desechos Responsable: Gerente/ Administrador de la PISTA BLANCA PIEDRA MEDIO DE MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES VERIFICACIÓN Implementar y realizar la segregación de los desechos no peligrosos en la fuente generados en la las instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA. Contar con un área de almacenamiento temporal de Se deberá contar con un número necesario de recipientes para PLAZO (meses) Permanente Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 244

245 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST sólidos no peligrosos que generan contaminación del suelo, del recurso agua y problemas estéticos. Realizar una campaña de educación ambiental para el manejo, segregación de los desechos no peligrosos reciclables para los trabajadores de la Pista BLANCA PIEDRA con el fin de garantizar la adecuada y correcta disposición de los mismos. El área de almacenamiento de los contenedores de los desechos sólidos se mantendrá en perfectas condiciones de higiene y limpieza. desechos sólidos no peligrosos Todos los recipientes utilizados para la segregación de los desechos se encuentran rotulados y con su respectivo color de identificación. depósito de Desechos no peligrosos. Registros de control de Volúmenes de la generación y gestión de los desechos no peligrosos. Permanente Inadecuado manejo y recolección de los desechos sólidos peligrosos que generan contaminación del suelo, del recurso agua. Establecer un correcta clasificación y almacenamiento de los desechos mediante un enfoque jerárquico de tratamiento (envases de productos químicos peligros, material contaminado de productos químicos e hidrocarburos). Colocar tachos para el almacenamiento de los desechos no peligrosos, que estén rotulados y techados; y con su respectiva señalización del desecho a depositar. Se deberá implementar áreas de almacenamiento para desechos no peligrosos las cuales deben tener piso de cemento, estar debidamente techadas y con la señalización apropiada (letreros alusivos y formas visibles). La Pista BLANCA PIEDRA se encuentra registrada como generador de desechos, otorgado por el MAE Procedimiento Manejo integral de desechos peligrosos Manifiesto único de entrega, transporte y recepción de desechos peligrosos. Durante el Sexto y Doceavo mes Durante el Tercero y Quinto mes del año. Durante el Tercer y Quinto mes Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 245

246 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Se llevaras Registros de control de Volúmenes de la generación y gestión de los desechos no peligrosos. El área de almacenamiento de los contenedores de los desechos sólidos se mantendrá en perfectas condiciones de higiene y limpieza. Permanente PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PROGRAMA DE DESECHOS NO PELIGROSOS Objetivos: Evitar los riesgos de contaminación ambiental por la mala disposición de los desechos generados en la Pista BLANCA PIEDRA, cumpliendo así con la legislación ambiental vigente. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA PMD-05 ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO Responsable: Gerente/Administrador de la Pista BLANCA PIEDRA MEDIO DE MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES VERIFICACIÓN PLAZO (meses) Generación de residuos comunes. Contaminación de suelo residuos. Colocar recipientes para la recolección temporal de desechos sólidos peligrosos en el área de mezclado. Los recipientes contarán con tapa y estarán adecuadamente rotulados. Cantidad de recipientes implementados. Fotografías Durante el Cuarto mes Implementar un área de almacenamiento temporal para los desechos peligrosos. Durante el Quinto y Séptimo mes Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 246

247 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST En las áreas de almacenamiento de los desechos peligroso se deberá clasificar y separar los desechos contaminados con agroquímicos (envases vacíos, cartones, sacos, etc.), y los desechos contaminados con hidrocarburos. El área de almacenamiento deberá contar con señalización apropiada con letreros alusivos a su peligrosidad. Se deberá adecuar la bodega de almacenamiento de envases vacíos de productos químicos peligrosos que cumpla con las siguientes características: -Que pueda almacenar el volumen de envases vacíos (desechos peligrosos) generados. -Que sea pavimentado de concreto e impermeabilización del suelo. -Con cubierta y señalización de seguridad. -Que tenga canales perimetrales para contención de lixiviados y aguas de limpieza. El proceso de entrega, transporte y eliminación de los desechos especiales se detalla a continuación: La documentación de envío de desechos peligrosos consiste en un Manifiesto único de entrega, transporte y recepción de desechos peligrosos, el cual consta de tres copias y su procedimiento es el siguiente: Para cada embarque o volumen de transporte, el generador deberá entregar al transportista un manifiesto original debidamente firmado, y dos copias del mismo. Permanente Durante el Sexto y Octavo mes Permanente Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 247

248 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST El transportista conservará una de las copias que le entre el generador, para su archivo, y firmará el original del manifiesto, mismo que entregará al destinatario, junto con una copia de este, en el momento en que le entregue los desechos peligrosos al destinatario El destinatario de los desechos peligrosos conservará la copia del manifiesto que le entregue al transportista, para su archivo, y firmará el original, mismo que deberá remitir de inmediato al generador. El original del manifiesto y las copias del mismo, deberán ser conservadas por el generador, el trasportista y por el destinatario de los desechos peligrosos, respectivamente. Se deberá llenar con letra de molde, máquina o computadora. Se llevara un registro de control de Volúmenes de la generación y gestión de los desechos peligrosos para tener un inventario de los desechos peligrosos generados. Permanente Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 248

249 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST RECOMENDACIONES COMPLEMENTARIAS PARA EL MANEJO DE DESECHOS Colores de Recipientes para Clasificación y Segregación de Desechos DESECHO Papel y Cartón Plástico Chatarra metálica y residuos de material eléctrico electrónico Vidrio Orgánicos no peligrosos Aceite lubricante usado y paños absorbentes (contaminados con aceites, combustible. Etc.) Peligrosos (contaminados con sustancias químicas, infecciosos COLOR DE RECIPIENTE VERDE AZUL PLOMO AMARILLO BLANCO NEGRO ROJO * (Utilizar recipiente metálicos o plásticos debidamente etiquetados y tapados) Elaborado: RECOMENDACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UNA BODEGA DE ALMACENAMIENTO DE DESECHOS PELIGROSOS Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 249

250 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST A continuación se propone el siguiente registro de desechos (peligrosos, no peligrosos, y especiales): FECHA (DD/MM/AA) TIPO DE DESECHO (PELIGROSO O NO PELIGROSO) DESCRIPCIÓN CANTIDAD (PESO O VOLUMEN) LUGAR DE GENERACIÓN/ ORIGEN DISPOSICIÓN FINAL (REÚSO, RECICLAJE) ETIQUETA PARA DESECHOS EMPRESA: ÁREA DE ORIGEN DEL DESECHO: RESPONSABLE DE LA MANIPULACIÓN: FECHA DE ALMACENAMIENTO: Características del desecho (de ser necesario, adjuntar hojas adicionales describiendo la composición del desecho) Gas Líquido Sólido Desechos Mezclados El desecho presenta características de ser: Corrosivo Reactivo Cancerígeno Inflamable Tóxico Disposición recomendada para el desecho (señale más de una si es el caso) Pre-tratamientoIncineraciónRelleno Sanitario Reciclaje Gestión con personas autorizadas por el Ministerio del Ambiente Botadero a cielo abierto Elaborado: Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 250

251 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL Objetivos: Crear una cultura respecto a la prevención de la contaminación ambiental y contribuir a la vinculación de la comunidad con el uso adecuado de los recursos naturales. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA PCC-06 ASPECTO AMBIENTAL Generación de riesgos laborales. Consumo de agua. Generación de riesgos laborales. Generación de riesgos laborales. Responsable: Administrador/Jefe de Seguridad e Higiene de la PISTA BLANCA PIEDRA IMPACTO MEDIO DE MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES IDENTIFICADO VERIFICACIÓN Salud humana. Disminución de recursos naturales. Salud humana. Salud humana. Mantener la instrucción y capacitación al personal de distribución y abastecimiento sobre el manejo de correcto y de combustibles, sus potenciales efectos, Seguridad Industrial y Riesgos Ambientales. Mantener las charlas y capacitaciones anuales referentes al tema de manejo de productos químicos peligrosos para todo el personal que opera en las Pistas. Capacitaciones semestrales sobre higiene y seguridades sanitarias, medidas de bioseguridad y buenas prácticas de manejo a los empleados de la PISTA BLANCA PIEDRA Dictar cursos en primeros auxilios, usos de dispositivos de protección personal, para la realización de los cursos se entregará material de apoyo a cada participante y un certificado de asistencia. Número de capacitaciones realizadas. Número de capacitaciones programadas. Número de capacitaciones realizadas. Número de capacitaciones programadas. Fotografías Fotografías, registros. Registro capacitaciones. Registro capacitaciones, certificados entregados, fotografías. PLAZO (meses) Permanente Durante el Sexto y Octavo mes del año. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 251

252 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Revisión de las MSDS (hojas de seguridad) de los productos químicos que se manejan en la Pista BLANCA PIEDRA. Permanente Salud del personal Integridad física del personal Programar jornadas de capacitación y entrenamiento continúo a todo el personal de la PISTA BLANCA PIEDRA, en temas de seguridad industrial y de respuesta operativa, en caso de emergencias, y en especial a los integrantes de las brigadas y grupos de apoyo. Capacitar al personal en el uso correcto de los EPP (equipos de protección personal) para atención de emergencias, manejo adecuado de extintores y como controlar incendios, en caso de que llegaran a ocurrir. Número de revisiones realizadas. Registro de entrada de productos químicos. Durante Segundo y Sexto mes Durante Segundo y Sexto mes Adicionalmente se deberá coordinar una capacitación al cuerpo de Bomberos en el tema de contención de incendios forestales. Durante el Sexto mes Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 252

253 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS PROGRAMA DE RELACIÓN COMUNITARIA Objetivos: Fortalecer los vínculos con la comunidad, sobre la de base de la prevención de la contaminación ambiental y el mejoramiento de la calidad de vida de la población inmersa dentro del área de influencia del proyecto. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA PRC-07 ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO Responsable: Administrador/ Jefe de Seguridad e Higiene de la Pista BLANCA PIEDRA MEDIO DE MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES VERIFICACIÓN En caso de presentarse quejas de la comunidad, éstas deberán ser receptadas y atendidas en el menor tiempo posible. Efectuar acciones comunitarias con las comunidades que habitan cerca de la Pista BLANCA PIEDRA. PLAZO (meses) Permanente Durante el Segundo y Octavo mes Generación de molestias urbanas. Conflictos comunitarios. Emprender campañas de educación para que la población residente aprenda a convivir con la Pista BLANCA PIEDRA, previniendo riesgos y aprovechando las oportunidades que se generan con el funcionamiento de la misma. Implementar programas de capacitación y de atención (médica) con los pobladores de las comunidades de influencia. Registros número de los acercamientos comunales. Charlas, registro de los participantes. Permanente Se realizará un programa de capacitación ambiental a los centros educativos de formación inicial y básica, de las comunidades ubicadas en el área de influencia. Durante el Séptimo mes Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 253

254 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST PLAN DE CONTINGENCIAS PROGRAMA DE CONTINGENCIA Objetivos: Elaborar un Plan de Contingencias que contemple situaciones de riesgos en las instalaciones, que sumados a los que puedan ocurrir por movimiento telúrico, incendios, y sabotaje puedan afectar significativamente el medio ambiente de la zona, con el fin de prevenir los riesgos asociados y tomar las medidas apropiadas para prevenir o minimizar impactos negativos. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA PDC-08 ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO Responsable: Administrador/ Jefe de Seguridad e Higiene de la PISTA BLANCA PIEDRA MEDIO DE MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES VERIFICACIÓN PLAZO (meses) Posible Emergencia por Riesgos Endógenos o Exógenos Afectaciones a la los trabajadores, las instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA y al ambiente, por la falta de un adecuado plan de atención de emergencias. Establecer procedimientos claros y sencillos para la activación del Plan de Contingencias, para diferentes situaciones de emergencia que se puedan presentar en la Pista BLANCA PIEDRA. Realizar la instalación de un sistema de alarma (visual y/o audible) en las diferentes áreas de la Pista BLANCA PIEDRA, para garantizar la activación de alerta en caso de presentarse alguna emergencia. Conformar brigadas contra incendios, contención de derrames, evacuación y primeros auxilios, con los trabajadores de la Pista BLANCA PIEDRA. La Pista BLANCA PIEDRA cuenta con un Plan de Contingencias La Pista BLANCA PIEDRA posee conformadas las brigadas para atención de contingencia. Plan de Contingencias de la Pista BLANCA PIEDRA. Durante el segundo y séptimo mes del año Durante el Cuarto y Séptimo mes Durante el Sexto mes Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 254

255 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST En la instalación del sistema contra incendios, se deberá contemplar y cumplir con las disposiciones que establece el Cuerpo de Bomberos de Simón Bolívar. Instalar una boca de agua equipada con una bomba de 16 HP, conexiones siamesas de 21/2, la cual servirá para el abastecimiento de los vehículos de bomberos en caso de presentarse incendios forestales. Instalar letreros de seguridad que indiquen la prohibición de arrojar desechos, que puedan ocasionar incendios forestales (fósforos, vidrios) y además la prohibición de fumar. Instalar extintores en todas las áreas de la PISTA BLANCA PIEDRA, de acuerdo a los riesgos y peligros existentes. Además se deberá llevar un control permanente de la recarga y buen estado de funcionamiento, de los extintores existentes en la Pista. La Pista BLANCA PIEDRA cuenta con los Registros de capacitaciones, charlas y simulacros realizados que demuestran preparación del personal. Documento de conformación de Brigadas, realización de simulacros y temas de capacitaciones impartidas. Registro de capacitaciones, charlas y simulacros realizados. Actas de reuniones sostenidas entre representantes la Pista BLANCA PIEDRA. Permanente Durante el Quinto y Noveno mes Durante el Séptimo mes Durante el Primer y Octavo mes Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 255

256 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Programar y efectuar simulacros, en lo posible 2 veces por año previa coordinación de los mismos. Establecer un cronograma de reuniones con entidades de apoyo, con el fin de coordinar acciones a seguir, en caso de emergencias mayores. Luego de las reuniones, se deberá levantar actas de las mismas. Registros fotográficos de reuniones y simulacros. Durante el Sexto y Doceavo mes Permanente Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 256

257 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST TRABAJADOR QUE DETECTA LO OCURRIDO PROGRAMA DE CONTINGENCIA LO PUEDE HACER? SOLICITAR APOYO EXTERNO Respuesta Operacional en caso de Emergencia DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES A TOMAR ANTES DURANTE DESPUÉS DE PRESENTARSE UN INCIDENTE GENERADO POR FACTORES NATURALES O POR LA ACTIVIDADES DE RPRODUCCIÓN Y VENTA EN PIE DE GANADO PORCINO (SISMOS, ACCIDENTES LABORALES, INCENDIOS, DERRAMES ETC.) Antes SISMOS 1) Identificar y marcar las zonas más seguras en casas, escuelas, oficinas, edificios y calles para ubicarse en ellas. Es importante alejarse de ventanales y cables de alta tensión. 2) Identificar lugares seguros cercanos para la concentración de personas, como parques o casas de familiares, con el fin de localizarlas fácilmente y ponerse a acuerdo con los familiares para ubicarse en ellos. 3) Identificar las rutas de evacuación y realizar simulacros preventivos de comportamiento. 4) Colocar los muebles de manera que los pasillos queden despejados y los objetos no puedan caer sobre las personas. 5) Revise periódicamente las instalaciones de gas y luz para evitar una complicación del desastre. 6) Tenga un botiquín, botellas de agua, lámparas y pilas y un radio, siempre a la mano. La lámpara colóquela en la puerta de su casa, así si la luz se va, usted puede alumbrarse sobre todo si tiene que bajar escaleras. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 257

258 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 7) Aprenda técnicas de primeros auxilios, junto con su familia. 8) Si el terremoto se origina en las costas de Guerrero y tiene la oportunidad de escuchar la alarma sísmica. No lo piense salga de inmediato del lugar en que se encuentra y colóquese a salvo. No pierda tiempo regresando por sus cosas o viendo si es verdad o no. Es mejor exagerar que quedar atrapado. Durante 1) La primera y primordial recomendación es la de mantener la calma y extenderla a los demás. 2) Manténgase alejado de NARANJAL, cristaleras, cuadros, chimeneas y objetos que puedan caerse. 3) En caso de peligro, protéjase en posición fetal al lado de algún mueble sólido, como mesas, escritorios o camas; cualquier protección es mejor que ninguna. Ver: Triángulo de la vida 4) Si está en un gran edificio no se precipite hacia las salidas, ya que las escaleras pueden estar congestionadas de gente o haber sufrido daño estructural. Si está en un piso alto, espere a que el sismo acabe para bajar, premunido de una linterna (seguramente estará oscuro por el polvo o el corte de le energía eléctrica), inspeccionando cuidadosamente el estado de las vías de escape, tanto en su estructura como en la presencia de fugas de fluidos. Lleve consigo una toalla húmeda por si el aire está irrespirable. 5) No utilice los ascensores; la fuerza motriz puede interrumpirse y usted puede quedar atrapado o caer. 6) Si está en el exterior, manténgase alejado de los edificios altos, postes de energía eléctrica y otros objetos que le puedan caer encima. Diríjase a un lugar abierto. 7) Si va conduciendo, pare y permanezca dentro del vehículo, teniendo la precaución de alejarse de puentes, postes eléctricos, edificios dañados o zonas de desprendimientos. Muchos conductores no se percatan del sismo mientras conducen y creen haber sufrido la rotura de sus neumáticos. Después 1) No trate de mover indebidamente a los heridos con fracturas, a no ser que haya peligro de incendio, inundación, etc. 2) Si hay pérdidas de agua o gas, cierre las llaves de paso y comuníquelo a la compañía correspondiente. 3) No encienda fósforos, mecheros o artefactos de llama abierta, en previsión de que pueda haber escapes de gas. 4) Limpie urgentemente el derrame de medicinas, pinturas y otros materiales peligrosos. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 258

259 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 5) No ande por donde haya vidrios rotos, cables de luz, ni toque objetos metálicos que estén en contacto con los cables. 6) No beba agua de recipientes abiertos sin haberla examinado y pasado por coladores o filtros correspondientes. 7) No utilice el teléfono indebidamente, ya que se bloquearán las líneas y no será posible su uso para casos realmente urgentes. Los teléfonos celulares también pueden colapsar. Prefiera enviar mensajes de texto o conversaciones cortas y concisas. 8) No ande ni circule por los caminos y carreteras paralelas a la playa, ya que después de un terremoto puede producirse un TSUNAMI. Si el sismo es suficientemente intenso como para dificultarle caminar y usted está cerca del océano, diríjase de inmediato a lugares altos (más de 50 metros sobre el nivel del mar son generalmente seguros) 9) Infunda la más absoluta confianza y calma a todas cuantas personas tenga a su alrededor. 10) Responda a las llamadas de ayuda de la policía, bomberos, Protección Civil, etc. Si quedó atrapado 1) Trate de mantener la calma, mientras llega la ayuda. Aunque tarde esta llegará. 2) Si está lastimado y puede hacerlo controle la hemorragia, en caso de haberla y no se mueva o mueva a otra persona si sospecha de fractura, a menos que haya peligro. 3) Haga ruiditos para que puedan ser escuchados. 4) Por ningún motivo encienda cerillos, sobre todo si huele a gas o hay sospecha de fuga. Accidentes laborales Qué es un accidente laboral? Contingencias. Se considera accidente de trabajo a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo. Importante: Tenga en cuenta que falsear los datos de un Accidente de trabajo es un fraude. Si se comprobara esta situación, la misma puede ser considerada una falta grave con las connotaciones que tiene esa situación en su futuro laboral. Qué hacer si Ud. Tiene un accidente de trabajo? 1) Solicite ayuda si fuera necesario. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 259

260 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 2) Por sus propios medios o con la asistencia de un tercero, solicite ayuda a la ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO. 3) Avise, o pida que le avisen, a su encargado o superior inmediato lo que le ha ocurrido. 4) Aguarde el traslado solicitado. Si el mismo demorara insista telefónicamente. 5) En tanto aguarda el traslado, y si le resulta posible, verifique que sus compañeros o supervisores tienen conocimiento del accidente. 6) Cuando esté en condiciones informe a su jefe los motivos del accidente. Su experiencia puede ser muy útil para evitar que a sus colegas les ocurran accidentes similares. Qué hacer si Ud. Presencia un Accidente de trabajo? 1) Verifique si el accidentado necesita ayuda 2) No realice sobre el accidentado movimientos que puedan significar nuevas lesiones. 3) Ofrézcase para solicitar la Emergencia Medicas a la ASEGURADORA. 4) Avise al Jefe de la situación ocurrida. 5) Si usted observo la forma en que ocurrió el accidente hágaselo saber al Jefe, lo Ud. Haya visto puede ser muy útil para evitar futuros accidentes. Indique su condición de testigo para aportar luego su contribución a la seguridad de todos. PARA ENCARGADOS, JEFES, SUPERVISORES, O FUNCIONES SIMILARES: Qué hacer si un empleado suyo sufre un Accidente de trabajo? 1) Verifique que la asistencia médica necesaria haya sido solicitada. 2) En tanto la misma concurre preste o solicite asistencia para confrontar al herido y prevenga movimientos que le puedan originar lesiones adicionales. 3) Verifique que la asistencia puede llegar al lugar donde se encuentra el accidentado. 4) Converse con el accidentado a efectos de verificar lucidez. Pregúntele como fue el accidente, como se siente, si desea avisarle a algún familiar o no. 5) Aporte al personal de emergencia medicas los datos del accidentado. 6) Verifique la evaluación del accidentado. Pregúntele al personal que lo reirá a que centro asistencial será derivado. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 260

261 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 7) Solicite a los testigos información para poder ampliar los datos del formulario de denuncia de accidente. Tome nota de sus datos para incluirlos en el mismo formulario en el mismo formulario. 8) Complete totalmente el formulario de denuncia de accidente. Envíelo al ministerio del trabajo según los procedimientos de su empresa. 9) Recuerde los detalles del siniestro, conserve copia del formulario, seguramente será llamado para aportar datos adicionales que ayuden a evitar situaciones similares. 10) Cuando sea llamado preste la mayor colaboración posible, de ese modo será posible evitar situaciones similares en el futuro. RECOMENDACIONES Un accidente de trabajo es generalmente la consecuencia de varias acciones consecutivas equivocadas, pero la principal y siempre es no haber tomado las precauciones suficientes para evitarlo. ES MUY IMPORTANTE 1) Estar atento siempre a las tareas que se ejecutan. 2) Utilizar los elementos de protección personal adecuados para el trabajo que ejecuta. 3) Mantener en condiciones de uso los elementos de protección personal 4) Solicitar su renovación en caso necesario. 5) Poner la máxima atención y participar activamente de las actividades de prevención que se realicen. 6) Poner en conocimiento de su superior las situaciones que configuren un cambio en las condiciones de seguridad. Medidas ante un Incendio Origen del Fuego: Los incendios en los edificios pueden empezar con fallos en las instalaciones eléctricas o de combustión, como las calderas, escapes de combustible, accidentes en la cocina, niños jugando con mecheros o cerillas, o accidentes que implican otras fuentes de fuego, como velas y cigarrillos. El fuego puede propagarse rápidamente a otras estructuras, especialmente aquellas en las que no se cumplen las normas básicas de seguridad. Por ello, muchos municipios ofrecen servicios de bomberos para extinguir los posibles incendios rápidamente. Clases de Fuego: A los efectos de conocer la peligrosidad de los materiales en caso de incendio y del agente extintor siga las instrucciones: extintor, agua, llamar a los bomberos, Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 261

262 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST mantener la calma, no respirar y no se mueva del sitio en donde se ubica. En Europa y Australia los incendios se clasifican en 6 grupos: Clase A: incendios que implican sólidos inflamables que dejan brasas, como la madera, tejidos, goma, papel, y algunos tipos de plástico. Clase B: incendios que implican líquidos inflamables o sólidos licuables, como el petróleo o la gasolina, aceites, pintura, algunas ceras y plásticos. Clase C: incendios que implican gases inflamables, como el gas natural, el hidrógeno, el propano o el butano. Clase D: incendios que implican metales combustibles, como el sodio, el magnesio, el potasio o muchos otros cuando están reducidos a virutas muy finas. Riesgo de electrocución (antiguamente conocida como Clase E): incendios que implican cualquiera de los materiales de las Clases A y B, pero con la introducción de electrodomésticos, cableado, o cualquier otro objeto bajo tensión eléctrica, en la vecindad del fuego, donde existe un riesgo de electrocución si se emplean agentes extintores conductores de la electricidad. Clase K: incendios que implican grasas y aceites de cocina. Las altas temperaturas de los aceites en un incendio exceden con mucho las de otros líquidos inflamables, haciendo inefectivos los agentes de extinción normales. 1º) Primero la seguridad de sus colaboradores: Contrariamente a lo que sucede en la práctica, la mayoría de las personas primero intentan apagar el fuego y luego cuando se les va de las manos se ocupan de la evacuación. No siempre eso es posible, las dimensiones del incendio pueden impedir esta situación y quedar atrapadas en el intento de escapar. Lamentablemente el fuego se comporta de forma impredecible, en minutos puede bloquearnos todas las salidas y convertirse en una trampa mortal. 2º) La inhalación de humos: Los humos y gases que se desarrollan durante un incendio pueden resultar tóxicos para el organismo, provocando el desvanecimiento o la muerte por asfixia. 3º) Como respirar: Para conseguir oxigeno deberá andar agachado, porque el humo asciende hacia el techo. 4º) Llamar a los bomberos desde el lugar más cercano: Salga de su puesto de trabajo y llame a los bomberos desde la casa o edificio más cercano o desde su móvil pero estando fuera de la casa. El teléfono puede retenerlo en el lugar del incendio demasiado tiempo para poder escapar después. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 262

263 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 5º) Mojar la ropa: Mojar la ropa que tiene puesta y aplique un paño húmedo en la nariz y boca, esto lo ayudará a respirar y evitara ser sofocado por el intenso calor. 6º) No usar el ascensor durante un incendio: Si trabaja en lugares con ascensores, se recomienda salir por las escaleras de incendio, nunca tome el ascensor. Puede quedar atrapado si falla el sistema eléctrico. 7º) Los bomberos pertenecen al ayuntamiento: No olvidar que la labor de los bomberos es un servicio público a costa de las autoridades de su comunidad mediante la recaudación de impuesto. No le cobrarán nada por apagar el incendio de su establecimiento. Como evitar un Incendio 1) Mantenga los recipientes de líquidos inflamables lejos de la cocina, tapados y señalizados. 2) No dejes la cocina al cuidado de menores. 3) No suministre combustible a la cocina estando encendida. 4) No salga dejando sola y encendida la cocina. 5) Si su cocina es de presión no suministre el aire estando encendida. 6) Mantenga en condiciones óptimas la cocina, arreglando los desperfectos de cualquier naturaleza. 7) Verter alcohol a un quemador solo cuando los demás están apagados y realizar esta operación con un botellín metálico. 8) Ubicar la cocina lejos de las paredes de madera, cortinas, cartón. etc. 9) Si el local de la cocina o la meseta donde esta la cocina es de madera, forrarla con zinc galvanizado u otro material incombustible. 10) No debe trabajar con hornillas defectuosas. 11) No usar reverberos, ni latas con alcohol para cocinar. 12) No tener NARANJAL abiertas en la cocina. 13) No dejar planchas conectadas. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 263

264 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 14) No usar piñas eléctricas. 15) No cubrir bombillos con papel o telas. 16) No sobrecargue la toma eléctrica conectando a la vez más de un aparato eléctrico en la misma salida. 17) Si se produce un corto circuito desconecte la alimentación eléctrica central del inmueble. Nunca sustituya los fusibles defectuosos por alambres, monedas u otro artefacto metálico insuficiente. 18) Mantenga la plancha eléctrica sobre una base de metal. 19) No fume acostado. 10) Mantenga los fósforos y encendedores lejos del alcance de los niños. 11) No tenga sustancias combustibles o líquidos inflamables al alcance de los niños. 12) No permita que los niños jueguen cerca de la cocina encendida, ni jugar con sus llaves. 13) Si va a trasladar algún líquido caliente cerciórese de que el niño esta lejos del lugar. 14) No tire fósforos, cigarros o tabacos encendidos, use un cenicero y apáguelo bien. 15) Nunca ponga a secar su ropa sobre la hornilla encendida. 16) Para apagar la grasa encendida use un paño húmedo, tierra o arena. 17) Si nota olor a gas, cierre la válvula del cilindro, no encienda ni apague las luces o equipos eléctricos, ponga el cilindro en un lugar ventilado y seco y repórtelo. 18) No utilice equipos celulares cerca de los contenedores de JP1 o aceites agrícolas 19) Todos los equipos deben estar conectados a tierra 20) No deje conectados los equipos al tomacorriente si no lo están utilizando 21) Evite dejar materiales que propaguen un incendio cerca de los tanques respectivos 22) Dar un mantenimiento continuo a los tanques para evitar posibles siniestros en el área de hidrocarburos o aceites agrícolas 23) Cambiar las conexiones eléctricas si no están en perfectas condiciones. 24) En caso de derrame de hidrocarburos realizar inmediatamente la limpieza respectiva de dicha área. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 264

265 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 25) no dejar recipientes con hidrocarburos al intemperie ya que podrían iniciar incendios por las temperaturas elevadas Medidas adicionales 1) No atemorizarse, mantener el control y hacer caso a lo que le indiquen las personas capacitadas antes estos siniestros. 2) No esconderse en escaparates, debajo de la cama o en cualquier otro lugar, ya que si se esconde, su ausencia se notara demasiado tarde y esto pudiese tener un desenlace fatal. 3) Cuando te dirijas a la salida del lugar o local donde te encuentres, debes hacerlo sin correr, ni gritar y salir solo por donde se te indique la ruta de evacuación. 4) Si puedes mantener la calma, debes velar por tus compañeros mas alterados a que no se escondan, corran o griten, guiándolos en cooperación a los lugares que ellos te señales como seguros. 5) Si el incendio estuviera en su fase inicial, deberás comunicarlo de inmediato a los superiores nunca debes intentar apagarlo sin saberlo hacer de manera idónea. Durante Ante un derrame conviene determinar, con la mayor rapidez, su Medidas ante derrame de sustancias químicas. Antes 1) Limitar las cantidades de sustancias peligrosas en los lugares de trabajo a las estrictamente necesarias. 2) Las sustancias deberán ser almacenadas agrupándolas por comunidades de riesgo, depositándolas en recipientes seguros y herméticamente cerrados. 3) Los recipientes metálicos son los más seguros, los de vidrio son frágiles y por ello deben protegerse. Los de plástico, por otra parte, se deterioran por envejecimiento. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 265

266 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 4) Las áreas de almacenamiento deben estar protegidas, ventiladas y con control de derrames, aparte de las exigencias propias en función de su peligrosidad y de acuerdo con las prescripciones legales. 5) Es necesario el empleo de equipos de protección individual, especialmente de cara y manos, cuando se trasvasen sustancias corrosivas. Importancia y tratamiento más adecuado. El cuadro muestra algunos criterios orientativos: TIPO VOLUMEN RESPUESTA MATERIALES Tratamiento químico Neutralizantes o Pequeño Hasta 500 ml o absorción absorbentes Mediano Entre 500 ml y 5 l Absorción absorbentes Contención y ayuda Barreras absorbentes Grande Más de 5 l externa y llamar al 911 El procedimiento general para enfrentarse a un derrame es: 1) Atender al personal afectado. 2) Avisar al personal de áreas adyacentes. 3) Evaluar la importancia del vertido y la respuesta al mismo. Determinar si es preciso avisar al Director de Emergencia. 4) Identificar, si es posible, los productos del derrame y consultar su ficha de seguridad química. 5) Controlar el derrame y evacuar al personal no necesario 6) Si el material es inflamable, eliminar las fuentes de ignición (llamas, equipos eléctricos...). 7) Emplear el material de seguridad apropiado. 8) Cuando se considere que el derrame puede suponer un riesgo importante (incendio, toxicidad...), o implique la presencia de vapores, Avisar a los números de emergencia. 9) Rescatar, si es posible, al personal afectado. 10) si fuese necesario Evacuar el área. 11) Si es posible, controlar la fuente del derrame (recipientes caídos...) y limitar la extensión del vertido. 12) Si el vertido es un sólido, recogerlo con cepillo y pala, y depositarlo en una bolsa resistente. 13) Si el vertido es líquido, contenerlo con un absorbente, y proteger los sumideros del suelo, para evitar que el derrame llegue al alcantarillado. 14) El procedimiento de contención y recogida debe hacerse distribuyendo el absorbente sobre el área cubierta por el derrame, desde la periferia hacia el centro. Prestar atención a los bajos de los armarios y zonas situadas detrás de aparatos e instalaciones. 15) Recoger el producto resultante y, si es necesario, neutralizarlo químicamente. Guardarlo en un recipiente adecuado (polietileno...). Recoger el vidrio roto con pinzas o guantes adecuados y guardarlo en un recipiente adecuado 16) Etiquetar los residuos para su retirada. Si contienen productos peligrosos, serán enviados al almacén de residuos. 17) Si es preciso, limpiar la superficie afectada con agua y detergente. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 266

267 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Después 1) Los derrames deben eliminarse con medios adecuados como, por ejemplo, neutralizar el vertido de una sustancia corrosiva. 2) Las operaciones de limpieza de sustancias inflamables o corrosivas deben realizarse con la debida precaución: ventilación, control de posibles focos de ignición, disponibilidad de medios materiales idóneos etc. 3) Una vez finalizado el incidente, enviar a Decanato, un informe escrito indicando el origen y Causas del derrame y las medidas adoptadas. Medidas preventivas ante inundaciones ANTES 1) Evite las áreas comúnmente sujetas a inundaciones repentinas como en la rivera de los cauces de agua. 2) Si usted vive en zonas donde se han producido inundaciones con anterioridad, aunque se trate de años atrás, establezca rutas de salida hacia los lugares altos de la región. Haga esta información del conocimiento de su familia, anótelas y, si es posible, memorícelas. 3) Tenga a la mano un botiquín de primeros auxilios (que incluya pomadas antimicóticas o sea para evitar hongos y gotas para los ojos), lámpara de mano, radio portátil y las baterías respectivas. 4) En la temporada de lluvias mantenga una reserva de agua potable, alimentos enlatados y ropa en lugares bien resguardados. 5) Tenga a la mano un directorio con teléfonos de emergencias. 6) En caso de que usted cuente con un vehículo u otro automóvil, trate de mantener lleno el tanque de combustible, especialmente durante la temporada de lluvias. 7) Si vive en zonas bajas, es preferible refugiarse en lugares más seguros, como la escuela, la iglesia o el palacio municipal (si están fuera de peligro). 8) Permanezca bien informado por las autoridades y los medios de comunicación. 9) Cuando sea avisado de que una inundación que pudiese afectar la zona donde usted vive, desconecte los servicios de electricidad y gas. 10) Evite durante todo el año tirar basura y taladrar árboles, factores que contribuyen a las inundaciones enormemente. 11) Si la evacuación de la zona es necesaria Prepárese y hágalo! Lleve consigo sólo lo indispensable. DURANTE 1) Tenga en cuenta en todo momento que una inundación puede arrastrar a su paso automóviles, animales, árboles, piedras, destruir puentes, carreteras, casas, etcétera. 2) Manténgase alerta y en sintonía con la radio y la televisión. Las inundaciones pueden extenderse a lugares cercanos y afectar a otras comunidades. 3) Atienda las indicaciones de las autoridades, conserve la calma y prepárese para evacuar, si esto llega a ser necesario. 4) Desconecte los equipos de gas y energía eléctrica. No se acerque a postes o conductores de luz averiados, recuerde que el agua es conductora de la electricidad. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 267

268 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 5) Es preferible buscar refugio en lugares más seguros, como una escuela, una iglesia o el palacio municipal, siempre y cuando estos lugares estén fuera de peligro. No lleve bultos voluminosos, cuide que sea lo indispensable. 6) Evite caminar por los sectores inundados. Aunque el nivel del agua sea bajo, puede aumentar rápidamente y desarrollar velocidades peligrosas. 7) No maneje en las áreas inundadas, particularmente en la noche, porque es muy difícil establecer las condiciones del camino y puede ocurrir un accidente muy grave. Si maneja por un área inundada y el auto empieza a atascarse, no lo empuje, salga del auto y busque un refugio seguro. Si queda atrapado, suba al lugar más alto posible y espere a ser rescatado. 8) Sea cuidadoso y oportuno al efectuar rescates de personas: utilice cuerdas, lanchas, etcétera. Si no está seguro, no se arriesgue. 9) Si el vehículo se atasca al intentar cruzar una corriente, debe abandonarlo inmediatamente y buscar la parte más alta en los alrededores. DESPUÉS 1) Realice una cuidadosa inspección de su vivienda teniendo en cuenta la posibilidad de un derrumbe; si tiene dudas sobre el estado de su casa, llame a las autoridades para que determinen lo conducente. 2) No encienda cerillos o cualquier tipo de flama y no accione los apagadores eléctricos hasta estar seguro de que no existen daños en las instalaciones. 3) No habilite su casa hasta estar plenamente seguro de que se encuentra en condiciones adecuadas. 4) No tome agua ni alimentos que hayan estado en contacto directo con las aguas desbordadas. 5) Permanezca fuera de las áreas de desastre. Su presencia podría entorpecer las acciones de auxilio y rescate. 6) Reporte los daños del drenaje y sistemas de agua potable. 7) Responda a las solicitudes de ayuda de las autoridades si se encuentra en condiciones de apoyar el auxilio de la población. 8) Use el teléfono sólo para reportar verdaderas emergencias. 9) Retírese de las construcciones que presenten riesgos de derrumbe y evite caminar por las calles dañadas. 10) Solicite ayuda médica, sólo en caso necesario, a los centros establecidos para atender la emergencia. 11) Desaloje el agua que haya quedado estancada para evitar plaga de mosquitos, si tiene rocíe plaguicidas. 12) No mueva a los heridos. Reporte a las autoridades las emergencias que lo ameriten. 13) Limpie inmediatamente y con cuidado las sustancias inflamables, tóxicas, medicamentos u otros materiales que se hayan derramado. 14) No pise ni toque cables eléctricos caídos. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 268

269 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST PLAN DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL PROMOCIÓN DE UN ÁREA DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL Objetivos: Precautelar la integridad física y mental del personal que la labora en la Pista BLANCA PIEDRA, ante cualquier eventualidad que pueda ocurrir durante el desarrollo de sus actividades. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA PSS-09 ASPECTO AMBIENTAL IMPACTO IDENTIFICADO Responsable: Administrador de la Pista BLANCA PIEDRA / Jefe de Seguridad e Higiene. MEDIO DE MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES VERIFICACIÓN PLAZO (meses) Cumplir con políticas y normas ambientales y de seguridad laboral existentes en la Pista. Permanente Peligro de Contagio de Enfermedades y accidentes laborales Aumento de riesgos infectocontagiosos y ocurrencia de accidentes laborales. -Velar y verificar la afiliación al IESS, de todo el personal que labore en la Pista BLANCA PIEDRA, de acuerdo a las normas y leyes ecuatorianas vigentes. -Implementar la realización de controles médicos a todos los trabajadores de la Pista BLANCA PIEDRA Establecer acciones que garanticen la atención oportuna de los trabajadores en caso de sufrir accidentes ocupacionales. Verificar que los equipos de protección personal, proporcionados en algunas actividades, los botiquines de primeros auxilios, extintores, protecciones o salvaguardas, sean utilizados y mantenidos en forma adecuada. Se efectúan los chequeos médicos pertinentes a la población trabajadora que labora en la Pista BLANCA PIEDRA Registro de asistencia a capacitación en temas de Seguridad Laboral y Salud Ocupacional. Durante el sexto y doceavo mes Durante todo el cronograma del plan de manejo ambiental. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 269

270 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Establecer un formato para la vigilancia y control del uso oportuno y adecuado del equipo de protección personal. Establecer y desarrollar actividades de prevención y control de emergencias (precauciones de seguridad). Establecer un sistema de registro que contenga la elaboración de informes mensuales sobre seguridad, como: - Accidentes e incidentes. - Evaluación de factores de riesgo para su debido control. - Reuniones de seguridad. - Capacitaciones. - Horas-hombre de trabajo acumuladas. - Verificación de cumplimiento de normas de emergencia y de los equipos de primeros auxilios. - Ejercicios de simulación y entrenamiento. Todas las medidas del PMA han sido aplicadas eficientemente durante los dos años que dura el mismo. Fichas médicas y documentación que justifique las acciones realizadas. Historias clínicas laborales. Durante todo el cronograma del plan de manejo ambiental. Durante todo el cronograma del plan de manejo ambiental. Realizar inspecciones periódicas de seguridad en todas las instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA, para verificar que todo se encuentre en buenas condiciones de operación, mantenimiento y que no existan fuentes que generen un riesgo para la salud y vida del trabajador. Documentos de entrega y recepción de EPP. Durante todo el cronograma del plan de manejo ambiental. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 270

271 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Verificar que la forma de empleo de los productos peligrosos utilizados en la Pista BLANCA PIEDRA, no sean fuentes de exposición del personal o que su inadecuada manipulación constituya causas de accidente. Control y Recarga de Extintores, lo cual garantiza la eficacia de los mismos, en caso de presentarse conato de incendios o incendios. Mantener y controlar en el botiquín de primeros auxilios medicinas que no pase su fecha de expedición. Proveer a todos los empleados con los respectivos Equipos de Protección Personal entre estos se encuentran: cascos, máscaras 3M de vapores orgánicos volátiles, overoles (caucho), guantes de nitrilo, gafas de seguridad orejeras, botas antideslizantes, y botas amarilla. Mantener un cronograma de entrega de EPP anual el cual garantice la entrega oportuna de los mismos, además se debe respaldar dicha entrega con la firma del trabajador que los recibe. Se deberá suministrar de forma constante de Papel higiénico y soluciones Jabonosas, en los servicios higiénicos. Facturas de recargas de los Extintores. Facturas de medicinas para los botiquines. Inspecciones Técnicas, hacia la Pista. Durante todo el cronograma del plan de manejo ambiental. Durante todo el cronograma del plan de manejo ambiental. Permanente Permanente Durante todo el cronograma del plan de manejo ambiental. Permanente Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 271

272 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST PLAN DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL PROGRAMA DE SEÑALIZACIÓN Objetivos: Garantizar la implementación de Normas de Seguridad y Salud Laboral que garanticen a los trabajadores de La PISTA BLANCA PIEDRA, este un ambiente laboral seguro de trabajo. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA PSS- 10 ASPECTO AMBIENTAL Accidentes por falta de conocimiento y señalización IMPACTO IDENTIFICADO Accidente de Trabajo por no contar con señalización adecuada. Responsable: Administrador/ Jefe de la PISTA BLANCA PIEDRA MEDIO DE MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES VERIFICACIÓN Diseñar e Implementar un Programa de Señalización en toda la Pista BLANCA PIEDRA El Plan de Señalización se ejecutara especialmente en las áreas críticas o de mayor riesgo (Áreas de Riesgo de explosión, generación de impactos ambientales negativos, área de manejo de producto químicos e hidrocarburos (Almacenamiento de productos químicos peligrosos, Almacenamiento de combustibles, Laboratorio) para lo cual se considera la aplicación de las Normas de Señalización descritas en el aspecto legal. Instalar señales verticales y horizontales de acuerdo a las áreas y el los riesgos identificados (informativas, prohibición, reglamentación y de advertencia). Número de señalizaciones instaladas. Plan de Señalización de la Pista BLANCA PIEDRA Señales instaladas en la Pista BLANCA PIEDRA Registro fotográfico de aplicación de la medida PLAZO (meses) Durante el Primero y Sexto mes del Cronograma del Plan de Manejo Ambiental. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 272

273 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST RECOMENDACIONES PARA EL PLAN DE SEÑALIZACIÓN Elaborado: Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 273

274 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST SEÑALES DE PROHIBICIÓN Elaborado: Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 274

275 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST SEÑALES DE PRECAUCIÓN Elaborado: Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 275

276 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST SEÑALES DE OBLIGACIÓN Elaborado: Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 276

277 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST SEÑALES DE EMERGENCIA Elaborado: Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 277

278 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO PROGRAMA DE MONITOREO, CONTROL Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL Objetivos: Determinar la calidad del recurso Agua y Suelo, para así evitar contaminación a estos recursos. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA. PMS-11 ASPECTO AMBIENTAL Descarga de Aguas residuales IMPACTO IDENTIFICADO Contaminación del Agua Responsable: Administrador/ Jefe de la Pista BLANCA PIEDRA MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN Monitoreo de Agua Se deberá realizar el monitoreo de agua anualmente en la Pista BLANCA PIEDRA Las muestras se deberán tomar a la salida de los efluentes de la piscina de lavado de banano, y también a la salida del pozo de reciclaje Los monitoreos se deberán hacer siguiendo los métodos establecidos en el LIBRO VI ANEXO 1 DEL TULSMA. Los parámetros que se van a analizar son: ph, Temperatura, Coliformes Fecales, Sólidos Totales, Sólidos Suspendidos Totales, Metales, DBO, DQO, Hidrocarburos Totales, Tenso activos, Pesticidas Organoclorados y Organofosforado. Los Resultados deberán ser comparados con los parámetros establecidos en la tabla No. 12, anexo 1, Libro VI, TULSMA. La Pista BLANCA PIEDRA, anualmente realizara Monitoreos de calidad de Suelo y semestralmente los de Calidad de Agua. Análisis y Resultados de Monitoreos de Agua y Suelo. PLAZO (meses) Durante el doceavo mes del año. Derrames puntuales de combustibles y químicos Alteración de la calidad del Recurso Suelo Monitoreo de la Calidad del Suelo Se deberán realizar anualmente el monitoreo de suelo en la Pista BLANCA PIEDRA. Durante el doceavo mes del año. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 278

279 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST peligrosos Las muestras se deberán tomar en el área de almacenamiento de combustible. Los monitoreos se deberán realizar siguiendo el método establecido en el LIBRO VI ANEXO 2 DEL TULSMA. Los para metros a analizar son: ph, Metales, No metales, Hidrocarburos Totales, Pesticidas Organoclorados y Organofosforado. Los resultados deben de ser comparados con los criterios de calidad de suelo de la tabla No. 2 del anexo 2, Libro VI, TULSMA. Monitoreo de la Calidad de Ruido y Aire Será conveniente, realizar anualmente un monitoreos de ruido ambiental y calidad del aire ambiente, en diferentes lugares de la Pista BLANCA PIEDRA, de acuerdo al cronograma establecido en el Plan de Ruido Ambiental Generación de Ruido fuera de los Parámetro establecidos Manejo Ambiental. Los monitoreos de ruido ambiental y calidad del aire ambiente, se realizarán en 4 estaciones de monitoreo. El monitoreo deberá ser realizado a través de laboratorios acreditados, por el Organismo de Acreditación Ecuatoriano (OAE) y siguiendo los métodos establecidos por el Anexo 4 del TULSMA. Establecer un sistema de registros de todos los monitoreos efectuados. Realizar evaluaciones de los resultados obtenidos y establecer acciones de control, en caso que los resultados no cumplan con los Límites Permisibles de Ruido, Anexo IV, TULSMA Resultados de los Monitoreos Realizados Durante el doceavo mes del año. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 279

280 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST límites permisibles, que establece la normativa ambiental vigente. Mantener archivos con los resultados e informes técnicos, de los monitoreos de ruido ambiental y calidad del aire ambiente, realizados en diferentes áreas de la Pista BLANCA PIEDRA PLAN DE REHABILITACIÓN PROGRAMA DE REHABILITACIÓN Objetivos: Ejecutar acciones que ayuden a mitigar o eliminar las observancias encontradas el día de la inspección técnica. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA. PRA-12 ASPECTO AMBIENTAL Generación de residuos orgánicos. Generación de residuos peligrosos. Riesgos laborales. IMPACTO IDENTIFICADO Contaminación al suelo y deposición incontrolada de residuos. Contaminación al suelo. Salud humana. Responsable: Administrador/ Jefe de la Pista BLANCA PIEDRA. MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN Numeral Norma de Calidad Implementar recipientes adecuados para la Ambiental para el recolección de los Desechos No Peligrosos, Fotografía, visitas Manejo y con su respectiva señalética y uso (Plástico, técnicas. disposición final de Papel, Material Orgánico). Desechos Sólidos del TULSMA Construcción de un Área de Almacenamiento Temporal de desecho Peligrosos. Se deberá Implementar Extintores en el área de almacenamiento del tanque de combustible. Acuerdo Ministerial No. 161 Reglamento de salud de los trabajadores. Fotografías, visitas técnicas. Fotografías, visitas técnicas. PLAZO (meses) Durante el Primer y Tercer mes del Plan de Manejo Ambiental. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 280

281 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Infiltraciones al Suelo Contaminación Directa al Recurso suelo por descarga de Aguas Residuales Colocar señalética en puntos críticos de la pista BLANCA PIEDRA PLAN DE CIERRE, ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA PROGRAMA DE CIERRE Y ABANDONO Objetivos: Establecer un conjunto de medidas y actividades adecuadas para ejecutar un abandono gradual, cuidadoso y planificado del área, integrado a esta tarea la aplicación sistemática de acciones de limpieza de todas las áreas antes ocupadas. Lugar de Aplicación: Instalaciones de la Pista BLANCA PIEDRA PCA-13 ASPECTO AMBIENTAL Generación de residuos peligrosos y no peligrosos. Generación de residuos peligrosos y no peligrosos. Generación de residuos inertes. Generación de vertidos. IMPACTO IDENTIFICADO Deposición incontrolada de residuos. Deposición incontrolada de residuos. Contaminación del suelo. Contaminación al agua. Responsable: Administrador/Gerente de la Pista BLANCA PIEDRA MEDIDAS PROPUESTAS INDICADORES MEDIO DE VERIFICACIÓN Realizar un estudio preliminar en el sitio para Número de descartar la posibilidad de contaminación inspecciones Informes, de los recursos naturales en el área de realizadas y estudios. influencia. programadas. Dar a conocer los resultados del estudio a la Autoridad Ambiental Competente. Efectuar un inventario detallado de materiales, equipos e infraestructura al momento del cierre de las actividades y el abandono de las instalaciones. Limpiar totalmente los sistemas sanitarios de la Pista BLANCA PIEDRA. Aceptación de los resultados. Número de inspecciones realizadas y programadas. Kg. de desechos en la limpieza. Informes. Registros, informes. Registro de los desechos. PLAZO (meses) - Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 281

282 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Generación de residuos inertes. Generación de residuos urbanos. Generación de residuos inertes. Contaminación al suelo y deposición incontrolada de residuos. Deposición incontrolada de residuos. Contaminación del suelo y deposición incontrolada de residuos. Eliminar las estructuras menores de hormigón y metálicas, teniendo en cuenta que al realizar estas labores deberá recuperarse en lo posible todo el material considerado como reutilizable tales como lámparas, letreros de aviso, ventanas, marcos, puertas, accesorios eléctricos y sanitarios, etc. Eliminación de las bases de concreto de los galpones. Acopio, limpieza y eliminación de desechos y residuos: metálicos, orgánicos, de hormigón y otros. Gestor autorizado para tratamiento final de los desechos. Kg. de desechos generados. Kg. de desechos peligrosos y no peligrosos. Fotografías, registros de los desechos eliminados. Registros de los desechos eliminados, fotografías. Registros de los desechos eliminados, fotografías. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 282

283 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 14.- CRONOGRAMA VALORADO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PLANES MESES PRESUPUESTO PLAN DE ANÁLISIS RIESGOS Y ALTERNATIVAS PREVENCIÓN X X X X $ 1.300,00 PLAN DE MITIGACIÓN Y PREVENCIÓN X X X X $ PLAN DE MANEJO DE DESECHOS LÍQUIDOS X X X X X $ 1.500,00 PLAN DE MANEJO DE DESECHOS NO PELIGROSOS X X X X $ 1.200,00 PLAN DE MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS X X X X $ PLAN DE COMUNICACIÓN CAPACITACIÓN X X X $ 1.400,00 PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS X X X $ 500,00 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 283

284 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST PLAN DE CONTINGENCIAS X X X X X X $ 1.600,00 PLAN DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL X X X X X X X X X X X X $ 1.800,00 PLAN DE SALUD Y SEGURIDAD : SEÑALÉTICA X X $ PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO X $ 1.250,00 PLAN DE REHABILITACIÓN X X $ 600,00 PLAN DE CIERRE, ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA $ 400,00 TOTAL EN LETRAS DIECISEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA DÓLARES $ ,00 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 284

285 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 15.- GLOSARIO DE TÉRMINOS Agua para uso Público Urbano: Es el agua nacional para centros de población o asentamientos humanos, destinada para el uso y consumo humano, previa potabilización. Agua Subterránea: Es toda agua del subsuelo, que se encuentra en la zona de saturación (se sitúa debajo del nivel freático donde todos los espacios abiertos están llenos con agua, con una presión igual o mayor que la atmosférica). Agua Superficial: Toda aquella agua que fluye o almacena en la superficie del terreno. Aire o también aire ambiente: Es cualquier porción no confinada de la atmósfera, y se define como mezcla gaseosa cuya composición normal es, de por lo menos, veinte por ciento (20%) de oxígeno, setenta y siete por ciento (77%) nitrógeno y proporciones variables de gases inertes y vapor de agua, en relación volumétrica. Aprovechamiento Sustentable: Es la utilización de organismos, ecosistemas y otros recursos naturales en niveles que permitan su renovación, sin cambiar su estructura general. Auditoría Ambiental: Consiste en el conjunto de métodos y procedimientos de carácter técnico que tienen por objeto verificar el cumplimiento de las normas de protección del medio ambiente en obras y proyectos de desarrollo y en el manejo sustentable de los recursos naturales. Forma parte de la auditoría gubernamental. Calidad Ambiental: El control de la calidad ambiental tiene por objeto prevenir, limitar y evitar actividades que generen efectos nocivos y peligrosos para la salud humana o deterioren el medio ambiente y los recursos naturales. Caracterización de un agua residual: Proceso destinado al conocimiento integral de las características estadísticamente confiables del agua residual, integrado por la toma de muestras, medición de caudal e identificación de los componentes físico, químico, biológico y microbiológico. Carga Contaminante: Cantidad de un contaminante aportada en una descarga de aguas residuales, expresada en unidades de masa por unidad de tiempo. Carga Promedio: Es el producto de la concentración promedio por el caudal promedio, determinados en el mismo sitio. Combustión: Oxidación rápida, que consiste en una combinación del oxígeno con aquellos materiales o sustancias capaces de oxidarse, dando como resultado la generación de gases, partículas, luz y calor. Conservación: Es la administración de la biósfera de forma tal que asegure su aprovechamiento sustentable. Contaminación: Es la presencia en el ambiente de sustancias, elementos, energía o combinación de ellas, en concentraciones y permanencia superiores o inferiores a las establecidas en la legislación vigente. Contaminante del aire: Cualquier sustancia o material emitido a la atmósfera, sea por actividad humana o por procesos naturales, y que afecta adversamente al hombre o al ambiente. Control Ambiental: Es la vigilancia, inspección y aplicación de medidas para mantener o recuperar características ambientales apropiadas para la conservación y mejoramiento de los seres naturales y sociales. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 285

286 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Costo Ambiental: Son los gastos necesarios para la protección, conservación, mejoramiento y rehabilitación del medio ambiente. Daño Ambiental: Es toda pérdida, disminución, detrimento o menoscabo significativo de la condiciones preexistentes en el medio ambiente o uno de sus componentes. Afecta al funcionamiento del ecosistema o a la renovabilidad de sus recursos. Descarga: Acción de verter, infiltrar, depositar o inyectar aguas residuales a un cuerpo receptor o a un sistema de alcantarillado en forma continua, intermitente o fortuita. Desechos especiales: Generados en los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento, que por sus características físico-químicas, representan un riesgo o peligro potencial para los seres humanos, animales o medio ambiente. Desechos generales: Son aquellos que no representan un riesgo adicional para la salud humana, animal o el medio ambiente y que no requieren de un manejo especial. Ejemplo: papel, cartón, plástico, desechos de alimentos, etc. Desechos químicos peligrosos: Sustancias o productos químicos con características tóxicas, corrosivas, inflamables y/o explosivas. Efluente: Líquido proveniente de un proceso de tratamiento, proceso productivo o una actividad Emisión: La descarga de sustancias en la atmósfera. Para propósitos de esta norma, la emisión se refiere a la descarga de sustancias provenientes de actividades humanas. Gestión Ambiental: Conjunto de políticas, normas, actividades operativas y administrativas de planeamiento, financiamiento y control estrechamente vinculadas, que deben ser ejecutadas por el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo sustentable y una óptima calidad de vida. Impacto Ambiental: Es la alteración positiva o negativa del medio ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada. Licencia Ambiental: Es la autorización que otorga la autoridad competente a una persona natural o jurídica, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad. En ella se establecen los requisitos, obligaciones y condiciones que el beneficiario debe cumplir para prevenir, mitigar o corregir los efectos indeseables que el proyecto, obra o actividad autorizada pueda causar en el ambiente. Medio Ambiente: Sistema global constituido por elementos naturales y artificiales, físicos, químicos o biológicos, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la naturaleza o la acción humana, que rige la existencia y desarrollo de la vida en sus diversas manifestaciones. Mejoramiento: Es el incremento de la capacidad de un ecosistema o de una población para satisfacer una función particular o para rendir un producto determinado. Metales pesados: Metales de número atómico elevado, como cadmio, cobre, cromo, hierro, manganeso, mercurio, níquel, plomo, y zinc, entre otros, que son tóxicos en concentraciones reducidas y tienden a la bio acumulación. Monitoreo: Es el proceso programado de colectar muestras, efectuar mediciones, y realizar el subsiguiente registro, de varias características del ambiente, a menudo con el fin de evaluar conformidad con objetivos específicos. Oxígeno Disuelto: Es el oxígeno libre que se encuentra en el agua, vital para las formas de vida acuática y para la prevención de olores. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 286

287 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Partículas Sedimentables: Material particulado, sólido o líquido, en general de tamaño mayor a 10 micrones, y que es capaz de permanecer en suspensión temporal en el aire ambiente. Protección del Medio Ambiente: Es el conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones destinadas a prevenir y controlar el deterioro del medio ambiente. Incluye tres aspectos: conservación del medio natural, prevención y control de la contaminación ambiental y manejo sustentable de los recursos naturales. La protección ambiental, es tarea conjunta del Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales y sector privado. Tecnologías Alternativas: Aquellas que suponen la utilización de fuentes de energía permanente, ambientalmente limpias y con posibilidad de uso generalizado en lugar de las tecnologías convencionales. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 287

288 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 16.- REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Canadian Soil Quality Guidelines. Winnipeg, Manitoba. CANTER, Larry, Manual de Evaluación del Impacto Ambiental, Segunda Edición (Primera en Español), McGraw Hill/Interamericana de España. CAÑADAS, l El mapa Bioclimático y Ecológico del Ecuador. CARB, Seminario Gestión de la Calidad del Aire, Exposición: Blga. Cintia García, California Air Resources Board. Guayaquil, Agosto 1, CCME (Can Tabla 7-4. Símbolos gráficos o diseños de las etiquetas Canadian Council of Ministers of the Environment) Recommended. COWHERD, C. Jr, y otros, Development of Emission Factors for Fugitive Dust Sources, EPA Publication No. EPA-450/3-74/037, Otis Publication No. PB DAVIS, M. Y D. CORNWELL, Introduction to Environmental Engineering. Second Edition, McGraw-Hill, USA. DEPARTAMENTO DE SALUD, EDUCACIÓN Y BIENESTAR DE E.U.A Servicio de salud pública. Manual de fosas sépticas, publicado por Centro Regional de Ayuda Técnica, Primera Edición Español, Agencia para el desarrollo internacional (A.I.D) México/Buenos Aires. EPA (1992). Screening Procedures for estimating the Air Quality Impact for Stationary Sources, Revised. United States Environmental Protection Agency. Estados Unidos. EPA-454/B a Guía Del Usuario Para El Modelo De Dispersión De Complejo De Fuente Industrial (Isc3), EPA (2001). 40 CFR Clean Air Act, Appendix W to Part 51 Guidelines on Air Quality Models. United States Environmental Protection Agency. Estados Unidos. ESPERT V, López P. Dispersión de Contaminantes en la atmósfera, Primera Edición, Universidad Politécnica de Valencia, HARRIS, Cyril M, Manual de Medidas Acústicas y Control del Ruido. Mcgraw- Hill Interamericana de España, C.A.. HARRISON, Manual de Auditoría Medioambiental. Higiene y Seguridad. Segunda Edición. Lee Harrison, editor. McGraw Hill Interamericana Editores, S. A. de C. V., México D. F. IHOBE, Libro Blanco para la Minimización de Residuos y Emisiones. Sociedad Pública de Gestión Ambiental, Gobierno Vasco. IIUCN Red List of Threatened Plants. Cambridge. Uk. INAMHI. Revistas Meteorológicas JOGERSEN. P.M., S. León-Yánez. Catálogo de Plantas Vasculares. MO St Louis Missouri. KREBS, Ch Ecología. Estudio de la distribución y la abundancia. Segunda Edición. Harla. México. Luis Auhing, (2006) Factibilidad del Manejo Ambientalmente Correcto (MAC) de los residuos aceitosos en Guayaquil, Facultad de Ingeniería en Mecánica y Ciencias de la Producción (Escuela Superior Politécnica Del Litoral). MARTINEZ, JAVIER (2005). CENTRO COORDINADOR DEL CONVENIO DE BASILEA PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE. Guía para la Gestión Integral de Residuos Peligrosos. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 288

289 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MCCORMICK, R., M. GRABOSKI, T. ALLEMAN y J. YANOWITZ, Idle Emissions from Heavy-Duty Diesel and Natural Gas Vehicles at High Altitude. ISSN J. Air & Waste Management Assoc. 50: METCALF & EDDY, Ingeniería de Aguas Residuales. Volumen I, Tratamiento, Vertido y Reutilización, Tercera Edición (Primera en Español), McGraw Hill. OIT, Enciclopedia de Salud y Seguridad en el Trabajo, Tercera Edición. Metales, Propiedades Químicas y Toxicidad. Capítulo dirigido por G. Nordberg. OLDFIELD, S. CH. LUSTEYAND, A. MAAKINVER The world list of threatened trees. Word conservation press. Cambridge, Uk. OMS, Guías para el Ruido Urbano. B.Berglund, T.Lindvall y D. H. Schwela,Editores. Organización Mundial de la Salud. ONURSAL, B, y S. Gautam, Vehicular Air Pollution. Experiences from Seven Latin American Urban Centers. World Bank Technical Paper Number 373. ISBN: PETROECUADOR, Compendio de Normas de Seguridad e Higiene Industrial. Unidad de Relaciones Institucionales, Petroecuador, Quito, Ecuador. Serrano Decker, Carlos (2006) Proyecto MAC de Residuos Aceitosos en Guayaquil. TCHOBANOGLOUS, G., H. THEISEN, S. VIGIL, Gestión Integral de Residuos Sólidos. 1era. Edición Español. McGraw-Hill/Interamericana de España C.A.. WARK K, WARNER C1 Contaminación del Aire Origen y Control, Universidad de Purdue, 1996.Brizuela E. Romano D. Curso de Combustión, Área de Proyectos. SIISE, Sistema de Indicadores Sociales del Ecuador, versión 2.5, Ministerios del Frente Social, INEC, CONAMU, CEPAR, INFA. MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE DEL ECUADOR, LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL, Capítulo VI anexo 4, publicado RO/ 245 de 30 de Julio de Ecuador. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA (1991). Reglamento que Establece las Normas de Calidad del Aire y sus Métodos de Medición. Registro Oficial No. 726, publicado el 15 de julio de Ecuador. Registro Oficial Nº 725, 16 de diciembre del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria. REPÚBLICA DEL ECUADOR. Registro Oficial No. 758, 14 de Agosto de Decreto # 416/95. Anexo 3. Directrices para la Elaboración de Planes de Contingencia por Derrames de Hidrocarburos y otras Sustancias Nocivas (Químicos y Radioactivos), en Industrias, Depósitos, Puertos y Terminales. Reglamento General de Plaguicidas y Productos Afines de Uso Agrícola, Decreto Ejecutivo No. 939, publicado en el Registro Oficial No. 233 de 15 de julio de 1993 Reglamento de Saneamiento Ambiental Bananero, Acuerdo Ministerial No 245 del 2 de agosto del 2001, publicado en el Registro Oficial No. 395 del miércoles 22 de Agosto del 2001 Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador. (Decreto Ejecutivo 1215 publicado en el Registro Oficial del 13 de Febrero del 2001). TITULO V. Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio de Ambiente D:E 3399 R.O. 752, Diciembre 16,2002; D.E R.O. Edición Especial N 2, Marzo 31, Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 289

290 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST LIBRO VI, De la Calidad Ambiente, Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio de Ambiente D:E 3399 R.O. 752, Diciembre 16,2002; D.E.3516 R.O. Edición Especial N 2, Marzo 31, ANEXO 6. Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de los Desechos Sólidos no Peligrosos, Peligrosos, Título IV Reglamento de la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 290

291 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 17.- FIRMAS DE RESPONSABILIDAD Declaramos que la información contenida en este documento y sus anexos es fidedigna y que puede ser verificada por el MAE, la que en caso de omisión o falsedad, podrá invalidar el trámite y/o aplicar las sanciones correspondientes. ING. ONASSIS SÁNCHEZ MAZZINI. CONSULTOR AMBIENTAL REG. MAE NO. 65 CI-CAT-A HENRY SALVATIERRA FUENTES REPRESENTANTE LEGAL AEROTRIUNFO CIA. LTDA. Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 291

292 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST 18.- ANEXOS ANEXOS FOTOGRÁFICOS FOTOGRAFÍA #1 INSTALACIONES DE LA PISTA BLANCA PIEDRA INSTALACIONES DE LA PISTA BLANCA PIEDRA FOTOGRAFÍA #2 ALMACENAMIENTO DE ACEITE AGRÍCOLA ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLE Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 292

293 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST FOTOGRAFÍA #3 EXTINTOR CO2 BOTÍQUIN FOTOGRAFÍA #4 ÁREA DE MEZCLADO ÁREA DE MEZCLADO Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 293

294 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST FOTOGRAFÍA #5 ÁREA DE PLATAFORMA LLAVES DEL ÁREA PLATAFORMA FOTOGRAFÍA #6 ÁREA DE POZO RECICLAJE ÁREA DE POZO RECICLAJE Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 294

295 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST FOTOGRAFÍA #7 BOMBA 1.5 HP BOMBA 5.5 HP FOTOGRAFÍA #8 MEDIDOR DE LUZ Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 295

296 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST FOTOGRAFÍA#9 TANQUE ELEVADO 200 GALONES TANQUE DE 500 GALONES FOTOGRAFÍA #10 ÁREA DE DESECHOS NO PELIGROSOS Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 296

297 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST FOTOGRAFÍA #11 SERVICIOS HIGIÉNICOS SERVICIOS HIGIÉNICOS FOTOGRAFÍA #11 SEÑALÉTICA SEÑALÉTICA Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 297

298 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST CERTIFICADO DE INTERSECIÓN Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 298

299 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MAPA DE INTERSECCIÓN Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 299

300 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST CERTIFICADO USO DE SUELO Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 300

301 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MAPA GEOGRÁFICA DE LA PISTA BLANCA PIEDRA CULTIVO DE BANANO PISTA BLANCA PIEDRA MARISCAL SUCRE CULTIVO CICLO CORTO Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 301

302 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MAPA DE BIODIVERSIDAD Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 302

303 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MAPA DE COBERTURA VEGETAL Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 303

304 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MAPA DE GEOMORFOLOGÍA DE SUELOS Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 304

305 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MAPA DE INFRAESTRUCTURA Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 305

306 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MAPA DE MICROCUENCAS Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 306

307 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MAPA DE PARCELAS Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 307

308 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MAPA SOCIOECONÓMICO Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 308

309 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MAPA DE SUELOS Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 309

310 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MAPA DE USO DE TIERRA Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 310

311 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST MAPA DE ZONAS CLIMÁTICAS Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 311

312 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST CERTIFICADO DE LA AVIACIÓN CIVIL Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 312

313 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 313

314 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 314

315 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 315

316 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST PLANO HIDROSANITARIO Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 316

317 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST HOJA DE MANEJO SEGURO Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 317

318 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 318

319 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 319

320 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 320

321 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 321

322 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST ETIQUETAS DE SEGURIDAD DEL REGISTRO GENERADOR DE DESECHOS PLEIGROSOS Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 322

323 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 323 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST

324 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 324 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST

325 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 325 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST

326 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 326 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST

327 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 327 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST

328 Reg. MAE No. 65 CI-CAT A 328 BORRADOR DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EXPOST

LOS DELITOS AMBIENTALES EN EL NUEVO CÓDIGO ÓRGÁNICO INTEGRAL PENAL ECUATORIANO

LOS DELITOS AMBIENTALES EN EL NUEVO CÓDIGO ÓRGÁNICO INTEGRAL PENAL ECUATORIANO LOS DELITOS AMBIENTALES EN EL NUEVO CÓDIGO ÓRGÁNICO INTEGRAL PENAL ECUATORIANO DEFINICIÓN DE DELITO Un delito es un comportamiento que, ya sea por propia voluntad o por imprudencia, resulta contrario a

Más detalles

RESUMEN EJECUTIVO Ficha Ambiental y Plan de Manejo del CENTRO COMERCIAL GRANADOS PLAZA

RESUMEN EJECUTIVO Ficha Ambiental y Plan de Manejo del CENTRO COMERCIAL GRANADOS PLAZA Marzo, 2015 Ficha Ambiental y Plan de Manejo del CENTRO COMERCIAL GRANADOS PLAZA Preparado para: Elaborado por: KUUSA Soluciones Ambientales FICHA Y PLAN DE MANEJO AMBIENTAL DEL CENTRO COMERCIAL GRANADOS

Más detalles

Ing. Fernando Chiock

Ing. Fernando Chiock Ing. Fernando Chiock Ley de Recursos Hídricos Título Preliminar Artículo III.- Principios 1. Principio de valoración del agua y de gestión integrada del agua El agua tiene valor sociocultural, valor económico

Más detalles

PERFIL PROFESIONAL INGENIERÍA EN TECNOLOGÍA AMBIENTAL. Universidad Politécnica de Durango

PERFIL PROFESIONAL INGENIERÍA EN TECNOLOGÍA AMBIENTAL. Universidad Politécnica de Durango PERFIL PROFESIONAL INGENIERÍA EN TECNOLOGÍA AMBIENTAL Universidad Politécnica de Durango I. Programa Educativo II. Requerimientos del Sector Productivo Ingeniería en Tecnología Ambiental Evaluación de

Más detalles

Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos Secretaria del Ambiente. Presidencia de la República del Paraguay

Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos Secretaria del Ambiente. Presidencia de la República del Paraguay Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos Secretaria del Ambiente Presidencia de la República del Paraguay SECRETARIA DEL AMBIENTE LEY 1561/00, Art. 25 LEY Nº3239:Ley de los

Más detalles

1. INFORMACIÓN EMPRESA 1.1 INFORMACIÓN GENERAL

1. INFORMACIÓN EMPRESA 1.1 INFORMACIÓN GENERAL 1.1.1 Razón social de la empresa 1.1.2 Representante legal 1.1.3 RUC 1.1.4 Provincia, cantón, ciudad, parroquia 1.1.5 Dirección 1.1.6 Teléfono, fax, e-mail 1.1.7 Clasificación (PyME, grande empresa) 1.1.8

Más detalles

GESTIÓN AMBIENTAL SOSTENIBLE

GESTIÓN AMBIENTAL SOSTENIBLE GESTIÓN AMBIENTAL SOSTENIBLE El proceso sistémico de materialización de acciones sobre el sistema natural, ajustadas a los procesos de sustentabilidad ambiental, social y política GESTIÓN AMBIENTAL SOSTENIBLE

Más detalles

1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo?

1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo? Tema 1 (medidas generales) Las respuestas correctas se encuentran marcadas al final 1. Quién encomienda a los poderes Públicos, velar por la seguridad e higiene en el trabajo? a) La Constitución Española

Más detalles

PROCESOS PARTICIPATIVOS EN LA GESTIÓN N DE CUENCAS

PROCESOS PARTICIPATIVOS EN LA GESTIÓN N DE CUENCAS Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca PROCESOS PARTICIPATIVOS EN LA GESTIÓN N DE CUENCAS Foz de Iguazú, Noviembre de 2009 Marco legal FUNDAMENTALES DE LA POLÍTICA AMBIENTAL GENERALES AMBIENTALES

Más detalles

SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL EN SEDE RODRIGO FACIO,

SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL EN SEDE RODRIGO FACIO, IMPLEMENTACIÓN N DEL SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL EN SEDE RODRIGO FACIO, UNIVERSIDAD DE COSTA RICA Yamileth Astorga Coordinadora ProGAI/CICA Sistemas de Gestión Ambiental Definición: Proceso cíclico de

Más detalles

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Capítulo V SECTORES ESTRATÉGICOS, SERVICIOS Y EMPRESAS PÚBLICAS Art. 313.- El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores

Más detalles

HIGIENE, SEGURIDAD INDUSTRIAL Y AMBIENTE

HIGIENE, SEGURIDAD INDUSTRIAL Y AMBIENTE Departamento de HIGIENE, SEGURIDAD INDUSTRIAL Y AMBIENTE Hacia una comunidad portuaria respetuosa con su entorno En los puertos de Honduras se realizan diversas actuaciones relacionadas con la Seguridad

Más detalles

CAPITULO XI ESTUDIO DE VALORACIÓN ECONÓMICA CONTENIDO

CAPITULO XI ESTUDIO DE VALORACIÓN ECONÓMICA CONTENIDO CAPITULO XI ESTUDIO DE VALORACIÓN ECONÓMICA CONTENIDO 11.1. INTRODUCCIÓN... 2 11.2. OBJETIVO... 3 11.3. ALCANCE... 3 11.4. EVALUACIÓN Y ESTUDIO COSTO - BENEFICIO... 3 11.4.1 Evaluación Costo - Beneficio...

Más detalles

SEM SEMARNAT. La importancia de la coordinación interinstitucional en el desarrollo de las indc

SEM SEMARNAT. La importancia de la coordinación interinstitucional en el desarrollo de las indc SEM SEMARNAT SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES La importancia de la coordinación interinstitucional en el desarrollo de las indc Beatriz Bugeda Directora General de Políticas de Cambio

Más detalles

ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS Y CAMBIO GLOBAL EN

ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS Y CAMBIO GLOBAL EN ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS Y CAMBIO GLOBAL EN EL PERÚ ALFREDO GÁLVEZ BALLÓN SOCIEDAD PERUANA DE DERECHO AMBIENTAL OCTUBRE DE 2013 DOS CASOS NORMATIVOS RELACIONADOS A CAMBIO GLOBAL EN EL PERÚ Marco Legal

Más detalles

CURSO PREVENCIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES

CURSO PREVENCIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES CURSO PREVENCIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES FICHA RESUMEN ACCIÓN FORMATIVA Prevención de riesgos ambientales Duración 80 h Modalidad Presencial Objetivo general Adquisición de herramientas para prevención

Más detalles

El Sistema Nacional de Seguridad de la Biotecnología en la República Bolivariana de Venezuela

El Sistema Nacional de Seguridad de la Biotecnología en la República Bolivariana de Venezuela OFICINA NACIONAL DE DIVERSIDAD BIOLÓGICA trabajamos por un ambiente sano El Sistema Nacional de Seguridad de la Biotecnología en la República Bolivariana de Venezuela Simposio sobre Desarrollo de un sistema

Más detalles

LEGISLACIÓN SOBRE AGUAS RESIDUALES INTERNACIONAL

LEGISLACIÓN SOBRE AGUAS RESIDUALES INTERNACIONAL LEGISLACIÓN SOBRE AGUAS RESIDUALES INTERNACIONAL Acuerdo Europeo sobre limitación del empleo de ciertos detergentes en los productos de lavado y limpieza, hecho en Estrasburgo el 16 de Septiembre de 1968

Más detalles

Juntos y Comprometidos con la Reducción de Riesgos y Desastres.

Juntos y Comprometidos con la Reducción de Riesgos y Desastres. Juntos y Comprometidos con la Reducción de Riesgos y Desastres. GESTIÓN DE RIESGOS EN ECUADOR www.gestionderiesgos.gob.ec ANTECEDENTES 2008 2009 REACTIVO RESPUESTISTA Decreto Ejecutivo 1046-A del 26 de

Más detalles

Manual de Procedimientos y Operaciones TABLA DE CONTENIDO

Manual de Procedimientos y Operaciones TABLA DE CONTENIDO Código MAC-02 v.02 Página 1 de 9 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN 2. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 2.1 Objeto 2.2 Campo de Aplicación 3. ACTO ADMINISTRATIVO DE ADOPCIÓN O MODIFICACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL

Más detalles

Instructivo Tratamiento de Sustancias y Residuos Peligrosos

Instructivo Tratamiento de Sustancias y Residuos Peligrosos Página 1 de 6 1. Objetivo y alcance El objeto del presente instructivo es establecer la metodología para el tratamiento ambiental de las sustancias y residuos peligrosos generados en las actividades de

Más detalles

DIPLOMADO SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTIÓN HSEQ ISO 9001: ISO 14001: OHSAS 18001:2007

DIPLOMADO SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTIÓN HSEQ ISO 9001: ISO 14001: OHSAS 18001:2007 PROGRAMA DE FORMACIÓN DIPLOMADO EN SIS INTEGRADOS DE GESTIÓN DIPLOMADO SIS INTEGRADOS DE GESTIÓN HSEQ ISO 9001:2015 - ISO 14001:2015 - OHSAS 18001:2007 Dada la globalización y con el fin de promover la

Más detalles

RESOLUCION 1023 DEL 28 DE JULIO DE 2005

RESOLUCION 1023 DEL 28 DE JULIO DE 2005 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) RESOLUCION 1023 DEL 28 DE JULIO DE 2005 Por la cual se adoptan guías ambientales como instrumento de

Más detalles

4.7. OFICINA DE METODOLOGÍAS DE SUPERVISIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGO I. IDENTIFICACIÓN. Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo

4.7. OFICINA DE METODOLOGÍAS DE SUPERVISIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGO I. IDENTIFICACIÓN. Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo 4.7. OFICINA DE METODOLOGÍAS DE SUPERVISIÓN Y ANÁLISIS DE RIESGO I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Directivo Denominación del Empleo: Jefe de Oficina Código: 0137 Grado: 21 Número de Cargos: 04 Cargo del Jefe Inmediato:

Más detalles

LEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL

LEY No SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL LEY No.126-02 SOBRE COMERCIO ELECTRONICO, DOCUMENTOS Y FIRMAS DIGITALES AGENDA REGULATORIA DEL INDOTEL Para lograr la correcta implementación de la Infraestructura de Clave Pública de la República Dominicana

Más detalles

1. ANTECEDENTES. 2. Objetivos de La Consultoría. El Objetivo General de la consultoría es:

1. ANTECEDENTES. 2. Objetivos de La Consultoría. El Objetivo General de la consultoría es: TÉRMINOS DE REFERENCIA CONSULTORIA POR PRODUCTO ELABORACIÓN DE REGLAMENTO MODELO DE LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS PARA MUNICIPIOS MENORES A CIEN MIL HABITANTES, EN EL MARCO DE LA LEY DE 755 DE

Más detalles

INFORME DE INSPECCION ESPECIALIZADA EN SEGURIDAD Y SALUD

INFORME DE INSPECCION ESPECIALIZADA EN SEGURIDAD Y SALUD INFORME DE INSPECCION ESPECIALIZADA EN SEGURIDAD Y SALUD CODIGO DE TRABAJO: Art. 42.- Obligaciones del empleador.- Son obligaciones del empleador. Numeral 17. Facilitar la inspección y vigilancia que las

Más detalles

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE DEL REINO DE ESPAÑA Y LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE DEL REINO DE ESPAÑA Y LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO ENTRE EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE DEL REINO DE ESPAÑA Y LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DEL MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOBRE

Más detalles

MASTER DE GESTION INTEGRADA DE LA CALIDAD AMBIENTAL ANALISIS DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE UNIDADES DIDACTICAS

MASTER DE GESTION INTEGRADA DE LA CALIDAD AMBIENTAL ANALISIS DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE UNIDADES DIDACTICAS ANALISIS DE SOSTENIBILIDAD Y DESARROLLO SOSTENIBLE UNIDADES DIDACTICAS MASTER DE GESTION INTEGRADA DE LA CALIDAD ANALISIS TECNICO-CIENTIFICO DE INGENIERIA MEDIO El Master tiene la doble característica

Más detalles

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL GABINETE DE PRESIDENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Diciembre 2010 Oficina de Desarrollo Organizacional Gabinete 136-029/10 21/12/2010 Página 1 de 11 ÍNDICE Página Misión, Visión, Valores

Más detalles

ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES DE LA ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA

ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES DE LA ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA ASPECTOS MEDIOAMBIENTALES DE LA ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA REGULACIÓN DE LAS UBICACIONES DE LAS CENTRALES FOTOVOLTAICAS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL LEGISLACIÓN LEGISLACIÓN EUROPEA Directiva 85/337/CEE,

Más detalles

No EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

No EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: No. 07-2013 ORDENANZA REFORMATORIA AL TÍTULO II, DE LA ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y REGULACIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE DEL CANTÓN LOJA DEL CÓDIGO MUNICIPAL DE VÍA PÚBLICA, CIRCULACIÓN Y TRANSPORTE

Más detalles

SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES

SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES Bajo la ley 1552 de 2012 SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES ANTES DE LEY 100 S.G.R.L. (Dec. 1295/94 Y Ley 1562/12) SISTEMA LEY GENERAL 100 DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

Más detalles

UNASUR. Temas centrales en la creación del Organismo ha sido los de energía e infraestructura Art. 3 Tratado Constitutivo literal d) y e)

UNASUR. Temas centrales en la creación del Organismo ha sido los de energía e infraestructura Art. 3 Tratado Constitutivo literal d) y e) UNASUR Temas centrales en la creación del Organismo ha sido los de energía e infraestructura Art. 3 Tratado Constitutivo literal d) y e) d) la integración energética para el aprovechamiento integral, sostenible

Más detalles

DECIDE: CAPITULO I PROGRAMA DE DIFUSION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD ANDINA

DECIDE: CAPITULO I PROGRAMA DE DIFUSION ESTADISTICA DE LA COMUNIDAD ANDINA Decisión 690 Programa de Difusión Estadística de la Comunidad Andina LA COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Artículo 54 del Acuerdo de Cartagena, los artículos 36 y 37 de la Decisión 471, la Decisión

Más detalles

RESOLUCIÓN No (22 MAR 2005)

RESOLUCIÓN No (22 MAR 2005) Hoja No. 1/7 EL GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO ICA En ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por los Decretos 2141 de 1992, 1840 de 1994,

Más detalles

CONTENIDO A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO?... 3 JUSTIFICACIÓN... 3 OBJETIVOS GENERALES... 4 COMPETENCIAS... 4 METODOLOGÍA... 4 CONTENIDO...

CONTENIDO A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO?... 3 JUSTIFICACIÓN... 3 OBJETIVOS GENERALES... 4 COMPETENCIAS... 4 METODOLOGÍA... 4 CONTENIDO... 1 CONTENIDO Pág. A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO?... 3 JUSTIFICACIÓN... 3 OBJETIVOS GENERALES... 4 COMPETENCIAS... 4 METODOLOGÍA... 4 CONTENIDO... 5 CERTIFICACIONES... 6 DURACIÓN... 6 INVERSIÓN UPTC... 7 MAYORES

Más detalles

PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL

PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL QUÉ CREE UD QUE ES EL PLAN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL? CÓDIGO ORGÁNICO DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS

Más detalles

INTERPRETACIÓN NORMA OHSAS 18001:2007 MÓDULO 1 SESIÓN 1 INTERPRETACIÓN DE LA NORMA OHSAS 18001:2007 DOCENTE: Ing. Dª. Ana I.

INTERPRETACIÓN NORMA OHSAS 18001:2007 MÓDULO 1 SESIÓN 1 INTERPRETACIÓN DE LA NORMA OHSAS 18001:2007 DOCENTE: Ing. Dª. Ana I. INTERPRETACIÓN NORMA OHSAS 18001:2007 MÓDULO 1 SESIÓN 1 INTERPRETACIÓN DE LA NORMA OHSAS 18001:2007 DOCENTE: Ing. Dª. Ana I. Menac Lumbreras Especializados 1 TEMA 1 Contenidos INTRODUCCIÓN A LA NORMA OHSAS

Más detalles

Introducción Objetivo General Objetivos Específicos Dirección y Metodología del Curso

Introducción Objetivo General Objetivos Específicos Dirección y Metodología del Curso Introducción Este curso ha sido preparado con fin de ofrecer un conocimiento integral sobre los requisitos del diseño, operación y mantenimiento de instalaciones de Gas Licuado de Petróleo en Estaciones

Más detalles

DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES

DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES Art. 1.- [Formas de Estado y Gobierno].- El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural,

Más detalles

GESTION AMBIENTAL en la Generación Energía Renovable

GESTION AMBIENTAL en la Generación Energía Renovable GESTION AMBIENTAL en la Generación Energía Renovable Octubre 2012 Rodolfo Llerena. MARN/DIGARN/UCA Evaluación Ambiental Inspecciones Control y Seguimiento Ambiental Base Legal: Acuerdo Gubernativo 431-2007

Más detalles

33% REDUCCIÓN Indicador energético por producción

33% REDUCCIÓN Indicador energético por producción CHILEALIMENTOS Industria de Alimentos Procesados de Chile COMPROMISO DEL SECTOR CON LA SUSTENTABILIDAD Chilealimentos está ampliamente comprometido con mejorar continuamente su desempeño de sustentabilidad.

Más detalles

Decreto 5-95 Convenio sobre la Diversidad Biológica. Decreto Reformas al 4-89

Decreto 5-95 Convenio sobre la Diversidad Biológica. Decreto Reformas al 4-89 B Incorpora la diversidad biológica como parte del patrimonio natural del país y propone mecanismos para su protección y conservación, cuya coordinación recae sobre CONAP Creación del CONAP y SIGAP Decreto

Más detalles

SERVICIOS AMBIENTALES - CONTEXTO LEGAL BOLIVIANO

SERVICIOS AMBIENTALES - CONTEXTO LEGAL BOLIVIANO SERVICIOS AMBIENTALES - CONTEXTO LEGAL BOLIVIANO Posición Oficial de Bolivia en el Contexto Internacional Los mecanismos de mercado aplicados en los países en desarrollo no han logrado la disminución de

Más detalles

CLASIFICACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS

CLASIFICACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS CLASIFICACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS Son múltiples las actividades industriales o no en las que se pueden generar atmosferas explosivas debido a la manipulación, producción o almacenamiento de productos

Más detalles

FOMENTO DE LA CULTURA DE CONTROL INTERNO

FOMENTO DE LA CULTURA DE CONTROL INTERNO FOMENTO DE LA CULTURA DE CONTROL INTERNO ELABORACIÓN REVISIÓN Y APROBACIÓN Elaborado por: Revisado y aprobado por: Alix Amaya Gómez Cargo: Asesor Eduin Fernando Valdez Cargo: Jefe de Oficina Asesora Página

Más detalles

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO:

ACUERDO MINISTERIAL No Guatemala, 18 de marzo de EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: ACUERDO MINISTERIAL No. 595-2010 Guatemala, 18 de marzo de 2010. EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Código de Salud, el Estado a través del Ministerio

Más detalles

Aproximación a la Gestión del Riesgo de Desastres

Aproximación a la Gestión del Riesgo de Desastres AGENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL OFICINA DE ASISTENCIA PARA DESASTRES EN EL EXTRANJERO USAID/OFDA USAID/OFDA Aproximación a la Gestión del Riesgo de Desastres Msc. Sergio

Más detalles

GUÍA PARA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIONES TEMPORALES

GUÍA PARA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIONES TEMPORALES LA SOLICITUD DE GUÍA PARA AUTORIZACIONES TEMPORALES Autorizaciones temporales La Autoridad minera podrá otorgar a solicitud de los interesados autorización temporal e intransferible, a las entidades territoriales

Más detalles

OPERADOR PORTUARIO DE SERVICIOS CONEXOS

OPERADOR PORTUARIO DE SERVICIOS CONEXOS OPERADOR PORTUARIO DE SERVICIOS CONEXOS Emisión primera vez Matrícula OPSC 1) REQUISITOS GENERALES: a) Solicitud dirigida al Subsecretario de Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial, o funcionario que

Más detalles

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº SA/DM

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº SA/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1182-2003-SA/DM Lima, 17 de Noviembre del 2003 Vista la propuesta de la Oficina General de Cooperación Internacional y el Oficio Nº 2225-2003-OGAJ/MINSA de la Oficina General

Más detalles

LICENCIATURA EN DESARROLLO REGIONAL SUSTENTABLE

LICENCIATURA EN DESARROLLO REGIONAL SUSTENTABLE LICENCIATURA EN DESARROLLO REGIONAL SUSTENTABLE La Licenciatura de Desarrollo Regional Sustentable, pretende preparar a profesionales que tengan un enfoque holístico de la realidad de una región cualquiera,

Más detalles

La importancia de la conservación n del patrimonio natural y la biodiversidad: los humedales

La importancia de la conservación n del patrimonio natural y la biodiversidad: los humedales La importancia de la conservación n del patrimonio natural y la biodiversidad: los humedales (Enero de 2010) Subdirección General de Biodiversidad Dirección General de Medio Natural y Política Forestal

Más detalles

GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA

GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA 4k Oficio N 6431-SGMM Agosto 19 del 2015. Ing. Rosa Guzmán, GERENTA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL TERMINAL TERRESTRE DE MACHALA-EP Presente.- De mi consideración: Tengo a bien NOTIFICAR a usted,

Más detalles

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la Evaluación

Más detalles

Estado de la Gestión de las Áreas Naturales Protegidas bajo la influencia del proyecto Camisea

Estado de la Gestión de las Áreas Naturales Protegidas bajo la influencia del proyecto Camisea Estado de la Gestión de las Áreas Naturales Protegidas bajo la influencia del proyecto Camisea EL SERNANP El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, es un organismo público

Más detalles

CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. PRIMERA PARTE Declaraciones, Derechos, Deberes, Garantías y Políticas Especiales

CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. PRIMERA PARTE Declaraciones, Derechos, Deberes, Garantías y Políticas Especiales CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA PRIMERA PARTE Declaraciones, Derechos, Deberes, Garantías y Políticas Especiales TITULO I - Declaraciones, Derechos, Deberes y Garantías SECCIÓN I - Declaraciones

Más detalles

ACUERDO 03 DE (Julio 14)

ACUERDO 03 DE (Julio 14) ACUERDO 03 DE 2004 (Julio 14) Por el cual se establece la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la EMPRESA DE RENOVACION URBANA DE BOGOTA, D.C. LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPRESA

Más detalles

DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO

DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DEL MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Regularización Ambiental Seguimiento Ambiental Control Ambiental EJES DEL SISTEMA DE MANEJO AMBIENTAL EN EL MDMQ Regularización-Permisos Ambientales Seguimiento

Más detalles

CARACTERIZACIÓN DE USUARIOS CAR

CARACTERIZACIÓN DE USUARIOS CAR CARACTERIZACIÓN DE USUARIOS CAR Población: La jurisdicción CAR cuenta con una extensión total de 18.615 km2 distribuidos en 98 municipios en el Departamento de Cundinamarca, 6 en el Departamento de Boyacá

Más detalles

MEDIO AMBIENTE. Material preparado por las estudiantes Loza, Macchiavello, Recarey Grupo reglamentado 2012 Lic. Ippoliti

MEDIO AMBIENTE. Material preparado por las estudiantes Loza, Macchiavello, Recarey Grupo reglamentado 2012 Lic. Ippoliti MEDIO AMBIENTE Material preparado por las estudiantes Loza, Macchiavello, Recarey Grupo reglamentado 2012 Lic. Ippoliti Concepto: Circunstancias físicas que rodean a los seres vivos Conjuntos de factores

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO MANUAL DE OPERACIÓN DE LA NORMATECA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO 1 ÍNDICE I. Presentación II. III. IV. Fundamentación Jurídica Objetivo Glosario V. Tipos de documentos a Integrar VI.

Más detalles

Seminario Internacional de Empresas Ambiental y Socialmente Responsables

Seminario Internacional de Empresas Ambiental y Socialmente Responsables Seminario Internacional de Empresas Ambiental y Socialmente Responsables ESTUDIO DE CASO: MANEJO DE CRISIS" Asociación Nacional de la Industria Química, A.C. Noviembre 17, 2003 Quién debe responder a una

Más detalles

TALLER VALIDACIÓN DE LINEAMIENTOS PARA LA SUSTENTABILIDAD HIDRICA EN LA CUENCA DE PETORCA

TALLER VALIDACIÓN DE LINEAMIENTOS PARA LA SUSTENTABILIDAD HIDRICA EN LA CUENCA DE PETORCA TALLER VALIDACIÓN DE LINEAMIENTOS PARA LA SUSTENTABILIDAD HIDRICA EN LA CUENCA DE PETORCA Proyecto: Generación de estrategias para la sustentabilidad hídrica de la cuenca de Petorca bajo escenarios de

Más detalles

PROTOCOLO PARA LA CONSERVACION Y ADMINISTRACION DE LAS ÁREAS MARINAS Y COSTERAS PROTEGIDAS DEL PACÍFICO SUDESTE

PROTOCOLO PARA LA CONSERVACION Y ADMINISTRACION DE LAS ÁREAS MARINAS Y COSTERAS PROTEGIDAS DEL PACÍFICO SUDESTE PROTOCOLO PARA LA CONSERVACION Y ADMINISTRACION DE LAS ÁREAS MARINAS Y COSTERAS PROTEGIDAS DEL PACÍFICO SUDESTE Las Altas Partes Contratantes Reconociendo la necesidad de adoptar medidas apropiadas para

Más detalles

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA COMISIÓN CONTRA LAS ADICCIONES Y EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS 2a. Calle 1-00 zona 10, Ciudad de Guatemala Teléfonos: 2361-2620, 2361-2623, 2361-2626, 2361-2628. Fax: 2331-0372

Más detalles

DIPLOMADO EN SISTEMAS DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL OHSAS 18001

DIPLOMADO EN SISTEMAS DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL OHSAS 18001 SIS DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y S.O. DIPLOMADO EN SIS DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL OHSAS 18001 1- PRESENTACIÓN Las empresas hoy, deben responder al mercado internacional con estrategias de

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud Licenciatura en Agronomía Título: Ingeniero Agrónomo o Ingeniera Agrónoma PLAN DE ESTUDIOS I. OBJETIVO

Más detalles

Consulta Sobre Directrices de Programación para GEF-7. Taller de Circunscripción Ampliada Guatemala 28 Abril 2016

Consulta Sobre Directrices de Programación para GEF-7. Taller de Circunscripción Ampliada Guatemala 28 Abril 2016 Consulta Sobre Directrices de Programación para GEF-7 Taller de Circunscripción Ampliada Guatemala 28 Abril 2016 Nat Reg Presiones Ambientales 9 5 Desmonte para agricultura de corte y quema. 3 1 Desmonte

Más detalles

CIRCULAR MANDATORIA. Plan de Gestión de Residuos Sólidos de Aeropuertos y Aeródromos

CIRCULAR MANDATORIA. Plan de Gestión de Residuos Sólidos de Aeropuertos y Aeródromos FUERZA AEREA DIRECCIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONÁUTICA DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL DIRECCIÓN DE SEGURIDAD OPERACIONAL DIVISIÓN NAVEGACIÓN AÉREA OFICINA DE MEDIO AMBIENTE,

Más detalles

ANEXO I: LEGISLACION AMBIENTAL SOBRE RESIDUOS Y PYMES

ANEXO I: LEGISLACION AMBIENTAL SOBRE RESIDUOS Y PYMES Ayto de SOCUELLAMOS GUIA PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA EN SOCUELLAMOS ANEXO I: LEGISLACION AMBIENTAL SOBRE RESIDUOS Y PYMES I. MARCO LEGISLATIVO. INFRACCIONES Y SANCIONES.

Más detalles

Simposio Internacional Turismo Sustentable en Areas Protegidas. Alejandra Figueroa Fernández Jefa División de Recursos Naturales y Biodiversidad

Simposio Internacional Turismo Sustentable en Areas Protegidas. Alejandra Figueroa Fernández Jefa División de Recursos Naturales y Biodiversidad Simposio Internacional Turismo Sustentable en Areas Protegidas Alejandra Figueroa Fernández Jefa División de Recursos Naturales y Biodiversidad Institucionalidad Ambiental en Chile 2 COMPROMISO PARA MEJORAR

Más detalles

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS PERÚ Iquitos, 11 de Noviembre 2010 AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Y GESTION INTEGRADA DE LOS RECURSOS HIDRICOS PERÚ TEMAS 1. Gestión de la oferta y demanda de agua 2. Clases y tipos de Usos de agua 3. Clases

Más detalles

TRABAJOSEGURO Programa sobre Seguridad, Salud y Medio Ambiente

TRABAJOSEGURO Programa sobre Seguridad, Salud y Medio Ambiente TRABAJOSEGURO Programa sobre Seguridad, Salud y Medio Ambiente CONVENIO No.187 y RECOMENDACION No.197 MARCO PROMOCIONAL PARA LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO: POR UNA CULTURA PREVENTIVA Valentina Forastieri

Más detalles

RESOLUCION 797 Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos

RESOLUCION 797 Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos RESOLUCION 797 Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos LA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El artículo 30 literal b) del Acuerdo de

Más detalles

Universidad Nacional Programa de Gestión Ambiental Institucional

Universidad Nacional Programa de Gestión Ambiental Institucional Universidad Nacional Programa de Gestión Ambiental Institucional Programa UNA-Campus Sostenible Programa de Gestión Ambiental Institucional Universidad Nacional Un Programa de Gestión Ambiental Institucional

Más detalles

Comisión de Auditoría. Propuesta de Política Control y Gestión de Riesgos Madrid, 23/02/2016

Comisión de Auditoría. Propuesta de Política Control y Gestión de Riesgos Madrid, 23/02/2016 Comisión de Auditoría. Propuesta de Política Control y Gestión de Riesgos Madrid 23/02/2016 1. Objeto. Esta política establece los principios básicos de actuación para el control y la gestión de riesgos

Más detalles

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO TIPUTINI AGAURICO ORELLANA

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO TIPUTINI AGAURICO ORELLANA EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN AGUARICO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 449, del 20 de octubre del año 2008,

Más detalles

CRITERIOS DE EVALUACIÓN EMPRESAS DE SERVICIOS

CRITERIOS DE EVALUACIÓN EMPRESAS DE SERVICIOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN EMPRESAS DE SERVICIOS A. INFRAESTRUCTURA Se debe acreditar dos años continuados con copia de factura, órdenes de compra, contratos o A1. Referencia Contractual certificados emitidos

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ARCHIVO Y RESGUARDO DE DOCUMENTACION UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ARCHIVO Y RESGUARDO DE DOCUMENTACION UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ARCHIVO Y RESGUARDO DE DOCUMENTACION UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA Artículo 1º. OBJETIVO El objetivo del Manual de Procedimientos de Archivo y Resguardo de Documentación, es establecer

Más detalles

INSTRUCTIVO DE DESCUENTO PARA TASAS FIJADAS EN OBTENCIONES VEGETALES

INSTRUCTIVO DE DESCUENTO PARA TASAS FIJADAS EN OBTENCIONES VEGETALES INSTRUCTIVO DE DESCUENTO PARA TASAS FIJADAS EN OBTENCIONES VEGETALES Registro Oficial Suplemento 234 Quito, lunes 28 de abril de 2014 No. 002-2014 CD-IEPI EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO

Más detalles

AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL PREFECTURA NACIONAL NAVAL

AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL PREFECTURA NACIONAL NAVAL AUTORIDAD MARÍTIMA NACIONAL PREFECTURA NACIONAL NAVAL A R M A D A N A C I O N A L Prefectura Nacional Naval Dirección de Protección de Medio Ambiente Montevideo, 24 de mayo de 2012.- M e n ú Introducción

Más detalles

MÉXICO, D.F., OCTUBRE 2001

MÉXICO, D.F., OCTUBRE 2001 MÉXICO, D.F., OCTUBRE 2001 TRES DÉCADAS D DE EVOLUCIÓN N DEL DERECHO AMBIENTAL Y SU APLICACIÓN N EN AMÉRICA LATINA INTRODUCCIÓN AMÉRICA LATINA: EL DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO SIGLO DE CRECIMIENTO ECONÓMICO

Más detalles

Una Política Ambiental para el Desarrollo Sustentable. Aprobado por el Consejo Directivo de Ministros de CONAMA en la Sesión del 9 de enero de 1998

Una Política Ambiental para el Desarrollo Sustentable. Aprobado por el Consejo Directivo de Ministros de CONAMA en la Sesión del 9 de enero de 1998 Una Política Ambiental para el Desarrollo Sustentable Aprobado por el Consejo Directivo de Ministros de CONAMA en la Sesión del 9 de enero de 1998 El Desarrollo Sustentable Crecimiento económico Equidad

Más detalles

FORMATO DE SOLICITUD Proyectos Tipo II. Formato para Montos entre RD$ 300, y RD$ 3,000,000.00

FORMATO DE SOLICITUD Proyectos Tipo II. Formato para Montos entre RD$ 300, y RD$ 3,000,000.00 Para uso exclusivo de los Fondos Mineros Fecha de Ingreso Fecha de Evaluación Resultado de Evaluación Monto Solicitado Monto Aprobado Unidad Responsable Código del Proyecto FORMATO DE SOLICITUD Proyectos

Más detalles

Grupo IPC posee aval del CISHT

Grupo IPC posee aval del CISHT Grupo IPC tiene el agrado de invitarle al Programa: Duración: 40 horas Grupo IPC posee aval del CISHT http://www.cisht.com/?page_id=499 1 ACERCA DE GRUPO IPC Grupo Integrated Protection Concepts Conceptos

Más detalles

COMUNICACIÓN, CONFLICTOS PERSPECTIVAS DE LA INGENIERIA AMBIENTAL EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL PERU. Por: Ing. MSc. Roberto Torreblanca P.

COMUNICACIÓN, CONFLICTOS PERSPECTIVAS DE LA INGENIERIA AMBIENTAL EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL PERU. Por: Ing. MSc. Roberto Torreblanca P. COMUNICACIÓN, CONFLICTOS SOCIOAMBIENTALES Y PERSPECTIVAS DE LA INGENIERIA AMBIENTAL EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL PERU Por: Ing. MSc. Roberto Torreblanca P. COMUNICACIÓN, CONFLICTOS SOCIOAMBIENTALES

Más detalles

La consideración del aspecto ambiental en el diseño y ejecución de las i n f r a e s t r u c t u r a s

La consideración del aspecto ambiental en el diseño y ejecución de las i n f r a e s t r u c t u r a s La consideración del aspecto ambiental en el diseño y ejecución de las i n f r a e s t r u c t u r a s JUAN MANUEL CABREJAS PORTILLO Director y patrono de la Fundación para la Gestión y Protección del

Más detalles

Compilación Normativa Política Desarrollo Rural

Compilación Normativa Política Desarrollo Rural Compilación Normativa Política Desarrollo Rural 2014 2020 Subdirección General de Programación y Coordinación DGDRPF 15 de enero de 2015 1 Mayo 2014 INDICE LEGISLACIÓN COMUNITARIA... 3 MARCO ESTRATÉGICO

Más detalles

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA FUNCIONES Y ACTIVIDADES

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA FUNCIONES Y ACTIVIDADES ESTRUCTURA ORGANIZATIVA FUNCIONES Y ACTIVIDADES SECRETARÍA DE JUNTA DIRECTIVA Grabación, elaboración y redacción de Actas de Sesiones de Junta Directiva, así como la custodiar y conservación de las mismas.

Más detalles

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO F6: DESCRIPCIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL ENTORNO Y RESUMEN DE AFECCIONES AL MEDIO

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO F6: DESCRIPCIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL ENTORNO Y RESUMEN DE AFECCIONES AL MEDIO INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO F6: DESCRIPCIÓN DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL ENTORNO Y RESUMEN DE AFECCIONES AL MEDIO Este formulario se cumplimentará detalladamente en todos los casos, salvo

Más detalles

A21 LOCAL DE TORRELLA PLAN DE ACCIÓN SOCIO-AMBIENTAL 1. INTRODUCCIÓN

A21 LOCAL DE TORRELLA PLAN DE ACCIÓN SOCIO-AMBIENTAL 1. INTRODUCCIÓN 1. INTRODUCCIÓN Con la firma de la Carta de las Ciudades y Pueblos hacia la Sostenibilidad (Carta de Aalborg) el municipio de Torrella emprende el proceso de cambio hacia la consecución de un desarrollo

Más detalles

ETAPAS Y ACTIVIDADES MÍNIMAS A REALIZAR POR EL CONSULTOR

ETAPAS Y ACTIVIDADES MÍNIMAS A REALIZAR POR EL CONSULTOR ANEXO N 1 PROPONENTE : ETAPAS Y ACTIVIDADES MÍNIMAS A REALIZAR POR EL CONSULTOR 0. ETAPA 0 0.1. Hito 0 0.1.1. Elaborar un diagnóstico determinando brecha existente. 1. ETAPA 1 1.1. Hito 1 1.1.2. Elaboración

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN DE ASPECTOS Y VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES 1. OBJETIVO 2. ALCANCE 3. RESPONSABLES

PROCEDIMIENTO DE IDENTIFICACIÓN DE ASPECTOS Y VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES 1. OBJETIVO 2. ALCANCE 3. RESPONSABLES 1. OBJETIVO Este procedimiento tiene por objeto establecer condiciones, actividades, responsabilidades y controles para lograr una adecuada identificación, evaluación y actualización de los aspectos ambientales

Más detalles

MARCO LEGAL EN RELACIÓN A LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS

MARCO LEGAL EN RELACIÓN A LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS PERÚ Ministerio de Agricultura Autoridad Nacional del Agua MARCO LEGAL EN RELACIÓN A LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS Según la Ley y Reglamento 1. Principios 2. Rol de las organizaciones de usuarios de agua

Más detalles

SISTEMA DE CONTROL INTERNO GENERALIDADES.

SISTEMA DE CONTROL INTERNO GENERALIDADES. PÁGINA: 1 de 6 INTRODUCCION El Sistema de Control Interno se incorpora al Sistema Integral de Gestión de la Cámara de Comercio de Duitama y comprende el conjunto de las normas legales, planes, métodos,

Más detalles

ENFOQUE DE IGUALDAD GENERACIONAL E INTERGENERACIONAL

ENFOQUE DE IGUALDAD GENERACIONAL E INTERGENERACIONAL ENFOQUE DE IGUALDAD GENERACIONAL E INTERGENERACIONAL Cumbayá, mayo 26 de 2015 22/07/2015 1 CONSTITUCIÓN Preámbulo Desde el preámbulo, la Constitución proclama la decisión del Ecuador de construir una nueva

Más detalles

FOMENTO CULTURA DEL AUTOCONTROL OFICINA DE CONTROL INTERNO

FOMENTO CULTURA DEL AUTOCONTROL OFICINA DE CONTROL INTERNO FOMENTO CULTURA DEL AUTOCONTROL OFICINA DE CONTROL INTERNO 16 de diciembre de 2011 QUE ES CONTROL INTERNO? CONCEPTO LEGAL: Se entiende como el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto

Más detalles

MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA. Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014.

MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA. Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014. MINERÍA Y REFORMA ENERGÉTICA Mtra. Karina Rodríguez Matus. Mayo, 2014. REFORMA A LOS ARTÍCULOS. 25, 27 Y 28 CONSTITUCIÓN. Artículo 25 El sector público tendrá a su cargo las áreas estratégicas. Gobierno

Más detalles