SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA

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1 SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA LEY Nº 27293, MODIFICADA POR LAS LEYES Nº Y Nº 28802, NORMAS REGLAMENTARIAS Y COMPLEMENTARIAS, LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº EF/15 Y LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº EF/10 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO EN FECHAS 28 JUNIO 2000, 25 MAYO DEL 2005 Y 21 JULIO DEL 2006 RESPECTIVAMENTE

2 Nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública Decreto Supremo Nº EF Publicado el

3 Ámbito de Aplicación El SNIP se aplica en todas las Entidades y Empresas del Sector Público No Financiero de los 3 niveles de Gobierno que ejecuten proyectos de inversión pública : o Entidades y Empresas del Gobierno Nacional (excepto PETROPERU). o Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales (solamente los incorporados)

4 Organización o El MEF a través de la DGPM es la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema. o Órganos del SNIP:

5 Principales Atribuciones de la DGPM (1) o Regular las fases y etapas del Ciclo del Proyecto así como las funciones y atribuciones de los órganos del SNIP. o Emitir opinión técnica, a solicitud o de oficio, sobre los proyectos de inversión pública en cualquier fase del Ciclo del Proyecto. o Aprobar el perfil profesional de los Responsables de las OPIs. Nuevo o Establecer los niveles mínimos de estudios de preinversión que requieren los proyectos de inversión para poder declarar su viabilidad. Nuevo.

6 Principales Atribuciones de la DGPM (2) o Declarar la viabilidad de los proyectos y Programas de Inversión que se financien con endeudamiento (interno o externo) o requieran aval del Estado. Nuevo. o Los Prog. Inv. son un conjunto de proyectos y/o conglomerados que se complementan, tienen un objetivo ocomún y es financiado, total o parcialmente, por una operación de endeudamiento. o Velar por que las declaraciones de viabilidad que se otorguen, reúnan los requisitos de validez técnica y legal. o Realizar el seguimiento de los proyectos, efectuando evaluaciones periódicas sobre la calidad de los mismos. o Aprobar las condiciones mínimas para que los Órganos Resolutivos puedan delegar a sus entidades la atribución de declaración de viabilidad. Nuevo.

7 Coordinaciones de la DGPM o Informa anualmente a la DNPP y al FONAFE, el resultado de la verificación de la consistencia de los Programas Multianuales de Inversión Pública sectoriales. o Coordina con la Contraloría los lineamientos a incluirse en las acciones de control, a fin de velar por el cumplimiento de las disposiciones del SNIP. o Coordina Directivas y demás instrumentos necesarios con los sistemas de administración financiera y otros sistemas administrativos del Estado a fin de asegurar una adecuada implementación de los proyectos.

8 Principales Atribuciones de las OPIs o Declarar la viabilidad de los proyectos, sin límites de montos, siempre que esté en su Responsabilidad Funcional y/o las competencias de su nivel de gobierno. Nuevo. o Solicitar, cuando considere pertinente, la opinión técnica de la DGPM. Nuevo. o Aplicar las indicaciones que, en su calidad de ente técnico normativo, formule la DGPM. o Hacer recomendaciones y propuestas a la DGPM, respecto de la metodología y parámetros de evaluación. o Elaborar y someter al Órgano Resolutivo el Programa Multianual de Inversión Pública (PMIP). o Velar que los proyectos se enmarquen en los Lineamientos de Política, en el PMIP y en sus Planes.

9 Responsabilidades del Jefe de OPI. Nuevo. o Suscribir los informes técnicos de evaluación, así como los formatos que correspondan. o Visar los estudios de preinversión que apruebe, así como aquellos que sustenten la declaratoria de viabilidad de los proyectos, con la finalidad de determinar el estudio que debe ser ejecutado en la fase de inversión. o Velar por la aplicación de las recomendaciones que, en su calidad de ente técnico normativo, formule la DGPM, así como, cumplir con los lineamientos que dicha Dirección emita.

10 Principales Atribuciones de los Órganos Resolutivos o Aprobar sus Programas Multianuales de Inversión Pública (PMIP). o Designar al órgano encargado de las funciones de la OPI. El funcionario responsable de la OPI deberá cumplir con el perfil profesional que apruebe la DGPM. Nuevo. o Delegar la atribución para declarar la viabilidad de los proyectos a favor de sus Entidades adscritas, de acuerdo a las condiciones mínimas que establezca la DGPM. Nuevo. o Asegurar las condiciones que permitan el adecuado funcionamiento de la OPI, velando por la calidad de los proyectos. Nuevo.

11 Unidades Formuladoras. Responsabilidades: o Elaborar y suscribir los estudios de preinversión, siendo responsable del contenido de dichos estudios. o En el caso de las UF de los GR y GL, solamente pueden formular proyectos que se enmarquen en las competencias de su nivel de Gobierno. o Cuando la O&M está a cargo de una entidad distinta a la que pertenece la UF, solicitar la opinión favorable de dichas entidades antes de remitir el Perfil para su evaluación.

12 Disposiciones Complementarias o La Directiva será aprobada por la DGPM en un plazo máximo de 30 días hábiles. 14 de febrero de 2007 o Los proyectos en evaluación se devuelven en 10 días hábiles a la instancia que corresponda. o La aplicación de las normas del SNIP alcanza a los proyectos de terceros cuando la O&M estará a cargo de una entidad pública sujeta al SNIP. o Los proyectos en ejecución desde antes del SNIP que culminen el 2008 o en adelante, deberán cumplir con elaborar el estudio de preinversión del saldo por ejecutar. Los financiados con endeudamiento externo, se evalúan solo si existe una modificación no prevista en el convenio.

13 Aspectos importantes a tener en cuenta (1): o Los GR y GL deben informar a la DGPM y a la OPI sectorial de los proyectos que declaren viables. Los sectores también deben informar a la DGPM de los proyectos que declaren viable. o En el caso de las EPS, los IT de declaración de viabilidad, deben remitirse a la OPI Vivienda y a la DGPM. o Las designaciones del Responsable de OPI que se realicen deberán ser ratificadas o no, una vez aprobado el Perfil Profesional que apruebe la DGPM, según se adecuen a éste. o Para declarar la viabilidad de los PIPs, las OPIsdeben observar los niveles mínimos de estudio establecidos en la normatividad del SNIP.

14 Aspectos importantes a tener en cuenta (2): o Si un Sector, GR o GL delega la atribución de declaración de viabilidad a una de sus entidades adscritas, ésta deberá ratificarse una vez que la DGPM apruebe las condiciones mínimas para ello. o Los plazos de evaluación establecidos en la normatividad del SNIP se siguen aplicando hasta la emisión de la nueva Directiva General.

15 DIRECTIVA GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Directiva N EF/68.01

16 CAPITULO I CONSIDERACIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto La presente Directiva tiene por objeto establecer las normas técnicas, métodos y procedimientos de observancia obligatoria aplicables a las fases de preinversión, inversión y postinversión y a los órganos conformantes del Sistema Nacional de Inversión Pública.

17 Artículo 2.- Base Legal 2.1 Ley Nº 27293; Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificada por las Leyes Nos y 28802; 2.2 Decreto Supremo N PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; 2.3 Decreto Supremo N EF, que aprueba la Directiva para la Programación Multianual de la Inversión Pública; 2.4 Decreto Supremo Nº EF, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública; y 2.5 Resolución Ministerial Nº EF/15, que Modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas.

18 Artículo 3.- Definiciones 3.2 Proyecto de Inversión Pública (PIP). Un Proyecto de Inversión Pública constituye una intervención limitada en el tiempo que utiliza total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar, recuperar o rehabilitar la capacidad productora de bienes o servicios de una Entidad; cuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto y éstos sean independientes de los de otros proyectos. Asimismo, debe tenerse en cuenta lo siguiente: El PIP debe constituir la solución a un problema vinculado a la finalidad de una Entidad y a sus competencias, su ejecución puede hacerse en más de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecución de los estudios de preinversión. No son Proyecto de Inversión Pública las intervenciones que constituyen gastos de operación y mantenimiento.

19 Artículo 4.- Aplicación de las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública 4.4 Las normas del SNIP son de observancia obligatoria para los siguientes Gobiernos Locales: a. Aquellos que a la fecha de entrada en vigencia del nuevo Reglamento del SNIP se encuentren incorporados al Sistema Nacional de Inversión Pública; b. Aquellos que, por Acuerdo de su Concejo Municipal, se incorporen voluntariamente, a partir de la fecha de dicho Acuerdo, siempre y cuando hayan cumplido con los requisitos mínimos siguientes: - Tener acceso a Internet; - Tener el compromiso del Concejo Municipal de apoyar la generación y fortalecimiento técnico de las capacidades de formulación y evaluación de Proyectos de Inversión Pública, en su Gobierno Local, y; - Tener por lo menos un profesional nombrado o contratado con conocimientos y experiencia en formulación y evaluación de proyectos.

20 4.4 Las normas del SNIP son de observancia obligatoria para los siguientes Gobiernos Locales: c. Aquellos que programen presentar una solicitud para la concertación de una operación de endeudamiento externo para el financiamiento de un PIP. El Gobierno Local deberá incorporarse al SNIP y formular el PIP a financiarse con endeudamiento externo, antes de remitir su solicitud para la concertación de la operación. d. Los Gobiernos Locales que sean incorporados gradualmente por Resolución expresa de la DGPM.

21 CAPITULO II ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Y FUNCIONES DE SUS ÓRGANOS

22 5.2 La DGPM mantiene relación técnico-funcional directa con la OPI y a través de ella con la UF y la UE. SECTOR / GR / GL Órgano Resolutivo MEF Oficina de de Programación e Inversiones (OPI) Dirección General de de Programación Multianual del del Sector Público Unidades Formuladoras Unidades Ejecutoras

23 Artículo 6.- Atribuciones y responsabilidades de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (DGPM) 6.1 La DGPM tiene las siguientes atribuciones: a. Emite las Directivas necesarias para regular los procesos y procedimientos, las fases y etapas del Ciclo del Proyecto y el funcionamiento del SNIP. b. Dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública, inclusive para aquellos proyectos que consideren asociaciones público privadas. c. Declara la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública cuya fuente de financiamiento sea operaciones de endeudamiento u otra que conlleve el aval o garantía del Estado.

24 6.1 La DGPM tiene las siguientes atribuciones: d. Emite opinión técnica, a solicitud o de oficio, sobre los Proyectos de Inversión Pública en cualquier fase del Ciclo del Proyecto. e. Solicita la información que considere necesaria a fin de evaluar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la normatividad del SNIP. f. Administra y regula el funcionamiento del Banco de Proyectos. g. Determina en última instancia, en caso de discrepancia entre OPI y/o UF, la metodología y parámetros de formulación y evaluación de un proyecto.

25 6.1 La DGPM tiene las siguientes atribuciones: h. Para los PIP o Programas de Inversión financiados con endeudamiento, aprueba expresamente los Términos de Referencia para la elaboración de un estudio a nivel de perfil o prefactibilidad, cuando el precio referencial supere las 60 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) o de un estudio de factibilidad, cuando el precio referencial supere las 200 UIT. La aprobación expresa de la DGPM a los Términos de Referencia es requisito previo a la elaboración o contratación del estudio respectivo. i. Vela por que las declaraciones de viabilidad que se otorguen, reúnan los requisitos de validez técnica y legal, emitiendo lineamientos, pautas o recomendaciones sobre las mismas. j. Emite opinión especializada en materia de inversión pública; así como opinión legal sobre la aplicación de las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública. k. Realiza el seguimiento de la fase de inversión de los Proyectos de Inversión Pública, buscando asegurar que ésta sea consistente con las condiciones y parámetros bajo los cuales fue otorgada la viabilidad.

26 6.2 La DGPM es responsable de: a. Realizar evaluaciones muestrales, con periodicidad anual, sobre la calidad de las declaraciones de viabilidad que otorguen los órganos competentes del SNIP, de acuerdo a los criterios técnicos que sustentan la metodología de evaluación de Proyectos de Inversión Pública. b. b. Brindar asistencia técnica y capacitar en la metodología de identificación, formulación y evaluación de proyectos a las UF y OPI.

27 Artículo 7.- Funciones y responsabilidades del Órgano Resolutivo 7.1 El Órgano Resolutivo tiene las siguientes funciones: a. Aprueba, con acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, cuando corresponda, el Programa Multianual de Inversión Pública (PMIP) que forma parte de sus Planes. b. Designa al órgano encargado de realizar las funciones de OPI en su Sector, Gobierno Regional o Local, el cual debe ser uno distinto a los órganos encargados de la formulación y/o ejecución de los proyectos. c. Designa al Responsable de la OPI, informando a la DGPM de dicha designación, la misma que debe recaer en una persona que cumpla con el Perfil Profesional aprobado con la presente Directiva (Anexo SNIP- 13), no pudiendo designarse a una persona que ya se encuentre designada como Responsable de otra OPI.

28 7.1 El Órgano Resolutivo tiene las siguientes funciones: d. Autoriza la elaboración de expedientes técnicos o estudios definitivos, así como la ejecución de los PIP declarados viables, pudiendo realizar ambas autorizaciones en un solo acto. Los proyectos viables aprobados en su Presupuesto Institucional de Apertura se consideran ya autorizados y por lo tanto no requieren una autorización expresa, salvo para aquellos PIP que implican modificación presupuestaria. Esta función puede ser objeto de delegación. e. Puede delegar, previa opinión favorable de su OPI, la facultad para evaluar y declarar la viabilidad a favor de la máxima autoridad de las Entidades y Empresas adscritas o pertenecientes a su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, siempre que cumplan con las condiciones mínimas señaladas en el artículo 34. Dicha delegación deberá comunicarse a la DGPM en un plazo máximo de cinco (05) días de emitida la Resolución.

29 7.2 Asimismo, el Órgano Resolutivo, en el ejercicio de sus funciones, es responsable de: a. Velar por la aplicación del Ciclo del Proyecto. b. Asegurar las condiciones que permitan el adecuado funcionamiento de la OPI. c. Promover la generación y fortalecimiento de capacidades del personal de la OPI de su Sector, Gobierno Regional o Local, así como de sus unidades formuladoras.

30 Artículo 8.- Funciones y responsabilidades de la Oficina de Programación e Inversiones (OPI) 8.1 En cada Sector, Gobierno Regional ó Gobierno Local, la OPI constituye el máximo órgano técnico del SNIP. Tiene las funciones siguientes: a. Elabora el PMIP del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, según corresponda y lo somete a consideración de su Órgano Resolutivo. b. En el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, la OPI vela por que el PMIP se enmarque en las competencias de su nivel de gobierno, en los Lineamientos de Política Sectoriales y en los Planes de Desarrollo Concertado que correspondan. c. Vigila que se mantenga actualizada la información registrada en el Banco de Proyectos. d. Solicita el registro de nuevas Unidades Formuladoras de su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, según corresponda, ante la DGPM, las cuales deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 36 de la presente norma.

31 e. Promueve la capacitación permanente del personal técnico de las UF de su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, según corresponda. f. Realiza el seguimiento de los PIP durante la fase de inversión. g. Evalúa y emite informes técnicos sobre los estudios de preinversión. h. Declara la viabilidad de los PIP cuyas fuentes de financiamiento sean distintas a operaciones de endeudamiento u otra que conlleve el aval o garantía del Estado. En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, la OPI sólo está facultada para evaluar y declarar la viabilidad de los PIP que formulen las UF pertenecientes o adscritas a su nivel de gobierno. Para tales efectos, los Gobiernos Locales incorporados al SNIP pueden celebrar Convenios de Cooperación Institucional (Anexo SNIP-11) para encargar la evaluación de los proyectos que formule su UF, de acuerdo a lo señalado en el artículo 30. i. Aprueba los estudios de preinversión de los proyectos y programas de inversión que se financien con endeudamiento.

32 j. Aprueba expresamente los Términos de Referencia para la elaboración de un estudio a nivel de perfil o prefactibilidad, cuando el precio referencial supere las 60 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) o de un estudio de factibilidad, cuando el precio referencial supere las 200 UIT. La aprobación expresa de la OPI a los Términos de Referencia es requisito previo a la elaboración o contratación del estudio respectivo. Dichos Términos de Referencia deben ser presentados a la OPI por la UF. k. Informa a la DGPM sobre los PIP declarados viables. l. Emite opinión técnica sobre cualquier PIP en cualquier fase del Ciclo del Proyecto. En el caso de las OPI-GR y OPI-GL, emite opinión sobre los PIP que se enmarquen en sus competencias.

33 8.2 La OPI, en el cumplimiento de sus funciones, es responsable de: a. Determinar si la intervención propuesta se enmarca en la definición de PIP señalada en la presente norma y demás normas del SNIP. b. b. Informar a la DGPM de los cambios producidos en su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local que afecten al Clasificador Institucional del SNIP. c. c. Verificar en el Banco de Proyectos que no exista un PIP registrado con los mismos objetivos, beneficiarios, localización geográfica y componentes, del que pretende formular, a efectos de evitar la duplicación de proyectos, debiendo realizar las coordinaciones correspondientes. d. d. La OPI-GR o la OPI-GL sólo está facultada para evaluar los PIP que formulen las UF pertenecientes o adscritas al Gobierno Regional o Gobierno Local, según corresponda, sin perjuicio de lo dispuesto en el literal h) del numeral 8.1 del presente artículo.

34 8.3 La persona designada por el Órgano Resolutivo como Responsable de la OPI tiene las responsabilidades indelegables siguientes: a. Suscribir los informes técnicos de evaluación, así como los formatos que correspondan. b. b. Visar los estudios de preinversión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 de la presente Directiva. c. c. Velar por la aplicación de las recomendaciones que, en su calidad de ente técnico normativo, formule la DGPM, así como, cumplir con los lineamientos que dicha Dirección emita. d. d. La persona designada como Responsable de una OPI no puede formar parte directa o indirectamente de una UF ni de una UE.

35 Artículo 9.- Funciones y Responsabilidades de la UF 9.1 La UF tiene las siguientes funciones: a. Elabora los estudios de preinversión. Asimismo, suscribe cada folio de los estudios de preinversión que formula. b. Durante la fase de preinversión, las UF pondrán a disposición de la DGPM y de los demás órganos del SNIP toda la información referente al PIP, en caso éstas la soliciten. c. En el caso de las UF de los Gobiernos Regionales y Locales, solamente pueden formular proyectos que se enmarquen en las competencias de su nivel de Gobierno.

36 d. Realizar las coordinaciones y consultas necesarias con la entidad respectiva para evitar la duplicación de proyectos, como requisito previo a la remisión del estudio para la evaluación de la Oficina de Programación e Inversiones. e. Formular los proyectos a ser ejecutados por terceros con sus propios recursos o por Gobiernos Locales no sujetos al SNIP. En este caso, la UF correspondiente es aquella que pertenece a la Entidad sujeta al SNIP que asumirá los gastos de operación y mantenimiento del PIP. f. Informar a su OPI institucional los proyectos presentados a evaluación ante la OPI responsable de la función en la que se enmarca el PIP.

37 9.2 La UF, en el ejercicio de sus funciones, es responsable de: a. Considerar, en la elaboración de los estudios, los Parámetros y Normas Técnicas para Formulación (Anexo SNIP-08), así como los Parámetros de Evaluación (Anexo SNIP-09). b. No fraccionar proyectos, para lo cual debe tener en cuenta la definición de PIP contenida en la presente Directiva y demás normas del SNIP. c. Cuando el financiamiento de los gastos de operación y mantenimiento está a cargo de una entidad distinta a la que pertenece la Unidad Formuladora, solicitar la opinión favorable de dichas entidades antes de remitir el Perfil para su evaluación. d. Levantar las observaciones planteadas por la OPI o por la DGPM, cuando corresponda. e. Mantener actualizada la información registrada en el Banco de Proyectos.

38 Artículo 10.- Funciones y responsabilidades de la Unidad Ejecutora 10.1 La UE tiene las siguientes funciones: a. Ejecuta el PIP autorizado por el Órgano Resolutivo, o el que haga sus veces. b. Elabora el expediente técnico o supervisa su elaboración, cuando no sea realizado directamente por éste órgano. c. Tiene a su cargo la evaluación ex post del PIP La UE tiene las siguientes responsabilidades: a. La UE debe ceñirse a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la viabilidad para disponer y/o elaborar los estudios definitivos y para la ejecución del PIP, bajo responsabilidad de la autoridad que apruebe dichos estudios y del responsable de la UE. b. Elaborar el Informe de Cierre del PIP conforme lo dispone el numeral 22.3 de la presente norma.

39 CAPITULO III FASE DE PREINVERSIÓN Artículo 21.- Niveles mínimos de estudios Para la declaración de viabilidad de un PIP por la OPI, éste deberá contar, como mínimo, con el nivel de estudios siguiente: 21.1 PERFIL: a. Si el PIP se enmarca en el Programa 035: Energía; en el Programa 052: Transporte Terrestre o en el Subprograma 0034: Irrigación; y su monto de inversión, a precios de mercado, es igual o menor a S/ , (tres millones quinientos mil nuevos soles); o b. Hasta S/ , (dos millones de nuevos soles), monto de inversión, a precios de mercado, para los PIP que se enmarquen en otros Programas o Subprogramas.

40 21.2 PREFACTIBILIDAD: a. Si el PIP se enmarca en el Programa 035: Energía; en el Programa 052: Transporte Terrestre o en el Subprograma 0034: Irrigación; y su monto de inversión, a precios de mercado, es mayor a S/ , (tres millones quinientos mil nuevos soles) y hasta S/ , (ocho millones de nuevos soles); o b. Monto de inversión, a precios de mercado, mayor a S/ , (dos millones de nuevos soles) y hasta S/ , (seis millones de nuevos soles), para los PIP que se enmarquen en otros Programas o Subprogramas.

41 21.3 FACTIBILIDAD: a. Si el PIP se enmarca en el Programa 035: Energía; en el Programa 052: Transporte Terrestre o en el Subprograma 0034: Irrigación; y su monto de inversión, a precios de mercado, es mayor a S/.8 000, (ocho millones de nuevos soles); o b. Monto de inversión, a precios de mercado, mayor a S/ , (seis millones de nuevos soles), para los PIP que se enmarquen en otros Programas o Subprogramas Las excepciones a lo dispuesto en el presente artículo se aprobarán por la DGPM en base a un Informe sustentatorio elaborado por la UF y aprobado por la OPI correspondiente. La DGPM tiene un plazo no mayor de diez (10) días hábiles desde la recepción de los documentos antes señalados.

42 CAPÍTULO IV FASE DE INVERSIÓN Artículo 25.- Seguimiento 25.1 La DGPM y las OPI, ya sea por su responsabilidad institucional o funcional, se encuentran facultadas para realizar coordinadamente el seguimiento de las metas físicas y financieras de los PIP. Dicha facultad se ejerce a través de instrumentos y procedimientos de observancia obligatoria para todas la UE En caso que la UE identifique variaciones del PIP en ejecución que pudieran afectar su viabilidad, debe informarlas al órgano que declaró la viabilidad del proyecto En caso que la DGPM o la OPI que declaró la viabilidad de un PIP, identifique o sea informada de factores que alteran su viabilidad, realiza una nueva evaluación para verificar la viabilidad del proyecto, efectuando recomendaciones al Órgano Resolutivo.

43 25.4 En caso que la OPI institucionalmente responsable identifique o sea informada de factores que alteran la viabilidad de algún PIP declarado viable conforme al artículo 19, debe informar a la OPI funcionalmente responsable, para que realice una nueva evaluación para verificar la viabilidad del proyecto, la misma que deberá ser informada a la DGPM para que emita las recomendaciones pertinentes Corresponde al Órgano Resolutivo del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local al cual está adscrita la Entidad, tomar la decisión pertinente sobre la base de las recomendaciones presentadas por la OPI o la DGPM Cuando se produzcan variaciones que modifiquen el objetivo del PIP, debe formularse un nuevo proyecto.

44 25.7 En todos los casos en que sea necesaria realizar una nueva evaluación, la OPI y/o la DGPM, señalan la información o estudio necesario para realizar dicha evaluación. Siempre que se solicite información adicional, la UE deberá coordinar con la UF la elaboración y remisión de la misma, tomando en cuenta lo señalado en el numeral siguiente Si durante la fase de inversión, el monto de inversión del PIP varía de tal forma que correspondería ser evaluado con un nivel de estudio de preinversión distinto a aquel al que sirvió para declarar su viabilidad, la UF deberá presentar a la OPI, la información correspondiente al nuevo nivel de estudio.

45 CAPITULO VI NORMAS ESPECIFICAS Artículo 29.- Registros en el Banco de Proyectos 29.1 La DGPM establecerá códigos de acceso al Banco de Proyectos sólo para el ingreso de la información y el registro de las evaluaciones y declaraciones de viabilidad En ningún caso deberá registrarse nuevamente un mismo proyecto. Cualquier modificación en la Ficha de Registro de un PIP declarado viable, sólo podrá hacerse desde la DGPM, previa solicitud fundamentada de la Unidad Formuladora y aprobada por el órgano competente para declarar la viabilidad del PIP.

46 29.3 Luego de vencido 01 (un) año de observado un estudio de preinversión, sin que se hubiesen levantado las observaciones ni se hubiesen registrado las modificaciones correspondientes en la Ficha de Registro Banco de Proyectos (Formato SNIP-02), el PIP será desactivado en el Banco de Proyectos. Para solicitar a la DGPM la reactivación del PIP en el Banco de Proyectos, la UF deberá levantar las observaciones y contar con la opinión favorable de la OPI. La presente disposición también es aplicable a los PIP registrados en el Banco de Proyectos que no han sido evaluados en el plazo anteriormente señalado El registro del Responsable de OPI, designado por el Órgano Resolutivo, se solicita a la DGPM mediante Formato SNIP-01, acompañando la Resolución de designación.

47 29.5 La OPI solicita a la DGPM la inscripción de la UF de su Sector, Gobierno Regional o Local, mediante el Formato SNIP- 01, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 36 de la presente norma Asimismo, el Órgano Resolutivo, a propuesta de su OPI, solicita la cancelación de la inscripción de las UF de su Sector, Gobierno Regional o Local, debiendo señalarse la UF que asumirá la formulación de los PIP que se encuentren en evaluación y que han venido siendo formulados por la UF cuya inscripción se cancela.

48 Artículo 36.- Requisitos para el registro de nuevas Unidades Formuladoras La OPI solicita el registro de nuevas UF, teniendo en cuenta lo siguiente: 36.1 La UF debe contar con profesionales especializados en la materia de los proyectos cuya formulación le sea encargada Dichos profesionales deben tener por lo menos 01 (un) año de experiencia en evaluación de proyectos, aplicando las normas y metodología del Sistema Nacional de Inversión Pública.

49 Artículo 37.- Vigencia de los estudios de preinversión Una vez aprobados los estudios de preinversión a nivel perfil, prefactibilidad o factibilidad tendrán una vigencia máxima de tres (3) años, contados a partir de su aprobación por la OPI correspondiente o de su declaración de viabilidad. Transcurrido este plazo sin haber proseguido con la siguiente etapa del Ciclo del Proyecto, el estudio de preinversión respectivo deberá volver a evaluarse.

50 Artículo 38.- Vigencia de los estudios definitivos o expedientes técnicos detallados Los estudios definitivos o los expedientes técnicos detallados tendrán una vigencia máxima de tres (3) años a partir de su conclusión. Transcurrido este plazo, sin haberse iniciado la ejecución del PIP, la OPI y la DGPM, cuando corresponda, deberán evaluar nuevamente el estudio de preinversión que sustente el PIP. La antigüedad máxima del valor referencial se rige por las normas específicas de la materia.

51 IDENTIFICACION, FORMULACION Y EVALUACION DE PROYECTOS DE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA SUB GERENCIA DE PROGRAMACION DE LA INVERSION PUBLICA GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL

52 EL CICLO DEL PROYECTO En el SNIP, el ciclo que sigue un PIP tiene las siguientes fases: Idea Pre Inversión Inversión Post Inversión Perfil Pre Factibilidad * Estudios Definitivos/ Expediente Técnico Operación y Mantenimiento Factibilidad Ejecución Evaluación Ex Post Retroalimentación * Antes de la Fase de Inversión, se obtiene la viabilidad del PIP

53 ESQUEMA : RUTA DEL PERFIL MÓDULO I Aspectos Generales MÓDULO II Identificación MÓDULO III Formulación MÓDULO IV Evaluación NOMBRE DEL NOMBRE DEL PROYECTO PROYECTO UNIDAD UNIDAD FORMULADORA Y FORMULADORA Y UNIDAD EJECUTORA UNIDAD EJECUTORA PARTICIPACIÓN DE PARTICIPACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS LOS BENEFICIARIOS DIAGNÓSTICO DE LA DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL SITUACIÓN ACTUAL DEFINICIÓN DEL DEFINICIÓN DEL PROBLEMA PROBLEMA ARBOL DE CAUSAS Y ARBOL DE CAUSAS Y EFECTOS EFECTOS OBJETIVOS DEL OBJETIVOS DEL PROYECTO PROYECTO HORIZONTE DE HORIZONTE DE EVALUACIÓN EVALUACIÓN ANÁLISIS DE DEMANDA ANÁLISIS DE DEMANDA ANÁLISIS DE OFERTA ANÁLISIS DE OFERTA BALANCE DEMANDA BALANCE DEMANDA OFERTA OPTIMIZADA OFERTA OPTIMIZADA CRONOGRAMA DE CRONOGRAMA DE ACCIONES ACCIONES FLUJO DE INGRESOS DEL FLUJO DE INGRESOS DEL PROYECTO PROYECTO EVALUACIÓN ECONÓMICA EVALUACIÓN ECONÓMICA A PRECIOS DE MERCADO A PRECIOS DE MERCADO COSTOS A PRECIOS COSTOS A PRECIOS SOCIALES SOCIALES EVALUACIÓN SOCIAL EVALUACIÓN SOCIAL ANÁLISIS DE SENSIBILIDAD ANÁLISIS DE SENSIBILIDAD MARCO DE MARCO DE REFERENCIA REFERENCIA ARBOL DE MEDIOS Y ARBOL DE MEDIOS Y FINES FINES ALTERNATIVAS DE ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN SOLUCIÓN COSTOS DEL COSTOS DEL PROYECTO A PRECIOS PROYECTO A PRECIOS DE MERCADO DE MERCADO COSTOS COSTOS INCREMENTALES A INCREMENTALES A PRECIOS DE MERCADO PRECIOS DE MERCADO SELECCIÓN DE LA MEJOR SELECCIÓN DE LA MEJOR ALTERNATIVA ALTERNATIVA ANÁLISIS DE ANÁLISIS DE SOSTENIBILIDAD SOSTENIBILIDAD ANÁLISIS DE IMPACTO ANÁLISIS DE IMPACTO AMBIENTAL AMBIENTAL MARCO LÓGICO MARCO LÓGICO

54 MÓDULO 1 : ASPECTOS GENERALES El objetivo de este Módulo es precisar los aspectos básicos del PIP. Si al inicio de la elaboración del estudio no se tiene la información para completarlo, debe revisarse este Módulo a medida que se avance el PIP. Específicamente, se debe tener una idea clara de cómo: Denominar el proyecto Identificar la Unidad Formuladora y la Unidad Ejecutora Establecer la participación de la población en el proyecto Señalar el marco del proyecto: antecedentes y contexto

55 1. NOMBRE DEL PROYECTO El nombre de un proyecto debe ser claro, de tal manera que al leerlo permita formarse una idea de qué se persigue con su ejecución. El nombre del proyecto debe indicar la tipología de la intervención, cuál será el bien o servicio proporcionado por el proyecto y su localización. Un ejemplo puede ser: QUÉ SE VA A HACER? QUÉ BIEN O SERVICIO SE VA A INTERVENIR? DÓNDE SE VA A LOCALIZAR? T I P O L O G Í A B I E N O S E R V I C I O L O C A L I Z A C I Ó N CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE LETRINAS EN PAMPA FLORIDA

56 2. UNIDAD FORMULADORA Y UNIDAD EJECUTORA UNIDAD FORMULADORA Es la entidad encargada de formular el estudio (gobierno nacional, regional o local), siempre que haya sido registrada como UF en el SNIP, a pedido de la OPI. En el PIP CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE LETRINAS EN PAMPA FLORIDA, la unidad formuladora puede ser Foncodes. UNIDAD EJECUTORA Es la entidad encargada de ejecutar el proyecto. La UE debe tener competencia y capacidad para la ejecución, además de haber sido autorizada por la DNPP. En el PIP, CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE LETRINAS EN PAMPA FLORIDA, la unidad ejecutora puede ser Foncodes.

57 3. PARTICIPACIÓN DE LA POBLACIÓN La importancia de la participación de las entidades involucradas y de la población radica en que TODOS conozcan y den su punto de vista sobre cual sería el problema y las posibles soluciones, de manera que todos los involucrados conozcan sus beneficios y los costos de operación y mantenimiento. Ningún proyecto puede ser exitoso, si desde un comienzo no es participativo. El proyecto debe mencionar el grado de conocimiento y participación de la población en el mismo. (Fomalizar los compromisos asumidos)

58 4. MARCO DE REFERENCIA DEL PROYECTO ANTECEDENTES Debe incluirse una resumen informativo de los antecedentes del PIP. En el PIP, se dice que las comunidades deben tener capacidad para cubrir los costos de O&M; y junto con los GG.LL., aportar 40% de la Inversión. CONTEXTO Debe señalarse el lineamiento de política sectorial que corresponde con el objetivo del PIP, así como el objetivo estratégico del Plan de Desarrollo Concertado que se pretende alcanzar con el PIP. El PIP concuerda con el numeral 4,2 del artículo 80º : Proveer los servicios de saneamiento rural.

59 MÓDULO 2 : IDENTIFICACIÓN Al finalizar el módulo, se prevé tener conocimientos para: Identificar el problema que se desea resolver con la implementación del PIP; y Establecer las mejores alternativas para resolver el problema. De manera específica, se pretende tener una idea clara de cómo: Definir correctamente el problema central que se intenta solucionar. Identificar las causas y efectos que ocasionan el problema central. Plantear cuál es el objetivo central a alcanzar con la ejecución del PIP. Plantear los medios que permitan el cumplimiento del objetivo central del PIP. Plantear las alternativas que permitan dar solución al problema identificado. Cada alternativa de solución debe orientarse al logro del propósito planteado.

60 1. DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN ACTUAL El diagnóstico es el etapa mediante el cual se recoge la información necesaria para efectuar una correcta identificación de la situación actual y del problema en cuestión. CÓMO ELABORAR UN DIAGNÓSTICO? A nivel de perfil, el diagnóstico se elaborará utilizando principalmente información secundaria (disponible), la cual se obtiene de libros, proyectos anteriores, documentos de trabajo, entre otros. Efectuar un diagnóstico no es sólo recolectar información, sino que es necesario analizar e interpretar dicha información.

61 El diagnóstico debe fijar claramente lo siguiente: a) Antecedentes de la situación que motiva el PIP Señalar quién propone el PIP, por qué la sociedad desea resolver la situación negativa y por qué lo debe hacer el Estado. b) Zona y población afectada Indicar características geográficas y climáticas y las amenazas de la zona, vulnerabilidades de la infraestructura, y condiciones demográficas y socio - económicas de la población. c) Gravedad de la situación negativa Señalar desde cuándo se manifiesta la situación negativa y qué porcentaje de la población está siendo afectada El GL cree necesario el PIP y la población, mediante Asambleas, ha expresado su acuerdo. Hay 370 habitantes y 76 viviendas (15 con conexión y 8 operativas). Hay 4 piletas públicas y sólo 1 funciona. El sistema tiene 10 años. Las enfermedades de origen hídrico (parasitosis, diarreicas y dérmicas) están aumentando entre los años y d) Intentos de soluciones anteriores Mencionar anteriores alternativas de solución a la situación negativa, así como las razones de su fracaso. e) Intereses de grupos involucrados Diferenciar las percepciones e intereses de cada grupo de la sociedad involucrado en la formulación y posterior ejecución del PIP. El GL construyó una captación para tomar aguas de una acequia, pero no hay planta de tratamiento. El GL, la comunidad, Foncodes, además del CLAS y del colegio de la zona, trabajarán conjuntamente.

62 2. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA Luego del diagnóstico, será fácil ubicar los problemas que afectan a los pobladores de la zona estudiada. DIAGNÓSTICO PROBLEMA ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN Alternativa 1 OBJETIVO Alternativa 2 Alternativa 3 En el PIP, el problema podría ser la ALTA INCIDENCIA DE ENFERMEDADES DIARREICAS Y PARASITOSIS EN LA LOCALIDAD DE PAMPA FLORIDA.

63 Cómo debe ser el problema para que su solución sea un PIP? Identificado el problema, se debe revisar si cumple lo siguiente : P R O B L E M A I D E N T I F I C A D O 1. SE REQUIERE UNA INTERVENCIÓN PÚBLICA 2. PROBLEMA ESPECÍFICO El problema debe ser afrontado por el Estado y no por el sector privado, principalmente porque se trata de un BIEN O SERVICIO PÚBLICO. Debe ser específico para poder ser atendido por UN SÓLO proyecto de inversión pública. 3. ADMITE DIVERSAS ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN Debe admitir VARIAS ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN, delineadas a partir de la identificación de sus causas críticas.

64 3. ANÁLISIS DE CAUSAS Una vez definido el problema, es importante preguntarse: POR QUÉ OCURRE ESTE PROBLEMA? CUÁLES SON LAS CAUSAS DEL PROBLEMA? Las respuestas permiten identificar cuáles son las causas que ocasionan el problema. Conociéndolas se podrán plantear las acciones que permitan atacar dichas causas y así solucionar el problema. Cómo encontrar las causas del problema? Para encontrarlas se recomienda elaborar una lista extensa, de todo aquello que se considera esté causando el problema identificado. Este proceso se llama LLUVIA DE IDEAS

65 Elaborado el listado de lluvia de ideas, se depura y seleccionan aquellas que sean importantes para el problema. Para el problema de ALTA INCIDENCIA DE ENFERMEDADES DIARREICAS Y PARASITOSIS EN LA LOCALIDAD DE PAMPA FLORIDA, se podría establecer la siguiente lista de causas: 1.Consumo de agua de deficiente calidad 2.Deficiente infraestructura del sistema de agua 3.Inadecuados hábitos de prácticas de higiene 4.Inexistencia de infraestructura y disposición de excretas 5.Bajo nivel de cobertura 6.Disposición sanitaria de excretas al aire libre 7.Deficiente conocimiento de educación sanitaria

66 Luego de este proceso, se tendrá una lista corta de causas del problema, la cual debe clasificarse en dos tipos: CAUSAS DIRECTAS Son aquellas que se relacionan directamente con el problema central. CAUSAS INDIRECTAS No actúan directamente sobre el problema central, sino a través de una causa directa o indirecta de nivel superior. Luego de clasificar las causas en directas e indirectas, se debe construir el ÁRBOL DE CAUSAS. Qué es un Árbol de Causas? El árbol de causas ordena de manera esquematizada y jerarquizada las causas del problema. Así, se puede apreciar el problema dentro del contexto de las causas que lo ocasionan.

67 En el ejemplo anterior, el Árbol de Causas sería: PROBLEMA CENTRAL ALTA INCIDENCIA DE ENFERMEDADES DIARREICAS Y PARASITOSIS EN LA LOCALIDAD DE PAMPA FLORIDA CAUSAS DIRECTAS CONSUMO DE AGUA DE DEFICIENTE CALIDAD DISPOSICIÓN DE EXCRETAS AL AIRE LIBRE INADECUADAS PRÁCTICAS DE HIGIENE CAUSAS BAJO NIVEL DE COBERTURA DEFICIENTE INFRAESTRUCTURA DEL SISTEMA DE AGUA INEXISTENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DISPOSICIÓN DE EXCRETAS DESCONOCIMIENTO DE EDUCACIÓN SANITARIA INDIRECTAS

68 4. ANÁLISIS DE EFECTOS Definido el problema y sus causas, se debe identificar: Los EFECTOS que produce la existencia del problema central. El EFECTO FINAL que ocurriría a largo plazo si no se resuelve el problema. Cómo encontrar los Efectos? Para encontrarlos, se sugiere listarlos con una LLUVIA DE IDEAS. Luego, se separan los efectos directos, indirectos y final. El LIMITADO ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD podría ocasionar lo siguiente: 1. Desnutrición infantil 2. Aumento del gasto en Salud de la población 3. Morbilidad infantil 4. Agudización de la pobreza de la población 5. Mortalidad infantil

69 En el ejemplo anterior, el Árbol de Efectos sería: EFECTO FINAL INCREMENTO DE LA POBREZA DE LA POBLACIÓN EFECTO INDIRECTO MAYOR GASTO EN ATENCIÓN DE LA SALUD DE LA POBLACIÓN EFECTOS DIRECTOS MAYOR DESNUTRICIÓN MAYOR MORBILIDAD MAYOR MORTALIDAD PROBLEMA CENTRAL ALTA INCIDENCIA DE ENFERMEDADES DIARREICAS Y PARASITOSIS EN LA LOCALIDAD DE PAMPA FLORIDA

70 5. ELABORAR UN ÁRBOL DE PROBLEMA (CAUSAS-EFECTOS) Efecto Final El ÁRBOL DE PROBLEMA también es conocido como el ÁRBOL DE CAUSAS- EFECTOS. Se construye a partir de la unión del Árbol de Causas con el Árbol de Efectos. Efecto Efecto Indirecto 1 Indirecto 2 Efecto Directo 1 Efecto Directo 2 Causa Indirecta 1 Problema Central Causa Causa Directa 1 Directa 2 Causa Indirecta 2 Causa Indirecta 3 Efecto Indirecto 3

71 En el ejemplo anterior, el Árbol de Problemas sería: EFECTO FINAL EFECTO INDIRECTO INCREMENTO DE LA POBREZA DE LA POBLACIÓN MAYOR GASTO EN ATENCIÓN DE LA SALUD DE LA POBLACIÓN EFECTOS DIRECTOS MAYOR DESNUTRICIÓN MAYOR MORBILIDAD MAYOR MORTALIDAD PROBLEMA CENTRAL ALTA INCIDENCIA DE ENFERMEDADES DIARREICAS Y PARASITOSIS EN LA LOCALIDAD DE PAMPA FLORIDA CAUSAS DIRECTAS CAUSAS INDIRECTAS CONSUMO DE AGUA DE DEFICIENTE CALIDAD BAJO NIVEL DE COBERTURA DISPOSICIÓN DE EXCRETAS AL AIRE LIBRE DEFICIENTE INFRAESTRUCTURA DEL SISTEMA DE AGUA INEXISTENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DISPOSICIÓN DE EXCRETAS INADECUADAS PRÁCTICAS DE HIGIENE DESCONOCIMIENTO DE EDUCACIÓN SANITARIA

72 6. OBJETIVO DEL PROYECTO Se ha identificado el problema, sus causas y efectos. Ahora, es necesario definir la situación deseada que se quiere alcanzar con el proyecto. Sobre la base del ÁRBOL DE PROBLEMAS planteado, se debe plantear es el OBJETIVO CENTRAL (solución al problema) del proyecto. Cuál es el objetivo central del proyecto? El objetivo central es lo que el proyecto pretende lograr al finalizar su operación. La forma fácil de definir el Objetivo Central (la situación deseada) es convirtiendo en asociarlo al PROBLEMA SOLUCIONADO. Problema Central PROYECTO Objetivo Central

73 Así, en nuestro PIP, si el problema central es la alta incidencia de enfermedades diarreicas y parasitosis en la localidad de Pampa Florida, el objetivo central del PIP es reducir la incidencia de enfermedades diarreicas y parasitosis en la localidad de Pampa Florida. Es decir, el objetivo central busca solucionar el problema planteado. PROBLEMA CENTRAL ALTA INCIDENCIA DE ENFERMEDADES DIARREICAS Y PARASITOSIS EN LA LOCALIDAD DE PAMPA FLORIDA P I P OBJETIVO CENTRAL REDUCIR LA INCIDENCIA DE ENFERMEDADES DIARREICAS Y PARASITOSIS EN LA LOCALIDAD DE PAMPA FLORIDA

74 7. ANÁLISIS DE MEDIOS Planteado el OBJETIVO CENTRAL, se establece QUÉ HACER PARA ALCANZAR ESTE OBJETIVO? La lista de herramientas para alcanzar dicho objetivo, son los MEDIOS. Cómo establecer los medios para lograr el objetivo central? Los medios están orientados a enfrentar las causas del problema. Los medios se establecen reemplazando las causas por actividades que permitan solucionarlas. CAUSAS DEL PROBLEMA CONVERTIR A: MEDIOS DEL PROYECTO CAUSA DIRECTA MEDIO DEL PRIMER NIVEL CAUSA INDIRECTA MEDIO FUNDAMENTAL Sólo si fuera de último nivel

75 Al convertir en positivo el ÁRBOL DE CAUSAS, se obtiene como resultado el ÁRBOL DE MEDIOS. OBJETIVO CENTRAL REDUCIR LA INCIDENCIA DE ENFERMEDADES DIARREICAS Y PARASITOSIS EN LA LOCALIDAD DE PAMPA FLORIDA CONSUMO DE AGUA DE BUENA CALIDAD BUENA DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS ADECUADAS PRÁCTICAS DE HIGIENE MEDIOS DIRECTOS MEDIOS BUEN NIVEL DE COBERTURA BUENA INFRAESTRUCTURA DEL SISTEMA DE AGUA EXISTENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y DISPOSICIÓN DE EXCRETAS CONOCIMIENTO DE EDUCACIÓN SANITARIA INDIRECTOS

76 8. ANÁLISIS DE FINES DEL PROYECTO El alcanzar el objetivo del proyecto generará consecuencias positivas para la población beneficiada por la ejecución del proyecto. Estas consecuencias positivas son los FINES del proyecto. Cómo se establecen los fines del proyecto? Se establecen identificando los efectos deseados tras la solución del problema. Los fines que el proyecto alcanzará están relacionados con la reversión de los efectos del problema. EFECTOS DEL PROBLEMA CONVERTIR A: FINES DEL PROYECTO EFECTO DIRECTO FIN DIRECTO EFECTO INDIRECTO FIN INDIRECTO

77 A qué se llama Fin Último? Fin último: es un objetivo de desarrollo. Es el cambio social en el ámbito al cual el PIP busca contribuir en el largo plazo. FIN ÚLTIMO REDUCCIÓN DE LA POBREZA DE LA POBLACIÓN FIN INDIRECTO MENOR GASTO EN ATENCIÓN DE LA SALUD DE LA POBLACIÓN FINES DIRECTO MENOR DESNUTRICIÓN MENOR MORBILIDAD MENOR MORTALIDAD OBJETIVO CENTRAL REDUCIR LA INCIDENCIA DE ENFERMEDADES DIARREICAS Y PARASITOSIS EN LA LOCALIDAD DE PAMPA FLORIDA

78 9. ELABORAR UN ÁRBOL DE OBJETIVOS (MEDIOS-FINES) El ÁRBOL DE OBJETIVOS también conocido como ÁRBOL DE MEDIOS-FINES, se construye uniendo el Árbol de Medios con el Árbol de Fines. Fin Último Fin Fin Fin Indirecto 1 Indirecto 2 Indirecto 3 Fin Directo 1 Fin Directo 2 Objetivo Central Medio de Medio de Primer Nivel 1 Primer Nivel 2 Medio Fundamental 1 Medio Fundamental 2 Medio Fundamental 3

79 En el ejemplo anterior, el Árbol de Objetivos sería: EFECTO REDUCCIÓN DE LA POBREZA DE LA POBLACIÓN FINAL EFECTO INDIRECTO MENOR GASTO EN ATENCIÓN DE LA SALUD DE LA POBLACIÓN EFECTOS DIRECTOS MENOR DESNUTRICIÓN MENOR MORBILIDAD MENOR MORTALIDAD OBJETIVO CENTRAL REDUCIR LA INCIDENCIA DE ENFERMEDADES DIARREICAS Y PARASITOSIS EN LA LOCALIDAD DE PAMPA FLORIDA MEDIOS DIRECTOS MEDIOS INDIRECTOS CONSUMO DE AGUA DE BUENA CALIDAD BUEN NIVEL DE COBERTURA BUENA INFRAESTRUCTURA DEL SISTEMA DE AGUA BUENA DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EXISTENCIA DE INFRAESTRUCTURA PARA DISPOSICIÓN DE EXCRETAS ADECUADAS PRÁCTICAS DE HIGIENE CONOCIMIENTO DE EDUCACIÓN SANITARIA

80 10. ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN Ya se ha establecido el objetivo central que se quiere alcanzar y los medios para lograrlo. Ahora se necesita pensar en: Cómo llevar adelante los medios para lograr el objetivo? Para ello se debe prestar atención a los MEDIOS FUNDAMENTALES definidos, y a partir de cada uno de ellos preguntarse: Qué hacer para implementar cada medio fundamental? Se tienen que realizar una serie de ACCIONES. Las acciones planteadas deben ser viables técnica y operativamente desde el punto de vista de la Unidad Ejecutora.

81 10. ANÁLISIS DE MEDIOS FUNDAMENTALES MEDIO FUNDAMENTAL 1 MEDIO FUNDAMENTAL 2 MEDIO FUNDAMENTAL 3 MEDIO FUNDAMENTAL 4 Buen nivel de cobertura Buena infraestructura del sistema de agua Existencia de infraestructura para disposición de excretas Conocimiento de educación sanitaria ACCIÓN 1 ACCIÓN 2 ACCIÓN 3A ACCIÓN 4 Interconexión al sistema de agua potable Implementación de un sistema de agua potable Construcción de letrinas tipo hoyo seco ventilado Programa de capacitación para educación sanitaria ACCIÓN 3B Construcción de letrinas con arrastre hidráulico

82 ALTERNATIVA DE SOLUCIÓN 1 ( Acción 1 + Acción 2 + Acción 3A + Acción 4 ) Interconexión al Sistema de Agua Potable Implementación de un Sistema de Agua Potable Construcción de Letrinas Tipo Hoyo Seco Ventilado Programa de Capacitación para Educación Sanitaria ALTERNATIVA DE SOLUCIÓN 2 ( Acción 1 + Acción 2 + Acción 3B + Acción 4 ) Interconexión al Sistema de Agua Potable Implementación de un Sistema de Agua Potable Construcción de Letrinas con Arrastre Hidráulico Programa de Capacitación para Educación Sanitaria

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