Del Desarrollo y Fomento Agrario
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- Ignacio Ortega Crespo
- hace 7 años
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1 Ley Federal Agraria
2 Del Desarrollo y Fomento Agrario Artículo 6. La SRA y las entidades del Sector promoverán: Fomentar el aprovechamiento conjunto de predios. Fortalecer la investigación en materia agraria. Artículo 8. El Ejecutivo creará los instrumentos que permitan el acceso a la tierra de la población rural. Artículo 9. El Ejecutivo dará prioridad a los sectores de la población más desfavorecidos: jóvenes, mujeres y propietarios con menos de 10 has. Se clarifica la competencia de las instituciones del sector agrario. Existen 12 millones de jóvenes en localidades hasta 2,500 habitantes que demandan alternativas de empleo. La mitad de la población rural es femenina. 81% percibe hasta un salario mínimo o no recibe ingresos. La mitad de los titulares de la tierra tiene 5 hectáreas o menos. 20% de los titulares tienen fraccionados sus predios en tres o más parcelas. INEGI, XII Censo General de Población y Vivienda, 2000 PA. Estadísticas Agrarias, 2004
3 De los Ejidatarios, Avecindados y Posesionarios Artículo 15. Definición de avecindados. Artículo 16. Definición de posesionarios. No se les reconoce si se asientan en forma irregular o quienes hayan invadido tierras. Sólo en caso de que la asamblea no los reconozca pueden acudir a tribunales agrarios. Artículo 17. Los ejidatarios con familia a su cargo, por vía de jurisdicción voluntaria, declaran el patrimonio de familia. Artículo 20. El ejidatario tiene la facultad de designar a quien deba sucederlo: Cónyuge, concubina, descendientes y ascendientes. Cualquier otra persona. Ingratitud. Sucesión dividida. Artículo 21. Cuando no hay lista de sucesión se define el orden de preferencia: Obligación alimentaria. 823 mil avecindados. 422 mil posesionarios. El número de familias rurales cuyo jefe es una mujer ha aumentado con rapidez, la taza de crecimiento es de 5.1% en mujeres contra 2.7% en hombres. El 21.2% de los habitantes en zonas rurales tienen como jefe de familia a una mujer. 500 mil ejidatarias mujeres y 70 mil comuneras (en 1970 sólo había 31 mil mujeres). Futuros herederos: 99% son familiares. De estos, 47% mujeres: esposa e hija. 3 de cada 10 hogares la mujer es único sostén y en otros 3 hogares aporta recursos económicos. En las zonas rurales, la mayoría de las personas que viven por debajo del umbral de pobreza son mujeres. INEGI, XII Censo General de Población y Vivienda, 2000 PA. Estadísticas Agrarias, 2004 Robles, Héctor (dirección), Y ando yo también en el campo. Presencia de la mujer en el agro mexicano, 2000
4 De los Órganos del Ejido Artículo 26. Serán competencia de la asamblea: Aprobación de contratos con terceros para aprovechar los recursos no renovables y de bosques y selvas. Protección de las tierras indígenas. Competencia de los tribunales agrarios para conocer de estos asuntos. Artículo 29. Validez de la asamblea: Acta en casos de suspensión de asamblea. Controversias agrarias atendidas por la PA entre Con motivo del incumplimiento de los actos y contratos celebrados en materia agraria 8,047 asuntos. Por el uso y aprovechamiento, acceso y conservación de tierras de uso común, 12,088 asuntos. Artículo 33. El mandatario sólo podrá representar a un solo ejidatario. Artículo 34. De toda asamblea se levantará el acta correspondiente, misma que después de leída ante ésta, será firmada en la fecha de su terminación. PA. Estadísticas Agrarias, 2004
5 Del Comisariado Ejidal Artículo 36. Son facultades y obligaciones: Cuando se afecte interés colectivo y CE sea omiso, 20% de Ejidatarios podrán ejercer la representación substituta. Artículo 42. Duración del Comisariado: Tres años. 60 días naturales previos a la terminación del periodo. Asuencia del Comisariado temporal y definitiva. Artículo 43. La remoción de los miembros del CE: 30% de los ejidatarios. 13,773 controversias agrarias atendidas por PA entre Por irregularidades en que incurra el Comisariado y el Consejo de Vigilancia (21%). Por las disposiciones del Reglamento Interno o Estatuto Comunal (19%). Por la asignación de derechos sobre las tierras de uso común (18.3%). Por la remoción de los integrantes de los órganos de representación y vigilancia (15.2%). PA. Estadísticas Agrarias, 2004
6 De las Tierras Ejidales Artículo 48. Los contratos con terceros tendrán una duración acorde al proyecto productivo correspondiente: Contratos verbales y escritos Escritos los que impliquen la transmisión de los derechos o vigencia mayor a 3 años. Requisitos para la elaboración de los contratos escritos. Nulos contratos que afecten al medio ambiente. Cuando las utilidades no se cumplen se podrá rescindir el contrato. Artículo 49. Se pueden dar en usufructo las TUC y parceladas Cancelación de la sociedad el usufructo regresa al núcleo. Uno de cada tres ejidatarios da sus tierras en algún tipo de trato agrario (aparcería, renta o préstamo). 80% de los tratos agrarios son a la palabra. 2 de cada 3 son con parientes. 2 de cada 3 son de un ciclo agrícola. Controversias Por incumplimiento de actos y contratos celebrados con terceros, 4,920 asuntos. PA. Los Tratos Agrarios en Ejidos Certificados, 1998
7 De la Restitución de tierras Artículo 52. Los núcleos que hayan sido o sean privados ilegalmente de sus tierras podrán pedir la restitución. Artículo 53. Si el titular de los derechos agrarios es desposeído procederá la acción de restitución. Producto del Procede, un millón de hectáreas se encuentran en esta situación. Controversias atendidas por PA : Por la no aceptación como ejidatario o comunero, 47,806 asuntos. Por la posesión de una parcela, 151,390 asuntos PA. Estadísticas Agrarias, 2004
8 De la Delimitación Artículo 62. Será nulo de pleno derecho el parcelamiento en bosques y selvas. Si con posterioridad a la asignación de parcelas se descubren en éstas un yacimiento de recursos no renovables el ejido tiene derecho a contraprestación. Núcleos agrarios con recursos: 6,402 con bosques 971 con selvas 738 con recursos turísticos Más de 40 áreas naturales protegidas: Calakmul, Montes Azules, Mariposa Monarca, Chimalapas INDA. Cédula de Núcleos Agrarios, 1997
9 De las Tierras de Uso Común Artículo 77. TUC inalienables, imprescriptibles e inembargables. 70 millones de hectáreas de TUC. Artículo 78. En casos de manifiesta utilidad se podrán transmitir el usufructo a Sociedades Mercantiles: El dominio se transmite cuando la naturaleza del proyecto lo justifique 57% de los ejidos con tierras parceladas y de uso común. 10% de los ejidos sólo cuentan con tierras de uso común. PA. Estadísticas Agrarias, 2004
10 De la Enajenación de las tierras Artículo 83. El cónyuge casado en sociedad conyugal se requiere la autorización de ambos: El consentimiento expreso y por escrito del cónyuge. Artículo 84. La permuta de las parcelas. Artículo 88. Orden de prelación en el derecho al tanto. 5% de los ejidatarios o comuneros han vendido sus tierras parcial o totalmente. Por permuta de tierras, 507 controversias entre PA. Estadísticas Agrarias, 2004 PA. Los Tratos Agrarios en Ejidos Certificados, 1998
11 De la Protección a Tierras Indígenas Artículo 95. Se reconoce como pueblos indígenas a quienes habitaban el territorio antes colonia: La conciencia de su identidad deberá ser criterio fundamental. Artículo 96. Son inalienables, inembargables e imprescriptibles. Artículo 97. Son de su propiedad los recursos naturales, salvo los del dominio de la nación. El aprovechamiento sólo por ellos, salvo que exista manifiesta utilidad. Artículo 98. La consulta para la ocupación de sus tierras, participar en los beneficios. Artículo 99. pueden restringir actividades de terceros. Se permite el acceso a los lugares sagrados. Artículo 103. La revocación. Artículo 104. Las formas de consulta y las medidas de protección se establecen en Reglamentos o Estatutos. 6,830 ejidos y comunidades. 900 mil ejidatarios y comuneros. 22 millones de hectáreas. 50% de los núcleos agrarios con selvas. 1 de cada 3 núcleos agrarios con bosques. Municipios con altas precipitaciones, captadores de agua. Robles y Concheiro, Entre las fábulas y la realidad, los ejidos y comunidades con población indígena, 2004
12 De la expropiación de Bienes Ejidales y Comunales Artículo 95. Se establecen las causas de utilidad pública, limitándolas. Reservas territoriales para el desarrollo urbano y vivienda. Se elimina desarrollo ecológico, la industria y el turismo. Artículo 109. Cuando sea previsible que el objeto de la expropiación genere lucro o utilidades para terceros, se tomaran en cuenta estas circunstancias. Artículo 112. Los bienes revertidos se incorporan al patrimonio del ejido expropiado si este devuelve el monto de la indemnización. Artículo 113. Los núcleos podrán demandar la reversión. En zonas rurales las principales expropiaciones para construcción de presas: Cerro de Oro Miguel Alemán La construcción del aeropuerto en Texcoco. La Ley General de Expropiaciones. Demandar la reversión de tierras cuando se den las causas que marca la ley agraria: 144 juicios de reversión en el periodo Supervisar en campo el cumplimiento de la causa de utilidad pública de los decretos expropiatorios: 794 supervisiones de decretos.
13 De las Comunidades Artículo 114. Define como se constituyen las comunidades Comunidades de hecho. Artículo 116. Se define los requisitos para las exclusiones. 2,192 comunidades agrarias millones de hectáreas. 675 mil comuneros. Artículo 118. se define el concepto de comuneros. SRA-DGIA, Información Agraria Básica, 2004
14 De las Asociaciones y Sociedades Agrarias Artículo 127. Se definen las sociedades agrarias, incluye la UAIM. Artículo 128. Se definen los principios que rigen a las sociedades agraria y los requisitos para constituirse. 31,763 sociedades agrarias: SSS: 20,518 SPR: 9,768 Uniones de Ejidos: 1, controversias con motivo de la constitución y funcionamiento de las sociedades rurales. 7,517 ejidos asignaron parcela de la mujer, lo que representa PA. Estadísticas Agrarias, %.
15 De la Pequeña Propiedad Individual y Sociedades Propietarias de Tierras Artículo 147. Las pequeñas propiedades que no excedan las 10 ha de riego o su equivalente y que constituyan la principal o única fuente de ingreso, gozarán de protección. Artículo 149. para conservar su registro, las tierras de las sociedades no podrán permanecer sin explotación por más de dos años consecutivos millones de hectáreas. 1.6 millones de propietarios. 996 mil propietarios con menos de 5 hectáreas. 200 mil propietarios indígenas. 64 Sociedades mercantiles y civiles propietarias de tierras rústicas. 373 tenedores. 161,846 hectáreas: Nuevo león Sonora Coahuila Campeche RAN. Inscripción Constitutivas Realizadas en el Folio de Sociedades, marzo sociedades dedicadas a actividades agropecuarias.
16 De la Procuraduría Agraria Artículo 147. La PA contará con un Consejo de seguimiento y evaluación. Artículo 165. Requisitos para ser Procurador. Funciones de la PA. 8 Procuradores Agrarios en su corta historia, no permite la consolidación institucional. Acuerdo Nacional para el Campo se solicitó la autonomía de la PA.
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