POLÍTICA DE REMUNERACIONES de la empresa de inversion BenchMark Finance AD

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1 POLÍTICA DE REMUNERACIONES de la empresa de inversion BenchMark Finance AD 1

2 1. CONDICIONES GENERALES Art. 1. La política de remuneraciones de la empresa de inversión BenchMark Finance AD (nombrada más abajo la sociedad o la empresa de inversión ) regula el sistema de remuneraciones de los empleados de la sociedad. Objetivos Art. 2. Con la presente política la sociedad tiene como objetivo establecer principios claros y objetivos en la formación de las remuneraciones de sus empleados. Principios básicos Art. 3. La presente política ha sido preparada y en su ejecución se tienen en cuenta los siguientes principios principales: 1. asegurar una gestión del riesgo fiable y eficiente; 2. no incitar la toma de riesgos que sobrepasan los niveles aceptables para la sociedad; 3. asegurar la conformidad de la Política con la estrategia, los objetivos, los valores y los intereses a largo plazo de la sociedad; 4. implementación de medidas para evitar conflictos de intereses causados por el modo de formación de las remuneraciones. Categorías de personal Art. 4. (1). La presente política es applicable a las remuneraciones de las siguientes categorías de personal, denominados más abajo solamente personal y cada uno de los miembros del personal se denomina por separado empleado : 1. personal de nivel superior; 2. empleados cuya actividad está relacionada con la toma de riesgos; 3. empleados que ejercen funciones de control; 4. todos los empleados cuyas remuneraciones son proporcionales a las remuneraciones de los empleados bajo los puntos 1 y 2 y cuya actividad tiene un impacto importante sobre el perfil de riesgo de la empresa de inversión. (2). Personal de nivel superior son las personas físicas con funciones ejecutivas que representan la empresa de inversión y que son responsables ante la autoridad de gestión o de control de la empresa de inversión para la gestión diaria de la empresa de inversión. Como tales, la sociedad va a tratar a las personas inscritas en su cuenta en el Registro Mercantil como representantes. (3). Empleados cuya actividad está relacionada con la toma de riesgos son los empleados de la sociedad: 1. que cierran de manera independiente o conjuntamente con otra persona operaciones por cuenta de la empresa de inversión (corredores /brokers/ y agentes /dealers/); 2. que efectúan gestión de cartera (asesores en materia de inversión); 3. que concluyen contratos de nombre y por cuenta de la sociedad (empleados que atienden a clientes); 4. en la descripción del puesto de los que está previsto esto de forma expresa. (4). Como empleados que ejercen funciones de control en la sociedad se consideran los que son independientes de las funciones en la sociedad sobre las que ejercen control y disponen de poderes adecuados. A estos empleados la sociedad incluye el director y los empleados en las siguientes unidades de la sociedad: Gestión de Riesgos, Auditoría Interna, Control Interno (De acuero con la normativa). 2

3 2. REMUNERACIÓN Generalidades Art. 5. La Sociedad determina el nivel de remuneración de los empleados, lo que le permite emplear para las posiciones correspondientes un personal cualificado y experimentado. Art. 6. La remuneración del personal de la sociedad incluye todas las formas de pagos o estímulos realizados directa o indirectamente por la sociedad (hechos por los accionistas u otras personas relacinadas con la sociedad) para las actividades realizadas por el personal. Art. 7. (1). La estructura de las remuneraciones está construida de manera que no genere un conflicto de intereses. (2). Las remuneraciones se forman de una manera que no perjudica a la independencia de los empleados y ellos no se ponen en una situación en que la aprobación de una operación, la toma de decisiones o aconsejar sobre cuestiones que afectan el riesgo y el control financiero están directamente relacionados con el aumento de la remuneración. (3). Las remuneraciones se forman de manera que no exista una relación directa entre la remuneración de las personas que realizan principalmente una actividad, y la remuneración de las personas que realizan principalmente otra actividad para la empresa de inversión, o los ingresos realizados por los últimos. Art. 8. Las remuneraciones se dividen en fijas y variables. Los dos componentes de las remuneraciones pueden incluir estímulos en efectivo (por ejemplo, dinero en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, contribuciones de pensiones y otros) y estímulos no monetarios (por ejemplo, seguro de enfermedad, estímulos sociales y otros). Art. 9. (1). La sociedad determina proporciones adecuadas entre las remuneraciones fijas y variables de las personas que trabajan para la empresa de inversión y los elementos variables de las remuneraciones no superan los 100 por ciento de los elementos fijos. La cantidad de la proporción determinada será comunicada por la sociedad. (2). La sociedad puede adoptar una decisión para el determinio de un nivel de proporción distinto entre los elementos fijos y variables de las remuneraciones sugún el párr.1 únicamente después de una autorización del vicepresidente de La Comisión de Supervisión Financiera que dirige el departamento Supervisión de las Actividades de Inversión. Art. 10. La ejecución de las decisiones sobre las remuneraciones tomadas por la Asamblea General de los accionistas o por su Consejo de administración puede ser detenida por un cuestor en caso que tal sea nombrado a la sociedad en alguna de la hipótesis prevista por la ley. Remuneración fija Art. 11. (1). Para los fines de las presentes normas bajo remuneración fija se entenderá: 1. bajo contratos laborales el salario principal junto con la remuneración por el uso de vacaciones anuales y las remuneraciones de trabajo adicionales con un carácter permanente; 2. bajo contratos de gestión y otros contratos no laborales pago establecido en el contrato individual, que no depende directamente de la evaluación de la ejecución de la actividad (2). El sueldo base es la remuneración para la ejecución de las determinadas en la descripción del puesto del empleado correspondiente tareas de trabajo, funciones y responsabilidades en correspondencia con la duración del trabajo realizado. 3

4 (3). En las remuneraciones adicionales de carácter permanente, de acuerdo con el Código Laboral están incluidos: (a) remuneraciones de título educativo y/o científico; (b) años de experiencia laboral y experiencia profesional; (c) remuneraciones adicionales dependiendo del tiempo de trabajo trabajo nocturno, trabajo por turnos y otros. Criterios para la determinación de la remuneración fija Art. 12. Los criterios para la determinación de remuneración fija son: 1. complejidad y gravedad de las funciones asignadas; 2. responsabilidades funcionales de la posición; 3. parámetros del medio de trabajo; 4. nivel de educación del empleado; 5. nivel en la estructura corporative que ocupa; 6. experiencia profesional; 7. resticciones (incluyendo una prohibición para la realización de determinada actividad o acciones, incopatibilidad para la ocupación de un puesto bajo una relación laboral adicional y otros). Monto de la remuneración fija Art. 13. (1). La cuantía de la remuneración fija se determina en el contrato idividual de conformidad con la legislación laboral y/o de seguros aplicable. (2). El salario permanente representa una parte lo suficientemente alta de la remuneración total. Art. 14. El volumen mínimo del sueldo base es igual a la retribución básica mínima mensual reglamentaria para la profesión correspondiente. Modificación de la remuneración fija Art. 15. (1). La sociedad puede aumentar unilateralmente la retribución fija del empleado. (2). La reducción de la retribución fija es aceptable con la celebración de un acuerdo adicional al contrato individual del empleado. Cálculo de la remuneración fija Art. 16. La remuneración fija se calcula de acuerdo con los sistemas de pago aplicables y lo acordado en el contrato individual. Art. 17. El cálculo de la remuneración fija se realiza mensualmente. Pago de la remuneración fija Art. 18. La remuneración fija se paga en dinero. Art. 19. (1). La remuneración fija se paga por la cuenta bancaria indicada por el empleado, de la que el mismo es titular. (2). La remuneración a petición del empleado puede ser pagada también a sus familiares. Art. 20. (1). El sueldo base se paga una vez cada mes. (2). Los salarios adicionales de carácter permanente se pagan juntos con el pago final del sueldo base. Art. 21. La remuneración fija se paga a más tardar el tercer día del mes siguiente al mes para el que se carga. Art. 22. Las disposiciones pertinentes de los contratos laborales, la sociedad aplicará respectivamente a los contratos de gestión y los demás contratos no laborales. 4

5 Remuneración variable Art. 23. La remuneración variable es aquella remuneración, cuya cantidad y pago están relacionados con los resultados de la actividad de la sociedad. Art. 24. La sociedad no garantiza a sus empleados el pago de una remuneración variable, excepto en las excepciones previstas en la presente política. Es posible que la remuneración variable no se pague a todos o algunos de los empleados. Art. 25. La empresa de inversión no puede pagar la remuneración variable con instrumentos o métodos que permiten evadir los requisitos del Reglamento (UE) 575/2013, LMIF y sus actos de ejecución. Criterios para la determinación de la remuneración variable Art. 26. Los criterios para la determinación de la remuneración variable son: 1. resultados constantes de la actividad y de acuerdo con los riesgos asumidos; 2. ejecución que supera a los requisitos indicados en la descripción del trabajo. Monto de la remuneración variable Art. 27. La sociedad determina la remuneración variable de arriba hacía abajo, empezando con la formación de la cantidad total de la remuneración variable en el nivel de intermediario de inversiones, después en el nivel departamento/unidad y de empleado individual. Art. 28. (1). El volumen total de la remuneración variable se basa en una combinación de las estimaciones de la actividad: (1) del empleado individual; (2) del departamento/la unidad donde trabaja el empleado; (3) de los resultados generales de la sociedad, así como de la situación financiera de la sociedad. (2). La cantidad total de la remuneración variable para la empresa de inversión se basa en la evaluación de su actividad y su situación financiera. La remuneración variable se determina de manera que su cantidad total no limita la capacidad de la empresa de inversión de mantener y mejorar su base de capital. (3). La cantidad total de la remuneración variable para la empresa de inversión entera se distribuye entre los departamentos/unidades después de una evaluación de sus resultados, y el proceso continúa hasta que se abarquen las remuneraciones de los empleados individuales en base de una evaluación de su trabajo. Art. 29. La valoración de la actividad abarca un período de al menos 2 años, y se basa en la aplicación a largo plazo de la actividad. Art. 30. (1). La evaluación de la actividad de la sociedad incluye sus resultados generales, basándose en criterios cuantitativos y cualitativos. (2). Los criterios cuantitativos que utiliza la sociedad para evaluar los resultados de la actividad son: 1. rendimiento ajustado al riesgo de capital (RAROC); 2. rendimiento del capital ajustado al riesgo (RORAC); 3. rentabilidad económica; 4. capital de riesgo económico interno; 5. aportación económica neta; 6. costo ajustado al riesgo de financiación o ajustes de contabilidad. (3). Los criterios cualitativos que utiliza la sociedad para evaluar los resultados de la actividad son: 1. logro de los objetivos estratégicos; 2. satisfacción de los clientes; 5

6 3. adherencia a la política de gestión de riesgos; 4. cumplimiento de normas internas y externas; 5. calidades directivas y de gestión; 6. trabajo en equipo; 7. creatividad; 8. motivación; 9. colaboración con las demás unidades estructurales. Art. 31. La evaluación de los resultados de la actividad de la empresa de inversión, utilizada para el cálculo de los elementos variables de la remuneración y su distribución incluye un ajuste para todos los tipos de riesgos presentes y futuros, y tiene en cuenta el coste del capital y la liquidez adecuada. Art. 32. En la evaluación de la actividad del empleado se tienen en cuenta criterios financieros y no financieros. Art. 33. No menos del 50% de la remuneración variable se puede conceder en forma de instrumentos y su concesión tiene como objetivo poner a los empleados en una situación similar a la de los propietarios y estimular al personal a que aumente el valor económico de la sociedad. Art. 34. (1). Los instrumentos que forman la remuneración variable pueden ser: 1. acciones, otros instrumentos relacionados con acciones, así como equivalentes instrumentos que no son en efectivo emitidos por la empresa de inversión, en caso que estos instrumentos no se negocian en un mercado regulado; 2. cuando sea posible, otros instrumentos en el sentido del art. 52 o 63 del Reglamento (UE) 575/2013 u otros instrumentos que pueden ser totalmente convertidos en instrumentos del capital de base propio de primer orden o dados de baja, que en cualquier momento reflejan de manera adecuada la calidad crediticia de la empresa de inversión como una empresa activa y son adecuados de usar para los fines de la remuneración variable. (2). Respecto a los instrumentos bajo el párr. 1 se aplica una política de limitación de su transferencia, con la que la sociedad tiene como objetivo armonizar los estímulos a sus empleados y sus intereses a largo plazo. Las limitaciones concretas dependen del tipo de instrumentos y serán previstos en los documentos que acompañan su emisión. (3). Los requisitos de los párr. 1 y 2 se aplican tanto para la parte de la remuneración variable escaloneada de conformidad con la Política para el escalonamiento de los pagos, así como para la parte que no es escaloneada. (4). En la distribución de los elementos variables de la remuneración en los marcos de la empresa de inversión se consideran todos los tipos de riesgos presentes y futuros. Art. 35. (1). El efecto de los mecanismos de consideración del riesgo, establecidos en las remuneraciones de los empleados no se pueden reducir con el uso de estrategias personales de cobertura o seguros relacionados con las remuneraciones o la responsabilidad de los empleados. (2). Si la sociedad ha realizado un resultado negativo o inferior de lo previsto, la cantidad total de la remuneración variable se limita a través de una disminución tanto de las remuneraciones actuales, como los pagos en virtud de las remuneraciones escaloneadas o la recuperación de remuneraciones pagadas o adquiridas. Art. 36. (1) La sociedad puede aplicar un tipo de descuento con respecto a un maximo de 25% de la remuneración variable total, siempre que esta se paga en instrumentos que son escaloneados por un período no inferior a cinco años. (2). El tipo de descuento aplicable es el previsto en las directrices de la Autoridad Bancaria Europea, aprobadas para la aplicación por la Comisión de Supervisión Financiera. 6

7 Art. 37. La sociedad adopta una desición para el pago de la remuneración variable concreta en la que se indican las condiciones en que se paga la misma. Remuneración variable garantizada Art. 38. La empresa de inversion puede proporcionar una remuneración variable garantizada como excepción sólo a nuevos empleados con arreglo al art. 4, párr. 1, pt. 1 4 de la presente Política para el primer año de su nombramiento y bajo la condición de que dispone de capital propio que corresponde a los requisitos normativos. Pago de la remuneración variable Art. 39. La remuneración variable, incluida la parte diferida, se paga o se determina sólo si el pago: 1. no pone en peligro la estabilidad de la empresa de inversión, considerando su situación financiera en su conjunto; 2. se justifica en función de los resultados conseguidos por la empresa de inversión, de la unidad de negocio y de la persona de que se trata. Art. 40. (1). El pago de la remuneración variable se extiende por un período de tiempo que tiene en cuenta el cíclo económico y los riesgos asumidos por la sociedad. (2). La remuneración variable puede ser pagada después de que el Consejo de Administración ha aprobado los informes para el trimestre correspondiente, respectivamente la Junta General de Accionistas ha aprobado el informe financiero anual de la sociedad. Art. 41. La remuneración variable se paga mediante instrumentos y/o métodos permitidos por la normativa y en estricto cumplimiento de los requisitos del Reglamento (UE) 575/2013, LMIF y los actos de su aplicación. Art. 42. Independientemente de las decisiones adoptadas por las autoridades competentes de la sociedad, el volumen de la remuneración variable puede ser limitado o que la misma no sea pagada por decisión de la Comisión de Supervisión Financiera, en caso que esto es incompatible con el mantenimiento de suficiente capital propio de la sociedad. Recuperación de remuneración variable pagada Art. 43. Una remuneración variable pagada está sujeta a recuperación en caso que el empleado ha recibido la remuneración correspondiente: 1. ha tenido o ha sido responsable de una conducta que ha conducido a pérdidas significativas para la empresa de inversión; 2. no ha correspondido a las normas correspondientes de aptitud y buen comportamiento. Art. 44. La empresa de inversión puede retener o exigir la recuperación de cantidades de hasta 100% de la remuneración variable total. Art. 45. La recuperación puede realizarse mediante pago directo a cuenta de la sociedad o mediante deducciones de la remuneración fija. 3. REMUNERACIONES DEL PERSONAL DE NIVEL SUPERIOR Art. 46. Las remuneraciones de los miembros ejecutivos del Consejo de Administración, se determina por el Consejo de Administración. (2). La decisión del Consejo de Administración se adopta por la mayoría de los miembros representados, excepto si en el Estatuto de la sociedad no está indicado otro. Personas cuyas remuneraciones son proporcionales a las remuneraciones 7

8 del personal de nivel superior Art. 47. (1). La remuneración fija de los miembros no ejecutivos del Cosejo de Administración, incluido su derecho de recibir una remuneración adicional como parte de la ganancia de la sociedad, así como adquirir acciones y bonos de la sociedad se determinan por la Junta General de Accionistas. (2). La decision de la junta general se adopta por una mayoría de las acciones representadas, excepto si en el Estatuto de la sociedad no está indicado otro. Art. 48. Aparte de los casos del artículo anterior, a los empleados de la sociedad, cuyas remuneraciones son proporcionales a las del personal de nivel superior las remuneraciones se determinan por el Consejo de Administración. 4. REMUNERACIÓN DE LOS EMPLEADOS QUE EJERCEN FUNCIONES DE CONTROL Art. 49. (1). El monto de la remuneración de los empleados que ejercen funciones de control está sujeto al nivel de logro de los objetivos relacionados con sus funciones. (2). La remuneración de estos empleados no depende de los resultados conseguidos por las unidades estructurales que controlan. 5. INDEMNIZACIONES Indemnizaciones en caso de resolución por anticipado de contrato por iniciativa de la sociedad Art. 50. La Sociedad puede pagar indemnizaciones en caso de resolución por anticipado de contrato de un empleado. La cantidad de estas indemnizaciones tiene en cuenta los resultados conseguidos realmente por el empleado y se determina en cada caso concreto de manera que no conduzca a una remuneración de fracaso o conducta incorrecta hacia la sociedad, los accionistas o sus clientes. Indemnizaciones relacionadas con contratos para empleos anteriores Art. 51. La sociedad puede pagar pagar también indemnizaciones relacionadas con contratos para empleos anteriores. La cantidad de estas indemnizaciones tiene en cuenta los intereses a largo plazo de la empresa de inversión y estas indemnizaciones están relacionadas con su política de retener y atraer empleados, aplazamiento del pago de los elementos variables de la remuneración para los resultados de la actividad y la posibilidad de recuperar las cantidades ya pagadas. 6. POLÍTICA DE APLAZAMIENTO DE LOS PAGOS Art. 52. La política de aplazamiento se determina por los siguientes elementos: 1. período de aplazamiento; 2. participación relativa de la remuneración variable aplazada; 3. proceso de adquisición de la remuneración aplazada; 4. período de tiempo desde el momento de atestado hasta el pago de la primera cantidad aplazada; 5. forma de remuneración variable aplazada. Art. 53. (1). El período de aplazamiento se inicia desde el momento en que ha sido pagada la parte no aplazada de la remuneración variable y termina con la adquisición de la última parte de la remuneración variable. (2). El período de aplazamiento puede ser alargado en caso de fluctuaciones en la 8

9 actividad económica de la sociedad. Art. 54. El reparto de una parte sustancial de la remuneración variable que es no menos del 40% se aplaza por un período con una durabilidad mínima de tres a cinco años, dependiendo de la naturaleza de la actividad de la empresa de inversión y los riesgos consiguientes, así como de la posición del empleado correspondiente. Para las personas que reciben una remuneración variable de tamaño muy grande, la parte aplazada es como menos un 60%. Art. 55. (1). La parte no pagada de la remuneración aplazada se paga de forma proporcional durante cada uno de los años del período de aplazamiento. (2). Los pagos se realizan una vez al año, después de una evaluación de los riesgos y realización de corrección de la remuneración en el caso de que tal sea necesaria. 7. AYUDA PÚBLICA EXCEPCIONAL Art. 56. (1). En el caso de que la sociedad se aprovecha de una ayuda pública excepcional, se aplican las siguientes normas: 1. La remuneración variable se limitará estrictamente a un porcentaje de los ingresos netos cuando sea incompatible con el mantenimiento de una base sólida de capital y con una renuncia oportuna al apoyopúblico; 2. reestructura las remuneraciones de modo que estén en consonancia con una adecuada gestión de riesgos y un crecimiento a largo plazo, incluso, si procede, estableciendo límites a la remuneración de las personas que efectivamente dirigen la actividad de la empresa de inversión; 3. a las personas que efectivamente dirigen la actividad de la empresa de inversión no se paga remuneración variable, a menos que se justifique. (2). Las normas del presente artículo son aplicables hasta la aprobación de una decisión de la Junta General de la sociedad respecto a sus resultados financieros que concluye que la sociedad es financieramente sólida. 8. INFORMACIÓN PÚBLICA Art. 57. La empresa de inversion se compromete a divulgar anualmente información en correspondencia con los requisitos de divulgación establecidos en el art. 32, párr. 1, art. 68, párr. 1 y art. 75 del Decreto 50 sobre la adecuación del capital, la liquidez de las empresas de inversión y la realización de supervisión para su cumplimiento. 9. DISPOSICIONES ADICIONALES Art. 58. El Consejo de Administración de la sociedad: 1. prepara la Política de remuneraciones; 2. revisa periódicamente los fundamentos de la Política; 3. realiza una actualización obligatoria anual de la Política en un plazo de hasta el 31 de diciembre, así como una corriente, si es necesario y a su discreción; 4. proporciona a la Junta General la Política actualizada junto con el informe de su actividad. Art. 59. La Junta General de los Accionistas aprueba la Política de remuneraciones. Art. 60. La Unidad de Auditoría interna realiza una revisión periódica interna independiente de la Política 9

10 10. DISPOSICIONES FINALES 1. La presente política ha sido preparada en virtud del art. 24, párr. 1, pt. 14 de la Ley para los Mercados de Instrumentos Financieros, así como en relación con el art. 7 del Decreto 50 sobre la adecuación del capital, la liquidez de las empresas de inversión y la realización de supervisión para su cumplimiento. 2. En la aprobación de la presente Política han sido tomados en cuenta los siguientes actos jurídicos: 1. LA DIRECTIVA 2013/36/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO del 26 de junio 2013 relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por la que se modifica la Directiva 2002/87/UE y se derogan las directivas 2006/48/ЕО y 2006/49/ЕО; 2. REGLAMENTO (UE) 575/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO del 26 de junio 2013 sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 648/2012; 3. Ley sobre los Mercados de Instrumentos Financieros, última modificación, Boletín Oficial n.o 62 del ; 4. Ley Contra el Abuso del Mercado con Instrumentos Financieros, última modificación, Boletín Oficial n.o 21 del ; 5. Ley comercial, última modificación, Boletín Oficial n.o 22 del ; 6. Decreto 38 del sobre los requisitos a la actividad de las empresas de inversión, última modificación, Boletín Oficial n.o 52 del ; 7. Decreto 50 del sobre la adecuación del capital, la liquidez de las empresas de inversión y la supervisión para su cumplimiento, Boletín Oficial n.o 52 del ; 8. Decreto sobre la negociación salarial, última modificación, Boletín Oficial n.o 40 del ; 9. Decreto sobre la estructura y la organización del salario laboral, última modificación, Boletín Oficial n.o 49/2012; 10. Decreto sobre los elementos de la remuneración y los ingresos sobre los aue se realizan contribuciones de seguridad social, última modificación, Boletín Oficial n.o 40/ La presente política ha sido adoptada por el Consejo de Administración de la sociedad el y ha sido aprobada por la Junta General de Accionistas el

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