PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA-DELEGADA DE SEGURIDAD Y RECURSOS HUMANOS

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1 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA-DELEGADA DE SEGURIDAD Y RECURSOS HUMANOS La concejal-delegada de Seguridad y Recursos Humanos, a la vista de la documentación presentada por el Servicio de Empleo relativa a la necesidad de disponer de una bolsa de expertos docentes para impartir cursos de los programas de formación para el empleo, vinculada la realización de los mismos a la concesión de la correspondiente subvención por parte del Servicio Regional de Empleo y Formación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como al cumplimiento de las directrices que se puedan marcar a nivel estatal para el acceso a las administraciones locales correspondientes al año natural objeto de la contratación o nombramiento del experto docente, somete a la aprobación de la Junta de Gobierno Local la siguiente PROPUESTA APROBAR la convocatoria de oposición para la creación de una lista de espera para la categoría de Experto Docente para la impartición de cursos de Formación Profesional Ocupacional, regida por las siguientes BASES PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la confección de una lista de expertos docentes para la impartición de cursos de Formación Profesional Ocupacional, en adelante FPO. La vigencia de la presente lista será desde la convocatoria correspondiente al presente año 2012 hasta que por acuerdo de esta Corporación Municipal se considere necesaria confeccionar una nueva, motivado por la falta de docentes para los cursos a impartir, por los cambios legislativos debiendo atender a actualizar los perfiles de los mismos o por cualquier otra causa a criterio de la propia Administración. Para una mayor eficacia de la lista de espera, ésta se agrupará por familias profesionales atendiendo a los cursos que este Ayuntamiento tiene homologados y a los que tiene previsto homologar para futuras convocatorias, cuya relación figura como Anexo Único a la presente convocatoria, salvo para la familia profesional de «Hostelería y Turismo» que por la diversidad de los requisitos que han de cumplir los expertos docentes resulta inviable esta agrupación, realizándose en este caso a nivel del área profesional, distinguiendo dentro de la misma dos módulos específicos, idiomas y seguridad alimentaria.

2 Respecto de los emolumentos a percibir por los expertos docentes contratados se estará a lo dispuesto en la Orden del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se regule la formación de oferta y se establezcan las bases reguladoras del procedimiento de concesión y justificación de subvenciones destinadas a tal fin, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Por la especificidad de estos emolumentos, es por lo que la modalidad de relación contractual entre este Ayuntamiento y el personal seleccionado es el de contrato laboral de duración determinada. Si esta especificidad variara durante la vigencia de la lista de espera, permitiéndose el nombramiento como funcionarios interinos, previsto en el artº 10.1.c del EBEP, se modificará la relación contractual de estos expertos docentes con la administración a la citada legislación. La contratación o nombramiento de los expertos docentes se realizará por módulos profesionales, atendiendo al orden de prelación en el que figuren en la presente lista y a los criterios que para cada uno de éstos se establezcan en el correspondiente certificado de profesionalidad. Si el aspirante reuniendo, a día de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo, los requisitos para desarrollar varios o todos los módulos correspondientes a un mismo curso, éste podrá decidir si acepta la impartición de todos ellos o por el contrario prefiere dar solo un número determinado, debiendo en el acto del llamamiento indicar mediante renuncia expresa este último aspecto a fin de proceder con el siguiente de la lista. Esta contratación o nombramiento está supeditada a la obtención de la correspondiente subvención que por el Servicio Regional de Empleo y Formación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se otorgue para cada ejercicio. Igualmente, según lo previsto en el artículo 37.5 de las bases reguladoras del procedimiento de concesión y justificación de subvenciones destinadas a este fin, correspondiente al ejercicio 2012 (Orden de 31 de enero de 2012, del Presidente del SEF BORM núm. 30 de 6 de febrero de 2012), el SEF deberá visar cada contratación, pudiendo no autorizar la misma por entender que no se cumple el perfil docente establecido para la especialidad formativa o por haber recibido una valoración negativa o reparo con ocasión de informes técnicos realizados en cursos previamente impartidos. Los perfiles de los expertos docentes objeto de la presente convocatoria son: Familia Profesional AGRARIA. Familia Profesional EDIFICACION Y OBRA CIVIL. Familia Profesional ELECTRICIDAD Y ELECTRONICA. Familia Profesional ENERGIA Y AGUA. Familia Profesional FABRICACION MECANICA. Familia Profesional IMAGEN PERSONAL. Familia Profesional INSTALACION Y MANTENIMIENTO. Familia Profesional MADERA, MUEBLE Y CORCHO Familia Profesional SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD. Familia Profesional TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHICULOS. Familia Profesional HOSTELERIA Y TURISMO; Area ALOJAMIENTO.

3 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) Familia Profesional HOSTELERIA Y TURISMO; Area TURISMO. Familia Profesional HOSTELERIA Y TURISMO; Area RESTAURACION. Familia Profesional HOSTELERIA Y TURISMO; Area AGROTURISMO. Familia Profesional HOSTELERIA Y TURISMO; Módulo IDIOMAS. Familia Profesional HOSTELERIA Y TURISMO; Módulo SEGURIDAD ALIMENTARIA. Respecto de la gestión de las presentes listas, así como el procedimiento de llamamiento en las mismas, se estará a lo dispuesto en el acuerdo de Junta de Gobierno de 30 de julio de 2008, publicado en el BORM de 5 de septiembre, sobre criterios que han de regir en la gestión de las listas de espera y procedimiento de llamamiento. SEGUNDA.- PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA. La convocatoria se publicará íntegra en el Tablón de Edictos del este Excmo. Ayuntamiento, remitiendo anuncio de la misma a la prensa local. Las comunicaciones correspondientes a la convocatoria se expondrán mediante anuncios en Tablón, sirviendo de referencia el ubicado en la 2ª planta de la Casa Consistorial (Servicio de Personal), sin perjuicio de la utilización de otros medios de difusión municipal, tales como página web ( tablones del Servicio de Información u otras dependencias. TERCERA.- PARTICIPACION EN LA CONVOCATORIA. A. GENERALES DE LOS ASPIRANTES. Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: - Ser español o ser nacional de otro estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 57, puntos 1,2 y 3, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En este segundo caso los aspirantes deberán acreditar el dominio hablado y escrito del idioma castellano. - Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. - Estar en posesión del permiso de conducir, clase B. - No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

4 - Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la plaza a la que aspira. A tal efecto, los aspirantes deberán presentar junto a su solicitud, un certificado médico oficial acreditativo. B. ESPECÍFICOS DE LOS ASPIRANTES. Los aspirantes, igualmente, deberán reunir los requisitos específicos de titulación, experiencia profesional y competencia docente, que seguidamente se indican: B.1. COMÚN A TODOS LOS PERFILES. COMPETENCIA DOCENTE. Según el artículo 17.5 de la Orden de 31 de enero de 2012, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se regula la formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores desempleados, mediante la ejecución de acciones y proyectos de formación y la realización de prácticas profesionales no laborales, y se establecen las bases reguladoras del procedimiento de concesión y justificación de subvenciones destinadas a tal fin, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cumplen éste requisito aquellos aspirantes que posean de alguna de las siguientes titulaciones: Certificado de profesionalidad Docencia de la formación profesional para el empleo (RD 1697/2011, de 18 de noviembre), antiguo certificado de profesionalidad de Formador Ocupacional o formación equivalente en metodológica didáctica de formación profesional para adultos. Certificado de Aptitud Pedagógica (C.A.P.) Máster de formación del profesorado, impartido por centros acreditados. Titulación pedagógica o maestro en cualquiera de sus especialidades. Título de especialización didáctica expedido por la autoridad de educación correspondiente. Experiencia docente de Formación Profesional para el empleo o sistema educativo, de al menos 600 horas en los últimos 7 años. B.2. SEGÚN EL PERFIL. TITULACIÓN DE ACCESO y EXPERIENCIA PROFESIONAL Respecto de estos requisitos específicos, se establecen las siguientes definiciones: TITULACION ACADEMICA. Se deberá poseer al menos una de las exigidas. CAPACITACIÓN PROFESIONAL EQUIVALENTE. Entendida como la experiencia de un determinado número de años en ocupaciones relacionadas con las materias del curso, o con el ámbito profesional al que los conocimientos del curso hacen referencia. En los supuestos de precisar este requisito se adicionará al tiempo de la experiencia profesional definida en el párrafo siguiente y requerida en el perfil. EXPERIENCIA PROFESIONAL. En las familias/especialidades pertenecientes al área de oficios, la categoría mínima de contrato válida como experiencia profesional será la de oficial de primera, no considerándose como requisito los periodos contratados como oficial de 2ª o 3ª y/o peón especialista.

5 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) Legislación Titulación académica RD 295/2004. RD 1228/2006. AGRARIA RD 665/2007. RD 108/2008. RD 1179/2008. RD 715/2010. Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Técnico y Técnico Superior de la familia profesional de Agraria. Certificado de profesionalidad de nivel 2 y 3 de la familia profesional de Agraria, área profesional de Forestal. Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia de Agraria, área profesional de Jardinería. Certificado de profesionalidad de Gestión de la producción agrícola (nivel 3) 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación. 1 año. EDIFICIACION Y OBRA CIVIL Legislación RD. 295/2004. RD 827/2007. RD 1179/2008. Titulación académica Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Técnico y Técnico Superior de la familia profesional de Edificación y Obra Civil. Certificado de profesionalidad de nivel 2 y 3 de la familia profesional de Edificación y Obra Civil, área profesional de Albañilería y Acabados. 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación. 1 año.

6 ELECTRICIDAD Y ELECTRONICA Legislación RD. 1115/2007. Titulación académica Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Técnico y Técnico Superior de la familia profesional de Electricidad y Electrónica. Certificado de profesionalidad de nivel 2 y 3 de la familia profesional de Electricidad y Electrónica, área profesional de Instalaciones Eléctricas. 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación. 1 año. ENERGIA Y AGUA Legislación RD. 1114/2007. RD 1228/2007. Titulación académica Licenciado en física, Arquitecto o Ingeniería Superior. Arquitecto Técnico o Ingeniería Técnica. Técnico Superior en: Instalaciones Electrotécnicas; Montaje y Mantenimiento de Instalaciones de Frío, Climatización y Producción de Calor; Realización y Planes de Obra; Desarrollo de proyectos urbanísticos; Desarrollo de proyectos de instalaciones de fluidos; Desarrollo de proyectos de instalaciones térmicas y de fluidos; o Mantenimiento de instalaciones térmicas y de fluidos. Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales. Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional de Energía y Agua (Fotovoltáica, Solar Térmica) Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional de Energía y Agua, área profesional de Agua. Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional de Energía y Agua, área profesional de Gas. 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación. 1 año.

7 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) Legislación RD. 295/2004. FABRICACION MECÁNICA Titulación académica Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Técnico y Técnico Superior de la familia profesional de Fabricación Mecánica. Certificado de profesionalidad de nivel 2 y 3 de la familia profesional de Fabricación Mecánica, área profesional de Albañilería y Acabados. 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación. 2 años. Legislación RD 1373/2008. IMAGEN PERSONAL Titulación académica Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Técnico Superior de la familia profesional de Imagen Personal. Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional de Imagen Personal, área profesional de Estética. 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación. 2 años.

8 INSTALACION Y MANTENIMIENTO Legislación RD. 295/2004. RD 182/2008. Titulación académica Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Técnico Superior de la familia profesional de Instalación y Mantenimiento. Certificado de profesionalidad de nivel 2 y 3 de la familia profesional de Instalación y Mantenimiento, área profesional de Frío y Climatización. 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación. 1 año. MADERA, MUEBLE Y CORCHO Legislación RD. 295/2004. RD 1136/2007. Titulación académica Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Técnico y Técnico Superior de la familia profesional de Madera, Mueble y Corcho. Certificado de profesionalidad de nivel 2 y 3 de la familia profesional de Madera, Mueble y Corcho, área profesional de Producción carpintería y mueble. 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación. 2 años.

9 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD Legislación RD. 295/2004. RD 1368/2007. Titulación académica Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Técnico Superior de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad. Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, áreas profesionales de Atención Social o Servicios al Consumidor. 1 año de capacitación profesional equivalente en la ocupación. 1 año. TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHICULOS Legislación RD. 295/2004. RD 1228/2006. Titulación académica Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Técnico y Técnico Superior de la familia profesional de Transporte y mantenimiento de vehículos. Certificado de profesionalidad de nivel 2 y 3 de la familia profesional de Transporte y mantenimiento de vehículos, área profesional de Carrocería de vehículos. 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación. 2 años.

10 Legislación RD 1228/2006. HOSTELERIA Y TURISMO Area: ALOJAMIENTO Titulación académica Diplomado en turismo. Técnico Superior en alojamiento. Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional de Hostelería y Turismo, área profesional de Alojamiento. 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación. 1 año. Legislación RD 1700/2007. HOSTELERIA Y TURISMO Area: TURISMO Titulación académica Licenciado en: Administración y Dirección de Empresas; Ciencias Actuariales y Financieras; Economía. Diplomado en: Turismo; Ciencias Empresariales. Técnico Superior en Información y Comercialización Turísticas. Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional de Hostelería y Turismo, área profesional de Turismo. 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación. 1 año.

11 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) HOSTELERIA Y TURISMO Area: RESTAURACIÓN RD. 295/2004. RD 1700/2007. Legislación RD 1228/2006. RD 1179/2008. Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Técnico y Técnico Superior de las familias profesionales de Hostelería y Turismo y de Industrias Alimentarias. Certificado de profesionalidad de nivel 2 y 3 de la familia profesional de Hostelería y Turismo, área profesional de Restauración. Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional de Industrias Alimentarias, área profesional de Panadería, pastelería, confitería y molinería. 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación Titulación académica 1 año. Legislación RD 1700/2007. HOSTELERIA Y TURISMO Area: AGROTURISMO Titulación académica Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. Técnico Superior de la familia profesional de Hostelería y Turismo. Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional de Hostelería y Turismo, áreas profesionales de Alojamiento o Restauración. 2 años de capacitación profesional equivalente en la ocupación 2 años.

12 HOSTELERIA Y TURISMO Módulo: IDIOMAS Legislación RD 1700/2007. Titulación académica Licenciado en Filología, Traducción e Interpretación de la lengua inglesa correspondiente o título de grado equivalente. Cualquier otra titulación superior con la siguiente formación complementaria: Haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de la Licenciatura en Filología, Traducción e Interpretación en lengua inglesa o titulación equivalente, junto con certificado o diploma de acreditación oficial de la competencia lingüística de la lengua inglesa como el Certificado de Nivel Avanzado de las Escuelas Oficiales de Idiomas u otros equivalentes o superiores reconocidos. Titulación universitaria cursada en un país de habla inglesa, en su caso con la correspondiente homologación. 1 año. HOSTELERIA Y TURISMO Módulo: SEGURIDAD ALIMENTARIA Legislación RD 1700/2007. Titulación académica Licenciado en: Ciencia y Tecnología de los Alimentos; Medicina y Cirugía; Biología; Bioquímica; Química; Enología; Farmacia; Veterinaria; Ciencias Ambientales; Ciencias del Mar. Ingeniero Agrónomo. Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en industrias agrarias y alimentarias. Diplomado en Nutrición Humana y Dietética. 1 año. Todos los requisitos exigidos, generales y específicos correspondientes al curso o módulo que se vaya a impartir, deberán poseerse por los aspirantes al día que finalice el plazo de presentación de instancias de la presente convocatoria. C. INSTANCIAS. El plazo de presentación de instancias será de siete días hábiles a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en la prensa local. Las instancias, cuyo modelo se facilitará en el Excmo. Ayuntamiento, a la vez que podrá ser descargado de la página web ( serán dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente y se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, o en cualquiera de las formas contempladas en el art de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

13 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas, bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todos los requisitos exigidos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de la misma, adjuntando el resguardo del ingreso de en concepto de derechos de examen en la cuenta de Banesto (Sucursal Glorieta de España, Murcia). En el supuesto de que un mismo aspirante opte a más de un perfil, cada uno de ellos devengará derechos de examen, no procediendo devolución de los mismos en el caso de que las pruebas fueran coincidentes. Quedarán exentos del ingreso por derechos de examen: A) Las personas que acrediten con certificación del organismo oficial competente: 1. que son demandantes de empleo y se encuentran en esta situación durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de finalización del plazo de instancias de la presente convocatoria, 2. que, en el citado plazo, no hayan rechazado oferta de empleo adecuado ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, 3. y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al SMI (Salario Mínimo Interprofesional) B) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100. Juntamente con la instancia, además de la justificación de los derechos de examen -ingreso o exención-, el aspirante presentará su currículum vitae donde hará constar sus aspectos profesionales relacionados con el puesto de trabajo, a fin de que el órgano de selección pueda confeccionar el contenido de la entrevista descrita en la base QUINTA, apartado D. No existiendo fase concurso en el presente proceso selectivo no es preciso documentar ningún aspecto profesional, académico u otro por parte del aspirante junto a su solicitud para tomar parte en el presente proceso selectivo, salvo cuando así lo solicite expresamente esta Administración, conforme a lo dispuesto en la base SEXTA. En estos supuestos, la experiencia se acreditará conforme a la siguiente documentación: EXPERIENCIA PROFESIONAL COMO ASALARIADO. Deberá hacerse mediante certificación de vida laboral y contratos de trabajo o nóminas que acrediten la duración y categoría de la relación laboral. EXPERIENCIA PROFESIONAL COMO AUTÓNOMO O EJERCICIO LIBRE DE LA PROFESIÓN. Se deberá presentar documento que acredite alta en el censo de actividades del Ministerio de Hacienda (mod.036) o equivalente, así como acreditación de estar al corriente del pago de las cuotas de la Seguridad Social por este concepto.

14 D. ADMISION DE ASPIRANTES. Expirado el plazo de presentación de instancias, mediante decreto de la Concejalía-Delegada del área de Personal, se dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, que se expondrá en el Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, Glorieta de España, 1, determinando el lugar y fecha de comienzo de la prueba práctica. Las reclamaciones contra las listas de admitidos serán resueltas mediante decreto del mismo Organo que los aprobó. CUARTA.- COMISIÓN DE SELECCION. Los miembros de la Comisión de Selección serán nombrados mediante Decreto por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente. La Comisión se constituirá conforme a lo dispuesto en el artículo 60 del EBEP, quedando integrada por funcionarios de carrera; un Presidente, un Secretario y tres vocales. Todos los miembros de la Comisión deberán tener un nivel de titulación igual o superior al exigido para la plaza a cubrir, debiendo respetarse, en lo posible, el principio de especialización. El régimen de sesiones del órgano de selección será íntegramente en jornada laboral, no devengando derecho a indemnización en éste caso. Sólo, cuando por causas debidamente justificadas y autorizadas, podrá realizar sesiones fuera de la jornada habitual de trabajo, generando el derecho al devengo de las dietas por asistencia a órgano colegiado previstas en el párrafo anterior. En este supuesto, a efectos de la percepción de asistencias por los miembros de la Comisión se fijan las establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón del servicio, de conformidad con la resolución de la Secretaría de Estado por la que se revise el importe de las indemnizaciones establecidas en el mismo para el año natural en el que tenga lugar el proceso selectivo. La Comisión podrá nombrar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. QUINTA.- PROCESO SELECTIVO. A. FASES DEL PROCESO SELECTIVO. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: 1. Prueba práctica 2. Entrevista

15 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) B. COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS. La práctica de los ejercicios que no se realicen conjuntamente dará comienzo por los aspirantes cuyo primer apellido empiece por la letra O, resultante del sorteo realizado, con fecha 29 de febrero de 2012, por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, según resolución de 29 de febrero, publicada en el BOE de 12 de marzo de Dichos aspirantes serán convocados en único llamamiento, por lo que deberán optar por uno sólo de ellos si se originara incompatibilidad horaria en la práctica de los ejercicios de distintas pruebas selectivas. C. PRUEBA PRÁCTICA. La duración de la prueba será determinada por la comisión y tendrá el carácter de eliminatoria, calificándose de cero a diez puntos, debiendo obtener un mínimo de cinco puntos para poder continuar en el proceso selectivo. En el caso de que la prueba conste de varios supuestos, cada uno de ellos será eliminatorio, siendo calificados de cero a diez puntos, debiéndose obtener como mínimo cinco puntos en cada uno. En este caso, la calificación de esta prueba será la media aritmética o ponderada, a criterio de la comisión, de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los supuestos. Consistirá en una prueba escrita teórica y/o práctica, sobre los contenidos incluidos en la normativa que se especifica a continuación: C.1. Contenidos de los Certificados de Profesionalidad para la especialidad a la que opta. html. C.2. Contenidos de las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para cursos de Formación para el empleo, formación de oferta (Orden de 31 de enero de 2012, BORM nº 30 de 6 de febrero). (enlaces: entidades de formación para el empleo / formación de oferta / bases reguladoras) C.3. Contenidos de la nueva normativa; C.3.a.- Regulación del subsistema de Formación Profesional para el Empleo (RD 395/2007, de 23 de marzo, BOE nº 87 de 11 de abril). C.3.b.- Información relacionada con el Instituto Nacional de las Cualificaciones (cualificaciones profesionales, definición, normativa, organización y organismos...) (enlace Murcia. Instituto de las Cualificaciones de la Región de Murcia C.3.c.- Contenidos sobre las cualificaciones y las competencias en formación profesional contenidos en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

16 C.4. Contenidos relacionados con la didáctica en la formación ocupacional, incluidos en el certificado de profesionalidad Docencia de la formación profesional para el empleo. ecialidades/ssce0110.pdf. C.5. Contenidos de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. D. ENTREVISTA PERSONAL. Versará sobre la experiencia profesional y adecuación al puesto de trabajo de los aspirantes, por lo que éstos deberán presentar junto a su solicitud para tomar parte en el proceso selectivo su Curriculum Vitae, haciendo constar estos aspectos. La entrevista se valorará de 0 a 5 puntos, no resultando eliminatoria en sí misma salvo por la incomparecencia del aspirante, causa ésta por la que se le declararía decaído en su derecho de continuar en el proceso selectivo. SEXTA.- CALIFICACIÓN DEFINITIVA Y PROPUESTA DE LA COMISIÓN. Con la suma de la puntuación individualizada obtenida en la prueba práctica, superior a cinco puntos y en la entrevista se procederá a determinar la CALIFICACIÓN DEFINITIVA de los aspirantes y su orden de prelación. En el supuesto de que dos o más aspirantes de un mismo perfil obtengan la misma calificación definitiva se ordenarán según los siguientes criterios de desempate, establecidos por este Ayuntamiento de anteriores convocatorias de lista de espera: 1. El que mayor puntuación haya obtenido en la prueba práctica. 2. Si subsistiera el empate y la prueba práctica hubiera constado de varias partes, el que mayor calificación hubiera obtenido en la primera parte, y así sucesivamente hasta la penúltima de las partes. 3. Si subsistiera el empate, la Comisión publicará en el Tablón de Anuncios del Servicio de Personal, referido en el segundo párrafo de la base segunda de las presente bases, la relación de estos aspirantes otorgándoles a los mismos 3 días hábiles para la justificación de los méritos especificados en su Curriculum Vitae. Dicha documentación se presentará en el registro del Servicio de Personal y será valorada por la Comisión de Selección conforme al apartado valoración de méritos previsto en la base quinta, apartado D, de las bases generales que han de regir en sus convocatorias de selección para funcionarios interinos, siendo objeto de baremo tan solo aquellos méritos que se poseyeran por el aspirante al día de finalización de presentación de solicitudes para tomar parte en la presente convocatoria. Esta valoración sólo determinará el orden de prelación entre los aspirantes con igual calificación definitiva que no haya sido dirimida con los criterios establecidos en los dos puntos anteriores. La falta de presentación de esta documentación en el referido plazo conllevará que éste aspirante sea relegado a la última posición del grupo de calificaciones definitivas iguales.

17 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) Terminada la calificación de los aspirantes, la comisión hará pública, por orden de puntuación, la relación de integrantes de la lista de espera, diferenciada por los perfiles profesionales convocados, dando traslado de la misma al titular de la Concejalía-Delegada del área de Personal al objeto de que se lleve a cabo su propuesta de aprobación mediante el órgano competente. Aquellos aspirantes propuestos por la comisión, que no siendo españoles posean la nacionalidad de cualquier otro Estado miembro de la Comunidad Europea, deberán además, acreditar documentalmente, con certificación oficial, el dominio del castellano hablado y escrito, antes de su contratación; si no pudieran acreditar dicho requisito, deberán superar una prueba práctica, que se convoque a tal efecto, sobre el dominio del idioma castellano, hablado y escrito. La no superación de la misma conllevará la anulación de todas sus actuaciones, no creando derecho ni expectativa de derecho ni para la presente ni para futuras convocatorias. Los aspirantes, una vez que sean llamados por esta Administración aportarán ante ésta, en el plazo que se les indique, los documentos acreditativos de reunir las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, referidos al curso o módulos para los que hayan sido seleccionados. Si dentro del plazo establecido algún aspirante no presentara la documentación o se comprobara que no cumple alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria se le declarará decaído en su derecho, siendo excluido en su derecho de formar parte de la lista de espera por el motivo indicado, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la instancia. Los documentos a aportar en esta Administración serán: 1. Certificado en extracto de inscripción de nacimiento, expedido por el Registro Civil correspondiente. 2. Título requerido en las bases de la convocatoria para el curso o módulo a impartir (original) 3. Informe de vida laboral y documentación referida en la base Tercera, apartado C, relativa a la justificación de la experiencia profesional. (original y fotocopia) 4. Libro de familia (si lo posee). 5. DNI. (original y fotocopia) 6. Una fotografía. 7. Permiso de conducir tipo B (original y fotocopia) 8. Cartilla o tarjeta sanitaria de la Seguridad Social, si la posee, debiendo aportarla aunque actualmente no figure dado de alta. 9. Declaración sobre situación familiar y número de cuenta bancaria por la que desea que se le hagan efectivos sus haberes. 10. Declaración de no haber sido expedientado y de que no se halle en situación de incompatibilidad, delimitado en la Ley 53/84. Referente a los dos últimos puntos, el Ayuntamiento facilitará a los aspirante modelos normalizados para su cumplimentación.

18 Las resoluciones de la comisión vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos 107 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. SEPTIMA.- INCIDENCIAS. Si alguno de los perfiles se declarara desierto, bien por la no superación por parte de los aspirantes del proceso selectivo descrito en la base Quinta de las presentes bases, o por carecer de solicitudes que cumplan los requisitos mínimos para ser admitidos al proceso selectivo, este Ayuntamiento de Murcia, efectuará oferta génerica de empleo al SEF, solicitando un máximo de 10 aspirantes por perfil desierto, convocándolos para la superación del citado proceso selectivo. La comisión queda facultada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en las presentes bases, siempre que no se opongan a las mismas. OCTAVA.- RECURSOS. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación de la comisión podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Murcia, a 13 de julio de LA CONCEJAL-DELEGADA DE SEGURIDAD Y RECURSOS HUMANOS Fdo.: Nuria Fuentes García-Lax

19 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) ANEXO FAMILIA PROFESIONAL AGRARIA AREA PROFESIONAL: JARDINERÍA Denominación: ACTIVIDADES AUXILIARES EN VIVEROS, JARDINES Y CENTROS DE JARDINERÍA Código: AGAO0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Actividades auxiliares en viveros, jardines y centros de jardinería (ANEXO III del R.D. 1375/2008 de 1 de agosto, BOE de 5 de septiembre de 2008) Denominación: INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE JARDINES Y ZONAS VERDES Código: AGAO0208 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes (ANEXO IX del R.D. 1375/2008 de 1 de agosto, BOE de 5 de septiembre de 2008) Denominación: Jardinería y restauración del paisaje Código: AGAO0308 Nivel de cualificación profesional: 3 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Jardinería y restauración del paisaje (ANEXO XII del R.D. 1375/2008 de 1 de agosto, BOE de 5 de septiembre de 2008) AREA PROFESIONAL FORESTAL Denominación: ACTIVIDADES AUXILIARES EN APROVECHAMIENTOS FORESTALES Código: AGAR0209 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Actividades auxiliares en aprovechamientos forestales (ANEXO I del R.D.682/2011, de 13 de mayo, BOE del 9 de junio de 2011) Denominación: ACTIVIDADES AUXILIARES EN CONSERVACIÓN Y MEJORA DE MONTES Código: AGAR0309 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Actividades auxiliares en conservación y mejora de montes (ANEXO II del R.D.682/2011, de 13 de mayo, BOE del 9 de junio de 2011) Denominación: APROVECHAMIENTOS FORESTALES Código: AGAR0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Aprovechamientos forestales (ANEXO III del R.D. 1211/2009 de 17 de julio, BOE del 21 de agosto de 2009)

20 AREA PROFESIONAL AGRICULTURA Denominación: PRODUCCIÓN DE SEMILLAS Y PLANTAS EN VIVERO Código: AGAU0110 Normativa de referencia Certificado de profesionalidad Producción de semillas y plantas en vivero. (ANEXO III del RD 1519/2011, de 31 de octubre, BOE de 14 de diciembre de 2011) Denominación: ACTIVIDADES AUXILIARES EN AGRICULTURA Código: AGAX0208 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Actividades auxiliares en agricultura (ANEXO II del R.D. 1375/2008 de 1 de agosto, BOE de 5 de septiembre de 2008) Denominación: AGRICULTURA ECOLÓGICA Código: AGAU0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Agricultura ecológica (ANEXO I del R.D. 1965/2008 de 25 de mayo, BOE 20 de diciembre de 2008) FAMILIA PROFESIONAL EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL AREA PROFESIONAL: ALBAÑILERÍA Y ACABADOS Denominación: FÁBRICAS DE ALBAÑILERÍA Código: EOCB0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Fabricas de albañilería (ANEXO I del R.D. 1212/2009 de 17 de julio, BOE de 22 de agosto de 2009) Denominación: OPERACIONES AUXILIARES DE ALBAÑILERÍA DE FÁBRICAS Y CUBIERTAS Código: EOCB0208 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Operaciones auxiliares de albañilería de fábricas y cubiertas (ANEXO I del R.D. 664/2011 de 9 de mayo, BOE de 8 de junio de 2011) Denominación: OPERACIONES AUXILIARES DE ACABADOS RÍGIDOS Y URBANIZACIÓN Código: EOCB0209 Nivel de Cualificación profesional: 1 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Operaciones auxiliares de rígidos y urbanización (ANEXO II del R.D. 664/2011 de 9 de mayo, BOE de 8 de junio de 2011)

21 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) Denominación: OPERACIONES AUXILIARES DE REVESTIMIENTOS CONTINUOS EN CONSTRUCCIÓN Código: EOCB0109 Nivel de Cualificación profesional: 1 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Operaciones auxiliares de revestimientos continuos en construcción (ANEXO III del R.D. 664/2011 de 9 de mayo, BOE de 8 de junio de 2011) FAMILIA PROFESIONAL ELECTRICIDAD Y ELECTRONICA ÁREA PROFESIONAL: INSTALACIONES ELÉCTRICAS Denominación: OPERACIONES AUXILIARES DE MONTAJE DE REDES ELÉCTRICAS Código: ELEE0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Operaciones auxiliares de montaje de redes eléctricas (ANEXO I del R.D. 1214/2009 de 17 de julio, BOE de 4 de septiembre de 2009) Denominación: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE BAJA TENSIÓN Código: ELEE0109 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión (ANEXO III del R.D. 683/2011 de 13 de mayo, BOE de 9 de junio de 2009) AREA PROFESIONAL: INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIÓN Denominación: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS DE TELECOMUNICACIONES EN EDIFICIOS Código: ELES0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Montaje y mantenimiento de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios. (Anexo II. Real Decreto 1214/2009, de 17 de julio, BOE 4 de septiembre de 2009) Denominación: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE MEGAFONÍA, SONORIZACIÓN DE LOCALES Y CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN Código: ELES0109 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Montaje y mantenimiento de instalaciones de megafonía, sonorización de locales y circuito cerrado de televisión. (Anexo II. Real Decreto 683/2011 de 13 de mayo, BOE nº 137 jueves 9 de junio de 2011)

22 Denominación: OPERACIONES AUXILIARES DE MONTAJE DE INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS Y DE TELECOMUNICACIONES EN EDIFICIOS Código: ELES0208 Normativa de referencia: Certificado de Profesionalidad Operaciones auxiliares de montaje de instalaciones electrotécnicas y de telecomunicaciones en edificios2. ( Anexo I Real Decreto 683/2011, de 13 de mayo, BOE 9 de junio de 2011) FAMILIA PROFESIONAL ENERGIA Y AGUA ÁREA PROFESIONAL: ENERGÍA RENOVABLES Denominación: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS Código: ENAE0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Operaciones auxiliares de montaje de redes eléctricas (ANEXO I del R.D. 1214/2009 de 17 de julio, BOE de 4 de septiembre de 2009) Denominación: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES SOLARES TÉRMICAS Código: ENAE0208 Nivel de cualificación: 2 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Montaje y mantenimiento de instalaciones solares térmicas (ANEXO I, RD 1967/2008 de 28 de noviembre, BOE de 15 de enero de 2009) ÁREA PROFESIONAL: AGUA Denominación: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE REDES DE AGUA Código: ENAT0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Montaje y mantenimiento de instalaciones solares térmicas, (ANEXO II RD 1381/2008 de 1 de agosto BOE de 10 de septiembre de 2008). ÁREA PROFESIONAL: GAS Denominación: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE REDES DE GAS Código: ENAS0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Montaje y mantenimiento de redes de gas. (Anexo II Real Decreto 1967/2008, de 28 de noviembre, BOE Núm. 13 Jueves 15 de enero de 2009)

23 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) FAMILIA PROFESIONAL. FABRICACIÓN MECÁNICA ÁREA PROFESIONAL: CONSTRUCCIONES METÁLICAS Denominación: SOLDADURA CON ELECTRODO REVESTIDO Y TIG Código: FMEC0110 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Soldadura con electrodo revestido y TIG. (Anexo I, Real Decreto 1525/2011, de 31 de octubre, BOE Sábado 10 de diciembre de 2011). Denominación: SOLDADURA OXIGÁS Y SOLDADURA MIG/MAG Código: FMEC0210 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Soldadura oxigás y soldadura MIG/MAG. (Anexo II Real Decreto 1525/2011, de 31 de octubre, BOE Sábado 10 de diciembre de 2011). ÁREA PROFESIONAL: FABRICACIÓN ELECTROMECÁNICA Denominación: OPERACIONES AUXILIARES DE FABRICACIÓN MECÁNICA Código: FMEE0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Operaciones auxiliares de fabricación mecánica. (Anexo I, Real Decreto 1216/2009, de 17 de julio, BOE 26 de agosto de 2009) FAMILIA PROFESIONAL: IMAGEN PERSONAL ÁREA PROFESIONAL: ESTÉTICA Denominación: SERVICIOS ESTÉTICOS DE HIGIENE, DEPILACIÓN Y MAQUILLAJE Código: IMPP0208 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Servicios estéticos de higiene, depilación y Maquillaje. (Anexo II REAL DECRETO 1373/2008, de 1 de agosto BOE núm. 214 Jueves 4 septiembre 2008) FAMILIA PROFESIONAL: INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO ÁREA PROFESIONAL: FRÍO Y CLIMATIZACIÓN Denominación: OPERACIONES DE FONTANERÍA Y CALEFACCIÓN-CLIMATIZACIÓN DOMÉSTICA Código: IMAI0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Operaciones de fontanería y calefacción climatización doméstica.( Anexo I Real Decreto 1375/2009, de 28 de agosto, BOE Núm. 231 Jueves 24 de septiembre de 2009)

24 Denominación: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES FRIGORÍFICAS Código: IMAR0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas. ( Anexo II Real Decreto 1375/2009, de 28 de agosto, BOE Núm. 231 Jueves 24 de septiembre de 2009) Denominación: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN Y VENTILACIÓN-EXTRACCIÓN Código: IMAR0208 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y ventilación- extracción. (Anexo III Real Decreto 1375/2009, de 28 de agosto, BOE Núm. 231 Jueves 24 de septiembre de 2009) Denominación: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES CALORÍFICAS Código: IMAR0408 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Montaje y mantenimiento de instalaciones caloríficas. (Anexo II Real Decreto 715/2011, de 20 de mayo, BOE Núm. 146 Lunes 20 de junio de 2011) FAMILIA PROFESIONAL: MADERA, MUEBLE Y CORCHO ÁREA PROFESIONAL: PRODUCCIÓN CARPINTERÍA Y MUEBLE Denominación: TRABAJOS DE CARPINTERÍA Y MUEBLE Código: MAMA0209 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Trabajos de carpintería y mueble. (Anexo II Real Decreto 717/2011, de 20 de mayo, BOE Núm. 146 Lunes 20 de junio de 2011) Denominación: MONTAJE DE MUEBLES Y ELEMENTOS DE CARPINTERÍA Código: MAMR0108 Normativa de referencia: Certificado de profesionalidad Montaje de muebles y elementos de carpintería. (Anexo III REAL DECRETO 1968/2008, de 28 de noviembre, BOE Lunes 22 diciembre 2008 núm. 307) Denominación: ACABADO DE CARPINTERÍA Y MUEBLE Código: MAMR0208 Normativa de referencia Certificado de profesionalidad Acabado de carpintería y mueble. (Anexo I REAL DECRETO 1968/2008, de 28 de noviembre, BOE Lunes 22 diciembre 2008 núm. 307)

25 Ayuntamiento de Murcia Servicio de Personal Glorieta de España, Murcia T: (C.I.F. P A) Denominación: MECANIZADO DE MADERA Y DERIVADOS Código: MAMR0308 Normativa de referencia Certificado de profesionalidad Mecanizado de madera y derivados (Anexo IV REAL DECRETO 1968/2008, de 28 de noviembre, BOE Lunes 22 diciembre 2008 núm. 307) ÁREA PROFESIONAL: INSTALACIÓN Y AMUEBLAMIENTO Denominación: INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DE CARPINTERÍA Código: MAMS0108 Normativa de referencia Certificado de profesionalidad Instalación de elementos de carpintería. (Anexo I REAL DECRETO 1378/2008, de 1 de agosto, BOE núm. 217 Lunes 8 septiembre 2008) FAMILIA PROFESIONAL: SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD ÁREA PROFESIONAL: SERVICIOS AL CONSUMIDOR Denominación: LIMPIEZA DE SUPERFICIES Y MOBILIARIO EN EDIFICIOS Y LOCALES Código: SSCM0108 Normativa de referencia Certificado de profesionalidad Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales. (Anexo I Real Decreto 1378/2009, de 28 de agosto, BOE Núm. 224 Miércoles 16 de septiembre de 2009) ÁREA PROFESIONAL: ATENCIÓN SOCIAL Denominación: ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS EN EL DOMICILIO Código: SSCS0108 Normativa de referencia Certificado de profesionalidad Atención sociosanitaria a personas en el Domicilio. (Anexo I REAL DECRETO 1379/2008, de 1 de agosto, BOE Martes 9 septiembre 2008 núm. 218). Denominación: ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS DEPENDIENTES EN INSTITUCIONES SOCIALES Código: SSCS0208 Normativa de referencia Certificado de profesionalidad Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales. (Anexo II REAL DECRETO 1379/2008, de 1 de agosto, BOE Martes 9 septiembre 2008 núm. 218)

26 FAMILIA PROFESIONAL: TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS ÁREA PROFESIONAL: CARROCERÍA DE VEHÍCULOS Denominación: OPERACIONES AUXILIARES DE MANTENIMIENTO DE CARROCERÍAS DE VEHÍCULOS Código: TMVL0109 Normativa de referencia Certificado de profesionalidad Operaciones auxiliares de mantenimiento de carrocerías de vehículos. (Anexo II Real Decreto 723/2011, de 20 de mayo, BOE Núm. 149 de Jueves 23 de junio de 2011) Denominación: OPERACIONES AUXILIARES DE MANTENIMIENTO DE CARROCERÍAS DE VEHÍCULOS Código: TMVL0209 Normativa de referencia Certificado de profesionalidad Mantenimiento de elementos no estructurales de carrocerías de vehículos. (Anexo VI Real Decreto 723/2011, de 20 de mayo, BOE Núm. 149 de Jueves 23 de junio de 2011) Denominación: MANTENIMIENTO DE ESTRUCTURAS DE CARROCERÍAS DE VEHÍCULOS Código: TMVL0309 Normativa de referencia Certificado de profesionalidad Mantenimiento de estructuras de carrocerías de vehículos. (Anexo VII Real Decreto 723/2011, de 20 de mayo, BOE Núm. 149 de Jueves 23 de junio de 2011) Denominación: EMBELLECIMIENTO Y DECORACIÓN DE SUPERFICIES DE VEHÍCULOS Código: TMVL0409 Normativa de referencia Certificado de profesionalidad Embellecimiento y decoración de superficies de vehículos. (Anexo VIII Real Decreto 723/2011, de 20 de mayo, BOE Núm. 149 de Jueves 23 de junio de 2011) Denominación: PINTURA DE VEHÍCULOS Código: TMVL0509 Normativa de referencia Certificado de profesionalidad Pintura de vehículos. (Anexo IX Real Decreto 723/2011, de 20 de mayo, BOE Núm. 149 de Jueves 23 de junio de 2011)

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