Conclusiones del Consejo relativas al V Informe sobre cohesión económica, social y territorial
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- Manuel Miranda Cruz
- hace 6 años
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1 Conclusiones del Consejo relativas al V Informe sobre cohesión económica, social y territorial El Consejo de la Unión Europea 1. RECORDANDO que la promoción de la cohesión económica, social y territorial y la solidaridad entre los Estados miembros son objetivos fundamentales de la Unión Europea, 2. RECORDANDO las disposiciones del artículo 175 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, según las cuales la Comisión Europea tiene que presentar al Consejo cada tres años un informe sobre los avances realizados en la consecución de la cohesión económica, social y territorial, en caso necesario, acompañado de las propuestas adecuadas, 3. RECORDANDO sus Conclusiones de 14 de junio de 2010 sobre el informe estratégico de 2010 de la Comisión sobre la aplicación de los programas de la política de cohesión, 4. ACOGE CON SATISFACCIÓN el V Informe de la Comisión sobre cohesión económica, social y territorial y RECONOCE que la política de cohesión es el principal instrumento de la Unión Europea para promover un desarrollo armónico general en la Unión, en particular, mediante la reducción de las disparidades entre los niveles de desarrollo de las diferentes regiones, y que ya ha servido para promover las condiciones de un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea; TOMA NOTA de las conclusiones y propuestas correspondientes, las cuales constituyen una base adecuada para proseguir los debates en torno a la futura concepción y los principios de aplicación de la política de cohesión. 6738/11 chc/mvb/ml 2
2 Logros de la política de cohesión 5. TOMA NOTA de los resultados del Informe según los cuales la política de cohesión ha mostrado su valor añadido europeo al contribuir de manera notoria a la reducción de las disparidades entre las regiones, ha servido para incrementar el nivel del PIB en la Unión Europea en general y ha ayudado a reforzar las perspectivas de empleo. 6. DTACA a este respecto la contribución que la política de cohesión ha aportado al logro de los objetivos de competitividad y crecimiento de la Unión Europea mediante la innovación y la modernización de la economía, facilitando ayuda para explotar el potencial infrautilizado de todas las regiones y de los ciudadanos particulares, con una perspectiva de desarrollo socioeconómico a largo plazo. 7. TOMA NOTA de que en la actualidad la política de cohesión interviene en todas las regiones cubriendo todo el territorio de la Unión Europea, concentra la mayoría de sus recursos en los Estados miembros y regiones menos desarrollados y aplica determinados regímenes transitorios; RECONOCE que esto tiene un impacto positivo que beneficia a toda la Unión Europea, 8. HACE HINCAPIÉ en la necesidad de que la política de cohesión y todos sus recursos financieros sigan persiguiendo los objetivos de reducir las disparidades entre los niveles de desarrollo de las diferentes regiones y el atraso de las regiones menos desarrolladas, así como la promoción de un desarrollo general armónico y una cohesión económica, social y territorial de la Unión Europea; OBSERVA que sólo se podrá conseguir esto de una forma sostenible teniendo en cuenta los problemas, las necesidades y el potencial, es decir, los puntos de partida, de cada una de las regiones y Estados miembros de que se trate, y los medios disponibles de la Unión Europea. 6738/11 chc/mvb/ml 3
3 Política de cohesión y Estrategia Europa SUBRAYA que los objetivos de la Estrategia Europa 2020 solo pueden ser alcanzados de modo sostenible si se siguen reduciendo las disparidades entre los niveles de desarrollo de la Unión Europea, 10. PONE DE RELIEVE que, al perseguir los mencionados objetivos de la política de cohesión, se deben tener debidamente en cuenta los principales motores del crecimiento que constan en la Estrategia Europa 2020, sus objetivos principales y sus iniciativas emblemáticas, a fin de asegurar que las actuaciones generan resultados sostenibles y significativos a largo plazo; RECUERDA que la política de cohesión, por medio de su estructura singular de gobernanza en múltiples niveles, está en condiciones de aportar incentivos positivos y asistencia para asegurar la apropiación de los objetivos de Europa 2020 en los niveles local y regional, 11. DTACA que todas las políticas comunes, incluida la de cohesión, tienen que contribuir al logro de la Estrategia Europa 2020 complementándose y apoyándose mutuamente, asegurando así las sinergias entre los objetivos propios de la política establecidos en el Tratado y los de la Estrategia Europa 2020, más general; SUBRAYA en este sentido la importancia de la coordinación entre la política de cohesión y las demás políticas pertinentes de la Unión Europea, Planteamiento estratégico e integrado 12. ACOGE CON SATISFACIÓN, por consiguiente, el refuerzo de la programación estratégica propuesto por la Comisión con miras a potenciar las sinergias entre las políticas de la Unión Europea, nacionales, regionales y locales; OBSERVA que ello tendrá lugar dentro de una asociación reforzada y en estrecho diálogo entre la Comisión, los Estados miembros, las regiones y las autoridades locales, según proceda, 13. CREE que un marco estratégico común posee potencial para asegurar una complementariedad, una coordinación, una coherencia y unas sinergias mayores entre los distintos Fondos de Cohesión, Desarrollo Rural y política de pesca, 6738/11 cb/mvb/ml 4
4 14. INSISTE en que, al tomar en consideración la diferente naturaleza de sus medidas, el Fondo Social Europeo, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo de Cohesión han de colaborar de modo más integrado y flexible a fin de aumentar su eficacia en el cumplimiento de los objetivos en materia cohesión económica, social y territorial, 15. INSTA a la Comisión a que considere todas las opciones al respecto, también ofreciendo la posibilidad de programas financiados por fondos múltiples a disposición de los Estados miembros y las regiones que deseen acogerse a ellos, a la hora de proponer las disposiciones más eficaces para el próximo periodo de programación, Concentración 16. PONE DE RELIEVE que es necesario que concentremos nuestros esfuerzos en un número limitado de prioridades a fin de obtener una masa crítica y alcanzar el impacto y visibilidad máximos de las inversiones de la política de cohesión, y también para contribuir a reforzar el valor añadido europeo, 17. ADVIERTE, no obstante, que esta concentración temática debe ser lo suficientemente flexible para tener debidamente en cuenta las necesidades y los potenciales específicos nacionales, regionales y locales, al objeto de conseguir un máximo de eficacia y de apropiación; así, ha de ser resultado de negociaciones entre los Estados miembros en el nivel adecuado y la Comisión, con arreglo a los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, de modo que los Estados miembros y las regiones dispongan de flexibilidad suficiente para seleccionar las prioridades y preparar las combinaciones de medidas apropiadas, con inclusión, como se destacó en las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 25 y 26 de marzo de 2010, de la posibilidad de financiar la creación de infraestructura y de capacidades, cuando proceda, 18. DTACA, por consiguiente, que la distribución de los recursos de la política de cohesión entre las prioridades y, en consecuencia, el volumen adecuado de financiación de los diferentes Fondos, han de ser decididos por las autoridades competentes de los Estados miembros, en colaboración con la Comisión, 6738/11 cb/mvb/ml 5
5 Eficacia 19. RECONOCE que, para hacer que la política sea aún más eficaz: a. es necesario un entendimiento común de los resultados, con una metodología para su evaluación definida de antemano, b. ello requiere concentrarse con energía y de forma exclusiva en los resultados reales de la política, mejorando los sistemas actuales de evaluación, seguimiento e indicadores, limitándose a un número estricto de objetivos bien definidos y de fácil medición y a un conjunto reducido de indicadores fundamentales, sin aumentar la carga general de la presentación de informes, c. son muy importantes en este ámbito la concepción de programas y los marcos institucionales eficientes, al tiempo que se garantice que la carga administrativa se mantiene lo más limitada posible, Ejecución 20. DTACA que para que se sigan mejorando los mecanismos de aplicación de la política, entre ellos las futuras disposiciones legislativas, hay que basarse en experiencias ya obtenidas y dentro del equilibrio apropiado entre los siguientes principios: a. Los recursos de la política de cohesión deberán seguir utilizándose de la manera más eficiente y eficaz respecto a sus costes, aumentándose a la vez la repercusión de la actuaciones políticas y las inversiones. b. Es preciso exponer mejor los resultados y repercusiones de la política de cohesión para hacerlos más visibles ante los ciudadanos europeos. c. Es preciso aumentar y mantener la seguridad jurídica a lo largo de todo el periodo de aplicación. d. Es requisito previo de una adecuada aplicación contar con disposiciones normativas estables, entre ellas la auditoría y el control, para contribuir así a la tendencia de reducir el índice de errores. 6738/11 cb/mvb/ml 6
6 e. Deberán simplificarse las normas de aplicación, con inclusión de los mecanismos de auditoría y control, armonizando los diferentes fondos y teniendo en cuenta, según proceda, la proporcionalidad, con lo que se reducirán la carga y los costes administrativos para los beneficiarios y las administraciones públicas, sin por ello poner en riesgo una sana gestión financiera. f. Se precisa un alto grado de continuidad del sistema y la capacidad de gestión y de control para basarse sobre la experiencia y conocimientos de gestión adquiridos. 21. TOMA NOTA de la propuesta de la Comisión de fomentar el uso de instrumentos de ingeniería financiera y, sin perjuicio de todos los debates en curso sobre tales instrumentos, en particular el de refundir el Reglamento Financiero, RECALCA que el uso de esos instrumentos no deberá ser obligatorio y que les corresponderá a los Estados miembros, en el nivel apropiado, decidir si hacen uso de subvenciones, préstamos o una combinación de ambos, así como del ámbito temático de aplicación de esos instrumentos; SUBRAYA además que son necesarias en este contexto la simplificación reglamentaria y la seguridad jurídica, especialmente respecto a la responsabilidad y control financieros. 22. SE CONGRATULA de la iniciativa de la Comisión de tener más en cuenta el objetivo de cohesión territorial en futuros programas y de abordar temas relacionados, sin que se limiten a ellos, con geografías funcionales o zonas que afronten retos específicos, tal y como reconocen los artículos 174 y 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea; INDICA, con todo, que la cohesión territorial deberá tenerse en cuenta en la programación y aplicación como un concepto global e integrado, y que habrán de ser los Estados miembros, en el nivel apropiado, los que calibren el nivel más adecuado de intervención, teniendo debidamente en cuenta las diferencias entre territorios con el fin de fomentar un desarrollo armónico y equilibrado de la Unión Europea. 6738/11 cb/mvb/ml 7
7 23. RECUERDA que el objetivo de Cooperación Territorial Europea tiene un importante valor añadido europeo y por ello apoya su continuación; INSISTE en que las disposiciones reglamentarias que rigen su aplicación deberán ser incorporadas de manera estratégica y tener en cuenta las especificidades de tales programas, que además deberán claramente simplificarse considerablemente. 24. RECONOCE el potencial de un enfoque macro-regional innovador e integrado de los territorios funcionales, como herramienta para contribuir a abordar la cohesión territorial e INDICA que las estrategias macro-regionales basadas en zonas funcionales claras pueden hacer frente a retos comunes y contribuir al pleno uso de los recursos financieros existentes, si bien queda a la espera de la evaluación de los que estén aplicándose actualmente. 25. INDICA que las zonas urbanas funcionales desempeñan un cometido importante como motores de crecimiento, crisoles de creatividad e innovación y centros de bienestar social y cultural, sin olvidar los importantes retos a que se enfrentan, y CONSIDERA que, cuando sea pertinente, deberá seguir prestándose la debida atención al desarrollo de zonas urbanas funcionales, como por ejemplo las capitales, ciudades y enlaces urbano-rurales, mediante el proceso de programación nacional y regional. Otras medidas 26. Aun RECONOCIENDO que algunas propuestas presentadas por la Comisión tienen el objeto de aportar beneficios y valor añadido, RECONOCE que es necesario seguir debatiendo algunas de sus propuestas, en particular: a. El Contrato de Asociación para el Desarrollo y la Inversión b. La lista de prioridades que sean base de concentración temática. c. Las condicionalidades, así como mecanismos adecuados de incentivación vinculados directamente con la política de cohesión. 6738/11 cb/mvb/ml 8
8 27. RECONOCIENDO la actual arquitectura de la política de cohesión, SE PRECISA más debate sobre las disposiciones relativas a mecanismos transitorios, en particular reflexiones sobre una nueva categoría intermedia. 28. INVITA a la Comisión a que remita al Consejo más detalles y aclaraciones sobre sus propuestas relativas al futuro de la política de cohesión con tiempo suficiente antes de presentar el paquete legislativo y SEÑALA que la posibilidad de un debate político de alto nivel sobre algunos temas estratégicos podrá ser beneficiosa para acelerar el proceso de negociación y adopción de nuevas normativas. 29. INSTA a la Comisión a que presente sus propuestas legislativas que rijan la política de cohesión y sus fondos para el periodo de aplicación después de 2013, a más tardar antes del final de junio de 2011, para garantizar que las negociaciones pueden iniciarse lo antes posible y facilitar así la puesta en marcha de los nuevos programas a partir del 1 enero de 2014; DECLARA además que las presentes conclusiones se entienden sin perjuicio de las negociaciones y decisiones sobre el futuro marco financiero plurianual. 6738/11 cb/mvb/ml 9
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