Código de Conducta Global de Hill-Rom para Terceros

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1 Código de Conducta Global de Hill-Rom para Terceros

2 Código de Conducta Global de Hill-Rom para Terceros Hill-Rom tiene el compromiso de mantener los más altos estándares de conducta ética en todas las prácticas comerciales, de actuar con integridad y cumplir todas las leyes, regulaciones y códigos de conducta aplicables en la industria. En Hill-Rom, cumplimiento significa mucho más que respetar una serie de normas predeterminadas. El cumplimiento es la base de cada faceta de nuestras actividades comerciales y Hill-Rom exige a sus socios comerciales que se comprometan con esos altos estándares de ética, integridad y cumplimiento. Este Código de Conducta Global para Terceros establece los requisitos de Hill-Rom para distribuidores, proveedores, socios comerciales y otros terceros en cuanto a registrar, promocionar, vender, suministrar productos de Hill-Rom o de otro modo interactuar con funcionarios gubernamentales o proveedores de atención de la salud en nuestro nombre ( Terceros ). Hill-Rom comprende todas las subsidiarias de Hill-Rom, que incluyen Hill-Rom International, Allen Medical, Aspen Medical, Aspen Surgical, Liko, Trumpf Medical, Welch Allyn, y Volker. Cumplimiento de todas las leyes, regulaciones y códigos industriales Todos los Terceros que trabajen con Hill-Rom deben realizar negocios de manera ética y cumplir con todas las leyes, regulaciones y códigos de conducta industriales aplicables, incluidos aquellos relacionados con actividades promocionales y de publicidad, entorno/medio ambiente, trabajo, antimonopolio y competencia justa, registros/ licencias de productos, acoso y discriminación, interacciones con proveedores de atención de la salud, anticorrupción y antisoborno, controles de exportación, sanciones económicas, contabilidad y antilavado de dinero. Este Código no exige a los Terceros que lleven cabo acciones o se abstengan de realizar cualquier acción que pudiera estar prohibida o penalizada por la ley de los EE. UU. Cumplimiento de los estándares y principios de Hill-Rom Además de seguir todas las leyes, regulaciones y códigos aplicables en la industria, los Terceros que trabajen con Hill-Rom también deben cumplir con los estándares y principios establecidos en este Código de Conducta Global para Terceros. Este Código de Conducta Global para Terceros tiene por objetivo proporcionarle una orientación que sea consistente con los valores y principios que nuestros empleados deben acatar, según lo establecido en el Código de Conducta Global de Hill-Rom y la Política Anticorrupción Global de Hill-Rom (ambos disponibles en 1

3 Respetar los derechos de los demás y nuestro entorno 1. Trabajo: Todos los trabajadores merecen ser tratados con dignidad y respeto, de acuerdo con los más altos estándares de derechos humanos. Todo trabajo debe ser a voluntad: Los Terceros que trabajen con Hill-Rom no podrán implementar el trabajo esclavo, de niños, forzoso, con contrato de servidumbre ni ningún otro trabajo involuntario. Además, los Terceros deben mantener un entorno de trabajo seguro y saludable para sus empleados y cumplir con todas las leyes y regulaciones locales, incluidas aquellas relacionadas con salarios mínimos, trabajo extra y beneficios obligatorios por ley. Los Terceros deben respetar los derechos de los trabajadores a la libre asociación, la libertad de expresión y el derecho a ser escuchados. 2. Acoso y discriminación: Los Terceros deben mantener un entorno de trabajo libre de acoso y discriminación. El acoso es un comportamiento que genera un entorno de trabajo ofensivo, intimidatorio, humillante u hostil que interfiere enormemente con el trabajo de otra persona. Tampoco toleramos la discriminación según características tales como raza, religión, sexo, nacionalidad u otras características o creencias personales. Esperamos que nuestros Terceros compartan nuestro compromiso con la diversidad y la oportunidad. 3. Medio ambiente: Los terceros deben esforzarse por hacer que sus negocios sean sostenibles y minimizar los impactos adversos en el medio ambiente. Se deben obtener todos los permisos, licencias, registros de información y restricciones, y se deben cumplir todos los requisitos. Hill- Rom espera que los Terceros lleven a cabo sus actividades comerciales en armonía con el medio ambiente y que estén atentos a cuestiones ambientales, que incluyen la contaminación, el cambio climático, la conservación de la biodiversidad y el uso responsable de los recursos. 4. Privacidad: Los Terceros deben llevar a cabo los pasos adecuados para proteger cualquier información personal de los pacientes, el personal y los proveedores de atención de la salud. La información personal incluye nombre, dirección, fecha de nacimiento y números de identificación de las personas. Con el fin de proteger tal información, los Terceros deben tener un programa de seguridad de información escrita que incluya medidas de protección a nivel administrativo, técnico y físico, diseñadas para proteger la seguridad, la integridad y la confidencialidad de la información personal. Actuar con integridad 5. Conflicto de intereses: Los Terceros deben estar libres de conflictos de intereses que pongan en riesgo su capacidad de llevar a cabo acciones para el mejor interés de Hill-Rom. Un conflicto de intereses ocurre cuando el criterio y la lealtad de un Tercero se dividen entre sus responsabilidades con Hill-Rom y con un interés externo, o cuando un Tercero empleado realiza una acción comercial para su propio beneficio personal o para el beneficio de un familiar o un amigo íntimo. Hill-Rom espera que los Terceros divulguen de inmediato cualquier conflicto de intereses, real o potencial con Hill-Rom, tal como si un Tercero empleado o un miembro de su familia tiene una relación con un empleado de Hill-Rom que puede tomar decisiones que afectan el negocio del Tercero. 6. Competencia justa: Los Terceros deben respetar y seguir el texto y el espíritu de todas las leyes de competencia y antimonopolio aplicables. Los Terceros no deben participar en prácticas comerciales desleales y nunca pueden compartir información confidencial con los competidores (incluidas licitaciones, propuestas o estrategias), analizar, coordinar o acordar fijar precios con los competidores; así como tampoco pueden adjudicar mercados, territorios o clientes, dividir o ajustar licitaciones o de otro modo limitar la competencia justa. Los Terceros deben negarse a participar en debates o acuerdos que puedan ser vistos como anticompetitivos. 7. Soborno y pagos indebidos: Hill-Rom prohíbe toda forma de soborno y conducta corrupta. Los Terceros no deben, directa o indirectamente, prometer, ofrecer u obsequiar algo de valor a un funcionario del gobierno o proveedor de atención de la salud para ganar o conservar un negocio, asegurar una ventaja indebida o de otro modo influenciar indebidamente un acto o una decisión de carácter oficial. Los Terceros nunca deben ofrecer un pago indebido ni recibir un pago indebido de clientes, proveedores, pacientes, otros socios comerciales o de cualquier otra persona. Los pagos indebidos incluyen cualquier cosa de valor, tal como comisiones ilícitas, sobornos, regalos, descuentos, rebajas, préstamos de equipos o provisión de servicios, donaciones, fondos, hospitalidad, comisiones, artículos gratis, muestras 2

4 y ofertas de trabajo, siempre que influencien indebidamente una decisión o una transacción. 8. Regalos y artículos educativos: Hill-Rom desalienta dar o recibir regalos de proveedores de atención de la salud, funcionarios del gobierno u otros clientes comerciales. Por lo general, cuando los Terceros trabajan en nombre de Hill-Rom, pueden dar o recibir regalos de valor módico si los regalos: (a) son permitidos por las leyes, regulaciones y códigos industriales a nivel local; (b) son costumbre en la relación comercial; (c) se hacen con poca frecuencia; y (d) se dan y se documentan de manera totalmente transparente. Los Terceros nunca deben ofrecer ni recibir regalos si al hacerlo generarán un comportamiento indebido o la apariencia de un acto impropio. Los regalos en efectivo, sus equivalentes (p. ej., certificados de regalo) o electrónicos (p. ej., ipads) siempre están prohibidos. 9. Comidas, viajes y prohibiciones sobre actividades recreativas: Al realizar negocios relacionados con Hill- Rom, es probable que los Terceros se reúnan con clientes, proveedores de atención de la salud, funcionarios del gobierno u otros clientes comerciales. Estas reuniones se pueden llevar a cabo en entornos propicios para el intercambio de información relacionada con Hill-Rom y sus productos, tales como lugares de conferencias u otras instalaciones para reuniones. Con relación a estas reuniones, ocasionalmente, los Terceros pueden ofrecer o aceptar comidas o refrigerios modestos, de precio razonable conforme lo permitan las reglamentaciones del país donde el proveedor de atención de la salud está empleado o tiene licencia para ejercer la medicina. Bajo determinadas circunstancias, tales como cuando se trae a un cliente a uno de los salones de exposiciones de Hill- Rom, ese Tercero puede aceptar o pagar y/o reembolsar los gastos de traslado para tales reuniones en tanto tales reuniones no puedan realizarse razonablemente en un lugar cerca del cliente, proveedor de atención de salud, funcionario del gobierno u otro cliente comercial (p. ej., alojamiento en un hotel con relación a una reunión científica o la demostración de un producto) y si tales gastos: (a) son permitidos según la ley y el código industrial local; (b) son modestos y razonables de acuerdo con los estándares locales; (c) se proporcionan en el transcurso de una relación comercial de buena fe; (d) son incidentales al propósito comercial de la reunión; (e) no se ofrecen para el beneficio personal (es decir, no comercial) del destinatario; (f) no se ofrecen a un cónyuge o invitado de un destinatario; y (g) no es probable que se perciban como indebidos o que de otro modo pongan en aprieto a Hill-Rom si se divulgan públicamente. Nunca se permite ofrecer actividades recreativas a proveedores de atención de la salud ni a funcionarios del gobierno. Las actividades prohibidas incluyen, por ejemplo, teatro, eventos deportivos, golf, esquí, caza, viajes turísticos, excursiones culturales y viajes de esparcimiento o vacaciones. 10. Confidencialidad: Los Terceros deben recibir y conservar toda la información y los datos técnicos, reguladores, clínicos, médicos, científicos, comerciales y de otro tipo relacionados con Hill-Rom de manera totalmente confidencial. Los Terceros deben tratar toda la información o los datos relacionados con Hill-Rom de manera confidencial a menos que esa información sea de dominio público. Los Terceros pueden usar y divulgar la información confidencial de Hill-Rom solo cuando Hill-Rom lo autorice específicamente por escrito. Los Terceros no pueden usar ni compartir información confidencial para comercializar y posibilitar a otros que comercialicen valores de Hill-Rom. 11. Controles comerciales: Los Terceros deben cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables relacionadas con la exportación, reexportación, transferencia o retransferencia de productos de Hill-Rom y otros artículos. Como parte de este requisito, los Terceros deben cumplir con todas las sanciones y leyes y regulaciones de embargo aplicables, que pueden prohibir a terceros suministrar artículos, importar artículos o de otro modo realizar negocios con determinados países/ regiones, entidades y personas que estén designadas o restringidas según distintos programas de sanciones. Interacciones con proveedores de atención de la salud 12. Interacciones con proveedores de atención de la salud: A los Terceros se les prohíbe ofrecer algo de valor a un proveedor de atención de la salud como una recompensa o un incentivo por compras, usos o recomendaciones de productos de Hill-Rom, ya sea en el pasado, el presente o el futuro, o cualquier otra ventaja indebida para Hill-Rom o un Tercero. Los incentivos indebidos pueden incluir entre otros, comidas, actividades recreativas, viajes, regalos, productos o servicios gratis, honorarios, becas o fondos inadecuados. 13. Compromiso de los proveedores de atención de la salud: Cuando la ley local y el código industrial lo permitan, los Terceros pueden establecer acuerdos de pago por servicio con proveedores calificados de la atención de la salud en forma individual solamente para los servicios legítimos que el Tercero necesite de buena fe. La compensación no debe exceder el valor justo de mercado y los Terceros deben cumplir con las normas aplicables del empleador del proveedor de atención de la salud 3

5 (tales como los requisitos de notificación o aprobación), además del código industrial y la ley a nivel local. 14. Ayuda financiera: Cuando el código industrial y la ley a nivel local lo permitan, los Terceros pueden proporcionar fondos a los proveedores de atención de la salud y a otras organizaciones de atención de la salud para fines científicos y educativos legítimos. Al trabajar en nombre de Hill-Rom, los Terceros no pueden nunca compensar a proveedores de atención de la salud en forma individual por el tiempo destinado simplemente a asistir a un programa científico o educativo. 15. Promoción y ventas de productos de Hill-Rom: Los Terceros deben cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables en el diseño, prueba, producción, promoción, registro, aprobación y distribución de los productos de Hill-Rom. Toda la información proporcionada en la promoción y venta de los productos y servicios de Hill-Rom, que incluye la disponibilidad y entrega de nuestros productos, debe ser precisa, equilibrada y respaldada por datos experiencia relevante. Los Terceros deben promocionar y comercializar los productos de Hill-Rom solamente para usos autorizados y los materiales promocionales deben cumplir con las leyes, regulaciones y códigos industriales. Información, capacitación y documentación 16. Quejas y seguridad de los productos: Los Terceros que promocionen y/o vendan productos de Hill-Rom deben tener un sistema de quejas formal regido por procedimientos que definan los procesos para gestionar, realizar un seguimiento, investigar e informar quejas sobre los productos. Todas las quejas relacionadas con los productos de Hill-Rom se deben informar de inmediato a Hill-Rom. Los Terceros también deben realizar un seguimiento e informar de inmediato a Hill-Rom sobre cualquier evento adverso relacionado con un paciente que use o esté expuesto a un producto de Hill-Rom. 17. Libros y registros: Los Terceros deben mantener con precisión los libros, registros, cuentas y documentación de respaldo (como recibos detallados) de todas las ventas de productos y transacciones relacionadas, o gastos incurridos en nombre de Hill- Rom (aun si tal gasto no será reembolsado por Hill- Rom), que incluye, por ejemplo, cualquier comida u hospitalidad proporcionada a un cliente. 18. Capacitación y obligación de cumplir: Se espera que los Terceros comuniquen las disposiciones de este Código a todos los empleados y a cualquier subcontratista autorizado, u otras partes participantes en el negocio de Hill-Rom. Todas las partes participantes en el negocio de Hill-Rom deben cumplir con las disposiciones de este Código, además de todas las leyes y regulaciones pertinentes. 19. Informar inquietudes sobre cumplimiento: Hill-Rom valora la ayuda de sus Terceros y sus empleados para identificar posibles problemas. Se alienta a los Terceros y a sus empleados a que usen las líneas directas de informes de cumplimiento de Hill-Rom para informar inquietudes de violaciones reales o posibles de este Código o conductas ilegales. Se les prohíbe a Hill-Rom y a sus Terceros tomar cualquier acción de represalia contra cualquier empleado que de buena fe informe una inquietud o actividad ilegal. Elevar una inquietud de buena fe significa comunicar una información que usted cree que es cierta, aun si más adelante se determina que no tuvo lugar ninguna transgresión. Los Terceros pueden informar una inquietud a través de la Línea de ayuda de cumplimiento al +1 (866) , uno de los números locales a continuación o en línea en Para hacer preguntas referidas al cumplimiento en general, los Terceros pueden comunicarse con la Oficina de Cumplimiento Global por teléfono al +1 (877) (llamadas sin costo en los EE. UU.), +1 (312) (llamadas internacionales sin costo) o enviar un mensaje de correo electrónico a GlobalComplianceOffice@hill-rom.com.. U.S Australia Austria Belgium Canada (English) (French) China (Northern) China (Southern) Czech Republic France Germany Hong Kong India Italy Ireland Japan (Japanese) (English) Lebanon Mexico (Spanish) (English).. Netherlands Norway Poland Portugal Russia United Arab Emirates Singapore Spain

6 2016 Hill Rom Services, Inc. ALL RIGHTS RESERVED. 08-JUL-2016 SPA US

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