ANEXO 4 INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DEL PRODUCTO O SERVICIO FINANCIERO

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1 ANEXO 4 INFORMACIÓN REFERIDA A BENEFICIOS, RIESGOS Y CONDICIONES DEL PRODUCTO O SERVICIO FINANCIERO Créditos PYME 1. Información relacionada a los seguros ofertados. Seguro de desgravamen Cuenta con el respaldo de Compañía de Seguros: MAPFRE Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. Pólizas: Número de Póliza en Soles : Número de Póliza en Dólares : Es un seguro cuyo objeto es resarcir el pago de la deuda, considerando como tal los saldos de capital insoluto de la misma, sin incluir intereses, gastos, moras o cualquier otro concepto cobrado por el banco, que el asegurado mantenga con la entidad crediticia al momento de su fallecimiento o invalidez total, permanente y definitiva que impida el cumplimiento de la cuota del crédito, liberando así a sus familiares de esta obligación. Coberturas Muerte Natural Muerte Accidental Invalidez Permanente por Enfermedad, hasta US$ 250,000 (Doscientos cincuenta mil y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional para asegurados hasta la edad máxima de 65 años. Para los asegurados mayores de 65 años, la cobertura de Invalidez Total Permanente y Definitiva por Enfermedad será hasta un máximo de US$100,000 (Cien mil y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional. Invalidez Permanente por Accidente La tasa o prima del seguro de desgravamen se aplicará de manera mensual. Actualmente la prima del seguro de desgravamen individual es de 0.075% y mancomunado 0.120% del monto a financiar para el caso de préstamos, y de S/ como prima fija para los casos de tarjeta de crédito. Requisitos Persona natural que solicite un crédito en el Banco o que tengan operaciones activas. Edad Máxima de Ingreso: 69 años, 11 meses, 29 días. Edad Máxima de Permanencia: Hasta las 12PM del día que cumplen 80 años (79 años, 11 meses y 29 días). De acuerdo al monto del préstamo solicitado y la edad del prestatario la aseguradora podía solicitar exámenes de asegurabilidad.

2 Seguro al Bien El objeto de este seguro es cubrir la propiedad del asegurado entendiendo como tal a inmuebles destinado a casa habitación, comercio, industrias y oficinas (excluyendo el valor del terreno) ubicados dentro de la república del Perú, así como también vehículos, maquinarias y equipos. Seguro del Bien MAPFRE emite póliza del bien vehicular N (Garantías Vehiculares). Este seguro ampara al vehículo, materia de garantía, en caso de producirse un daño y/o pérdida que afecte al mismo. Garantiza el pago de la indemnización y/o reparación de los daños y/o pérdidas parciales que sufra como consecuencia del uso y circulación del vehículo asegurado, dicha indemnización será en base al Valor Comercial, pero en ningún caso será menor al saldo de la deuda, ni mayor a la suma asegurada. Dada la relación por el préstamo vehicular contratado el beneficiario ante la pérdida total será el Scotiabank, hasta el monto de la acreencia. El cliente que no desee contar con el seguro ofrecido tiene la opción de contratar uno por su cuenta y endosarlo a favor de El Banco, siempre que el mismo reúna las condiciones y características de cobertura requerida. En ese caso se cobrará la comisión de evaluación de pólizas de seguro endosadas por vez. 2. Procedimiento aplicable en caso de fallecimiento del titular del crédito En caso de siniestro, los familiares del asegurado deberán presentar los siguientes documentos (original y copia): partida de defunción, certificado médico de defunción, DNI y/o partida de nacimiento. En caso de muerte accidental, se deberán considerar los mismos documentos de muerte natural, e incluir además: Certificado de Autopsia y Necropsia, de haberse realizado. Presentar copia del Atestado policial, copia del Certifica de Necropsia y Examen Toxicológico, en estos dos últimos de haberse realizado En caso de Invalidez Total, Permanente y Definitiva por Accidente: Copia del DNI Copia simple del parte y atestado Policial. Certificado de la invalidez total, permanente y definitivo a causa de accidente expedido por la autoridad competente (ESSALUD, AFP, Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Rehabilitación) o junta de médicos. En caso de Invalidez Total, Permanente y Definitiva por Enfermedad: Copia del DNI Certificado de la invalidez total y permanente a causa de accidente expedido por la autoridad competente (ESSALUD, AFP, Ministerio de Salud, Instituto Nacional de Rehabilitación) o junta de médicos. Presentar Declaración Médica suscrita por el médico tratante del asegurado, según formato de MAPFRE.

3 En caso de quejas o reclamos el asegurado o beneficiario podrá llamar a MAPFRE al teléfono , enviar una carta o acercarse a la oficina principal ubicada en Av. 28 de Julio 873 Miraflores - Lima o escribir al correo: 3. Procedimiento para la presentación y atención de solicitudes de resolución de contrato De no encontrarse conforme con las condiciones contractuales y/o modificaciones, EL CLIENTE deberá manifestarlo por escrito, dirigido a Scotiabank S.A.A., dentro de los 5 días de recibida la comunicación y/o tomado conocimiento de la misma, cesando en ese caso el servicio no aceptado, previo pago de lo adeudado y demás obligaciones directa o indirectas que EL CLIENTE mantenga. 4. Procedimiento para el ejercicio de los derechos de avales o fiadores de los usuarios Los fiadores solidarios y/o avalistas se obligan frente a EL BANCO en forma solidaria, incondicionada, irrevocable e ilimitada, a fin de garantizar todas las deudas y obligaciones directas e indirectas, existentes o futuras, incluyendo intereses, gastos, costos, costas, tributos y/o todo otro concepto derivado de las obligaciones que EL CLIENTE asuma frente a EL BANCO. La presente fianza se otorga por tiempo indefinido, asimismo, el FIADOR autoriza a EL BANCO a cargar el importe de la deuda en cualesquiera de las cuentas que mantenga en EL BANCO. El FIADOR acepta desde ya cualquier prórroga o modificación que pudieran acordar las partes contratantes respecto de las obligaciones asumidas por EL CLIENTE, una vez que firma el contrato. El aval o fiador tiene los siguientes derechos: 1. Recibir toda la información que sea necesaria antes de la firma del contrato de crédito y otros documentos generados. 2. Solicitar toda la información necesaria del estado del crédito del cual es aval o fiador. 3. Estar informado de los incumplimientos de pago del obligado, para lo cual deberá recibir los documentos generados durante la gestión de cobranza sin perjuicio del cobro directo por su carácter de obligado solidario. 4. Recibir documentos que demuestren los pagos que haya realizado en el crédito otorgado. 5. Participar en la solución de problemas de pago del deudor. 6. De ser el caso, participar en el juicio contra el deudor. Si el FIADOR es sometido a un proceso concursal o es declarado en insolvencia; se considerará una causal de incumplimiento contractual. 5. Consecuencias en caso de incumplimiento en el pago de las obligaciones y efectos del refinanciamiento o restructuración de la deuda El cliente se obliga a cumplir con las obligaciones de pago a su cargo en forma puntual y a constituir las garantías que resulten necesarias cuando corresponda. Ante el incumplimiento del pago según las condiciones pactadas, las consecuencias serán las siguientes: Consecuencias en caso de incumplimiento en el pago de las obligaciones 1. Dar por vencidos todos los plazos de las obligaciones de EL CLIENTE y solicitar el pago inmediato de las mismas.

4 2. Resolver el Contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 1430 del Código Civil y exigir el pago total del crédito insoluto, previa deducción de las cuotas pagadas. 3. Para los casos 1. y 2. el importe de las obligaciones vencidas e insolutas incluirán los intereses compensatorios, penalidades por pago tardío; así como gastos judiciales de ser el caso, señalados en la Hoja Resumen del Contrato firmado. 4. Pérdida de condiciones especiales de tasa vigente. 5. Dependiendo del nivel de retraso, se realizarán gestiones de cobranza por carta, por teléfono, física, incluso judicial. 6. Posibilidad de pérdida temporal o definitiva de las líneas de crédito con EL BANCO. 7. Será reportado a las centrales de riesgo, con la calificación que corresponda, de conformidad con el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones vigente, limitando la posibilidad de obtener nuevos créditos en otras entidades del Sistema. Efectos del refinanciamiento o reestructuración de la deuda Deterioro de la calificación crediticia en el Sistema Financiero, dificultando la obtención de nuevos créditos. Cambio de las condiciones del crédito original, generándose un nuevo cronograma que incluirá la deuda vencida más los gastos e intereses generados. 6. Derecho que tiene el cliente de requerir la emisión de cláusula o documento necesario para proceder al levantamiento de garantías, incluyendo aquellas condicionadas al pago de la obligación. El proceso para la entrega de minutas de levantamiento de garantías es el siguiente: 1. El cliente debe presentar su requerimiento de levantamiento ante su funcionario o si no tiene funcionario, ante el funcionario de plataforma en cualquier agencia del banco, para lo cual adjuntará la documentación registral que acredite la garantía. 2. Con la documentación arriba indicada el funcionario (del cliente o de plataforma) realiza el trámite regular de levantamiento, es decir que prepara el formato del Outlook, lo llena, lo firma de acuerdo a autonomías y luego lo envía a Administración de Garantías. 3. Administración de Garantías calificará la documentación y dependiendo de si el garantizado de la hipoteca o garantía mobiliaria tienen deudas con el banco instruirá a legal para que prepare la minuta de levantamiento condicionado a la cancelación de obligaciones. Si no existiera deuda, entonces solicitará a legal se prepare la minuta de levantamiento sin condición. 4. Legal preparará la minuta de acuerdo a la instrucción de Administración de Créditos y avisará al funcionario cuando esté lista la minuta a fin que el funcionario pueda a su vez informarle al cliente que puede pasar a recoger la minuta respectiva. Notas Importantes:

5 - Sólo Administración de Garantías puede instruir a legal para la emisión de una minuta. Ninguna otra área del banco puede hacerlo. - Legal entrega la minuta al cliente para que éste se encargue del trámite notarial y registral del levantamiento. 7. Procedimiento aplicable para recuperar el monto cancelado por concepto de pagos en exceso, de acuerdo a lo señalado en el Código. Si producto del dolo o culpa debidamente acreditados, se induce a error a EL CLIENTE y como consecuencia de ello este realiza un pago en exceso, dicho monto es recuperable y devengará hasta su devolución el máximo de las suma por concepto de interés compensatorio que se hayan pactado para la operación crediticia o en su defecto el interés legal. Para lo cual deberá ingresar una solicitud en la red de agencias a nivel nacional. 8. Instancias ante las que puede recurrir los usuarios para presentar reclamos y/o denuncias por operaciones y servicios realizados Mayor información acerca de nuestras tasas de interés, comisiones y gastos, puede consultar en el Tarifario ubicado en la Red de Agencias o en el portal de Internet La empresa tiene la obligación de difundir información de conformidad con la Ley 28587, sus modificatorias y reglamento respectivo. Además, cuenta con los siguientes canales de atención: Red de Agencias a nivel nacional: Ponemos a disposición nuestra red de 181 agencias en todo el país para atender las necesidades financieras. Se podrá presentar el requerimiento con los asesores de Ventas & Servicio en forma verbal o escrita. Banca Telefónica: Llamando al teléfono (Lima) y (Provincias), a costo de llamada local, para ser atendido por un operador. En ambos casos se deberá marcar la opción 0. Canal virtual: acceso vía página web en el link Contáctenos. Aparecerá un formato para llenar algunos datos obligatorios que facilitarán la atención de Consulta y Solicitud, Sugerencia, Queja o Reclamo. Adicionalmente, EL CLIENTE podrá acudir también a otras instancias diferentes a EL BANCO con la finalidad de presentar sus reclamos, tales como: Defensor del Cliente Financiero de ASBANC Plataforma de Atención al Usuario (PAU) de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP Servicio de Atención al Ciudadano de INDECOPI, entre otros. 9. Procedimiento para la presentación y atención de las solicitudes de cancelación de créditos Cancelación anticipada El CLIENTE podrá cancelar anticipadamente el total de su crédito y/o del (de los) monto(s) desembolsado(s) bajo la línea de crédito, según corresponda. Dicha cancelación anticipada estará sujeta a la reducción de intereses compensatorios que corresponda.

6 Pasos a seguir 1. Cliente deberá acercarse con su Funcionario Banca de Negocios PYME (FPYME) y presentar su DNI. 2. FPYME verificará que el cliente cumpla con los requisitos y le indicará el importe total para cancelar el crédito, así como los conceptos que conforman el importe. 3. Cliente deberá acercarse a ventanilla con el Representante de Servicios y entregar el monto que se le indique. De ser conforme el monto recibido, se procederá con la cancelación de la utilización de la línea o del crédito y se entregará voucher de cancelación. 4. Verificar firma y escribir el número del DNI en el voucher de cancelación del crédito. 5. Recibir y conservar el voucher de cancelación del crédito con el sello y visto del Representante de Servicios. NOTA: En caso se indique deberá llenar una Carta de Instrucciones que proporcionará la Agencia. 10. Procedimiento para ejercer el derecho de realizar pagos anticipados en forma parcial o total Pagos anticipados EL CLIENTE podrá realizar pagos anticipados de sus cuotas por vencer del crédito y/o de los montos desembolsados bajo la línea de crédito, según corresponda. Dichos pagos anticipados serán efectuados de la siguiente forma: a) El monto mínimo para el pago anticipado será de tres cuotas y no excederá de dos pre pagos por año. b) EL CLIENTE deberá encontrarse al día en sus pagos. c) Al aceptar pagos anticipados, EL BANCO procederá a la reducción de intereses compensatorios correspondientes. Nota: Recordar que el pago parcial amortiza una parte de la cuota, debiendo pagar la diferencia de la cuota en la fecha pactada, caso contrario generará recargos de intereses por la parte no pagada de la cuota en el período al que corresponde, los cuales se adicionarán a la siguiente cuota, generando además, penalidad por pago tardío y atraso en el pago del crédito. Amortización Se entenderá como amortización al pago de una parte del capital de la deuda, lo cual implica la disminución del plazo o del monto de cuota. El monto mínimo de amortización debe superar el valor de una cuota. La amortización solo puede realizarse con créditos que no tengan pagos vencidos. Se recomienda coordinar con un funcionario o Plataforma Comercial los detalles de la amortización que desee efectuar. Pasos a seguir 1. FPYME recibe al cliente que desea realizar una amortización de la línea de crédito. 2. Si el cliente desea amortizar en efectivo: Selecciona la opción Cargo cuenta pendiente y detalla en la Hoja de Instrucción la cuenta pendiente en la que el cliente debe realizar el abono del efectivo para que lo realice a través ventanilla.

7 En simultaneo envía la Hoja de Instrucción al Jefe de Servicios. Continúa con el paso 4 3. Si el cliente desea pagar con cargo a una cuenta de ahorros ó una cuenta corriente relacionada a la línea. Selecciona la opción Cargo Cta Cte Seg/Instrucción y se especifica en la Hoja de instrucción la autorización del cliente de realizar la amortización, cargando el saldo a amortizar a la Cta. de Ahorro o Cuenta Corriente relacionada a la línea de crédito. Continua con el paso 5 4. El Jefe de Servicios Recibe al cliente, ejecuta transacción para realizar el abono a la pendiente generada por el FPYME, Recibe autorización e Imprimen refrendo. 5. El FPYME imprime nuevo cronograma y copia firmada por el cliente, así como las hojas de instrucción firmadas para ser entregadas al Jefe de Servicio. IMPORTANTE: La cuenta pendiente debe liquidarse en el mismo día, caso contrario deberá ser extornada por el Jefe de Servicios según el procedimiento de Extorno de transacciones en el sistema Bantotal Una vez realizada la amortización, el sistema no permite generar un nuevo cronograma donde el número de cuotas ó el monto de las mismas sean mayores al original La Hoja de instrucción debe ser llenada por el funcionario y firmada por el cliente. El Jefe de Servicio autoriza el pago colocando su firma y sello en la Hoja de Instrucción y los envía a Depsa File como parte del cierre diario de la Agencia según la norma Trámite documentario en Agencia y Unidades del Banco como parte del cierre diario de la Agencia.

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