LEGISLACION EN MATERIA DE ESTANCIAS INFANTILES ESTÁNDARES FÍSICOS
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- Joaquín Lagos Moreno
- hace 6 años
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1 LEGISLACION EN DE ESTANCIAS INFANTILES ESTÁNDARES MÍNIMOS Medidas del establecimiento en razón al número de menores que se atenderán y de las áreas que se requieren para otorgar un servicio de calidad Restricciones al otorgamiento de licencia del servicio de estancia infantil en razón del uso del suelo y la ubicación del establecimiento Características físicas del establecimiento y materiales de construcción del inmueble Servicios con los que deberá contar el establecimiento Se deberá contar con materiales didácticos y pedagógicos de acuerdo a los parámetros educativos Los enseres, equipo, mobiliario y utensilios necesarios para el sano desarrollo físico y mental de los menores deberán mantenerse en buen estado de uso y conservación mismos que no deberán poner en riesgo la seguridad o salud de los menores. Áreas de servicio con las que debe contar la Estancia infantil ESTÁNDARES FÍCOS - La existencia de las secciones estará condicionada a la capacidad del local, el numero del personal adscrito, suficiencia financiera y demanda del servicio -Se deberá contar con Constancia expedida por la autoridad de salud correspondiente, en la cual se exprese que las instalaciones de la institución cuentan con las condiciones de salubridad e higiene, que como mínimo se deben observar para prestar el servicio; y otras medidas ESTÁNDARES DE SALUD Condiciones de los servicios sanitarios Cuidados en materia de alimentación El establecimiento deberá vigilar que las niñas y los niños a su cuidado estén al corriente de sus vacunas -Se deberá presentar receta médica para la administración de algún alimentación especial
2 Se otorgará atención médica de urgencia, será trasladado al Servicio Médico correspondiente, por el personal de la Estancia infantil, el cual deberá permanecer con el niño hasta que el usuario o las personas autorizadas lleguen al lugar Medidas que deberán aplicarse en caso de que se detecte la existencia o la posibilidad de un padecimiento epidémico Los usuarios deberán justificar la inasistencia de un niño por causa de enfermedad infectocontagiosa presentando una hoja de valoración médica proporcionada por el personal de la Estancia infantil, misma que deberá ser llenada por un Médico-particular, centro de Salud o Unidad Médica Para la administración de un medicamento, el usuario deberá presentar una receta médica. La receta deberá tener vigencia no menor a 7 días anteriores a su presentación Medidas precautorias en materia de salud y administración de medicamentos Se suspenderá la licencia cuando se compruebe que alguien del personal cometió maltrato o violencia en contra de un niño. Los usuarios deberán entregar por escrito una autorización para que se practiquen, en caso de ser necesario, curaciones o que se traslade a una unidad medica -Además, el médico o enfermera de la estancia deberá atender al niño cuando se accidente, presente algún padecimiento o síntoma de enfermedad y podrán practicar curaciones menores -En caso de que el niño o niña requiera un medicamento deberá ser indicado por escrito, entregando a la Responsable de la Estancia Infantil el medicamento, en su caso receta médica, así como el horario de ingesta de la medicina. La receta deberá ser expedida dentro de los diez días anteriores a su presentación. - Las madres de los niños menores de seis meses de edad, tendrán acceso a la sección de lactantes para amamantar a sus hijos, atendiendo a las medidas de seguridad e higiene de la estancia, y de acuerdo con el Programa de Lactancia Materna - Para la inscripción del menor de edad se deberán realizar exámenes médicos -Serán causas médicas y psicológicas para posponer o condicionar la inscripción del niño, así como de suspensión temporal: presentar signos y/o síntomas de enfermedad infectocontagiosa, bacteriana, parasitaria y viral, aún con tratamiento médico; presentar síntomas de enfermedad que requiera valoración y atención médica y/o psicológica - No se admitirá a niños que requieran la prescripción de inyecciones, gotas óticas u oftálmicas, las cuales tengan que administrarse al menor durante su permanencia en la estancia -Se realizará un filtro clínico diario ESTÁNDARES EN DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIVIL La Estancia infantil deberá contar con una póliza de Seguros para responder por alguna eventualidad durante la permanencia de niños en ella, el monto será fijado por un reglamento Sólo se permitirá la entrada a los empleados que presten el servicio de cuidado infantil, quienes serán los únicos que podrán convivir con
3 los niños cuando su función así lo permita. -Los niños serán entregados exclusivamente a los usuarios o a las personas autorizadas para recogerlos una vez que se identifiquen. En caso de pérdida de la credencial, se deberá informar por escrito. -No se entregarán a los niños, cuando los usuarios o las personas autorizadas se presenten bajo el influjo de bebidas embriagantes, drogas, enervantes o cualquier otra sustancia tóxica que altere su estado de salud. El personal agotará las instancias para localizar a las personas autorizadas y cuidará del menor hasta antes del cierre de la estancia infantil; y en su caso se procederá de acuerdo a lo establecido para el manejo del niño abandonado. Otras medidas de seguridad y vigilancia Se establecen medidas para la realización de visitas Medidas de protección civil Capacitación en casos de siniestros. En caso de que el menor no sea recogido dentro las dos horas posteriores al cierre de la estancia, y una vez agotados los medios de localización del beneficiario o personas autorizadas, se procederá a levantar el acta administrativa, y posteriormente se presentará al menor ante el Ministerio Público, a efecto de levantar el acta correspondiente y hacer llegar al niños a una casa cuna o a algún albergue infantil. -Todas las actividades deberán realizarse en el interior de la estancia infantil, en el caso de que se realicen actividades fuera de la estancia, se requerirá autorización previa y expresa de la Subdelegación, así como la aprobación por escrito del beneficiario. Para estos eventos los niños deberán portar un gafete con sus datos de identificación y uniforme ESTÁNDARES EN DE CALIDAD EN EL SERVICIO Número de personal con el que debe contar la estancia infantil en relación al número de niños que son atendidos Número de personal en relación a los servicios que debe otorgar la estancia infantil Número de menores que deben ser atendidos Escolaridad y otros requisitos del personal El encargado de la estancia infantil deberá que contar con una certificación de capacitación -Las estancias infantiles deberán establecer programas permanentes de capacitación - Todo el personal que labore en Estancias Infantiles deberá presentar un certificado médico que contenga exámenes físicos y psicológicos con el fin de determinar la ausencia de enfermedades infectocontagiosas y de aquellas que puedan impedir dar un buen trato a las niñas y niños a su cuidado. Estos exámenes deberán proporcionarse de forma gratuita por el centro de Salud o Unidad Médica y deberán actualizarse cada seis meses. El personal no deberá contar con antecedentes penales salvo tratándose de delitos culposos, cuando en estos últimos haya transcurrido el término de tres años. Por ningún motivo deberá tener. Sólo se menciona que se atenderá con el personal previsto en la plantilla teórica de Estancias para el Bienestar y Desarrollo Infantil, conforme a las características de cada estancia
4 antecedentes por delitos como corrupción de menores, violación, abuso sexual, pornografía infantil o cualquier otro similar que pudiera poner en peligro a los menores en la Estancia infantil Las estancias infantiles deberán contar con un manual para padres o tutores, el cual proporcionará información de las políticas, reglamentos, servicios y costos Educación de calidad Las Estancias infantiles podrán cubrir horarios matutinos, vespertinos, diurnos y/o nocturnos favoreciendo un horario flexible para las personas que trabajan o estudian y sólo en casos se concederán tiempo extraordinario que no deberá exceder de 90 minutos Tiempo máximo de estancia de los menores de edad El ingreso de los menores con discapacidad Servicios de calidad En las estancias infantiles se realizarán reportes diarios sobre la situación del menor Servicios de recreación Obligación del personal de la guardería para denunciar cualquier tipo de violencia o abuso contra los niños Asesoría a Padres o Tutores Obligaciones del usuario -Sólo se menciona que los horarios establecidos se fijarán considerando los predominantes de los beneficiarios -El beneficiario deberá recoger al niño dentro del horario establecido y se dará una tolerancia de diez minutos.. Deberá presentarse un dictamen del médico especialista del Instituto, en el que se especifique el grado de discapacidad y los recursos mínimos indispensables para su atención -El servicio se proporcionará con apego a los valores nacionales -Sin embargo, el servicio también será de acuerdo con los recursos financieros que se destinen para el funcionamiento de las estancias -Asimismo, la existencia de las secciones estará condicionada a la capacidad del local, al número de personal adscrito, la suficiencia financiera y la demanda del servicio -Se promoverán las buenas relaciones entre el personal y los beneficiarios -Se prestarán los servicios de educación, alimentación y el servicio asistencial -El servicio se podrá prestar simultáneamente a dos niños por beneficiario. Los hijos producto de parto múltiple serán considerados como una sola inscripción, sin que ello limite el ingreso de otro hermano. - La directora promoverá las buenas relaciones entre el personal y los beneficiarios, con el propósito de coadyuvar a la continuidad de las acciones educativas en el medio familiar -El trato con los niños y con los usuarios será afectuoso y de respeto -Informar a la directora lo días en los cuales el niño no asistirá a la estancia -Proporcionar datos de contacto -Entregar y recoger a sus hijos en la Estancia Infantil en los horarios establecidos por la misma -Informar respecto el estado de salud de los menores de edad durante las doce horas -Proveer los materiales básicos de higiene, así como material didáctico que se hayan
5 La guardería contará con un Reglamento Operativo, de acuerdo con las edades de los niños que atenderá, así como la organización administrativa básica que tendrá la Guardería Como actividad inherente al servicio se contempla a la atención de quejas y sugerencias de las madres, padres, tutores, con la garantía de que sean tomadas en cuenta para su solución, vigilancia y seguimiento de las medidas adoptadas Se contemplan mecanismos de participación social Otras medidas acordado con la Estancia Infantil al inscribir al niño -Acudir a la guardería cuando se requiera su presencia. -Presentar al niño totalmente aseados Fuente: Reglamento del servicio de estancias para el bienestar y desarrollo infantil del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, 1994,
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