SERVICIO DE ORIENTACION JURIDICO PENITENCIARIO Y PAGINA WEB PENITENCIARIO

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1 SERVICIO DE ORIENTACION JURIDICO PENITENCIARIO Y PAGINA WEB PENITENCIARIO 0.- Ámbito El Servicio Penitenciario se compone del Servicio de Orientación Penitenciario y la Página Web. Jurídico El Servicio Penitenciario será coordinado por una persona nombrada por la Junta del Colegio de Abogados de Pamplona y que será el representante del Servicio Penitenciario en la Comisión del Turno de Oficio del Colegio de Abogados de Pamplona, la Subcomisión de Derecho Penitenciario de CGAE y en cuantos organismos le delegue la Junta del Colegio de Abogados de Pamplona. Así mismo la Junta del Colegio de Abogados nombrará a una persona que se encargará de la dirección de la Pagina Web Penitenciario. 1.-Servicio de Orientación Jurídico Penitenciario (SOJP) 1.1 Organización acceso, permanencia y renovación El Servicio de Orientación Jurídico Penitenciario (en adelante SOJP) estará constituido por un total doce miembros de los cuales uno a su vez ejercerá las funciones de coordinador. La incorporación al SOJP se hace por un año natural del 1 de enero al 31 de diciembre y las listas de guardia se confeccionarán anualmente. Además de los requisitos generales de acceso y permanencia, Reglamento de organización y las Normas de Régimen Interior del Turno de Oficio, (puedes consultar la normativa Aqui) los letrados/as que deseen formar parte del SOJP deberán: 1.- Estar en posesión del Curso específico de formación en materia penitenciaria. 2.- Estar adscrito al Turno de Oficio de Penitenciario.

2 3.- Acudir, durante el año en el que sean integrantes del servicio, a las reuniones mensuales que se convocarán como regla general los primeros viernes de cada mes, siendo obligatorio asistir como mínimo al 70% de dichas reuniones.. Las altas en el SOJP se producirán desde que la Junta lo acuerde y apruebe su admisión a propuesta de la Comisión del Turno de Oficio. Se permiten cambios de guardia entre compañeros siempre que ambos formen parte del servicio. Los Letrados que procedan al cambio del Servicio de guardia señalado, deberán notificarlo al menos con dos días de antelación por escrito a la Secretaría del Colegio, facilitando a la vez quién es el Letrado que le sustituye. El escrito deberá contener la firma de ambos Letrados. En caso de imposibilidad sobrevenida urgente, el Letrado que ese día esté de Guardia, se pondrá en contacto con el Colegio o el Coordinador del Servicio para gestionar su sustitución, debiendo justificar posteriormente a la mayor brevedad al Colegio, el motivo de su inasistencia. 1.2 Funcionamiento El SOJP realiza guardias presenciales en el Centro Penitenciario de Pamplona. Los días de guardia, según acuerdo alcanzado entre el MICAP y el Centro Penitenciario son los lunes, miércoles y jueves. Cada día de guardia acuden dos letrados a las 17:00 horas. La guardia finaliza, en su apartado de la presencia física en el Centro Penitenciario, cuando se haya atendido a la totalidad de los presos y presas que lo hayan solicitado. La relación de presos/as que se atienden en cada guardia es facilitada al comienzo de la misma por el propio Centro Penitenciario. Las guardias se realizan en los locutorios del Centro Penitenciario habilitados al efecto. Una vez terminada la guardia presencial en el Centro Penitenciario, el abogado/a deberá realizar todas las gestiones derivadas de la misma.

3 1.3- Deberes de los abogados/as en su asistencia diaria. El abogado/a deberá registrar diariamente todas las asistencias realizadas en la base de datos del ordenador propiedad del MICAP instalado en uno de los locutorios en los que se presta la guardia. Una vez finalizada la guardia se generará el listado de las asistencias realizadas que se enviará por correo electrónico al coordinador del SOJP. El letrado/a de guardia asumirá todos los asuntos derivados de la misma asegurándose mediante la comprobación en la base de datos que ese asunto no lo lleva otro letrado/a. En el menor tiempo posible desde la finalización de la guardia y mediante la lista de que se ha creado al efecto transmitirá, si los hubiera, los encargos que los presos hayan dado a otros miembros del SOJP. Si las actuaciones a realizar fueran ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, el letrado/a, a fin de poder recibir las notificaciones que se dicten en el expediente y tener acceso al mismo, deberá asegurarse de ser designado para la defensa del preso/a en el citado expediente. Los letrados/as integrantes del SOJP deberán atender únicamente a los presos/as presas del Centro Penitenciario de Pamplona. Si el preso/a es trasladado se deberá seguir en la defensa del asunto o asuntos en los que el letrado/a esta designado además de mantenerle informado. Si el Centro Penitenciario al que sea trasladado el preso/a cuenta con SOJP el letrado/a deberá ponerse en contacto con el mismo. En el supuesto en el que un letrado/a causase baja en el SOJP por haberse extinguido el año natural, deberá continuar con la defensa en aquellos expedientes ya iniciados que se encontrasen en trámite hasta la finalización de los mismos. Además de los requisitos generales el letrado/a miembro del SOJP deberá asistir tanto a las reuniones mensuales ordinarias como a aquellas extraordinarias que se puedan convocar por el coordinador.

4 Los letrados/as integrantes del SOJP deberán atender a los Alumnos de la UPNA que realizan prácticas en el Centro Penitenciario. De la misma manera deberán asesorar e informar a los compañeros/as que, por su próxima integración en el mismo les acompañen durante la realización de la misma Deberes de los letrados/as que se incorporen por primera vez al SOJP. Además de los requisitos generales de acceso, deberán acudir previamente a empezar a realizar guardias a un curso específico sobre la organización del SOJP y el manejo de la base de datos que se utiliza durante las guardias. Deberán también acompañar al menos en dos ocasiones a los letrados/as que se encuentren realizando guardias. 1.5 Deberes del coordinador del SOJP El grupo de letrados/as se coordina a través de un letrado/a, Coordinador/a del Servicio, que deberá formar parte del servicio y que será elegido por la Junta de Gobierno del MICAP. Realizará las siguientes funciones: 1. Representará al SOJP ante la Comisión Delegada del Turno de Oficio. 2. Así mismo será el representante del MICAP en la Subcomisión de Derecho Penitenciario del CGAE. 3. Preparará, convocará y levantará acta de las reuniones mensuales del SOJP. 4. Elaborará los informes pertinentes y las memorias destinadas a la Administración Penitenciaria y al Gobierno de Navarra para su presentación ante la Junta de Gobierno del MICAP. 5. Resolverá las dudas derivadas del funcionamiento del SOJP que los letrados/as puedan plantear.

5 6. Se encargará de la formación permanente de los miembros del SOJP así como proponer a la comisión de formación del MICAP charlas en materia penitenciaria. 7. Selección de material y bibliografía en materia penitenciaria. 8. Seguimiento y control de los expediente derivados del funcionamiento del SOJP. 9. Celebración cuando así se delegue por parte de la Junta de Gobierno del MICAP de reuniones o establecimiento de contactos con la Administración Penitenciaria, el JVP, el Gobierno de Navarra o con los organismos o autoridades que pudieran tener relación con materias penitenciarias. 10. Organización en coordinación con las universidades de las prácticas de los alumnos. 11. Tramitación de las Justicias Gratuitas que se generen en el Centro Penitenciario. 12. El/la coordinador/a podrá proponer a la Junta de Gobierno del MICAP la baja del Servicio de alguno/a de sus miembros, en caso de no haga efectivo el trabajo diario, no asuma las tareas encomendadas o realice las mismas de forma incorrecta o negligente. La baja del Servicio motivará la incorporación por sustitución de otro/a compañero/a de la lista de suplentes. Dicha sustitución se realizará, en todo caso, por el tiempo que restase para finalizar el año natural en curso. 13. Todas otras funciones que por la Junta de Gobierno o normas del MICAP le sean atribuidas. 1.6 Renovación.- A los efectos de ingresar en el SOJP, el Colegio de Abogados de Pamplona, comunicará, anualmente, la apertura del plazo de inscripción y la fecha límite para proceder a la misma. Si el número de solicitudes de incorporación supera el número de plazas existentes se procederá a un sorteo entre los/as interesados/as, excepción hecha

6 del Coordinador y de la tercera parte de los integrantes del Servicio, a fin de no dejar escapar la experiencia de quienes llevan tiempo desempeñando el trabajo. El sorteo se llevará a cabo en la forma que se establezca en las Normas de Régimen Interior. 2.- Pagina Web Penitenciario Constitución. La Pagina Web derechopenitenciario.com estará constituida por un total de OCHO miembros. Uno de ellos, designado por la Junta de Gobierno de MICAP, realizará funciones de coordinador/a adjunto/a. También formará parte de la Pagina Web y acudirá a cuantas reuniones se celebren el coordinador/a del Servicio Penitenciario, que realizará únicamente, las labores que, dentro de la página web, se refieran a actividades o información relativa a reuniones, congresos, material, etc., relacionados con la Subcomisión de Derecho Penitenciario del CGAE o con el Servicio que coordina. Los/as otros/as seis miembros se someterán a los requisitos de acceso y renovación contenidos en el presente protocolo. En circunstancias extraordinarias, por necesidad de abordar mejoras importantes, proyectos suplementarios a los actuales o por aumento de financiación que posibilite la acometida de nuevos objetivos en la página web, podrá incrementarse el número de miembros. Dicho incremento podrá proponerse por los miembros de la Página Web y aprobarse por la Junta de Gobierno MICAP, dando al mismo la oportuna publicidad, con la finalidad de que resulte conocido por todas las personas interesadas. 2.2 Incorporación. La incorporación a la Pagina Web se realizará por UN AÑO natural, del 1 de enero a 31 de diciembre. Quien solicite el acceso a la misma se compromete a dicha permanencia mínima en la colaboración. Del mismo modo, quien solicite el acceso a la Pagina Web se compromete a realizar un mínimo de horas de trabajo que, prorrateadas en días laborables, suponen un mínimo de 1 HORA/DIARIA. Ese número de horas será realizado con flexibilidad, según la disponibilidad de cada miembro de la web. En el supuesto de imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de ese compromiso, se comunicará al/la coordinador/a adjunto/a de la página web, con el fin de proceder a dar de baja en la web a este miembro.

7 La baja en la web de alguno de sus miembros también podrá ser propuesta a la Junta de Gobierno de MICAP por el/la coordinador/a adjunto/a, si no se hace efectivo el mínimo de horas convenido, no asume las tareas encomendadas o realiza las mismas de forma incorrecta. La baja en la web motivará la incorporación por sustitución de otro/a compañero/a de la lista de suplentes. Dicha sustitución se realizará, en todo caso, por el tiempo que restase para finalizar el año natural en curso. 2.3 Acceso. Además de lo requisitos generales de acceso y permanencia, Reglamento de organización (link) y las Normas de Régimen Interior del Turno de Oficio (link), los letrados/as que deseen formar parte de la Web deberán cumplir los siguientes requisitos:. a.-cumplimiento de los requisitos de acceso y permanencia en el SOJP. b.- Conocimiento de la materia penitenciaria y una probada experiencia por haber permanecido por un mínimo de 1 AÑOS EN EL SOJP. c.- Superación de un curso de formación gratuito proporcionado por el MICAP, en el que se abordarán los conocimientos necesarios en materia penitenciaria para hacer frente al trabajo de la Página Web especialmente las herramientas informáticas imprescindibles para la realización de las tareas habituales de la misma. 2.4 Renovación. A los efectos de ingresar en la Pagina Web del MICAP, el Colegio de Abogados de Pamplona comunicará, anualmente, la apertura del plazo de inscripción y la fecha límite para proceder a la misma. Si el número de solicitudes de incorporación supera el número de plazas existentes se procederá a un sorteo entre los/as interesados/as, excepción hecha del coordinador/a adjunto/a, y de la tercera parte de los integrantes de la Pagina Web, a fin de no dejar escapar la experiencia de quienes llevan tiempo desempeñando su trabajo en la misma. El sorteo se llevará a cabo en la forma que se establezca en las Normas de Régimen Interior.

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