COMPAÑÍA EUROPEA DE SEGUROS, SOCIEDAD ANÓNIMA CONDICIONES GENERALES

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1 COMPAÑÍAEUROPEADESEGUROS,SOCIEDADANÓNIMA CONDICIONESGENERALES ElpresenteContratodeSeguroserigeporloconvenidoenlasCondicionesGenerales,ParticularesyEspeciales, silashubiere,deconformidadconlo establecidoenla Ley50/80de8deOctubre,deContratodeSeguro;el TextoRefundidodelaLeydeOrdenaciónySupervisióndelosSegurosPrivados(RealDecretoLey6/2004,de29 deoctubre)ysureglamentodedesarrollo(realdecreto297/2004de20defebrero)ydemásnormaslegales queleseandeaplicación. DEFINICIONES: EnesteContratoseentiendepor: ASEGURADOR:COMPAÑÍAEUROPEADESEGUROS,S.A.,condomiciliosocialenAlcobendas(Madrid),Avda.de LaVega,24,queasumeelriesgocontractualmentepactado;correspondiendoalaDirecciónGeneraldeSeguros yfondosdepensiones,delministeriodeeconomía,elcontrolysupervisióndelaactividad. TOMADOR DEL SEGURO: La persona física o jurídica que, juntamente con el ASEGURADOR, suscribe esta póliza,yalquecorrespondenlasobligacionesquedelmismosederiven,salvolasqueporsunaturalezadeban sercumplidasporelasegurado. ASEGURADO:CadaunadelaspersonasfísicasquefigurenenlasCondicionesParticularesdelaPóliza. DOMICILIODELASEGURADO:ElderesidenciaenEspaña. BENEFICIARIO:Lapersonafísicaojurídica,quepreviacesiónporelASEGURADO,resultatitulardelderechoala indemnización. SEGURO A PRIMER RIESGO: La forma de aseguramiento por la que se garantiza una cantidad determinada, hasta la cual queda cubierto el riesgo asegurado, con independencia del valor total, sin que, por tanto, sea de aplicaciónlareglaproporcional. PRIMA:Elpreciodelseguro.Contendráademáslosimpuestosqueseandelegalaplicación. SUMAASEGURADA:LascantidadesfijadasenlasCondicionesParticularesyGenerales,queconstituyeellímite máximodelaindemnizaciónapagarporelaseguradorencasodesiniestro. EPIDEMIAFULMINANTE: Se entiendecomotallamanifestaciónrepentina,inesperadayagran escala deuna enfermedad infecciosa en un país que se propaga muy rápidamente y con gran virulencia dentro de este país, siemprequelaomshayarecomendadocancelarviajesinternacionalesquenoseanesencialeshastaodesdeel áreaafectada,yencasodevirusinfluenzasiemprequelaomsdeclarealmenosfase5dealertadepandemiaen suplanmundialparaunapandemiadeinfluenza.lacuarentenaparalaspersonasafectadasdebeserdeclarada poreldepartamentodesanidadoautoridadcompetentedelpaísafectado. CUARENTENA:Aislamientotemporaldepersonasparaprevenirqueseextiendaunaenfermedadinfecciosa.

2 NORMASQUEREGULANELSEGUROENGENERAL 1.EXTENSIÓNGEOGRÁFICA LasgarantíasdeestesegurosurtenefectoenEspañayEuropa,siendoválidasparaunosuotrosdestinossegún opciónindicadaenlascondicionesparticulares. Las garantías de asistencia serán válidas únicamente, a más de 30 kilómetros del domicilio habitual del ASEGURADO salvoenbalearesycanarias,dondeloseráamásde15kilómetros. 2.EFECTOYDURACIÓNDELCONTRATO ElContratoentraráenvigor,siempreycuandoelASEGURADOoelTOMADORhayanpagadoelrecibodeprima correspondiente. 3.EFECTOYDURACIÓNDELASGARANTÍAS a) Gastos de Anulación: Esta garantía toma efecto el día que el ASEGURADO haya reservado el hotel o apartamento en la respectiva Agencia, y siempre que haya sido suscrita en el momento de la suscripción o confirmacióndelareserva,finalizadolacoberturadelsegurounavezqueelaseguradoemprendaelmismo. b) Resto de garantías: Toman efecto a las 00:00 horas del día indicado en las Condiciones Particulares como iniciodelaestancia,nopudiendosuperarésta,los34díasdeduración. 4.RESOLUCIÓNDECONFLICTOS LosconflictosquesepudieranproducirporlainterpretaciónoaplicacióndeesteContrato,serándirimidospor losjuecesytribunalescompetentes,correspondientesaldomiciliodelaseguradoenespaña.encasodeque elaseguradonotuvierasudomicilioenespaña,lajurisdiccióncompetenteseráladelosjuzgadosytribunalesde Madrid. PreviamenteelAsegurado,silodesea,podráacudirenprocedimientodereclamaciónantelaDirecciónGeneral de Seguros, estando legitimado para ello, el Tomador, Asegurado, Beneficiario, tercer perjudicado, o Derechohabiente. 5.SINIESTROS ENCASODEANULACIÓNDERESERVAS,deberáavisarenelmomentodeocurrenciadeunsiniestroalaAgencia enquehacompradoelviajecubiertoporlapólizayhabrádeentregartodoslosdocumentosjustificativosquese describenacontinuaciónacompañíaeuropeadeseguros,s.a.: *CopiadelasCondicionesParticularesdelseguro. *Informemédicoindicandolanaturalezaexactayfechadeiniciodelaenfermedadolesión. *Certificadodedefunción,ensucaso. *FacturapagadaporlosGastosdeAnulación. *Facturadelcostodelaestancia. *Boletíndeinscripciónodereservadelaestancia. *D.N.I.odocumentosimilar. *Y,engeneral,tododocumentoqueacreditelacausa,lascircunstanciasylasconsecuenciaseconómicasdel siniestro,encasosdistintosdeanulaciónporenfermedad,accidenteofallecimiento. EN CASO DE REEMBOLSO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS, habrá de entregar a Compañía Europea de Seguros,S.A.,lossiguientesdocumentosjustificativos: *CopiadelasCondicionesParticularesdelseguro. *Informemédicoindicandolanaturalezaexactayfechadeiniciodelaenfermedadolesión. *Certificadodedefunción,ensucaso. *Facturadelcostodelaestancia. *Boletíndeinscripciónodereservadelaestancia.

3 *D.N.I.odocumentosimilar. *Y,engeneral,tododocumentoqueacreditelacausa,lascircunstanciasylasconsecuenciaseconómicasdel siniestro,encasosdistintosdeinterrupciónporenfermedad,accidenteofallecimiento. 5.1.AsistenciaalAsegurado.Trámites. a) El ASEGURADO solicitará la asistencia por teléfono, debiendo indicar su nombre, el número de póliza del seguro,ellugardondeseencuentra,elnúmerodeteléfonoydescripcióndelproblemaquetieneplanteado. Las llamadas telefónicas serán a cobro revertido y en los países en que no fuera posible hacerlo así, el ASEGURADOpodrárecuperarasuregresoelimportedelasllamadascontralapresentacióndelosjustificantes. b)elaseguradornoseresponsabilizadelosretrasosoincumplimientosdebidosafuerzamayoroa las especiales características administrativas o políticas de un país determinado. En todo caso, si no fuera posible una intervención directa, el ASEGURADO será reembolsado a su regreso a España, o en caso de necesidad, en cuanto se encuentre en un país donde no concurra la anterior circunstancia, de los gastos que hubieraincurridoysehallengarantizados,mediantelapresentacióndeloscorrespondientesjustificantes. c)sielaseguradotuvieraderechoareembolsoporlapartedebilletenoconsumido,alhacerusodelagarantía de transporte o repatriación, dicho reembolso revertiría al ASEGURADOR. Asimismo, respecto a los gastos de desplazamientodelaspersonasaseguradas,elaseguradorsólosehacecargodelosgastossuplementarios queexijaeleventoenloqueexcedandelosprevistosinicialmenteporlosasegurados. d)lasindemnizacionesfijadasenlasgarantíasdescritassoncomplementariasdeotrasprestacionesalasqueel ASEGURADOtengaderecho,obligándoseésteaefectuarlasgestionesnecesariaspararecobrarestosgastosde lasentidadesobligadasalpagoyaresarciralaseguradorlascantidadesquehayaanticipado. 5.2.Pagodelaindemnización a)elpagodelaindemnizaciónseefectuarádentrodelosveintedíassiguientesalafechadelacuerdoamistoso delaspartes. b) Si antes de este plazo el ASEGURADOR no ha realizado ningún pago el ASEGURADO no podrá reclamar interesesporelperiodoanterior. 5.3.Rechazodesiniestro SidemalafeelASEGURADOpresentafalsasdeclaraciones,exageralacantidaddelosdaños,emplea como justificación documentos inexactos o utiliza medios fraudulentos, pierde todo derecho a indemnizaciónporelsiniestro. GARANTIAS RIESGOSYSUMASASEGURADASPORRESERVA 1.GASTOSPORANULACIÓNDERESERVA ElASEGURADORgarantiza, hastalasumafijada enlas CondicionesParticulares,y areservadelasexclusiones quesemencionanenestascondicionesgenerales,elreembolsodelosgastosdeanulacióndelaestanciaque seproduzcanacargodelaseguradoyleseanfacturadosporaplicacióndelascondicionesgeneralesdeventa delaagenciaodecualquieradelosproveedoresdelviaje,siemprequeanuleelmismoantesdesuinicioypor unadelascausassiguientessobrevenidasdespuésdelasuscripcióndelseguro: 1) Fallecimiento,accidentecorporalgraveoenfermedadgrave: Del ASEGURADO, o su cónyuge, ascendientes o descendientes, suegros, hermanos, hermanas, cuñados, yernos, nueras, suegro o suegra, familiar de tercer grado incluso acompañante.. Delapersonaencargadaduranteelviajedelacustodiadeloshijosmenoresdeedado disminuidos. Delsustitutoprofesional.

4 En relación con el ASEGURADO, por enfermedad grave se entiende una alteración de la salud que implique hospitalización o necesidad de guardar cama, dentro de los 7 días previos al viaje, y que médicamenteimposibiliteeliniciodelviajeenlafechaprevista. Cuandolaenfermedad afecte aalgunadelaspersonas citadas,distintadelasegurado,se entenderá comogravecuandoimpliquehospitalizaciónoconlleveriesgodemuerteinminente. Poraccidentegraveseentiende,undañocorporalnointencionadoporpartedelavíctima,proveniente delaacciónsúbitadeunacausaexternayqueajuiciodeunprofesionalmédico,imposibilitelainiciación delviajedelaseguradoenlafechaprevista,oconlleveriesgodemuerteparaalgunodelosfamiliares citados. 2) Anulacióndela personaquehade acompañar alaseguradoen elviaje,inscrita almismotiempo queelaseguradoyaseguradaporestemismocontrato,siemprequelaanulacióntengasuorigen enunadelascausasenumeradasanteriormente. 3) Cesióndelviajepor anulacióndelasegurado enfavorde otrapersona,quedará garantizadoslos gastosadicionalesqueseproduzcanporelcambiodetitulardelareserva. 4) LlamadaparaintervenciónquirúrgicadelASEGURADO. 5) Necesidad de guardar cama el ASEGURADO, por prescripción médica como consecuencia de un embarazoderiesgo,siemprequeestehayacomenzadodespuésdelacontratacióndelapóliza,o abortonatural. 6) Cualquierenfermedaddehijosmenoresde24mesesytambiénaseguradosenestecontrato. 7) Cuarentenamédicaaconsecuenciadeunsucesoaccidental. 8) Convocatorias,comoparte,testigoojuradodeunTribunalCiviloPenal. 9) ConvocatoriacomomiembrodeunaMesaElectoral. 10) Presentación a exámenes de oposiciones oficiales convocadas a través de un organismo con posterioridadalasuscripcióndelseguro. 11) Daños graves ocasionados por incendio, explosión, robo o por la fuerza de la naturaleza, en la residenciaprincipalosecundariadelasegurado,oensuslocalesprofesionalessielasegurado ejerceunaprofesiónliberalodirigeunaempresayfuesenecesariaimperativamentesupresencia. 12) Robodeladocumentación oequipajequeimposibilitealaseguradoiniciar oproseguirelviajeya iniciado. 13) Noconcesión,inesperada,devisados. 14) Actodepirateríaaérea,terrestreynavalqueimposibilitealASEGURADOiniciarsuviajeenlasfechas previstas. 15) Declaración de zona catastrófica en el lugar del domicilio del ASEGURADO o en el de destino del viaje. 16) Incorporaciónaunnuevopuestodetrabajoenunaempresadistintaalaquedesempañabaeltrabajo, con contrato laboral y siempre que dicha incorporación se produzca con posterioridad a la inscripcióndelviajeyporlotantoalasuscripcióndelseguro. 17) Trasladoforzosodelugardetrabajo. 18) DespidoprofesionaldelASEGURADO,nodisciplinario.Enningúncasoentraráenvigorestagarantía porfinalizacióndelcontratolaboralorenunciavoluntariaonosuperacióndelperiododeprueba.en todocaso,elsegurohabrádesuscribirseantesdelacomunicacióndeldespido. 19) Declaración de la renta realizada paralelamente, efectuada por el Ministerio de Hacienda que dé cómoresultadounimporteapagarporelaseguradosuperiora600 00euros. 20) Avería o accidente en el vehículo propiedad del ASEGURADO, o su cónyuge, que le imposibilite al ASEGURADOiniciarelviaje. 21) AnulacióndelviajedebidoaqueelAseguradoviajaconotrosimilarganadoensorteopúblicoyante Notario. 22) RetenciónpolicialdelAsegurado. 23) Citaciónparatrámitededivorcio. 24) Entregadeunhijoenadopción.

5 25) Citaciónparatransplantedeunórgano. 26) Concesióndebecasoficiales. 27) Convocatoriaparapresentaciónyfirmadedocumentosoficiales. 28) Declaraciónjudicialdesuspensióndepagosoquiebradeempresa. 29) Cambiovacacionalunilateralmenteporlaempresa. 30) Causadefuerzamayordemostrablemediantedocumentojustificativo. Estagarantíaserásolamenteválidacuandohayasidosuscrita,enelmomentodelainscripciónoconfirmacióndel viaje. 2.REEMBOLSODEVACACIONESNODISFRUTADAS ElASEGURADORreembolsará,hastalasumafijadaenlasCondicionesParticulares,yareservadelasexclusiones quesemencionanenlascondicionesgenerales,unacantidadpordíadevacacionesnodisfrutado.estacantidad seobtendrádividiendo elcapitalgarantizadoentreelnúmerodedíasprevistosparaelviaje,previajustificación delcostodelasvacaciones. EstagarantíaserádeaplicacióncuandoelASEGURADOsevieraenlanecesidaddeinterrumpiranticipadamente sus vacaciones por cualquiera de las causas mencionadas en la garantía 1. GASTOS DE ANULACIÓN DE RESERVAS. 3.ASISTENCIA 3.1.REGRESOANTICIPADOPORSINIESTROGRAVEENELHOGARODESPACHOPROFESIONAL. ElASEGURADORpondráadisposicióndelASEGURADOunbilletedetransporteparaelregresoasudomicilio,en casodequeéstedebainterrumpirelviajepordañosgravesensuresidenciaprincipal,odespachoprofesional, ocasionadosporincendio,siemprequeéstehayadadolugaralaintervencióndelosbomberos,roboconsumado ydenunciadoalasautoridadespoliciales,oinundacióngrave,quehagaimprescindiblesupresencia,nopudiendo sersolucionadasestassituacionesporfamiliaresdirectosopersonasdesuconfianza,siemprequeeleventose haya producido después de la fecha de inicio del viaje, Asimismo, el Asegurador se hará cargo de un segundo billete para el transporte de la persona que acompañaba en su viaje al ASEGURADO que anticipó su regreso, siemprequeestasegundapersonaseencuentreasuvezaseguradaporestapóliza ENVIO DE CHOFER PROFESIONAL EN CASO DE ENFERMEDAD, ACCIDENTE O FALLECIMIENTO DELASEGURADO Cuando el ASEGURADO hubiera debido ser transportado o repatriado a causa de enfermedad, accidente o muerte, o en caso de incapacidad para conducir su vehículo y ninguno de los pasajeros que, en su caso, le acompañenlepuedereemplazar,elasegurador,previaautorizaciónescritadelpropietariodelvehículo,enviará unconductorprofesionalparaquepuedatransportarelvehículoysusocupanteshastaeldomiciliodeestosen España. ÚnicamenteseránacargodelASEGURADORlosgastosocasionadosporelpropioconductor,conexcepciónde todoslosrestantes,talescomogastosde peaje, mantenimientoycarburantedelvehículo,asícomolosdelos viajeros. ElASEGURADOR,quedandosometidoalaslegislacionesenmateriadeusoycirculacióndevehículosdemotorde lospaísesdetránsito,podránoprestaresteserviciosielvehículonocumpleconlosrequisitoslegalesprevistos encadacaso,osielmismopresentaanomalíasodesaconsejensuutilización. 3.3.ENVIODEUNACOMPAÑANTEENLAREPATRIACIÓNDEMENORES SielASEGURADOenfermo,accidentadoofallecidoviajaraenlaúnicacompañíadealgúnhijo,tambiénasegurado, menorde15años,elaseguradororganizaráytomaráasucargoeldesplazamientodeunapersonaafinde acompañaralmenorensuregresoaldomiciliohabitualdelmismo.

6 3.4.ENVIODEOBJETOSOLVIDADOSENELHOTELOAPARTAMENTO ElASEGURADORorganizaráytomaráasucargoelcostedelenvíodelosobjetosolvidadosporelASEGURADO enelhoteloapartamentodondehaestadoalojado,hastaunlímitede120 00,siemprequeelcostededicho objetosuperedichacuantía. EXCLUSIONES Nosegarantizanlasanulacionesdereservasyreembolsosdeviajequetengansuorigenen: a) Tratamientos estéticos, revisiones periódicas, curas, contraindicaciones de viajes aéreos, vacunaciones, la imposibilidad de seguir en ciertos destinos el tratamiento medicinal preventivoaconsejado,lainterrupciónvoluntariadeembarazos. b) Enfermedades psíquicas, mentales y depresiones sin hospitalización o que justifiquen una hospitalizacióninferiorasietedías. c) Enfermedades que estén siendo tratadas o tengan cuidados médicos dentro de los 30 días previos, tanto a la fecha de contratación de la reserva, como a la fecha de inclusión en el seguro. d) Laparticipaciónenapuestas,duelos,crímenes,riñas,salvoencasosdelegítimadefensa. e) Epidemias. f) Terrorismo. g) Lanopresentaciónporcualquiercausadelosdocumentosindispensablesentodoviaje,tales comopasaporte,visados,billetes,carnéocertificadosdevacunación. h) Complicaciones del estado de embarazo, salvo lo indicado en el apartado 5) de la presente GarantíadeGastosdeAnulación. 4.EQUIPAJES 4.1.PERDIDASMATERIALES EL ASEGURADOR garantiza, hasta la suma de 600,00 por asegurado, y a reserva de las exclusiones que se indican en estas Condiciones Generales el pago de la indemnización de las pérdidas materiales sufridas por el equipaje, durante los trayectos de ida y vuelta en cualquier medio de transporte contratado a través de la organización con la que ha reservado el hotel o apartamento, y nunca con otro medio de transporte, a consecuenciade: Robo(aestosefectos,seentiendeporroboúnicamentelasustraccióncometidamedianteviolencia ointimidaciónalaspersonasofuerzaenlascosas). Averíasodañoscausadosdirectamenteporincendioorobo. Averíasypérdidatotaloparcialocasionadasporeltransportista- Enlasestanciassuperioresa90díasconsecutivosfueradeldomiciliohabitual,elequipajesóloqueda garantizadoenlosviajesdeidayvueltaaespaña. Losobjetosdevalorquedancomprendidoshastael50%delasumaaseguradasobreelconjuntodel equipaje. Por objetos de valor se entienden las joyas, relojes, objetos de metales nobles, pieles, cuadros, objetos de arte, plata y orfebrería en metales preciosos, objetos únicos, teléfonos móviles y sus accesorios, cámarasycomplementosdefotografíayvideo,radiofonía,deregistroodereproduccióndesonidooimagen,así como sus accesorios, el material informático de toda clase, las maquetas y accesorios teledirigidos, rifles, escopetasdecaza,asícomosusaccesoriosópticos,sillasderuedasyaparatosmédicos,etc... Lasjoyasypieles,estángarantizadasúnicamentecontraelroboysolamentecuandosedepositenen elcofredeunhotelolaslleveconsigoelasegurado. Los equipajes dejados en vehículos automóviles se consideran asegurados solamente si están en el maleteroyestepermanececerradoconllave.desdelas22horashastalas6horaselvehículohade permanecerenelinteriordeunaparcamientocerradoyvigilado;seexceptúandeestalimitaciónlos vehículosconfiadosauntransportista.enningúncasoquedarángarantizadoslosrobosdelequipaje depositadoenfurgonetas,alcareceréstasdemaleteroconcierreindependiente.

7 Losobjetosdevalordejadosenelinteriordelmaleterodeunvehículoúnicamentequedanamparados cuandoésteseencuentreenungarajeoparkingvigilado. Queda expresamente derogada la aplicación de regla proporcional en caso de siniestro de esta garantía, liquidándoseaprimerriesgo. EXCLUSIONES Noestáncubiertasporestagarantía: a) Lasmercancíasyelmaterialdeusoprofesional,lamoneda,losbilletesdebanco,billetesde viaje, colecciones de sellos, títulos de cualquier naturaleza, documentos de identidad y en general todo documento y valores en papel, tarjetas de crédito, cintas y/o discos con memoria, documentos registrados en bandas magnéticas o filmados, colecciones y material decarácterprofesional,prótesis,gafasylentesdecontacto.aestosefectosnoseconsideran materialprofesionallosordenadorespersonales. b) El hurto, salvo en el interior de las habitaciones de hotel o apartamento, cuando éstas se encuentren cerradas con llave.(a estos efectos se entiende por hurto aquella sustracción cometidaaldescuido,sinquemedieviolencianiintimidaciónenlaspersonasnifuerzaenlas cosas). c) Los daños debidos a desgaste normal o natural, vicio propio y embalaje inadecuado o insuficiente.losproducidosporlaacciónlentadelaintemperie. d) Las pérdidas resultantes de que un objeto, no confiado a un transportista, haya sido simplementeextraviadouolvidado. e) El robo proveniente de la práctica del camping o caravana en acampadas libres, quedando totalmenteexcluidoslosobjetosdevalorencualquiermodalidaddeacampada. f) Losdaños,pérdidasorobos,resultantesenlosefectosyobjetospersonalesquehayansido dejados sin vigilancia en un lugar público o en un local puesto a disposición de varios ocupantes. g) La rotura, a menos que sea producida por un accidente del medio de transporte, por robo simpleoconfractura,poragresiónamanoarmada,porincendiooextincióndelmismo. h) Los daños causados directa o indirectamente por hechos de guerra, desórdenes civiles o militares,motínpopular,huelgas,terremotosyradioactividad. i) LosdañoscausadosintencionadamenteporelASEGURADO,onegligenciagravedeésteylos ocasionadosporderramedelíquidosquevayandentrodelequipaje. j) Todoslosvehículosamotor,asícomosuscomplementosyaccesorios. 5.RESPONSABILIDADCIVIL 5.1RESPONSABILIDADCIVILPRIVADA ElASEGURADORtomaasucargo,hastalasumade90.000,00 porreserva,lasindemnizacionespecuniarias, que con arreglo a los artículos a del Código Civil, o disposiciones similares previstas por las legislacionesextranjeras,vinieraobligadoasatisfacerelasegurado,ensucondicióndepersonaprivada,como civilmenteresponsablededañoscorporalesomaterialescausadosinvoluntariamenteatercerosensuspersonas, animalesocosas.notienenconsideracióndeterceroseltomadordelseguro,elrestodelosaseguradospor estapóliza,suscónyuges,ascendientesydescendientesocualquierotrofamiliarqueconvivaconcualquierade ambos, así como sus socios, asalariados y cualquier otra persona que de hecho o de derecho dependan del TOMADORodelASEGURADO,mientrasactúenenelámbitodedichadependencia. Enestelímitequedancomprendidoselpagodecostasygastosjudiciales,asícomolaconstitucióndelasfianzas judicialesexigidasalasegurado.

8 EXCLUSIONES Noestáncubiertasporestagarantía: a) Cualquier tipo de Responsabilidad que corresponda al ASEGURADO por la conducción de vehículosamotor,aeronavesyembarcacionesasícomoporelusodearmasdefuego. b) LaresponsabilidadCivilderivadadetodaactividadprofesional,sindical,políticaoasociativa. c) LasmultasosancionesimpuestasporTribunalesoautoridadesdetodaclase. d) Laresponsabilidadderivadadelaprácticadedeportescomoprofesionalesydelassiguientes modalidades aunque sea como aficionado: alpinismo, boxeo, bobsleigh, espeleología, judo, paracaidismo, ala delta, vuelo sin motor, polo, rugby, tiro, yachtting, artes marciales y los practicadosconvehículosamotor. e) Losdañosalosobjetosconfiados,porcualquiertituloalASEGURADO. Laindemnizaciónmáximaencasodesiniestroderivadodeuneventocalificadocomo epidemiafulminante ;de acuerdo con las condiciones recogidas en el apartado Definiciones, será de para el total de las garantíasdeestecontrato,independientementedelnúmerodeaseguradosafectados.aestosefectos,formarán parte de un único siniestro el conjunto de todos los casos ocurridos durante los 30 días siguientes a la declaracióndecuarentena.

9 EncumplimientodeloestablecidoenLeyOrgánica15/99de13dediciembredeProteccióndeDatosdeCarácterPersonal, leinformamosquedelosdatosquenosfacilitemediantelasuscripcióndelpresentecontrato,pasaránaformarpartedeun ficheropropiedaddecia.europeadeseguros,s.a.,paramantenerunconstantecontactoconsusasegurados.asimismo,le informamos que puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición dirigiendo una notificación a estasociedad. Estaentidad,deacuerdoconloestablecidoenlaOrdenECO/734/2004,cuentaconunServiciodeAtenciónalCliente,que atenderá,enelplazomáximodedosmesesapartirdelafechadepresentación,porescrito,todaslasquejasyreclamaciones quepudieranderivarsedelas suscripcionesdecontratosde seguro.el anteriorprocedimientopodrárealizarseporcorreo, mediante la personación directa en nuestras oficinas situadas en Avda. de la Vega, nº Alcobendas(Madrid) o mediantelaremisióndecorreoelectrónicoaladirección:sac@europeadeseguros.com. Aestosefectos: Se entiende por Queja: La referida al funcionamiento de los servicios prestados a los asegurados por El ASEGURADOR y presentadas por tardanzas, desatenciones o cualquier otro tipo de actuación que se observe en el funcionamiento de la entidad. SeentiendeporReclamación:Lapresentadaporlosasegurados,quepongandemanifiesto,conlapretensióndeobtenerla restitucióndesuinterésoderecho,hechosconcretosreferidosaaccionesuomisionesdelacompañía,queasuentender, suponganparaquienlasformulaunperjuicioparasusinteresesoderechosporincumplimientodecontratos,delanormativa detransparenciayproteccióndelaclientelaodelasbuenasprácticasyusos. CasodequelaresoluciónemitidapornuestroServiciodeAtenciónalCliente,nocontemplaralasexpectativasdelreclamante, onoseefectuaseenelplazodedosmesesantesmencionado,lamismapodráformularsenuevamenteanteelcomisionado paraladefensadelcliente,organismoadscritoaladireccióngeneraldesegurosyfondosdepensiones. Elabajofirmantereconocehaberrecibido,enestamismafecha,porescritoyprevioalafirmadelContrato,todalainformaciónrequeridaen elartículo104delreglamentoquedesarrollalaleydeordenaciónysupervisióndelossegurosprivados. LeídoyconformeporelTomadordelSeguro,quienaceptaexpresamentelascláusulaslimitativasyexcluyentes,contenidasenlas CondicionesGenerales,ParticularesyEspecialesdeestapóliza. CIA.EUROPEADESEGUROS,S.A. ELCONTRATANTE AutorizadoporR.O.de3deenerode1923 Inscripción1ªenelRegistroMercantildeMadrid DomicilioSocial:Avda.delaVega,24 el6vii Alcobendas(MADRID) Hoja4890.Folio180Tomo141 Tel Fax: LibrodeSociedades europea@europeadeseguros.com

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