MINISTERIO DE HACIENDA y FUNCIÓN ~I~BLICA
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- María Elena Rivas Páez
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1 MINISTERIO DE HACIENDA y FUNCIÓN ~I~BLICA ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA PRÓRROGA PARA 2018 DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL ANO 2017, SE FORMALIZA LA DISTRIBUCIÓN POR DEPARTAMENTOS MINISTERIALES Y SE APRUEBAN MEDIDAS PARA REFORZAR LA EFICACIA DE LA GESTIÓN DEL GASTO PÚBLICO La Constitución española dispone en su artículo 134, apartado 4, que si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos. El artículo 38 de la Ley , de 26 de noviembre, General Presupuestaria, precisa que la prórroga del presupuesto no afectará a los créditos para gastos correspondientes a actuaciones que terminen en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan y para obligaciones que se extingan en el mismo. Asimismo prevé que la estructura orgánica del presupuesto prorrogado se adapte, sin alteración de la cuantía total, a la organización administrativa en vigor en el ejercicio en que el presupuesto deba ejecutarse. Respecto a esta Última cuestión, los Reales Decretos por los que se desarrollan las estructuras orgánicas básicas de los Departamentos Ministeriales dictados en desarrollo del Real Decreto , de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, han introducido modificaciones de la estructura organizativa de la Administración General del Estado, lo que hace necesario introducir cambios en la distribución de los créditos contenidos en el Presupuesto, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria. Dentro del compromiso del Gobierno con la sostenibilidad fiscal y financiera de las administraciones públicas españolas se adoptan en este Acuerdo medidas de gestión del gasto para garantizar que, en el escenario de Prórroga de los Presupuestos del Estado 2017 para 2018, se cumpla plenamente con el objetivo de estabilidad y la regla de gasto aprobados por Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de julio de 2017, en coherencia asimismo con el Plan Presupuestario del Reino de España de 16 de octubre remitido a la Unión Europea.
2 Del mismo modo, con el fin de evitar una elevada ejecución de los créditos presupuestarios antes de la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 se establecen determinados controles en la ejecución del gasto. En su virtud, se somete al Consejo de Ministros la adopción del presente ACUERDO PRIMERO. El Presupuesto del Estado que se prorroga para 2018 es el resultado de disminuir el Presupuesto inicial de 2017 en la cantidad de ,43 miles de euros, correspondientes a gastos que finalizan en dicho ejercicio de acuerdo con la distribución que se recoge en el Anexo l. Los Presupuestos de los Organismos Autónomos que se prorrogan para 2018 son el resultado de disminuir los Presupuestos iniciales de 2017 en la cantidad de ,53 miles de euros, correspondientes a gastos que finalizan en dicho ejercicio de acuerdo con la distribución que se recoge en el Anexo II. Los presupuestos del resto de entidades del Sector Público Estatal que integran los Presupuestos Generales del Estado se prorrogan en sus propios términos, a excepción de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y de la calidad de los servicios, que ha sido disuelta en virtud de lo establecido en el Real Decreto , de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto , de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura ~rgánica básica de los departamentos ministeriales, y cuyos créditos han sido integrados en el Ministerio de Hacienda y Función Pública. SEGUNDO. Como consecuencia de los Reales Decretos por los que se desarrolla la estructura ~rgánica básica de los Departamentos Ministeriales dictados en desarrollo del Real Decreto , de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, se introducen en el presupuesto prorrogado para 2018 las redistribuciones de créditos que se recogen en el Anexo l.
3 TERCERO. Como resultado de lo establecido en los apartados anteriores el presupuesto prorrogado del Estado para 2018 asciende a ,81 miles de euros con la distribución por capítulos y Departamentos que se recoge en el Anexo III. CUARTO. Durante el período de prórroga serán de aplicación las normas sobre modificación y ejecución de créditos presupuestarios contenidas en la Ley , de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año QUINTO. Las modificaciones presupuestarias que determine el Ministerio de Hacienda y Función Pública realizadas durante la vigencia de esta prórroga tendrán efectividad, en su caso, en los Presupuestos Generales del Estado para el año Las modificaciones se aplicarán según la estructura presupuestaria incorporada a los estados de ingresos y gastos que determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año SEXTO. Durante 2018 el libramiento de las transferencias de la Administración del Estado, tanto corrientes como de capital, para financiar globalmente la actividad del Servicio Público de Empleo Estatal requerirá un informe previo favorable del Ministerio de Hacienda y Función Pública sobre su adecuación a las necesidades financieras derivadas de la ejecución del presupuesto del Organismo Autónomo. SEPTIMO. Las entidades que tienen presupuesto limitativo y que prevean que sus ingresos, incluidos los derivados del endeudamiento financiero, puedan ser inferiores a los establecidos en sus respectivos presupuestos iniciales para 2017, deberán comunicar este aspecto a la Dirección General de Presupuestos y remitir los correspondientes certificados de retención de crédito de las partidas en las que se tengan que aplicar dichas retenciones de crédito. La Dirección General de Presupuestos remitirá dichos certificados a la Intervención General de la Administración del Estado a efectos de poder realizar el control correspondiente.
4 OCTAVO. 1) Los departamentos ministeriales remitirán al Ministerio de Hacienda y Función Pública un calendario semestral en el que se recogerán todas las actuaciones que tengan previsto iniciar y que impliquen la realización de alguno de los siguientes gastos : a) Subvenciones de concesión directa. b) Convenios y adendas a convenios previos que no hayan sido suscritos antes del 1 de enero de c) Créditos gestionados por las Comunidades Autónomas de acuerdo con lo establecido en el articulo 86 de la Ley , de 26 de noviembre, General Presupuestaria. d) Cuotas o aportaciones a organismos internacionales. 2) Se presentará un calendario relativo al primer semestre del año antes del 31 de enero de 2018, y otro relativo al segundo semestre del año antes del 30 de junio de Los calendarios deberán recoger, en todo caso, las fechas ciertas o, en su caso, aproximadas en las que deberían reconocerse las obligaciones derivadas de las citadas actuaciones. En el caso de las cuotas o aportaciones a organismos internacionales deberá especificarse además, si tienen carácter obligatorio y10 voluntario, y aportar información sobre el origen de dichas operaciones. 3) El calendario deberá ser aprobado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública. No se podrá iniciar la tramitación de los correspondientes expedientes de gasto que no estuvieran incluidos en el calendario aprobado. NOVENO. 1.- Desde el 1 de enero de 2018 y hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales para el año 2018, los órganos de los departamentos ministeriales, de sus organismos autónomos, de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social así como del resto de entidades con presupuesto limitativo, no podrán iniciar la tramitación de nuevos expedientes de gasto imputables a los capítulos 4, 6, 7 y 8 de los correspondientes presupuestos, con excepción de las transferencias de capítulo 4 destinadas a financiar pensiones, clases pasivas y desempleo, ni aprobar ni comprometer nuevos gastos de expedientes ya iniciados con cargo a los citados capítulos, cuando la suma del importe del gasto aprobado con cargo al ejercicio 2018 y del importe objeto de aprobación del nuevo
5 5 expediente haya alcanzado el 50% del crédito inicial del presupuesto prorrogado a que corresponda la operación a nivel de vinculación y se supere el 50% del importe inicial del capítulo del presupuesto prorrogado a que corresponda la operación en cada departamento ministerial, organismo autónomo, entidad gestora y servicio común de la Seguridad Social y resto de entidades con presupuesto limitativo A efectos del adecuado cumplimiento y seguimiento de esta medida, los centros gestores responsables deberán ir remitiendo a las Oficinas de Contabilidad los documentos contables correspondientes, de forma inmediata una vez aprobados los actos de aprobación y compromiso por el órgano competente. En caso de iniciarse nuevos expedientes o continuar la tramitación de los ya iniciados para su aprobación o compromiso, el servicio gestor competente solicitará, una vez realizada la apertura definitiva del ejercicio, la certificación del cumplimiento del citado límite a la oficina de contabilidad o, en su caso, al propio sistema de información contable para su incorporación al respectivo expediente. 3.- Solo por causas excepcionales debidamente justificadas, el Ministerio de Hacienda y Función Pública podrá autorizar la tramitación de expedientes una vez superado el límite indicado en el apartado 1. A estos efectos el Ministerio de Hacienda y Función Pública tendrá en consideración que la autorización del expediente de gasto correspondiente no conlleve superar en el nivel de ejecución de DÉCIMO. Modificación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, por el que se da aplicación a la previsión de los artículos 152 y 147 de la Ley General Presupuestaria, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisito básicos. Se modifica el apartado Primero del Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, por el que se da aplicación a la previsión de los artículos 152 y 147 de la Ley , de 26 de noviembre, General Presupuestaria, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, al que se añaden un punto 4, un punto 5 y un punto 6, con la siguiente redacción: "4. Con vigencia hasta la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, que la actuación está incluida en el calendario aprobado por el Ministerio de Hacienda y Función Pública en aquellos tipos de gasto a que se refiere el apartado OCTAVO
6 del Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la Prórroga para 2018 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, se formaliza la distribución por Departamentos Ministeriales y se adoptan medidas para reforzar la eficacia de la gestión del gasto público. 5. Con vigencia desde el 1 de enero de 2018 y hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 que, en su caso, en los expedientes de aprobación y compromiso de gasto a que se refiere el apartado NOVENO del Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la Prórroga para 2018 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, se formaliza la distribución por Departamentos Ministeriales y se adoptan medidas para reforzar la eficacia de la gestión del gasto público, no se supera el limite establecido en el citado apartado NOVENO. 6. Con vigencia desde el 1 de enero de 2018 y hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 que, en su caso, existe autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública para la aprobación y compromiso de gasto a que se refiere el apartado NOVENO del Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la Prórroga para 2018 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, se formaliza la distribución por Departamentos Ministeriales y se adoptan medidas para reforzar la eficacia de la gestión del gasto público." UNDÉCIMO. El Ministerio de Hacienda y Función Pública aprobará las Instrucciones que desarrollen los procedimientos y documentación a remitir en desarrollo de este Acuerdo de Consejo de Ministros. Madrid, 29 de diciembre de LO-& ~k MINISTROS ELEVESE AL CONSEJO DE MINISTROS PUBLICA del día LA MlN DIC SECRETARIA Cristóbal Montoro Romero
7 ANEXO I DlSTRlBUClON POR SECCIONES DE LA PRORROGA DEL PRESUPUESTO 2017 PARA 2018 (En miles de euros) SECCION PPTO. INICIAL ELIMINACIONES REORGANIZACIONES PPTO. PRORROGADO 01.- Casa de S.M el Rey , Cortes Generales , Tribunal de Cuentas , Tribunal Constitucional , Consejo de Estado , , Deuda Pública , , Clases Pasivas , , Consejo General del Poder Judicial , , Asuntos Exteriores y de Cooperación , , Justicia , , Defensa , , Hacienda y Función Pública , Interior , , Fomento , , Educación, Cultura y Deporte , Empleo y Seguridad Social ,O , ,Ol 20.- Energía, Turismo y Agenda Digital ,62 14, , Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente , , , Presidencia y para las Administraciones Territoriales , , Sanidad. Servicios Sociales e Igualdad , Economía, Industria y Competitividad ,85 20,OO , Gastos de Diversos Ministerios , Otras Relac. Financ. Entes Tenit , , Fondos de Compensación lntertenitorial Relaciones Financieras con la Unión Europea ,OO ,OO 35.- Fondo de Contingencia ,OO Sistemas de Financiación de Entes Tenitoriales , ,67 IMPORTE TOTAL ,
8 ANEXO II DlSTRlBUClON POR ORGANISMOS AUTÓNOMOS DE LA PRORROGA DEL PRESUPUESTO 2017 PARA 2018 (En miles de euros) PPTO. SECCION I ORGANISMO AUT~NOMO PPTO. INICIAL ELIMINACIONES PRORROGADO Centro de Estudios Jurídicos , , Mutualidad General Judicial , ,64 13 Ministerio de Justicia , , Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas , Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa , , Instituto Social de las Fuerzas Armadas ,02 14 Ministerio de Defensa , , Instituto de Estudios Fiscales , , Instituto Nacional de Administración Pública , Comisionado para El Mercado de Tabacos , Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado , , Parque Móvil del Estado , ,07 15 Ministerio de Hacienda y Función Pública , , Jefatura de Tráfico , , Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado , ,91 16 Ministerio del Interior , , Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas , Centro Nacional de Información Geográfica 8.713, Ministerio de Fomento , , Universidad Internacional Menéndez Pelayo , , Servicio Español para la Internacionalización de la Educación , , Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales , , Biblioteca Nacional de España , , Gerencia de Infraestnicturas y Equipamientos , Consejo Superior de Deportes , Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música , Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación , ,11 18 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte , ,96
9 (En miles de euros) PPTO. SECCION I ORGANISMO AUTÓNOMO PPTO. INICIAL ELIMINACIONES PRORROGADO Servicio Publico de Empleo Estatal , , Fondo de Garantía Salarial , , Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo , Ministerio de Empleo y Seguridad Social ,64 120, , lnstituto para la Reestnicturación de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras , , Oficina Española de Patentes y Marcas , Instituto de Turismo de España , ,81 20 Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital , , Parques Nacionales , , Confederación Hidrográfica del Cantábrico , , Confederación Hidrográfica del Duero , Confederación Hidrográfica del Ebro , Confederación Hidrográfica del Guadalquivir Confederación Hidrográfica del Guadiana , Confederación Hidrográfica del Júcar , Confederación Hidrográfica del Miño-Sil , , Confederación Hidrográfica del Segura , , Confederación Hidrográfica del Tajo , , Mancomunidad de Los Canales del Taibilla , , Agencia de Información y Control Alimentarios , , Entidad Estatal de Seguros Agrarios , , Fondo Espatiol de Garantía Agraria , ,77 23 Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente , , Centro de Estudios Políticos y Constitucionales , Centro de Investigaciones Sociológicas , Consejo de Administración del Patrimonio Nacional , ,70 25 Ministerio de la Presidencia y para Las Administraciones Territoriales , ,34
10 SECCION I ORGANISMO AUTONOMO + PPTO. INICIAL lnstituto de la Juventud , Organización Nacional de Trasplantes 4.065, Real Patronato sobre Discapacidad 2.597, Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades , Consejo de la Juventud de España 1.742, Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad , lnstituto Nacional de Estadística , lnstituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas 8.389, Centro de Investigaciones Energéticas. Medioambientales y Tecnológicas , lnstituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria lnstituto Español de Oceanografía , lnstituto Geológico y Minero de España , lnstituto de Salud Carlos III , Centro Español de Metrología 8.272,16 27 Ministerio de Economía, Industria y Competitividad ,95 Total ,92 ELlMlNAClONES (En miles de eurosl PPTO. PRORROGADO
11 ANEXO III DlSTRlBUClON POR SECCIONES Y CAPITULOS DEL PRESUPUESTO PRORROGADO DEL ESTADO DE 2017 PARA 2018 (Miles de euros) SECCION Cap.l CaD.2 Cap.3 Cap.4 Cap.G m Cap.B TOTAL 01.- Casa de S.M el Rey 7.818, , Cortes Generales ,30 17, , , ,OO , Tribunal de Cuentas , ,71 8,OO 430,OO 135, , Tribunal Constitucional , ,23 788,63 601,O0 48,OO , Consejo de Estado ,96 121,38 9, , Deuda Pública OOO,OO , Clases Pasivas , , Consejo Gral. del Poder Judicial ,s ,18 576, , , Asuntos Exteriores y de Coop , ,57 181, , , , Justicia ,OO ,30 25, , ,06 512,30 613, , Defensa , , , , , , Hacienda y Función Pública , , , ,O , , Interior , , , ,26 67, , Fomento , , , , , ,60 300,OO , Educación, Cultura y Deporte , ,07 189, , , , Empleo y Seguridad Social , ,36 9, , , , ,OO ,Ol 20.- Energia, Turismo y Agenda Digital , , , , , , , Agricultura y Pesca, Al. y M. Amb ,OO , , , , , Presidencia y Admin. Territoriales , , , , , , Sanidad, Serv. Soc. e Igualdad , , , , Economía, Industria y Competiliv , , , , , ,59 1.O , Gastos de Diversos Ministerios , , ,OO ,OO 1.124, , Otras Relac. Financ. Entes Tenit , , Fondos de Compens. lnterterritorial ,OO ,OO 34.- Relac. Financieras Union Europea 9.000, ,OO ,OO ,OO 35.- Fondo de Contingencia ,OO 36.- Sistemas Financ. de Entes Territ , ,67 IMPORTE TOTAL
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