MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO APRUEBAN EL TUPA DEL CENTRO DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE CHICLAYO ORDENANZA MUNICIPAL N MPCH/A

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1 % UIT S/ PROCEDIMIENTOS 1 Presentación de la Declaracion Jurada para Formato 4101 y/o 4102, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Inscripción (Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular) Ley de Tributación Municipal, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF. Emisión Mecanizada de la Declaración Jurada 0.183% S/ Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante 2. Exhibición y presentación del último recibo de luz, agua o telefono del domiclio fiscal dentro de la jurisdicción. 3. En caso de representación de persona natural se deberá adjuntar copia del poder Código Tributario, TUO. aprobado por Decreto simple fedateado por la Entidad y copia fedateada de la vigencia de poder actualizada Supremo EF en caso de persona juridica. D. Leg. N Código Civil vigente Ley N Ley General de Sociedades Ley N Ley del Sistema Concursal Ley N Ley del Procedimiento Administrativo General - D.Leg. N En los casos de inscripción de predios, deberá exhibir el original y presentar copia autenticada por Fedatario CGT o legalizada ante Notario del documento sustentatorio de la adquisición. Según sea el caso de: 4.1 Compraventa: Escritura Publica de Compraventa, Minuta o Contrato con firmas legalizadas por Notario Público. 4.2 Permuta: Escritura Pública o Contrato de Permuta con firmas legalizadas por notario público de permuta. 4.3 Donación: Escritura pública de donación, o Anticipo de herencia. diversas medidas de simplificación 4.4 Herencia: Partida de defunción, declaratoria de herederos, sentencia o escritura. pública que señala la división y partición de los bienes. Decreto Supremo JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N 4.5 Remate: partes Judiciales o Acta y resolución judicial consentida o ejecutoriada fedateado o resolución administrativa de adjudicación consentida fedateado. Código Civil 4.6 Adquisiones por constitución o reorganización de empresas: Escritura Pública de Constitución, Dación en Pago, Aumento de Capitales, Fusión y/o Absorción de Empresas, Reestructuración Patrimonial. 4.7 Adjudicaciones administrativas:titulo de Propiedad o constancia de Posesión expedida por la Municipalidad Provincial de Chiclayo. 4.8 Otro documento válido legalmente que acredite la propiedad o posesión del bien, según sea el caso. Cuando resulte necesario se solicitará al administrado copia literal de dominio expedida por SUNARP. Para la liquidación del Impuesto de Alcabala por la adquisición de inmuebles, se deberá sujetarse a lo establecido en la Directiva correspondiente. 5. En los casos de inscripción de vehículos, deberá exhibir el original y presentar copia autenticada por fedatario del CGT de los siguientes documentos: 5.1 Tarjeta de Propiedad: Para el caso de la primera inscripción en el CGT. 5.2 Boleta informativa emitida por SUNARP. 5.3 Factura, boleta o póliza de importación. 5.4 Además, según sea el acto jurídico celebrado se adjuntarán los siguientes documentos: a. Por Compra-Venta, Permuta o Dación en Pago: Copia literal de dominio del vehiculo a inscribir. b. Por Anticipo de Legitima o Donación: Escritura Pública o Copia Literal de Dominio c. Por Sucesión Intestada: Escritura Pública, o Copia Literal de Dominio y Escritura Pública o Resolución Judicial debidamente consentida de la división y partición de bienes. d. Herencia: Partida de defunción, sucesión intestada, sentencia o escritura pública de división y partición de los bienes. e. Por Testamento: Según el Tipo de Testamento con las formalidades de Ley o Copia Literal de Dominio. f. Por Remate Público: Resolución Judicial o Administrativa de Transferencia. g. Por División y Partición: Escritura Pública cuando se trate de Bienes inscritos en Registros Públicos, en los demás casos, documento privado con firmas notarialmente legalizadas o Resolución Judicial que señale la división y partición de los bienes. h. Adquisiones por constitución o reorganización de empresas: Escritura Pública de Constitución, Dación en Pago, Aumento de Capitales, Fusión, escisión de Empresas, Reestructuración y/o Liquidación Patrimonial. i. Otro documento válido legalmente que acredite la propiedad o posesión del bien, según sea el caso. Cuando resulte necesario se solicitará al administrado copia literal de dominio expedida por SUNARP. 2 Presentación de la Declaracion Jurada para Formato 4101, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Inscripción (Impuesto Predial - Predio Omiso a la DDJJ) Emisión Mecanizada de la Declaración Jurada Ley de Tributación Municipal, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF. Código Tributario, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF D. Leg. N Código Civil vigente Ley N Ley General de Sociedades Ley N Ley del Sistema Concursal Ley N Ley del Procedimiento Administrativo General - D.Leg. N % S/7.40 Inspección Ocular 0.736% S/ Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante 2. Exhibición y presentación del último recibo de luz, agua o telefono del domiclio fiscal dentro de la jurisdicción. 3. En caso de representación de persona natural se deberá adjuntar copia del poder simple fedateado por la Entidad y copia fedateada de la vigencia de poder actualizada en caso de persona juridica. 4. En los casos de inscripción de predios, deberá exhibir el original y presentar copia autenticada por Fedatario CGT o legalizada ante Notario del documento sustentatorio de la adquisición. Según sea el caso de: 4.1 Compraventa: Escritura Publica de Compraventa, Minuta o Contrato con firmas legalizadas por Notario Público. 4.2 Permuta: Escritura Pública o Contrato de Permuta con firmas legalizadas por notario público de permuta. 4.3 Donación: Escritura pública de donación, o Anticipo de herencia.

2 4.4 Herencia: Partida de defunción, declaratoria de herederos, sentencia o escritura pública que señala la división y partición de los bienes. diversas medidas de simplificación. 4.5 Remate: partes Judiciales o Acta y resolución judicial consentida o ejecutoriada fedateado o resolución administrativa de adjudicación consentida fedateado. Decreto Supremo JUS, Texto Único 4.6 Adquisiones por constitución o reorganización de empresas: Escritura Pública de Constitución, Dación en Pago, Aumento de Capitales, Fusión y/o Absorción de Empresas, Reestructuración Patrimonial. % UIT S/ 4.7 Adjudicaciones administrativas:titulo de Propiedad o constancia de Posesión expedida por la Municipalidad Provincial de Chiclayo. 4.8 Otro documento válido legalmente que acredite la propiedad o posesión del bien, según sea el caso. Cuando resulte necesario se solicitará al administrado copia literal de dominio expedida por SUNARP. Para la liquidación del Impuesto de Alcabala por la adquisición de inmuebles, se deberá sujetarse a lo establecido en la Directiva correspondiente. 3 Presentación de la Declaracion Jurada de Formato 4101 y/o 4102, debidamente llenado con firma y/o huella digital. transferencia - Impuesto Predial o Impuesto al Patrimonio Vehicular, anterior a la vigencia del D. Leg. N 1246 (publicada el ) Derecho de Trámite 0.183% S/ Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante 2. Exhibición y presentación del último recibo de luz, agua o telefono del domiclio fiscal dentro de la jurisdicción. Ley de Tributación Municipal, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF. Código Tributario, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF D. Leg. N Código Civil vigente Ley N Ley General de Sociedades Ley N Ley del Sistema Concursal Ley N Ley del Procedimiento Administrativo General - D.Leg. N 1272 IMPUESTO PREDIAL 3. En los casos de descargo por transferencia, deberá exhibir el original y presentar copia autenticada por Fedatario CGT del documento sustentatorio que acredita la transferencia de propiedad. Según sea el caso de: 3.1 Por Compra-Venta, Permuta o Dación en Pago: Copia literal de dominio del vehiculo a inscribir. 3.2 Por Anticipo de Legitima o Donación: Escritura Pública o Copia Literal de Dominio 3.3 Por Sucesión Intestada: Escritura Pública, o Copia Literal de Dominio y Escritura Pública o Resolución Judicial debidamente confirmada de la división y partición de bienes. 3.4 Herencia: Partida de defunción, declaratoria de herederos, sentencia o escritura diversas medidas de simplificación pública que señala la división y partición de los bienes Por Testamento: Según el Tipo de Testamento con las formalidades de Ley o Copia Literal de Dominio. Decreto Supremo JUS, Texto Único 3.6 Por Remate Público: Resolución Judicial o Administrativa de Transferencia. 3.7 Por División y Partición: Escritura Pública cuando se trate de Bienes inscritos en Registros Públicos, en los demás casos, documento privado con firmas notarialmente legalizadas o Resolución Judicial que señale la división y partición de los bienes. 3.8 Adquisiones por constitución o reorganización de empresas: Escritura Pública de Constitución, Dación en Pago, Aumento de Capitales, Fusión y/o Absorción de Empresas, Reestructuración Patrimonial. 3.9 Otro documento válido legalmente que acredite la propiedad o posesión del bien, según sea el caso. Cuando resulte necesario se solicitará al administrado copia literal de dominio expedida por SUNARP. Para la liquidación del Impuesto de Alcabala por la adquisición de inmuebles, se deberá sujetarse a lo establecido en la Directiva correspondiente. IMPUESTO VEHICULAR 4. En los casos de descargo por transferencia, deberá exhibir el original y presentar copia autenticada por Fedatario CGT del documento sustentatorio que acredita la transferencia del Vehículo. Según sea el caso de: 4.1 Una copia del documento que acredite la transferencia de vehículo, debidamente certificado por Notario o Fedatario del CGT. 4.2 Otro documento válido legalmente que acredite la propiedad o posesión del bien, según sea el caso. Cuando resulte necesario se solicitará al administrado copia literal de dominio expedida por SUNARP. 4 Presentación de Declaración Jurada Formato 4105, debidamente llenado con firma y/o huella digital. rectificatoria que aumenta o mantiene la base imponible. Emisión Mecanizada de la Declaración jurada 0.738% S/ Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante - D.Leg. N Decreto Legislativo que. 2. En el caso de representación, presentar poder específico en documento público o - Art. 88 párrafo 5 del Código Tributario, TUO privado con firma legalizada ante notario o autenticada por fedatario del CGT. aprobado mediante Decreto Supremo N EF,y modificatorias. - Ley N Ley del Procedimiento 3. Exhibir original y presentar copia simple de los documentos sustentatorios de la Administrativo General - D.Leg. N 1272 rectificación realizada ( Declaratoria de Fábrica, Licencia de Construcción o - Decreto Supremo JUS, Texto Único Finalización de Obra). Ordenado de la Ley N 5 Presentación de Declaración Jurada rectificatoria que disminuye la base imponible. Formato 4105, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Emisión Mecanizada de la Declaración Jurada Debera presentarse hasta el último dia hábil del mes de febrero del ejercicio fiscal en - D.Leg. N Decreto Legislativo que que se desea realizarse la rectificación.. 1. Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante - Art. 88 párrafo 5 del Código Tributario, TUO aprobado mediante Decreto Supremo N EF,y modificatorias % S/29.90

3 - Ley N Ley del Procedimiento Administrativo General - D.Leg. N Decreto Supremo JUS, Texto Único 2. En el caso de representación, presentar poder específico en documento público o privado con firma legalizada ante notario o autenticada por fedatario del CGT. 3. Exhibir original y presentar copia autenticada por fedatario del CGT de los documentos sustentatorios de la rectificación realizada. % UIT S/ 6 Actualización y/o Modificación de la Formato 4106, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Declaración del Domicilio Fiscal del Contribuyente y otros. Ley de Tributación Municipal, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF. 1.- Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante 0.183% S/7.40 Código Tributario, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF Ley N Ley del Procedimiento Administrativo General - D.Leg. N 1272 diversas medidas de simplificación. 2.- Exhibirypresentar elúltimo recibo de luz,agua, teléfono o cable del domicilio del propietario. 3.- Copia autenticada por fedatario del CGT de los documentos que acrediten la modificación de los datos del contribuyente. Decreto Supremo JUS, Texto Único 7 Solicitud de Rectificación de Determinación de Arbitrios Municipales. Formato 4105, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Ley de Tributación Municipal, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF. Ley N Ley del Procedimiento Administrativo General - D.Leg. N 1272 Código Tributario, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF Ordenanza Municipal para la determinación de arbitrios municipales vigente Emisión Mecanizada de la Declaración jurada 0.183% S/ Copia fedateada del documento de propiedad (minuta o contrato de compra venta, escritura pública, ficha registral, etc.) 2.-Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante 8 Solicitud de Rectificación de Determinación de Arbitrios a través de Inspección de Inmuebles Base legal -Ley de Tributación Municipal, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF. -Ley N Ley del Procedimiento Administrativo General - D.Leg. N Código Tributario, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF -Ordenanza Municipal para la determinación de arbitrios municipales vigente Formato 4105, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Inspección Ocular (Obligatorio) % S/ Copia autenticada del documento de propiedad (minuta o contrato de compra venta, escritura pública, ficha registral, etc.) 2.- Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante -Decreto Supremo JUS, Texto Único 9 Fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias. Base legal Ley de Tributación Municipal, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF. Solicitud de Fraccionamiento de Deuda Tributaria y no Tributaria 1. Presentar solicitud según formato proporcionado por el CGT, debidamente suscrito por el deudor tributario o no tributario, tercero legitimado o representante de ser el caso. 2. Actualizar el domicilio fiscal, real o legal en caso haya variado. 3. Cancelar la cuota inicial del fraccionamiento correspondiente. 4. En caso el trámite fuera presentado por un representante, adjuntar poder simple y especifico que acredite la calidad de representante % S/25.80 Ley N Ley del Procedimiento Administrativo General - D.Leg. N 1272 Código Tributario, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF Reglamento de fraccionamiento tributario y no tributario del CGT vigente. Decreto Supremo JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N Decreto Supremo JUS, Texto Único 5. En caso la deuda materia de acogimiento registre medio impugnatorio o solicitudes no contenciosas ante órgano distinto al CGT, se debe adjuntar copia certificada o autenticada por fedatario del CGT, del cargo de recepción del escrito de desistimiento de la pretensión presentado ante el órgano correspondiente. 6. Si la deuda acogida se encuentra en cobranza coactiva, debera aplicarse a lo dispuesto por el reglamento de fraccionamiento vigente 7. Cuando la deuda sea superior a 10 UITs vigente a la fecha de solicitud de fraccionamiento, se requerirá el otorgamiento de garantías. a) Carta Fianza. b) Hipoteca de primer o segundo rango. Se aceptará rangos posteriores, siempre que el SAT tenga a su favor los precedentes. c) Prenda con entrega jurídica, de bien identificable que permita diferenciarse de los otros objetos de su misma especie. Nota: El administrado debe tener en consideración: 1) No registrar cuotas vencidas impagas de otros fraccionamientos de la misma naturaleza en los últimos doce (12) meses. 2) No registrar en los últimos doce (12) meses otros fraccionamientos de la misma naturaleza respecto de los cuales haya operado la pérdida por falta de pago.

4 10 Reestructuración de Convenios de deuda tributaria y no tributaria. 1.- Derecho de Trámite de la anulación y reestructuración de convenios de deuda tributaria y no tributaria Reglamento de Fraccionamiento y aplazamiento 2.- Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante de pagos de la Entidad y TUO del Código legal o del Cónyuge que representa a la Sociedad Conyugal, según corresponda. En el Tributario aprobado por Decreto Supremo EF y Modificatorias Ley N Ley del Procedimiento Administrativo General - D.Leg. N 1272, Decreto Supremo JUS, Texto Único caso de no haber existido presentación de garantías, hasta antes de la reestructuración de la deuda, serán requeridas de conformidad con el Reglamento de Fraccionamiento. 3.- Copia autenticada por fedatario del CGT del último recibo de servicios (luz, agua, telefonía fija, recibo por cable, cuya fecha de pago se encuentre comprendida en el último mes) % S/ Recurso de Reclamación. Formulario 4401, debidamente llenado con firma y/o huella digital. TUO del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo EF y Modificatorias Ley N Ley del Procedimiento Administrativo General - D.Leg. N 1272, Decreto Supremo JUS, Texto Único a) Exhibición del documento de identidad, nombres y apellidos o denominación o razónsocial,númerodedocumentodeidentidadonúmeroderucdelrecurrenteyde su representante, de ser el caso. b) Domicilio del recurrente. c)firmaohuelladigital(encasodenosaberfirmaroestarimpedido)delrecurrenteo representante, de ser el caso. d) Nombre, número de registro y firma de abogado hábil que autoriza el escrito. 2. En caso el trámite fuera presentado por un representante, adjuntar documento que acredite la representación. 3. En caso de reclamación parcial contra resolución de determinación y de multa, efectuarelpagodelapartenoreclamadaactualizadahastalafechaenqueserealice el pago. 4. En caso de reclamación contra orden de pago, efectuar el pago de la deuda reclamada, actualizada. 5. En caso de reclamación extemporánea de la Resolución de Determinación o de Multa, efectuar el pago de la totalidad de la deuda que se reclama, actualizada hasta la fecha de pago o presentar carta fianza bancaria o financiera por el monto de la deuda actualizada hasta por nueve (09) meses posteriores a la fecha de interposición del recurso, con una vigencia de nueve (9) meses, debiendo renovarse por períodos similares dentro del plazo que señale la Administración. 6. En caso de reclamación contra la denegatoria de la solicitud de devolución, indicar número de resolución denegatoria. 7. En caso de reclamación contra la denegatoria ficta de solicitud no contenciosa, indicar el número de expediente de presentación de la solicitud. 8. En caso de reclamación contra la Resolución que declara la pérdida del fraccionamiento deberá indicar número de la resolución de pérdida. 12 Descargo de papeletas de infracción del peatón Formulario 4403, debidamente llenado con firma y/o huella digital. y conductor. 1.- Escrito fundamentando el descargo suscrito por el infractor o propietario del vehículo o representante legal, de ser el caso. 2.- Exhibición del documento de identidad y copia simple de la Tarjeta de Identificación Vehicular. Decreto Supremo N MTC, y modificatorias. Administrativo General, Decreto Supremo JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N 3.- Copia autenticada por fedatario del CGT de los anexos y/o medios probatorios. Recurso de Apelación 1.- Escrito debidamente fundamentado, suscrito por el solictante o representante legal, y con nombre, firma y registro hábil de abogado que lo autoriza, señalando domicilio procesal dentro del radio urbano del distrito de Chiclayo. 2.- Copia autenticada por fedatario del CGT de los documentos que sustenten la Apelación. 13 Devolución de pagos y Compensación de deuda en materia tributaria. TUO del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo EF y modificatorias; Administrativo General. Decreto Supremo JUS, Texto Único Directiva del Procedimiento de Compensaciones, Devoluciones y Reimputaciones del CGT Derecho de Trámite A) Devolución de pagos 1) Exhibición del documento de identidad; nombres y apellidos o denominación o razónsocial,númerodedocumentodeidentidadonúmeroderucdelsolicitanteyde su representante, de ser el caso. 2) Domicilio del solicitante. 3) Indicar la obligación tributaria cancelada cuya devolución se requiere. 4)Firmaohuelladigital(encasodenosaberfirmaroestarimpedido)delsolicitanteo representante, de ser el caso. B) Compensación de deuda tributaria 1) Exhibición del documento de identidad, nombres y apellidos o denominación o razónsocial,númerodedocumentodeidentidadonúmeroderucdelsolicitanteyde su representante, de ser el caso. 2) Domicilio del solicitante. 3) Indicar la deuda tributaria a compensar, la misma que debe ser exigible y/o autorizar la compensación a deuda futura. 4)Firmaohuelladigital(encasodenosaberfirmaroestarimpedido)delsolicitanteo representante, de ser el caso. 2. En caso el trámite fuera presentado por un representante, adjuntar documento que acredite la representación. 14 Devolución de pagos indebidos no tributarios. 1. Presentar solicitud según formato proporcionado por el CGTconteniendo lo siguiente: % S/8.10

5 Directiva de Procedimientos de Compensaciones, Devoluciones y Reimputaciones del CGT 15 Prescripción de deudas tributarias TUO del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo EF y Modificatorias b) Domicilio del solicitante. a) Nombres y apellidos o denominación o razón social, número de documento de identidad o número de RUC del solicitante y de su representante, de ser el caso. b) Domicilio del solicitante. c) Indicar la obligación cuya devolución se solicita. d)firmaohuelladigital(encasodenosaberfirmaroestarimpedido)delsolicitanteo representante, de ser el caso. 1. Derecho de Trámite por la prescripcion de deudas tributarias 2. Presentar solicitud según formato proporcionado por el CGT conteniendo lo siguiente: a) Nombres y apellidos o denominación o razón social, número de documento de identidad o número de RUC del solicitante y de su representante, de ser el caso. c) Indicar la obligación tributaria cuya prescripción se requiere. d)firmaohuelladigital(encasodenosaberfirmaroestarimpedido)delsolicitanteo representante, de ser el caso. 16 Formulario 4403, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Prescripción de deuda en materia de tránsito 1. Derecho de Trámite por la prescripción de papeletas de tránsito % S/27.20 Decreto Supremo N MTC, y 2. Presentar solicitud según formato proporcionado por el CGT conteniendo: modificatorias a) Nombres y apellidos o denominación o razón social, número de documento de identidad o número de RUC del solicitante y de su representante, de ser el caso b) Domicilio del solicitante. c) Indicar la obligación cuya prescripción se invoca. d)firmaohuelladigital(encasodenosaberfirmaroestarimpedido)delsolicitanteo representante, de ser el caso.

6 17 Otras solicitudes no contenciosas tributarias TUO del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo EF y modificatorias. Ley de Tributación Municipal, TUO N EF. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO 1.- Derecho de Trámite por la Solicitud No Contenciosa % S/ Copia autenticada por fedatario del CGT de los documentos que sustenten la solicitud. 3.- Indicar petitorio con precisión % UIT S/ 18 Inafectación de Impuesto Predial y Exoneración de Arbitrios TUO del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo EF y modificatorias. D.Leg. N Decreto Legislativo que aprueba Ley de Tributación Municipal, TUO N EF. Ordenanza de determinación de arbitrios vigentes Formulario 4201, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Requisitos generales: 1. Solicitud simple, firmada por el solicitante o representante legal. 2. Exhibición de copia del documento de identidad del propietario o de su representante de ser el caso. 3. En el caso de representación, deberá presentar poder especial en instrumento público o privado con firma legalizada ante notario o autenticada por fedatario del CGT. Requisitos específicos: IMPUESTO PREDIAL 1. Gobierno Central b) Copia autenticada por Fedatario del CGT del documento que acredite pertenecer al gobierno central. 2. Gobierno Regional b) Copia autenticada por Fedatario del CGT del documento que acredite pertenecer al gobierno regional. 3. Gobiernos Locales b) Si es organismo descentralizado municipal adjuntar copia simple de la norma en la que se señale que pertenece al Gobierno Local. 4. Gobiernos Extranjeros en condición de reciprocidad b) Copia autenticada por Fedatario del CGT de la Constancia emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores que lo reconozca como gobierno extranjero en condición de reciprocidad. c) Declaración Jurada que señale que la totalidad del predio se encuentra destinado a residencia de sus representantes diplomáticos o al funcionamiento de oficinas dependientes de sus embajadas, legaciones o consulados. 5. Organismos Internacionales reconocidos por el gobierno b) Copia autenticada de la constancia emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores que lo reconozca como organismo internacional. c) Declaración jurada que señale que la totalidad del predio le sirve de sede. 6. Sociedades de Beneficencia b) Copia simple de la norma de creación. Inspección Ocular (Obligatorio) Persona Natural o Persona Jurídica 0.879% S/35.60 c) Declaración jurada que señale que la totalidad del predio no produce rentas y se encuentra destinado a sus fines específicos. 7. Entidades Religiosas b) Copia autenticada por Fedatario del CGT de la certificación emitida por el Arzobispado de Chiclayo (entidades católicas); o copia autenticada por Fedatario del CGT de la escritura pública de constitución (para entidades no católicas). 8. Entidades Públicas destinadas a prestar servicios médicos asistenciales c) Declaración jurada que señale que la totalidad del predio no produce rentas y se encuentra destinado a sus fines específicos. 9. Cuerpo General de Bomberos b) Declaración jurada que señale que la totalidad del predio no produce rentas y se encuentra destinado a sus fines específicos. 10. Universidades

7 b) Copia simple de la norma de creación; o copia legalizada por Notario Público o autenticada por Fedatario del CGT de la autorización provisional o definitiva expedida por CONAFU y/o SUNEDU, según sea el caso c) Declaración jurada que señale que la totalidad del predio no produce rentas y se encuentra destinado a sus fines específicos. 11. Centros Educativos b) Copia por Fedatario del CGT de la autorización de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación. c) Declaración jurada que señale que la totalidad del predio no produce rentas y se encuentra destinado a sus fines específicos. 12. Organizaciones Políticas a) Copiaautenticada por Fedatario del CGT del documento que acredite la propiedad b) Constancia original expedida por el Jurado Nacional de Elecciones que lo acredite como organización política. 13. Organizaciones de personas con discapacidad b) Resolución ejecutiva expedida por el CONADIS que lo reconozca como organización de personas con discapacidad. 14.Sindicatos b) Constancia expedida por el Ministerio de Trabajo que lo acredite como organización sindical. 15. Predios declarados monumentos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación por el INC. b)copiaautenticada porfedatariodelcgtdelaresoluciónexpedidaporelincque reconoce el predio como Patrimonio Cultural. c) Declaración jurada que señale que la totalidad del predio es dedicado a casa habitación o dedicado a sede de instituciones sin fines de lucro; o Resolución Municipal que lo declare inhabitable. % UIT S/ ARBITRIOS MUNICIPALES 1.Municipalidad Provincial, distrital y/u Organismos descentralizados que la conforman b) Si es organismo descentralizado municipal adjuntar copia simple de la norma de creación que le otorga dicha calidad. 2. Gobiernos Extranjeros b) Constancia emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores que lo reconozca como gobierno extranjero en condición de reciprocidad. c) Declaración Jurada que señale que la totalidad del predio se encuentra destinado a residencia de sus representantes diplomáticos o al funcionamiento de oficinas dependientes de sus embajadas, legaciones o consulados. 3. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú 4. Entidades Religiosas b) Copia autenticada por Fedatario del CGT de la certificación emitida por el Arzobispado de Chiclayo(entidades católicas); o copia legalizada por Notario Público o autenticada por Fedatario del CGT de la escritura pública de constitución (para entidades no católicas). c) Declaración Jurada que señale que el predio se destina a templo, convento, monasterio o museo. Acreditación dada por el Gobierno Central, Gobierno Regional, Gobierno Local, Gobiernos Extrajeros con Reciprocidad. Organismos Internacionales reconocidos por el Gobierno, INC, CONADIS, Ministerios del Estado, J.N.E(Organizaciones Póliticas), Iglesia. 19 Solicitud de deducción de 50 UITs de base Formato 4402, debidamente llenado con firma y/o huella digital. imponible del Impuesto Predial: 1.- Inspección Ocular (Obligatorio) % S/35.10 a) Pensionista Para Pensionista a) Copia autenticada por fedatario del CGT de la Resolución o Constancia de pensionista. b)copiaautenticadaporfedatariodelcgtdelapartidadematrimonioencasodeser Art. 19 de la Ley de Tributación Municipal, TUO sociedad conyugal. aprobado por Decreto Supremo N EF c) Copia autenticada por fedatario del CGT de las dos Ultimas boletas de pago d) Copia autenticada por fedatario del CGT del docuemento que acredite la propiedad e) Búsqueda de indice de predio otorgada por la SUNARP. f) Declaración Jurada de Ingreso que no superen 1 UIT g) Copia autenticada por fedatario del CGT de la Licencia de Funcionamiento, en caso de tener uso parcial del inmueble con fines productivos, comerciales y/o profesionales. b) No Pensionista Para no Pensionista a) Exhibición del documento de identidad b)copiaautenticadaporfedatariodelcgtdelapartidadematrimonioencasodeser Art. 19 de la Ley de Tributación Municipal, TUO sociedad conyugal. aprobado por Decreto Supremo N EF c) Copia autenticada por fedatario del CGT del docuemento que acredite la propiedad

8 d) De percebir ingresos presentar las dos ultimas boletas, recibos por honorarios y/o la declaración jurada anual de impuesto a la renta del ejercicio anterior e) Búsqueda de indice de propiedad otorgada por la SUNARP f) Declaración Jurada de Ingreso que no superen 1 UIT Ley N Ley de la persona adulta mayor g) Copia autenticada por fedatario del CGT de la Licencia de Funcionamiento, en caso D.S. N EF, Decreto Supremo que de tener uso parcial del inmueble con fines productivos, comerciales y/o profesionales. establece disposiciones para la aplicación de la deducción de la base imponible predial en caso de personas adultas mayores no pensionistas % UIT S/ 20 Inafectación de Impuesto al Patrimonio Formulario 4201, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Vehicular e Impuesto de Alcabala Derecho de Tramite 0.879% S/35.60 Requisitos generales: 1. Solicitud simple, firmada por el solicitante o representante legal. 2. Exhibición del documento de identidad, nombres y apellidos o denominación o razón social, número de documento de identidad o número de RUC del recurrente y de su representante, de ser el caso. 3. En el caso de representación, deberá presentar poder especial en instrumento público o privado con firma legalizada ante notario o autenticada por fedatario del CGT. Ley de Tributación Municipal, TUO N

9 Ley de Tributación Municipal, TUO N EF. ESPECÍFICOS IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR 1. Gobierno Central a) a) Copia autenticada por Fedatario del CGT del documento que aacredite la propiedad del vehículo. b) Copia simple de la Tarjeta de Identificación vehicular. que acredite pertenecer al gobierno central. 2. Las Regiones del vehículo. b) Copia simple de la Tarjeta de Identificación vehicular que acredite pertenecer al gobierno regional. 3. Municipalidades a) Copia autenticada por Fedatario del CGT de la Tarjeta de Identificación vehicular. % UIT S/ b) Si es organismo descentralizado municipal adjuntar copia simple de la norma en la que se señale pertenecer al Gobierno Local. 4. Gobiernos Extranjeros a) Copia autenticada por Fedatario del CGT de la Tarjeta de Identificación vehicular a nombre del gobierno extranjero. b)documento enelqueconste laacreditación enelperúemitida porelministeriode Relaciones Exteriores. 5.Organismos Internacionales a)copia autenticada porfedatariodelcgtdelatarjetadepropiedaddelvehículo a nombre del organismo internacional. b)documento enelqueconste laacreditación enelperúemitida porelministeriode Relaciones Exteriores. 6. Entidades religiosas a) Copia autenticada por Fedatario del CGT dela tarjeta de propiedaddel vehículo a nombre de la entidad religiosa. b) Copia autenticada por Fedatario del CGT de la certificación emitida por el Arzobispado de Chiclayo(entidades católicas); o copia legalizada por Notario Público o certificada por Fedatario del CGT de la escritura pública de constitución (para entidades no católicas). 7. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú a) Copiaautenticada por Fedatario del CGT de la Tarjeta de Identificación Vehicular a nombre del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. 8. Universidades a) Copia autenticada por Fedatario del CGT dela tarjeta de propiedaddel vehículo a nombre de la Universidad. b) Copia autenticada de la norma de creación; o copia legalizada por Notario Público o autenticada por Fedatario del CGT de la autorización provisional o definitiva expedida por CONAFU y/o SUNEDU según sea el caso. 9. Centros Educativos a) Copia autenticada por Fedatario del CGT dela tarjeta de propiedaddel vehículo a nombre del Centro Educativo. b) Copia lautenticada por Fedatario del CGT de la autorización de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación. 10. Personas Jurídicas cuyos vehículos no forman parte de su activo fijo. a) Declaración jurada que señale que los vehículos no forman parte de los activos fijos. b) Copia autenticada por Fedatario del CGT de la Escritura Pública de constitución de la empresa (giro comercialización de vehículos). 11.Vehículos nuevos de Pasajeros con antigüedad no mayor de 3 años de propiedad de las personas jurídicas o naturales debidamente autorizadas. a) Copia autenticada por Fedatario del CGT de la tarjeta de propiedad. b) Copia legalizada por Notario Público o autenticada por Fedatario del CGT de la tarjeta de circulación vigente del vehículo otorgada por la DMTU. IMPUESTO DE ALCABALA Entidades Inafectas 1.Gobierno Central b) Copia del documento que acredite pertenecer al gobierno central. 2. Regiones b) Copia del documento que acredite pertenecer al gobierno regional. 3. Municipalidades b) Si es organismo descentralizado municipal adjuntar copia simple de la norma de creación. 4. Gobiernos Extranjeros b) Constancia emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores que lo reconozca como gobierno extranjero. 5. Organismos Internacionales reconocidos por el Estado b) Constancia emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores que lo reconozca como organismo internacional. 6. Entidades Religiosas b) Copia autenticada por Fedatario del CGT de la certificación emitida por el Arzobispado de Chiclayo(entidades católicas); o copia legalizada por Notario Público o certificada por Fedatario del CGT de la escritura pública de constitución (para entidades no católicas). 7. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú b) Declaración jurada que señale que la totalidad del predio no produce rentas y se encuentra destinado a sus fines específicos. 8. Universidades

10 b) Copia simple de la norma de creación o copia legalizada por Notario Público o autenticada por Fedatario del CGT de la autorización provisional o definitiva expedida por CONAFU. 9. Centros Educativos b) Copia autenticada por Fedatario del CGT de la autorización de funcionamiento expedida por el Ministerio de Educación - DRE. % UIT S/

11 21 Tercería de Propiedad para el caso de deudas tributarias y no tributarias. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO Derecho de Tramite 0.943% S/ Escrito fundamentado por el Tercerista o su representante legal, señalando el nombre, domicilio fiscal o procesal del tercerista con firma de Abogado. D.S. N JUS de la Ley Ley del 2. -Copia autenticada por Fedatario del CGT del documento Privado de fecha cierta, Procedimiento de Ejecución Coactiva, Art. 20 y documento público u otro documento donde acredite fehacientemente la propiedad del 36 bien antes de haberse trabado la medida cautelar (original y copia certificada por el auxiliar coactivo respectivo, tratandose de documentos emitidos por el poder judicial, o autentificada notarialmente o certificada por fedatario del CGT D. Leg. N Código Procesal Civil (Referente a tercería de Propiedad) % UIT S/ CG 22 Solicitudes de Suspensión del procedimiento 1.- Derecho de Trámite 1.128% S/45.70 de Ejecución Coactiva 2.- Escrito del Interesado que consigne la suspension del procedimiento coactivo con firma de abogado en el expediente. La información que deberá consignarse en el escrito es la siguiente: D.S. N JUS de la Ley Ley del a).-nombre y apellidos o razón social. Procedimiento de Ejecución Coactiva, Art. 16 y 31 b).-exhibición del documento de identidad del obligado, infractor o propietario del vehículo y/o de su representante, de ser el caso. c).-domicilio real o procesal cierto y existente del solicitante dentro del radio urbano de la Provincia de Chiclayo. d).-indicar causal de suspensión prevista en los Art. 16 y 31 D.S. N JUS de la Ley Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva e).-número de expediente de ejecución coactiva, de resolución de ejecución coactiva de papeleta, de resolución de sanción y el de placa del vehículo, según corresponda. f).-firma del solicitante y/o representante legal, de ser el caso. 23 g).- firma y sello del letrado Exhorto por Notificación o por Embargo 1.- Derecho de Trámite por solicitar el exhorto: 0.664% S/ Oficio suscrito del Titular de la entidad solicitante con firma de abogado. D.S. N JUS de la Ley Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva. 3.- Exhorto 4.- Identificación del depositario de los bienes 5.- Copia del documento que acredite el nombramiento del ejecutor coactivo. 6.- Copia del documento que acredite el nombramiento del auxiliar coactivo. 7.- Copia autenticada por la Municipalidad o Entidad ejecutante del cargo de notificación del documento que contiene la obligación. 8.- Copia autenticada por la Municipalidad o Entidad ejecutante del cargo de notificación de la resolución que inicia el procedimiento de ejecución coactiva 9.- Original de la Resolución que ordena la medida de coerción. 24 ACCESO A LA INFORMACIÓN QUE POSEA O PRODUZCA EL CENTRO DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE CHICLAYO -CGT 1. Presentar solicitud dirigida al funcionario designado de dar la informacion solicitada (cuya designación se encuentra publicada en el portal web de la Entidad), consignando lo siguiente: (ver Nota Final 3). Decreto Supremo PCM y a) Nombres y apellidos o denominación o razón social, número de documento de modificatorias, norma que dispone que las identidad o número de RUC del solicitante y de su representante, de ser el caso y entidades del Sector Público incorporen en sus número de teléfono. TUPA un procedimiento para facilitar a las personaselacceso alainformación queposeano b) Domicilio del solicitante o correo electrónico, de ser el caso; en este último supuesto produzcan, Art. 1, publicado el 27/02/2001. el administrado deberá indicar su consentimiento para que la entidad pueda responder el pedido de información o remitir cualquier otra comunicación al correo electrónico Decreto Supremo PCM y señalado en su solicitud. modificatorias, TUO de la Ley N 27806, Ley de c)firmaohuelladigital(encasodenosaberfirmaroestarimpedido)delsolicitanteo Transparencia y Acceso a la Información Pública, representante, de ser el caso. Arts. 11 y 20, publicado el 24/04/2003. d) Expresión concreta y precisa del pedido de información. Decreto Supremo PCM y e) Medio en que se requiere la información(copia simple, copia certificada, CD, correo odificatorias, Reglamento de la Ley N 27806, Ley electrónico, etc.). de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Arts. 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16, 2. En caso el trámite fuera presentado por un representante, adjuntar copia publicado el 07/08/2003. autenticada por fedatarío del CGT del documento que acredite la representación (Ver Nota Final 4). 3. Pago del costo de reproducción, el cual será comunicado mediante los medios de notificación aprobados por Ley, luego que la entidad haya verificado la procedencia del otorgamiento de la información solicitada, y efectuado la correspondiente liquidación. a) Pago por copia simple (unidad) 0.00% 0.10 b) Pago por copia autenticada (unidad) 0.00% 0.10

12 c) Pago por CD (unidad) 0.05% 2.00 d) Por correo electrónico GRATUITO GRATUITO

13 % UIT S/ SERVICIOS 1 Solicitud de Constancia de Registro de Formato 4402, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Propiedad Predial y Vehicular. Emisión de la Constancia % S/ Presentacion de la solicitud por tramite documentario Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante 2 Solicitud de Duplicado de Declaración Jurada por Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Emisión Mecanizada de la Declaración jurada 0.375% S/15.20 Vehicular. 1. Exhibición y presentación del documento de identidad del propietario o de su representante de ser el caso. -Ley N Ley del Procedimiento 3 Certificación de Copias de Documentos 1.- Presentar documentos originales y copias simples de los mismos. 0.03% S/1.40 Originales a Utilizarse en el CGT. - Ley N Ley del Procedimiento - D.Leg. N Decreto Legislativo que 4 Constancia de Registro de Contribuyente - Reporte de Pagos Formato 4402, debidamente llenado con firma y/o huella digital. 1. Constancia de Certificación % S/ Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante -Ley de Tributación Municipal, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF. -Código Tributario, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF -Ley N Ley del Procedimiento 5 Constancia de no adeudos de deuda tributaria (Predial, Arbitrios, Alcabala, Vehicular, Multas) Formulario 4301, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Derecho de Trámite 1. Presentar solicitud conteniendo los siguientes datos: Ley N Ley del Procedimiento a) Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante D.S EF y modificatorias, TUO del Código Tributario, Arts. 23 y 27. b) Domicilio del solicitante. c)firmaohuelladigital(encasodenosaberfirmaroestarimpedido)delsolicitanteo representante, de ser el caso. Decreto Supremo EF y d) Indicar la deuda respecto del cual se requiere la Constancia. modificatorias, TUO de la Ley de Tributación Municipal, Art % S/ CONSTANCIA DE INAFECTACIÓN AL PAGO DEL IMPUESTO DE ALCABALA Formulario 4301, debidamente llenado con firma y/o huella digital. 1.- Derecho de Trámite Ley N Ley del Procedimiento b) Domicilio del solicitante. 2.- Presentar solicitud conteniendo los siguientes datos: a) Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante c)firmaohuelladigital(encasodenosaberfirmaroestarimpedido)delsolicitanteo representante, de ser el caso. d) Indicación del predio respecto del cual se requiere la Constancia % S/ Constancia de no adeudo de Infracciones de Tránsito y al Transporte Urbano 1.- Derecho de Trámite 2.- Registro del vehículo a nombre del propietario si fuera el caso. 3.- Copia autenticada por fedatario CGT de la Tarjeta de Propiedad del Vehículo 0.151% S/6.10

14 : Ley N Ley del Procedimiento 4. Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante legal de ser el caso representante de la sociedad conyugal o sucesión intestada. % UIT S/

15 8 Constancia de Récord de infracciones del Conductor 1.- Derecho de Trámite 2.- Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante : -Ley N Ley del Procedimiento 3.- Copia autenticada por fedatario CGT de la Licencia de Conducir del conductor 9 Copia autenticada de papeleta de tránsito 1.- Derecho de Trámite : 2.- Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante -Ley N Ley del Procedimiento 0.296% S/ % S/ Constancia de no adeudos de multas administrativas. 1.- Derecho de Trámite 0.296% : 2.- Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante -Ley N Ley del Procedimiento S/ Constancia de no estar reportado en las Centrales de Riesgo por el CGT. : -Ley N Ley del Procedimiento 3.- No tener deuda en estado coactivo. 12 Copia certificada de expediente coactivo D.S. N JUS de la Ley Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva. 1.- Derecho de Trámite 2.- Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante 0.114% S/ Derecho de Tramite de la copia certificada de expediente coactivo % S/ Copia Simple (b/n) por Hoja por cara 0.002% S/ Copia autenticada de recibos (duplicado) : -Código Tributario, TUO aprobado mediante Decreto Supremo N EF. -Ley N Ley del Procedimiento NOTAS FINALES: 1.- Derecho de trámite 0.086% S/ Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante 1 De acuerdo al artículo 30 de la Ley N 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil(RENIEC), para efectos identificatorios ninguna persona, autoridad o funcionario podrá exigir, bajo modalidad alguna, la presentación de documento distinto al DNI; asimismo, siendo posible identificar a los ciudadanos que realizan procedimientos administrativos ante esta institución mediante el acceso a la base de información que se encuentra a cargo de RENIEC, sólo bastara exhibir el mismo para la realización de 2 De acuerdo al artículo 46, numeral 1, inciso 1 del TUO de la Ley N 27444, aprobado por decreto Supremo JUS, se encuentra prohibido de solicitar al administrado información y/o documentación que haya sido presentada en algún trámite anterior, siempre que los datos no hubieran sufrido variación ni haya vencido la vigencia del documento entregado. Para acreditarlo, basta que el administrado exhiba la copia del cargo donde conste dicha presentación, debidamente sellado y fechado por la entidad ante la cual 3 El administrado puede presentar copia fotostática de formatos oficiales o una reproducción particular de ellos, elaborada por el administrado respetando integralmente la estructura de los definidos por la autoridad. 4 En materia tributaria, para presentar declaraciones y escritos, interponer medios impugnatorios o recursos administrativos, desistirse o renunciar a derechos, la persona que actúe en nombre del titular deberá acreditar su representación mediante poder por documento público o privado con firma legalizada notarialmente o por fedatario designado por la Administración Tributaria. Articulo 23 del TUO del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N EF. 5 El Administrado sólo queda obligado a exhibir la constancia de pago o informar en su solicitud el día y el número de la constancia de pago. Vencido dicho plazo, podrá presentarse extemporaneamente el recurso de reclamación, siempre que a la fecha de interposición no hubiese prescrito la acción para solicitar la 6 devolución, ello de acuerdo a lo establecido en la RTF N que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria.

16 PROCEDIMIENTOS 1 Presentación de la Declaracion Jurada para Formato 4101 y/o 4102, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Inscripción (Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular) Ley de Tributación Municipal, TUO. aprobado por Decreto Supremo EF. Emisión Mecanizada de la Declaración Jurada 0.183% S/ Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante 2. Exhibición y presentación del último recibo de luz, agua o telefono del domiclio fiscal dentro de la jurisdicción. Código Tributario, TUO. aprobado por Decreto 3. En caso de representación de persona natural se deberá adjuntar copia del poder Supremo EF simple fedateado por la Entidad y copia fedateada de la vigencia de poder actualizada en caso de persona juridica. D. Leg. N Código Civil vigente Ley N Ley General de Sociedades Ley N Ley del Sistema Concursal 4. En los casos de inscripción de predios, deberá exhibir el original y presentar copia autenticada por Fedatario CGT o legalizada ante Notario del documento sustentatorio de la adquisición. Según sea el caso de: 4.1 Compraventa: Escritura Publica de Compraventa, Minuta o Contrato con firmas legalizadas por Notario Público. Ley N Ley del Procedimiento 4.2 Permuta: Escritura Pública o Contrato de Permuta con firmas legalizadas por Administrativo General - D.Leg. N 1272 notario público de permuta. 4.3 Donación: Escritura pública de donación, o Anticipo de herencia. 4.4 Herencia: Partida de defunción, declaratoria de herederos, sentencia o escritura diversas medidas de simplificación pública que señala la división y partición de los bienes Remate: partes Judiciales o Acta y resolución judicial consentida o ejecutoriada Decreto Supremo JUS, Texto Únicofedateado o resolución administrativa de adjudicación consentida fedateado. Ordenado de la Ley N Código Civil 4.6 Adquisiones por constitución o reorganización de empresas: Escritura Pública de Constitución, Dación en Pago, Aumento de Capitales, Fusión y/o Absorción de Empresas, Reestructuración Patrimonial. 4.7 Adjudicaciones administrativas:titulo de Propiedad o constancia de Posesión expedida por la Municipalidad Provincial de Chiclayo. 4.8 Otro documento válido legalmente que acredite la propiedad o posesión del bien, según sea el caso. Cuando resulte necesario se solicitará al administrado copia literal de dominio expedida por SUNARP. Para la liquidación del Impuesto de Alcabala por la adquisición de inmuebles, se deberá sujetarse a lo establecido en la Directiva correspondiente. 5. En los casos de inscripción de vehículos, deberá exhibir el original y presentar copia autenticada por fedatario del CGT de los siguientes documentos: 5.1 Tarjeta de Propiedad: Para el caso de la primera inscripción en el CGT. 5.2 Boleta informativa emitida por SUNARP. 5.3 Factura, boleta o póliza de importación. 5.4 Además, según sea el acto jurídico celebrado se adjuntarán los siguientes documentos: a. Por Compra-Venta, Permuta o Dación en Pago: Copia literal de dominio del vehiculo a inscribir. b. Por Anticipo de Legitima o Donación: Escritura Pública o Copia Literal de Dominio c. Por Sucesión Intestada: Escritura Pública, o Copia Literal de Dominio y Escritura Pública o Resolución Judicial debidamente consentida de la división y partición de bienes. d. Herencia: Partida de defunción, sucesión intestada, sentencia o escritura pública de división y partición de los bienes. e. Por Testamento: Según el Tipo de Testamento con las formalidades de Ley o Copia Literal de Dominio. f. Por Remate Público: Resolución Judicial o Administrativa de Transferencia. g. Por División y Partición: Escritura Pública cuando se trate de Bienes inscritos en Registros Públicos, en los demás casos, documento privado con firmas notarialmente legalizadas o Resolución Judicial que señale la división y partición de los bienes. h. Adquisiones por constitución o reorganización de empresas: Escritura Pública de Constitución, Dación en Pago, Aumento de Capitales, Fusión, escisión de Empresas, Reestructuración y/o Liquidación Patrimonial. i. Otro documento válido legalmente que acredite la propiedad o posesión del bien, según sea el caso. Cuando resulte necesario se solicitará al administrado copia literal de dominio expedida por SUNARP. 2 Presentación de la Declaracion Jurada para Formato 4101, debidamente llenado con firma y/o huella digital. Inscripción (Impuesto Predial - Predio Omiso a la DDJJ) Emisión Mecanizada de la Declaración Jurada 0.183% S/7.40 Inspección Ocular 0.736% S/ Exhibición del documento de identidad del propietario, apoderado o representante

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