«Subclave a utilizar en percepciones correspondientes a la clave E:
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- Ana María Miranda Márquez
- hace 8 años
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1 Orden HAP/2178/2014, de 18 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 410 de pago a cuenta del Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación y se modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifican otras normas tributarias. (B.O.E. de 24 de noviembre) ( ) Disposición final primera. Modificación de la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifican las condiciones para la presentación por vía telemática de los modelos 111 y 117 por los obligados tributarios que tengan la consideración de grandes empresas, así como la hoja interior de relación de socios, herederos, comuneros o partícipes del modelo 184 y los diseños lógicos de los modelos 184 y 193. Se introducen las siguientes modificaciones en el Anexo II «Diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador del Modelo 190 y los ficheros que contengan la información que debe incluirse en dicho modelo» de la citada Orden EHA/3127/2009: 1. Dentro de las subclaves a utilizar en percepciones correspondientes a la clave G, que figuran en la descripción del campo del registro tipo 2 correspondiente a las posiciones (Subclave), se introduce una nueva subclave, que quedará redactado del siguiente modo: «04 Se consignará esta subclave cuando se trate de percepciones a las que resulte aplicable el tipo de retención específico establecido en la disposición adicional cuadragésima de la Ley del Impuesto, para los rendimientos satisfechos a contribuyentes que desarrollen actividades profesionales cuando el volumen de rendimientos íntegros de tales actividades correspondientes al ejercicio inmediato anterior sea inferior a euros y represente más del 75 % de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.» 2. Se añade un nuevo apartado en el campo Subclave, correspondiente a las posiciones del registro tipo 2, que quedará redactada del siguiente modo: «Subclave a utilizar en percepciones correspondientes a la clave E: 01 Se consignará esta subclave únicamente cuando el consejero o administrador esté incluido en el régimen general de la Seguridad Social como trabajadores asimilados a trabajadores por cuenta ajena.
2 02 Se consignará esta subclave en todas las percepciones de la clave E distintas de las que deban relacionarse bajo la subclave 01.» 3. Se modifica el primer párrafo de la descripción del campo «Gastos deducibles», correspondiente a las posiciones del tipo de registro 2, que quedará redactado del siguiente modo: ( ) «Solo para percepciones correspondientes a las claves A, B.01, B.02, C, D y E.01» Disposición final quinta. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y será de aplicación, respecto al modelo 190, por primera vez para la presentación de la declaración-resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del ejercicio
3 S Orden HAP/2369/2013, de 13 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 15 de diciembre de 1999, por la que se aprueba el modelo 187, en pesetas y en euros, de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones o participaciones; y la Orden HAC/171/2004, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas, y se modifican, asimismo, otras normas tributarias. (BOE, 18-diciembre-2013) Artículo tercero. Modificación de la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifican las condiciones para la presentación por vía telemática de los modelos 111 y 117 por los obligados tributarios que tengan la consideración de grandes empresas, así como la hoja interior de relación de socios, herederos, comuneros o partícipes del modelo 184 y los diseños lógicos de los modelos 184 y 193. Se introducen las siguientes modificaciones en los diseños lógicos aprobados en el anexo II de la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifican las condiciones para la presentación por vía telemática de los modelos 111 y 117 por los obligados tributarios que tengan la consideración de grandes empresas, así como la hoja interior de relación de socios, herederos, comuneros o partícipes del modelo 184 y los diseños lógicos de los modelos 184 y 193: Uno. Se da nueva redacción a la descripción de la clave «D. Rendimientos del trabajo: prestaciones por desempleo abonadas en la modalidad de pago único» del campo «Clave de percepción» (posición 78) del registro de tipo 2 (registro de perceptor), que quedará redactada del siguiente modo: «Rendimientos del trabajo: Prestaciones por desempleo abonadas en la modalidad de pago único. Desde el 1 de enero de 2013 esta clave queda suprimida en relación con las prestaciones por desempleo abonadas en la modalidad de pago único, establecida en el Real Decreto 1044/1985, de 19 de junio, cuyo reconocimiento por la respectiva entidad gestora haya tenido lugar a partir de dicha fecha. Al estar dichas prestaciones
4 totalmente exentas del IRPF, conforme a lo establecido en el artículo 7, letra n), de la Ley del Impuesto, el importe de las mismas se incluirá entre las percepciones de la clave L, subclave 13. No obstante, se utilizará esta clave para relacionar las prestaciones reintegradas por sus perceptores en el ejercicio como consecuencia de haber sido indebidamente percibidas en ejercicios anteriores a 2013, en la medida en que correspondan a percepciones originariamente declaradas con esta misma clave. A estos efectos, se seguirán las indicaciones contenidas en la descripción del campo "Ejercicio de devengo" (posiciones ) que resulten de aplicación.» Dos. Se da nueva redacción a la descripción de la letra a) de la clave «K. Premios y ganancias patrimoniales de los vecinos derivadas de los aprovechamientos forestales en montes públicos» del campo «Clave de percepción» (posición 78) del registro de tipo 2 (registro de perceptor), que quedará redactada del siguiente modo: «Los premios, dinerarios o en especie, a que se refiere el artículo 75.2, letra c), del Reglamento del Impuesto, que hayan sido entregados por la persona o entidad declarante como consecuencia de la participación de los perceptores en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, incluyendo aquellos sobre los que no exista obligación de practicar retención o ingreso a cuenta por no superar la base de retención la cantidad de 300 euros. Se exceptúan los premios sujetos al Gravamen Especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas a que se refiere la Disposición Adicional Trigésima Tercera de la Ley del Impuesto, así como los premios que se entreguen como consecuencia de juegos organizados al amparo de lo previsto en el Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar y apuestas, y demás normativa estatal o autonómica sobre el juego.» Tres. Se suprime el apartado c) del campo «Ejercicio de devengo» (posiciones ) del registro de tipo 2 (registro de perceptor). Cuatro. Se modifica en los diseños lógicos del tipo de registro 2 (registro de perceptor), la denominación del campo «Datos adicionales (sólo en las claves A, B.01, B.02, C y D)», posiciones , con la siguiente redacción: «Datos adicionales (sólo en las claves A, B.01, B.02 y C).» Cinco. Se suprime en los diseños lógicos del tipo de registro 2 (registro de perceptor), la referencia a la clave D en la descripción de los siguientes campos: «Año de nacimiento» (posiciones ). «Situación familiar» (posición 157).
5 «NIF del cónyuge» (posiciones ). «Discapacidad» (posición 167). «Reducciones aplicables» (posiciones ). «Gastos deducibles» (posiciones ). «Pensiones compensatorias» (posiciones ). «Anualidades por alimentos» (posiciones ). «Hijos y otros descendientes» (posiciones ). «Hijos y otros descendientes con discapacidad» (posiciones ). «Ascendientes» (posiciones ). «Ascendientes con discapacidad» (posiciones ). «Cómputo de los 3 primeros hijos» (posiciones ). «Comunicación préstamos vivienda habitual» (posición 254).
6 Orden EHA/3061/2010, de 22 de noviembre, por la que se modifican el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas aprobado por Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido aprobado por Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre y el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta aprobado por Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre. (BOE 30 noviembre 2010) Artículo tercero. Modificación de la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifican las condiciones para la presentación por vía telemática de los modelos 111 y 117 por los obligados tributarios que tengan la consideración de grandes empresas, así como la hoja interior de relación de socios, herederos, comuneros o partícipes del modelo 184 y los diseños lógicos de los modelos 184 y 193. Se introducen, con efectos exclusivos para el modelo 190 correspondiente al ejercicio 2010, las siguientes modificaciones en los diseños lógicos aprobados en el anexo II de la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre: 1. Se añade en los diseños lógicos del tipo de registro 2: registro de perceptor, una clave M al final de la descripción del campo «Clave de percepción» (posición 78), con la siguiente redacción: «M. Rendimientos del trabajo a los que resulta de aplicación el régimen especial 33.ª Copa del América. Se identificarán con esta clave los rendimientos del trabajo a los que resulte aplicable el régimen fiscal a que se refiere el apartado dos de la disposición adicional séptima de la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas de sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria, siempre que, para determinar el tipo de retención, la persona o entidad declarante haya tenido en cuenta la reducción del 65 por 100 contemplada en el número 2 del mencionado precepto legal, de acuerdo con lo previsto en el desarrollo reglamentario del mismo. En las percepciones que se relacionen con esta clave no se consignará el importe de la reducción correspondiente al régimen especial 33.ª Copa América.» 2. Se modifica en los diseños lógicos del tipo de registro 2: registro de perceptor, la denominación del campo «Datos adicionales (sólo en las claves A, B.01, B.02, C y D)», posiciones , con la siguiente redacción: «Datos adicionales (sólo en las claves A, B.01, B.02, C, D y M).» 3. Se incluye en los diseños lógicos del tipo de registro 2: registro de perceptor, la referencia a la anterior clave M en la descripción de los siguientes campos: «Año de nacimiento» (posiciones ). «Situación familiar» (posición 157). «NIF del cónyuge» (posiciones ). «Discapacidad» (posición 167). «Contrato o relación» (posición 168). «Prolongación actividad laboral» (posición 169). «Movilidad geográfica» (posición 170). «Reducciones aplicables» (posiciones ). «Gastos deducibles» (posiciones ).
7 «Pensiones compensatorias» (posiciones ). «Anualidades por alimentos» (posiciones ). «Hijos y otros descendientes» (posiciones ). «Hijos y otros descendientes con discapacidad» (posiciones ). «Ascendientes» (posiciones ). «Ascendientes con discapacidad» (posiciones ). «Cómputo de los 3 primeros hijos» (posiciones ). «Comunicación préstamos vivienda habitual» (posición 254). Para acceder a los diseños lógicos y físicos aprobados por la Orden EHA/3127/2009 de 10 de noviembre, pinche aquí
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