FORMAS JURÍDICAS SOCIEDAD CIVIL PRIVADA
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- Felipe Rivas Toro
- hace 6 años
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1 Información de la Unitat de Foment Empresarial para Emprenedores FORMAS JURÍDICAS SOCIEDAD CIVIL PRIVADA Características Es aquella sociedad en la que dos o más personas ponen en común por medio de un contrato, algunos de los siguientes factores: dinero, bienes o trabajo para desarrollar una actividad económica y obtener unas ganancias. Este contrato puede recoger prácticamente cualquier pacto o acuerdo a que lleguen los asociados sin contradecir la ley. Lo único que no se puede hacer es excluir uno de los socios de la participación en los beneficios. Todos los socios que realicen directamente una actividad económica continuada deberán darse de alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social. Las sociedades civiles privadas con objeto mercantil son contribuyentes del impuesto sobre sociedades. Ventajas Sencillez. Es la forma más sencilla tanto de iniciar como de cerrar o cambiar una actividad empresarial de más de un socio. Flexibilidad en los pactos a los que lleguen los socios. No existen límites inferiores ni superiores con respecto al capital. Inconvenientes La flexibilidad en la constitución que se mencionaba como ventaja puede convertirse en un inconveniente en dejar buena parte de las condiciones de funcionamiento sometidas a la existencia de unos firmes acuerdos entre los socios. Por lo que es muy importante incluir el máximo de aspectos consensuando en la redacción del contrato. Responsabilidad patrimonial ilimitada ante cualquier obligación que el empresario haya contraído en el ejercicio de su actividad empresarial. Esta responsabilidad puede extenderse en el caso de casados en el régimen de gananciales a todos los bienes del cónyuge (no en Cataluña donde rige la separación de bienes). Aunque con la nueva ley el empresario es libre de constituirse en emprendedor de responsabilidad limitada, pero de elegir esta opción de forma voluntaria, debe cumplir con una serie de obligaciones que se establecen en un nuevo marco jurídico y con el objetivo de preservar las garantías de los acreedores. Frente a terceros en algunas actividades no da la misma imagen una sociedad civil que una sociedad mercantil
2 Información de la Unitat de Foment Empresarial para Emprenedores Trámites más comunes En el punto PAE del IMPO se pueden hacer, de forma gratuita, números: 3, 5, 9 y 11. los trámites 1. Consultas sobre los requisitos que debe cumplir un local para desarrollar nuestra actividad y una vez localizado el local consulta sobre la afectación urbanística de la zona. No es obligatorio, pero si es conveniente. Lugar: Ayuntamiento de Badalona. Urbanismo. Edificio El Viver. Plaza de la Asamblea de Cataluña, Badalona. Tel Si la actividad tiene que ver con el sector de la alimentación, es conveniente consultar a la Unidad de Protección de la Salud. Edificio El Viver. Plaza de la Asamblea de Cataluña, Badalona. Tel Redacción del contratoo de sociedad. Para constituir una Sociedad Civil hay que redactar un contrato de constitución donde se recojan los datos de identificación de la sociedad y se regulen los derechos y las obligaciones de los socios. Este contrato se puede firmar ante notario, aunque no es obligatorio, sólo lo es en cuando aporten bienes inmuebles o derechos reales. En el caso de constituir una sociedad delante del notario será necesario escriturar el contrato e inscribirlo en el registro mercantil. 3. Solicitud del Código de Identificación Fiscal Lugar: Delegación de Hacienda de Badalona. Vía Augusta de Badalona. Tel Documentación: Contrato de la Sociedad, fotocopia del DNI de los socios y modelo 036. Precio: gratuito 4. Autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Consiste en un impuesto sobre el capital que se aporta a una sociedad. Lugar: Servicio Territorial del Departamento de Economía y Finanzas de la Generalidad. c / Fontanella, 6-8 de Barcelona Tel Documentación: Contrato de sociedad, Tarjeta de Identificación Fiscal y Impreso 600. Precio: Exento por Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.. 5. Declaración Censal Es la identificación de la empresa a efectos fiscales. En este trámite se debe escoger si la actividad lo permite entre los diferentes regímenes de IRPF y de IVA y darse de alta del IAE. Se está exento del pago del IAE durante los dos primeros períodos impositivos siempre que se inicie la actividad en territorio español y posteriormente o en general, cuando se tenga un importe neto de la cifra de negocios inferior a La cifra de negocios se entiende como el importe de la facturación (ventas o prestación de servicios), IVA excluido. Lugar: Delegación de Hacienda de Badalona. Vía Augusta de Badalona. Tel Documentación: Fotocopia del DNI y modelo 036 en el caso de la declaración censal y fotocopia del DNI y modelo oficial 840 en el caso del IAE. Preu: Gratuito en el caso de declaración censal. Durada: 1 día
3 6. Licencia municipal de apertura En caso de tener un local afecto a la actividad (propio, alquilado...) se debe solicitar un permiso al Ayuntamiento para la apertura de este establecimiento. Se debe diferenciar si es inicio de nueva actividad o cambio de nombre (por ejemplo traspaso), que en este último caso es más sencillo. También se debe diferenciar la clasificación de la actividad (por ej. Industria o actividades peligrosas o molestas). 12 Badalona. Tel Se puede pedir cita previa a través de este enlace Los trámites y el precio varían según la actividad, la superficie de local, si es nueva o cambio de nombre 7. Licencia para la colocación de un rótulo en la fachada del establecimiento En caso de querer colocar un rótulo (sólo se permite el de tipo panel) en el establecimiento se debe solicitar un permiso al Ayuntamiento para su colocación. 12. Badalona Tel Documentación: impresos oficiales. Precio: Se satisfará una tasa que oscila entre los 71 y los 200. Además se deberá abonar un impuesto del 4 % sobre el coste del rótulo (aunque se quiera colocar más de un rótulo sólo tendrá que satisfacer el importe de uno). Según la Ley de Política Lingüística de la Generalidad de Cataluña los rótulos de los establecimientos comerciales tanto interiores como exteriores del Principado deberán estar como mínimo en catalán, en caso contrario se puede denegar la licencia de apertura del establecimiento y las solicitudes de subvenciones a los establecimientos comerciales ya establecidos. Es conveniente llamar al Dpto. de Política Lingüística de la Generalidad. Tel para asegurarnos de que el texto de los rótulos se ajusta a la mencionada ley. 8. Licencia de obras En caso de que sea necesario hacer reformas de cierta entidad en el local se presentará el presupuesto de obras, los planos y una memoria. Si las obras afectan a la estructura del local el proyecto debe estar firmado por un arquitecto. 12. Badalona Tel Precio: variable. Existe la posibilidad de fraccionar/aplazar el pago Duración: variable 9. Alta en el régimen especial de Autónomos de la Seguridad Social Lugar: Tesorería de la Seguridad Social. Av. Presidente Companys, 106 de Badalona. Tel Documentación: Original y fotocopia de declaración censal, DNI y NIF, Cartilla de Seguridad Social si se tiene y modelo TA.0521 Precio: El trámite es gratuito, 2018: General. pero implica el pago mensual de la cuota de autónomos. La cuota para el En el caso de ser un alta inicial o no hubiera estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores a la fecha de alta de autónomos: Bonificaciones/reducciones sobre la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo que corresponda: a) Reducción del 80% durante los 12 primeros meses ( aprox. 54 euros ) b) Reducción del 50% durante los 6 meses siguientes ( aprox. 137 euros ) c) Reducción del 30% durante los 3 meses siguientes ( aprox. 190 euros ) d) Bonificación del 30% en los 3 meses siguientes a la finalización del período de reducción.
4 Hombre de 30 años o menos y mujeres de 35 o menos, con o sin trabajadores por cuenta ajena: Bonificación del 30% en los 12 meses siguientes a la finalización del período de bonificación general). Nuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos, por consanguineidad o afinidad hasta el segundo grado y por adopción, tienen una bonificación del 50% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima de cotización el tipo vigente en cada momento durante 18 meses. Personas con una discapacidad reconocida del 33% o más, en el caso de ser alta inicial en el régimen de autónomos, sin trabajadores asalariados, tienen una bonificación del 80% de la cuota que corresponde a la base mínima de cotización los 12 primeros meses y del 50% durante los siguientess 48 meses. Personas sin IT (incapacidad temporal) tienen un tipo de cotización del 26,50%. Personas acogidas al sistema de protección por desempleo tienen un tipo de cotización adicional del 2,20%. Bonificación por conciliación de la vida familiar y profesional del autónomoo vinculada a la contratación: Trabajadores autónomos que permanezcan de alta en el RETA, y contraten a un trabajador/a, a tiempo completo o parcial, para el cuidado de menores de 7 años o por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, en situación de dependencia, tendrán derecho, por un plazo de hasta doce meses, a una bonificación del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes que resulte de aplicar a la base media que tuviera el autónomo, en los doce meses anteriores a la fecha de acogerse a esta medida, el tipo de cotización mínimo vigente. Si la contratación es a tiempo parcial, la bonificación será del 50%. La aplicación de esta bonificación está condicionada al cumplimiento de unos requisitos. 10. Comunicación de apertura del Centro de Trabajo Lugar: Delegación Territorial del Departamento de Trabajo de la Generalidad de Cataluña. c/ Albareda, Barcelona. Tel Documentación: Comprobantes del pago de los permisos municipales y modelo oficial. En caso de contratar trabajadores han de hacer también los trámites: 11. Es obligatorio que todos los empresarios con trabajadores velen por el correcto cumplimiento de esta Ley en su empresa. Para su cumplimiento se debe realizar una EVALUACIÓN DE RIESGOS Y PLANIFICACIÓN PREVENTIVA. Esta se puede hacer contratando un asesor externo acreditado o haciéndolo directamente el empresario recibiendo él mismo la formación o uno de sus trabajadores en una entidad acreditada de la Generalitat Seguridad Social Lugar: Tesorería de la Seguridad Social. Av. President Companys, 106 de Badalona. Tel Asociación a una Mutua de Accidentes de Trabajo Alta de la Empresa en la Tesorería de la Seguridad Social. Documentación: DNI y NIF y modelo TA 6 y documento de asociación con la Mutua de Accidentes de Trabajo, original y fotocopia de declaración censal Alta de los Trabajadores al Régimen General de la Seguridad Social Documentación: DNI del Trabajador y el modelo oficial TA.2 / S.
5 13. Comunicación de los contratos laborales Los empresarios están obligados a registrar o comunicar los contratos. Lugar: Oficina de Trabajo de la Generalidad que corresponda según el domicilio de la empresa. En Badalona: OSOC núm. 1 c/ Plaza Carmen Guasch, 2. Tel OSOC. núm.3 c/ Aribau, 11. Tel / On-line: Mediante el servicio Contrat@ de la página web Se puede acceder con el Certificado Digital o DNI electrónico, o con el Identificador de la Empresa y la clave personal que se asignará al realizar la solicitud. Plazos: Se debe comunicar antes de que transcurran 10 días desde la concertaciónn del contrato. 14. Hojas de reclamación/denuncia Todas las personas físicas o jurídicas que comercialicen bienes o presten servicios directamente en el ámbito territorial de Cataluña, deberán disponer de hojas de reclamación/denuncia oficial. Quedan excluidos los profesionales liberales colegiados en un Colegio Profesional legalmente reconocido, los servicios públicos prestados directamente por la Administración, los centros que imparten enseñanzas regladas y todas aquellas actividades que tienen normativa específica en materia de hojas de reclamación o denuncia. Para más información consum.gencat.cat o llamar al teléfono 012 Actualización Enero 2018 Observaciones: Aunque se ha extremado en todo lo posible el cuidado en asegurar la exactitud y fidelidad de esta información y de los datos contenidos, el IMPO no puede aceptar ninguna responsabilidadd legal por las consecuencias que se pudieran derivar de acciones emprendidas como resultado de las conclusiones que se puedan extraer de esta ficha.
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